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El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones en el Código Civil y en otros cuerpos legales con el objeto de proteger la integridad del menor en caso de que sus padres vivan separados, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (5917-18 y 7007-18) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 5ª, en 21 de marzo de 2012.
Informe de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 30ª, en 3 de julio de 2012.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
El objetivo principal de la iniciativa es consagrar, en caso de separación de los padres, el principio de la corresponsabilidad parental en el cuidado de los hijos y distribuir entre ambos progenitores, equitativamente, los derechos y deberes que les asisten en la materia.
La Comisión, por la unanimidad de sus miembros, Senadores señora Alvear y señores Espina, Carlos Larraín, Hernán Larraín y Patricio Walker, acogió la idea de legislar.
El texto que se propone sancionar en general se transcribe en el primer informe y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor ESCALONA (Presidente).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , daré cuenta del proyecto en nombre de la Comisión de Constitución, que presido, en especial por tratarse de una normativa del mayor interés y que espero que la Sala pueda estimar así y aprobar.
Estamos ante un conjunto de enmiendas que recogen dos mociones de distintos señores Diputados y que se orientan a proteger la integridad del menor en caso de que sus padres vivan separados.
Se sugieren en la materia cambios bastante relevantes a la legislación vigente.
Por eso, para enfrentar debidamente el asunto, la Comisión escuchó largamente a personeros del mundo público y del ámbito privado: participaron la señora Ministra del SERNAM y otras autoridades de Gobierno, académicos, jueces especializados, mediadores, peritos y representantes de agrupaciones de padres separados, quienes estuvieron interesados en dar a conocer sus puntos de vista, particularmente, para reclamar sus derechos en cuanto a ser parte de la educación de sus hijos.
Los criterios que inspiran las modificaciones que hoy día se someten a conocimiento de la Sala son los siguientes:
-Reforzar el foco del cuidado personal en el interés superior del niño y no en los derechos de sus padres.
-Estimular la corresponsabilidad de los progenitores en el cuidado del hijo, favoreciendo una participación activa de parte de ambos, a pesar de la separación.
-Incentivar el logro de acuerdos entre los padres, evitando de este modo que lo relativo al cuidado de los hijos se judicialice, con los consecuentes efectos negativos que los juicios implican para los niños.
-Y entregar mayores facultades al juez para cambiar al titular del cuidado personal, teniendo en consideración que el único factor relevante en esta materia es el interés superior del niño.
Entrando más en detalle, las modificaciones propuestas se orientan, en primer lugar, a crear la figura del "cuidado personal compartido", lo que obedece a una tendencia de la legislación comparada: establecer una alternativa legal para el cuidado de los niños en el caso de los padres que se separan.
Este nuevo modelo deja a los padres la decisión sobre quién ejercerá el cuidado personal de los hijos, pudiendo este ser asumido por la madre, por el padre o por ambos en forma compartida. En todo caso, debe procurarse un sistema de residencia del menor que asegure su estabilidad.
Igualmente, se garantiza la relación sana, estable y regular del hijo con el padre con el que no reside habitualmente, y se fija un régimen de visita basado en el interés superior del niño, lo cual debe quedar determinado en el mismo instrumento en que se acuerda el cuidado personal. Esta es una de las innovaciones más significativas del proyecto, y merece una especial atención. Dicha propuesta fue objeto de mucha discusión por parte de los especialistas que invitamos a participar en nuestra Comisión.
Como segundo aspecto relevante, la iniciativa establece que, mientras no haya acuerdo o decisión judicial sobre quién tiene el cuidado personal del niño, este no quedará a cargo de ninguna institución, sino que, supletoriamente, se entregará a la madre durante el juicio. Esta decisión mantiene el principio que actualmente establece la legislación.
En tercer lugar, el proyecto otorga criterios amplios a los jueces para cambiar al titular del cuidado personal del menor. En esta materia, se prioriza el interés de este, de manera que el tribunal siempre podrá conferir el cuidado personal al otro padre o radicarlo en uno de ellos cuando "el interés del hijo lo haga conveniente". Esta enmienda introduce ciertas flexibilidades, sin que sea necesario recurrir al expediente que actualmente ofrece la legislación, en el sentido de procurar acreditar situaciones muy complejas de la madre o de quien tiene al niño a su cuidado. Dicho cambio se enfoca, de nuevo, en el bienestar del menor y no en la calidad personal de quien ejerce su cuidado.
En cuarto término, se refuerzan las relaciones directas y regulares entre el padre no custodio y el hijo. En este aspecto, se define relación directa, regular y personal como "aquella que propende a que el vínculo paterno filial entre el padre no custodio y su hijo se mantenga a través de un contacto personal, periódico y estable". Además, se establece la corresponsabilidad, de manera que ambos padres participen en la vida de los niños.
En quinto lugar, se dispone la patria potestad compartida, sea para padres que viven juntos o para los que tengan el cuidado compartido del hijo.
Luego, se consagran criterios para que el juez determine lo que en cada caso será el interés superior del niño. A este respecto, se contemplan aspectos tales como el bienestar del hijo, su estabilidad y la evaluación que el niño haga, así como también su opinión, si ha alcanzado los 14 años.
Finalmente, el proyecto establece los factores que el juez tomará en cuenta para aprobar un acuerdo de cuidado personal compartido, entre los cuales figura la vinculación afectiva del hijo con cada uno de sus padres; la aptitud de estos para garantizarle bienestar; el tiempo que cada uno de los progenitores le entrega a sus hijos; la evaluación de estos últimos, y la ubicación del domicilio de los padres.
