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El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo, con informe de la Comisión de Economía y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8324-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 21ª, en 23 de mayo de 2012.
Informe de Comisión:
Economía: sesión 27ª, en 19 de junio de 2012.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Los objetivos principales de la iniciativa son:
-Establecer un nuevo régimen general de los procedimientos concursales destinados a reorganizar o liquidar los pasivos y activos de una empresa deudora y a repactar los pasivos o liquidar los activos de una persona deudora, y
-Crear la Superintendencia Concursal, institución autónoma, de duración indefinida, que se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y que será la continuadora de la actual Superintendencia de Quiebras.
La Comisión discutió este proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores García, Novoa, Tuma y Andrés Zaldívar.
Cabe consignar que los artículos 3°, 19, 55, 69, 99, 103, 115, 142, 147, 197, 199 letra a), inciso primero del artículo 245, inciso sexto del artículo 266, 272, 282, 291, 295, 296, 303, 336, 337 N° 6, inciso segundo del artículo 341 y 349 N° 1 del proyecto, son normas orgánicas constitucionales, por lo que para su aprobación se requieren 22 votos favorables.
Es preciso recordar que, en sesión de fecha 23 de mayo, la Sala acordó que el proyecto sea conocido en su segundo informe por las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Economía, unidas.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en la parte pertinente del informe.
)----------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente, solicito el acuerdo de la Sala para ampliar hasta el lunes 25 de junio, a las 12, el plazo para formular indicaciones al proyecto de ley que regula el contrato de seguro.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Así se acuerda.
)----------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , en la sesión especial de hoy en la mañana se dio cuenta de la iniciativa, en tercer trámite constitucional, que define el descarte de especies hidrobiológicas y establece medidas de control y sanciones para quienes incurran en dicha práctica en las faenas de pesca.
Solicito autorización para que la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura pueda constituirse y sesionar en paralelo con la Sala, en la medida en que ello sea compatible con las votaciones que se realicen en el transcurso de la tarde.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Acordado.
)----------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , el Comité Partido Por la Democracia solicita a la Mesa poner en tabla el proyecto de ley relacionado con la reforma al sistema binominal, cuyo debate quedó inconcluso.
Fue presentado el año 2006 y se debatió en la Comisión de Constitución la cuestión de su admisibilidad. El Tribunal Constitucional, con posterioridad a la interrupción de la discusión, calificó de procedente la insistencia hecha por el Presidente Lagos.
La iniciativa fue rechazada en la Cámara por no cumplir el quórum requerido -faltaron dos votos- y se insistió en el Senado. Acá, la Comisión de Constitución estimó que no procedía la insistencia en el caso de las reformas a la Carta y por eso se hizo la consulta al Tribunal Constitucional, el que manifestó su pertinencia.
El proyecto se halla en discusión todavía, y pido que se ponga en tabla en algún momento próximo.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Tratándose de un tema en que la Mesa no dispone de información exacta, solicitaré a la Secretaría que me ilustre al respecto y en la próxima sesión entregaré la correspondiente explicación al Comité del PPD y a la Sala.
)----------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra sobre el proyecto.
Puede hacer uso de ella el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , hoy el Senado inicia el debate de una iniciativa legal que se envió a la Comisión de Economía, la cual la analizó en general. Por acuerdo de la Sala, la discusión en particular va a ser acometida en Comisiones de Constitución, Legislación y Justicia y Economía, unidas.
Durante dos sesiones, la Comisión debatió la materia. Asistieron el Ministro señor Pablo Longueira y la Superintendenta de Quiebras, quien hizo una presentación al respecto. Y quiero destacar la participación que ella ha tenido.
El asunto amerita un análisis profundo, pero también una extremada urgencia.
En los últimos años, hemos conocido el caso de numerosas pequeñas y medianas empresas que han cerrado sus puertas sin acogerse ni siquiera a quiebra y de otras que sí lo han hecho. No obstante, son muy pocas las que han logrado recuperar los recursos.
Con lo anterior, se pierden empleos, inversión y la oportunidad de que algunas industrias con posibilidades de resurgir puedan hacerlo.
Quiero reconocer el mérito del Ejecutivo de enviar el presente proyecto sobre una cuestión que se ha estado debatiendo desde hace muchos años entre el Ministerio de Economía y el Parlamento en distintas iniciativas legales. Pero no habíamos recibido una norma integral que diera cuenta de renovar nuestra legislación referida a todo lo que tiene que ver con la empresa en falencia.
Desde ese punto de vista, las experiencias que hemos tenido han sido muy negativas, ya que, según las exposiciones de la señora Superintendenta y del señor Ministro de Economía , los resultados de la participación en los mecanismos que hoy establece la normativa para salvar o liquidar, en el ámbito de que se trata, han resultado desastrosos.
Hay liquidaciones de bienes que se realizan después de cinco años, lapso tras el cual se hallan absolutamente desvalorizados.
En definitiva, no ayudamos a los emprendimientos: aquel que invierte y le va mal no se vuelve a levantar -aparte de perder todos sus recursos, incluso los familiares-, pues el sistema no da cuenta de un apoyo legislativo encaminado a quien emprende.
Hoy se ha presentado un proyecto de ley con una mirada diferente, con un rol distinto del Estado, para que tales empresas sigan vigentes y para orientar y apoyar su permanencia por la actividad económica y las fuentes laborales que proveen.
Se establecen incentivos a fin de lograr que hagan un gran esfuerzo por mantenerse y para que los acreedores participen con una visión ya no de liquidarlas, sino que con la intención de ayudarlas.
Se disponen los alicientes correctos en orden a que los acreedores se hallen interesados en continuar proveyendo los servicios o los productos que permitan que la empresa no siga con falencias o con falta de liquidez.
A mi juicio, la iniciativa contiene nuevas figuras legales que hacen que el Estado asuma un rol de ayuda hacia el pequeño y mediano empresario. Estimo que permitirá que muchas pymes que pasan por malos momentos puedan resurgir. De no ser así, que se puedan vender como unidad económica. Y si no se consiguen liquidar bajo dicho concepto, que enajenen sus bienes a los efectos de recuperar valores porcentualmente significativos respecto a lo que hoy arriesgan no solo sus acreedores, sino también los trabajadores, porque estos últimos son los que más pierden cuando se cierra una empresa.
Por otra parte, se establecen límites de tiempo a los procedimientos. En la actualidad, el proceso no demora menos de dos a tres años; y algunas empresas han liquidado después de cinco.
Asimismo, se promueve la especialización de los tribunales -algo muy importante- para los efectos de que tengan experticia en resolver lo relacionado con los incentivos que se dispondrán. Y se señala que desempeñarán el rol de declarar los pasos que define la ley.
Asimismo, se instauran procedimientos efectivos de reorganización.
Se protege a los acreedores garantizados. Y hay algo muy novedoso: ningún acreedor está dispuesto a seguir ayudando a un deudor que se halle en procedimiento de quiebra. En ese caso, proveemos un incentivo para que continúe proveyendo a la empresa, mediante una preferencia en la liquidación de los bienes si eventualmente hubiese que vender. Eso permitiría que continúe funcionando. Y no como ocurre hoy, donde, el mismo día en que se da la señal de que se acogerá a la quiebra, se le termina el abastecimiento y se le cortan, incluso, los servicios básicos.
Aquí se garantiza que estos van a estar funcionando, que los proveedores podrán seguir prestándoles servicios. Y tendrán como incentivo la garantía de acceder a créditos preferentes.
Además, se mantiene la preferencia respecto de los trabajadores. En su oportunidad, discutiremos si esta debiera ser más contundente, en qué lugar se ubica el Fisco, ¿antes o después? Este tema tendría que ser materia de debate en la Comisión.
También se mejora la transparencia en cuanto a cómo se realiza la distribución y la liquidación de los bienes.
En suma, creo que nos encontramos ante un proyecto que posee mucho mérito.
En tal sentido, saludo y felicito a la señora Josefina Montenegro , Superintendenta de Quiebras. Y agradezco también la participación en la Comisión del señor Ministro de Economía ; del síndico de quiebras y profesor de Derecho Comercial de la Universidad de Chile don Patricio Jamarne; del síndico de quiebras y Asesor Económico de Insolvencias , don Enrique Ortiz ; del asesor del Ministerio de Economía y ex Superintendente de Quiebras don Cristian Palacios; de la síndico de quiebras señora María Loreto Ried ; del síndico de quiebras don José Manuel Edwards , y del árbitro de la Lista de Abogados que pueden ser nombrados árbitros, profesor de Derecho Comercial don Nelson Contador . Todos los invitados nos dieron su visión unánime a favor del proyecto.
Por tal razón, la Comisión de Economía aprobó por unanimidad la iniciativa.
Sin duda, durante el debate en particular en las Comisiones unidas será posible plantear nuestras aprensiones acerca de determinados artículos. Creo que podemos enriquecer el proyecto.
En todo caso, en mi opinión, esta es una de las iniciativas más sustantivas que la Comisión de Economía y el Congreso pueden aprobar en la dirección de permitir la creación de empleo, de defender la competitividad y la existencia de la pequeña y la mediana empresa.
Por ello, así como la Comisión de Economía aprobó el proyecto por unanimidad, solicito a la Sala que lo haga en los mismos términos y cuanto antes, a fin de que se abra un plazo para formular indicaciones que nos permita perfeccionarlo y colocar de mejor manera los incentivos.
