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El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- En segundo lugar, tal como lo solicitó el presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, corresponde tratar dos proyectos de ley en forma conjunta. El primero, que cumple su primer trámite constitucional, prorroga el plazo para regularizar medidas de control de acceso y cierre de calles y pasajes; el segundo, también en primer trámite constitucional, modifica la ley Nº 16.695, orgánica constitucional de Municipalidades, permitiendo el establecimiento de medidas de control de acceso en vías locales, por motivos de seguridad ciudadana.
Diputado informante de ambos proyectos es el integrante de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas es el señor Cristián Monckeberg.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 8195-25, sesión 1ª de la presente legislatura, en 13 de marzo de 2012. Documentos de la Cuenta N° 11.
-Informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, sesión 20ª de la presente legislatura, en 2 de mayo de 2012. Documentos de la Cuenta N° 12.
-Moción, boletín N° 7823-06, sesión 60ª de la legislatura 359ª, en 21 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 21.
-Informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, sesión 22ª de la presente legislatura, en 8 de mayo de 2012. Documentos de la Cuenta N° 10.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MONCKEBERG, don Cristián (de pie).- Señor Presidente , es una buena oportunidad para informar dos proyectos en forma conjunta, y, posteriormente, someterlos a discusión.
Los proyectos que informaré dicen relación con la ley que permite el cierre de calles y pasajes y el que permite el establecimiento de medidas de control de acceso en vías locales, por motivos de seguridad ciudadana.
Las iniciativas se presentaron en forma separada, porque, de la discusión de la primera, surgió la necesidad de efectuar más reformas; de allí nació la idea de presentar el segundo proyecto, que se tramitó en forma conjunta con el primero en la Comisión de Seguridad Ciudadana.
Por lo tanto, en representación de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, paso a informar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y reglamentario, que prorroga el plazo para regularizar medidas de control de acceso y cierre de calles y pasajes, originado en moción de la diputada señora Marcela Sabat , y de los diputados señores Patricio Hales , Nicolás Monckeberg y quien habla.
La idea matriz o fundamental del proyecto, como señalé, consiste en prorrogar el plazo establecido en el artículo transitorio de la ley Nº 20.499, que regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana.
Durante el estudio de la iniciativa, la Comisión contó con la asistencia y participación del jefe de División de Municipalidades , de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, señor Mauricio Cisternas , y del asesor del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señor Juan Francisco Galli .
Hago presente que la iniciativa no contiene normas de carácter orgánico constitucional, ni de quórum calificado; tampoco disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
Es necesario recordar que la ley Nº 20.499, de febrero de 2011, agregó un párrafo final a la letra c) del artículo 5º de la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en virtud de la cual se facultó a los municipios para autorizar, por un plazo de cinco años, el cierre o medidas de control de acceso a calles y pasajes, o a conjuntos habitacionales urbanos o rurales con una misma vía de acceso y salida, con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos. Dicha autorización requiere el acuerdo del concejo respectivo.
El plazo de cinco años se entiende prorrogado automáticamente por igual período, salvo resolución fundada en contrario de la municipalidad, con acuerdo del concejo.
La citada ley incorporó una letra q) al artículo 65 del mismo cuerpo legal, para establecer expresamente que el alcalde requerirá el acuerdo del concejo para otorgar la autorización referida, previo informe de las direcciones y unidades de tránsito y de obras municipales y de la unidad de Carabineros y del Cuerpo de Bomberos. Además, se va a requerir un acuerdo de, al menos, el 90 por ciento de los propietarios del inmueble que colindan con la calle que se pretende cerrar, cuyos accesos se encuentran ubicados al interior de la calle o pasaje.
La autorización debe ser fundada y se debe especificar el lugar de la instalación.
Adicionalmente, se obliga a las municipalidades a dictar una ordenanza que señale el procedimiento y características del cierre o medidas de control de que se trata. Dicha ordenanza, además, debe contener medidas para garantizar la circulación de los residentes, de las personas autorizadas por ellos mismos, y de los vehículos de emergencia, de utilidad pública y de beneficio comunitario.
Asimismo, la ordenanza debe establecer las condiciones para conceder la señalada autorización de manera compatible con el desarrollo de la actividad económica del sector.
Finalmente, se deja establecido que esta facultad otorgada a las municipalidades solo podrá ser ejercida una vez que se haya dictado la ordenanza mencionada.
La ley Nº 20.499 contiene, por último, una norma transitoria, en virtud de la cual “Los permisos, autorizaciones o cualquier situación de hecho que conlleven el cierre o medidas de control de acceso de calles, pasajes y vías locales y conjuntos habitacionales urbanos o rurales al 30 de julio del año 2010, deberán adecuarse a las normas de esta ley en el plazo de un año contado desde la entrada en vigencia” de la misma. Dicho plazo comenzó a regir el 8 de febrero de 2011, por lo que a la fecha de este informe se encuentra vencido, y lamentablemente, son muchos los particulares que no dieron cumplimiento a esta obligación, no solo por la complejidad que ha significado dicho proceso, sino que también por el hecho de que entre un 5 y un 10 por ciento de los municipios de todo el país han dictado la ordenanza que permite acceder a regularizar esta situación, requisito fundamental para proceder a la regularización.
Este proyecto de ley persigue prorrogar hasta el 31 de marzo de 2013 el plazo para regularizar los permisos, autorizaciones y situaciones de hecho, con el objeto de que las personas que viven en calles y pasajes cerrados no entren en una situación de ilegalidad. Por eso, el Gobierno se comprometió a dar urgencia a su tramitación.
Este nuevo período permitirá que las municipalidades que aún no han dictado la ordenanza destinada a establecer el procedimiento de cierre e implementación de medidas de control puedan hacerlo. La Comisión compartió los fundamentos del proyecto y la necesidad de legislar en esta materia, procediendo a aprobar en general esta iniciativa por la unanimidad de los señores diputados presentes, señores Campos, Eluchans , Letelier , Montes, Walker y quien habla.
En la discusión en particular, sometido a votación el artículo único de la iniciativa, que prorroga hasta el 31 de marzo de 2013 el plazo para regularizar los permisos, autorizaciones o situaciones de hecho a que se refiere el artículo transitorio de la ley Nº 20.499, resultó aprobado por la unanimidad de las diputadas y diputados presentes, señora Cristi y señores Letelier , Montes, Squella , Walker y Cristián Monckeberg.