La Comisión pudo constatar, del debate suscitado por parte de las personas invitadas, que este tema motiva mucho interés tanto en nuestro país como en otras naciones, y que no existe una visión única sobre la materia, pero sí la voluntad de ir corrigiendo la legislación para asegurar que el hijo de padres separados tenga el régimen de cuidado más adecuado.
Sin embargo, el régimen de cuidado compartido es también objeto de discusión. Puede no ser un sistema de fácil aplicación, particularmente si no hay un mínimo nivel de armonía entre los padres.
Por otro lado, también pudimos advertir que no existe sobre la materia un solo criterio con relación a cómo debe efectuarse este régimen. Hay distintas visiones respecto de la regla supletoria de otorgar el cuidado del hijo a la madre en tanto no haya acuerdo, o con relación a la posibilidad de ejercer la patria potestad de forma compartida, sobre todo en el caso de los padres separados.
Con todo, el proyecto pone sobre la mesa un conjunto muy relevante de elementos de juicio, de miradas acerca del interés de los niños, y avanza en la idea de responsabilizar a los padres por sus hijos, entendiendo que ambos son titulares de derechos y de obligaciones.
Se concluyó que, si bien estos problemas no son de fácil solución, quizás la discusión en particular de la iniciativa nos permitirá avanzar en la búsqueda de acuerdos más relevantes en las materias a que nos hemos referido y sobre las cuales hubo bastante debate.
Los representantes de las agrupaciones de padres separados fueron especialmente enfáticos en señalar la necesidad de tener una situación de mayor cercanía con sus hijos, alternativa que los actuales regímenes dificultan por una tendencia, de origen fundamentalmente cultural, que prefiere la radicación del cuidado de los niños en las madres. Este proyecto procura aquello, pero cautelando el interés del menor.
Por otra parte, hay problemas en el pago de las pensiones alimenticias. De hecho, el incremento de los juicios por este motivo ya supera los 200 mil al año. Ello es materia de otro proyecto que está estudiando la Comisión de Constitución. Esta espera traer a la Sala muy pronto el informe pertinente para asegurar que dicha obligación se cumpla. Por cierto, tal antecedente será muy relevante a la hora de determinar el cuidado personal del niño y el ejercicio de la patria potestad.
Finalmente, con toda información proporcionada, el órgano técnico aprobó en forma unánime la idea de legislar.
Además de las mociones de los Diputados, la Comisión tuvo a la vista tres iniciativas presentadas por diversos señores Senadores sobre la materia, las que se considerarán durante el debate en particular, sin perjuicio de que también se contemplen para la discusión general. Los proyectos son los siguientes: uno de los Honorable señores Coloma y Novoa ; otro de los Senadores señores Navarro y Quintana , y otro del Honorable señor Navarro .
Por todas estas consideraciones, la Comisión ha respaldado unánimemente la iniciativa que nos ocupa y solicita que la Sala la despache de igual modo para ponernos a trabajar en su análisis en particular.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se ha solicitado la autorización para que ingrese a la Sala el Subsecretario señor Claudio Alvarado.
¿Hay acuerdo?
--Así se acuerda.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
¡Seguramente va a subir el salario mínimo a 197 mil pesos, y después a 200 mil, y así, sucesivamente...!
El señor LARRAÍN .-
¡Lo va a aumentar por minuto de sesión...!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Le corresponde hacer uso de la palabra a la Senadora señora Allende, pero no se encuentra en la Sala.
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, estimados colegas, hay leyes que generan cambios culturales profundos en las sociedades. Esta iniciativa, sin duda, se enmarca en ese contexto.
No puedo iniciar mis palabras sin saludar primero a todas las organizaciones de hombres que han querido ejercer sus derechos como padres en una sociedad muy machista y que muchas veces les niega esa posibilidad. Es más, la institucionalidad vigente en varias ocasiones es utilizada en perjuicio de los intereses superiores del niño, la niña o el adolescente, contrariamente a lo que debería guiar en todo momento el accionar del Estado, de sus autoridades, de sus organismos.
No cabe duda de que este proyecto de ley se envía un poco a destiempo. Y quiero explicar el concepto "a destiempo".
Hace más de un año se le hizo presente al Ejecutivo la necesidad de que el país contara con una ley marco para la protección de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. Sobre el particular, se le entregó una propuesta firmada por más de 35 Senadores. Me correspondió personalmente llevársela al Presidente de la República , quien la recibió en presencia de los Ministros de Justicia y de Desarrollo Social.
A un año del envío de ese documento, suscrito por la gran mayoría de los colegas, el Gobierno no ha tenido la voluntad de presentar una iniciativa sobre esa ley marco.
Una normativa de tal índole determinará cuáles son los derechos del niño, la niña y el adolescente en este ámbito. Entre ellos, se encuentran el mantener una relación permanente y estrecha con ambos padres y el establecimiento de una orientación sobre el particular. En torno a ello debe enmarcarse el debate que estamos sosteniendo actualmente.
Espero que el Ejecutivo comprenda este tema, pero no como lo ha hecho hasta ahora: pensando que la situación de los referidos derechos se resuelve mediante la división del SENAME en una institución para el cuidado de los niños en situación de abandono y otra para acoger a los menores que tienen problemas con la justicia.
Urge contar con una ley marco de protección de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. Naciones Unidas lo han señalado en forma reiterada. Y el informe del Instituto Nacional de Derechos Humanos ha indicado que la materia en debate constituye hoy una de las áreas donde estamos en deuda.
Señor Presidente , sin duda, votaré a favor la idea de legislar.
Creo que el principio de la corresponsabilidad de los padres separados en la crianza y educación de los hijos es fundamental. Resulta esencial que se privilegie el interés superior del niño, la niña y el adolescente.
