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- rdf:value = " El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , a decir verdad, no estamos discutiendo una intención sino un proyecto que modifica el Libro IV del Código de Comercio.
En mi concepto, el Gobierno, al asumir la necesidad de reformar todas las normas de nuestro proceso de quiebra, está siendo coherente con lo que ha planteado públicamente y con lo que es su accionar en pos del emprendimiento, en el ánimo de crear incentivos para que las personas emprendan, para que se vayan generando negocios, compañías, y para que las pequeñas y medianas empresas multipliquen su presencia en la vida económica nacional, de manera que podamos tener una auténtica economía de mercado.
Y digo que un proyecto de esta naturaleza es absolutamente coherente con aquella filosofía porque no se completa el cuadro si se generan incentivos para ayudar al emprendimiento pero no hay preocupación por su eventual fracaso, por la posibilidad de que tenga dificultades y llegue a situaciones de insolvencia.
Ahora, es claro que las conductas punibles -actuaciones dolosas, en fin- son materia del Código Penal.
Aquí estamos hablando de emprendimientos que, por razones vinculadas con su naturaleza, pueden fracasar. Y hoy día se trata de mejorar la legislación vigente, que es tan compleja -a mi juicio, en demasía; y nos consta a quienes fuimos estudiantes de Derecho Comercial-, y de cambiarla por una mucho más simple.
Por lo tanto, quiero destacar primero la coherencia del Gobierno para enfrentar el problema relacionado con la eventual insolvencia de una empresa, de una compañía o de una persona dedicada al comercio para permitir que vuelvan a emprender, a ejercer actos de comercio y a ser útiles para la sociedad.
La normativa vigente en esta materia -y lo han expresado, en diversos momentos, los Senadores que intervinieron antes- lleva a un final absolutamente distinto.
Nuestra Ley de Quiebras busca liquidar a la empresa para permitir el pago de los créditos. Pero los datos que conocemos sobre recuperación de aquellos nos indican que esa legislación dista mucho de ser eficiente.
La referida Ley es anacrónica; incentiva la liquidación de las empresas y no su reorganización; genera incertidumbre en el empleo; asimismo, contiene un procedimiento caro, ineficiente, poco efectivo y no ajustado para nada al dinamismo de la economía. Por tanto, quien quiebra en Chile es estigmatizado, queda financieramente fuera de toda opción de emprender otro negocio, y la mayor parte de los acreedores, particularmente los más débiles, no ven posibilidad de que les paguen sus créditos.
"Desincentiva el emprendimiento y el reemprendimiento", nos expresó el Ministro de Economía.
Dicho Secretario de Estado nos entregó también información clara sobre la baja tasa de recuperación de los créditos por los acreedores, aspecto que fue planteado por varios señores Senadores.
Por eso, debemos cambiar el procedimiento, agilizarlo, a fin de que las empresas y las personas dedicadas al comercio y que se encuentran aquejadas por problemas financieros cuenten con incentivos que les haga factible recurrir oportunamente a la institucionalidad y de este modo salvar su actividad comercial, su emprendimiento.
Hoy día, por el contrario, se espera hasta el final, cuando lo único que queda es la liquidación.
En ese aspecto juega un rol fundamental la especialización de los tribunales, en la idea de que examinen detenidamente la actividad comercial de la compañía o de las personas dedicadas a determinado negocio que se hallen aquejadas por dificultades económicas y, en un procedimiento expedito, ágil, precisen los activos, los acreedores, pero no solo para que estos reciban sus acreencias, sino también para que aquellas se reorganicen.
En esa línea, los tribunales desempeñan un papel esencial. Porque los procedimientos encaminados a la reorganización son un elemento posterior a la actuación de los tribunales de justicia. Y estos, en el ámbito de que se trata, deben ser especializados, para darles viabilidad a dichos procedimientos.
Asimismo, tal cual lo dice el proyecto, debemos mejorar la transparencia.
Muchas veces, como se trata de un procedimiento caro, ineficiente, lento, largo en el tiempo, al final nadie tiene información adecuada, precisa. Entonces, se va generando una especie de leyenda negra en torno a la empresa o a la persona que quebró.
Por ello, me parece muy relevante que, en un elemento central de esta iniciativa de ley, cual es su ámbito de aplicación, se distinga entre la empresa deudora y la persona que, dedicada a actividades comerciales, adquiere la condición de deudora.
Esa diferencia en la aplicación de la ley en proyecto nos posibilitará mejorar sustancialmente la situación cuando tengamos que, a través de jueces especializados, mirar atentamente los procesos concursales, los procesos de quiebra, que llevarán a la determinación del pasivo y podrán conducir a un arbitraje concursal, a acciones revocatorias.
E insisto: hay que trasladar todas las conductas punibles al Código Penal.
Hoy día, por lo tanto, al aprobar la idea de legislar estamos dando un paso adelante muy significativo en materia de emprendimiento.
Al emprendimiento no solo se le ayuda generando las condiciones para que las personas y las empresas acometan negocios o creando incentivos dirigidos a la concreción de ellos, sino también procurando que la institucionalidad acompañe a los emprendedores para que, en los momentos complejos y difíciles, sean capaces de desprenderse de un proyecto fallido, de reorganizarse y de remprender, para ser útiles a la sociedad.
Si no hacemos eso, estaremos implementando una política pública trunca en materia de emprendimiento.
En consecuencia, señor Presidente, junto con votar favorablemente, vuelvo a expresar mi reconocimiento al Gobierno, al Ministro de Economía, porque con esta iniciativa estamos dando un paso adelante en un aspecto que al menos estas bancadas consideramos fundamental: el emprendimiento.
Además, el apoyo casi unánime de la Sala demuestra que avanzamos no solo en una intención sino también en un proyecto de ley concreto, moderno, ágil, de gran calidad técnica, como aquí se ha expresado.
He dicho.
"
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