Dejo constancia de que no hubo artículos ni indicaciones rechazadas; tampoco indicaciones declaradas inadmisibles.
Por las razones expuestas, la Comisión recomienda aprobar el proyecto de ley.
A continuación, en representación de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, me corresponde informar el proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, que permite el establecimiento de medidas de control de acceso en vías locales por motivos de seguridad ciudadana.
Este proyecto de ley fue presentado por los diputados señores Becker , Bertolino , Browne , Godoy , Monckeberg, don Nicolás ; Pérez, don Leopoldo ; Sauerbaum ; las diputadas señoras Rubilar , doña Karla , y Sabat , doña Marcela , y por quien habla.
La idea matriz o fundamental del proyecto es establecer medidas de control de acceso en vías locales por motivos de seguridad ciudadana.
Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión recibió la opinión del señor Mauricio Cisternas , jefe de la División de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional ; del señor Miguel Ángel Fernández , abogado constitucionalista; del señor Juan Francisco Galli , asesor del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; del señor Malik Mograby , asesor del área jurídica de la Asociación Chilena de Municipalidades; del señor Carlos Cruz-Coke , abogado asesor de la Subsecretaría de Prevención del Delito; del señor Gustavo González , general director de Carabineros de Chile ; del señor Eduardo Quijada , comandante de Carabineros de Chile, y del señor Miguel Reyes , presidente nacional de Bomberos de Chile .
Hago presente que el artículo único del proyecto tiene el carácter de orgánico constitucional en virtud de lo establecido en el artículo 118 de la Constitución Política, y no contiene disposiciones de quórum calificado, como tampoco requiere ser revisado por la Comisión de Hacienda.
Recuerdo a la honorable Sala que la ley Nº 20.499, de febrero de 2011, a que hice mención durante el informe del proyecto anterior, agregó un párrafo final a la letra c) del artículo 5º de la ley orgánica constitucional de Municipalidades, en virtud del cual se facultó a los municipios para autorizar, por un plazo de cinco años, el cierre o medidas de control de acceso a calles y pasajes.
Los autores de la moción señalan que el 20 de enero de ese año, el Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 93 de la Constitución Política, afirmó la constitucionalidad del proyecto que dio origen a la referida ley y consideró que en él se concilian bienes jurídicos de relevancia, como el derecho a la libre circulación y el deber del Estado de brindar protección y seguridad a la población, marco en el cual contempla garantías de temporalidad de las medidas de cierre o control de accesos a calles y pasajes, las que para su adopción requieren de participación y voluntad de la ciudadanía.
Esa alta magistratura consideró “ajustado a la Constitución el proyecto sometido a examen, en el entendido de que habilita al cierre y al establecimiento de medidas de control solo respecto de aquellas calles que tengan una única vía de acceso y salida y no respecto de calles que están abiertas en ambos sentidos y que comunican con otras vías”. Es decir, los pasajes ciegos se podían cerrar, pero no los otros.
No obstante lo anterior, el voto de mayoría del Tribunal Constitucional estimó inconstitucional y, en consecuencia, debieron eliminarse del texto del proyecto las expresiones “vía local” y “vías locales” contenidas en la iniciativa.
Las consideraciones que llevaron al Tribunal a tomar esa decisión fueron principalmente la amplitud del concepto legal de “vía local”, y cómo ello afectaría el ejercicio del derecho a la libertad de circulación por las mismas, que es parte del conjunto de garantías de la libertad ambulatoria contenidas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política.
El proyecto que hoy informo pretende hacerse cargo de las objeciones que formuló en su momento el Tribunal Constitucional. En efecto, esta moción, a diferencia de lo que establecía la iniciativa legal objetada por ese organismo en 2011, no autoriza para instalar medidas de control en el acceso a las vías locales, sin condiciones, límites ni consideración alguna.
La iniciativa en tramitación dispone, en primer lugar, que la facultad solo se aplicará respecto de las vías locales que no excedan de una determinada longitud -que en el proyecto se define como una cuadra, tal como se nos sugirió-, lo cual será certificado por la Dirección de Obras Municipales.
En segundo lugar, las medidas de control de acceso solo pueden establecerse por el plazo de hasta cinco años.
Además, para el establecimiento de aquellas medidas, es indispensable tener a la vista informes de Carabineros y de la dirección o unidad de tránsito de la comuna respectiva, los que deben certificar, por una parte, la necesidad de dicha medida, en atención a la seguridad de los vecinos, y, por otra, su conveniencia, de acuerdo con el impacto vial que puedan ocasionar.
El profesor y abogado constitucionalista señor Miguel Ángel Fernández , al informar a la Comisión, estimó que la moción, al proponer incluir a las vías locales entre las calles respecto de las cuales se pueden establecer condiciones especiales de acceso, se ajusta a la Carta Fundamental, por cuanto con esa medida se persigue la consecución de un fin constitucionalmente lícito, como es cautelar la seguridad ciudadana, pero de manera compatible con la posibilidad de garantizar el libre tránsito de las personas, lo que se encuentra dispuesto en los artículos 1°, 3°, 24, 101 y 118 de la Constitución Política.
Más concretamente, expresó que el proyecto es respetuoso de la libertad personal, asegurada en el número 7° del artículo 19 de la Carta Magna, pues allí se reconoce la libertad de locomoción.
La Comisión compartió los fundamentos del proyecto y la necesidad de legislar en esta materia, de manera que procedió a aprobar en general la iniciativa por 6 votos a favor. No hubo votos en contra ni abstenciones, según consta en el acta de la sesión 71ª.
Votaron a favor las diputadas señoras Cristi , doña María Angélica , y Sabat , doña Marcela , y los diputados señores Letelier , Montes, Walker y quien habla.
La iniciativa legal en informe consta de un artículo único y dos numerales, en virtud de los cuales se pretende modificar la ley N° 18.965, orgánica constitucional de Municipalidades.
El primero de los numerales, en su texto original, proponía agregar un párrafo segundo a la letra q) del artículo 65, en virtud del cual se disponía que, tratándose de vías locales cuya longitud no exceda de los cien metros, podrá concederse autorización para el establecimiento de medidas de control de acceso por un plazo de hasta cinco años, para lo cual se debe tener a la vista informes de Carabineros y de la dirección o unidad de tránsito de la comuna, los que certificarán la necesidad de dicha medida en atención a la seguridad de los vecinos y su conveniencia de acuerdo con el impacto vial. Se añade que corresponderá a la dirección de obras municipales respectiva certificar que una vía local no excede la longitud autorizada.