Por lo mismo, el inciso cuarto del artículo 225 que se propone para el Código Civil no me gusta. Presumir que siempre el niño, la niña o el adolescente debe estar con la madre me parece una visión cultural un tanto anacrónica. No está garantizado que tal determinación apunte al interés superior del menor. Ello depende mucho de las causales de la separación. Podría caerse en el absurdo de que se otorgue el cuidado del hijo a la madre cuando el motivo del término de la relación fue la violencia de ella hacia él. Producida la separación, podría prolongarse el perjuicio al niño, si no se cambia la redacción de dicha norma.
Durante la discusión en particular podremos abordar ese problema. A mi entender, el concepto establecido en el artículo 225 tiene que precisarse.
En tal disposición también se habla de que el juez puede modificar lo establecido cuando "el interés del hijo lo haga conveniente". No sé si esa idea es adecuada. No quiero detenerme en exceso en estos aspectos, pero existe una diferencia entre lo que conviene al niño en determinado momento y lo que constituye su interés superior. Ello dice relación con una temporalidad distinta.
Eso será parte del debate posterior.
En definitiva, más allá de ciertas precisiones, la iniciativa en comento busca ratificar, respaldar, promover un cambio cultural tendiente a reconocer tanto la corresponsabilidad de los padres en la crianza de los hijos, estableciéndola como una obligación, como el derecho de los hombres a ejercer este derecho, valga la redundancia. Muchas veces se hallan impedidos de hacer uso de él por conflictos con la pareja, que utiliza a los niños y abusa de sus derechos para resolver problemas propios.
Considero que el proyecto es de suma importancia. Como dije, lo voy a votar a favor.
Por último, valoro profundamente en este ámbito el accionar de hombres separados, de nuevas generaciones, que se han organizado. Las instituciones creadas tienen diferentes nomenclaturas y nombres, pero en todas ellas hay padres -son gente del siglo XXI- que están pensando en el ejercicio de sus derechos y en la importancia de relacionarse con sus hijos e hijas en forma más integral.
Creo que estamos dando un paso cultural muy relevante, que se hallaba bastante pendiente.
He dicho.
)----------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
En este momento ha llegado a la Mesa un certificado de la Comisión de Hacienda referido al oficio de Su Excelencia el Presidente de la República mediante el cual, haciendo uso del derecho que le confiere el artículo 68 de la Constitución Política, remite al Senado el proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Propongo a la Sala que, una vez despachada la iniciativa en debate -espero que no se alargue su discusión-, pasemos de inmediato a tratar el oficio del Primer Mandatario sobre el proyecto de ley relativo al salario mínimo.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
--Se acuerda.
)----------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señor Presidente, solicito recabar el asentimiento del Senado para autorizar el funcionamiento paralelo con la Sala de la Comisión Mixta formada para resolver las divergencias sobre el proyecto de ley que otorga un bono por retiro voluntario a los funcionarios de la salud.
El señor COLOMA.-
¿Será necesario?
El señor URIARTE.-
Es muy necesario su despacho.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
¡Entendíamos que los miembros de la Comisión de Salud estaban esperando con pasión la discusión del proyecto sobre el salario mínimo, pero no es así...!
El señor URIARTE.-
Va a ser de "fácil despacho" la votación, señor Presidente .
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Se autoriza.
)----------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente , estimados colegas, este es uno de esos proyectos a los cuales uno les da el apoyo de manera entusiasta, pues se tiene la convicción de que provocará cambios en la forma en que opera la sociedad chilena y en los valores que uno considera deben desarrollarse en Chile.
El problema del cuidado de los hijos y las realidades matrimoniales y de pareja presentan diversas aristas y se abordan de distintos modos: desde los derechos de la mujer, desde los derechos de los cónyuges, desde los derechos de los hijos.
Esta iniciativa viene a hacerse cargo de una realidad: durante mucho tiempo en nuestro país, por razones culturales, se ha establecido que el cuidado de los hijos debe radicarse principal, prioritaria y casi exclusivamente en la madre.
Entre las propuestas, se encuentra la de introducir un concepto nuevo en lo jurídico: el cuidado personal compartido que -como se define en el texto del proyecto- es "un régimen de vida que procura estimular la corresponsabilidad de ambos padres que viven separados, en la crianza y educación de los hijos comunes, mediante un sistema de residencia que asegure su adecuada estabilidad y continuidad.".
Asimismo, se introducen modificaciones a la patria potestad, como la entendemos hoy, la que actualmente se halla radicada en el padre. Ahora se propone que pertenezca a ambos padres en conjunto.
Señor Presidente , nos encontramos en la discusión general del proyecto. Como creo que aprobaremos por amplia mayoría la idea de legislar, quiero resaltar que acá hay una materia muy delicada.
Es cierto que, como sociedad, nos preocupamos tal vez de abordar la nulidad, el divorcio, el régimen patrimonial entre hombre y mujer, el sistema de gananciales, etcétera. Pero se nos ha ido quedando atrás qué hacer con el cuidado de los hijos.
La realidad de la vida es que hay matrimonios, o parejas, que no funcionan. Y debemos ocuparnos en establecer quién tiene derecho a administrar los bienes de los hijos; a disfrutar la tenencia y pertenencia de ellos y a determinar que la distribución sea entre padre y madre.
Entonces, cuando hablamos de corresponsabilidad, eso debe quedar plasmado legalmente.
Acá hay diversas innovaciones importantes.
Y hablo de este tema desde la experiencia propia. No se trata de legislar en función de intereses particulares, pues dejé de ser joven hace mucho tiempo. Pero yo fui objeto de un juicio de tuición. Y ello por cuanto no tuve la suerte de otros de que ambos padres estuviesen en condiciones de sobrellevarlo a uno, educarlo y darle la protección y los requerimientos que hacían falta para desarrollarse.
