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- rdf:value = " MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL DEPORTE EN MATERIA DE FLEXIBILIZACIÓN EN EJECUCIÓN DE PROYECTOS, ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y GESTIÓN DEPORTIVA INSTITUCIONAL. Primer trámite constitucional.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, que modifica la Ley del Deporte.
Diputado informante de la Comisión Especial de Deportes es el señor Celso Morales.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 8316-29, sesión 31ª de la presente legislatura, en 22 de mayo de 2012. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión Especial de Deportes, sesión 44ª de la presente legislatura, en 19 de junio de 2012. Documentos de la Cuenta N° 9.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Señores diputados, por tratarse de un proyecto que aborda materias de su directa competencia, solicito el acuerdo de la Sala para que ingrese el director del Instituto Nacional de Deportes , señor Gabriel Ruiz-Tagle.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado informante .
El señor MORALES (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión Especial de Deportes paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República , que modifica la Ley del Deporte.
A las sesiones que la Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron el subsecretario de Deportes , señor Gabriel Ruiz-Tagle Correa , y el asesor de dicha Subsecretaría, señor Juan Andrés Dezulovic Díaz .
El proyecto tiene por objeto introducir modificaciones puntuales a la Ley del Deporte, tendientes a flexibilizar la operación de los proyectos deportivos, la mecánica de asignación de recursos y la gestión institucional en materia deportiva.
En el transcurso de su discusión, el subsecretario de Deportes , además de refrendar los objetivos planteados en el mensaje, señaló que la iniciativa contiene un conjunto de reformas a la ley N° 19.712 que recogen la experiencia práctica del Instituto Nacional de Deportes en la aplicación de la misma, y que tienden a resolver problemas que se han ido identificando a lo largo de los años. Agregó, que se trata de modificaciones que no tienen realmente un contenido ideológico, sino que, más bien, se refieren a aspectos prácticos que tienen una enorme relevancia en el desarrollo de actividades y proyectos deportivos.
En particular, el señor Ruiz-Tagle indicó que se trata de cinco modificaciones:
La primera implica una reforma al objetivo específico de las corporaciones que pueda integrar o constituir el Instituto Nacional de Deportes de Chile. En efecto, se agrega la facultad de organizar e implementar competencias deportivas de relevancia internacional. Lo anterior permite no solo contar con una estructura funcional que integre recursos públicos, sino también ejecutar los actos de comercio necesarios para organizar e implementar grandes competencias internacionales, polidisciplinarias; por ejemplo, los Juegos Suramericanos o Panamericanos .
Una segunda modificación consiste en eliminar el concurso público anual como requisito adicional para realizar donaciones con fines deportivos.
En la actualidad, para que un proyecto pueda ser financiado a través de donaciones privadas, se requiere que haya participado en el concurso público y que haya sido incorporado en el registro de proyectos deportivos, de acuerdo con los requisitos que se establecen en el artículo 64 de la ley. Ese tratamiento ha significado que, en la práctica, las organizaciones deportivas deban prever con mucha anticipación, y con el carácter de eventual, las actividades que desarrollarán en el año siguiente, existiendo, muchas veces, importantes proyectos que cuentan con el compromiso de un donante, pero que no pueden ser financiadas por no haber participado en el concurso anual.
En consecuencia, esta modificación tiende a facilitar y promover las donaciones con fines deportivos, eliminando el requisito del concurso anual.
En tercer término, el señor subsecretario señaló que el artículo 48 de la ley impone la obligación de evaluar los proyectos deportivos de organización de competencias internacionales con seis meses de anterioridad al ejercicio presupuestario. Sin embargo, afirmó que en la práctica ocurre que normalmente el año anterior a la realización de la actividad no existe ninguna certeza de la existencia de los recursos, ni tampoco de las autorizaciones internacionales para llevarla a efecto. Por lo tanto, se propone modificar la ley a fin de permitir que la evaluación y aprobación de la organización de ese tipo de competencias se ejecute en el mismo año en que se realicen.
