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Reforma el inciso 3° del artículo 24 de la Constitución Política de la República, cambiando la fecha de la cuenta al país de S. E. el Presidente de la República . (boletín N° 7688-07)
“La conmemoración del 21 de mayo coincidentemente con la cuenta pública del Presidente de la República son dos fechas de enorme tradición histórica y republicana pero de muy distinta naturaleza, que se contraponen y que de una u otra forma se hacen incompatibles en un mismo día.
Ambas revisten una gran expectación ciudadana, una con motivo de la histórica gesta del Capitán Arturo Prat y sus hombres en Iquique y Punta Gruesa y cuya celebración, arraigada en el alma de los chilenos, culmina en el puerto de Valparaíso cuando a las doce horas y diez minutos del día se conmemora el hundimiento de La Esmeralda, con un gran desfile de la Armada y de todas las ramas de las FFAA y de Carabineros de Chile.
El discurso presidencial, por su parte, es un hecho político de la mayor importancia y despierta la preocupación e interés de toda la ciudadanía, más allá de sus simpatías o preferencias políticas. Lo que sucede durante o después de las manifestaciones, o de lo que dirá o dijo o no dijo el Presidente ocupa los titulares de los medios de comunicación antes y después del discurso. Poco o nada se dice del Combate Naval de lquique o del impecable desfile en un marco de tradición memorable.
Con la vigencia de la Constitución de 1833, la cuenta anual era una práctica que se realizaba el 1° de junio de cada año en la ceremonia de apertura de la legislatura ordinaria del Congreso Nacional.
Posteriormente, la Constitución de 1925 estableció el inicio de las sesiones ordinarias del Congreso para el 21 de mayo y se trasladó la tradición de la cuenta anual para ese día.
La Carta Fundamental de 1980 no vinculaba el inicio de la legislatura ordinaria a la cuenta del Presidente de la República , pero a partir de 1990 se mantuvo la costumbre de entregar el mensaje el día de apertura de la legislatura ordinaria, situación que se mantiene hasta el día de hoy, pese a la reforma constitucional de 2005, que si bien eliminó la distinción entre los periodos de legislatura ordinaria y extraordinaria, señala expresamente en el inciso final del artículo 24 de la Carta Fundamental que “el 21 de mayo de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno”
Dado la incompatibilidad de ambas celebraciones el mismo día, es que proponemos cambiar la fecha en que el Presidente de la República de a la Nación la cuenta que ordena el artículo 24 de nuestra Constitución.
En relación con la fecha, en un primer momento pensamos proponer que la cuenta presidencial se trasladara para el día 1° de junio de cada año -como ocurría hasta la Constitución de 1925-, pero la extrema cercanía de esa fecha con el 21 de mayo nos hizo desecharla. Luego, entones, posibilidad del día 4 de julio por su connotación histórica, ya que corresponde a -la fecha del aniversario del Congreso Nacional; sin embargo, la coincidencia con la celebración de la independencia de los Estados Unidos de América ese mismo día, constituye para nosotros un hecho inconveniente. Finalmente, hemos optado por proponer que la cuenta presidencial se realice en julio de cada año, por ser el mes aniversario del Congreso Nacional, en una fecha variable.
Por todas las consideraciones expuestas, los diputados aquí firmantes venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único: Reemplácese el inciso 3° del artículo 24 de La Constitución Política de la República de Chile, por el siguiente: “ El primer martes del mes de julio de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno”.
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