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El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente , Honorables colegas, acaba de darse cuenta de una moción presentada por los Senadores señora Rincón y señores Bianchi , Kuschel , Uriarte y quien habla, mediante la cual se propone establecer para los trabajadores del sector privado un beneficio similar a los denominados "días administrativos" del sector público.
Sin embargo, la Mesa la ha declarado inadmisible, y quisiera permitirme rebatir ese argumento y solicitar un pronunciamiento de la Sala.
Cabe señalar que la Constitución Política de la República, en su artículo 65, número 4°, dispone como materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , resumidamente, fijar cualquier clase de beneficios al personal de la Administración Pública.
Al respecto no hay duda. No obstante, tratándose del sector privado, lo sujeto a la iniciativa del Ejecutivo se refiere a aumentar obligatoriamente "sus remuneraciones y demás beneficios económicos".
Tal distingo fundamental ya ha sido debatido en el Congreso, y específicamente en el Senado, por lo que me parece muy relevante no entrar en contradicciones; más aún, cuando estas significan restar nuestras atribuciones.
En efecto, en el año 1990 se discutió una moción (boletín N° 350-13), del entonces Senador Ruiz de Giorgio , que pretendía aumentar en cinco días el feriado anual o de vacaciones en las zonas extremas. En esa oportunidad, se debatió exactamente este mismo tema.
¿Qué se argumentó? Para no abundar, solo citaré lo manifestado por el ex Senador William Thayer, cuya experticia en la materia no puede discutirse.
Él sostuvo que "La iniciativa contempla un beneficio social, no uno económico. La ciencia del Derecho del Trabajo es absolutamente clara en el sentido de que no porque un beneficio social tenga alguna incidencia económica pierde tal carácter para transformarse en uno de tipo económico. Lo que caracteriza a este último es la particularidad de enriquecer o mejorar la remuneración".
Agregó, señor Presidente , estimados colegas, que "El descanso anual no está consagrado como una facultad destinada a mejorar la condición económica, sino con una doble finalidad fundamental: asegurar la subsistencia física y anímica del trabajador, al disponer de un período que le permita recuperar tanto sus fuerzas, por una parte, como su desgaste, por la otra, además de permitirle disfrutar, al mismo tiempo, de la convivencia familiar. Está pensado en el mundo entero como una oportunidad en que la persona deja su labor para convivir con su familia, especialmente buscando lugares o trasladándose a puntos donde pueda realizar esta función indispensable a su condición biológica y psíquica".
¿En qué concluyó esto? En que el entonces Presidente de la Corporación , don Gabriel Valdés , señaló que, habiéndose presentado una solicitud de inadmisibilidad por el ex Senador Díaz -cito textualmente-, "En conformidad a lo dispuesto en el artículo 151 del Reglamento y a las facultades que el artículo 112, número 8°, confiere al Presidente de la Corporación , la Mesa estima que no existe razón para declarar inadmisible el proyecto, por cuanto no atenta contra las normas constitucionales aquí invocadas".
Aquella decisión ni siquiera fue sometida a votación. Más aún, la iniciativa siguió su trámite. No prosperó en esa ocasión, pero sí otro proyecto posterior, sin que nadie cuestionara su validez ante el Tribunal Constitucional ni su aplicabilidad en la Corte Suprema.
Quiero destacar, además, que ese mismo criterio ha primado para permitir el trámite de todas las mociones que han buscado fijar días feriados -acabamos de aprobar una iniciativa en tal sentido-, con el agregado, incluso, de que aquellas también benefician al sector público.
Por tanto, a la luz de esos antecedentes, le pido a la Mesa reconsiderar su decisión y, en caso de persistir en ella, que se someta a votación.
Insisto en que esta declaración de inadmisibilidad no se ajusta a las normas constitucionales, porque se trata de días de permisos administrativos que benefician al sector público y que estamos solicitando para el privado. Y es lo mismo que se ha pedido con respecto a los feriados para este último sector.