Por lo tanto, anuncio mi voto favorable.
El señor KUSCHEL.-
"Si le parece", señor Presidente.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Varios señores Senadores han solicitado intervenir, y también el señor Ministro .
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El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
La Senadora señora Rincón había pedido la palabra.
Puede intervenir, señora Senadora.
La señora RINCÓN.-
Señor Presidente , quiero dejar constancia de que durante mi desempeño como Senadora he hecho uso de gastos para la Corporación en materia de viajes al extranjero en una sola oportunidad.
He pasado a la Comisión de Régimen Interior una invitación que me hicieron desde Panamá para participar en un encuentro de líderes estudiantiles de Latinoamérica. Implicaba para el Senado un costo por concepto de pasaje y gastos mínimos de estadía, porque me pagaban el alojamiento, y la Comisión ha dicho que no.
Solamente dejo constancia de aquello.
)-----------(
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que me reemplace en la testera la Senadora señora Rincón.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Ministro de Economía.
--Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidenta accidental , la Senadora señora Rincón.
El señor LONGUEIRA ( Ministro de Economía , Fomento y Turismo).-
Señor Presidente , en primer lugar, agradezco la prontitud que esta Corporación le ha dado a la votación en general de un proyecto que, tal como mencionó el Presidente de la Comisión de Economía , Senador señor Tuma , es muy necesario, muy importante para seguir desarrollando el emprendimiento en Chile.
Si hay una normativa que se ha quedado atrás en su modernización, es precisamente la Ley de Quiebras.
Si queremos alcanzar el desarrollo, debemos impulsar un cambio en la cultura de emprendimiento en Chile. Pero no solo tenemos que avanzar en facilitar el inicio de la etapa del emprendimiento. Esto lo estamos haciendo a través de otras iniciativas, como la relativa a la disminución de trámites, a la constitución de sociedades en un registro electrónico, que ya despachó el Senado y que permitirá constituir sociedades en Chile en un solo día y a cero peso. También hemos de hacernos cargo de que el emprendimiento, el asumir un desafío empresarial, implica poder fracasar. Según las estadísticas internacionales, de diez emprendedores exitosos, ocho fracasaron en sus primeros intentos. Por lo tanto, es de la naturaleza del emprendimiento el fracasar.
En Chile contamos con normas que de alguna forma hacen que cuando el emprendedor fracasa no solo enterremos ese emprendimiento, sino habitualmente también al emprendedor. Y en tales circunstancias, los emprendedores, como lo saben los señores Senadores y aquellos que hemos sido parlamentarios, enfrentan en nuestro país una situación muy compleja, porque caen en DICOM, tienen que andar arrancándose, escondiendo sus bienes. Finalmente, aquellos que fracasan son condenados por la sociedad. En consecuencia, debemos hacer un cambio no solo cultural, sino también en toda la normativa existente para los casos de insolvencia o liquidación de empresas.
El título del proyecto creo que resume muy bien los cambios que estamos introduciendo en la ley, que obviamente analizaremos durante la discusión en particular.
Nos encontramos ante una modernización muy profunda. Se ha desarrollado desde hace ya más de un año en el Ministerio de Economía, en la Superintendencia de Quiebras, un equipo multidisciplinario que ha permitido recoger las mejores prácticas de aquellos países que han avanzado. En el continente, Colombia es uno de los que ha dado uno de los saltos más importantes en esta materia. De hecho, en el mes de enero en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile se celebró un seminario donde participaron expertos colombianos junto a profesores de esa Facultad y a equipos de la Superintendencia, para ir elaborando la iniciativa que nos ocupa, que -insisto- es fruto de un trabajo muy intenso durante muchos meses, y que ahora se somete a aprobación en el Parlamento.
Obviamente, creemos que es muy importante en la discusión en particular recoger todos los perfeccionamientos que nos permitan sacar -¡ojalá!- la mejor ley para reorganizar compañías en Chile y para liquidar aquellas cuya reorganización finalmente no sea posible.
Señalo lo anterior porque hay dos objetivos que es muy importante lograr con el proyecto.
En primer término, cambiar lo que existe hoy. En la actualidad, tal como se explicaba en la Comisión de Economía, las empresas que caen en estos casos llegan prácticamente en una situación de liquidación, no hay nada que hacer. Porque no contamos con una ley que genere los incentivos adecuados en el caso de una empresa que se encuentra en insolvencia, que muchas veces tiene problemas de liquidez, pero es viable. Al final, toda nuestra institucionalidad y legislación apunta a hacernos cargo cuando ya la situación es inviable.
La iniciativa cambia el énfasis, modifica los plazos, establece un sistema que busca salvar la compañía, reorganizar ese emprendimiento que de alguna forma está viviendo un momento de iliquidez o de insolvencia, y buscar todos los caminos en forma rápida, expedita, fácil, para tratar de salvar esa situación y evitar, obviamente, las consecuencias que se generan cuando una empresa quiebra, que son el desempleo y el afectar los activos de la compañía.
Y el segundo objetivo es el siguiente. Si después de los plazos pertinentes y de la aplicación de los sistemas establecidos para reorganizar las compañías, esto no se logra, que se liquiden lo más rápido. ¿Para qué? Para que exista la mayor recuperación de activos.
Debo decir que los dos indicadores que de alguna forma miden la calidad de las leyes que tienen los países en materia de insolvencia, de quiebra, nos demuestran lo mal que está Chile.
En el indicador del Banco Mundial, del Doing Business, que mide diez parámetros de un país para crear un buen clima para el emprendimiento, en la resolución de la insolvencia, Chile se encuentra en el lugar 110 de 183 países. Es el peor indicador de todos aquellos que se miden. Esto refleja lo anacrónica que es la ley actualmente vigente. Reitero: estamos en el lugar 110. Y para que tengamos otro parámetro de comparación, el promedio de los países de la OCDE es 27.
Otro factor a considerar -es un objetivo que se debe buscar a través de esta modernización - es la tasa de recuperación del crédito. Los países que integran la OCDE tienen una tasa promedio de 68,2 por ciento, y nosotros, de 25,5 por ciento.
Esa es una finalidad muy importante. Estamos al debe y tenemos que revertir esta situación. Por eso, el proyecto se hace cargo de las compañías que, después de cumplidos ciertos plazos y de aplicados procedimientos de reorganización y de incentivo a su viabilidad, pasan a la etapa de liquidación, disponiendo que ella se lleve a cabo dentro de un tiempo razonable, para poder obtener la mayor recuperación de créditos.
Eso reviste mucha trascendencia, porque si no se cuenta con una buena legislación, se termina encareciendo el crédito. Y como en Chile no existe una buena ley para liquidar empresas no viables, o para tratar de reorganizarlas, finalmente aquel se encarece.
El tercer indicador que quiero ilustrar en esta discusión general de la iniciativa se refiere a que los países de la OCDE resuelven las situaciones de insolvencia de las compañías en un promedio de 1,7 años, y nosotros, en más de 4,5.
Tales indicadores nos demuestran que debemos hacer cambios muy significativos.
Quiero aprovechar esta ocasión, señora Presidenta , para agradecer la decisión del Senado de tramitar con rapidez este proyecto. Su debate en general se realizó en la Comisión de Economía, tal como se acordó en su oportunidad, resultando aprobada la idea de legislar, y hoy se somete a la consideración de la Sala. Después, también por decisión de la Sala, la iniciativa será analizada en su segundo informe por las Comisiones unidas de Constitución y de Economía, para agilizar su discusión y no tener que repetirla en dos organismos técnicos.
Debo agregar a lo dicho por el Presidente de la Comisión de Economía que la actual legislación, de alguna forma, afecta a la economía desde varios puntos de vista.
En primer lugar, desincentiva el emprendimiento y el reemprendimiento.
Sin embargo, en este proyecto se recoge, por primera vez, algo muy importante: la reorganización o la renegociación de las personas naturales. Por eso la iniciativa se denomina "Ley de reorganización y liquidación de empresas y personas", porque también vamos a contar con un mecanismo para tales deudores.
En Chile no tenemos ningún sistema que les permita a las personas naturales reprogramar sus compromisos cuando se ven afectadas por un problema de insolvencia o de dificultad para darles cumplimiento. Ahora llenamos ese vacío de nuestra legislación con un mecanismo que ha sido incorporado en las reglamentaciones más avanzadas del mundo. Y, por eso, en esta modernización de la Ley de Quiebras no solo abordamos la situación de las compañías, de las empresas y del emprendimiento, sino también la de las personas naturales.
La actual normativa permite una baja tasa de recuperación de créditos, y una ley moderna debe buscar la mayor tasa posible; además, es lenta y, en el fondo, presenta muchas dificultades. Y en un país abierto al mundo como Chile, donde queremos contribuir a desarrollar una cultura del emprendimiento, consideramos fundamental contar con una legislación moderna, eficaz, que disponga plazos que se cumplan, para ponernos en el nivel de las naciones más desarrolladas en esta materia.
La señora RINCÓN ( Presidenta accidental ).-
Terminó su tiempo, señor Ministro .
Le concederemos un minuto adicional.
El señor LONGUEIRA ( Ministro de Economía , Fomento y Turismo).-
Gracias, señora Presidenta .
Asimismo, en esta iniciativa creamos incentivos tributarios para la suscripción de convenios. En fin, se trata de una modificación muy completa, que será parte de la discusión que sostendremos en las Comisiones unidas.