Como niño, tuve que enfrentar una legislación injusta, incorrecta, la cual claramente, en el caso de los padres (me refiero a los hombres), era francamente limitadora en cuanto a las posibilidades de desarrollo del menor. ¿Por qué? Por establecer casi de pleno derecho que la tuición era de la madre.
A mi entender, hay circunstancias -como dijo bien el Senador Letelier- que hacen excepciones a esa regla. No está dispuesto en parte alguna que los amores filiales son mejores o superiores en un género que en el otro. Otra cosa es que culturalmente se piense así.
Como sociedad, me parece que debemos ponernos en aquel caso en que la mejor forma de garantizar el desarrollo integral de un niño que debe enfrentar a sus padres separados, es dándoles igualdad de oportunidad a ambos.
En mi concepto, nuestra legislación está atrasada en ello. Hasta no hace muchos años, para que un padre pudiera salir del país con su hijo lo tomaba del brazo y solo requería el carné de identidad y la libreta de familia. Pero, si la madre deseaba hacer lo mismo, tenía que pedir permiso al padre.
¿Qué razón había para eso? Ninguna, jurídicamente razonable. Simplemente era un criterio cultural, un machismo endémico, en que el papá es el "dueño" del cabro chico. O sea, "Como le administro los bienes, tengo la patria potestad y me lo llevo cuando quiero".
Eso ha cambiado en Chile en forma radical con las leyes de tolerancia y de la no discriminación. Pero debe cambiarse también lo de la familia.
Creo que la legislación en proyecto significará una contribución importante. Voy a presentar indicaciones que espero puedan enriquecer lo que aquí se persigue.
Solo me resta felicitar a quienes aprobaron esta iniciativa en la Cámara de Diputados; al Gobierno, que la ha empujado, no obstante tener algunos traspiés en la otra rama legislativa, donde fue mejorado sustantivamente. De modo que pido a Sus Señorías que acá hagamos lo propio.
Esta sesión está siendo seguida por varias organizaciones de padres que tienen deseos de contar con mayor reconocimiento y con un espacio más amplio para contribuir al desarrollo de sus hijos, cuestión que hoy día la legislación chilena les deniega.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora SCHMIDT ( Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer ).-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer a los parlamentarios que han permitido dar vida a este proyecto, el cual -según señalaron algunos de los señores Senadores en la Sala- implica un cambio cultural importantísimo.
El Gobierno del Presidente Piñera ha querido hacerse cargo de uno de los problemas más importantes que afectan hoy a la familia chilena, y que tiene que ver precisamente con ese cambio cultural; con el cuidado de los niños cuando los padres se separan; con cambiar el foco del derecho de la madre o el del padre a tener el cuidado de los niños y el derecho de estos de contar con ambos cuando ya no vivan juntos.
Ese es el eje principal de esta iniciativa, que apunta a un cambio cultural, que pone el derecho, la necesidad del niño de contar con su padre y madre de manera permanente y además con la toma de decisiones relevantes para su vida.
La iniciativa en estudio toca diversos puntos que -como se señaló- fueron discutidos ampliamente en la Cámara de Diputados. Esperamos que en la tramitación en el Senado siga perfeccionándose.
El proyecto termina con el derecho de la madre de estar siempre al cuidado de los niños, privilegiando el cuidado compartido de ambos progenitores y la decisión y presencia de ellos en su crianza y educación.
También evita generar mayor tensión al niño. Por eso, solo durante el juicio de tuición el menor tiene un lugar estable junto a su madre, mientras se llega a la decisión final, terminando con la situación actual en que siempre aquella es la que la tiene.
Hemos trabajado con distintas instituciones. Conocemos el dolor de muchos padres y madres por el sistema que actualmente nos rige. Creo en la enorme importancia de avanzar en el cambio que el proyecto propone.
Los niños no pueden seguir siendo usados por los padres como moneda de cambio para obtener derechos o para estar con ellos. Los problemas que hoy se dan en materia de pensión de alimentos también se hallan relacionados con ese distanciamiento que la legislación vigente propone para hombres y mujeres, no teniendo conciencia de que en el mundo actual está comprobada la necesidad del niño de contar con la presencia permanente y habitual de ambos padres.
La corresponsabilidad debe ser ejercida. Y, para eso, la situación legal de ahora debe cambiar.
El proyecto apunta a modificar la situación, que hoy hace mal a miles de niños en Chile y produce grandes dolores y sufrimiento a muchos padres y madres.
Agradezco a los parlamentarios que aprueben la idea de legislar respecto de esta iniciativa, para sacarla adelante y cambiar lo existente en la familia chilena.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , esta es de las iniciativas que uno se alegra de discutir en el Senado, por cuanto tienen que ver con la habitualidad y el diario vivir de niños y niñas y de padres y madres.
Todos sabemos de la situación que se produce cuando una pareja o un matrimonio se deshace y los padres dejan de vivir juntos. Es un drama para ellos y un duelo para los niños. A ese duelo -como lo dijeron en la Comisión especialistas mediadoras en la materia- se agrega el que aquellos terminan siendo una moneda de cambio para exigir alimento: según lo que se obtenga, podrán salir con su padre.
No es posible que sigamos con ese tipo de legislación, señor Presidente.
Hemos avanzado en Chile. Logramos la Ley sobre Filiación; modificamos lo que significaba la patria potestad y la autoridad marital.
