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El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , me parece que este último debate necesita que precisemos algunos conceptos, como ya lo han hecho presente quien me antecedió en el uso de la palabra, o el Senador señor Espina, o el propio señor Ministro de Economía .
Pienso que aquí se olvida una realidad jurídica, independientemente de la adhesión o simpatía que se pueda experimentar por ella. Lo cierto es que la autorización de pesca es hoy día indefinida. Eso es lo que dice la ley. No es cuestión de una voluntad particular ni de una interpretación. La norma legal dispone que la autorización de pesca "es el acto administrativo mediante el cual la Subsecretaría faculta a una persona, natural o jurídica, por tiempo indefinido, para realizar actividades pesqueras extractivas con una determinada nave". Esa es la situación.
Es importante saber que, cuando una persona adquiere un derecho en conformidad a las reglas vigentes, este forma parte de su patrimonio. Es un derecho adquirido. Por eso mismo, un cuerpo legal posterior no se lo puede quitar sin pasar por encima de una garantía constitucional. Y no solo lo hace la Carta vigente: es algo que todas las que Chile ha tenido han respetado siempre.
Por lo tanto, estamos frente a una situación real, no ficticia. Y lo que hizo la ley en 2001 fue un congelamiento respecto del límite máximo de captura, pero no cambió el derecho de propiedad sobre la autorización de pesca. No se trata de un derecho de propiedad a la pesca, sino de un derecho real sobre la autorización. Eso es lo que hoy día puede variar si el proyecto se aprueba en los términos que viene.
Pero si Sus Señorías se fijan, se establece un régimen de licencia temporal que el tan mentado acuerdo respecto del cual se ha venido conversando hace más estricto. Se ponen más condiciones para la renovación. Pero, para que esto ocurra, quien tiene una autorización de pesca deberá optar por la actual situación o incorporarse al régimen que establece la iniciativa.
En efecto, el proyecto en discusión no obliga a perder el derecho, sino que su artículo segundo transitorio dispone:
"En el plazo de 6 meses contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, los armadores titulares de autorizaciones de pesca de pesquerías administradas mediante límite máximo de captura por armador, de conformidad con la ley N° 19.713, podrán optar por cambiar sus autorizaciones de pesca por licencias transables de pesca clase A", etcétera.
Es decir, quien tiene hoy día una autorización de pesca de duración indefinida va a optar. Es lo que establece el proyecto.
Y cuando dice...
El señor NAVARRO .- No den la opción, no más.
El señor ESCALONA (Presidente).- Sin interrupciones, por favor.
El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , sería bueno que tratáramos de entender las cosas. No somos niños de pecho. Aquí estamos legislando en conformidad con la Constitución y estableciendo derechos. No se llega y se rifa. Es necesario hacer bien la tarea.
La iniciativa solo cambia lo relativo a los industriales, porque los pescadores artesanales mantienen sus derechos indefinidos, heredables, etcétera. Por lo tanto, lo que estamos haciendo es regular para los primeros un marco que será, por el acuerdo logrado entre un grupo de Senadores y el Gobierno, más restrictivo que lo establecido por la ley. A lo mejor, esta ha presentado muy poco esta última característica. Lo concedo. No lo sé, porque no he estudiado el tema a fondo. Lo que s�� sé es que lo acordado significa ponerle más trabas a la renovación en la clase A, con una duración de 20 años, renovables.
Ese es el sistema que estamos adoptando. Se está siguiendo un camino que hace posible cambiar el régimen de derechos de propiedad de duración indefinida por otro de renovación limitada bajo las normas que se contemplan. Y si estas, con el tiempo, no funcionan, pueden modificarse, corregirse, perfeccionarse. Eso es lo que estamos aprobando.
El proyecto, sin lugar a dudas, constituye un avance respecto de la situación actual, al menos desde el punto de vista de la pesca industrial.
Los pescadores artesanales no solo van a mantener su régimen -y todo el mundo está conforme con ello-, sino que, además, aumentarán la cuota de captura máxima dentro del total autorizado por la ley.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene un minuto más, señor Senador.
El señor LARRAÍN.- Gracias, señor Presidente.
Es decir, la iniciativa no solo está centrada en asegurar la sustentabilidad del recurso, la conservación de las pesquerías y sus especies, la biomasa, sino que también favorece particularmente a los pescadores artesanales, porque les da más cuota y les mantiene sus derechos indefinidos. Además, regula y restringe un derecho que les confirió la ley de 1991, bajo el Gobierno del Presidente Aylwin, situación que la de 2001 mantuvo congelada. Ahora ello cambia. En ese sentido, estamos avanzando.
Podemos discutir cómo regulamos. Eso es lo que haremos cuando veamos el acuerdo a que se ha llegado. Pero creo que estamos progresando y, además, respetando un ordenamiento jurídico que vale la pena recordar, sobre todo por quienes han jurado cumplir la Constitución y las leyes.
Gracias.
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