Por último, de acuerdo con la nueva mirada que incorporamos en este proyecto y considerando que la legislación actual se preocupa más de la liquidación de compañías que de su reorganización, también se propone traspasar la dependencia de la Superintendencia de Quiebras -que se denominará "Superintendencia Concursal"- al Ministerio de Economía, porque deseamos que la nueva normativa permita y favorezca el emprendimiento, el reemprendimiento, la reorganización de las compañías, con un énfasis completamente distinto del que tiene la ley que nos rige.
En la discusión particular, por cierto, recogeremos todos los puntos de vista que permitan perfeccionar la iniciativa en debate, que estimamos muy importante para el desarrollo económico de Chile.
Por otro lado, quiero señalarles a los señores Senadores a quienes les interese conocer con más detalle las modificaciones introducidas, que son muy profundas y complejas, que los equipos de la Superintendencia Concursal, o de Quiebras, en su actual denominación -hoy día me acompaña Alejandra Anguita , la Superintendenta subrogante, porque la titular se encuentra fuera del país en un seminario-, están a su disposición, así como a la de los centros de estudios que deseen interiorizarse de todos los cambios que estamos haciendo. Ello nos permitirá recoger todos los perfeccionamientos que Sus Señorías quieran incorporar en este cuerpo legal.
He dicho.
La señora RINCÓN ( Presidente accidental ).-
Solicito que se vaya a buscar al señor Vicepresidente del Senado , para que continúe dirigiendo la sesión.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señora Presidenta , coincido en que este proyecto es de extraordinaria importancia para la economía de nuestro país; para las empresas que caen en situación de insolvencia, para sus trabajadores, y, en general, para todos los emprendedores, particularmente para los que, con gran entusiasmo y, también, con gran sacrificio, crean una empresa, les va mal, caen en situación de insolvencia y quiebran, quienes normalmente son estigmatizados por la sociedad y no pueden recuperarse.
Lo que hace esta iniciativa, en pocas palabras, es, primero, facilitar la reorganización de los pasivos de las empresas insolventes. De este modo, si una empresa tiene deudas apremiantes, podrá obtener de los acreedores mayores plazos y mejores condiciones para renegociarlas y, así, salvarse de la quiebra con todo su giro. Ello le permitirá continuar desarrollando sus actividades productivas o de servicios, mantener los empleos, solventar su deuda, cumplir sus compromisos y seguir actuando con toda normalidad.
Ese es el primer objetivo de esta nueva ley en proyecto: lograr la reorganización de los pasivos de manera armónica con los acreedores y evitar la quiebra de las empresas.
Si ello no es posible, también permite, en segundo lugar, una pronta liquidación de la compañía que entra, finalmente, en cesación de pagos y en situación de quiebra. Porque, en la medida que aquella se efectúe rápidamente, lo que se recupere por concepto de la venta de activos será bastante mayor que lo conseguido hoy en día. Y, por supuesto, cuanto más recuperen los acreedores, mucho menor será el daño patrimonial.
En tercer término, esta iniciativa se hace cargo -tal como decía el Ministro de Economía -, por primera vez en nuestra legislación, de la quiebra de las personas, y evita todas las penurias que deben atravesar quienes, fruto de distintas circunstancias de la vida, se ven afectados por un endeudamiento muy grande, que no les permite salir adelante.
De tal forma, esta normativa también va a posibilitar la reorganización de los pasivos de las personas, para ayudarlas a salir de su situación de insolvencia, evitando -como muchas veces ocurre- que caigan en DICOM, o que sufran todos los apremios de una cobranza judicial.
Entregaré algunas cifras, señor Presidente, que muestran la importancia de este proyecto.
En materia de duración de los procedimientos concursales, nuestro país ostenta un triste récord.
En efecto, mientras en Japón, Canadá y Dinamarca demoran de 6 a 9 meses; en Colombia, 1,3 años; en Uruguay, 2,1 años; en Bolivia, 1,8 años, en Chile el promedio de resolución de las quiebras es de 4,5 años. ¡El tiempo promedio!
En cuanto a porcentajes de recuperación de créditos, Japón registra 92,7 por ciento; Colombia, 82,8 por ciento; Chile, 25,5 por ciento.
Claramente, esta última cifra constituye también un triste récord para nuestro país, el que mediante la ley en proyecto se busca resolver.
En relación con los costos que involucra el procedimiento de una quiebra, en Japón, Colombia , Uruguay , Bolivia , Canadá y Dinamarca, ellos, en promedio, varían de 1 a 7,7 por ciento de los montos involucrados. En Chile alcanzan al 15 por ciento de estos.
Por lo tanto, cabe concluir que en nuestro país una quiebra implica enfrentar no solo a los acreedores, sino también una situación de desesperación que finalmente termina matando todos los deseos de emprendimiento, todo entusiasmo por comenzar alguno. Y, además, muchas veces redunda en que buenos emprendedores, pero que se equivocaron en ese afán, no vuelvan a perseverar, privándose la nación de gente capacitada, con experiencia y que está en condiciones de iniciar nuevos emprendimientos y crear otras fuentes de trabajo.
Señor Presidente , el promedio nacional de quiebras anuales es de 150, cifra pequeña si se considera que, por otra parte, alrededor de 2 mil empresas registran protestos relevantes y que podrían ser sujetos de la reorganización de sus pasivos.
Lo anterior da cuenta de que la actual legislación -dictada en 1981, a raíz de la crisis por endeudamiento que vivió todo el mundo y que nos golpeó tan fuertemente- no es expedita, no facilita las cosas y, en definitiva, los acreedores terminan perdiendo mucho dinero.
Como digo, la ley, en vez de facilitar las cosas, las hace mucho más difíciles.
El proyecto en debate busca remediar todo eso.
De otro lado, los integrantes de la Comisión de Economía quedamos gratamente impresionados por la calidad de las normas que se proponen.
Vemos realmente modernización.
Vemos realmente un espíritu de oportunidad para salvar las empresas, y cuando ya no es posible salvarlas, un esfuerzo por obtener la mayor recuperación posible de las acreencias.
En fin, vemos aquí una legislación tremendamente positiva, que beneficiará al país.
Por eso, señor Presidente, los Senadores de estas bancas vamos a aprobar, con mucho entusiasmo, la idea de legislar. Y, por supuesto, felicitamos al Gobierno, en la persona del Ministro de Economía, don Pablo Longueira, por su iniciativa.
¡Legislaciones como esta potencian el desarrollo económico y social, y terminan cuidando los empleos!
¡Legislaciones como esta le hacen muy bien al país!
El señor LARRAÍN.-
¿Me permite plantear una cuestión de Reglamento, señor Presidente?
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Con todo gusto.
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , este proyecto, que es muy importante y fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Economía, contiene disposiciones cuya aprobación requiere quórum orgánico constitucional.
Por lo tanto, solicito que se abra la votación y que se toquen los timbres a fin de que los colegas acudan a la Sala a emitir su pronunciamiento.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Debo informar que algunos Senadores se encuentran reunidos con dirigentes de la Confederación Nacional de Trabajadores Portuarios en otra dependencia de la Corporación -yo venía de allá-, donde permanecerán por algunos minutos más.
Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.
--Así se acuerda.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , en primer lugar me referiré al proyecto en debate. Y al final de mi intervención haré uso de mi derecho a formular algunas observaciones con relación a Su Señoría.
Yo valoro enormemente esta iniciativa, porque pone al día al país en una materia que deberíamos haber abordado mucho antes.
La legislación que se propone sustituir se originó a comienzos de la década de 1980, cuando Chile se vio afectado por una gran crisis y hubo que adecuar todo el sistema de tratamiento de quiebras a la realidad que se vivía en esos momentos. Y esa legislación se elaboró, fundamentalmente, sobre la base, más que de tratar de reorganizar un negocio que estuviera en quiebra, de cómo liquidar en las mejores condiciones los negocios o empresas que habían entrado en tal situación.
Hace tiempo que se estaba pidiendo una modificación de la normativa. Me parece muy bien y creo que, como expresamos en la Comisión, se nos envió un proyecto bastante completo y orgánico, que procedimos a aprobar en general, pero al que seguramente habrá que efectuarle algunas correcciones durante su discusión en particular.
Ya hemos conocido planteamientos, incluso a través de los medios de comunicación, de algunos profesores de Derecho Comercial, sobre ciertos cambios que se precisan. Sería bueno estar atentos a ellos, para que la ley que se despache sea la mejor posible y tenga una larga duración.
Aquí se han formulado diversos comentarios acerca del texto que se propone.
Coincido con el mensaje del Ejecutivo en orden a que cuando una persona o empresa cae en quiebra, debe evitarse, ante todo, que la quiebra llegue a su fin y se liquide el negocio o la actividad en que se centraba.
Entonces, lo primero que corresponde hacer es reorganizar el emprendimiento, o sea, tratar de salvarlo y no liquidarlo. Y, por supuesto, si no se puede lograr ese objetivo, hay una segunda fase -la ley así lo contempla-: liquidar el negocio o la empresa en la mejor forma posible, porque detrás de ello está el interés no solo del deudor, de quien provoca la quiebra, sino sobre todo de los acreedores, de las personas que tienen comprometidos sus activos, y especialmente de los trabajadores. Y la manera de conseguirlo es mediante un procedimiento que posibilite que la liquidación se realice en los términos más convenientes.
Creo que la ley en proyecto va en ese camino.
Ante ese cuadro, cabe hacer una precisión.