El señor ESCALONA (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Pido un minuto más, señor Presidente .
El señor ESCALONA (Presidente).- Por supuesto.
Puede continuar, Su Señoría.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Si el pronunciamiento de la Mesa o el de la Sala fuera negativo -cosa que dudo-, solicito oficiar al Ejecutivo a fin de pedir su patrocinio para la moción señalada.
El señor ESCALONA (Presidente).- Señor Senador, usted está en su derecho de solicitar que la Sala se pronuncie.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Así es.
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Por lo tanto, como nos conocemos durante tantos años, tenga usted la seguridad de que no voy a pasar por encima de sus derechos parlamentarios, sobre todo porque lo conozco desde que se desempeñaba como Presidente del MDP en la Región de Magallanes , hace ya mucho tiempo.
No obstante, la Mesa mantiene su criterio respecto de la inadmisibilidad de la moción.
El señor LETELIER.- ¿Se puede pronunciar la Sala?
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Porque el artículo 65, número 4º, de la Constitución Política, dispone que le corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para:
"4º. Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquiera otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios de montepío, en su caso, de la Administración Pública y demás organismos y entidades anteriormente señalados, como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos -un aumento de días de permiso con goce de sueldo es, enteramente, un beneficio económico, señor Senador- o alterar las bases que sirvan para determinarlos; todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los números siguientes".
En consecuencia, la moción, que es una gran idea y una reivindicación de un derecho de los trabajadores, es total y completamente inadmisible.
Por lo tanto, si a Su Señoría le parece, se enviará un oficio al Ejecutivo pidiendo que le preste su patrocinio o, de insistir usted, procederemos a votar la declaración de inadmisibilidad.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Solicito que se vote, señor Presidente.
El señor LETELIER.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LETELIER.- Señor Presidente, el precepto constitucional es claro.
La definición acerca de qué es un beneficio económico resulta debatible, y la pregunta que cabe hacer es si lo que propone la moción se puede interpretar como beneficio económico.
Entonces, señor Presidente -quizás no entendí su razonamiento-, me gustaría que nos aclarara si esa es la causal a la cual usted alude.
El señor ESCALONA (Presidente).- Muy bien.
Se ha solicitado pronunciarnos sobre este asunto.
Tiene la palabra el señor Secretario para explicar el sentido de la votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Señores Senadores, corresponde poner en votación la declaración de inadmisibilidad de la moción con que se propone iniciar un proyecto de ley para modificar el artículo 66 del Código del Trabajo, a fin de ampliar los derechos que consigna.
De consiguiente, los que voten "sí" estarán de acuerdo con la inadmisibilidad de la moción, y quienes voten "no", la considerarán admisible.
El señor ESCALONA (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se declara inadmisible la moción (15 votos a favor y 7 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Escalona, Frei (don Eduardo), García-Huidobro, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Pérez Varela, Prokurica y Ruiz-Esquide.
Votaron por la negativa las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Letelier, Muñoz Aburto, Rossi y Tuma.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, solicito que se consigne mi pronunciamiento en contra, pues tuve un problema con mi computador.
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Se dejará constancia de la intención de voto negativo del Honorable señor Pizarro.
El señor MUÑOZ ABURTO.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Como ha sido rechazada erróneamente la admisibilidad de la moción, solicito que se oficie al Ejecutivo con el objeto de pedirle su patrocinio.
El señor ESCALONA ( Presidente ).- ¡Pero ya perdió, pues, Senador...!
La señora RINCÓN.- Me sumo a la petición del Honorable señor Muñoz Aburto, señor Presidente .
El señor LETELIER.- Y yo.
La señora ALLENDE.- Yo también, señor Presidente .
El señor ESCALONA ( Presidente ).- En consecuencia, se enviará el oficio pertinente, en nombre de los Senadores señoras Rincón y Allende y señores Muñoz Aburto y Letelier.
El señor LAGOS.- Hay dos caminos para todo, señor Presidente . ¡Y el Senador Muñoz Aburto siempre elige el más largo...!
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