. . . . . . . . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . . "Modifica el C\u00F3digo Sanitario, en materia de vigencia del informe de la autoridad sanitaria para efectos de la renovaci\u00F3n de patentes municipales. Bolet\u00EDn N\u00B010036-11"^^ . . . . . . . " PROYECTO INICIADO EN MOCI\u00D3N DE LOS DIPUTADOS SE\u00D1ORES FARCAS, ARRIAGADA , CASTRO , LE\u00D3N, LETELIER , MONSALVE , PAULSEN, RINC\u00D3N, SILBER Y TORRES, QUE \u201CMODIFICA EL C\u00D3DIGO SANITARIO, EN MATERIA DE VIGENCIA DEL INFORME DE LA AUTORIDAD SANITARIA PARA EFECTOS DE LA RENOVACI\u00D3N DE PATENTES MUNICIPALES\u201D. \n(BOLET\u00CDN N\u00B0 10036-11) \n \nFundamentos: \n \n1.- Nuestra Legislaci\u00F3n en materia de seguridad de recintos p\u00FAblicos, sean estos comerciales, industriales, de entretenci\u00F3n, etc., es muy completa en t\u00E9rminos de exigencia, prevenci\u00F3n y profesionalismo. Hasta el momento no hemos sido testigos de sucesos lamentables que se produzcan en locales e instalaciones que han cumplido con toda la normativa vigente al respecto. Al contrario, los pocos sucesos con siniestros ocurren en lugares de acceso al p\u00FAblico que no han cumplido con las exigencias de la autoridad o bien, pese a ser fiscalizadas, cometen infracci\u00F3n al ocultar informaci\u00F3n o falsear los datos. \n2.- Como sabemos, el decreto 10/10 del MINSAL, contiene el Reglamento de Condiciones Sanitarias, Ambientales y de Seguridad B\u00E1sica en Lugares de Uso P\u00FAblico, donde se se\u00F1alan los requisitos que deben cumplir estos lugares a fin de obtener la autorizaci\u00F3n e informe favorable por parte de la autoridad sanitaria respectiva para la renovaci\u00F3n, validaci\u00F3n o entrega de patente municipal de funcionamiento. \n3.- Dichos requisitos son una muestra de la exigencia de nuestra autoridad con el fin de prevenir hechos lamentables y resguardar la seguridad de las personas que acuden a estos lugares de entretenci\u00F3n y esparcimiento, como tambi\u00E9n para industrias y comercio. \n4.- Sin embargo, dicho informe favorable se emite por \u00FAnica vez, lo cual no refleja un cambio en las condiciones de tiempo y espacio que puede sufrir un determinado local al momento de solicitar su renovaci\u00F3n en la patente municipal. As\u00ED, podemos dar cuenta de lugares que renuevan su patente pero que cuentan con un informe favorable de hace 5 o m\u00E1s a\u00F1o atr\u00E1s. Esto no da cuenta de la actual situaci\u00F3n que se encuentra en dichos lugares y pone en riesgo la seguridad de las personas y la infraestructura. \n5.- Por ello, en el presente proyecto establecemos la posibilidad de que dicha validaci\u00F3n o informe favorable de la autoridad sanitaria competente tenga una vigencia temporal m\u00E1xima de 2 a\u00F1os, para as\u00ED ser renovada dentro de un t\u00E9rmino razonable y se requiera nuevamente para futuras renovaciones de la patente municipal de funcionamiento. \n6.- Recordemos que dicha exigencia se establece para lugares con capacidad de cien o m\u00E1s personas, con lo cual urge realizar observaciones m\u00E1s o menos peri\u00F3dicas a las circunstancias y motivos que se han tenido en vista al momento de la emisi\u00F3n de los informes, ya que la gran convocatoria de personas en determinados recintos requieren contar con medidas de seguridad y sanitarias vigentes. \nPor estos motivos, tengo el honor de someter al conocimiento de la Honorable C\u00E1mara de Diputados el siguiente \n \nPROYECTO DE LEY \n \nArt\u00EDculo \u00DAnico: \nAgr\u00E9guese al art\u00EDculo 83 del C\u00F3digo Sanitario, el siguiente inciso final: \n\u201CCon todo, el informe evacuado por la autoridad sanitaria respectiva tendr\u00E1 una vigencia de dos a\u00F1os desde su emisi\u00F3n, debiendo ser renovados para efectos del inciso primero de este art\u00EDculo\u201D. \n \n " . . . . . . . . . . . .