Se insiste mucho en que quien quiebra no debe quedar como en una lista negra o en DICOM. Yo estoy de acuerdo. Pero también hay que mantener cierto equilibrio. No puede ser que a la persona que quiebra le demos una suerte de premio o de condecoración. ¡No! Al contrario. Es efectivo que a aquel que quiebra o tiene un negocio que fracasa se le tiene que dar la oportunidad de iniciar otra actividad o emprendimiento. Pero a quien lo haga de mala fe o no cumpla con las obligaciones como corresponde, se le debe sancionar.
El proyecto también tiende a buscar ese equilibrio.
Con respecto al texto en general -el articulado lo analizaremos durante la discusión en particular-, quiero hacerme cargo de ciertas cosas expresadas aquí por el Ministro y algunos Senadores.
Hay un tema sobre el cual es necesario llamar la atención: el de la duración de los procedimientos de quiebra en Chile.
Como se ha señalado, cuando alguien entra en quiebra, el respectivo procedimiento demora, en el mejor de los casos, 4 a 5 años y, a veces, mucho más. Incluso, en Bolivia los procedimientos demoran 1,8 años; mientras que en países más avanzados, mejor estructurados y organizados -como Japón y Canadá-, tardan entre 6 y 9 meses.
Esto es importante, porque constituye una manera de hacer más eficiente el procedimiento, ya sea para reorganizar el negocio o para liquidarlo.
El segundo punto dice relación con el nivel o porcentaje de recuperación del crédito cuando se produce una quiebra. Un procedimiento de quiebra es exitoso no cuando se liquida y se cierra el negocio, porque desconocemos cuáles son los efectos que ello le puede originar a los acreedores.
En ese sentido, en el informe se da a conocer una estadística bien interesante. En Japón y Colombia la recuperación de los activos fluctúa entre 82 y 90 por ciento; en Chile, solo un 25 por ciento. O sea, en nuestro país existe la convicción de que cuando alguien entra en quiebra todo está perdido y es muy difícil recuperar el negocio. A eso es preciso agregar que el costo de la liquidación o la reorganización es muy alta: el 15 por ciento del valor de los activos se destina a financiar el procedimiento de la quiebra, mientras que en otras naciones dicho porcentaje oscila entre 1 y 7 por ciento.
Por lo tanto, todos esos elementos han llevado al convencimiento de que es necesario aprobar una nueva legislación que evite toda esa pérdida de tiempo.
En efecto, se requiere, primero, que los procesos sean más eficientes y más rápidos; segundo, que la recuperación de los créditos sea mayor que el 25 por ciento actual, y tercero, que el costo de la liquidación o de la reorganización del negocio no sobrepase el 7 por ciento, que es el porcentaje más alto que se destina para tal efecto en otros países.
Ahora bien, en esta materia debemos tener presente el motivo por el cual no se produce el proceso de quiebra: por la demora, el costo y la falta de recuperación.
Según las cifras entregadas en el mensaje, Chile tiene un promedio de 150 quiebras anuales declaradas -ojalá fuese cero-. Pero lo grave es que hay más de 2 mil empresas que se hallan en proceso susceptible de declararse en quiebra y no lo hacen. Quedan absolutamente insolventes, sin solución, ni para los acreedores ni para nadie, y el propio empresario o emprendedor permanece en una situación no resuelta. Es decir, existen 2 mil empresas con problemas de insolvencia y solo se declararon 150 quiebras.
Asimismo, se señala que, entre 2006 y 2011, los convenios o proposiciones preventivas de quiebra fueron 47, en contraposición a 855 quiebras declaradas en el mismo periodo. O sea, tampoco es eficiente el sistema.
Por consiguiente, todo ello hace necesario que legislemos sobre esta materia.
Voy a aprobar el proyecto, y espero que podamos avanzar en su tramitación en general hasta despachar una buena legislación, que dure mucho tiempo.
Señor Presidente , le dije al comienzo que iba a formular una observación que tiene que ver con su persona.
Sabemos que usted declaró en su página web que ayer tuvo un "martes negro". Yo creo que fue un "martes negro" para el Senado, no para usted.
Y le quiero llamar la atención respecto a los juicios que emitió sobre mi votación en un proyecto de ley. Realmente considero inaceptable que usted, aprovechándose de ese medio, haga juicios críticos sobre mi persona, los cuales no corresponden a la realidad.
No defiendo a los poderosos ni tengo actuaciones negras o ambiguas. Ayer me pronuncié en conciencia -que es lo que que debía hacer- en cuanto a una norma que había sido declarada inconstitucional, por unanimidad, en la Comisión.
¡Y yo a usted le niego el derecho de ser mi censor!
Tengo muchos años, en los que creo que me he ganado un prestigio como persona, y usted no tiene derecho, por esa vía, de tratar de desprestigiarme.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente , la verdad es que la Sala está conociendo hoy día una intención. No estamos debatiendo la particularidad del proyecto. Tanto es así que nos entregan un texto comparado sinóptico.
El señor Ministro y otros colegas nos han comentado que se persigue generar las condiciones más adecuadas a la época en que vivimos a fin de poder intervenir a tiempo para, idealmente, reorganizar a empresas que están con problemas de liquidez o que pudiesen presentar dificultades de diferente naturaleza; procurar reorganizar el emprendimiento; buscar caminos tendientes a evitar que se pierdan los activos y, con tal objeto, acortar los plazos.
Deseo plantear al señor Ministro -espero que no se retire de la Sala para poder hacerlo-...
El señor LONGUEIRA ( Ministro de Economía , Fomento y Turismo).-
Voy a la Mesa para saber cuántos Senadores han votado.
El señor LETELIER.-
... que esa parte del proyecto me parece muy bien.
Sin embargo, debo dejar constancia de las paradojas que vivimos y que se reflejan en una empresa llamada "Embotelladora Llacolén".
Su comportamiento con motivo del terremoto en la Octava Región fue considerado heroico, porque entregó a los damnificados más agua que la que procuró ESSBIO . Sin embargo, fue saqueada y destruida en esos días tan oscuros después del sismo. La aseguradora se demoró muchísimo en pagarle los daños, pese a tener contratado el seguro con el banco que, a su vez, era su acreedor.
Entonces, lo paradójico de la vida es que una empresa que se destacó por su desempeño en la Región del Biobío, en la zona de Concepción, Coronel, Lota y alrededores, durante meses ha estado intervenida por la Superintendencia de Quiebras. De modo que se está a punto de destruir una empresa que, si no fuese por los fenómenos de la naturaleza, se encontraría sana, distribuyendo sus productos en el mercado. ¡Es una paradoja!
Hago referencia a lo anterior, señor Presidente , porque comparto las ideas matrices que nos han planteado sobre cómo ayudar a reorganizar empresas. Pero, al mismo tiempo, pido que mientras saquemos adelante la iniciativa en debate, la Superintendencia de Quiebras sea proactiva en evitar que predominen los incentivos perversos de los liquidadores que se instalan en empresas donde no queda muy en claro cuáles son sus estímulos. Cabe advertir que, hoy en día, tenemos una situación peculiar.
He querido mencionar lo anterior en presencia del señor Ministro, porque entiendo el espíritu de la iniciativa y lo comparto.
Por otra parte, tengo un comentario que formular.
En el Senado existe un proyecto de ley que aborda la insolvencia calificada de las personas. Y me hubiese encantado ver en el mensaje un reconocimiento a la autoría de otra iniciativa sobre el particular originada en el Congreso. Porque, como ex Senador, el señor Secretario de Estado sabe lo poco grato que resulta cuando el Ejecutivo desconoce los esfuerzos realizados respecto de otros debates habidos en el Parlamento.
El proyecto en discusión establece un procedimiento concursal de renegociación y un procedimiento concursal de liquidación de la persona deudora. En cambio, la iniciativa que hemos presentado algunos Senadores apunta en otra dirección: a la quiebra individual, de la persona no comerciante.
Lo propuesto por el proyecto que nos ocupa en cuanto al ámbito de las personas puede entenderse referido a la persona comerciante o a la quiebra financiera familiar. Si fuese así, no estoy de acuerdo con el procedimiento que aquí se sugiere. Prefiero una modificación al Código de Procedimiento Civil para la declaración de la insolvencia calificada a través de un procedimiento mucho más expedito, donde sean sometidas al régimen de insolvencia las personas naturales no comerciantes domiciliadas en el territorio nacional; donde se contemplen causales claras de insolvencia calificada, tales como pérdida del empleo, incapacidad temporal o permanente sobreviniente, enfermedad grave o crónica, fallecimiento del cónyuge o asunción de gastos imprevistos producto de coyunturas especiales; y donde sea factible, tal como ocurre en otros países, que una persona se declare en quiebra.
Ese procedimiento -insisto- debiera someterse al Código Civil y no ser materia propia del Ministerio de Economía, pues el objetivo no es lograr el reemprendimiento de las personas -ya que no todas son emprendedoras-, sino garantizar que el riesgo que corre quien inicia un negocio sea compartido por los acreedores.
Porque a veces los acreedores sobreendeudan a las personas. Entonces, es preciso buscar un mecanismo para establecer otro equilibrio. Para el caso de deudores que se encuentran en situación de insolvencia, la que debe ser calificada por un juez, debe establecerse un procedimiento para que una sentencia acoja la excepción de insolvencia calificada y se exima al deudor del pago de ciertas deudas.
