-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637880/seccion/akn637880-po1-ds10-ds18
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1570
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- rdf:value = "
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente, efectivamente, como indique en mi informe, lo que se plantea es muy importante.
Uno se pregunta a estas alturas, después de 25 años de democracia, cómo es que mantenemos una aberración jurídica tan notoria, en virtud de la cual se prohíbe de manera categórica y expresa la participación de los estudiantes y también de los funcionarios de las universidades.
Dicha participación no necesariamente debe referirse a la conducción de las instituciones de educación superior, y tampoco al cogobierno. Nosotros escuchamos a las federaciones estudiantiles en la Comisión, y no señalaron eso.
Por supuesto, la norma en cuestión tiene una raíz histórica y una explicación.
La restricción que rige hoy data del año 80. Alguien dirá: "Este es el DFL N° 2 del año 90". Pero tal normativa es una reiteración del Decreto con Fuerza de Ley Nº 5, de 1981, y del DFL Nº 1, de 1980, el primero que establece esta prohibición.
Lo que se buscaba era terminar con un peligro para la dictadura, considerando lo ocurrido en los años 60 en Europa. En todo caso, recordemos que lo que pasó en Mayo del 68 en París tuvo su origen en protestas de estudiantes latinoamericanos, especialmente en Córdoba. Ahí empieza a manifestarse ese deseo de los estudiantes por participar, pero no necesariamente -reitero- en la conducción de los planteles educativos.
Claro, hubo experiencias -lo dijo el Senador Ignacio Walker - que derivaron en cogobierno, lo que nadie busca reeditar hoy. Se dieron casos de universidades en cuyas asambleas se decidía qué profesor realizaría determinada cátedra.
En ese sentido, creo que aquí ha primado la responsabilidad tanto del Senado como de quienes han encabezado este proyecto, que, por lo demás, forma parte de la reforma educacional propuesta por la Presidenta Bachelet , proceso en el cual el Ministro Nicolás Eyzaguirre ha jugado un rol fundamental en la mantención del diálogo con los estudiantes y, asimismo, con los rectores de las universidades.
Estos han planteado, y con razón -por eso se sacaron de la iniciativa casi todos los artículos transitorios-, que, antes de la aprobación de los estatutos de cualquier universidad, deben fijarse ciertas ideas fuerza, cierto sentido común, ciertas bases, relativas a la sana administración y, por supuesto, a la conducción de la organización; es decir, establecer temas propios de la rectoría, de los componentes directivos, en fin.
En suma, se propone terminar con una aberración jurídica, con algo que no debió existir. Por lo mismo, uno se pregunta cómo nada se dijo en los Gobiernos anteriores (de la Concertación y de la Derecha) respecto de la antigua aspiración de los estudiantes universitarios de poner fin a esta prohibición expresa de participación.
Reitero: lo que se plantea abarcará a todas las universidades, no solo a las privadas, las que, como se señaló acá, no se crean por ley especial. Ello, con la precisión que introdujimos en la Comisión.
Nos parece que se da un gran paso.
Esta iniciativa forma parte de la reforma educacional y constituye una muestra más de perfeccionamiento responsable, por cuanto se entiende que la participación, así como la libertad y la autonomía, son pilares esenciales en una universidad, que no es otra cosa que una comunidad donde distintos actores deben luchar por alcanzar objetivos superiores en la búsqueda del conocimiento.
Voto, con entusiasmo, a favor del proyecto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637880
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637880/seccion/akn637880-po1-ds10