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La señora VON BAER.-
Señor Presidente , en primer lugar, debo señalar que lo que busca la reforma en análisis, que aprobamos unánimemente en la Comisión de Educación, es eliminar una prohibición.
Actualmente, la norma pertinente dice que la forma de gobierno de una universidad "deberá excluir la participación con derecho a voto de los alumnos y de los funcionarios administrativos".
Y uno de los aspectos principales de discusión en el órgano técnico fue la necesidad de que cada institución de educación superior determine de manera autónoma cuál va a ser su organización interna, y que esta no sea impuesta desde afuera por ley.
El debate en esta materia se centró en si el cambio propuesto (terminar con esta prohibición de participación con derecho a voto) significaba automáticamente que debía existir participación con derecho a voto de algunos estamentos de la universidad. Tal planteamiento implicaría una intromisión en la autonomía universitaria.
En ese sentido la respuesta del Ejecutivo fue sumamente clara, en palabras del asesor del Ministro de Educación señor Patricio Espinoza . Y leo el informe: "Aseveró que la redacción propuesta es fundamental para asegurar no sólo la participación de los estamentos aludidos sino también su organización. Con todo, enfatizó que lo anterior no obligará a los planteles a reestructurar sus formas de gobierno, toda vez que la organización interna de las instituciones de educación superior es una decisión propia de ellas, en virtud de la autonomía que las rige. A mayor abundamiento, reafirmó que serán ellas quienes decidirán cuál será su forma de gobierno y los grados de participación de las comunidades.".
Recalco este punto, señor Presidente , porque fue un tema importante de discusión si la enmienda planteada avanzaba de alguna manera hacia el cogobierno; si constituía la dictación de una legislación que imponía cierto modo de organización a las universidades, por ejemplo, para recibir financiamiento del Estado.
Pero lo manifestado por el Gobierno con mucha claridad, que fue recogido por todos los miembros de la Comisión, es que se va a respetar la organización que cada universidad se fije.
Por otro lado, no se quiere -y por eso estamos eliminando la norma pertinente- que exista una prohibición respecto de determinada modalidad de gobierno. Lo que todos buscamos, transversalmente -y así lo expresamos en las reuniones del órgano técnico-, es que las universidades, de modo autónomo, puedan establecer su estructura interna y las formas de participación que van a tener los estudiantes y los demás estamentos, considerando que, de hecho, es muy diverso el carácter de dichas casas de estudio a lo largo del país.
En definitiva, no se desea que a través de una norma legal se afecte directamente la autonomía universitaria. Y en cierta manera la disposición que se propone suprimir sí lo hace, porque prohíbe la participación con derecho a voto de alumnos y administrativos.
Con la iniciativa que nos ocupa existirá autonomía total de parte de las universidades para organizar sus estamentos internos y definir la forma de participación que tendrán los estudiantes, los académicos, los distintos departamentos que las componen.
Por lo tanto, señor Presidente , después de una fructífera discusión en la Comisión, se dio apoyo unánime al proyecto, con algunos cambios que se introdujeron después de una conversación entre el Ejecutivo y los integrantes de la Comisión, señores Allamand , Quintana , Rossi , Ignacio Walker y quien habla.
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