O sea, es una mirada distinta. No se trata de que el Ministerio de Economía o la Superintendencia intervengan en la situación de un grupo familiar.
Hoy en día las deudas habitacionales han llevado de hecho a la quiebra de familias. Hoy en día, la irresponsabilidad del sector del retail, el que ha sobreendeudado a las personas y nunca ha querido consolidar la información sobre deudas de ellas, ha llevado a la quiebra a muchas familias, al punto de que tienen que sacar a sus hijos de los estudios, perder sus casas y dejar de satisfacer sus necesidades más básicas.
Para reordenar el emprendimiento necesitamos, junto con la legislación en proyecto, establecer una ley de quiebra personal, familiar; una ley de insolvencia calificada que logre generar un procedimiento para que los tribunales de justicia puedan calificar que una persona es insolvente y, por tanto, no se halla necesariamente obligada, si carece de flujos de ingresos suficientes, a pagar determinadas deudas.
Eso genera en la economía un fenómeno muy importante: provoca más bien un desincentivo para que quienes prestan plata sobreendeuden a las personas; estimula el término de ciertas facilidades que se otorgan para acceder al crédito; establece un criterio para que, por ejemplo, las cajas de compensación no sigan cometiendo el delito ético o moral de endeudar a los pensionados y jubilados en diez años con créditos de 300 a 400 mil pesos. Es decir, da lugar a una lógica distinta.
El referido proyecto de ley se presentó mucho antes que el del Ejecutivo. Está en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Lo he conversado, entre otros, con el Senador Espina, la Senadora Alvear, el Senador Patricio Walker . Y tengo la duda de si debe o no debe ser incorporado en la iniciativa que nos ocupa esta tarde. Porque esta establece un procedimiento más engorroso, y a mi juicio más costoso, para la quiebra de las personas.
Voy a votar a favor de la propuesta del Ejecutivo , pero prefiero delimitar su alcance.
En seguida, me parece oportuno plantear la importancia de contar con una ley que permita declarar la insolvencia calificada de las personas naturales que no son emprendedores ni tienen interés en serlo; que no se relacione con la reorganización de un emprendimiento sino con la viabilidad financiera de una familia.
Por cierto, como decía el Senador Zaldívar, ello va a tener efectos en la capacidad de acceso al crédito por parte de quienes se declaren en quiebra o insolventes.
La legislación de Estados Unidos en esta materia es muy sabia. Y probablemente nos evitaría otros costos muy grandes para el país: los costos sociales asociados a este tipo de dramas.
Yo solo pongo el ejemplo de Andha Chile como uno de los fenómenos de personas con insolvencia familiar. Pero existen muchos otros.
Pienso que, a la larga, seguir la vía señalada significaría un ahorro al evitarse que algunas familias llegaran a situaciones tan dramáticas que terminaran transformándolas en cargas indirectas del Estado o de sus familiares producto de un sistema crediticio que, sin correr riesgo, sobreendeuda a las personas naturales.
Señor Presidente , según expresé, voy a votar a favor de la iniciativa del Ejecutivo. Entiendo que sus alcances sobre la liquidación de la persona deudora dan cuenta de una idea distinta de la contenida en el proyecto que ingresó al Parlamento antes. Y yo haría un llamado a que, si se va a avanzar en la quiebra de las personas naturales, se haga más bien a través de una modificación del Código Civil, y a que se reconozca en esta materia la autoría de un grupo de Senadores que la hemos estado planteando desde hace ya bastante tiempo.
He dicho.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , a decir verdad, no estamos discutiendo una intención sino un proyecto que modifica el Libro IV del Código de Comercio.
En mi concepto, el Gobierno, al asumir la necesidad de reformar todas las normas de nuestro proceso de quiebra, está siendo coherente con lo que ha planteado públicamente y con lo que es su accionar en pos del emprendimiento, en el ánimo de crear incentivos para que las personas emprendan, para que se vayan generando negocios, compañías, y para que las pequeñas y medianas empresas multipliquen su presencia en la vida económica nacional, de manera que podamos tener una auténtica economía de mercado.
Y digo que un proyecto de esta naturaleza es absolutamente coherente con aquella filosofía porque no se completa el cuadro si se generan incentivos para ayudar al emprendimiento pero no hay preocupación por su eventual fracaso, por la posibilidad de que tenga dificultades y llegue a situaciones de insolvencia.
Ahora, es claro que las conductas punibles -actuaciones dolosas, en fin- son materia del Código Penal.
Aquí estamos hablando de emprendimientos que, por razones vinculadas con su naturaleza, pueden fracasar. Y hoy día se trata de mejorar la legislación vigente, que es tan compleja -a mi juicio, en demasía; y nos consta a quienes fuimos estudiantes de Derecho Comercial-, y de cambiarla por una mucho más simple.
Por lo tanto, quiero destacar primero la coherencia del Gobierno para enfrentar el problema relacionado con la eventual insolvencia de una empresa, de una compañía o de una persona dedicada al comercio para permitir que vuelvan a emprender, a ejercer actos de comercio y a ser útiles para la sociedad.
La normativa vigente en esta materia -y lo han expresado, en diversos momentos, los Senadores que intervinieron antes- lleva a un final absolutamente distinto.
Nuestra Ley de Quiebras busca liquidar a la empresa para permitir el pago de los créditos. Pero los datos que conocemos sobre recuperación de aquellos nos indican que esa legislación dista mucho de ser eficiente.
La referida Ley es anacrónica; incentiva la liquidación de las empresas y no su reorganización; genera incertidumbre en el empleo; asimismo, contiene un procedimiento caro, ineficiente, poco efectivo y no ajustado para nada al dinamismo de la economía. Por tanto, quien quiebra en Chile es estigmatizado, queda financieramente fuera de toda opción de emprender otro negocio, y la mayor parte de los acreedores, particularmente los más débiles, no ven posibilidad de que les paguen sus créditos.
"Desincentiva el emprendimiento y el reemprendimiento", nos expresó el Ministro de Economía.
Dicho Secretario de Estado nos entregó también información clara sobre la baja tasa de recuperación de los créditos por los acreedores, aspecto que fue planteado por varios señores Senadores.
Por eso, debemos cambiar el procedimiento, agilizarlo, a fin de que las empresas y las personas dedicadas al comercio y que se encuentran aquejadas por problemas financieros cuenten con incentivos que les haga factible recurrir oportunamente a la institucionalidad y de este modo salvar su actividad comercial, su emprendimiento.
Hoy día, por el contrario, se espera hasta el final, cuando lo único que queda es la liquidación.
En ese aspecto juega un rol fundamental la especialización de los tribunales, en la idea de que examinen detenidamente la actividad comercial de la compañía o de las personas dedicadas a determinado negocio que se hallen aquejadas por dificultades económicas y, en un procedimiento expedito, ágil, precisen los activos, los acreedores, pero no solo para que estos reciban sus acreencias, sino también para que aquellas se reorganicen.
En esa línea, los tribunales desempeñan un papel esencial. Porque los procedimientos encaminados a la reorganización son un elemento posterior a la actuación de los tribunales de justicia. Y estos, en el ámbito de que se trata, deben ser especializados, para darles viabilidad a dichos procedimientos.
Asimismo, tal cual lo dice el proyecto, debemos mejorar la transparencia.
Muchas veces, como se trata de un procedimiento caro, ineficiente, lento, largo en el tiempo, al final nadie tiene información adecuada, precisa. Entonces, se va generando una especie de leyenda negra en torno a la empresa o a la persona que quebró.
Por ello, me parece muy relevante que, en un elemento central de esta iniciativa de ley, cual es su ámbito de aplicación, se distinga entre la empresa deudora y la persona que, dedicada a actividades comerciales, adquiere la condición de deudora.
Esa diferencia en la aplicación de la ley en proyecto nos posibilitará mejorar sustancialmente la situación cuando tengamos que, a través de jueces especializados, mirar atentamente los procesos concursales, los procesos de quiebra, que llevarán a la determinación del pasivo y podrán conducir a un arbitraje concursal, a acciones revocatorias.
E insisto: hay que trasladar todas las conductas punibles al Código Penal.
Hoy día, por lo tanto, al aprobar la idea de legislar estamos dando un paso adelante muy significativo en materia de emprendimiento.
Al emprendimiento no solo se le ayuda generando las condiciones para que las personas y las empresas acometan negocios o creando incentivos dirigidos a la concreción de ellos, sino también procurando que la institucionalidad acompañe a los emprendedores para que, en los momentos complejos y difíciles, sean capaces de desprenderse de un proyecto fallido, de reorganizarse y de remprender, para ser útiles a la sociedad.
Si no hacemos eso, estaremos implementando una política pública trunca en materia de emprendimiento.
En consecuencia, señor Presidente, junto con votar favorablemente, vuelvo a expresar mi reconocimiento al Gobierno, al Ministro de Economía, porque con esta iniciativa estamos dando un paso adelante en un aspecto que al menos estas bancadas consideramos fundamental: el emprendimiento.
Además, el apoyo casi unánime de la Sala demuestra que avanzamos no solo en una intención sino también en un proyecto de ley concreto, moderno, ágil, de gran calidad técnica, como aquí se ha expresado.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , este proyecto de ley se enmarca dentro de lo que en el Programa del Presidente Piñera se compromete con el objeto de fortalecer el emprendimiento en nuestro país y, simultáneamente, defender los derechos de los consumidores.