Durante su análisis en particular, la Comisión acogió dos indicaciones. La primera, de los diputados Monckeberg , don Cristián ; Campos, Montes y de la diputada Sabat , para reemplazar la expresión “los cien metros” por “una cuadra”, con la finalidad de permitir que sea factible adoptar medidas de control en una calle que supere esa longitud.
La segunda indicación, de los diputados Montes y Monckeberg , don Cristián , tuvo por objeto agregar una frase final a la propuesta, con el objeto de definir lo que se debe entender por “medidas de control de acceso”, para no confundirlas con “cierre”.
Además, se aclaró que los requisitos del párrafo primero de la letra q) del artículo 65 también deberían aplicarse para la adopción de medidas de control en las vías locales.
Sometido a votación el numeral 1) del artículo único de la moción, con las dos indicaciones mencionadas, resultó aprobado, con algunas correcciones formales, por la unanimidad de los diputados presentes, señora Cristi , doña María Angélica , y señores Eluchans , Letelier , Monckeberg , don Cristián ; Montes , Silber y Walker .
Las letras a) y b) del numeral 2) introducen modificaciones formales a la letra q) del artículo 65, con el objeto de adecuar dicha norma al contenido del numeral 1), descrito precedentemente.
Sometido a votación el numeral 2) del artículo único, resultó aprobado, con algunas correcciones formales encargadas a la Secretaría, por la unanimidad de los diputados presentes, señoras Cristi , doña María Angélica , y Sabat , doña Marcela , y los señores Eluchans , Letelier , Monckeberg , don Cristián ; Montes , Silber y Walker .
A continuación, la Comisión analizó una indicación de los diputados señores Cornejo, Eluchans , Godoy y Monckeberg , don Cristián , para agregar al número 2) del artículo único una letra c), por la cual se reemplaza en el párrafo segundo, que pasa a ser tercero, la palabra “ciudades” por “sitios”.
Se fundamentó la indicación y se señaló que en la ley orgánica constitucional de Municipalidades se establece una prohibición para el cierre de calles y pasajes en ciudades declaradas patrimonio de la humanidad, situación que llevó al diputado Cornejo , cuando se aprobó este proyecto por primera vez, a plantear una observación al respecto. No sé si me equivoco, pero me parece que por ese motivo lo rechazó. Lo que se propone es regularizar esa situación.
Sobre ese punto, se indicó que no existen ciudades patrimoniales, sino que sitios patrimoniales, lo que impide el cierre de calles y pasajes. Se dio como ejemplo la ciudad de Valparaíso, que tiene aproximadamente 40 hectáreas declaradas patrimonio de la humanidad por la Unesco, las que se consideran sitios, concepto que es muy inferior al de ciudad.
Se destacó la necesidad de cambiar el vocablo “ciudades” por “sitios”, por cuanto el primero, además de estar equivocado, puede inducir a errores, debido a que no es lo mismo impedir el cierre de un sitio, de una zona o de un sector determinado que hacerlo en una ciudad completa.
Sometida a la votación la indicación al numeral 2) del artículo único de la moción, fue aprobada por la unanimidad de los diputados presentes, señoras Cristi , doña María Angélica , y Sabat , doña Marcela , y señores Eluchans , Letelier , Monckeberg , don Cristián ; Montes , Silber y Walker .
Finalmente, debo dejar constancia de que no hubo artículos ni indicaciones rechazadas ni tampoco indicaciones declaradas inadmisibles.
Por las razones señaladas, la Comisión recomienda a la Sala la aprobación del proyecto de ley en informe.
Es de esperar que las dos iniciativas informadas se sigan tramitando en forma conjunta también en el Senado.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En discusión los proyectos.
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES.- Señor Presidente , luego de que las dos iniciativas fueran sometidas a un proceso para intentar mejorarlas, creí que las propuestas que se someterían a nuestra consideración me sorprenderían por su modernidad, pero me llama la atención que en algunas de sus disposiciones se utilice un lenguaje más bien ligado a la época de La Colonia, al señalar que la definición que se utilizará para establecer medidas de seguridad en las vías locales será el concepto de “cuadra”.
No sé si el señor Secretario nos puede informar si, desde el punto de vista jurídico, esa medida existe para determinar cuáles serán las vías que se podrán cerrar, porque no conozco que para eso se utilice ese concepto.
Puede que lo anterior se deba a mi ignorancia legal, pero por lo que he aprendido en materia de longitudes siempre me he guiado por lo que señala la Oficina Internacional de Pesos y Medidas, en París, la cual, desde mis recuerdos de infancia, siempre planteó que el metro era la diezmillonésima parte del cuadrante del meridiano terrestre -como todos aprendimos en el colegio-, materializado en una barra de iridio y platino ubicada en esa Oficina, consignado por la Revolución Francesa hasta hoy, con excepción de la isla de Gran Bretaña. Pero ahora aparece la cuadra.
Me gustaría que el diputado informante , experto legal, jurídico, penal y también en construcción, nos explique si será posible aplicar la medición de cuadra, porque, si además nos basamos en lo que significa la longitud de una manzana, debo precisar que sus trazados varían enormemente. Existe la cuadra cuadrada y la cuadra rectangular. Esto se puede apreciar en la calle Picarte de mi distrito, donde la sucesión Ovalle , a principios del siglo XX, en terrenos que eran de la fonda de la Peta Basaure, instaló las famosas casas de Picarte en un trazado precioso que después fue usado en la isla de Manhattan, en Nueva York, que es la manzana rectangular.
¿Cuál es la cuadra que se toma ahí: el pedazo corto o el pedazo largo de la manzana, o ambos? ¿No hubiera sido mejor poner cien metros o ciento veinticinco metros, como en algunas de las manzanas sureñas?
Existe la manzana triangular, que se pueden apreciar en los alrededores del Congreso. También hay manzanas romboidales y más de alguna puede llegar a pasar por el hexágono, que son, a veces, irregulares. ¿A cuál cuadra se refiere el proyecto de ley? ¿Cómo va a quedar establecida en la ley? Como aquí hay tantos juristas, nos pueden precisar a los que somos ignorantes en esa materia, que solo somos arquitectos, cómo se va a medir la posibilidad de cierre de las calles locales, saltándose lo establecido en el metro de iridio y platino que está en el Bureau International des Poids et Mesures, de París.
