-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637818/seccion/akn637818-po1-ds14-ds16
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1209
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1209
- rdf:value = "
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor ORTIZ (de pie).-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero entregar un saludo, en forma muy especial, a los dirigentes de la Asociación de Funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Ajunji) que se encuentran en las tribunas, encabezados por su presidenta, la señora Julia Requena .
En nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de ley que otorga condiciones especiales, por un período determinado, para la entrega de la bonificación por retiro voluntario que contempla el título II de la ley N° 19.882 y, además, concede una bonificación adicional y compatibiliza los beneficios y requisitos establecidos con la ley N° 20.305, a los funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Durante el estudio del proyecto, expusieron en la comisión el señor Hermann von Gersdorff , subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dirección de Presupuestos; la señora Paulina Valdés , vicepresidenta subrogante y fiscal de la Junji, y la presidenta nacional de la Asociación de la Junta Nacional de Jardines Infantiles , señora Julia Requena .
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos con fecha 19 de junio de 2012 señala que el proyecto de ley implica un mayor gasto fiscal, por las condiciones especiales que se fijan para la percepción de la bonificación por retiro voluntario que contempla el título II de la ley N° 19.882, en particular por el aumento a 11 del número máximo de meses de bonificación, que actualmente alcanza a 9 y 10, para hombres y mujeres, respectivamente.
Adicionalmente, se deja sin efecto la disminución de meses contemplada en el artículo 9° de la ley N° 19.882 para las personas bajo la cobertura definida en el proyecto. Asimismo, la bonificación adicional de cargo fiscal de 395 UF representará un mayor gasto fiscal.
Al término de mi informe, daré a conocer el número de personas que recibirán el beneficio año por año, para que quede registrado en la historia fidedigna de la ley.
Por su parte, la compatibilización de los plazos de postulación y de renuncia voluntaria con aquellos del bono laboral establecido en la ley N° 20.305 implica los siguientes efectos:
En primer lugar, para los beneficiarios de la bonificación cuyos plazos de postulación al bono laboral no hayan vencido, el proyecto de ley no representa un mayor gasto fiscal, en la medida en que no modifica la cobertura de la ley N° 20.305, sino que únicamente adecúa los plazos, de manera de compatibilizar el acceso a ambos beneficios.
En segundo término, en el caso de las personas a que se refiere el artículo primero transitorio, esto es aquellas cuyos plazos para postular al denominado bono laboral se encuentran vencidos y que al acceder a la bonificación podrán postular al bono laboral conforme a los nuevos plazos, existe un mayor gasto fiscal que se origina en la posibilidad de postular a un beneficio al cual ya no tenían acceso. Este segundo grupo se ha estimado en 261 beneficiarios.
El gasto que represente la aplicación del proyecto de ley en lo que respecta a la bonificación por retiro se financiará conforme lo dispone el párrafo 3° del título II de la ley N° 19.882 y la bonificación adicional se financiará, durante el presente año, con cargo al Presupuesto del Ministerio de Educación . No obstante, en la Comisión de Hacienda fuimos claros y explícitos en que, si no alcanza el financiamiento con la partida del Ministerio de Educación del 2012, se recurrirá a la partida presupuestaria del Tesoro Público, para suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con los recursos de ese ministerio.
En el debate en nuestra comisión, el señor Hermann von Gersdorff , subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dirección de Presupuestos, quien está a cargo de todos los proyectos de incentivos al retiro, hizo presente que la iniciativa en informe tiene por objeto proveer a los funcionarios que cumplan los requisitos que establece el proyecto un incentivo al retiro equivalente a 11 meses de sueldo y una bonificación adicional equivalente a la suma de 395 UF.
En el caso de los funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), estos beneficios se entregan a los funcionarios de planta y a contrata que hayan cumplido la edad de retiro a partir del 1 de agosto del 2010.
Asimismo, se establece que los funcionarios de la Junji que al 31 de julio de 2010 ya hubiesen cumplido los requisitos de edad exigidos en el artículo 1° podrán postular a los beneficios, de forma excepcional, siempre que cumplan con los requisitos para su percepción. Para ello se consideran veinticinco cupos.
Como se estaba demorando la tramitación legislativa del proyecto de ley, la unanimidad de la comisión solicitó al Ejecutivo que adecuara las fechas, porque los plazos estaban vencidos. Debido a eso, aprobamos por unanimidad la indicación ad referendum del Ejecutivo , que permite que los funcionarios puedan acogerse a los beneficios que se establecen. Además, quedó claramente estipulado que no era necesario que el proyecto de ley volviera nuevamente a la Comisión de Hacienda, y no me cabe la menor duda de que lo aprobaremos por unanimidad.
La Comisión de Educación, Deportes y Recreación dispuso en su informe que todo el articulado del proyecto aprobado por ella debe ser de conocimiento de nuestra comisión.
El proyecto consta de diez artículos permanentes y tres transitorios.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar que los artículos 1 °, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 permanentes; los artículos primero, segundo y tercero transitorios, y las indicaciones del Ejecutivo se aprobaron por la unanimidad de los diputados presentes.
El proyecto se trató en la sesión de fecha 3 de octubre de 2012, con la asistencia de los diputados señores Ernesto Silva ( Presidente ), Pepe Auth , Joaquín Godoy , Enrique Jaramillo , Javier Macaya , Miodrag Marinovic , Carlos Montes, Alejandro Santana , Gastón von Mühlenbrock y quien les habla, José Miguel Ortiz, según consta en el acta respectiva.
Es importante dejar establecido en la historia fidedigna de la ley que en el informe que los señores diputados tienen a su disposición figura un cuadro que señala el número de beneficiarios por año y el impacto fiscal que significa el proyecto ley.
En primer lugar, figura la bonificación por retiro voluntario, que beneficiará a 559 personas en 2012; a 361 en 2013; a 188 en 2014, y a 205 en 2015, lo que da un total de 1.313 beneficiados entre 2012 y 2015.
En segundo término, establece la bonificación adicional, que beneficiará a 624 personas en 2012; a 360 en 2013; a 144 en 2014, y a 161 en 2015, lo que da un total de 1.290 beneficiados entre 2012 y 2015.
En tercer lugar, figura el bono laboral, por plazo de postulación vencido, que beneficiará a 90 personas en 2012; a 179 en 2013; a 178 en 2014; a 177 en 2015, lo que da un total de 625 favorecidos.
Por último, en nombre de la Comisión de Hacienda, solicito a la Sala aprobar en forma unánime este proyecto de ley, como una demostración de reconocimiento a la calidad humana, administrativa y profesional de los funcionarios de la Junji.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637818
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637818/seccion/akn637818-po1-ds14