Acá estamos frente a un proyecto en el que fundamentalmente y como norte debe tenerse presente el interés superior del niño. Lo destaco, porque todos quienes somos adultos y los jóvenes nos podemos manifestar frente a situaciones que nos resultan incómodas e injustas o que generan una reacción que nos hace salir a la calle. Los niños no pueden, señor Presidente . Los más pequeños no tienen voz. Y lo pasan pésimo.
Yo he estado con muchos padres y también con muchas madres, a quienes tal situación les genera una tensión brutal -¡brutal!-, donde los más perjudicados son los infantes.
El interés superior del menor debe ser la placa que ha de marcar las decisiones que se tomen frente a esas circunstancias. Lo primero es el acuerdo entre los progenitores. ¿Bajo qué principio? Bajo el principio de la corresponsabilidad. Las parejas o los matrimonios se pueden separar, pero los padres nunca. De por vida van a mantener tal calidad respecto del niño engendrado en común. Jamás se desligan de él. Y no es bueno que lo hagan. Todo lo contrario: la corresponsabilidad de ellos resulta fundamental para la formación de sus hijos. El niño los necesita a ambos.
Por ende, los principios de la corresponsabilidad parental y del interés superior del niño, a mi juicio, son sustantivos en iniciativas legales de esta naturaleza. Es fundamental que podamos avanzar en la que nos ocupa, aprobándola en general y discutiéndola rápidamente en particular, para los efectos de dictar pronto la ley.
El Día del Padre lo celebré con muchos representantes de organizaciones formadas con el objeto de disponer de la posibilidad de visitar a sus hijos. ¡Qué horrible resulta observar a un hombre sentado en una banca, a la salida de un tribunal, durante horas, para poder verlos, llevarles una torta y apagar allí una vela por el año, los dos años o los tres años de su cumpleaños, y que esa sea la única forma en que el hijo se relaciona con su padre!
¡No hay derecho, primero, para ese niño y, por supuesto, para el padre!
Debe respetarse siempre el interés superior del niño.
Quiero dar a conocer algo que nos manifestó la jueza Gloria Negroni , quien nos acompaña en muchas sesiones en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia -ella se ha especializado y tuvo a su cargo el plan piloto en los Tribunales de Familia-: existe una "mirada adultizada sobre la protección de los niños como objetos más que como sujetos de derecho". Y eso, lamentablemente, aún prevalece en nuestra legislación.
Vale decir, cuando el juez debe resolver si el menor se queda con el papá o con la mamá, ¿qué mira? Nos decía la señora Negroni que la mayor parte de las veces -no siempre-, de acuerdo a la orientación de la legislación, observa cuál de ellos se halla en mejores condiciones para acogerlo. Entonces, en muchas ocasiones puede ser el que posea más recursos económicos o mayor disponibilidad de tiempo en casa. Esos pueden ser los criterios.
Pero, ¿cuál debe ser la pauta? Manteniendo la corresponsabilidad de los progenitores, el niño debe quedarse con quien pueda desarrollar mejor su vida, sea la mamá o el papá. Lo mejor es que lleguen a acuerdo. Si no, será el magistrado quien determine, pero sin la mirada adulta de si se trata del padre o de la madre, sino con cuál de ellos el hijo va a crecer en mejores condiciones.
Señor Presidente , evidentemente, voy a presentar, en su oportunidad, algunas indicaciones. Pero desde ya, no me parece adecuada la norma supletoria en el proyecto de ley aprobado en la Cámara de Diputados, en virtud de la cual el niño queda a cargo de la madre si los padres no arriban a consenso. ¿Saben por qué? Porque bastaría con que esta siempre dijera que no, independiente del bien superior del niño, para que se le entregara el menor.
Yo soy mamá y en mi calidad de tal siempre voy a estimar que soy mucho mejor para estar al lado de mis hijos. Felizmente no he vivido el duelo de lo que significa una separación, y tampoco ellos. Pero hay muchos que sí lo padecen.
Y el magistrado debe preocuparse del interés superior del niño como regla fundamental.
Al revés: si se mantiene la norma supletoria y se parte del supuesto de que la madre quiere que el padre se vaya de la casa por sufrir ella o sus niños violencia sicológica y aquel no quiere irse, no da el acuerdo. Y al no permitir el acuerdo, se dilata el proceso.
Lo mejor es que el conflicto llegue rápido a manos del juez, se resuelva y que el niño tenga estabilidad, para lo que resulta -insisto- fundamental la corresponsabilidad.
Termino reiterando que las parejas, los matrimonios, lamentablemente, terminan. Pero la relación de los padres con sus hijos no caduca jamás y se mantiene de por vida. Y eso lo tenemos que perfeccionar en la presente iniciativa legal, que apoyo en general con entusiasmo.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , esta es una ocasión muy especial para el Senado, porque no siempre se presentan proyectos relacionados con modificaciones al Código Civil. Y más todavía cuando se trata de cambios relacionados con la tuición de los niños en el caso de cónyuges separados. Porque, como la Honorable señora Alvear ha precisado bien, en realidad, los padres nunca se separan.
La mirada del Estado y de los legisladores, en este caso, no debe hallarse enfocada desde el padre o la madre, sino desde la perspectiva del interés superior del niño. Y hasta ahora, la normativa no ha estado puesta en eso, sino incentivada por un concepto cultural que hace que la madre, preferente o mayoritariamente, obtenga la tuición del niño, salvo excepciones.
Y aunque estoy de acuerdo en general con las modificaciones propuestas, voy a formular indicaciones a los efectos de corregir lo que hasta ahora estaba arrastrando, con vicios, el Código Civil, para producir una simetría cuando se deba resolver la tuición de un niño, la que desde siempre se ha dilucidado sobre la base de un concepto cultural distorsionado y no a favor del interés superior del niño.