Respecto al fondo del primer proyecto de ley, del cual soy autor, debo decir que, la proposición de cerrar calles y pasajes corresponde a lo que, en la historia de la humanidad, ha hecho muchas veces el ser humano: aplicar medidas que no le gustan, que son dolorosas, pero que resultan necesarias por alguna desgracia. Cerrar pedazos de una ciudad, por ley, por propuesta nuestra, ha sido consecuencia de la incapacidad del país para resolver el problema de la delincuencia. Me alegré cuando el actual Presidente de la República , entonces candidato presidencial, dijo que esto se iba a resolver de una plumada; además, el ministro del Interior lo ha prometido con tanto entusiasmo. Incluso, aún nos dice que el problema se está resolviendo. Pero no es así. Tampoco se resolvió en los gobiernos anteriores, ni siquiera cuando las ciudades estaban ocupadas militarmente.
Entonces, se deben tomar medidas e instalar esta contradicción, de las más brutales respecto de una creación del ser humano. ¿Para qué se hizo la ciudad? ¿Cuál es la única gracia que tienen las ciudades? ¿Para qué el ser humano inventa este artefacto, el más complejo en la historia de la humanidad? Lo hace para el encuentro de las personas. No tiene más que ese sentido. Y desde la idea de encontrarse, de protegerse, de cuidarse, de hacer universidad, de encerrarse primero en el burgo medieval con murallón; después, de romper el muro para vincularse a la producción, donde se encuentran los seres humanos; nuestro proyecto es para el desencuentro: cerrar pedazos de la ciudad, como pasajes y calles, para encerrarnos más.
Todas las teorías urbanas respecto de la delincuencia apuntan a que hay que abrirse más para ocupar más el espacio público, en la idea de que lo ocupen los buenos, para que la actividad en dicho espacio genere condiciones de dificultad para la comisión del delito y para no dejar la ciudad en el abandono.
Sin embargo, después de muchos años nos vemos enfrentado a esta contradicción. El país la ha ido resolviendo en la calle, antes que la ley. O sea, dicho de otra manera, nuestros propios representados han ido enrejándose en sus casas. Yo mismo soy autor de proyectos de arquitectura -no de ley- sin rejas; pero al final he tenido que rediseñarlas con rejas. Es decir, hemos terminado asumiendo que aplicamos una medida que no nos gusta, que es dolorosa, que, incluso, va a tener efectos dañinos respecto al abandono del espacio público, porque no hemos tenido capacidad para resolver el problema de la delincuencia.
No puedo dejar de lamentar el hecho de que el actual ministro del Interior y Seguridad Pública , en particular, dispone de los recursos policiales más bien para reprimir las inquietudes sociales que para combatir la delincuencia. Esto es evidente y repetitivo. El 50 por ciento del período que dura el gobierno ha pasado y aún no ha podido cumplir la promesa; el propio Presidente de la República anunció que no se va a resolver.
Entonces, lamentablemente, hay que autorizar el cierre de calles y pasajes, como lo hacemos en esta propuesta de ley. De manera brillante el diputado Cristián Monckeberg señaló en su informe sintético, pero muy completo, que los municipios no han sido capaces de resolver las materias.
¿Cuáles? Primero, una norma transitoria establece que, en el plazo de un año, los particulares tenían que dar cumplimiento a las reglas que les iban a imponer las municipalidades respecto a sus cierres y que debían adecuarse a ella. Al respecto, solo entre el 3 y el 5 por ciento de los particulares ha podido dar cumplimiento ante los municipios del país. Entonces, es necesario renovar esta norma.
El debate con los ciudadanos ha sido muy fuerte, porque hay calles que, teóricamente, son residenciales, donde los municipios han autorizado patentes comerciales, como un pequeño puesto de comestibles, de venta de bebidas u otras actividades comerciales con las que nuestra gente sobrevive en esos barrios, pero que, al cerrarse el pasaje o la callecita donde se encuentra el local comercial, están prácticamente condenados a agonizar, por la dificultad para tener clientes.
Las municipalidades están obligadas a establecer una ordenanza. Creo que es muy pequeño el porcentaje de municipios que la ha elaborado. Entonces, van pasando los años y, para resolver la ineficiencia que hemos tenido como país de no poder asumir esta nueva situación, ahora debemos renovar la ley.
Además de la consulta sobre la medición de la cuadra, consulto al señor Secretario cómo vamos a resolver -fue anunciado por el señor Presidente - prácticamente los dos proyectos. Supongo que se quiso decir que habrá un debate conjunto, pero no una votación conjunta, porque se trata de proyectos de ley distintos. Entonces, no es posible que se resuelvan de manera conjunta. Más bien lo entiendo como un ahorro de tiempo, porque se discutirán los dos proyectos en conjunto. No supongo que nos van a llamar a resolver los dos proyectos de ley como un solo, porque no se han refundido, lo que, en todo caso, se podría haber hecho.
El segundo proyecto intenta resolver inteligentemente lo que objetó el Tribunal Constitucional. Me parece que la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y no la ley, establece las calidades de las vías. Si mal no recuerdo, establece que, en el caso de las vías locales, la distancia entre las líneas oficiales debe ser de once metros.
El Tribunal Constitucional objetó nuestra propuesta de que se pudieran cerrar las vías locales, que era lo que nos pedía la gente, pues nos decía: “No solo queremos que nos permitan cerrar cuando se trate de un pasaje o una calle sin salida, sino también una vía local, aunque tenga acceso por ambos lados”. Pues bien, el Tribunal Constitucional lo rechazó.
A pesar de que el informe del diputado Cristián Monckeberg fue brillante, me llama la atención que no hiciera referencia a alguna consulta al Tribunal Constitucional para la aprobación de este segundo proyecto de ley en la Comisión, porque, como se trataba de una objeción del Tribunal Constitucional, pensé que entre los invitados iban a estar representantes del mismo o iban a hacerle la consulta por oficio. Me gustaría que el diputado Monckeberg aclarara ese punto.
Señor presidente , ¿el diputado informante puede aclarar de inmediato si el Tribunal Constitucional respondió previamente o es probable que aprobemos algo que después, a lo mejor, vaya a rechazar ese órgano?
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Señor diputado, no corresponde que el diputado informante responda inmediatamente su consulta.
