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El señor ESCALONA ( Presidente ).- Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia , con informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7408-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 65ª, en 11 de octubre de 2011.
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 3ª, en 20 de marzo de 2012.
Hacienda: sesión 15ª, en 8 de mayo de 2012.
Discusión:
Sesión 7ª, en 4 de abril de 2012 (se aprueba en general).
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La idea de legislar fue aprobada en sesión de 4 de abril de este año.
No se presentaron indicaciones en el plazo fijado al efecto, y el proyecto fue enviado a la Comisión de Hacienda, que debía conocer de él en particular.
Esta Comisión hace presente en su informe que se pronunció respecto a los artículos 1º, 10 y 12, de su competencia, en los términos en que fueron aprobados en general por el Senado, y deja constancia, para los fines reglamentarios, de que solo realizó una enmienda, en el artículo 10, lo que hizo por unanimidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 121, inciso final, del Reglamento de la Corporación.
Esa enmienda de consenso debe ser votada sin debate, salvo que algún Senador solicite su discusión.
Los demás artículos, que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones, deben darse por aprobados, salvo que algún Senador, contando con la unanimidad de los presentes, solicite su discusión y votación.
Cabe señalar que los artículos 7º y 8º son de quórum calificado, por lo que para su aprobación se requieren 19 votos favorables; y que el artículo 11 es orgánico constitucional, por lo que debe aprobarse con 21 votos afirmativos.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado que en la tercera columna transcribe la modificación introducida por la Comisión de Hacienda, y en la cuarta, el texto como quedaría si se aprobara esa enmienda.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).- En discusión particular el proyecto.
Pidió la palabra el Ministro del Interior , don Rodrigo Hinzpeter, quien tiene preferencia para intervenir.
El señor HINZPETER ( Ministro del Interior y Seguridad Pública ).- Señor Presidente , Honorables Senadores, esta iniciativa de ley reviste gran importancia; agradezco que se haya incorporado en Fácil Despacho, y me voy a referir a ella muy rápidamente, tanto más cuanto que ya fue aprobada prácticamente por unanimidad en el trámite de Comisión.
Evadir la acción de la justicia de algún modo es contributivo a generar una gran sensación de impunidad en la población. Por lo tanto, creemos que las medidas que se puedan adoptar legislativamente para evitar la evasión del accionar de la justicia van en una línea correcta tanto respecto de aquella sensación cuanto de la imagen de nuestro Poder Judicial y, consecuentemente, de nuestra república.
El Registro Nacional de Prófugos de la Justicia se aloja y administra en el Servicio de Registro Civil e Identificación, y los tribunales de justicia deberán despachar hacia él la información pertinente cada vez que expidan una orden de detención contra un ciudadano.
Básicamente, dicho Registro se refiere al imputado declarado rebelde; al imputado que se fugue hallándose sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva; al condenado que no se presente a cumplir su condena; al condenado que, estando dentro del recinto penitenciario, se fugue; al condenado al que se le revoque una medida alternativa y no concurra nuevamente al recinto penitenciario a cumplir su condena.
Esos individuos se transforman en prófugos de la justicia y se incorporan al Registro en comento, donde figuran durante todo el tiempo que permanecen en tal condición.
Si se presentan ante la justicia, dejan de tener el carácter de prófugos. El proyecto establece que, en tal caso, de forma inmediata el tribunal debe oficiar para que la persona sea eliminada del Registro de Prófugos . Y constituye una falta muy grave el hecho de que el juez no envíe la comunicación conducente a dejar sin efecto la orden de detención.
A su turno, el Registro Civil tiene un plazo de doce horas -muy corto- para eliminar la anotación de la persona respecto de la cual ha llegado la contraorden que deja sin efecto su detención, y no hacerlo implica incurrir en lo que se denomina "falta grave" de conducta funcionaria.
Al Registro Nacional no tienen acceso los ciudadanos, sino solo instituciones del Estado que se determinan en forma taxativa: tribunales de justicia; Ministerio Público; Carabineros; Policía de Investigaciones; Gendarmería; Dirección del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el propio Registro Civil ; departamentos del Tránsito, a los efectos de poder suspender el otorgamiento o la renovación de licencia de conducir de los prófugos de la justicia, y determinados órganos del Estado que otorgan prestaciones de carácter económico, excluidas las de carácter previsional, de salud o que puedan afectar a familiares de las personas de que se trata.
¿A qué se hace referencia en este último caso? Queda establecido que ello se señalará -porque el funcionamiento del Estado evoluciona y consignarlo por ley resulta complejo- en un reglamento suscrito por quien invista la calidad de Ministro del Interior en la época en que la normativa entre en vigencia.
El proyecto va en una dirección ciudadana correcta y fortalece el combate contra la delincuencia, disipa la sensación de impunidad y fortalece la imagen del Poder Judicial y, consecuentemente, también la de nuestra República.
Agradecería sinceramente a esta Honorable Corporación el que le brindara su aprobación.
He dicho.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente , seré muy breve por encontrarnos en el tiempo de Fácil Despacho.
Creo que esta es una de las iniciativas más importantes que se van a aprobar en materia de seguridad ciudadana. La razón es muy simple: existen más de 10 mil prófugos de la justicia. Eso, según los antecedentes que entrega hoy el Ministerio del Interior. Si nos vamos a los datos del Registro Civil , son 142 mil 479 las órdenes de detención vigentes. Y lo que ha hecho el Gobierno -por supuesto, destaco la colaboración de los parlamentarios de Oposición en el perfeccionamiento del texto, porque las buenas leyes salen con el trabajo de todos- es apuntar a disponer de algo que resulta elemental para poder combatir la delincuencia, pues lo que corresponde es contar con información acerca de las personas que son objeto de una orden de detención dictada legalmente por un tribunal, ya sea por no presentarse al cumplimiento de su condena, o por violar una medida cautelar, o por razones similares.
No resulta razonable que alguien que se halle en ese caso pueda concurrir hoy día a cualquier servicio público y obtener beneficios del Estado no obstante haber cometido, a lo mejor, un delito gravísimo, como una violación, un abuso sexual, un robo con violencia, un asalto a mano armada, y que la situación descrita obedezca a la falta de un registro establecido por ley, que es lo que crea la normativa en examen. Y ello tiene lugar no obstante haberse dictado una orden de detención por el propio Estado y sin que se haya cumplido con lo básico en un Estado de Derecho, que es presentarse a los tribunales de justicia.
No abrigo dudas de que la información sistematizada de que se trata permitirá que un gran número de delincuentes reincidentes no siga en la impunidad total y significará un avance enorme en sacar de circulación y de la calle, para que vayan a parar adonde corresponde: a la cárcel, a criminales peligrosos que, por diversas razones, están prófugos de la justicia. Cuando caen detenidos, siempre aparece su prontuario en los medios de comunicación, con tres o cuatro órdenes de detención que, por distintas razones, no se han podido materializar.