En el artículo 225 propuesto se establece: "Si los padres viven separados podrán determinar de común acuerdo el cuidado personal...". Luego, el inciso cuarto, señala: "Mientras no haya acuerdo entre los padres o decisión judicial, a la madre le toca el cuidado personal...".
Lo anterior es un despropósito. El artículo es absolutamente contradictorio. Por una parte, hace creer que el acuerdo busca la protección del niño y, por otra, dispone que si no hay consenso se hace una cosa distinta. Entonces, nunca habrá arreglo.
Coincido con el planteamiento de otros señores Senadores en cuanto a que el proyecto nos da la tremenda oportunidad de corregir la asimetría existente, de hacer justicia no con los padres que han sido maltratados, sino con los hijos, que lo han sido mucho más al habérseles estado negando la oportunidad de un crecimiento y de un apoyo equilibrados por parte de ambos progenitores.
Desde ese punto de vista, estimo que el mérito de la iniciativa que nos ocupa estriba en revisar la legislación existente.
Voy a votar favorablemente en general y espero que en la discusión en particular podamos hacer las correcciones, para los efectos de despachar una ley que haga justicia a favor de los niños.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.
El señor WALKER (don Patricio).-
Señor Presidente , la discusión en la Comisión de Constitución fue bastante profunda. Recibimos opiniones muy importantes, interesantes. Quiero destacar el aporte, por ejemplo, de las profesoras Andrea Muñoz , Fabiola Lathrop , Carmen Domínguez ; de Ximena Osorio , quien trabaja en mediación; de organizaciones de papás; de la jueza Gloria Negroni , en fin. En verdad, fue una discusión profunda, rica, que efectivamente nos ayudó a ilustrar la importancia de este debate.
Naturalmente, cuando hay acuerdo entre el padre y la madre -una vez que se ha producido la separación-, prácticamente no existe discusión y están bien cautelados todos los derechos. El problema se presenta cuando en la separación no hay acuerdo, cuando se da una situación agresiva, de descalificación, poco pacífica. Y evidentemente que respecto del cuidado personal de los hijos de padres separados se tiene que velar siempre por el interés superior de los niños. Por cierto, los padres poseen derechos; las madres, también. Asimismo, tienen obligaciones. Pero primero se encuentra el derecho de los hijos, el interés superior de los hijos. Por eso, este proyecto de ley vela, en primer lugar, por la integridad, por el desarrollo emocional del niño como prioridad fundamental.
Efectivamente, si hablamos de corresponsabilidad, es decir, que a los padres les asisten derechos pero también obligaciones en lo concerniente a la educación, a la crianza, no podemos establecer como sinónimos los términos "educación" y "residencia". Muchas veces el niño vive con la mamá, pero se le impide al papá participar en todas las decisiones que dicen relación con el niño, por ejemplo, en qué colegio estudiará, qué enseñanza va a recibir, si tendrá o no alguna formación religiosa, en fin. Aunque uno de los padres no viva con el hijo, creo que resulta muy importante que aquel pueda participar en las determinaciones concernientes a su desarrollo. Y por eso la iniciativa aborda estas materias tan importantes, que espero podamos mejorar con algunas indicaciones durante la discusión particular.
Señor Presidente , uno ve con dolor, cuando se producen discusiones entre los padres y las madres a raíz de alguna separación, de alguna petición de alimentos, o por el tema de las visitas, en fin, cómo muchas veces se usa a los niños como objetos para obtener recursos, para cobrar alguna cuenta -entre comillas- pendiente, producto de la relación no pacífica que existía entre los padres y que termina en la separación. Los niños no pueden ser un objeto, no pueden ser una moneda de cambio, sino sujetos de derechos. Y el juez ha de velar por ese interés superior. Por ello, este proyecto, en mi opinión, apunta en mejor medida a que efectivamente se proteja el interés superior del niño.
La gran discusión -yo diría que fue el tema más debatido- radica en quién se queda con el menor mientras se resuelve el asunto de fondo, del cuidado personal del hijo, de la tuición.
En este punto naturalmente hay dos opiniones.
Algunos plantean que debe quedarse con la madre, que esa tiene que ser la norma supletoria, como la aprobó la Cámara de Diputados. ¿Por qué? Por la tradición, porque muchos hombres están siendo demandados por alimentos por las madres, porque someter a una decisión judicial al niño puede ser algo perjudicial para él.
Y otros, u otras, como las profesoras Andrea Muñoz , Fabiola Lathrop y, a mi juicio, la mayoría de los invitados que escuchamos en la Comisión, plantean que debe respetarse la igualdad ante la ley y que el juez tiene que decidir. Incluso, sostienen que la judicialización ayuda a que haya una conversación entre los padres, a que la mamá no diga inmediatamente: "Yo no estoy de acuerdo con el padre", a que se produzca una instancia parecida a la mediación, que muchas veces ayuda a que se generen acuerdos. Todo ello, para que se resguarde el interés superior del hijo, y que ambos padres asuman sus obligaciones, sus responsabilidades, su corresponsabilidad. Por lo tanto, postulan que no se defina a priori, supletoriamente, con quién va a estar el hijo. Ahora, hay que ver cómo se realiza bien esto en la práctica, para que la situación no se demore de manera indefinida.
Presentaremos varias indicaciones para el segundo informe. Pero creo que el proyecto en análisis se encuentra muy bien inspirado, muy bien encaminado, y, por lo tanto, lo votaré a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente , Honorable Sala, comparto la opinión de que nos encontramos ante una iniciativa que va bien encaminada y que equilibrará una situación que se ha vuelto de injusticia.
