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El señor VALLESPIN (Presidente en ejercicio).-
En Fácil Despacho, corresponde conocer el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción, que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, encomendando a una ordenanza la regulación de la utilización de bolsas plásticas.
Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización es el señor Marcelo Chávez .
Antecedentes:
-Moción, sesión 122ª de la legislatura 362ª, en 28 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 13.
-Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, sesión 3ª de la presente legislatura, en 17 de marzo de 2015. Documentos de la Cuenta N° 13.
El señor VALLESPIN (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor CHÁVEZ (de pie).-
Señor Presidente, la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización me ha encomendado informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, encomendando a una ordenanza la regulación de la utilización de bolsas plásticas, originado en una moción de los diputados señores Chahin , Chávez , Farías , Flores, Fuentes, Morano , Pilowsky , Sabag , Sandoval y Vallespín .
Cabe hacer presente que la idea matriz o fundamental del proyecto es permitir a las municipalidades dictar ordenanzas que les permitan desarrollar planes graduales para eliminar o regular los parámetros mínimos de calidad relativos a la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas para el transporte de mercaderías respecto de los establecimientos de comercio.
Asimismo, su artículo único debe ser calificado como norma de rango orgánico constitucional, por cuanto se refiere a materias contempladas en el artículo 25 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación con el inciso quinto del artículo 118 de la Constitución Política de la República.
El referido artículo único fue aprobado, tanto en general como en particular, por la unanimidad de los diputados presentes, señores Farías (Presidente), Becker , Berger , Chávez , Gahona , Mirosevic , Morales , Ojeda y Sandoval , y señorita Daniella Cicardini .
Los autores de la moción señalan que el objetivo de regular la entrega de bolsas plásticas mediante la dictación de ordenanzas municipales obedece, en primer lugar, a la intención de controlar el efecto que esos productos, plásticos en general, tienen sobre el medio ambiente. Recuerdan que la industria del plástico ha tenido un enorme impacto en nuestra vida, haciéndola más fácil, pero también ha deteriorado nuestro entorno, por la durabilidad de los residuos plásticos en el medio ambiente, algunos de los cuales tardan más de doscientos años en degradarse.
Agregan que las bolsas constituyen uno de los residuos plásticos más evidentes y nocivos, con presencia cotidiana en el medio ambiente, lo que afecta la flora, la fauna, los ecosistemas marinos y el valor paisajístico de lugares naturales emblemáticos en el mundo.
Indican que el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma) advierte de los daños de los plásticos sobre los ecosistemas marinos, los que podrían valorizarse en una cifra cercana a los 13.000 millones de dólares cada año, y que el impacto negativo de la contaminación en el ecosistema marino o la contaminación del aire causada por la quema de plásticos asciende a 75.000 millones de dólares anuales.
Recalcan que la industria utiliza aditivos químicos potencialmente peligrosos que entregan características especiales al plástico, como resistencia y flexibilidad, sobre los que existe una alta probabilidad de ser liberados al medio ambiente cuando dicho material se calienta, lava, presiona y/o degrada, y se acumula en animales y seres humanos por medio de la ingesta de alimentos como principal vía de ingreso. Al respecto, citan la investigación realizada por el doctor Oguta , de la Universidad de Tokio, quien confirmó la degradación y liberación de sustancias químicas peligrosas, que van desde fragmentos de polietileno y polipropileno depositados en el mar en altas concentraciones.
En cuanto a las bolsas plásticas comunes de polietileno de alta densidad, con un espesor de entre 18 y 30 micrómetros, ellas son fabricadas a partir del petróleo, fuente no renovable y altamente hostil con el medio ambiente. Dichas bolsas se han convertido en objetos comunes de nuestras vidas, dada su distribución gratuita en distintos tipos de establecimientos de comercio, lo que permite calcular la cantidad de bolsas plásticas que ingresan al medio ambiente en millones de toneladas anuales, que son entregadas cada año por los supermercados y los comercios en general, que tardan cientos de años en degradarse. Añaden que, como muestra la estadística, unos 8.000 millones de bolsas van a parar a los ríos y lagos, o ensucian nuestras ciudades y campos, y afectan o provocan la muerte de, al menos, 267 especies diferentes que se enredan o ingieren restos plásticos. Entre las especies afectadas se encuentran aves marinas, tortugas, focas, lobos marinos, ballenas, peces, entre otras.