Así que me parece que esta es una estupenda iniciativa, señor Presidente , por lo cual felicito al Gobierno y a todos los parlamentarios, de Gobierno y de Oposición, que han contribuido realmente a que se cuente por primera vez en Chile con un registro legal de todas las personas con orden de detención, para que no burle la acción de la justicia, y, por lo tanto, se logre disminuir el número de delincuentes prófugos y de delitos.
Gracias.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Deseo recordar que estamos en el tiempo de Fácil Despacho, donde proceden una intervención a favor del proyecto y otra en contra.
El señor GÓMEZ.- ¿Se puede fundamentar el pronunciamiento, señor Presidente?
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).- Así es.
Si le parece a la Sala, se llevará a cabo la votación y quienes hayan pedido la palabra dispondrán de cinco minutos para hacer uso de ella.
El señor LARRAÍN.- Quiero informar como Presidente de la Comisión.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).- Puede hacerlo, señor Senador , como Presidente de la Comisión de Constitución , donde la iniciativa fue visada, revisada y votada.
El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , he intentado inscribirme desde hace rato, pero el instrumento no lo marcaba.
Solo deseaba exponer que el proyecto, cuando se abrió el plazo respectivo, no recibió indicaciones. Por lo tanto, el órgano técnico, habiéndose verificado la aprobación en general y no habiéndose introducido ninguna enmienda, lo dio por aprobado, como corresponde en términos reglamentarios.
Y luego procedía el informe de la Comisión de Hacienda, donde se efectuó una corrección formal para tener claridad de orden en el artículo 10, entre el inciso primero y el tercero. No se trata de una modificación de fondo, sino que se establece que la mención de diferir prestaciones económicas dice relación con aquellas determinadas por un decreto del Ministerio del Interior, lo que se halla precisamente en el inciso tercero.
En consecuencia, esta es una materia resuelta y que, en rigor, no debería merecer ulterior debate, porque la discusión en general ya se hizo.
He dicho.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Quisiera aclarar que, con excepción de los artículos 7°, 8° y 11, que son de quórum especial, ya señalados, y del 10, que fue objeto de una modificación en la Comisión de Hacienda, al cual se refirió el Honorable señor Hernán Larraín , los demás del proyecto, en conformidad al Reglamento, deben darse por aprobados.
El señor LARRAÍN .- Así es.
--Se dan por aprobados.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Si Sus Señorías lo desean, los artículos pendientes que ya consigné serán sometidos a una sola votación, en la que deberán registrarse, naturalmente, los quórums respectivos.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).- Así se hará.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
El señor BIANCHI.- Señor Presidente , hace cerca de un año conversé con el señor Ministro , como podrá recordarlo, sobre un proyecto de ley en esta misma línea que fue declarado inadmisible -pedí al respecto, en su momento, el patrocinio del Ejecutivo- y que apuntaba, en definitiva, a que no se mantuviera una situación tan compleja, que incluso en Regiones tenemos que constatar permanentemente. Al existir libre tránsito de personas -vivimos en un Estado de Derecho-, les hice ver a él y al Gobierno la imperiosa necesidad de contar con listados fundamentalmente para que la Policía de Investigaciones y Carabineros, cada vez que haya información, puedan advertir, por ejemplo, la situación de una persona con causas pendientes o prófuga de la justicia, de tal modo que esta no tenga la facilidad con que hoy día cuenta para trasladarse a cualquier lugar.
En algún momento, un hombre de esas características llevó a su hija desde Santiago a la Duodécima Región, donde la violentó sexualmente, y regresó a la Capital, ciudad en la que hizo lo mismo con otra criatura. Ese individuo andaba "como Pedro por su casa". Y no existía ninguna posibilidad -¡ninguna!- de que las policías, disponiendo, muchas veces, de datos para perseguirlo, pudieran verificar si venía en determinado vuelo, por tierra o por vía marítima.
La cuestión es compleja, entonces, al plantearse en todas las Regiones adonde esta gente se traslada sin ningún control.
Me alegro de que nuestro proyecto de ley por lo menos sirviera de inspiración -no digo que el señor Ministro lo haya acogido-, a fin de que sobre todo en Magallanes, circunscripción que represento, dejemos de registrar la recalada de tanta persona con prontuario, con causas pendientes, que transita libremente por el país y llega a las Regiones, y las policías carecen de antecedentes suficientes para poder detenerla y, de esta manera, prever hechos tan complejos y lamentables como el que acabo de señalar.
Voy a votar a favor, pero haciendo notar que parte importante de lo que trata la presente iniciativa fue presentada hace largo tiempo por quien habla.
Gracias.
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Puede intervenir el Honorable señor Patricio Walker.
El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente , daré mi aprobación al proyecto que nos ocupa, muy relevante, respecto del cual trabajamos en la Comisión de Constitución.
La acción del Estado, de las policías, de los tribunales, es ineficaz, muchas veces, por no contarse con la información sistematizada de que se trata. Y, naturalmente, a la gente le genera una sensación de impunidad el que personas sometidas a alguna medida cautelar, a prisión preventiva, o condenadas y cumpliendo penas de cárcel se fuguen y vuelvan a cometer delitos.
No voy a referirme al detalle de la iniciativa, porque ya lo hicieron el señor Ministro y varios señores Senadores, pero sí le formularé dos preguntas al primero, quien también ha liderado su tramitación en el Congreso Nacional.
En primer lugar, hay unas 142 mil órdenes de aprehensión pendientes, pero no se sabe a cuántos sujetos corresponden. No son 142 mil individuos -es lo que se nos dijo en sesión de la Comisión-, porque algunos pueden ser objeto de varias. Entonces, sería importante conocer de cuántos se trata y el tipo de delito.
En seguida, me parece que cabe consultar al señor Ministro del Interior qué impacto estima el Gobierno que la aprobación del proyecto causará en las cárceles, porque hoy día se registran hacinamiento y sobrepoblación penal. No digo que no debamos legislar a raíz de ello. Hay que aprobar la iniciativa. La considero trascendente. Pero es fundamental que los recintos penales se hallen preparados para enfrentar una mayor demanda. Lo consulté en la Comisión, pero no obtuve respuesta. El Gobierno quedó de darla más adelante. Me interesa saber si disponen de algún estudio o alguna cifra en la materia.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , no cabe duda de que ha sido una muy buena idea establecer un Registro Nacional de Prófugos de la Justicia , a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, con la finalidad de facilitar la persecución coordinada y eficaz de imputados y condenados fugitivos y evitar críticas ciudadanas por las informaciones confusas que dan cuenta de un alto número de personas que han evadido la acción de los tribunales.
Junto con la definición de la calidad de prófugo, el proyecto contempla la suspensión de beneficios económicos brindados por el Estado y autoriza a instituciones públicas para implementar sistemas de control en el acceso a sus dependencias, con el fin de detectar el posible ingreso de esas personas y ayudar al cumplimiento de las respectivas órdenes de detención.