Todos nosotros hemos recibido misivas, mensajes de las asociaciones de padres. Y conocemos su frustración e impotencia cuando se han visto marginados o simplemente no pueden establecer esa relación regular -es lo que se busca-, permanente, directa con el hijo, en caso de separación de los progenitores.
Yo creo que llegó la hora de corregir injusticias.
Nuestra sociedad, efectivamente, ha ido evolucionando. Es cosa de recordar que hasta 2003 ni siquiera existía el divorcio con disolución de vínculo en este país. Menos mal que se estableció; fue un paso. Seguiré convencida, contra todo lo que nos dijeron (que estábamos contra la familia quienes éramos divorcistas, etcétera), de que era preferible un divorcio con disolución de vínculo que mantener a la fuerza una relación donde se ha perdido el respeto y que, evidentemente, no constituye un buen ejemplo para los hijos. También terminamos con la arbitrariedad vergonzosa de la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. Vamos progresando. ¡En hora buena! Hemos avanzado en contra de la discriminación. No hemos logrado aún aprobar el aborto terapéutico. Espero que alguna vez lo consigamos también en nuestra sociedad.
Pero ahora queremos dar otro paso. Y este es importante. Porque lo que deseamos es velar por el bien de ese niño o niña. Y cuando uno piensa en cuál es la mejor condición, ella es la corresponsabilidad entre padre y madre.
Como se ha dicho muy bien acá, una pareja puede quebrar su relación, pero la relación con los hijos es hasta la muerte, no desaparece, debe estar siempre presente.
Y en verdad no tenemos argumentos definitivos para decir a priori que el hijo debe quedarse, como hasta hoy ocurre, exclusivamente con la madre. Ahora se nos dice que, en caso de no existir acuerdo, permanece con la madre. Me parece que esto se habrá de considerar muy bien a la hora de los quiubos, y los jueces lo deberán tener en cuenta ante la falta de acuerdo. Espero que en esa decisión no prime un criterio economicista. Porque no se trata de que el niño estará mejor porque uno posee claramente mejor situación económica que el otro. En este aspecto, importa muchísimo más la estabilidad emocional, la afectividad, la forma de relación, que el sueldo que se pueda ganar. Estos son los elementos que hay que tener en consideración.
Como se trata de la votación en general, anuncio mi voto positivo. Espero que la unanimidad de la Sala apruebe la iniciativa, que demos un paso, para entrar a la discusión en particular.
Aprovecho de saludar a la Ministra , presente en la Sala, cuyas palabras comparto.
Termino diciendo que no solo ha de haber corresponsabilidad con relación a los hijos. Las mujeres hace mucho rato estamos planteando que exista también corresponsabilidad en las tareas domésticas. Hasta ahora siempre se ha dado por hecho que tienen que desarrollarlas exclusivamente las mujeres. Afortunadamente, estos valores culturales cambian. Y es saludable ver que en las parejas jóvenes -¡en hora buena!- efectivamente existe corresponsabilidad en las tareas domésticas, en la crianza, en muchos aspectos donde nuestras generaciones no supieron hacerlo. Por lo tanto, espero que se dé también esa corresponsabilidad. Si no, las mujeres, sobre todo las que trabajan fuera de la casa, cumplirán dos y tres jornadas. Y me parece que ello es extraordinariamente injusto. O sea, no solo hay discriminación, no solo ganan menos, sino que además tienen que realizar doble jornada de trabajo.
En consecuencia, debemos dar este paso importante pensando en el bien superior del niño, a fin de reparar una situación de injusticia y dar una oportunidad a los padres separados, que hoy día no la tienen. Pero -insisto- también queremos una sociedad más equitativa no solo respecto de los hijos, sino además en cuanto a las responsabilidades domésticas presentes cotidianamente en un hogar.
Votaré a favor, señor Presidente .
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero felicitar a los autores de este proyecto y, asimismo, hacer presente que la materia que trata ha sido puesta con mucha fuerza por los padres en distintas redes sociales.
Yo siempre he pensado que la mayoría de las características de las relaciones humanas, afectivas, emotivas, que se desarrollan en la sociedad tienen que ver con construcciones más bien sociales, cargadas de elementos culturales y relativos -como se decía por ahí- a la tradición.
No soy contrario a todas las tradiciones. Creo que algunas son muy buenas, como las que tienen componentes identitarios, que reflejan la cultura de los pueblos y se deben preservar. Pero otras no me gustan y me rebelo contra ellas, así que intentaré cambiarlas desde el espacio en que me muevo como parlamentario.
Lo decía la Senadora Allende . Aquí no solo estamos hablando de corresponsabilidad en el cuidado de los hijos, sino también en todas las labores que tienen que ver con el hogar. Por eso resulta tan importante -y lo dijo la Ministra del SERNAM - el empleo femenino, la participación de la mujer en el mercado laboral no simplemente por un tema económico, como la contribución al ingreso de la familia, sino además porque el trabajo se relaciona con el desarrollo humano, con el potenciamiento de otras capacidades.
Durante mucho tiempo la mujer estuvo dedicada al cuidado de la casa, de los niños; no tenía derecho a estudiar, a trabajar. Hoy día, con suerte, participa un poco en la política. Por eso soy partidario de que exista una ley de cuotas; presentamos una indicación al proyecto de ley sobre primarias en tal sentido. Y el cuidado de los hijos no es una cuestión distinta. Aquí se dijo -lo voy a reiterar- que lo importante es el bien superior del niño.