El diputado HALES.- ¿Y si hubiera el acuerdo de la Sala para que conteste de inmediato?
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Señor diputado , el Tribunal Constitucional no es órgano de consulta, como usted lo está planteando. De manera que lo más probable es que el diputado informante no tenga esa respuesta.
El señor HALES.- Señor Presidente , comprendo la situación. Simplemente, queremos que la situación se resuelva para el bien de la ciudadanía.
Creo que los diputados que elaboraron este nuevo proyecto, complementario al nuestro, lo hicieron bien. El primer proyecto incluía las vías locales, pero el Tribunal Constitucional lo objetó. Otros diputados presentaron uno nuevo para reponer lo que nosotros habíamos propuesto. Mi consulta busca saber si esto fue objetado por el Tribunal Constitucional. ¿El Tribunal Constitucional cambió de opinión y ahora no lo va a objetar? ¿El Tribunal Constitucional hizo llegar su opinión a la Comisión o, simplemente, nos vamos a basar en la suposición de los constitucionalistas que asistieron a la Comisión? Lo planteo para no aprobar nuevamente una norma que termine siendo inefectiva respecto de las colectoras, lo que preocupa a quienes quieren enmendar lo que resolvió el Tribunal Constitucional.
Finalmente, cuando discutimos el proyecto de ley, me parece que el actual diputado informante presidía la Comisión de Seguridad Ciudadana y aceptó, de manera muy abierta, invitar a un conjunto de arquitectos y urbanistas, especialistas de distintas universidades en diseño urbano, seguridad y espacios públicos. Ellos vinieron con la misma sensación que tengo hoy cuando llamo a aprobar este proyecto de ley: llenos de contradicciones, sabiendo que el país quería encerrarse y enrejarse, pero deseosos de que ello no ocurriera. Como, hasta ahora, no tenemos otra manera de enfrentar la delincuencia, frente al espacio público y a la propiedad, aprobaremos la continuación del enrejamiento. A pesar de lo doloroso que puede ser, llamo a votarlo a favor.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Cristián Monckeberg.
El señor MONCKEBERG ( don Cristián) .- Señor Presidente , el diputado Hales , como tiene mucho conocimiento en la materia, planteó una serie de dudas respecto de los dos proyectos de ley que se están discutiendo en conjunto. Trataré de dar respuesta a cada una de sus inquietudes. No será fácil, porque soy abogado y no especialista en metros, señales ni en una serie de temas que planteó.
Voy a abordar los temas planteados. Tenemos un primer proyecto de ley que prorroga el plazo para regularizar los cierres de calles y pasajes, que estaban instalados con anterioridad a la vigencia de la ley. Es importante señalar que -en esto, engancho con lo que planteó el diputado Hales -, en materia de seguridad ciudadana, obviamente, el cierre de calles y pasajes no es la mejor alternativa. No es la fórmula más idónea encerrarnos y enrejarnos, impidiendo el acceso, el libre tránsito, la libertad de traslado de un lugar a otro, etcétera, que son garantías constitucionales y que siempre se ha planteado como un mundo ideal, no solo como lo describe el libro “Un mundo feliz”, sino, además, como un mundo donde no existen delitos ni delincuencia y en el que podemos vivir con una calidad de vida distinta a la que, muchas veces, tienen diferentes ciudades de nuestro país.
Actualmente se están cerrando las calles y pasajes. Esa es una realidad. Lo que pretendía la ley N° 20.499 -todos lo sabemos, porque así lo votamos en su minuto-, que hacía una serie de modificaciones y un reconocimiento, era regularizar lo que ya existía y, al mismo tiempo, ordenar el tema hacia adelante. ¿Por qué? Porque se estaban cerrando calles y pasajes, sin ninguna ordenanza, instrucción o norma municipal o legal.
Digo norma municipal, porque había ordenanzas municipales. De hecho, ciertos municipios habían resuelto dictar sus normas propias, que incluían al concejo y al alcalde , para poder ordenar este debate, pero, por algunas consultas que formularon ciertos vecinos y ciudadanos a la Contraloría y a la Corte Suprema, se llegó a la conclusión de que eran ilegales y que no tenían ningún valor.
Como la consulta a la Corte Suprema y el fallo de la misma solo es aplicable al caso particular -el de la Contraloría era un poquito más general, porque obligaba a los municipios a no seguir otorgando estos permisos-, en la Comisión de Seguridad Ciudadana, que en su momento integró el diputado Hales y otros parlamentarios en el período legislativo anterior, llegamos a la conclusión de que esto había que arreglarlo definitivamente.
Por lo tanto, recogimos un proyecto del entonces diputado y hoy senador Patricio Walker y llevamos adelante esta modificación, la cual creo que es muy necesaria. Tuvo una larga y muy complicada discusión en el Senado, en que se le hicieron mejoras, pero también creo que se produjeron excesos en el ánimo de regular de mejor manera el tema, lo que llevó al Tribunal Constitucional a señalar lo que ahora trata de corregir el segundo proyecto.
Pues bien, por eso caímos en este proyecto de ley, en estas correcciones y modificaciones.
El primer proyecto de ley que me tocó informar, que está en el segundo lugar de la Tabla, dice relación con aumentar el plazo para regularizar el cierre de calles y pasajes que estaban instalados al momento de entrar en vigencia la ley. Se fijó el plazo de un año, pero en ese lapso no ocurrió lo que pensábamos: que la gente iba a concurrir masivamente a los municipios a buscar una solución al cierre de sus calles y pasajes que estaban instalados y, además, que los municipios iban a dictar las ordenanzas que la ley les obligaba para ordenar, en detalle, en cada comuna cómo iba a funcionar este tema.
De hecho, en este caso, el proyecto de ley trata de ser lo más específico, porque señala lo puntos sobre los cuales se tiene que pronunciar la ordenanza sí o sí. Me acuerdo que con el diputado Hales y con otros parlamentarios redactamos estos puntos y las señales que debía contener la ordenanza.
Pues bien, teníamos dos alternativas respecto del plazo que se discutió en la Comisión. Una era prorrogarlo por un año más -lo conversamos con los diputados Montes, Letelier , Eluchans y otros-, hasta el 31 de marzo de 2013, y si vencido ese lapso no están en regla los cierres de calles y de pasajes, pasarán a ser ilegales. La otra alternativa era la situación contraria, es decir, que pasado cierto tiempo, si no ocurre nada, pasan a ser legales. Pero no hubo quórum suficiente para aprobar esta segunda forma de zanjar el problema. Por lo tanto, se optó por prorrogar un año más el plazo para regularizar. Esas aclaraciones corresponden al primer proyecto de ley.