La Comisión de Hacienda no realizó cambios significativos en el texto despachado por la Comisión de Constitución ni en cuanto a la aprobación en general por la Sala, salvo modificar la norma que establece que los órganos del Estado "podrán diferir" la entrega de beneficios económicos, expresión que se propone sustituir por "diferirán", con el propósito de eliminar cualquier discrecionalidad acerca del reconocimiento de un derecho.
Creo que es una buena iniciativa y que va a ayudar mucho a combatir la delincuencia.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , estimo que el proyecto es positivo en el sentido de que por fin existe el Registro . Ha sido difícil lograr un acuerdo sobre las bases de datos de las distintas autoridades que tienen que ver con la materia: Carabineros, Investigaciones, Ministerio Público, los propios tribunales, etcétera.
Pero solo quiero formularle una observación al señor Ministro , a manera de prevención. En el Registro de Detención -porque, al final, lo que se está haciendo es la relación de las personas objeto de órdenes de esa índole y que no se han presentado a los tribunales- media un aspecto muy significativo que habría que tratar de resolver, pues se dan situaciones y situaciones por las cuales alguien se encuentra en esa circunstancia.
Ciertos casos se vinculan con alimentos, por ejemplo, que no digo que sean problemas menores. Pero existen situaciones curiosas, complejas y que considero necesario abordar. Alguien puede ser objeto de un robo de cheques y no comparecer al tribunal por no recibir la citación o por cualquier circunstancia, y generalmente se despacha una orden de detención también respecto del afectado por el ilícito.
Por ello, juzgo importante que queden claros el delito y la razón por la cual la persona es incluida en el Registro Nacional de Prófugos , ya que no es lo mismo un violador o un homicida que alguien que ha llevado a cabo otras acciones. Considero pertinente que ello quede determinado con precisión, porque se originan cuestiones complejas en ese ámbito.
A veces, el Registro Civil se equivoca en nombres, en números, y eso puede generar dificultades en casos que no tienen por qué contemplarse en el listado.
Señor Presidente, me parece que el proyecto es bueno. Sin embargo, encuentro necesario que quede bien establecido lo que he expuesto.
Voy a votar a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señor Presidente , qué duda cabe de que este es un nuevo esfuerzo del Gobierno del Presidente Piñera para luchar contra la delincuencia, que aparece como uno de los problemas que más preocupan a la ciudadanía. A mi juicio, la creación del Registro Nacional de Prófugos de la Justicia , en donde se anotarán las órdenes de detención pendientes de los condenados o imputados, es un paso adelante para la coordinación y el trabajo de las policías.
Sin embargo, quiero llamar la atención -estando, por supuesto, a favor del proyecto de ley- en el sentido de que también debemos dar pasos tendientes a establecer convenios con los países limítrofes, de donde recibimos todos los días inmigrantes cuya situación desconocemos totalmente.
Por ello, solicito al señor Ministro del Interior , aquí presente, ver la posibilidad de concretar convenios con los países limítrofes (Perú, Argentina, Bolivia), para saber si los inmigrantes venidos desde ellos -por supuesto, son bienvenidos a Chile- han cometido algún delito en su nación de origen y son prófugos no encargados por INTERPOL. Porque solo de estos puede tener conocimiento hoy la policía en Chile: se detiene a quien ingresa a nuestro territorio y ha sido encargado por INTERPOL. Sin embargo, actualmente a la policía en las aduanas nacionales no le es factible saber si personas que han cometido un delito menor (asaltantes, ladrones, etcétera) se encuentran en un registro de este tipo en Colombia, en Venezuela, en los países vecinos, que es de donde se recibe un mayor flujo de inmigrantes.
Por lo tanto, celebro este proyecto. Y, por cierto, lo votaré a favor, pues me parece un paso adelante en la lucha contra la delincuencia.
Pero hago un llamado al Ministro del Interior para llevar adelante algún tipo de convenio con los países limítrofes, a fin de que las policías cuenten con un instrumento (un registro de carácter internacional) para evitar el ingreso de delincuentes desde esas naciones, quienes entran permanentemente a nuestro territorio.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , un registro de esta naturaleza sin duda será un instrumento eficaz para cumplir el primer objetivo: recapturar. Si son prófugos, lo prioritario no es saber dónde están, sino recapturarlos.
Los organismos que tendrán acceso al Registro Nacional de Prófugos serán los tribunales de justicia, el Ministerio Público, Carabineros, la Policía de Investigaciones, Gendarmería, la Dirección del Territorio Marítimo, el Servicio de Registro Civil, las municipalidades (respecto del otorgamiento de licencias de conducir) y diversos órganos de la Administración del Estado que otorguen subsidios.
Cabe preguntarse: ¿dicha información estará en poder de las líneas aéreas? El Senador Bianchi planteaba una situación concreta sobre el particular. ¿Podrán las personas que conforman ese registro viajar en avión por el país mostrando su carné de identidad? ¿No habrá restricción para ello? ¿Los servicios enumerados entregarán estos listados a los medios de transporte? En definitiva, ¿cómo va a operar el sistema?
El que los servicios públicos tengan acceso a la información no asegura el cumplimiento del objetivo fundamental: la recaptura del prófugo o la notificación a la persona requerida por la justicia. Sobre esto último, atiendo lo planteado por el Senador Gómez en cuanto a que muchos pueden verse involucrados no necesariamente por estar prófugos, sino por no haber sido notificados.
En tal sentido, pido al Ministro que nos indique cómo funcionará el sistema, para que haya certeza de que esta nómina tendrá eficacia.
Algo similar ocurre en nuestra Corporación. Las personas que vienen entregan su carné. En más de una oportunidad se ha cuestionado al Congreso por el hecho de que alguien vinculado a cierta materia se ha entrevistado con un parlamentario. Se ha señalado en algún momento que aquí se ha recibido a una persona que está prófuga de la justicia. Mi pregunta es la siguiente: ¿tendremos certeza de que quien ingresa al Parlamento para sostener una audiencia, dejando su carné en portería, no es un prófugo? Así nadie dirá después: "¡Los parlamentarios recibieron a un prófugo de la justicia!". ¡Pero, si sucede, es porque no fue detectado por los mecanismos de control de acceso!
Lo mismo pasa en La Moneda. También se ha dado el caso de personas procesadas que han concurrido a conversar con Ministros de Estado. Y ello tampoco se ha detectado.
Por lo tanto, esta lista ha de constituir un instrumento eficaz para la recaptura, particularmente cuando se trata de reos peligrosos.
Señor Presidente, estamos hablando de personas que han huido de la justicia o no han cumplido con el requerimiento de presentarse ante los tribunales, en sus diversas categorías.