En cuarto lugar, el señor Ruiz-Tagle indicó que el proyecto tiende a flexibilizar la obligación de constituir la prohibición de enajenar y gravar los inmuebles durante 40 años, en el caso de financiamiento de infraestructura deportiva. En efecto, aseveró que esa situación ha producido que los financiamientos de infraestructura a través del Fondeporte sean inexistentes. En este contexto, se propone eliminar la exigencia de gravámenes en bienes pertenecientes a la administración centralizada y, en los demás casos, establecer una gradualidad de años en función de la depreciación de las inversiones, de acuerdo con las tablas que determina el Servicio de Impuestos Internos.
La última modificación flexibiliza el monto límite de las donaciones para financiar proyectos deportivos con beneficios tributarios. En la actualidad, existe una limitación de mil UTM para la generalidad de proyectos, y de 8 mil UTM para proyectos de infraestructura deportiva, lo cual, a criterio del subsecretario de Deportes , es una discriminación al deporte, en la medida en que el límite general para donaciones con beneficio tributario alcanza a 14 mil UTM al año.
En resumen, los miembros de la Comisión comparten con el Ejecutivo el criterio de que resulta relevante dar respuesta a las circunstancias que el Instituto Nacional de Deportes ha detectado y que han complicado la aplicación de la Ley del Deporte en el fomento de la actividad deportiva, especialmente respecto de la modificación del régimen de gravámenes en el caso de proyectos deportivos de infraestructura y también en materia de fomento a las donaciones con fines deportivos.
En virtud de lo anterior, la Comisión Especial de Deportes recomienda aprobar el proyecto en informe.
Por último, cabe hacer presente que la iniciativa no contempla disposiciones de rango orgánico constitucional ni que deban ser aprobadas con quorum calificado. Además, no requiere ser conocida por la Comisión de Hacienda por no contener disposiciones con incidencia financiera o presupuestaria del Estado. En efecto, como señala el informe financiero respectivo, el financiamiento requerido para llevar a cabo las modificaciones está sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Instituto Nacional de Deportes.
Asimismo, la Ley del Deporte establece una limitación general para el crédito por el total de las donaciones de un mismo contribuyente y no varía con la eliminación de la limitación de donaciones que se propone en el numeral 6) del artículo único del proyecto.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Tiene la palabra el subsecretario de Deportes , señor Gabriel Ruiz-Tagle.
El señor RUIZ-TAGLE ( subsecretario de Deportes ).- Señor Presidente , agradezco la invitación de la honorable Cámara para exponer los aspectos fundamentales del proyecto, los cuales han sido muy bien resumidos por el diputado informante .
Las reformas propuestas son el resultado del trabajo que ha venido desarrollando el Instituto Nacional del Deporte desde hace bastante tiempo en orden a recoger las inquietudes de distintas organizaciones deportivas, del Comité Olímpico de Chile y de las federaciones. Incluso, varios parlamentarios, en el curso de los años, han manifestado su inquietud respecto de varios temas que queremos reformar.
Se trata de aspectos diferentes de la Ley del Deporte que han demostrado que entraban de manera significativa la operación, calidad y cantidad de proyectos deportivos que pueden desarrollarse en distintos ámbitos.
Quiero destacar, brevemente, algunos aspectos mencionados por el diputado señor Celso Morales.
En primer lugar, la reforma al artículo 13, que se refiere a la facultad del Instituto para constituir corporaciones, es importante desde la perspectiva de incluir a nuestro país en los calendarios de competencias internacionales.
El Estado no dispone de un organismo apropiado para acometer la organización de grandes eventos.
Por lo tanto, utilizar el mecanismo de corporaciones para auspiciar, por ejemplo, los Juegos Sudamericanos y apoyar nuestra postulación a organizar los Juegos Panamericanos de 2019, sin duda nos proveerá de un instrumento eficaz para competir con otros países y obtener la calificación de anfitrión de dichos juegos.
En segundo lugar, en lo referente a las reformas a los artículos 43 y 44, es muy importante establecer un mecanismo para que las donaciones privadas puedan asociarse con proyectos no como en una ventana anual, que se abre una vez por año, sino que de manera permanente.
