. . . . " 18. Moci\u00F3n de los se\u00F1ores diputados Alinco, Accorsi, Campos,Carmona, De Urresti, Espinosa, don Marcos; Jim\u00E9nez, Marinovic, Meza y P\u00E9rez, don Jos\u00E9. \n \n\tModifica el C\u00F3digo del Trabajo y establece sistema de elecci\u00F3n directa en las organizaciones sindicales. (bolet\u00EDn 8750-13). \n \n\u201CEn la actualidad la mayor parte de las Federaciones, Confederaciones y Centrales de Trabajadores han establecido en sus estatutos un sistema de votaci\u00F3n indirecta. Es decir los directores de los sindicatos miembros de estas organizaciones sindicales votan la aprobaci\u00F3n, modificaci\u00F3n de los estatutos y la elecci\u00F3n del cuerpo directivo de las Federaciones, Confederaciones y Centrales de Trabajadores, en proporci\u00F3n al n\u00FAmero de trabajadores afiliados a su respectivo sindicato. La diferencia la marca, sin duda, la ANEF, que se rige por un sistema de votaci\u00F3n universal en la elecci\u00F3n de sus dirigentes. \n \nEste sistema de votaci\u00F3n indirecta ha provocado diversos cuestionamientos, y con el tiempo muchas veces se ha desvirtuado la real representaci\u00F3n. La CUT, que es la Central de Trabajadores m\u00E1s importantes de Chile, mantiene un sistema donde no existe la elecci\u00F3n directa de autoridades bajo la consabida f\u00F3rmula una persona, un voto. En cambio, los sufragios tienen una ponderaci\u00F3n distinta, que resulta de la divisi\u00F3n del n\u00FAmero de asociados de una organizaci\u00F3n, por el n\u00FAmero de dirigentes de la misma. Por ejemplo, si un sindicato de trabajadores tiene 450 socios y 3 dirigentes, cada sufragio equivale a 151 votos. \n \nEs importante se\u00F1alar que la idea de establecer un sistema que de m\u00E1s representatividad a las organizaciones sindicales, y que permita a los trabajadores de base elegir directamente a sus representantes ha sido manifestada por destacados dirigentes como el presidente de la ANEF Ra\u00FAl de la Puente, que en referencia a la CUT ha se\u00F1alado \u201Csomos fervientes partidarios de un sistema que de m\u00E1s legitimidad a los dirigentes sindicales, posibilitando que cada trabajador de base los elija directamente y no sea a trav\u00E9s de una representaci\u00F3n. Cada afiliado o miembro de un sindicato debe elegir a sus autoridades sindicales\u201D \n \nEs por todo lo expresado, y con el fin de mejorar la democracia sindical y fortalecer el trabajo que vienen haciendo las organizaciones sindicales en Chile, es que resulta necesario establecer una f\u00F3rmula que permita transparentar y evitar sobredimensionar a las organizaciones sindicales peque\u00F1as, asegurando la voluntad de los trabajadores en la b\u00FAsqueda de la representatividad, estableciendo por Ley la obligaci\u00F3n de votaci\u00F3n Universal en la aprobaci\u00F3n, modificaci\u00F3n de estatutos y en las elecciones de las Federaciones, Confederaciones y Centrales de Trabajadores. \n \nPor tanto, venimos en presentar ante esta Honorable C\u00E1mara, el siguiente: \n \n\u201CPROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL C\u00D3DIGO DEL TRABAJO Y ESTABLECE SISTEMA DE ELECCI\u00D3N DIRECTA EN LAS ORGANIZACIONES SINDICALES. \n \nART\u00CDCULO 1\u00B0 Remplaza el art\u00EDculo 270 por el siguiente: \n \n\u201CLos Estatutos de las Federaciones y Confederaciones establecer\u00E1n que la aprobaci\u00F3n y reforma de los mismo, as\u00ED como la elecci\u00F3n del cuerpo directivo deber\u00E1 realizarse en votaci\u00F3n secreta, directa y universal, garantizando la adecuada participaci\u00F3n de las minor\u00EDas y de cada uno de los trabajadores afiliados a las organizaciones sindicales miembros de la Federaci\u00F3n o Confederaci\u00F3n\u201D \n \nART\u00CDCULO 2\u00B0 Remplaza el inciso segundo del art\u00EDculo 278, por el siguiente: \n \n\u201CCon todo, los estatutos deber\u00E1n contemplar que la aprobaci\u00F3n y reforma de los mismo, as\u00ED como la elecci\u00F3n del cuerpo directivo, deber\u00E1n hacerse ante un ministro de fe, en votaci\u00F3n secreta, directa y universal, garantizando la adecuada participaci\u00F3n de las minor\u00EDas y de cada uno de los trabajadores afiliados a las organizaciones sindicales miembros de la Central\u201D \n " . . . . "Moci\u00F3n de los se\u00F1ores diputados Alinco, Accorsi, Campos, Carmona, De Urresti, Espinosa, don Marcos; Jim\u00E9nez, Marinovic, Meza y P\u00E9rez, don Jos\u00E9. Modifica el C\u00F3digo del Trabajo y establece sistema de elecci\u00F3n directa en las organizaciones sindicales. (bolet\u00EDn 8750-13)."^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ .