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- rdf:value = " El señor LETELIER.-
Señor Presidente , lamento que no se encuentre aquí, en la Sala, el colega Carlos Larraín , porque me voy a referir a su persona en parte de mi intervención.
Debo decir que él representa el prototipo de un juicio económico y político en nuestro país. En lo personal, no comparto lo que él señala, pero respeto plenamente la franqueza con que lo hace. Es de aquellos que adhieren a esa línea de pensamiento económico que sostiene que la concentración económica genera beneficios, bondades, incluso impactos sobre los costos y, en última instancia, sobre los precios al consumidor.
Ese es su punto de vista.
Sin embargo, los datos empíricos demuestran precisamente lo contrario. Y es probable que por ello el principal país capitalista del planeta, Estados Unidos, reguló hace casi un siglo este tema a través de una ley llamada "Clayton´s Patterns and Acts", que busca el equilibrio correcto entre libertad de emprendimiento y democracia económica.
La democracia económica dice relación con un concepto muy profundo vinculado a la competencia, ya que cuando hay alta concentración, no existe competencia; cuando los actores no pueden participar en igualdad de condiciones, no hay competencia, sino que se da la práctica, que se encuentra en la naturaleza humana, de la colusión. Sin democracia económica no existe una innovación que permita que los beneficios se traspasen a los consumidores; pero lo más importante es que se genera un fenómeno de disminución de participantes en la actividad.
Las normas de la Clayton´s Patterns and Acts procuran evitar, por un lado, que un grupo económico controle más de cierto porcentaje del mercado, y por otro, la integración vertical. Ello se realiza en nombre de la democracia y del beneficio a los consumidores.
Nuestra Constitución, inspirada en el neoliberalismo más puro en términos económicos, no cree en la regulación real de la libre competencia.
El decreto ley Nº 211, que fija las normas de la libre competencia, señor Presidente, no establece tal equilibrio ni los principios de la democracia económica.
Y ese es uno de los puntos que a los diferentes sectores políticos nos dividen profundamente, porque algunos creen que la libre competencia no debe tener límite, y otros, que ha de contar con una regulación para evitar las externalidades perversas no solo de la colusión y la concentración, sino también de las distorsiones propias del mercado, generadas por los monopolios o los oligopolios.
La integración vertical es lo que se quiere evitar, como principio, y en particular en esta industria, donde es tan evidente que el productor y la persona que dispensa tienen intereses distintos. Estos son contradictorios, porque el despacho de un medicamento, su venta al público, pasa por la prescripción de profesionales, por la autorización de químicos farmacéuticos, por el respeto a una regulación que tiene que ver con el objeto del producto que se vende: recuperar la salud.
Resulta tremendamente importante que, además de mantener y fortalecer el rol de los profesionales, se prevean las distorsiones que genera la integración vertical.
En nuestro país hay algunos importantes laboratorios o industrias farmacéuticas, aunque la mayoría de los productos se elaboran más allá de nuestras fronteras. La posible existencia de distorsiones en el mercado por la relación entre la industria farmacéutica y las farmacias ha sido investigada por el Parlamento desde la Comisión UNFACH (Unión de Dueños de Farmacias de Chile), creada en 1992 por el Diputado Mario Hamuy (Q.E.P.D.), la cual demostró las distorsiones que se originaban en dicho sector.
Señor Presidente, creo que este precepto no solo es constitucional, sino que permite regular. No prohíbe: regula.
Pero, adicionalmente, sería muy bueno que realizáramos una discusión a fondo sobre cuáles son las regulaciones que le hacen mejor a nuestra democracia, incluyendo la democracia económica, que en Chile existe poco. Hay más bien concentración que democracia.
Anuncio que votaré a favor del artículo 129 D y, por ende, en contra de lo propuesto por la Comisión de Constitución.
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