Haré mención de un hecho solo para la generación de conciencia, pues no tiene cabida en el proyecto que nos ocupa.
En un informe de Carabineros de 2010, se señala que, en los más de mil 200 atropellos con resultado de muerte, más del 60 por ciento de los responsables se da a la fuga. ¡Y, como no sabemos quiénes son, no hay cómo procesarlos! Lo hago presente porque estamos hablando de prófugos. Sobre el particular, hemos presentado una iniciativa relacionada con quienes provocan un grave accidente automovilístico y escapan para eludir su responsabilidad.
Yo voy a votar afirmativamente la iniciativa.
Pero las observaciones que se han formulado deberán constatarse en el ejercicio del Registro , en especial para evitar que se produzcan inconvenientes a personas inocentes. La ley en proyecto persigue combatir a los delincuentes. No se quiere hacer pasar un mal rato a ciudadanos inocentes, como previno el Senador Gómez. En consecuencia, el uso de este instrumento debe cautelar aquello. A veces, por la mala ejecución de un mecanismo de esta naturaleza, se puede causar un grave daño a la honorabilidad, a la integridad y a la dignidad de las personas. Por tanto, se requiere capacitación. Si se va a utilizar la referida información, ha de hacerse de manera discreta, efectiva y responsable.
Por lo expuesto, votaré a favor del articulado, confiando en que quienes tengan acceso al Registro Nacional de Prófugos lo emplearán de forma correcta, para devolver a la cárcel a los delincuentes y no para causar dificultades a los buenos ciudadanos que, por el imperfecto funcionamiento del sistema, como está comprobado, pudieran verse afectados.
Con esa salvedad, que pido encarecidamente que sea resuelta por las instituciones que manejarán ese listado, voto que sí.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente , en la línea de lo expuesto por el Honorable señor Bianchi , cabe mencionar una moción que presentó dicho colega hace aproximadamente un año, junto a la Senadora Lily Pérez y quien habla, en calidad de coautores. En los considerandos de dicho texto, que fue declarado inadmisible, se lee: "En nuestro sistema penal, por regla general el imputado o condenado por un crimen o simple delito que goza de libertad provisional o de alguna pena alternativa a la prisión de libertad puede libremente transitar de un lugar a otro de la región en que se encuentra, o incluso a otras regiones del país".
Nobleza obliga. La moción que he mencionado se presentó con bastante antelación al proyecto que nos ocupa, que aprobaré, al igual que todos, porque es bueno. Es necesario y justo dejar constancia de que hace un año hubo Senadores que dieron cuenta del problema: se pueden mover por el país personas que se encuentran procesadas y que evitan las medidas cautelares decretadas en su contra.
Con relación a lo manifestado por el Senador Navarro, tengo entendido -no lo indica claramente el actual proyecto- que la Policía de Investigaciones y Carabineros podrán requerir a las empresas de transporte la información correspondiente para saber si una persona con medidas cautelares está viajando y, con ello, eludiendo disposiciones que le prohíben, por ejemplo, salir de determinado lugar o espacio físico.
Como ya señalé, esta es una buena iniciativa.
Solo cabe reiterar que a los autores de la referida moción (Senadores señor Bianchi , señora Lily Pérez y quien habla) nos hubiera gustado que se mencionara que las ideas matrices de esta se encuentran contenidas en el presente proyecto.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente , pese a que debiéramos estar discutiendo solo el artículo 10 (lo relativo a que los órganos del Estado "diferirán" la entrega de algunos beneficios a quienes se encuentren en el Registro Nacional de Prófugos ), quiero hacerme cargo de las dudas que han expresado algunos señores Senadores.
Creo que nos encontramos ante un proyecto verdaderamente trascendente, que permitirá un combate efectivo contra la delincuencia.
En primer término, me referiré a lo planteado por el Senador Gómez y otros, en cuanto a que no es lo mismo cualquier orden de detención y que lo propuesto puede de alguna forma perjudicar a alguien inocente.
La iniciativa se hace cargo de eso. Tiene que estar, en primer lugar, declarada la rebeldía. Para que se incorpore una persona a este Registro no basta simplemente con que haya un orden de detención emanada desde un tribunal, sino que además debe haber una segunda resolución del mismo tribunal que declare rebelde a ese imputado. Asimismo, el Código Procesal Penal determina, en sus artículos 99 y 100, con especificidad, cuándo un juez puede declarar en rebeldía a una persona, determinación que corresponde tomar al tribunal ante el que se debe comparecer.
Es más, el proyecto de ley dispone claramente que, cuando se deja sin efecto una orden de detención, el Registro Civil debe eliminar la anotación respectiva del Registro Nacional de Prófugos en un plazo de 12 horas. Si el juez no comunica la orden a dicho Servicio, se considerará una falta grave.
Por lo tanto, se están fijando -a mi juicio, con rigurosidad- las normas necesarias para permitir un uso adecuado del nuevo registro y para minimizar cualquier riesgo que pueda provocar una situación injusta.
En cuanto a lo dicho aquí respecto de que el Congreso o las líneas aéreas tengan acceso a dicho listado, cabe señalar que no forma parte de las obligaciones de quienes están en las puertas de ingreso de las Cámaras del Parlamento, así como tampoco de quienes laboran en las aerolíneas, revisar los antecedentes penales de las personas.
Sin embargo, esa información (quiénes viajan y hacia dónde se dirigen) es pública tanto para Carabineros como para la PDI, que tienen dotación en el Parlamento y en los aeropuertos, donde también se encuentra la Dirección de Aeronáutica Civil.
En definitiva, lo propuesto va a permitir un eficaz cumplimiento de lo que persigue este proyecto de ley: detener a quienes se hallen en el Registro de Prófugos para ponerlos a disposición del tribunal ante el cual deben comparecer.
Se trata de una iniciativa sencilla, pero que logra un efecto muy importante en la lucha contra la delincuencia.
Además, en sus normas -el informe respectivo está sobre los escritorios de los señores Senadores- se toman los resguardos necesarios para evitar que el mal uso de dicho Registro cause daño a una persona inocente.
Nosotros votaremos a favor lo que se nos propone, porque creemos que constituye un muy buen proyecto.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban los artículos 7º, 8º, 10 y 11 (30 votos a favor y un pareo), dejándose constancia de que se cumplió con los quórums constitucionales exigidos, quedando aprobado el proyecto en particular.
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Tuma, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
No votó, por estar pareado, el señor Sabag.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Honorable señor Ruiz-Esquide.
)----------(
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Dado que ya se acabó el tiempo de Fácil Despacho, solicito el asentimiento unánime de la Sala para tratar en el primer lugar del Orden del Día, sin discusión, el proyecto al cual se refirió el Senador señor Orpis y que se había acordado analizar a continuación de la iniciativa recién despachada.
--Así se acuerda.
