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El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.- Señor Presidente , en primer lugar, quiero anunciar mi voto favorable al proyecto.
No estoy seguro de si está bien utilizado el vocablo “simple” para referirse a la iniciativa, porque en realidad se trata de un proyecto relevante -quizás deberíamos haberlo trabajado un poco más en algunos aspectos-, puesto que tiene por objeto resolver cinco nudos que han existido durante mucho tiempo y que no han podido ser solucionados hasta ahora, a pesar de que se han presentado algunas mociones para tratar de hacerlo. Me habría gustado que ello se hubiese indicado en el informe de la Comisión, pero, lamentablemente, no ocurrió.
Por ejemplo, se presentaron mociones para permitir que la evaluación de los proyectos deportivos de organización de competencias internacionales fuera efectuada el mismo año en que ellos se llevan a cabo. Esto resulta de toda lógica, porque ha ocurrido que no se han podido entregar los recursos necesarios para un evento internacional, porque su evaluación debía efectuarse al año siguiente de su realización.
Asimismo, resulta bastante lógica la proposición de flexibilizar la obligación de constituir la prohibición de gravar y enajenar los inmuebles por cuarenta años, en caso de financiarse proyectos de infraestructura deportiva, solicitud que constituye una cuestión práctica.
Por otra parte, la eliminación del concurso público anual como requisito adicional para realizar donaciones con fines deportivos, imagino que tiene que ver con el hecho de que se podrán hacer más concursos durante un año. Porque en muchos casos surgía el problema de tener que esperar hasta el año siguiente la realización de otro concurso a fin de acceder a lo que establece la Ley del Deporte en materia de donaciones con fines deportivos.
Si bien el proyecto resuelve cinco problemas, tengo la impresión de que deberíamos haberle dado más vueltas a algunos aspectos, sobre todo a lo que dice relación con la flexibilización del monto límite de las donaciones para financiar proyectos deportivos con beneficio tributario. Tengo hartas dudas al respecto, porque a veces las empresas grandes usan la Ley de Donaciones con Fines Deportivos para satisfacer y cumplir sus propios objetivos. Las empresas saben que disponen de un crédito tributario cuyo porcentaje, incluso, puede ser superior al 50 por ciento, dependiendo de cómo se use, pero a veces lo que se financia son actividades de la misma empresa que hace la donación. Por lo tanto, habría trabajado más esa materia, porque la ley de Donaciones con Fines Deportivos tiene por objeto que las empresas con recursos donen para la realización de actividades deportivas que no están vinculadas con ellas, como puede ser la Vuelta Chile o un campeonato determinado.
Sin perjuicio de lo que acabo de señalar, debemos aprobar la idea de legislar, porque el proyecto permite resolver algunos problemas que estaban en discusión desde hace varios años y que se habían transformado en un obstáculo para la correcta aplicación de la Ley del Deporte, así como de otros cuerpos legales relacionados.
He dicho.
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