En materia de regulaciones, destacan aquella generada en la Unión Europea para reducir o terminar la producción y distribución de bolsas de plástico finas, es decir, de espesor menor de 50 micrones y con bajas posibilidades de reutilización, pero con un alto impacto medioambiental como desechos, especialmente en el medio marino. Esta normativa permitirá a los países miembros elegir la forma de reducir el uso de las bolsas, ya sea con grosores menores a 50 micrones u obligando a los comercios a cobrar al cliente por ellas.
Por su parte, el programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma) recomienda, para hacer frente a la contaminación por plástico de mares y océanos, que los planes nacionales de acción o estrategias se basen en, primero, el desarrollo, implementación y cumplimiento de la legislación nacional para la gestión de residuos, la cual incluye los desechos marinos; segundo, la mejora de los mecanismos institucionales nacionales; tercero, el fortalecimiento público, gubernamental y asociado con el sector privado; cuarto, la sensibilización de la población y la educación sobre el tema, y quinto, el desarrollo de un marco para la participación de todos los actores relevantes en la materia.
A nivel nacional, los patrocinantes del proyecto reconocen el interés de las municipalidades en regular la entrega de bolsas plásticas, debido al impacto negativo de estas para el medio ambiente, teniendo presente que en Chile se usan más de 3.400 millones de bolsas al año, generando más de 2.100 toneladas de basura y que ellas permanecen más de cuatrocientos años en el medio ambiente antes de degradarse, que en el caso de las bolsas biodegradables se reduce a alrededor de cinco años.
Así, recuerdan que varias municipalidades del sur de Chile dictaron sus respectivas ordenanzas sobre regulación de uso de bolsas plásticas, pero que un dictamen de la Contraloría General de la República ordenó dejarlas sin efecto o adecuar la normativa vigente, atendido que no es posible que a través de una ordenanza municipal se afecte el derecho a desarrollar una actividad económica, establecido en el artículo 19, Nº 21°, de la Constitución Política de la República. Esa limitación requeriría una norma de rango legal.
Por otra parte, explican que la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 25, establece que estas se encuentran habilitadas para ejecutar medidas tendientes a velar por el cumplimiento de las funciones relativas al aseo, ornato y medio ambiente, todas ellas afectadas por el uso de bolsas plásticas.
Finalmente, considerando lo establecido en el artículo 19, Nº 8°, de la Constitución Política de la República, que asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y que agrega que es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza, la ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente.
Como señalé en la primera parte de mi intervención, la iniciativa legal fue aprobada por la unanimidad de los diputados presentes integrantes de la comisión.
He dicho.
El señor VALLESPIN (Presidente en ejercicio).-
En discusión el proyecto.
Como se trata de una iniciativa de Fácil Despacho, el Reglamento permite que dos diputados intervengan para hablar a favor y otros dos para hablar en contra, hasta un total de diez minutos.
Sin embargo, como es el único proyecto en tabla de Fácil Despacho, pueden intervenir hasta seis señores diputados de diferentes Comités, hasta por cinco minutos cada uno.
Tiene la palabra el diputado señor Iván Norambuena .
El señor NORAMBUENA.-
Señor Presidente, nos encontramos ante una iniciativa de la máxima importancia, que cuenta con la opinión favorable de la mayoría de la población, que busca hallar una solución a un problema que se presenta en todo el país desde el punto de vista medioambiental.
Existen razones jurídicas para la aprobación de este proyecto de ley. En tal sentido, nuestra Constitución Política, en su artículo 19, Nº 8º, establece el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, disposición que constituye una garantía para todos los chilenos, porque significa la protección de nuestro entorno. Pero, más que ello, manifiesta la obligación del Estado de ejecutar políticas, crear normas y desarrollar instituciones tendientes al respeto, cuidado y conservación de nuestro patrimonio medioambiental, un elemento que, en el mundo de hoy, reviste especial relevancia en la agenda pública de nuestra ciudadanía.
Asimismo, el proyecto en cuestión se encuentra en consonancia absoluta con la nueva orientación de los legisladores en cuanto a aumentar nuestros estándares jurídico-institucionales referentes al medio ambiente, protección y cuidado en el manejo de nuestros recursos naturales, otorgando a las municipalidades la facultad para que, a través de ordenanzas, regulen de un modo efectivo la utilización de bolsas plásticas.