Respecto del segundo proyecto. En este caso, trataré de hacerme cargo de las dudas que se han planteado en la Sala.
La ley vigente establece que se permite el cierre de calles y pasajes bajo ciertas condiciones. El Senado estableció que podían cerrase calles y pasajes ciegos, vale decir, con una misma vía de acceso y salida, o calles y pasajes con accesos y salidas en ambos sentidos. En esta Cámara avizoramos que esta segunda fórmula podía generar algún problema de constitucionalidad. Pero el Senado la agregó igual, y así se despachó, pero el Tribunal Constitucional reparó en ese punto.
Tal como lo señalé en mi relación, el Tribunal Constitucional señaló que la libertad de circulación, de transitar libremente, no puede ser pasada a llevar por otro principio, en este caso, el de la seguridad ciudadana, de vivir en una ciudad tranquila, exenta de la comisión de delitos, etcétera.
Por lo tanto, se autoriza solamente el cierre de calles y pasajes ciegos. ¿Qué significa cierre, para los efectos de la ley? Para que quede claro, implica cerrar con rejas, y para el acceso de personas y vehículos es menester tener la llave o el control remoto que permitan abrir esa reja.
Tomamos algunas providencias, porque sabíamos que se iban a producir problemas. ¿Qué pasa si en esa calle o pasaje ciego existía algún tipo de comercio? En los barrios es muy común que una persona, dentro de su casa o al lado de ella, instale un quiosco para vender todo tipo de mercadería. Pues bien, se dejó establecido que debía resguardarse el derecho para ejercer cualquier actividad económica y, por lo tanto, no podía vulnerarse este principio. Así nos anticipamos a una eventual objeción constitucional, pero respecto de la libertad de circulación, de poder entrar y salir libremente, no nos pudimos salvar.
El Tribunal Constitucional dijo que era aceptable solamente el cierre de calles y pasajes ciegos. Respecto del cierre de calles y pasajes que tienen salidas y acceso por ambos lados, no eran constitucionales. Esa es la ley vigente.
Nosotros tomamos esas providencias y, en la discusión que se dio en la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, tratamos de arreglar el problema. No podíamos insistir con el cierre, porque el Tribunal Constitucional ya lo había rechazado; tampoco podíamos consultar a ese órgano -bien lo expreso el Presidente ante la consulta del diputado Hales -, porque no existe una suerte de consulta permanente con ese tribunal. Intentamos conversar con abogados constitucionalistas para abordar esta materia -no lo hicimos con los ministros del Tribunal Constitucional, porque consideramos que podía ser algo complicado y enredado para ellos, debido a que después podíamos terminar con inhabilidades al momento de revisar la ley- y, de hecho, uno de ellos, el profesor Miguel Ángel Fernández nos señaló que la formula que habíamos ideado resultaba razonable. ¿Y qué establecía esta fórmula? Que solo respecto de las vías locales, que están definidas en el informe, cuya longitud no exceda de una cuadra -me haré cargo del concepto “cuadra”- y con salidas en ambos sentidos, se podrán establecer medidas de control de acceso -no cierres- por un plazo de hasta cinco años. ¿Qué significan esas medidas de control, concepto que ya está establecido en la ley? Es menos que el cierre. Puede ser un brazo hidráulico, un caballete que se puede trasladar, el cual, a través de un guardia permite controlar el acceso de vehículos y de personas. En todo caso, si alguna persona quiere circular, no se le puede impedir el paso, porque la calle no está cerrada con rejas. Y estas medidas de control son las que aprobamos en la Comisión.
Pero hubo una segunda modificación. La planteó el diputado Godoy , a la que se sumó el diputado Cornejo , relacionada con el cierre de calles y pasajes de ciudades patrimoniales. Recuerdo que en su momento hicimos una excepción: que las ciudades declaradas patrimonio de la humanidad no podían ser objeto de cierre ni de medidas de control. Ese fue un error y un exceso. De hecho, los diputados Godoy y Cornejo, ambos de la ciudad de Valparaíso, que fue declarada patrimonio de la humanidad por la Unesco, votaron en contra, si no me equivoco, el proyecto de ley original, porque en Valparaíso existen calles y pasajes que se pueden cerrar -que, por lo demás, incurrían en la ilegalidad-, a los que se lo impedíamos.
Entonces, para solucionar el problema, los diputados Godoy y Cornejo propusieron cambiar la expresión “ciudades patrimoniales”, por “sitios patrimoniales”, de manera que no se impida cerrar calles y pasajes en una ciudad declarada patrimonio de la humanidad -por lo demás ese concepto no existe-, sino en lugares declarados “sitios patrimonio de la humanidad”. Si mal no recuerdo, creo que en el caso de Valparaíso son cuarenta hectáreas, pero en el resto de la ciudad sí se pueden cerrar calles y pasajes, como ocurre en la realidad, lo que se tiende a regularizar.
Respecto de la duda que planteó el diputado Hales en torno al concepto “cuadra”, hemos estado realizando averiguaciones. Quizás el concepto parezca un poco colonial, según lo que aprendió en París y también en su paso por Moscú. Sin duda, de los muy buenos recuerdos de mi querido y estimado diputado Hales de su paso por esas ciudades hemos aprendido mucho.
Es cierto que el concepto “cuadra” suena un poco colonial, y esto me llamó la atención, pero está establecido. A veces se habla de la cuadra de campo y de la cuadra de ciudad. El Diccionario de la Real Academia Española , en su acepción número diez, la define como “medida de longitud, variable según los países, y comprendida más o menos entre los 100 y 150 metros.”. Ahora, para interpretar la ley, tenemos que irnos al sentido literal de las palabras y al tenor literal del concepto de la ley, y esto está establecido en el Código Civil. Por lo tanto, es la primera manera de interpretar este concepto.
El señor Mauricio Cisternas , jefe de la división de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional , sostuvo en la Comisión que en Chile, históricamente, la cuadra mide 129 metros. En consecuencia, podría ocurrir que no sea factible adoptar medidas de control en una calle que supere esa longitud. Por eso, sugiere que es mucho más armónico utilizar el concepto de “cuadra”, que es un mero concepto matemático de cien metros.