De ahí que este debate resulte tan interesante, porque también abre una posibilidad a un grupo relevante de nuestra sociedad, como el de parejas del mismo sexo, que ha manifestado su interés por adoptar y su derecho a hacerlo. Si, finalmente, no es el género de los padres el que determina la calidad del cuidado de un niño, entonces no corresponde establecer discriminación alguna. Lo que el Estado debe hacer es permitir que cada ser humano ejerza ese derecho, y los jueces han de determinar qué personas se encuentran en mejores condiciones -aunque se trate de una pareja del mismo sexo- para hacerse cargo de un menor, o para entregarle cariño y afecto, que, como dije anteriormente, no tiene que ver con el género de sus padres.
Considero que la idea general de este proyecto es positiva. Pero se le deben introducir modificaciones. Porque, según señaló el Senador Tuma -me parece-, se podría transformar en letra muerta si al final del día solo operara la corresponsabilidad respecto del cuidado de los hijos en caso de acuerdo. Muchas separaciones, o incluso divorcios, se producen sin mutuo consentimiento. Por lo tanto, se presentan conflictos y alguien tiene que resolverlos; de lo contrario, siempre se va a privilegiar a una parte y los hijos sufrirán; se les provocará un daño debido a situaciones de extorsión, generada por uno de los padres.
Me parece que la materia es muy importante, y valoro que se haya colocado en el debate. Me tocó participar hace poco en un foro sobre embarazo adolescente, donde uno de los expositores preguntó quién se hacía cargo del niño en tal situación. Y si uno analiza el punto, se observa que en el 99 por ciento de los casos quien asume tal tarea es la mujer, una niña, muchas veces pobre, muy vulnerable, que deserta de la escuela, con altas posibilidades de sufrir un segundo embarazo no planificado, con todos los riesgos que eso conlleva -ustedes los conocen-, incluso desde el punto de vista sanitario.
Y ¿por qué debe cargar solo la niña con ese embarazo en el cual intervinieron, obviamente, dos personas, entre las cuales también se incluye un joven adolescente? Porque la sociedad ha construido una cultura que excluye a ese joven, quien, al final, al sentirse postergado, termina yéndose.
En consecuencia, considero muy relevante -insisto- la discusión generada a partir de la presentación de este proyecto de ley, porque de alguna manera establece justicia respecto de muchas situaciones de discriminación a los padres, pero además porque repone una cuestión fundamental: que debe haber una responsabilidad compartida en cuanto al cuidado de los hijos y a todo lo relativo al hogar.
Creo que así se construye una sociedad democrática, moderna, inclusiva, donde ambos géneros comparten tareas en igualdad de condiciones.
Así que aprobaré en general esta iniciativa, y trataremos de introducirle modificaciones en la discusión particular.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , este tema preocupa mucho a vastos sectores de nuestro país, y prueba de ello son las considerables rupturas matrimoniales que provocan en los padres, especialmente en los papás, grandes dificultades para visitar o ver a sus hijos.
Eso ha llevado a los afectados a agruparse, a comunicarse entre ellos y a formar la organización llamada "Amor de Papá", que promueve los derechos de los padres frente a las mujeres y propone legislar sobre el Síndrome de Alienación Parental, consistente en la manipulación de la percepción sobre uno de los padres del menor que se encuentra en manos del otro.
La iniciativa en debate no tiene normas de quórum y se aprobó en la Comisión de Constitución por unanimidad.
Una de las mociones que le dieron origen corresponde a la de los entonces Diputados Álvaro Escobar y Esteban Valenzuela , con la adhesión de los Diputados Alejandra Sepúlveda , Ramón Barros , Sergio Bobadilla y Jorge Sabag, y de los ex Diputados Ximena Valcarce , Juan Bustos , Francisco Chahuán y Eduardo Díaz ; y la otra fue presentada por el Diputado Gabriel Ascencio , a la cual adhirieron los Diputados Carolina Goic , Adriana Muñoz , María Antonieta Saa , Sergio Ojeda , Marcelo Schilling y Mario Venegas .
Como puede apreciarse, son muchos los parlamentarios que han estado preocupados del tema y, fruto de ello, enviaron estos proyectos. Sin embargo, se arrastran por muchos años, a tal punto que varios Diputados dejaron hace ocho años sus cargos, y se han mantenido latentes desde esa época.
La propuesta apunta a igualar la responsabilidad de los padres separados en el cuidado de los hijos, distribuyendo entre ambos en forma equitativa los derechos y deberes que tienen respecto de sus hijos. Para ello se modifica el Código Civil, en materia de cuidado personal de los hijos y de patria potestad, y las leyes de Menores y de Matrimonio Civil.
La iniciativa enfatiza la atención sobre el bienestar de los hijos y, en segundo término, reconoce un mayor rol de la mujer, junto con defender los derechos del padre que no tiene la custodia del menor.
Sobre el particular ha habido mucho abuso y, también, dolor en los padres. Pero los niños son los que pagan el pato, pues muchas veces son utilizados para extorsionar a los papás. Nosotros hemos visto el sufrimiento de estos por no poder ver durante algunos minutos a sus hijos.
Por eso, considero legítimo igualar el derecho a cuidar los hijos. Y nada mejor para ello que hacer que la justicia de nuestro país dirima la forma más adecuada de hacerlo.
Votaré a favor de este proyecto, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se agotó la lista de inscritos.
En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (29 votos a favor). Votaron las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se deja constancia de la intención de voto favorable de la Senadora señora Von Baer.
Se debe establecer plazo para formular indicaciones.
Si no hay objeción, se fijará el viernes 23 de julio, a las 12.
--Así se acuerda.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
A continuación corresponde ocuparse en la solicitud de insistencia del Presidente de la República respecto del proyecto de ley que reajusta el ingreso mínimo mensual.
Como observo que se efectúan muchas consultas y cabildeos, se suspende la sesión por 20 minutos, para informarnos al respecto.
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--Se suspendió a las 17:41.
--Se reanudó a las 18:5.
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