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El señor GARCÍA .- Señor Presidente , las intervenciones de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra me ahorran exponer lo que en esencia contiene este proyecto, sus beneficios, tanto la bonificación por retiro voluntario equivalente a un mes de remuneración imponible, con tope de once meses, como la bonificación adicional de 395 unidades de fomento para quienes además cumplan el requisito de tener una antigüedad mínima de diez años en establecimientos de salud públicos, municipales o corporaciones de salud municipal.
Yo quisiera hacer hincapié en una norma que me parece muy importante: la que favorece a las funcionarias, a las damas, que por lo demás representan a un número bastante mayoritario de los trabajadores de la salud municipal.
El artículo 1º, en el penúltimo de sus incisos, señala lo siguiente: "Con todo, las mujeres comprendidas en el ámbito del inciso primero de este artículo, podrán participar en cualquiera de los períodos de postulación con cargo a los cupos del año respectivo". Esto permite a las damas elegir el año en que presenten su renuncia. No están forzadas a jubilar al cumplir los 60 años. Lo pueden hacer entre los 60 años y el término de vigencia de la ley en proyecto.
Al respecto, debo señalar que durante muchos años, a propósito de otras iniciativas de incentivo al retiro, fue precisamente la actual Ministra del Trabajo , entonces Senadora señora Evelyn Matthei , quien siempre sostuvo que a las mujeres, a las damas, cuando se las obligaba a jubilar a los 60 años, se las castigaba doblemente: por un lado, con cinco años menos de imposiciones, y por otro, con cinco años más para el efecto del cálculo de sus pensiones, lo cual significa, aproximadamente, un 30 a un 40 por ciento menos en el monto de sus jubilaciones.
Me alegro de que también se haya recogido ese aspecto y que se dé la posibilidad a las damas para elegir, entre los 60 y los 65 años, el momento de su retiro.
Asimismo, quiero señalar -porque ha sido una de nuestras preocupaciones- que en el proyecto se establecen 200 cupos para los funcionarios y las funcionarias que al 31 de diciembre de 2010 ya hubieren cumplido los requisitos de edad exigidos para postular al beneficio. Es decir, aquí estamos pensando en personas mayores de 60 años, en el caso de las damas, y mayores de 65, tratándose de los varones.
Hay muchos funcionarios que, enfrentados a la decisión de jubilar, revisaron primero su situación personal (si tenían hijos en la universidad, o estudiando; si todavía estaban pagando su casa, el crédito hipotecario, en fin), y luego decidieron no acogerse a leyes de incentivo al retiro dictadas con anterioridad porque su situación económica personal no se los permitía.
También quiero recordar que el 2008 tuvimos una brusca caída en los fondos de pensiones, ocasión en la cual las propias autoridades del ámbito de la previsión social salieron a recomendar a los trabajadores que no jubilaran porque ese era el peor momento.
Eso ocurrió tanto el 2008 como el 2009.
Por lo tanto, los 200 cupos otorgados permiten que funcionarios que, habiendo tenido la posibilidad de haberse acogido a anteriores normativas de incentivo al retiro y no lo hicieron, puedan tomar esa decisión ahora.
A algunos les podrán parecer insuficientes los 200 cupos. Sin embargo, los propios dirigentes de la CONFUSAM señalaron ayer en la Comisión de Hacienda que con ellos se cubría el cien por ciento del universo de funcionarios que estimaban que se acogerían a jubilación y manifestaron su conformidad con la disposición pertinente.
Finalmente, señor Presidente , en lo que respecta al articulado del proyecto de ley, quiero llamar la atención sobre lo ocurrido ayer en la referida Comisión con el artículo 11, donde fue rechazado por tres votos contra dos. Y ello tiene repercusiones porque, de no aprobarse dicha disposición, nos quedaríamos sin financiamiento para el funcionamiento del primer año de la normativa de incentivo al retiro para los trabajadores de la salud municipal.
¿Qué establece el artículo 11, que es, por lo demás, un precepto que se incluye en todos los proyectos de ley? Que "El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el presente año, se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con dichos recursos".
En el fondo, lo que está diciendo es que al Ministerio de Salud se le pedirá, dentro de sus posibilidades, realizar un esfuerzo de ahorro, pero que, si tal esfuerzo no es posible porque a noviembre u octubre ya tiene todos los recursos comprometidos, será el Tesoro Público el que asuma el cien por ciento del costo del proyecto para el presente año.
Repito que se trata de una norma tipo. Está presente siempre en todas las iniciativas que requieren financiamiento. Primero se revisa la ejecución presupuestaria del Ministerio respectivo, se ve si tiene alguna disponibilidad de recursos, para que los ocupe y no deba devolverlos al final de año, y, si no existe tal disponibilidad, o en lo que falte, actúa el Tesoro Público, donde están provisionados los recursos.
Por eso, resulta imprescindible, desde mi punto de vista, aprobar el artículo 11, tal como lo hizo la Comisión de Salud, y desechar la recomendación de la Comisión de Hacienda, que lo rechazó por tres votos contra dos.
Por último, señor Presidente , quiero felicitar a los trabajadores y a los dirigentes de la CONFUSAM. Y no lo hago con el ánimo de halagarlos o de hacerme el simpático con ellos. Porque a mí me parece que los acuerdos, cuando son sustantivos, como este, alcanzado entre las organizaciones gremiales de los trabajadores y las autoridades -en este caso, los Ministerios de Salud y de Hacienda-, y cuando son defendidos por los propios trabajadores, que vienen a respaldar el proyecto y nos piden por favor aprobarlo rápido, porque muchos funcionarios están esperando la ley para acogerse a retiro de un modo más digno, con algo de dinero en el bolsillo, son tremendamente importantes para el país y los trabajadores y constituyen, en definitiva, una demostración de que se escucha a las organizaciones gremiales, de que es posible llegar a acuerdo con ellas, de que no es cierto que toda la vida deba haber un enfrentamiento entre dichas organizaciones y sus demandas y las posiciones del Gobierno, y de que sus problemas nos importan y es bueno solucionarlos con su voluntad.
He dicho.
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