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“La mayor esperanza de vida que ha experimentado la sociedad chilena en los últimos años, ha ocasionado la incorporación de nuevos fenómenos, principalmente el envejecimiento de la población. En efecto, desde hace un tiempo a la fecha la cantidad de personas que se han incorporado al segmento de la tercera edad ha sido notable en nuestro país.
Este fenómeno no es aislado y se debe principalmente al mayor bienestar material que ha experimentado nuestra sociedad al alero del sostenido crecimiento económico que ha visto nuestro país en los últimos 30 años. Así las cosas el envejecimiento de la población es un fenómeno acostumbrado en países con altos índices de desarrollo tales como Italia, Inglaterra, Alemania, España o Estados Unidos, razón por la cual pensamos que en pocos años más los índices de envejecimiento poblaciones en nuestro país continuará aumentando.
Que junto con lo anterior, la disminución de las tasas de natalidad, generadas a partir de la masificación de los sistemas de control de la actividad reproductiva, conlleva todo un escenario social en donde la ancianidad toma un papel de suyo trascendente.
Bajo este orden de ideas, la vejez creciente requiere de parte de las autoridades la implementación de nuevas políticas públicas orientadas a la ancianidad, en razón del creciente aumento que ha experimentado este sector de la población nacional. Así los firmantes del presente proyecto de ley reconocen las nuevas características de la sociedad chilena y frente a ello es que se propone como ley de la república el presente proyecto de ley.
Que, este proyecto de ley viene en incorporar una modificación a la legislación laboral chilena tendiente a flexibilizar los horarios de aquellas personas que por diversos motivos se encuentren en frente a la carga de cuidar a un familiar que pertenezca a la tercera edad y que actualmente no pueda valerse por sí mismo.
El presente proyecto de ley viene en regular una situación creciente en la población chilena y que beneficiaría a todas aquellas personas que directamente se encuentran ante la responsabilidad de cuidar a un padre o madre o abuelo que, ostentando la calidad de adulto mayor, no pueda valerse autónomamente y cuyo cuidador se encuentra trabajando, con el objeto de que el empleador forzosamente le otorgue facilidades horarias maximizando con ello el tiempo y la productividad de estas personas.
Las largas jornadas laborales en Chile, entendidas fundamentalmente como extensos días de trabajo, -si incluimos los desplazamientos y la pausa del almuerzo- generan en los cuidadores de ancianos una carga de trabajo de gran extensión, razón por la cual pensamos que se requiere una normativa capaz de conciliar de un modo eficaz tales responsabilidades.
Lo que pretende la presente ley es conciliar de un modo claro, la vida familiar con la vida laboral, entendiendo que una rigidez en uno u otro ámbito provocaría minimizar el rendimiento laboral. Así las cosas pensamos que esta iniciativa será de gran ayuda para aquellas personas que por diversos motivos no instalan a sus seres queridos en hogares geriátricos, prescribiendo una norma que vele por esta situación que es recurrente en nuestro país.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese un nuevo artículo 29 bis al código del Trabajo el que reza de la siguiente manera:
“En todo caso el empleador estará obligado a flexibilizar el horario de ingreso y salida de todos aquellos trabajadores que tengan a su cargo el cuidado de un familiar perteneciente a la tercera edad y que no pueda valerse por sí mismo”.
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