De conformidad con los planteamientos sustentados en el proyecto, la nocividad de esos artefactos se hace manifiesta y constituye una forma encubierta de dañar gravemente el medio ambiente, particularmente por el revestimiento de sustancias nocivas en esos artículos, no solo para el entorno, sino también para la salud de las personas, situación que requiere una fiscalización y una regulación exhaustiva por parte de la autoridad.
Uno de los aspectos que rescato de este proyecto de ley se vincula con que sean las municipalidades las que, a través de su función normativa, establezcan estas regulaciones. Esas son las instituciones que, por antonomasia, se encuentran encargadas de velar por la administración de los bienes públicos en una comuna, entre los cuales podríamos incluir a nuestro propio entorno.
Creemos que la alternativa de regular, más que de prohibir, apunta a una gradualidad en las políticas orientadas al medio ambiente, situación que me parece adecuada, toda vez que en materia medioambiental nos encontramos con políticas de largo aliento que requieren del consenso generalizado de todos los actores sociales y políticos, incluso de los productores de las bolsas plásticas.
Aprovecho la ocasión para adherir a las ideas fundamentales del proyecto. En general, estoy de acuerdo con él y felicito a sus autores, por lo que espero que prontamente se convierta en ley de la república.
Sin embargo, quiero hacer un alcance frente a campañas que se han realizado en distintas ciudades para que instituciones, sobre todo cadenas de supermercados, puedan adherir a estas campañas para no entregar bolsas plásticas.
Creo que aquí se genera una situación especial, en la que quizás se produce un aprovechamiento y cierto disgusto de los clientes, porque estos adhieren a estas campañas de no entregar bolsas plásticas, pero a la vez hay un carrito donde venden bolsas de otro tipo que, supuestamente, no dañan el medio ambiente. Digo que hay un abuso porque, para llevar el producto, obligan al cliente a comprar otro tipo de bolsas. No obstante, dentro del mismo supermercado hay muchos productos que se venden envueltos en bolsas plásticas, además de las bolsas de basura que se venden a todos los clientes.
Entonces, me gustaría que pusiéramos atención al tema, para que no se transforme en un abuso por parte de las cadenas de supermercados, que obligan a los clientes a andar con una bolsa bajo el brazo o a comprar la bolsa ecológica, que según ellos es adecuada para adherir a esas campañas, a pesar de que en el mismo supermercado también venden bolsas plásticas.
Espero que el proyecto de ley llegue a buen término y desde ya anuncio mi voto favorable a él.
He dicho.
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda .
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, en primer lugar, felicito a los autores del proyecto de ley: a don Marcelo Chávez , su autor principal, por la creatividad y por la percepción de las exigencias que impone la realidad, como también a los demás autores, señores Chahin , Farías , Flores, Fuentes, Morano , Pilowsky , Sabag , Sandoval y a quien preside.
Este proyecto de ley no impone, sino que faculta a las municipalidades para regular la entrega de bolsas plásticas para el transporte de mercaderías en los establecimientos que el mismo proyecto señala, como supermercados, farmacias, multitiendas, quioscos y otros análogos. Es un respaldo legal y es una solución efectiva que se da para que se puedan regular estas entregas, dado que la Contraloría General de la República dictaminó que las municipalidades no podrán actuar en esta materia a través de ordenanzas y de otros cuerpos normativos. La Contraloría señala que no se puede afectar el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, Nº 21º, de la Constitución Política de la República. Para esta limitación se requiere contar con una norma de rango legal. Y es justamente eso lo que estamos haciendo: discutir un proyecto de ley para que los alcaldes y las municipalidades puedan actuar conforme a sus funciones relacionadas con el aseo, ornato y protección del medio ambiente.
Resulta muy oportuno este proyecto de ley, dada la gravedad del problema.
Las bolsas de plástico contaminan. Por eso, los municipios no pueden permanecer indiferentes ante el daño efectivo que ellas provocan.
Me llama la atención que en uno de los párrafos de los fundamentos del proyecto se diga que “las bolsas constituyen uno de los residuos plásticos más evidentes y nocivos, con presencia cotidiana en el medio ambiente, lo que afecta la flora, fauna, los ecosistemas marinos y el valor paisajístico de lugares naturales emblemáticos en el mundo.”.
Un chileno promedio produce 1,08 kilos de basura al día. De ella, el 11 por ciento es plástico, y cada vez se diversifica más su uso, lo que afecta más al medio ambiente.