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Terminado Fácil Despacho
"
- rdf:value = " CREACIÓN DE REGISTRO NACIONAL DE PRÓFUGOS DE LA JUSTICIA
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia , con informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7408-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 65ª, en 11 de octubre de 2011.
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 3ª, en 20 de marzo de 2012.
Hacienda: sesión 15ª, en 8 de mayo de 2012.
Discusión:
Sesión 7ª, en 4 de abril de 2012 (se aprueba en general).
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La idea de legislar fue aprobada en sesión de 4 de abril de este año.
No se presentaron indicaciones en el plazo fijado al efecto, y el proyecto fue enviado a la Comisión de Hacienda, que debía conocer de él en particular.
Esta Comisión hace presente en su informe que se pronunció respecto a los artículos 1º, 10 y 12, de su competencia, en los términos en que fueron aprobados en general por el Senado, y deja constancia, para los fines reglamentarios, de que solo realizó una enmienda, en el artículo 10, lo que hizo por unanimidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 121, inciso final, del Reglamento de la Corporación.
Esa enmienda de consenso debe ser votada sin debate, salvo que algún Senador solicite su discusión.
Los demás artículos, que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones, deben darse por aprobados, salvo que algún Senador, contando con la unanimidad de los presentes, solicite su discusión y votación.
Cabe señalar que los artículos 7º y 8º son de quórum calificado, por lo que para su aprobación se requieren 19 votos favorables; y que el artículo 11 es orgánico constitucional, por lo que debe aprobarse con 21 votos afirmativos.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado que en la tercera columna transcribe la modificación introducida por la Comisión de Hacienda, y en la cuarta, el texto como quedaría si se aprobara esa enmienda.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
En discusión particular el proyecto.
Pidió la palabra el Ministro del Interior , don Rodrigo Hinzpeter, quien tiene preferencia para intervenir.
El señor HINZPETER ( Ministro del Interior y Seguridad Pública ).- Señor Presidente , Honorables Senadores, esta iniciativa de ley reviste gran importancia; agradezco que se haya incorporado en Fácil Despacho, y me voy a referir a ella muy rápidamente, tanto más cuanto que ya fue aprobada prácticamente por unanimidad en el trámite de Comisión.
Evadir la acción de la justicia de algún modo es contributivo a generar una gran sensación de impunidad en la población. Por lo tanto, creemos que las medidas que se puedan adoptar legislativamente para evitar la evasión del accionar de la justicia van en una línea correcta tanto respecto de aquella sensación cuanto de la imagen de nuestro Poder Judicial y, consecuentemente, de nuestra república.
El Registro Nacional de Prófugos de la Justicia se aloja y administra en el Servicio de Registro Civil e Identificación, y los tribunales de justicia deberán despachar hacia él la información pertinente cada vez que expidan una orden de detención contra un ciudadano.
Básicamente, dicho Registro se refiere al imputado declarado rebelde; al imputado que se fugue hallándose sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva; al condenado que no se presente a cumplir su condena; al condenado que, estando dentro del recinto penitenciario, se fugue; al condenado al que se le revoque una medida alternativa y no concurra nuevamente al recinto penitenciario a cumplir su condena.
Esos individuos se transforman en prófugos de la justicia y se incorporan al Registro en comento, donde figuran durante todo el tiempo que permanecen en tal condición.
Si se presentan ante la justicia, dejan de tener el carácter de prófugos. El proyecto establece que, en tal caso, de forma inmediata el tribunal debe oficiar para que la persona sea eliminada del Registro de Prófugos . Y constituye una falta muy grave el hecho de que el juez no envíe la comunicación conducente a dejar sin efecto la orden de detención.
A su turno, el Registro Civil tiene un plazo de doce horas -muy corto- para eliminar la anotación de la persona respecto de la cual ha llegado la contraorden que deja sin efecto su detención, y no hacerlo implica incurrir en lo que se denomina "falta grave" de conducta funcionaria.
Al Registro Nacional no tienen acceso los ciudadanos, sino solo instituciones del Estado que se determinan en forma taxativa: tribunales de justicia; Ministerio Público; Carabineros; Policía de Investigaciones; Gendarmería; Dirección del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el propio Registro Civil ; departamentos del Tránsito, a los efectos de poder suspender el otorgamiento o la renovación de licencia de conducir de los prófugos de la justicia, y determinados órganos del Estado que otorgan prestaciones de carácter económico, excluidas las de carácter previsional, de salud o que puedan afectar a familiares de las personas de que se trata.
¿A qué se hace referencia en este último caso? Queda establecido que ello se señalará -porque el funcionamiento del Estado evoluciona y consignarlo por ley resulta complejo- en un reglamento suscrito por quien invista la calidad de Ministro del Interior en la época en que la normativa entre en vigencia.
El proyecto va en una dirección ciudadana correcta y fortalece el combate contra la delincuencia, disipa la sensación de impunidad y fortalece la imagen del Poder Judicial y, consecuentemente, también la de nuestra República.
Agradecería sinceramente a esta Honorable Corporación el que le brindara su aprobación.
He dicho.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente , seré muy breve por encontrarnos en el tiempo de Fácil Despacho.
Creo que esta es una de las iniciativas más importantes que se van a aprobar en materia de seguridad ciudadana. La razón es muy simple: existen más de 10 mil prófugos de la justicia. Eso, según los antecedentes que entrega hoy el Ministerio del Interior. Si nos vamos a los datos del Registro Civil , son 142 mil 479 las órdenes de detención vigentes. Y lo que ha hecho el Gobierno -por supuesto, destaco la colaboración de los parlamentarios de Oposición en el perfeccionamiento del texto, porque las buenas leyes salen con el trabajo de todos- es apuntar a disponer de algo que resulta elemental para poder combatir la delincuencia, pues lo que corresponde es contar con información acerca de las personas que son objeto de una orden de detención dictada legalmente por un tribunal, ya sea por no presentarse al cumplimiento de su condena, o por violar una medida cautelar, o por razones similares.
No resulta razonable que alguien que se halle en ese caso pueda concurrir hoy día a cualquier servicio público y obtener beneficios del Estado no obstante haber cometido, a lo mejor, un delito gravísimo, como una violación, un abuso sexual, un robo con violencia, un asalto a mano armada, y que la situación descrita obedezca a la falta de un registro establecido por ley, que es lo que crea la normativa en examen. Y ello tiene lugar no obstante haberse dictado una orden de detención por el propio Estado y sin que se haya cumplido con lo básico en un Estado de Derecho, que es presentarse a los tribunales de justicia.
No abrigo dudas de que la información sistematizada de que se trata permitirá que un gran número de delincuentes reincidentes no siga en la impunidad total y significará un avance enorme en sacar de circulación y de la calle, para que vayan a parar adonde corresponde: a la cárcel, a criminales peligrosos que, por diversas razones, están prófugos de la justicia. Cuando caen detenidos, siempre aparece su prontuario en los medios de comunicación, con tres o cuatro órdenes de detención que, por distintas razones, no se han podido materializar.
Así que me parece que esta es una estupenda iniciativa, señor Presidente , por lo cual felicito al Gobierno y a todos los parlamentarios, de Gobierno y de Oposición, que han contribuido realmente a que se cuente por primera vez en Chile con un registro legal de todas las personas con orden de detención, para que no burle la acción de la justicia, y, por lo tanto, se logre disminuir el número de delincuentes prófugos y de delitos.
Gracias.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Deseo recordar que estamos en el tiempo de Fácil Despacho, donde proceden una intervención a favor del proyecto y otra en contra.
El señor GÓMEZ.- ¿Se puede fundamentar el pronunciamiento, señor Presidente?
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).- Así es.
Si le parece a la Sala, se llevará a cabo la votación y quienes hayan pedido la palabra dispondrán de cinco minutos para hacer uso de ella.
El señor LARRAÍN.- Quiero informar como Presidente de la Comisión.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).- Puede hacerlo, señor Senador , como Presidente de la Comisión de Constitución , donde la iniciativa fue visada, revisada y votada.
El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , he intentado inscribirme desde hace rato, pero el instrumento no lo marcaba.
Solo deseaba exponer que el proyecto, cuando se abrió el plazo respectivo, no recibió indicaciones. Por lo tanto, el órgano técnico, habiéndose verificado la aprobación en general y no habiéndose introducido ninguna enmienda, lo dio por aprobado, como corresponde en términos reglamentarios.
Y luego procedía el informe de la Comisión de Hacienda, donde se efectuó una corrección formal para tener claridad de orden en el artículo 10, entre el inciso primero y el tercero. No se trata de una modificación de fondo, sino que se establece que la mención de diferir prestaciones económicas dice relación con aquellas determinadas por un decreto del Ministerio del Interior, lo que se halla precisamente en el inciso tercero.
En consecuencia, esta es una materia resuelta y que, en rigor, no debería merecer ulterior debate, porque la discusión en general ya se hizo.
He dicho.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Quisiera aclarar que, con excepción de los artículos 7°, 8° y 11, que son de quórum especial, ya señalados, y del 10, que fue objeto de una modificación en la Comisión de Hacienda, al cual se refirió el Honorable señor Hernán Larraín , los demás del proyecto, en conformidad al Reglamento, deben darse por aprobados.
El señor LARRAÍN .- Así es.
--Se dan por aprobados.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Si Sus Señorías lo desean, los artículos pendientes que ya consigné serán sometidos a una sola votación, en la que deberán registrarse, naturalmente, los quórums respectivos.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).- Así se hará.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
El señor BIANCHI.- Señor Presidente , hace cerca de un año conversé con el señor Ministro , como podrá recordarlo, sobre un proyecto de ley en esta misma línea que fue declarado inadmisible -pedí al respecto, en su momento, el patrocinio del Ejecutivo- y que apuntaba, en definitiva, a que no se mantuviera una situación tan compleja, que incluso en Regiones tenemos que constatar permanentemente. Al existir libre tránsito de personas -vivimos en un Estado de Derecho-, les hice ver a él y al Gobierno la imperiosa necesidad de contar con listados fundamentalmente para que la Policía de Investigaciones y Carabineros, cada vez que haya información, puedan advertir, por ejemplo, la situación de una persona con causas pendientes o prófuga de la justicia, de tal modo que esta no tenga la facilidad con que hoy día cuenta para trasladarse a cualquier lugar.
En algún momento, un hombre de esas características llevó a su hija desde Santiago a la Duodécima Región, donde la violentó sexualmente, y regresó a la Capital, ciudad en la que hizo lo mismo con otra criatura. Ese individuo andaba "como Pedro por su casa". Y no existía ninguna posibilidad -¡ninguna!- de que las policías, disponiendo, muchas veces, de datos para perseguirlo, pudieran verificar si venía en determinado vuelo, por tierra o por vía marítima.
La cuestión es compleja, entonces, al plantearse en todas las Regiones adonde esta gente se traslada sin ningún control.
Me alegro de que nuestro proyecto de ley por lo menos sirviera de inspiración -no digo que el señor Ministro lo haya acogido-, a fin de que sobre todo en Magallanes, circunscripción que represento, dejemos de registrar la recalada de tanta persona con prontuario, con causas pendientes, que transita libremente por el país y llega a las Regiones, y las policías carecen de antecedentes suficientes para poder detenerla y, de esta manera, prever hechos tan complejos y lamentables como el que acabo de señalar.
Voy a votar a favor, pero haciendo notar que parte importante de lo que trata la presente iniciativa fue presentada hace largo tiempo por quien habla.
Gracias.
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Puede intervenir el Honorable señor Patricio Walker.
El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente , daré mi aprobación al proyecto que nos ocupa, muy relevante, respecto del cual trabajamos en la Comisión de Constitución.
La acción del Estado, de las policías, de los tribunales, es ineficaz, muchas veces, por no contarse con la información sistematizada de que se trata. Y, naturalmente, a la gente le genera una sensación de impunidad el que personas sometidas a alguna medida cautelar, a prisión preventiva, o condenadas y cumpliendo penas de cárcel se fuguen y vuelvan a cometer delitos.
No voy a referirme al detalle de la iniciativa, porque ya lo hicieron el señor Ministro y varios señores Senadores, pero sí le formularé dos preguntas al primero, quien también ha liderado su tramitación en el Congreso Nacional.
En primer lugar, hay unas 142 mil órdenes de aprehensión pendientes, pero no se sabe a cuántos sujetos corresponden. No son 142 mil individuos -es lo que se nos dijo en sesión de la Comisión-, porque algunos pueden ser objeto de varias. Entonces, sería importante conocer de cuántos se trata y el tipo de delito.
En seguida, me parece que cabe consultar al señor Ministro del Interior qué impacto estima el Gobierno que la aprobación del proyecto causará en las cárceles, porque hoy día se registran hacinamiento y sobrepoblación penal. No digo que no debamos legislar a raíz de ello. Hay que aprobar la iniciativa. La considero trascendente. Pero es fundamental que los recintos penales se hallen preparados para enfrentar una mayor demanda. Lo consulté en la Comisión, pero no obtuve respuesta. El Gobierno quedó de darla más adelante. Me interesa saber si disponen de algún estudio o alguna cifra en la materia.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , no cabe duda de que ha sido una muy buena idea establecer un Registro Nacional de Prófugos de la Justicia , a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, con la finalidad de facilitar la persecución coordinada y eficaz de imputados y condenados fugitivos y evitar críticas ciudadanas por las informaciones confusas que dan cuenta de un alto número de personas que han evadido la acción de los tribunales.
