-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637803/seccion/akn637803-po1-ds22-ds26
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3138
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- rdf:value = "
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA.- Señor Presidente , estamos analizando un proyecto de ley, de origen en moción, que sanciona las prácticas de acoso laboral.
Debemos congratularnos de que este proyecto esté en discusión. Por cierto, la bancada radical va a contribuir con su voto afirmativo, porque estamos sancionando una práctica que, desgraciadamente, cada día se hace más frecuente en el ámbito empresarial y, por qué no decirlo, también en el de la administración pública.
¡Qué fácil es dirigir los dardos contra aquella persona, mujer u hombre, que no goza de las simpatías del jefe de turno, para, mediante el acoso laboral, hacerle renunciar a su trabajo! Si bien la pérdida del trabajo es grave, importante, hay situaciones de mayor gravedad que aquejan a los trabajadores y trabajadoras que sufren el acoso laboral.
Como se ha dicho, este desmedro, esta humillación, este atentado contra la dignidad de las personas ocasiona trastornos psicológicos y provoca que los trabajadores llenen las consultas de los especialistas. Es así como se extienden muchas licencias médicas por las consecuencias que ocasiona la vida imposible de soportar en el medio laboral.
Es necesario que haya fuertes sanciones para aquellos empleadores “amigos” del acoso laboral. Por cierto, se trata de personas que poseen un perfil psicológico muy particular: ególatras, que buscan llamar la atención, que sienten la necesidad de demostrar su superioridad frente a los demás, en circunstancias de que, en realidad, esconden un complejo de inferioridad que los lleva a descargar todas sus frustraciones y fracasos en sus dirigidos mediante el acoso laboral.
Indudablemente, este tipo de acoso tiene mucho que ver con el bullying, que hemos denunciado permanentemente, y que se produce en las escuelas y en las universidades de Chile y del mundo. Ese bullying escolar se traduce en un bullying laboral cuando no son satisfechos los requerimientos de otra índole, que no tienen que ver con las obligaciones profesionales y laborales. Es así como aparece el acoso, que no siempre es de carácter sexual, que está recogido en otra ley de la república. Se trata de una forma más disimulada de atacar a los trabajadores.
Ahora bien, la denuncia ante la Inspección del Trabajo, como establece el proyecto, no siempre es positiva para el denunciante, toda vez que los inspectores no siempre recogen los méritos de la denuncia que conducirían a castigar al empleador acosador. ¿Por qué? Porque todavía -esto es parte de la tradición y se da mucho en las regiones- los inspectores del trabajo son más proclives a darle la razón a los empresarios, a congraciarse con los que ostentan el poder económico, y dejan de lado los reclamos de personas sencillas, de humildes trabajadores y trabajadoras que se ven menoscabados y humillados con este atentado a su dignidad en sus centros de trabajo.
Por eso, llamo a esos representantes del Ministerio del Trabajo, a los inspectores del trabajo, a dejar de lado esa práctica, que he podido constatar en mi distrito, en comunas como Villarrica, Pucón, Loncoche y otras, y que denuncio directamente. La gente que sufre agresiones laborales por parte de los empleadores ve con impotencia cómo los inspectores del trabajo no recogen sus quejas.
La creación de los juzgados laborales parece que de poco sirvió, porque los reclamos de los trabajadores tampoco llegan con fuerza, toda vez que siempre termina imponiéndose la presencia del empleador.
Por otro lado, la multa de 50 unidades tributarias mensuales, como tope máximo, no me resulta satisfactoria, menos cuando se afecta la estabilidad emocional y laboral del trabajador. Muchas veces, a través de atentar contra la dignidad de la persona, se obliga a renunciar al trabajador agredido. Por eso, no me parece suficiente la multa. Con todo, más vale poco que nada. Ojalá la educación pública, a través de educación cívica, se encargue de entregar a los futuros empresarios y futuros compañeros de trabajo de otros, que también son parte de la agresión laboral, las herramientas necesarias para evitar, en lo posible, la mala práctica del acoso laboral. Ojalá podamos erradicarla definitivamente.
Por lo expuesto, anuncio nuestro voto afirmativo para sancionar el acoso laboral, conducta detestable, que no debiera ocurrir en la sociedad.
Por último, llamo a los trabajadores de Chile a no ser cómplices -lo digo, porque muchas veces se da- de los deseos de los empleadores, sean públicos o privados, de asediar y acosar a las personas con el objeto de apartarlas de su puesto de trabajo.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637803/seccion/akn637803-po1-ds22
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637803