El artículo 19, Nº 8º, de la Constitución Política de la República establece el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Este concepto no se cumple a cabalidad -lo sabemos-, porque no hay leyes efectivas que lo resguarden. Por el contrario, se trasgrede abiertamente este derecho.
Este proyecto de ley contribuye a descontaminar gradualmente, ya que otorga a los municipios la facultad de adoptar medidas para que, mediante un plan gradual, se puedan eliminar, restringir, limitar o establecer parámetros mínimos de calidad relativos a la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas, sean estas biodegradables o no degradables, que tengan por objeto el transporte de mercaderías en establecimientos de comercio tales como supermercados, multitiendas, quioscos y otros análogos.
Se dirá que es la forma de transportar mercaderías de quienes no tienen vehículos -así se dijo en una reunión del concejo municipal de Osorno, mi ciudad- o que sencillamente es una forma de facilitar el transporte a mano de los productos. Es posible que así sea; pero también pueden crearse nuevas alternativas a esas bolsas y que los departamentos creativos de las empresas generen otras opciones para el transporte de los productos que se adquieren.
En nombre de la comodidad, estamos contribuyendo a la destrucción del planeta, y en nombre de la libertad de la empresa y de la industria, estamos contaminando nuestros aires, ríos, mares y suelos.
Una crónica que me impresionó enormemente señala que, anualmente, en Chile se arrojan al mar hasta 25.000 toneladas de plásticos. Todo lo que se bota en una ciudad, en una aldea o en un villorrio llega a los esteros y a los ríos, los que, a su vez, transportan esa basura hacia los mares y llegan, incluso -¡oh, sorpresa!-, hasta a Isla de Pascua. Existen comités preocupados de combatir o restringir la llegada de estos elementos.
Este es un mal general, universal, que no solo afecta a las ciudades, sino también a los ríos y mares, y genera la muerte de los peces.
Aplaudo el proyecto, porque ayuda a los alcaldes, con fundamento legal, a establecer sistemas o procedimientos graduales de regulación de la utilización de bolsas plásticas.
Me honro de haber trabajado en esta iniciativa en la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, y de apoyarlo.
He dicho.
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Bernardo Berger .
El señor BERGER.-
Señor Presidente, aunque la industria del plástico ha revolucionado nuestra forma de vida, hoy es un elemento altamente contaminante que ha producido un grave deterioro, no solo a nuestro entorno nacional, sino también a nivel mundial.
Además, considerando que gran parte de nuestras costas ya se encuentran contaminadas por el uso excesivo de plásticos, los cuales, como sabemos, tardan hasta doscientos años en degradarse, y que Chile tiene un gran valor paisajístico y un ecosistema marino que todos debemos cuidar, anuncio todo mi apoyo al proyecto.
Por otro lado, si bien sabemos que no es lícito atentar contra el artículo 19, N° 21°, de nuestra Constitución Política y perturbar el derecho a desarrollar una actividad económica a través de una ordenanza municipal, tampoco es menos cierto que el artículo 19, N° 8°, de la Carta Fundamental asegura a todas las personas “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.”. Por lo tanto, es deber del Estado -y nuestro, como legisladores- velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.
Por ello, apoyo el proyecto, originado en moción, en el sentido de incorporar un nuevo inciso final al artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para entregar una facultad a las municipalidades, que harán efectiva a través de ordenanzas municipales, tal como se contempla en la iniciativa.
Por todo lo anteriormente expuesto, la bancada de Renovación Nacional votará favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Ramón Farías .
El señor FARÍAS.-
Señor Presidente, todas las personas acuden cotidianamente a tiendas, supermercados, farmacias, etcétera, para comprar lo que necesitan, y salen con sus productos envasados en bolsas plásticas. Es más, muchas veces ese plástico es más abundante que lo que se compró.
Detrás de esas acciones cotidianas se esconde un gravísimo peligro para nuestro ecosistema, la flora, la fauna y para nosotros mismos. Esa simple bolsa de plástico es un factor contaminante altamente peligroso, no solo por los componentes que puede tener, como los que le dan flexibilidad, resistencia o la hacen más duradera, que son tóxicos -no olvidemos que el plástico proviene de combustibles fósiles-, sino también porque su degradación es excesivamente lenta. Una bolsa de plástico puede tardar más de doscientos años en biodegradarse, si es que lo hace. En ese tiempo, dichas bolsas contaminan nuestros ríos, bosques, caminos, etcétera, y matan gran cantidad de animales terrestres, acuáticos y aéreos.