Por eso, felicito muy sinceramente al Primer Mandatario , y en particular a su Ministro de Economía , pues se trata de leyes que resulta difícil sacar adelante, y el Gobierno avanza en los dos frentes fundamentales en el área del desarrollo económico de una nación.
Uno de ellos es el fortalecimiento del emprendimiento; o sea, permitir que pequeñas y medianas empresas tengan todas las condiciones, oportunidades y medios necesarios para desarrollarse, ser más productivas, laborar junto con sus trabajadores, generar empleo y de esa manera mejorar la calidad de vida de los chilenos.
Este no es el primer proyecto que el Ejecutivo presenta en la materia. Hace poco despachamos una iniciativa legal de enorme importancia: la que reduce prácticamente a un día la constitución de pequeñas y medianas empresas, lo cual constituye un avance gigantesco; en el hecho, significa que la tramitación sea gratuita cada vez que un pequeño empresario inicie una actividad comercial cuyo costo promedio sea superior a 250 mil o 300 mil pesos.
Pero el Gobierno no solo avanza en la línea del emprendimiento, sino también, al mismo tiempo, en la protección a los consumidores. Porque si queremos una sociedad basada en el emprendimiento, simultáneamente tenemos que, como contrapeso, cuidar el respeto a los derechos de los consumidores.
Y ahí están el proyecto que creó el SERNAC Financiero y todos los cambios impulsados -entre ellos, el acortamiento de los juicios y demandas colectivas que se interponen mediante el SERNAC-, que buscan precisamente, por un lado, desarrollar el emprendimiento, y por otro, proteger adecuadamente a los consumidores contra el abuso de que pueden ser víctimas en determinado momento.
Prueba de que el Gobierno del Presidente Piñera lo ha hecho bien es que en Chile se han creado 709 mil puestos de trabajo.
Si uno analiza lo que ocurre en el resto del mundo, ve que un alto porcentaje de las economías europeas, a las que siempre mirábamos hacia arriba como ejemplos de desarrollo, se hallan en una crisis profunda, y muchas de ellas, en la bancarrota. Y no solo no crean empleos, sino que además pierden diariamente cientos de miles de puestos de trabajo. España, por ejemplo, tiene una desocupación superior al 25 por ciento; y en el caso de los jóvenes la cifra se eleva a 50 por ciento.
Por lo tanto, en esta materia el Gobierno del Presidente Piñera está haciendo lo correcto: fortalecer el emprendimiento y, simultáneamente, proteger a los consumidores.
Ahora bien, a mi entender, el proyecto en debate es uno de los más trascendentes e importantes que se han impulsado en el último tiempo, porque mete mano en un aspecto en el cual nuestra legislación está muy anticuada: qué ocurre cuando a una persona a la que se le permite emprender; se le señala que salga a competir, que arriesgue, que busque nuevos negocios, que contrate a compatriotas y genere más empleos, que se abra a mercados primero en su ciudad, después en el país y luego en el extranjero, le va mal.
Existen tres maneras de que a los emprendedores les vaya mal.
En la mayoría de los casos se trata de personas honestas que fracasaron en su actividad comercial porque el mundo es cambiante, porque las economías presentan cada vez mayores incertidumbres, porque el planeta está muy globalizado.
Lo que hace este proyecto, en el fondo, es permitir que el emprendedor a quien le va mal cuente con instrumentos legales para reorganizar su actividad comercial; hacer todo lo posible por salir adelante y salvar la situación de quiebra o de insolvencia, y llevar a cabo, por lo tanto, un nuevo emprendimiento.
En las economías avanzadas, esta clase de personas quiebran seis o siete veces en su vida, hasta lograr el éxito, y nadie considera que pasan a ser criminales por un resultado negativo en un negocio. Por el contrario, en la mayoría de los casos se trata de alguien que se aboca de buena fe a un emprendimiento, y los cambios y variables económicos determinan que fracase finalmente.
Eso no significa que la legislación tenga que prescindir de las situaciones en que la quiebra es producto de la negligencia. Y ni hablar de aquellas en que es fraudulenta, es decir, cuando se hace fracasar de manera dolosa un negocio y se le saca el dinero en perjuicio abierto de los acreedores.
Ahora bien, como estamos discutiendo en general el proyecto, no pretendo entrar en sus detalles. Pero, en la práctica, lo que hace, por una parte, es cautelar en forma adecuada los derechos y dineros de los acreedores, de quienes han invertido su plata en un negocio que ha quebrado y que son aquellos a quienes la legislación debe proteger más, porque no tienen arte ni parte en el desenlace. Y, por la otra, le da la oportunidad de reorganizar su actividad comercial, simultáneamente, a quien registra un emprendimiento fracasado y no ha actuado con negligencia inexcusable ni en forma fraudulenta.
Y si finalmente no es posible sacar adelante el emprendimiento, entonces no queda más remedio que liquidar los bienes. Pero aquí es fundamental el cambio que introduce la normativa que nos ocupa, pues permite realizarlos con mucha más rapidez, lo que significará obtener más recursos, y resguarda con transparencia la parte de los acreedores, en particular cuando les asisten preferencias para el pago. Ello dice relación, muy especialmente, con los trabajadores, a cuyos créditos les corresponden las mayores, porque ahí están en juego sus jubilaciones y sus remuneraciones, a menudo impagas durante meses cuando una empresa se encuentra en insolvencia y cae en estado de quiebra.
En consecuencia, creo que se trata de un muy buen proyecto de ley, que aborda realmente una de las materias en las que Chile se encuentra atrasado y que va a contribuir a que quien quiera emprender comprenda que asume un riesgo, pero que si fracasa no se le dejará abandonado ni va a quedar en la más absoluta indefensión.
Deseo consignar además, señor Presidente , que la iniciativa fue anunciada por el Gobierno al comienzo de su gestión. Y, por lo tanto, si otras se pueden haber presentado con posterioridad, lo cierto es que aquel se comprometió, desde el primer día -y así se contempla en su Programa-, a modificar la Ley de Quiebras para modernizarla en el sentido que he expuesto.
Por lo anterior, los Senadores de Renovación Nacional aprobaremos el proyecto, porque creemos que implica un importante avance para el emprendimiento, para la protección de los acreedores y para poder construir un país en donde iniciar una actividad cuente con el apoyo necesario para salir adelante con el propio esfuerzo.
Muchas gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Señor Presidente , me refiero a la iniciativa que apunta a ordenar de otro modo el derecho concursal. Lamentablemente, el encabezamiento es perfectamente grotesco. No sé quién lo redactó. Debió ser alguien muy ignorante del idioma, porque se hace referencia a "una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas". Reorganizar una empresa es posible, pero hacerlo con una persona resulta dificilísimo, sin perjuicio de que liquidar a esta última se castiga en el Código Penal. Ello, en lugar de usar la expresión "derecho concursal", tanto más simple, que existe, más o menos, desde el siglo V antes de la era cristiana.
Aparte de ese comentario, que formulo con ánimo constructivo, deseo detenerme en dos o tres cosas al pasar, ya que creo que vale la pena destacarlas.
Desde luego, considero que lo central del sistema, a pesar de la contramanifestación del propio señor Ministro de Economía -quiero exaltar la labor de su Cartera y me lo impide-, es que se abrevian los plazos para la liquidación de activos. A mi juicio, ese el objetivo central.
He participado en muchas quiebras -ninguna propia, por suerte, no obstante las probabilidades de que ello ocurra si sigo en el cargo-, y si algo mata la justicia, el Derecho y la posible recuperación de bienes es precisamente la demora en estos procesos, que implican una evaporación de valor completamente dantesca. Aquí se ponen plazos muchos más cortos, y pienso que ese va a ser el principal resultado de la ley en proyecto.
A mi juicio, la quiebra voluntaria de personas naturales, aunque sea referida a una cierta categoría de contribuyentes, va a incluir a individuos económicamente activos. Y eso es una ventaja.
Por otra parte, merece subrayarse la mejora relativa de los acreedores garantizados. Se les dará mayor valor precisamente a las garantías reales. Y cuando se mejora su derecho, en el fondo se están valorizando los activos de los potenciales deudores -es decir, estos se enriquecen-, lo que dinamiza la economía. Se agregan recursos, entonces, a los empresarios, quienes son, al fin y al cabo, los generadores de empleo.
No estoy en condiciones de extenderme sobre las modificaciones que deberán hacerse forzosamente en el Código Penal, puesto que aquí también se alude a la situación de la quiebra culposa y de la intencional, deliberadamente fraudulenta. Solo cumplo con solicitar que cuando se entre en esa etapa se consulte a especialistas, ya que la configuración de esos tipos penales es muy compleja. Ello tiene que ver con transacciones, con la forma en que se realizan, y no solo con plazos, y esa es un área particularmente delicada.
Termino señalando que, en mi opinión, este es un trabajo serio, dirigido por alguien que conoce el derecho concursal y que, dejando fuera el encabezamiento dado al proyecto, el esquema que hemos recibido presenta mucha continuidad y lógica interna. Por lo tanto, anuncio que votaré que sí.
Muchas gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , no quiero repetir todo lo dicho acá, pero me parece evidente que la legislación de quiebras se ha vuelto anacrónica: toma mucho tiempo terminar uno de estos procesos; se estimula la liquidación de empresas y no su reorganización; el procedimiento es caro, y es muy baja la tasa de recuperación de créditos para los acreedores.
