. . . . . . "MOCI\u00D3N DE LOS SENADORES SE\u00D1ORA ALLENDE Y SE\u00D1ORES ESCALONA, LETELIER, MU\u00D1OZ ABURTO Y ROSSI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, QUE INCLUYE AL LITIO ENTRE LAS SUSTANCIAS MINERAS NO SUSCEPTIBLES DE CONCESI\u00D3N Y RESERVA, AL ESTADO Y SUS EMPRESAS, LA EXPLORACI\u00D3N, EXPLOTACI\u00D3N Y BENEFICIO DE LOS DERIVADOS DEL METAL (8299-08)"^^ . . . . "3."^^ . . . . . . . . . " 3. MOCI\u00D3N DE LOS SENADORES SE\u00D1ORA ALLENDE Y SE\u00D1ORES ESCALONA, LETELIER, MU\u00D1OZ ABURTO Y ROSSI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, QUE INCLUYE AL LITIO ENTRE LAS SUSTANCIAS MINERAS NO SUSCEPTIBLES DE CONCESI\u00D3N Y RESERVA, AL ESTADO Y SUS EMPRESAS, LA EXPLORACI\u00D3N, EXPLOTACI\u00D3N Y BENEFICIO DE LOS DERIVADOS DEL METAL (8299-08) \n1. Antecedentes generales \n \nLa creciente demanda mundial de litio presenta una oportunidad hist\u00F3rica para implementar una pol\u00EDtica de Estado para nuestro pa\u00EDs. \u00C9sta no s\u00F3lo debe incluir la extracci\u00F3n, sino tambi\u00E9n promover el desarrollo de una industria ligada a la explotaci\u00F3n de este mineral, transformando al pa\u00EDs en un l\u00EDder en tecnolog\u00EDa, y no s\u00F3lo de materias primas. \n \nEl principal uso del mineral es la fabricaci\u00F3n de bater\u00EDas Litio-ion (27%), mercado en expansi\u00F3n, ya que se estas utilizan intensivamente en variados dispositivos, como c\u00E1maras fotogr\u00E1ficas, computadores port\u00E1tiles, tel\u00E9fonos celulares, agendas electr\u00F3nicas, MP3, autom\u00F3viles h\u00EDbridos, entre otros. Adem\u00E1s, el uso de este tipo de bater\u00EDas es altamente atractivo por su peso (livianas), su potencia y ciclo de vida, su rango de soporte en cu\u00E1nto a temperaturas y en particular, porque carecen del \u201Cefecto memoria\u201D (p\u00E9rdida de capacidad por recarga), \n \nOtros usos son las grasas lubricantes con un 12%, fritas 9% (Polvo de vidrio para industria metalmec\u00E1nico), 8% vidrios y cer\u00E1micas, Aire acondicionado el 5%, aluminio el 4%, pol\u00EDmeros el 4%, usos farmac\u00E9uticos el 3%, y colada continua con un 3%. \n \nUno de los usos futuros es la generaci\u00F3n de energ\u00EDa nuclear, donde el litio actuar\u00EDa como productor de tritio, permitiendo adem\u00E1s su empleo como un excelente refrigerante y medio de transporte calor\u00EDfico, debido a su alta capacidad cal\u00F3rica, baja viscosidad, alta conductividad t\u00E9rmica y baja presi\u00F3n de vapor. \n \nChile tiene una ventaja comparativa no s\u00F3lo por la cantidad de mineral concentrado, sino tambi\u00E9n porque presenta costos de explotaci\u00F3n menores, ya que se ubica en salares y no en minerales Chile, Bolivia y Argentina concentran el 85% de las reservas de litio en salmueras, y el 50% de las reservas totales de Litio, como demuestra el cuadro adjunto: \n \nIMAGEN \n \n2.- Posici\u00F3n mayoritaria de Chile en el mercado y propuesta del gobierno. \n \nA la fecha de presentaci\u00F3n del presente proyecto de ley, el Gobierno ha hecho p\u00FAblica su decisi\u00F3n de explotar el litio mediante los contratos especiales de operaci\u00F3n contemplados en la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica. El Ejecutivo justifica la aplicaci\u00F3n de ellos basado en las siguientes premisas: \u201Ces r\u00E1pido, transparente y eficiente para reimpulsar la industria, aumentar la competencia y las opciones de explotaci\u00F3n\u201D y plantea que podr\u00EDamos recaudar por tributos alrededor de US$ 350 millones durante los 20 a\u00F1os de explotaci\u00F3n con este modelo de negocio. \n \nSe ha planteado que Chile est\u00E1 perdiendo poder de mercado en la industria del litio. Sin embargo, las cifras de Cochilco (2009) muestran lo contrario: Chile mantiene una posici\u00F3n mayoritaria en el concierto mundial con un 44%, seguido muy de lejos por Australia con un 25%. \n \nCuadro N\u00BA 2: Productores mundiales de Litio: \n \nIMAGEN \nFuente: Cochilco, 2009 \n \nLa producci\u00F3n mundial del mineral ha tenido un crecimiento sostenido desde el a\u00F1o 2004, como lo muestra el cuadro N\u00BA 3, pasando de 15.000 ton. por a\u00F1o a 27.000 ton. Situaci\u00F3n que se origina, entre otros factores por el aumento en el precio del mineral, que paso de USD 2.500 por ton en 2004 a USD 6.500 por ton. Las proyecciones del Global Entrepreneurship Monitor (GEM) sit\u00FAan el precio de mediano plazo (hasta el 2020) entre los USD 4.000 y 6.500 por ton. As\u00ED los datos son como se observan en el cuadro N\u00B03, adjunto. \n \nCuadro N\u00BA 3 \n \nIMAGEN \n \n4. Respecto de las modificaciones al marco legal vigente. \n \nNuestro ordenamiento contempla la situaci\u00F3n de minerales que no pueden ser objeto de explotaci\u00F3n por la v\u00EDa de una \u00ABconcesi\u00F3n minera\u00BB. Sin embargo, pueden dichas sustancias no concesibles llegar a ser aprovechadas por los particulares mediante reg\u00EDmenes mineros especiales. \n \nEstas sustancias no concesibles o \u00ABinconcesibles\u00BB son los hidrocarburos l\u00EDquidos y gaseosos, el litio, los yacimientos de cualquier especie existentes bajo las aguas mar\u00EDtimas sometidas a la jurisdicci\u00F3n nacional y los yacimientos situados, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional, con efectos mineros. \n \nBajo el C\u00F3digo de Miner\u00EDa de 1932, se inclu\u00EDa al litio en el listado de sustancias respecto de las cuales cualquier interesado pod\u00EDa constituir pertenencias mineras. \n \nConocida la relaci\u00F3n del litio con la energ\u00EDa nuclear, se procedi\u00F3 a reservar el litio, junto al uranio y el torio, para el Estado (art.5 DL N\u00B02.886), atendidas las exigencias derivadas del inter\u00E9s nacional, seg\u00FAn dice su parte considerativa. \n \nHasta ahora el aprovechamiento de todas estas sustancias no es posible realizarlo mediante derechos obtenidos a partir de concesiones que se constituyen por resoluci\u00F3n judicial, puesto que el aprovechamiento de estas sustancias \u00ABno susceptibles de concesi\u00F3n\u00BB, s\u00F3lo podr\u00E1 efectuarse, \u201Cdirectamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operaci\u00F3n, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la Rep\u00FAblica fije, para cada caso, por decreto supremo\u00BB. \n \nLo anterior debe necesariamente cambiar para los efectos del mineral litio por tratarse de una riqueza estrat\u00E9gica, de importancia decisiva para el desarrollo de la naci\u00F3n, donde ya el pa\u00EDs, mediante la exitosa experiencia de CODELCO, ha demostrado sobradamente su capacidad de innovaci\u00F3n, competitividad en el mercado mundial y operaci\u00F3n interna, financiera y de gesti\u00F3n. Asimismo, se justifica por el aprovechamiento \u00EDntegro de los beneficios derivados del mismo para el erario nacional, cuantitativamente diferente a una mera recaudaci\u00F3n tributaria. \n \nPor tanto, vengo a someter a US., el siguiente: \n \nPROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL: \n \n1.- Agr\u00E9guese en el art\u00EDculo 19, n\u00FAmero 24, inciso s\u00E9ptimo, de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica, a continuaci\u00F3n de la coma (,) que sigue a la palabra \"gaseosos\", la siguiente frase: \"el litio\". \n \n2.- Agr\u00E9guese en el art\u00EDculo 19, n\u00FAmero 24, en el inciso d\u00E9cimo, de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica, a continuaci\u00F3n del punto final, lo siguiente: \"Con todo lo anterior, la exploraci\u00F3n, explotaci\u00F3n o el beneficio derivado del litio s\u00F3lo podr\u00E1 ejecutarse directamente por el Estado o sus empresas\". \n \n(Fdo.): Isabel Allende Bussi, Senadora.- Camilo Escalona Medina, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Pedro Mu\u00F1oz Aburto, Senador.- Fulvio Rossi Ciocca, Senador. \n " . . . . . . .