En un reportaje emitido por un medio de comunicación, vimos que los desechos lanzados al mar desde el continente llegan hasta Isla de Pascua. Además, muchas veces, esas bolsas se van enredando con los peces, con la vida marina y contaminan todo. Algunos estudios han determinado que, en altamar, hay peces contaminados con lo que botamos en el continente.
Hagamos un ejercicio: la próxima vez que vayamos a caminar o salgamos en automóvil, fijémonos en la cantidad de bolsas que se encuentran en nuestros caminos, calles y carreteras. Se van a impresionar con la considerable cantidad de bolsas pláticas que encontrarán.
En nuestro país se utilizan toneladas de plástico solo para la entrega de productos que adquirimos en el comercio o en otros establecimientos, y, como ya señalé, todos sabemos dónde terminan.
Como bien han expresado algunos colegas, la moción plantea entregar facultades a las municipalidades para dictar las ordenanzas que estimen necesarias en consideración a la realidad de cada comuna, para generar planes graduales que permitan eliminar el uso de bolsas o establecer parámetros mínimos de calidad de estas que aseguren hacerlas más amigables con el medio ambiente.
He patrocinado esta excelente iniciativa del diputado Chávez , porque estoy consciente de que el problema es grave, ya que compromete nuestro medio ambiente. Soy conocedor del grave problema que genera para la limpieza de las comunas y de la imposibilidad de los municipios de hacer algo al respecto.
Esta iniciativa se ha desarrollado en ciudades de otros países, como el D.F. de México; en Los Ángeles, Estados Unidos de América, en países como Italia e, incluso, en nuestro país, en Punta Arenas, en Chile Chico, con gran éxito, puesto que han logrado una disminución considerable de la contaminación por este motivo.
La Constitución Política asegura a todas las personas el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Eso es justamente lo que busca este proyecto.
Desde ya anuncio que vamos a apoyar la iniciativa. No me cabe duda de que el Congreso Nacional va a aprobar este excelente proyecto de ley en forma unánime.
He dicho.
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza .
El señor MEZA.-
Señor Presidente, estamos debatiendo un proyecto de ley cuyo objetivo es encomendar a las municipalidades, a través de ordenanzas, la regulación de la utilización de las bolsas plásticas.
Creo que hay consenso sobre la importancia del proyecto; por eso felicito a sus autores.
Hablo no solo como presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, sino también como ciudadano común, ante la indignación que produce ver en nuestros ríos, lagos, mares, campos y ciudades basurales repletos de bolsas plásticas.
Es cierto que es cómodo ir a supermercados o a cualquier sitio y llevar al hogar productos en bolsas plásticas gratuitas. Pero hay una irresponsabilidad empresarial tremenda, porque no se trata solo de que sean bolsas plásticas, sino que, además, son muy delgadas, lo que impide su reutilización.
En Chile, anualmente, se utilizan 3.400 millones de bolsas plásticas, la inmensa mayoría de las cuales termina en los lugares que he mencionado. Estos elementos afean el medio ambiente, contaminan y, lo que es peor, provocan la desaparición de más de 270 especies de animales en el mundo.
Ni hablar de los 11.000 millones de dólares que cuesta anualmente la contaminación en el océano Pacífico, allende los mares, cerca de Australia, donde hay una masa gigantesca de basura constituida, fundamentalmente, por bolsas plásticas y otros materiales, que no tardan doscientos años en degradarse -como se ha dicho acá-, sino cuatrocientos y más años, y, dependiendo del petróleo que se haya utilizado en su fabricación, pueden tardar hasta mil años en degradarse.
Ese es el mundo que les estamos entregando a nuestros nietos, tataranietos, a las generaciones futuras: un mundo sucio, asqueroso. Este proyecto de ley viene a remediar en parte la situación.
En mi distrito se encuentra la comuna de Pucón, que, con valentía, decidió prohibir las bolsas prácticas de todo el comercio. Nuestra sociedad avanza lentamente hacia el desarrollo; es difícil transformar las mentes y las conciencias. Me habría gustado que se hubiera prohibido definitivamente el uso de las bolsas plásticas en todo el territorio nacional, aunque le pese a algún comerciante que gracias a ellas esté obteniendo pingües ganancias.