Todo eso determina que la quiebra sea, en definitiva, un drama que va mucho más allá del fracaso propio de un emprendimiento. Como se ha dicho, muchos de ellos fallan, y lo que más le interesa a la sociedad, en su conjunto, es que puedan ser o rescatados o liquidados en el menor tiempo posible, con el costo más bajo para los acreedores y para el deudor, a fin de que este pueda recuperarse.
Juzgo importante separar del procedimiento concursal la parte penal. El proyecto lleva al Código respectivo todas las violaciones de norma que revisten el carácter de acción criminal. Y estimo que eso es relevante, porque resulta evidente que numerosos emprendimientos fracasan más allá de la voluntad del deudor, pero también que existen personas que actúan de mala fe, que defraudan, acciones que tienen que ser castigadas. Lo lógico, lo razonable, es que tales conductas queden tipificadas en dicho ordenamiento.
Antes de terminar quiero referirme a una materia señalada en la discusión y que se relaciona con la quiebra de las personas naturales.
La ley en proyecto pretende cubrir todos los aspectos. En las definiciones de la parte inicial se establece que empresa deudora es "Toda persona jurídica privada, con o sin fines de lucro, personas naturales contribuyentes de Primera Categoría y personas naturales contribuyentes del artículo 42 número 2 del Decreto Ley Nº 824". Vale decir, en dicho concepto se trata de englobar a cuantos realizan una actividad de tipo productivo empresarial y se les aplica todo un procedimiento. Pero además se considera al resto de los intervinientes y se contempla la definición de persona deudora, que es "Toda persona natural no comprendida en la definición de Empresa Deudora". Al respecto, se considera un sistema que permite repactar deudas o, sencillamente, un procedimiento concursal para pagar lo que se puede, luego de lo cual es posible rehacer la vida de tipo comercial.
Por lo tanto, sin conocer la otra iniciativa presentada en esa línea, entiendo que la que ahora nos ocupa abarca ambas situaciones. Y eso es muy importante, porque existen millones de personas naturales deudoras, ya sea por un crédito hipotecario o por un crédito de consumo, y el hecho de no poder sanear su situación patrimonial las tiene, de alguna forma, en la lista negra del DICOM. Ello, sin que sea posible pensar en un futuro más tranquilo, en una liquidación de bienes y pago de deudas en la medida en que se pueda, y en dar vuelta la hoja para seguir trabajando, como empleado o profesional, sin cargar con el estigma de lo que no se fue capaz de cancelar. Sobre esa base, estimo que el esfuerzo que se expresa en el articulado es encomiable.
Por cierto, un texto de tal magnitud debe ser analizado en particular. Desde ese punto de vista, en la Comisión de Economía nos pareció razonable, dado que tiene que ser visto también por la Comisión de Constitución -vamos a tratarlo en conjunto-, que durante esa etapa realicemos audiencias para escuchar a síndicos, acreedores y sectores con frecuencia afligidos por la situación, como comerciantes, empresarios, y se lleve a cabo un debate amplio, aunque entiendo que el Ejecutivo se preocupó de ello antes de preparar la normativa. Lo lógico es que fijemos un plazo suficiente para presentar indicaciones, con el objeto de efectuar las reuniones del caso.
A mi juicio, el proyecto, en general, merece el apoyo de todo el Senado y anuncio mi voto favorable.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , no cabe duda de que con la Ley de Quiebras nos hemos quedado atrás: es un ordenamiento anacrónico. Se incentiva la liquidación de empresas y no su reorganización, y se genera, por supuesto, incertidumbre en el empleo. El sistema es caro, ineficiente y poco efectivo, y el procedimiento de convenio no se ajusta al dinamismo de la economía.
Además, hay dos datos muy relevantes. En Chile, la tasa de recuperación de los activos es de 25 por ciento, frente al 68,2 por ciento en los países integrantes de la OCDE. Acá demora 4,5 años un proceso de quiebra, en circunstancias de que en ese otro ámbito, en el peor de los casos, toma 1,7.
Por lo tanto, es oportuno modernizar la legislación para la reorganización efectiva de empresas realmente viables y ayudar a quienes tienen posibilidades de subsistir a superar las dificultades transitorias en que se encuentran, con la colaboración de sus acreedores y siempre con el propósito de salvar la empresa. Se trata de agilizar, al mismo tiempo, la liquidación de aquellas que no sean viables, para que el empresario pueda reiniciar sus actividades y desarrollar nuevas iniciativas.
Es importante considerar las preferencias de los créditos garantizados y los créditos privilegiados. En la actualidad, cuando se produce una quiebra, sus verdaderos dueños son los acreedores. Por eso se celebra una junta, y ellos, que son parte directa, son los más interesados en poder obtener la mayor cantidad de recursos para recuperar el máximo de sus acreencias. Aquí, por supuesto, deben tenerse en cuenta indemnizaciones, remuneraciones, imposiciones, impuestos y, naturalmente, créditos con garantías hipotecarias, que son prioritarios.
Tal cual lo expresa el informe, el proyecto, una vez que se apruebe en general y se fije un plazo para indicaciones, será conocido por las Comisiones de Constitución y de Economía, unidas, así como también por la de Hacienda.
La materia reviste trascendencia y es preciso escuchar a los potenciales sectores involucrados. Conviene conocer la posición de la Cámara Chilena de la Construcción, de la Cámara de Comercio, de la Sociedad Nacional de Agricultura. Nadie sabe quién puede quebrar. Una empresa inmobiliaria, por ejemplo, puede caer mañana en estado de insolvencia.
La iniciativa anduvo muy rápido en la Comisión de Economía, de lo cual me alegro, pero no por eso vamos a dejar de recibir en audiencias especiales a todos los sectores con interés en el asunto. Sé que algunos prestigiosos abogados expresaron su parecer, pero conforman una parte al margen. Los partícipes directos son los empresarios, de modo que espero que en las próximas instancias puedan manifestar su punto de vista los potenciales sujetos de una quiebra, en la medida en que todos podemos ser susceptibles de insolvencia.
Insisto en que estimo positivo modernizar la legislación, por lo que votaré a favor de la idea de legislar, y espero hacer algunos aportes a través de indicaciones cuando se verifique la discusión particular.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , tuvimos la oportunidad de conversar, con bastante antelación, con la Superintendenta de Quiebras, señora Josefina Montenegro , producto de situaciones que nos permitieron comprobar que se requería una importante modificación de todo lo relacionado con la Superintendencia y, en particular, con la actuación de los síndicos.
Está claro que, de las 150 quiebras anuales que se registran en Chile, no todas tienen que terminar así, y que en algunos casos es posible una reorganización, lo que depende, fundamentalmente, de flexibilidades que la ley no contempla.
Si se establece el proceso de reorganización a través del nombramiento de un veedor, y el de quiebra, a través de un liquidador, estaremos dando un paso sustantivo para entender que quebrar no es caer en el precipicio más profundo ni en la estigmatización, sino un tropiezo en el camino de un desarrollo productivo, empresarial, de emprendimiento. Si se actuó de buena fe y de verdad se quiso emprender un negocio y no hacer un montaje o crear una asociación ilícita, ello debiera generar experiencia y lecciones.
El informe da cuenta de que solo se presentaron 47 proposiciones preventivas desde el 2006 hasta el 2011, en contraposición a 855 quiebras.
En Chile hay pavor, temor, terror a la quiebra. Esta termina estigmatizando a los emprendedores y también a los empresarios.
Por lo tanto, el proyecto nos permite iniciar una reformulación profunda -histórica, diría yo- sobre un tema acerca del cual pocas veces se quiere discutir.
Muchas de las empresas con problemas están en manos de los síndicos.
He consultado el ARTÍCULO 37, relativo a cómo se nominarán los liquidadores. Los va a designar la Superintendencia. En ese punto, hay que hacer una evaluación especial y revisar el actual régimen de nombramiento de los síndicos, que presenta complejidades.
Del mismo modo, cuando el veedor propenda a la reorganización, tiene que haber, como señala la propuesta legislativa, condiciones que permitan garantizar la continuidad de la empresa, cuando ello proceda.
Actualmente, como ya señaló el Senador Letelier, hay una compañía en dificultades en mi Región: la Embotelladora Llacolén. Y todo indica que el único que quiere la quiebra es el síndico. No la desean ni los acreedores ni los trabajadores ni los propietarios, pues la empresa está en condiciones especialísimas de vigencia total.
De repente, hay síndicos que lo único que buscan es hacer que una firma quiebre, porque ganan un porcentaje. Yo espero que en el curso del debate de esta iniciativa se termine con los incentivos perversos relacionados con los honorarios. Y, en efecto, el recibir mejores ingresos al establecer la quiebra y hacer la repartición porcentual de los bienes rematados constituye un incentivo perverso.
Eso es lo que ocurre hoy.
Por cierto, los síndicos presentan dificultades. Algunos concentran la totalidad de las causas, al igual como sucede con los martilleros públicos.
Corregir lo relativo al nombramiento de los síndicos, hoy denominados "liquidadores", e incorporar la figura del veedor para reorganizar las empresas, son enmiendas que traerán alivio.
Tales cambios permitirán ver como situaciones lejanas aquellas en las cuales los que pagan los costos de una quiebra no son solo los empresarios, sino también los trabajadores.