Se han perdido muchos recursos del sector privado para financiar proyectos deportivos por no coincidir los tiempos entre uno y otro. Por eso, creemos necesario un mecanismo permanente de selección que puede ser elegido por los eventuales donantes en cualquier momento del año. Ello producirá un aumento muy importante de la participación del sector privado en el financiamiento del deporte, sector que hoy no está concurriendo de manera apropiada. Así también se releva al Estado de muchos compromisos financieros, lo que le permitirá destinar recursos a otro tipo de proyectos también deportivos.
En tercer término, la reforma propuesta al artículo 48 se remite a un problema práctico, pero de mucha importancia. Hasta hoy, las federaciones u organizaciones deportivas que pretendan organizar una competencia internacional deben presentar el proyecto con seis meses de antelación. En algunos casos, prácticamente con un año de anticipación. Eso provoca que, incluso, muchas veces el apoyo de las federaciones internacionales y una serie de otros factores que deben concurrir para tener la certeza de la realización de esos compromisos sea eventual. En consecuencia, los antecedentes necesarios para organizar este tipo de competencias no existen con tanta anticipación.
Cuando se promulgó la Ley del Deporte en 2001, este artículo estaba concebido para la organización de grandes eventos como los campeonatos mundiales de fútbol o de otras especialidades, y que, de alguna manera, son previstos con mucha anterioridad. Hoy, es una política nuestra procurar que se organicen torneos de nivel sudamericano, panamericano o, incluso, mundiales de disciplinas específicas, que están teniendo lugar en distintas regiones del país, por lo que creemos muy importante flexibilizar y apoyar su realización. El desarrollo del deporte en Chile tiene mucho que ver con una mayor competitividad y es esta una de las mejores herramientas disponibles.
En cuarto lugar, la reforma al artículo 50 también viene a resolver un viejo problema con las asignaciones de recursos para los proyectos deportivos.
La Ley del Deporte obliga a constituir la prohibición de enajenar por cuarenta años a los receptores de estos recursos. La mayoría de los planes de infraestructura, sobre todo los asociados con Fondeporte u otros proyectos deportivos, en general son de pequeño monto; por ejemplo, construir un camarín o rehacer un muro perimetral. Para los usuarios o beneficiarios no tiene sentido constituir la prohibición de enajenar por cuarenta años con el objetivo de desarrollar un proyecto de un monto relativamente pequeño. Eso ha hecho que, en muchos años, prácticamente no haya sido posible canalizar la inversión en infraestructura menor.
De esta manera, pretendemos abrirnos a proyectos más pequeños y que cuenten con un financiamiento más expedito y fluido.
También queremos relevar a los proyectos deportivos de un trámite que burocráticamente ha sido bastante largo y difícil de implementar, como la exigencia de constituir prohibiciones de enajenar al construir sobre bienes fiscales. A nuestro juicio, no tiene mucho sentido que el Estado se prohíba a sí mismo enajenar infraestructuras. Por lo demás, desgraciadamente los distintos servicios involucrados demoran bastante tiempo en concurrir a firmar este tipo de gravámenes. Por lo tanto, dado que no produce ningún perjuicio fiscal, nos parece importante agilizar esos procesos y eliminar un trámite que creemos innecesario.
Por otra parte, como lo explicó el diputado señor Celso Morales, se propone flexibilizar, mediante la modificación del artículo 62 de la Ley del Deporte, el monto límite de las donaciones para financiar proyectos deportivos con beneficio tributario.
Queremos eliminar el monto límite de mil UTM de las donaciones para financiar la generalidad de los proyectos deportivos y de 8 mil UTM para el caso de proyectos de infraestructura deportiva, puesto que el límite general para donaciones con fines tributarios alcanza las 14 mil UTM. Creemos que eso constituye una discriminación en contra del deporte y, eventualmente, en contra de proyectos de infraestructura deportiva, que por su naturaleza involucran mayor cantidad de recursos. Estimamos que al acogernos a la norma general vigente se puede incrementar el aporte del sector privado en materia de infraestructura de manera significativa.