Debemos cambiar un poco nuestra forma de ir por la vida. Además, existen las bolsas orgánicas, degradables y reutilizables, que no contaminan. Esto es algo que nos urge modificar.
Entonces, a través del inciso final que se agrega al artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, se entregan atribuciones a todas las municipalidades de Chile para que se preocupen del aseo, ornato y medio ambiente.
Desde la Cámara de Diputados, particularmente desde la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de cada uno de los presentes, apelamos para que los municipios de Chile tomen como propio este desafío. Es muy cómodo lo que sucede hoy para las personas, pero va a ser muy incómodo para el planeta Tierra verse convertido en un inmenso basural en el espacio infinito.
La bancada del Partido Radical votará favorablemente este proyecto de ley, con la esperanza de que también haya educación. Desde siempre hemos insistido en la importancia de la educación cívica, para que la ciudadanía respete las instituciones y sepa lo que hacemos bien, y no solo se destaque lo que hacemos mal; para que los jóvenes no tiren desde los automóviles colillas de cigarrillos a la calle, las cuales muchas veces están encendidas; para que los mayores seamos capaces de respetar al que piensa distinto; para que las bolsas de basura y los basurales, en general, no pululen por nuestras ciudades.
Finalmente, anuncio que la bancada del Partido Radical votará favorablemente este proyecto de ley.
He dicho.
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Marcelo Chávez .
El señor CHÁVEZ.-
Señor Presidente, nuestra sociedad exige mayor preocupación y compromiso con la protección del medio ambiente. Innumerables estudios demuestran los efectos nocivos que produce la contaminación ambiental en sus diversas formas y, como consecuencia de ello, el calentamiento global y el cambio climático, que últimamente han producido desastres naturales con los resultados por todos conocidos.
Para enfrentar la contaminación que se produce particularmente por la entrega de bolsas plásticas, diversos municipios, como los de Punta Arenas, Pucón , Cabo de Hornos, Puerto Natales, Villa Alemana y varios otros, han dictado ordenanzas municipales para restringir la entrega de estas. Sin embargo, ha sido la Contraloría General de la República la que ha cerrado la puerta a ese tipo de iniciativas porque los municipios no tienen la facultad para hacerlo, debido a un vacío legal existente y, en menor medida, a la argumentación de que se estaría afectando el desarrollo de una actividad económica sin que exista ley que lo autorice.
Es por ello que, sin perder de vista los antecedentes de este proyecto, en los que se han señalado algunas cifras muy elocuentes en la materia, quiero señalar que esta iniciativa viene a complementar otras. En tal sentido, deseo destacar los esfuerzos desplegados por la senadora Carolina Goic , quien en 2013, cuando era diputada, también presentó una iniciativa legal para prohibir la entrega de bolsas plásticas en una parte del territorio nacional, la Patagonia, que actualmente se encuentra en tramitación en el Senado.
No debemos olvidar que, cada año, la elaboración de bolsas plásticas libera miles de toneladas de emisiones atmosféricas que contaminan los cielos y favorecen el efecto invernadero.
Esta iniciativa legislativa es un esfuerzo más, no solo para lograr la disminución de los efectos negativos de la contaminación por residuos plásticos, sino para contar con una legislación que avance en los cambios que nos demanda la ciudadanía en este tipo de materias.
Quiero ser enfático en aclarar qué está detrás de esta iniciativa. Primero, busca salvar los obstáculos legales que la Contraloría General de la República ha señalado a propósito de las diversas ordenanzas que municipios del país han querido llevar adelante. En efecto, al no tener una fuente legal que permita la dictación de dichas ordenanzas, la Contraloría ha rechazado las iniciativas.
En segundo lugar, busca establecer una clara y contundente señal del Congreso Nacional en cuanto a la necesidad de avanzar como sociedad en restringir cada vez más el uso de las bolsas plásticas. Esta iniciativa, junto con otras, va en esa dirección.
En tercer lugar, reconocemos algo muy importante. Muchas veces decimos que los municipios son muy relevantes a la hora de tomar decisiones en cada una de nuestras comunas. Este proyecto de ley busca darles facultades para que cada uno, reconociendo su propia particularidad, pueda definir si quiere prohibir el uso de las bolsas plásticas, como ocurre en la Patagonia; si quiere restringir su entrega, a cualquier título, o bien quiere establecer normas técnicas de calidad para su entrega. Es conocido que existen distintos tipos de bolsas plásticas. Algunas son muy delgadas y tremendamente contaminantes, pero otras se pueden reutilizar, porque tienen un grosor mayor.