Le recuerdo al diputado Hales , porque es bueno que quede registrado, dado que su duda es muy justificada, que Chile tiene sistema métrico decimal desde el 29 de enero de 1948. El sistema definitivo se adoptó con la firma de la Convención del Metro, en 1908. Hay excepciones a este sistema. Ya mencionamos la cuadra; para la madera, tenemos la pulgada. En Chiloé, para medir volúmenes tenemos el almud -término que desconocía-, que tiene raíces árabes; para el cobre, tenemos la libra; para el hilo, la yarda, etcétera. Podría seguir con una serie ejemplos de otras unidades de medidas.
Además, la Constitución establece que el sistema de pesos y medidas es materia de ley. En consecuencia, estamos haciendo lo correcto al incorporar el término “cuadra”, que está definido en la Real Academia. Por lo demás, así lo señalan los asesores del ministerio.
En definitiva, lo que busca este proyecto es armonizar la realidad diaria de la ciudadanía, que cierra sus calles y pasajes, con la pretensión de vivir en paz y con seguridad, en forma armónica y urbanísticamente ordenada. En la Comisión nos dimos cuenta de que, muchas veces, se llega a situaciones límites cuando se cierran calles o pasajes, ya que las personas se bajan de las micros, pero tienen que dar unos rodeos muy largos para llegar a sus casas que, al final, son asaltadas en ese trayecto.
Por lo tanto, el proyecto tiende a regularizar esa situación, se hace cargo de una realidad que ocurre en Chile, con mayor frecuencia en algunas comunas que en otras, y corrige la ley que aprobamos originalmente por unanimidad.
Me extendí un poco más de la cuenta en mi intervención -quince minutos-, porque traté de explicar claramente en qué consiste la iniciativa.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Schilling.
El señor SCHILLING.- Señor Presidente , las intervenciones a cargo de los diputados Hales y Cristián Monckeberg revelan las pasiones que desatan estos trascendentes proyectos para el destino de la comunidad. Cada uno de ellos ocupó nada menos que quince minutos para referirse a un proyecto que prorroga el plazo para regularizar medidas de control de acceso y cierre de calles y pasajes; o sea, para prorrogar un plazo en una ley ya existente, que fue debatida latamente en esta misma Cámara.
Luego, se enzarzan en una controversia de tipo constitucional respecto del segundo proyecto, que permite el establecimiento de medidas de control de acceso en vías locales por motivos de seguridad ciudadana, que también había sido discutido en la Cámara de Diputados, que el Tribunal Constitucional objetó, como lo explicó el diputado Cristián Monckeberg , al decir que los conceptos de vía local y vías locales eran suficientemente imprecisos, indeterminados, ambiguos y vagos como para darles el reconocimiento de constitucionalidad.
El proyecto en debate busca subsanar esa inconstitucionalidad por la vía de precisar qué se deberá entender por ese concepto.
Estas dos iniciativas son una solución transitoria a un problema que agobia a buena parte de la sociedad chilena, que tiene relación con la inseguridad, especialmente en los hogares, porque estamos hablando de cerrar calles que permiten la circulación de personas desde y hacia sus domicilios, no a comercios. No obstante, mientras no se tome el toro por las astas y se resuelvan efectivamente los problemas de seguridad, pero no por la vía de nuevos parches, como los que siempre plantea la bancada de enfrente -más jueces, más leyes, más penas, más policías, más represión-, sino con menos desigualdades, menos privilegios injustos y con una sociedad de iguales que, por lo mismo, no hará necesario que los unos se protejan de los otros, porque pueden convivir, fraternizar, alternar e integrarse en la calle, en la ciudad.
Creo que deberá pasar un tiempo antes de que las bancadas oficialistas entiendan que el problema de la delincuencia no tiene que ver con la idea de que el ser humano es intrínsecamente perverso, sino con que la sociedad tiene una responsabilidad a este respecto y que debe crear las condiciones para que todos puedan convivir en paz y amistosamente.
Ambos proyectos, que impulsan con fervor el diputado Cristián Monckeberg y, según entiendo, su partido y su bancada amiga, pueden parecer pequeños, pero revelan que el espacio del liberalismo en Chile está completamente vacío; no hay quién lo pueda reclamar para sí, porque los supuestos emblemas del liberalismo han abandonado la cancha para dar paso al conservadurismo, al autoritarismo, a quienes no creen en la responsabilidad ni en la autonomía del ser humano, lo que es realmente lamentable para Chile.
Sin embargo, este fenómeno no pasa solo por este pequeño proyecto, porque en estos días también nos hemos informado de que un partido que tenía una protoidea liberal ha realizado elecciones internas y ha elegido un nuevo presidente, quien anunció que quiere izquierdizar a su partido. Me imagino que esa izquierdización será a costa del protoliberalismo que existía al interior de esa colectividad.
Por lo tanto, estas son malas noticias para Chile, tanto las que derivan de la filosofía que inspira el sostenimiento de los puntos de vista respecto de por qué hay que aprobar estos proyectos sobre cierre de calles y pasajes, como las que provienen de cuestiones más generales.
En todo caso, nosotros, mi familia política, los socialistas, trataremos de dar agüita al liberalismo para que no nos privemos de esas ideas políticas tan ricas e importantes a lo largo de la historia de Chile.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Godoy.
El señor GODOY.- Señor Presidente, ha sido sobrecogedor escuchar tanto concepto filosófico de parte de algunos colegas que me han antecedido en el uso de la palabra.
Simplemente, quiero recordar que el proyecto intenta solucionar un problema real que viven cientos de miles de chilenos que necesitan cerrar sus pasajes para tener más seguridad y confianza, además de mayores espacios donde sus hijos puedan disfrutar, lo que vemos todos los días en los cerros de Valparaíso.
Además, considero que el diputado Cristián Monckeberg ha estado brillante en su exposición.
Con el diputado Cornejo nos dimos cuenta de que estos proyectos hacían una diferencia con la ciudad que representamos, Valparaíso , porque la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades estableció, de mala manera, la prohibición del cierre de calles y pasajes en las ciudades declaradas patrimonio de la humanidad. Pero en Chile ninguna ciudad ha sido declarada patrimonio de la humanidad, ya que la Unesco ha declarado sitios patrimoniales en una ciudad como Valparaíso y en otros lugares de Chile.
