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El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , tal como lo han señalado los señores Senadores integrantes de la Comisión de Educación y también el señor Secretario en su relación, este proyecto tiene normas de quórum especial y busca eliminar la prohibición expresa contemplada en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1990, que a su vez reitera lo dispuesto por normas similares de los años 80.
Todo esto es anterior a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. Básicamente, prohíbe cualquier tipo de participación de los estudiantes y de los funcionarios no académicos en los gobiernos universitarios tanto de las universidades, en general, como también de los centros de formación técnica y de los institutos de educación superior.
El Senado hizo dos modificaciones a lo aprobado por la Cámara.
Una de ellas -por supuesto con la venia del Ejecutivo y recogiendo el planteamiento que nos formularon varias universidades que asistieron a la Comisión de Educación- elimina los artículos transitorios relacionados con la aprobación de los estatutos de dos universidades: la de Santiago y la de Valparaíso.
Por otro lado, se incorporan una precisión, un nuevo literal al proyecto -espero referirme a eso en los tiempos de mi intervención y de mi fundamento del voto-, que busca dejar muy claro que esta eliminación de la prohibición expresa para que los estudiantes y los funcionarios no académicos puedan participar en los gobiernos universitarios y en la elección de sus autoridades, rija para todas las universidades.
Ello, porque el Gobierno anterior hizo una interpretación, más bien sistémica -en general, hay consenso en aquello-, en cuanto a que esto rige no solo para las universidades privadas, como uno podría suponer, dado que las estatales son creadas por una ley especial -por ejemplo, la Comisión de Educación está estudiando la iniciativa sobre creación de las universidades de la Región de Aisén y de la Región de O'Higgins-, sino también para todos los planteles de educación superior.
Por cierto, se mantiene el carácter y la autonomía de los centros de estudios. En consecuencia, es bueno hacer esta precisión en el sentido de que no porque se elimine esta prohibición vamos a suponer que en todos los planteles universitarios tendremos la participación de los estudiantes y de los funcionarios no académicos. Sería lo deseable y probablemente ello va a ocurrir en muchas universidades; pero, finalmente, serán las propias comunidades educativas las que decidirán el tipo de gobierno universitario que se darán.
Esto lo señalo simplemente como un informe muy general de este proyecto, sin perjuicio de lo que diré en el tiempo que me corresponda.
Debo agregar que todos los artículos de la iniciativa fueron aprobados por unanimidad. Los cinco señores Senadores de la Comisión de Educación escuchamos a varias universidades, escuchamos a la CONFECH, escuchamos a presidentes de federaciones de estudiantes -este tema les importa mucho a las federaciones estudiantiles de nuestro país-, y también escuchamos a funcionarios académicos y no académicos agrupados en distintos referentes a nivel nacional.
Es cuanto puedo informar.
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