Por lo tanto, reconociendo esa realidad, queremos dar esta facultad a los municipios para que, de acuerdo con su propia situación comunal y sus características, puedan establecer una ordenanza en relación con los parámetros que estimen más convenientes para sus intereses y para su realidad.
En consecuencia, abarcamos diversos objetivos con esta iniciativa.
Por último, permítanme agradecer la colaboración y adhesión de diversos parlamentarios que nos acompañaron en la presentación de este proyecto de ley, principalmente de la bancada de la Democracia Cristiana, pero también de otras.
Estamos muy optimistas de que esta iniciativa pueda ser ley prontamente. Estoy seguro de que los municipios y los ciudadanos de nuestro país la van a recibir de muy buena manera, porque permite cumplir diversos objetivos y recuperar normas para proteger nuestro medio ambiente.
He dicho.
-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluyen las siguientes intervenciones no pronunciadas en la Sala y que cumplen con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:
El señor PILOWSKY.-
Señor Presidente, el 5 de junio de 2014, en la Cámara de Diputados aprobamos un buen proyecto de ley. Se trata del proyecto que establece la prohibición, dentro de la Patagonia chilena, de la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías de supermercados, almacenes, tiendas o quioscos.
Actualmente, este proyecto se encuentra en la Comisión de Zonas Extremas del Senado, en segundo trámite constitucional.
Hoy, sin embargo, estamos discutiendo un proyecto más ambicioso. Se trata de una modificación a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para permitir a las municipalidades dictar ordenanzas que les permitan desarrollar planes graduales para eliminar o regular los parámetros mínimos de calidad relativos a la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas, sean estas biodegradables o no degradables, para el transporte de mercaderías respecto de los establecimientos de comercio.
Los datos disponibles sobre la materia, entregados por el Ministerio del Medio Ambiente, indican que en nuestro país se utilizan 250 millones de bolsas plásticas en un mes, las cuales, en más del 90 por ciento, terminan en los vertederos. Sin duda, esta realidad impacta considerablemente en nuestro ecosistema.
En este sentido, regular la utilización de bolsas plásticas constituye un tema de interés público, que debe ser abordado integralmente, a través de la regulación de su utilización, no solo en la Patagonia, sino también en todo el territorio nacional.
La iniciativa que discutimos hoy, que entre sus autores tiene a los disputados Chávez , Chahin , Fuentes, Sabag , Vallespín y quien habla, instala una temática que es necesario abordar prontamente.
No es una prohibición general del uso de bolsas plásticas, sin consideración a las realidades locales. Serán las municipalidades las que deberán desarrollar planes graduales tendientes a eliminar, restringir, limitar o establecer parámetros mínimos de calidad relativos a la entrega de bolsas plásticas. En definitiva, cada gobierno local podrá, dentro del desarrollo de una política comunal de cuidado del medio ambiente, utilizar esta facultad para realizar ese plan gradual.
Soy un convencido de que las municipalidades, las comunas, deben tener mayor poder de decisión respecto de las situaciones que las afectan. No cabe ninguna duda de que las municipalidades y sus autoridades conocen las necesidades de sus vecinos, así como también las herramientas más adecuadas para poder mejorar su calidad de vida.
El desarrollo de nuestro país no puede estar supeditado a la depredación de nuestro ecosistema. Así como es necesario que las mineras, las generadoras eléctricas y las industrias cumplan con normas de emisión y mitigación de contaminantes, los ciudadanos deben contribuir decididamente a cuidar el medio ambiente con medidas concretas, como lo es la utilización de bolsas amigables, como aquellas que son reutilizables o de papel, entre otras.
Si bien se trata de una carga para los establecimientos comerciales contar con las bolsas que las ordenanzas aprueben o la sustitución que deberán hacer, los ciudadanos deberán acostumbrarse a utilizar, para transportar sus mercaderías, elementos que no dañen el medio ambiente.
Por lo expuesto, invito a los diputados y diputadas a aprobar este proyecto.
He dicho.
El señor MELO.-
Señor Presidente, el objeto del presente proyecto de ley es permitir a las municipalidades dictar ordenanzas para desarrollar planes graduales para eliminar o regular los parámetros mínimos de calidad relativos a la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas para el transporte de mercaderías respecto de los establecimientos de comercio.