Quisimos hacer esa diferencia porque, si manteníamos la ley como estaba, algún burócrata podía impedir el cierre de calles y pasajes en toda la ciudad de Valparaíso, en circunstancias de que solo se declaró como sitio patrimonial una extensión de cuarenta hectáreas de esta ciudad puerto.
Por lo tanto, como representantes de Valparaíso, presentamos una indicación, en la que me acompañó el diputado Cornejo , la cual finalmente fue aprobaba por la Comisión.
Por lo tanto, hoy queremos pedirle a la Sala que apruebe esa indicación y el proyecto. Para algunos esta iniciativa podrá ser irrelevante, pero para nosotros es relevante, pues se hace cargo de una realidad que hoy existe no solo en nuestros cerros de Valparaíso, sino también en muchos otros lugares del país.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente , intervendré brevemente en este debate para fundamentar mi voto favorable a los dos proyectos, que persiguen un objetivo similar, en la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, que integro: los contenidos en los boletines Nos 8195-25 y 7823-06, que regulan el cierre de calles y pasajes y el acceso a vías locales.
Desde el punto de vista de la seguridad ciudadana, muchas veces insistimos en la necesidad de que, en la comunidad organizada, el primer eslabón en materia de prevención sea precisamente el que corresponde a los vecinos, es decir, a las juntas de vecinos y a los propietarios o arrendatarios de inmuebles ubicados en una calle en particular. Los vecinos deben conocerse y organizarse para prevenir hechos delictuales.
La ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuya modificación hoy discutimos, y los respectivos perfeccionamientos a la legislación, precisamente buscan hacerse cargo de esa realidad.
No quiero repetir todos los fundamentos que tan bien expuso el diputado Cristián Monckeberg , el principal autor de las modificaciones que hoy votaremos, pero, sin duda, van en la dirección correcta de hacerse cargo de una ley que no ha tenido plena aplicación en la práctica, ya sea porque muy pocos municipios -aproximadamente el 5 por ciento- han emitido ordenanzas en orden a regular el cierre de los accesos o porque han sido escasas las instancias y pocos los vecinos que ha regularizado los cierres de sus calles y pasajes.
Esta materia no fue fácil. En la discusión del proyecto en la Comisión, nuevamente intervinieron representantes de Carabineros y de Bomberos.
La opinión de Bomberos fue bien tajante. Ellos, por seguridad, siempre recomiendan -lo hicieron en relación con el proyecto anterior, y lo reiteraron posteriormente- que no exista cierre de calles y pasajes.
Por eso, el concepto de “control de acceso” es mucho más satisfactorio, como bien lo explicó el diputado Cristián Monckeberg .
En tal sentido, los dos proyectos de ley que figuran en la Tabla de hoy sobre la materia, en especial el contenido en el boletín N° 7823-06, que define y precisa que el control debe circunscribirse a una cuadra -ello, más allá de las dudas expresadas por el diputado Hales , que son bastante válidas-, intentan salvar el problema de constitucionalidad que se generó a partir del reparo del Tribunal Constitucional.
Las leyes se dictan y se publican para que se cumplan. Por ello, con estas modificaciones a la normativa vigente posibilitaremos que esta no sea programática, sino que tenga un efectivo cumplimiento por parte de los vecinos y los municipios. Por eso di mi aprobación en la Comisión de Seguridad Ciudadana.
Por último, llamo a todos los colegas a votar favorablemente ambas iniciativas.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA.- Señor Presidente , una vez más estamos discutiendo un proyecto de ley solicitado por la comunidad debido a un problema de seguridad ciudadana. La iniciativa establece una prórroga del plazo para regularizar el cierre de los pasajes, lo cual ha sido visto por la gente como una medida de seguridad ante su preocupación de convertirse en víctima de algún delito.
Junto con eso, también es importante considerar cómo mediante esta legislación se hará uso del suelo que pertenece a toda la ciudadanía. En consecuencia, debemos ver la manera de conciliar la seguridad ciudadana y la libertad de tránsito.
Tal como señaló el diputado Schilling , la medida que nos ocupa es transitoria y permitirá regularizar situaciones de hecho, de modo que sean de derecho. En ello los municipios también tendrán atingencia.
Es interesante resaltar dos elementos: uno, la seguridad ciudadana, que cada día parece más un bien de consumo que un problema de protección por parte del Estado. Al respecto, solo quiero mencionar que hoy día se gastan más de mil millones de dólares en seguridad privada. Es decir, la seguridad ciudadana -reitero- se está transformando más en un bien de consumo que en una obligación que, de acuerdo con la Constitución, le corresponde al Estado, pues este debe garantizar a los ciudadanos su seguridad personal y su seguridad de tránsito.
La otra cuestión de fondo es que a la fecha aún no existe en Chile un plan de desarrollo urbano. Y vaya como ejemplo lo que hoy día está ocurriendo en Santiago con el proyecto Costanera Center, que se encuentra en construcción sin que se tomen las medidas necesarias respecto del tránsito y la seguridad de las personas.
Por ello, espero que se logre una solución definitiva tanto en materia de seguridad pública como en la planificación de nuestras ciudades.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Señores diputados, la Mesa ha otorgado todas las palabras solicitadas.
¿Habría acuerdo para cerrar el debate?
Acordado.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre los proyectos en los siguientes términos:
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En primer lugar, corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que prorroga el plazo para regularizar medidas de control de acceso y cierre de calles y pasajes.
Hago presente que las normas del proyecto son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 4 abstenciones.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
-Votó por la negativa el diputado señor Gutiérrez Gálvez Hugo.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Andrade Lara Osvaldo; Delmastro Naso Roberto; Lemus Aracena Luis; Schilling Rodríguez Marcelo.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, también se declara aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
En segundo lugar, corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley orgánica constitucional de Municipalidades, permitiendo el establecimiento de medidas de control de acceso en vías locales por motivos de seguridad ciudadana.
Por tratarse de una norma de carácter orgánica constitucional, se requiere quorum especial para su aprobación.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos; por la negativa, 5 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Carmona Soto Lautaro; Espinoza Sandoval Fidel; Gutiérrez Gálvez Hugo; Teillier Del Valle Guillermo.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Andrade Lara Osvaldo; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, por la misma votación se dará por aprobado el artículo único.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
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- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637771/seccion/akn637771-po1
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637771