En consecuencia, se trata de un proyecto simple, que recoge la experiencia práctica de muchos años y las sugerencias de numerosas organizaciones deportivas y de varios parlamentarios. Por tal razón, solicitamos la más pronta aprobación de la iniciativa, porque beneficia en forma muy directa y práctica la acción y el ejercicio del Estado en materia de deporte.
Muchas gracias.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , quiero hacer una observación respecto de lo que establece el proyecto en cuanto a la proposición de planes y programas deportivos, puesto que no señala si los destinatarios serán los servicios, los ministerios, otras entidades o el propio Presidente de la República .
Se trata de una disposición que no me incomoda, pero que me mantiene un poco ajeno a lo que pienso sobre la proposición de ese tipo de programas, de manera que me gustaría que el subsecretario de Deportes me aclarara ese punto.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.- Señor Presidente , en primer lugar, quiero anunciar mi voto favorable al proyecto.
No estoy seguro de si está bien utilizado el vocablo “simple” para referirse a la iniciativa, porque en realidad se trata de un proyecto relevante -quizás deberíamos haberlo trabajado un poco más en algunos aspectos-, puesto que tiene por objeto resolver cinco nudos que han existido durante mucho tiempo y que no han podido ser solucionados hasta ahora, a pesar de que se han presentado algunas mociones para tratar de hacerlo. Me habría gustado que ello se hubiese indicado en el informe de la Comisión, pero, lamentablemente, no ocurrió.
Por ejemplo, se presentaron mociones para permitir que la evaluación de los proyectos deportivos de organización de competencias internacionales fuera efectuada el mismo año en que ellos se llevan a cabo. Esto resulta de toda lógica, porque ha ocurrido que no se han podido entregar los recursos necesarios para un evento internacional, porque su evaluación debía efectuarse al año siguiente de su realización.
Asimismo, resulta bastante lógica la proposición de flexibilizar la obligación de constituir la prohibición de gravar y enajenar los inmuebles por cuarenta años, en caso de financiarse proyectos de infraestructura deportiva, solicitud que constituye una cuestión práctica.
Por otra parte, la eliminación del concurso público anual como requisito adicional para realizar donaciones con fines deportivos, imagino que tiene que ver con el hecho de que se podrán hacer más concursos durante un año. Porque en muchos casos surgía el problema de tener que esperar hasta el año siguiente la realización de otro concurso a fin de acceder a lo que establece la Ley del Deporte en materia de donaciones con fines deportivos.
Si bien el proyecto resuelve cinco problemas, tengo la impresión de que deberíamos haberle dado más vueltas a algunos aspectos, sobre todo a lo que dice relación con la flexibilización del monto límite de las donaciones para financiar proyectos deportivos con beneficio tributario. Tengo hartas dudas al respecto, porque a veces las empresas grandes usan la Ley de Donaciones con Fines Deportivos para satisfacer y cumplir sus propios objetivos. Las empresas saben que disponen de un crédito tributario cuyo porcentaje, incluso, puede ser superior al 50 por ciento, dependiendo de cómo se use, pero a veces lo que se financia son actividades de la misma empresa que hace la donación. Por lo tanto, habría trabajado más esa materia, porque la ley de Donaciones con Fines Deportivos tiene por objeto que las empresas con recursos donen para la realización de actividades deportivas que no están vinculadas con ellas, como puede ser la Vuelta Chile o un campeonato determinado.
Sin perjuicio de lo que acabo de señalar, debemos aprobar la idea de legislar, porque el proyecto permite resolver algunos problemas que estaban en discusión desde hace varios años y que se habían transformado en un obstáculo para la correcta aplicación de la Ley del Deporte, así como de otros cuerpos legales relacionados.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.- Señor Presidente , el numeral 5) del artículo único del proyecto señala: “La exigencia establecida en este artículo no regirá para la inversión en equipamiento e infraestructura deportiva efectuada en inmuebles de propiedad fiscal.”. O sea, se establece una exigencia que no rige para las inversiones en inmuebles fiscales. El mismo número agrega a continuación: “En los demás casos...” -en consecuencia, en todos- “... el Instituto establecerá el plazo de vigencia de la prohibición” -presumo que el artículo habla, por ejemplo, de la prohibición de enajenar- “que se ordena inscribir en el inciso anterior, conforme a una tabla de depreciación de la inversión que determinará el Servicio de Impuestos Internos.”.