Junto con la definición de la calidad de prófugo, el proyecto contempla la suspensión de beneficios económicos brindados por el Estado y autoriza a instituciones públicas para implementar sistemas de control en el acceso a sus dependencias, con el fin de detectar el posible ingreso de esas personas y ayudar al cumplimiento de las respectivas órdenes de detención.
La Comisión de Hacienda no realizó cambios significativos en el texto despachado por la Comisión de Constitución ni en cuanto a la aprobación en general por la Sala, salvo modificar la norma que establece que los órganos del Estado "podrán diferir" la entrega de beneficios económicos, expresión que se propone sustituir por "diferirán", con el propósito de eliminar cualquier discrecionalidad acerca del reconocimiento de un derecho.
Creo que es una buena iniciativa y que va a ayudar mucho a combatir la delincuencia.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , estimo que el proyecto es positivo en el sentido de que por fin existe el Registro . Ha sido difícil lograr un acuerdo sobre las bases de datos de las distintas autoridades que tienen que ver con la materia: Carabineros, Investigaciones, Ministerio Público, los propios tribunales, etcétera.
Pero solo quiero formularle una observación al señor Ministro , a manera de prevención. En el Registro de Detención -porque, al final, lo que se está haciendo es la relación de las personas objeto de órdenes de esa índole y que no se han presentado a los tribunales- media un aspecto muy significativo que habría que tratar de resolver, pues se dan situaciones y situaciones por las cuales alguien se encuentra en esa circunstancia.
Ciertos casos se vinculan con alimentos, por ejemplo, que no digo que sean problemas menores. Pero existen situaciones curiosas, complejas y que considero necesario abordar. Alguien puede ser objeto de un robo de cheques y no comparecer al tribunal por no recibir la citación o por cualquier circunstancia, y generalmente se despacha una orden de detención también respecto del afectado por el ilícito.
Por ello, juzgo importante que queden claros el delito y la razón por la cual la persona es incluida en el Registro Nacional de Prófugos , ya que no es lo mismo un violador o un homicida que alguien que ha llevado a cabo otras acciones. Considero pertinente que ello quede determinado con precisión, porque se originan cuestiones complejas en ese ámbito.
A veces, el Registro Civil se equivoca en nombres, en números, y eso puede generar dificultades en casos que no tienen por qué contemplarse en el listado.
Señor Presidente, me parece que el proyecto es bueno. Sin embargo, encuentro necesario que quede bien establecido lo que he expuesto.
Voy a votar a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señor Presidente , qué duda cabe de que este es un nuevo esfuerzo del Gobierno del Presidente Piñera para luchar contra la delincuencia, que aparece como uno de los problemas que más preocupan a la ciudadanía. A mi juicio, la creación del Registro Nacional de Prófugos de la Justicia , en donde se anotarán las órdenes de detención pendientes de los condenados o imputados, es un paso adelante para la coordinación y el trabajo de las policías.
Sin embargo, quiero llamar la atención -estando, por supuesto, a favor del proyecto de ley- en el sentido de que también debemos dar pasos tendientes a establecer convenios con los países limítrofes, de donde recibimos todos los días inmigrantes cuya situación desconocemos totalmente.
Por ello, solicito al señor Ministro del Interior , aquí presente, ver la posibilidad de concretar convenios con los países limítrofes (Perú, Argentina, Bolivia), para saber si los inmigrantes venidos desde ellos -por supuesto, son bienvenidos a Chile- han cometido algún delito en su nación de origen y son prófugos no encargados por INTERPOL. Porque solo de estos puede tener conocimiento hoy la policía en Chile: se detiene a quien ingresa a nuestro territorio y ha sido encargado por INTERPOL. Sin embargo, actualmente a la policía en las aduanas nacionales no le es factible saber si personas que han cometido un delito menor (asaltantes, ladrones, etcétera) se encuentran en un registro de este tipo en Colombia, en Venezuela, en los países vecinos, que es de donde se recibe un mayor flujo de inmigrantes.
Por lo tanto, celebro este proyecto. Y, por cierto, lo votaré a favor, pues me parece un paso adelante en la lucha contra la delincuencia.
Pero hago un llamado al Ministro del Interior para llevar adelante algún tipo de convenio con los países limítrofes, a fin de que las policías cuenten con un instrumento (un registro de carácter internacional) para evitar el ingreso de delincuentes desde esas naciones, quienes entran permanentemente a nuestro territorio.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , un registro de esta naturaleza sin duda será un instrumento eficaz para cumplir el primer objetivo: recapturar. Si son prófugos, lo prioritario no es saber dónde están, sino recapturarlos.
Los organismos que tendrán acceso al Registro Nacional de Prófugos serán los tribunales de justicia, el Ministerio Público, Carabineros, la Policía de Investigaciones, Gendarmería, la Dirección del Territorio Marítimo, el Servicio de Registro Civil, las municipalidades (respecto del otorgamiento de licencias de conducir) y diversos órganos de la Administración del Estado que otorguen subsidios.
Cabe preguntarse: ¿dicha información estará en poder de las líneas aéreas? El Senador Bianchi planteaba una situación concreta sobre el particular. ¿Podrán las personas que conforman ese registro viajar en avión por el país mostrando su carné de identidad? ¿No habrá restricción para ello? ¿Los servicios enumerados entregarán estos listados a los medios de transporte? En definitiva, ¿cómo va a operar el sistema?
El que los servicios públicos tengan acceso a la información no asegura el cumplimiento del objetivo fundamental: la recaptura del prófugo o la notificación a la persona requerida por la justicia. Sobre esto último, atiendo lo planteado por el Senador Gómez en cuanto a que muchos pueden verse involucrados no necesariamente por estar prófugos, sino por no haber sido notificados.
En tal sentido, pido al Ministro que nos indique cómo funcionará el sistema, para que haya certeza de que esta nómina tendrá eficacia.
Algo similar ocurre en nuestra Corporación. Las personas que vienen entregan su carné. En más de una oportunidad se ha cuestionado al Congreso por el hecho de que alguien vinculado a cierta materia se ha entrevistado con un parlamentario. Se ha señalado en algún momento que aquí se ha recibido a una persona que está prófuga de la justicia. Mi pregunta es la siguiente: ¿tendremos certeza de que quien ingresa al Parlamento para sostener una audiencia, dejando su carné en portería, no es un prófugo? Así nadie dirá después: "¡Los parlamentarios recibieron a un prófugo de la justicia!". ¡Pero, si sucede, es porque no fue detectado por los mecanismos de control de acceso!
Lo mismo pasa en La Moneda. También se ha dado el caso de personas procesadas que han concurrido a conversar con Ministros de Estado. Y ello tampoco se ha detectado.
Por lo tanto, esta lista ha de constituir un instrumento eficaz para la recaptura, particularmente cuando se trata de reos peligrosos.
Señor Presidente, estamos hablando de personas que han huido de la justicia o no han cumplido con el requerimiento de presentarse ante los tribunales, en sus diversas categorías.