Recuerdo el caso de Bellavista Oveja Tomé. Ahí la solicitud de quiebra era por un monto de dinero no superior a los 8 millones de dólares. En aquella oportunidad se ofreció como aval el crédito personal del dueño de la empresa. Sin embargo, hubo presión por liquidar. Y se echó a la calle a 700 trabajadores. Esa quiebra le costó al Estado de Chile -a todos los chilenos- 8 millones de dólares, en circunstancias de que, si se hubiera salvado la compañía, se habría asegurado continuidad de empleo y de producción para una textil maravillosa, que exportaba telas de altísima calidad a más de 80 países.
Con ese ejemplo, uno no lograba comprender cómo funcionaba el sistema, que, en definitiva, no dejaba salida. ¡Era un callejón sin salida! En concreto, había endeudamiento. Y, frente a la falta de liquidez y a las demandas por deudas impagas, no había otra posibilidad que la quiebra.
En mi opinión, al igual que el movimiento, que se demuestra solo andando, durante el proceso que vamos a vivir en el debate en particular deberemos tener a la vista las situaciones que queremos corregir. Eso se hará en las Comisiones, invitando a empresarios exitosos y a otros no tan exitosos, a fin de que nos cuenten su historia. Porque la ley debe reflejar claramente lo que requieren los emprendedores y el desarrollo productivo y no necesariamente lo que desean los abogados o los parlamentarios.
La experiencia está presente en aquellos que se han caído y se han vuelto a levantar, en aquellos que se han caído y han quedado destruidos. A algunos la quiebra les ha destruido la empresa, la vida, la familia.
En consecuencia, señor Presidente , el debate en torno a esta materia -porque muchos quebraron sin tener una oportunidad como la que beneficiará, una vez dictada la ley, a cientos y miles de pequeños, medianos y grandes empresarios- será un llamado de justicia.
Cabe preguntar -no he leído totalmente el texto propuesto- cómo se hará la limpieza de los papeles, ya que el problema de las mipymes y de las pymes es el historial, es la mochila que cargan después de haber quebrado. Sin embargo, el punto no está en limpiarlas, sino en cómo les damos una nueva oportunidad. Y esta es una política que escapa a la Superintendencia de Quiebras y que más bien dice relación, en ese sentido, con el Ministerio de Economía, la CORFO y otros organismos estatales, para lograr que esta normativa funcione, rescatando las lecciones que ha dejado la ley vigente.
Señor Presidente , creo que esta iniciativa va a tener buena acogida.
Su articulado se halla estructurado de manera extraordinariamente pedagógica. Quiero señalarle a la Superintendenta de Quiebras subrogante que la presentación de cada artículo, encabezado con su idea principal, su idea fuerza, facilita mucho el trabajo legislativo. Ello -repito- resulta pedagógico, considerando la complejidad del tema, y traerá mejores condiciones a los emprendimientos empresariales.
Espero que en las Comisiones se escuche a los pequeños y medianos empresarios que quebraron. Habrá que invitar a Roberto Fantuzzi , a los representantes de la CONAPYME, a Iván Vuskovic , quienes tienen experiencia en este ámbito.
Así, esta oportunidad histórica para revisar la legislación sobre la materia se transformará de verdad en un instrumento destinado al fomento y no a liquidar o matar los emprendimientos, como ha sucedido con la actual Ley de Quiebras, que ha causado tanto infortunio a familias completas, no solo a los empresarios -lo reitero-, sino también a miles y miles de trabajadores que han pagado las consecuencias de errores que no son de su responsabilidad.
Asimismo, espero que durante el debate de la iniciativa escuchemos a los trabajadores que han vivido procesos de quiebra. Y ojalá, en el proceso de liquidación, se respeten, se cautelen y se defiendan siempre los intereses previsionales, las remuneraciones, las liquidaciones y los finiquitos que les corresponden.
También confío en que, en el proceso de reorganización de una empresa, llevada a cabo por el veedor, exista la posibilidad de que participen sus propios trabajadores.
En muchas ocasiones, cuando ha habido dificultades serias en una empresa, se ha llegado a acuerdos con el personal, que consiente en que se le baje el sueldo y en renegociar en su propio desmedro. Las preguntas, que dirijo al señor Ministro de Economía , son: ¿Vamos a generar instrumentos para que los trabajadores puedan, en caso de reorganización, asumir parte importante del control de la empresa, con cargo, por ejemplo, a sus indemnizaciones, a fin de permitir la continuidad de giro y evitar la quiebra? ¿Tendrán protección tales acciones? ¿Habrá capacitación y asesoría para ellos?
Hemos conocido buenas y malas experiencias en esta materia.
La iniciativa de ley que nos ocupa busca reformar una legislación vetusta, que establece un procedimiento de quiebra que genera muchas dudas, muchas zonas oscuras. Y, en lo específico, no cumple un elemento básico. Es un instrumento liquidador.
Yo espero que la nueva normativa constituya una herramienta para salvar a los que se pueda salvar; para ordenar a los que se pueda ordenar, y para liquidar, de manera justa, a los que haya que liquidar, siempre y cuando no exista otra opción.
Voto a favor de la idea de legislar, señor Presidente, porque creo que este es un proyecto necesario y urgente.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución ahora!
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (33 votos a favor), dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional exigido.
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se propone como plazo para formular indicaciones el 24 de julio, a las 12.
El señor WALKER (don Patricio).-
¿De qué año?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Del 2012.
¡Importante precisión, señor Senador ...!
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Entiendo la importancia de despachar cuanto antes el proyecto, pero el plazo para presentar indicaciones debiera ser después de la semana regional de julio.
Ello nos daría tiempo para trabajar en el proyecto.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Exactamente, señor Senador.
Es lo que tratamos de hacer con nuestra proposición.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Espero que así se cumpla.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Para ser más fieles todavía con ese planteamiento, el plazo debiese ser el 30 de julio, porque la semana regional de ese mes es la que comienza el lunes 23.
El señor LARRAÍN.-
¿El 30?
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
La Mesa simplemente ha transmitido la propuesta que se le ha hecho llegar, pero no habría ninguna dificultad en modificarla.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , nos hemos puesto de acuerdo con el Presidente de la Comisión de Economía -porque este proyecto lo vamos a analizar en particular en Comisiones unidas de Constitución y Economía- sobre la conveniencia de que la fecha sea la propuesta, porque queremos empezar a trabajar en las indicaciones el lunes 30 de julio. Por lo tanto, necesitamos que estas sean presentadas con anticipación para realizar los estudios y elaborar el boletín comparado correspondiente.
Estamos hablando de un poco más de un mes, ya que hoy es 20 de junio y el plazo vencería el 24 de julio.
Me parece un tiempo más que suficiente.
Por tal motivo, pedimos que se mantenga la fecha que hemos propuesto.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Es lo que la Mesa había sugerido.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , yo entiendo que se deba hacer el comparado, pero la Secretaría puede elaborarlo en un par de días.
Lo único que estoy pidiendo es un plazo un poco mayor, porque la semana regional es tiempo muerto. Unos días más sí nos pueden ser útiles para hacer estudios y formular indicaciones.
Por lo tanto, sugiero el 26 de julio, porque este plazo nos daría al menos cuatro días más para cada Senador. No se podrá hacer nada si fijamos plazo entre el 23 y el 25 de julio, ya que esa semana no se podrán reunir las Comisiones por ser regional.
¡Qué cuesta dar dos o tres días más!
El señor ESPINA.-
Hasta el jueves 26, entonces.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Por último, hasta el jueves en la noche. Y así el viernes, el sábado y el lunes siguientes ya estaríamos trabajando.
El señor LARRAÍN.-
Estoy de acuerdo con que el plazo sea hasta ese jueves.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
¡Felicito por este diálogo a los Senadores Larraín y Zaldívar...!
Entonces, se ha sugerido el jueves 23.
El señor LARRAÍN.-
¡Jueves 26!
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Tiene razón, Su Señoría: jueves 26 de julio.
Propongo que sea hasta mediodía, a fin de que las Comisiones unidas puedan trabajar la tarde de ese día y el viernes.
Si le parece a la Sala, así se acordaría.
--Se fija plazo para formular indicaciones hasta el jueves 26 de julio, a las 12.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Superintendenta de Quiebras subrogante.
La señora ANGUITA (Superintendenta de Quiebras subrogante).-
Señor Presidente, agradezco a todos los Senadores por apoyar y dar su aprobación a la idea de legislar respecto de este proyecto.
Les aseguro que se tratará de una ley concursal ágil, moderna, eficiente y transparente, que estará en línea con las mejores prácticas internacionales, pero, al mismo tiempo, acorde con nuestra realidad económica, jurídica y social. La nueva normativa se hace cargo de todos los deudores en dificultades -personas naturales y jurídicas-, creando procedimientos adecuados para cada uno de ellos, aunque siempre en equilibrio con los acreedores y sus garantías.
Por lo tanto, estamos convencidos de que todos van a quedar contentos con la propuesta.
Por eso, los invitamos a que, si desean efectuar un comentario, propuesta o alcance, o solicitar la explicación que sea, se acerquen y nosotros los contactaremos para realizar una presentación y coordinar cualquier indicación.
Muchas gracias.
El señor LETELIER.-
¡Eso se hace antes de los proyectos!
¡Este es el Ejecutivo que tenemos!
¡Es increíble su capacidad de escuchar...!
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
¿Desea intervenir, Senador Tuma?
El señor TUMA.-
Quiero proponer fecha para la presentación de indicaciones.
El señor ESCALONA (Presidente).-
La acabamos de acordar, Su Señoría. Lamento que no nos haya escuchado.
Seguimos con el Orden del Día.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/8324-03