Por lo tanto, quiero consultar al subsecretario de Deportes de qué estamos hablando en concreto en dicha disposición, toda vez que se propone entregar al Instituto Nacional de Deportes una facultad bastante amplia. El numeral dispone que en los demás casos el Instituto establecerá el plazo de vigencia de la prohibición. Es una norma de una amplitud bien notable, porque si la prohibición -estoy especulando-, por ejemplo, es de enajenar, el Instituto, por sí y ante sí, con una tabla de depreciación de la inversión que establecerá el Servicio de Impuestos Internos, será quien determinará el tiempo de la prohibición a que se refiere.
Entonces, me gustaría que el señor subsecretario clarificara esta norma, para efectos de decidir mi votación respecto de la misma.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Tiene la palabra el subsecretario de Deportes , señor Gabriel Ruiz-Tagle.
El señor RUIZ-TAGLE ( subsecretario de Deportes ).- Señor Presidente , quiero señalar dos cosas muy breves.
Respecto de lo que mencionó el diputado Ascencio, ciertamente, aquí se están resumiendo mociones parlamentarias presentadas hace bastante tiempo, en distintas oportunidades o han sido conversadas con el Instituto.
Partimos de eso. Esto no es más que una recopilación de información y de inquietudes de distintas fuentes, especialmente parlamentarias, que están siendo resumidas en un proyecto concreto que apunta a otorgar una solución práctica y efectiva a los distintos puntos.
En cuanto a lo que señaló el diputado Burgos, aquí no existe el interés de dotar de una facultad excepcional al Instituto, sino de hacer que los plazos de vigencia de estas prohibiciones de enajenar se atengan estrictamente a las normas de depreciación que señala el Servicio de Impuestos Internos para distintos bienes que componen el activo fijo de los contribuyentes, las cuales fijan plazos en forma bastante precisa y que, normalmente, son aplicados a toda la contabilidad de las distintas instituciones.
Por eso, al tener un plazo de cuarenta años, que, en su gran mayoría, excede a la vida útil de los bienes que se pretende financiar, en verdad, el tratamiento que nos parece más justo es aplicar las tablas que fija el Servicio de Impuestos Internos. No es más que eso. Nosotros no podemos salirnos de esa pauta. Ese es el contenido de la idea.
Por último, en cuanto al régimen de donaciones, me parece importante señalar que asimilar los límites de donaciones a los límites generales en nada contraviene las normas que regulan las contraprestaciones en esa materia. Es decir, las grandes empresas u otras tienen que respetar, en forma específica, las normas generales sobre donaciones con franquicia tributaria.
Muchas gracias.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor MONTES.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.- Señor Presidente , solicito a la Sala enviar a la Comisión de Hacienda el proyecto de ley que modifica la Ley del Deporte, por cuanto contiene cambios muy importantes relacionados con los requisitos para las donaciones. Considero lógico que esa materia sea analizada en la Comisión de Hacienda. No entiendo por qué no se hizo en su oportunidad, ya que la iniciativa elimina las limitaciones al monto de las donaciones para un solo proyecto deportivo, actualmente fijado en 1.000 unidades tributarias mensuales para la generalidad de los proyectos y en 8.000 unidades tributarias mensuales para los proyectos de infraestructura deportiva. Reitero, lo mínimo que se puede pedir es evaluar la iniciativa en la Comisión de Hacienda, con el objeto de que emita un segundo informe, ya que solo se discutió durante diez minutos en la Comisión Especial de Deportes, según me informan.