Haré mención de un hecho solo para la generación de conciencia, pues no tiene cabida en el proyecto que nos ocupa.
En un informe de Carabineros de 2010, se señala que, en los más de mil 200 atropellos con resultado de muerte, más del 60 por ciento de los responsables se da a la fuga. ¡Y, como no sabemos quiénes son, no hay cómo procesarlos! Lo hago presente porque estamos hablando de prófugos. Sobre el particular, hemos presentado una iniciativa relacionada con quienes provocan un grave accidente automovilístico y escapan para eludir su responsabilidad.
Yo voy a votar afirmativamente la iniciativa.
Pero las observaciones que se han formulado deberán constatarse en el ejercicio del Registro , en especial para evitar que se produzcan inconvenientes a personas inocentes. La ley en proyecto persigue combatir a los delincuentes. No se quiere hacer pasar un mal rato a ciudadanos inocentes, como previno el Senador Gómez. En consecuencia, el uso de este instrumento debe cautelar aquello. A veces, por la mala ejecución de un mecanismo de esta naturaleza, se puede causar un grave daño a la honorabilidad, a la integridad y a la dignidad de las personas. Por tanto, se requiere capacitación. Si se va a utilizar la referida información, ha de hacerse de manera discreta, efectiva y responsable.
Por lo expuesto, votaré a favor del articulado, confiando en que quienes tengan acceso al Registro Nacional de Prófugos lo emplearán de forma correcta, para devolver a la cárcel a los delincuentes y no para causar dificultades a los buenos ciudadanos que, por el imperfecto funcionamiento del sistema, como está comprobado, pudieran verse afectados.
Con esa salvedad, que pido encarecidamente que sea resuelta por las instituciones que manejarán ese listado, voto que sí.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente , en la línea de lo expuesto por el Honorable señor Bianchi , cabe mencionar una moción que presentó dicho colega hace aproximadamente un año, junto a la Senadora Lily Pérez y quien habla, en calidad de coautores. En los considerandos de dicho texto, que fue declarado inadmisible, se lee: "En nuestro sistema penal, por regla general el imputado o condenado por un crimen o simple delito que goza de libertad provisional o de alguna pena alternativa a la prisión de libertad puede libremente transitar de un lugar a otro de la región en que se encuentra, o incluso a otras regiones del país".
Nobleza obliga. La moción que he mencionado se presentó con bastante antelación al proyecto que nos ocupa, que aprobaré, al igual que todos, porque es bueno. Es necesario y justo dejar constancia de que hace un año hubo Senadores que dieron cuenta del problema: se pueden mover por el país personas que se encuentran procesadas y que evitan las medidas cautelares decretadas en su contra.
Con relación a lo manifestado por el Senador Navarro, tengo entendido -no lo indica claramente el actual proyecto- que la Policía de Investigaciones y Carabineros podrán requerir a las empresas de transporte la información correspondiente para saber si una persona con medidas cautelares está viajando y, con ello, eludiendo disposiciones que le prohíben, por ejemplo, salir de determinado lugar o espacio físico.
Como ya señalé, esta es una buena iniciativa.
Solo cabe reiterar que a los autores de la referida moción (Senadores señor Bianchi , señora Lily Pérez y quien habla) nos hubiera gustado que se mencionara que las ideas matrices de esta se encuentran contenidas en el presente proyecto.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente , pese a que debiéramos estar discutiendo solo el artículo 10 (lo relativo a que los órganos del Estado "diferirán" la entrega de algunos beneficios a quienes se encuentren en el Registro Nacional de Prófugos ), quiero hacerme cargo de las dudas que han expresado algunos señores Senadores.
Creo que nos encontramos ante un proyecto verdaderamente trascendente, que permitirá un combate efectivo contra la delincuencia.
En primer término, me referiré a lo planteado por el Senador Gómez y otros, en cuanto a que no es lo mismo cualquier orden de detención y que lo propuesto puede de alguna forma perjudicar a alguien inocente.
La iniciativa se hace cargo de eso. Tiene que estar, en primer lugar, declarada la rebeldía. Para que se incorpore una persona a este Registro no basta simplemente con que haya un orden de detención emanada desde un tribunal, sino que además debe haber una segunda resolución del mismo tribunal que declare rebelde a ese imputado. Asimismo, el Código Procesal Penal determina, en sus artículos 99 y 100, con especificidad, cuándo un juez puede declarar en rebeldía a una persona, determinación que corresponde tomar al tribunal ante el que se debe comparecer.
Es más, el proyecto de ley dispone claramente que, cuando se deja sin efecto una orden de detención, el Registro Civil debe eliminar la anotación respectiva del Registro Nacional de Prófugos en un plazo de 12 horas. Si el juez no comunica la orden a dicho Servicio, se considerará una falta grave.
Por lo tanto, se están fijando -a mi juicio, con rigurosidad- las normas necesarias para permitir un uso adecuado del nuevo registro y para minimizar cualquier riesgo que pueda provocar una situación injusta.
En cuanto a lo dicho aquí respecto de que el Congreso o las líneas aéreas tengan acceso a dicho listado, cabe señalar que no forma parte de las obligaciones de quienes están en las puertas de ingreso de las Cámaras del Parlamento, así como tampoco de quienes laboran en las aerolíneas, revisar los antecedentes penales de las personas.
Sin embargo, esa información (quiénes viajan y hacia dónde se dirigen) es pública tanto para Carabineros como para la PDI, que tienen dotación en el Parlamento y en los aeropuertos, donde también se encuentra la Dirección de Aeronáutica Civil.
En definitiva, lo propuesto va a permitir un eficaz cumplimiento de lo que persigue este proyecto de ley: detener a quienes se hallen en el Registro de Prófugos para ponerlos a disposición del tribunal ante el cual deben comparecer.
Se trata de una iniciativa sencilla, pero que logra un efecto muy importante en la lucha contra la delincuencia.
Además, en sus normas -el informe respectivo está sobre los escritorios de los señores Senadores- se toman los resguardos necesarios para evitar que el mal uso de dicho Registro cause daño a una persona inocente.
Nosotros votaremos a favor lo que se nos propone, porque creemos que constituye un muy buen proyecto.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban los artículos 7º, 8º, 10 y 11 (30 votos a favor y un pareo), dejándose constancia de que se cumplió con los quórums constitucionales exigidos, quedando aprobado el proyecto en particular.
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Tuma, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
No votó, por estar pareado, el señor Sabag.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Honorable señor Ruiz-Esquide.
)----------(
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Dado que ya se acabó el tiempo de Fácil Despacho, solicito el asentimiento unánime de la Sala para tratar en el primer lugar del Orden del Día, sin discusión, el proyecto al cual se refirió el Senador señor Orpis y que se había acordado analizar a continuación de la iniciativa recién despachada.
--Así se acuerda.
El señor ESCALONA ( Presidente ).- Terminado Fácil Despacho
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