Para efectuar la remisión del proyecto no se requiere recabar la unanimidad de los diputados presentes, sino la simple mayoría.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Tiene la palabra el señor Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente , efectivamente, la Comisión Especial de Deportes aprobó en forma unánime el proyecto que tiene por objeto fomentar las donaciones con fines deportivos, ya que, en la práctica, los aportes no se están materializando. Se trata de compatibilizar las donaciones con fines deportivos con las establecidas en la Ley de Donaciones con Fines Culturales, normativa que se ha modernizado para favorecer las donaciones.
No tengo problema para que la iniciativa sea remitida a la Comisión de Hacienda; sin embargo, quiero hacer presente que es una lástima que el proyecto se haya puesto en Tabla y analizado a la misma hora que sesiona la Comisión Especial de Deportes, razón por la cual los integrantes de la misma no pudimos participar en su discusión y fundamentar nuestro voto favorable, lo cual es lamentable.
Repito, no tenemos ningún problema para que el proyecto sea enviado a la Comisión de Hacienda. En tal caso, solo pido que dicha instancia lo analice en un plazo acotado, con el objeto de no dilatar su tramitación. Hay que recordar que existen deportistas que van a participar en las Olimpiadas de Londres y que están esperando donaciones.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.- Señor Presidente , la propia Comisión Especial de Deportes y el informe que tenemos a la vista nos ilustran en cuanto a que el proyecto no requiere ser analizado por la Comisión de Hacienda. En consecuencia, me parece que la petición del diputado señor Montes resulta extemporánea.
Por lo tanto, solicito a la Mesa que procedamos a votar, porque no hay unanimidad para enviar el proyecto a la Comisión de Hacienda. Espero que la Sala nos acompañe a rechazar dicha petición, ya que, como dijo el diputado señor Walker , destacados deportistas del país están esperando la promulgación del proyecto como ley de la república.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.- Señor Presidente, no me voy a referir a los términos en que se ha expresado el diputado Salaberry, porque no vale la pena.
La Sala debe pronunciarse sobre mi petición, ya que la Comisión Especial de Deportes estableció que el proyecto no contenía materias que debieran ser analizadas por la Comisión de Hacienda; con todo, resulta obvio que sí las hay y que no fueron analizadas por la Comisión técnica respectiva.
Por lo tanto, solicito que la Sala se pronuncie sobre la petición de que la Comisión de Hacienda analice el proyecto, porque, como señalé, contiene dos materias propias de su competencia. Por otra parte -repito-, la Comisión de Deportes debatió la iniciativa en solo diez minutos, sin hacer el análisis correspondiente.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Señores diputados, el informe de la Comisión de Deportes señala que el proyecto no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda por no tener sus disposiciones incidencia en materia financiera o presupuestaria del Estado.
Enseguida, el procedimiento es muy simple: si algún parlamentario tiene dudas respecto de dicha conclusión, la Sala debe resolver esa materia con el concurso de la simple mayoría de los diputados presentes; no se requiere unanimidad -salvo que alteremos el curso normal de tramitación del proyecto-, por cuanto lo que se impugna es la decisión de la Comisión de Deportes.
En consecuencia, si no hay acuerdo respecto de la propuesta del diputado señor Carlos Montes, propongo que el proyecto sea votado en general; por el contrario, si hay acuerdo respecto de esa solicitud, será remitido a la Comisión de Hacienda por el término de diez días antes de ser votado en particular.
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.- Señor Presidente , al igual que el diputado Walker , estoy defendiendo la decisión unánime de la Comisión de Deportes, que señaló en su informe que no hay materias que tengan incidencia en cuestiones financieras que deban ser examinadas por la Comisión de Hacienda. Si usted quiere que eso se altere, tal como pide el diputado Montes , la Sala se debe pronunciar a favor o en contra de la resolución de la Comisión de Deportes. En consecuencia, lo que procede es votar la propuesta del diputado señor Carlos Montes .
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Como no hay acuerdo para pronunciarse sobre el proyecto en general, en votación la petición del diputado señor Carlos Montes.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 32 votos. No hubo abstenciones.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Rojas Molina Manuel; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Squella Ovalle Arturo; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
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