Se ha expuesto latamente por quienes me han precedido en el uso de la palabra sobre el enorme volumen e impacto que genera el uso y distribución de bolsas plásticas en nuestro país. En tan solo un año, 250 millones de ellas terminan, esencialmente, en vertederos.
Sin embargo, quiero referirme a ciertos aspectos involucrados en la tramitación y origen de este proyecto de ley, que dan cuenta de cuán limitadas est��n las capacidades del Estado, en cualesquiera de sus expresiones, para establecer regulaciones que permitan la conservación de la naturaleza y de nuestro patrimonio cuando tales medidas, por justificadas y urgentes que sean, pueden afectar derechos “muy queridos” por nuestra actual Constitución Política.
En efecto, las municipalidades de Punta Arenas, Pucón y Quilpué, entre otras, en correcto uso de las atribuciones que les confiere el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, han dictado ordenanzas para prohibir o regular el uso y entrega de este tipo de materiales.
He sido recurrente en mis intervenciones en esta Sala en cuanto a que este artículo, incorporado en la reforma a nuestra institucionalidad ambiental, ley N° 20.417, constituye un poderoso instrumento de gestión ambiental local, base de la denominada Agenda 21, sancionada por la Conferencia de Río de 1992, de la cual nuestro país es signatario.
A través de él, específicamente de sus letras d) y f), a sus unidades encargadas de la función de medio ambiente, aseo y ornato les corresponderá “Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente” y, además, “Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia,”.
Pues bien, dictadas las respectivas y necesarias ordenanzas al respecto, las asociaciones industriales vinculadas al plástico recurrieron y obtuvieron de la Contraloría el dictamen Nº 86.870 que, en lo sustantivo, establece: “no procede que las ordenanzas municipales que se indican prohíban la utilización o venta, por parte de los establecimientos comerciales de las respectivas comunas, de ciertas bolsas plásticas”.
La Contraloría razona que este tipo de preceptos debe tener no solo rango legal, sino que debe cumplir con el quórum de una Ley Orgánica Constitucional, pues afectaría el derecho a emprender actividades económicas, consagrado en el número 21° del artículo 19 de la actual Constitución.
Este tipo de situaciones grafica claramente la necesidad de un cambio constitucional en este país, el que, por cierto, sirve de fundamento a nuestra propuesta, como “bancada constituyente”, para que una nueva carta magna, consagrada en una asamblea constituyente, reconozca la gravedad de la crisis ambiental y anteponga la persona humana y la preservación y conservación de la naturaleza a principios decimonónicos que debieran estar en el Código Civil y no en una Constitución, como la supremacía absoluta del derecho de propiedad o el ya citado derecho a realizar actividades económicas, independiente de cuán nocivas y socialmente reprochadas sean estas.
En correcta aplicación de los principios precautorios y preventivos reconocidos en numerosos pactos internacionales de los que Chile es parte, no es posible que cada vez que quiera debatirse el estatuto del agua, la protección de glaciares o algo tan obvio como restringir el uso y liberación masiva al ambiente de un elemento tóxico que demora miles de años en degradarse, debamos recurrir a leyes con quórum altísimos; además, nada asegura que, posteriormente, no sean rechazadas por el Tribunal Constitucional. Así de concreto; así de urgente.
Con la prevención ya expresada, anuncio mi voto favorable a este proyecto de ley, que además de reconocer -al menos dentro de los estrechos márgenes que las actuales normas constitucionales nos permiten- una importante facultad para nuestras municipalidades, deberá ser complementada, en nuestra próxima discusión presupuestaria, con la entrega de los recursos necesarios para que las direcciones ambientales municipales puedan desarrollar correctamente sus atribuciones.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, encomendando a una ordenanza la regulación de la utilización de bolsas plásticas.
Hago presente a la Sala que para su aprobación el proyecto requiere el voto favorable de 66 señoras diputadas y señores diputados, por tratar materias propias de Ley Orgánica Constitucional.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Barros Montero Ramón ; Bellolio Avaria Jaime ; Berger Fett Bernardo ; Boric Font Gabriel ; Browne Urrejola Pedro ; Cariola Oliva Karol ; Carmona Soto Lautaro ; Carvajal Ambiado Loreto ; Castro González Juan Luis ; Chahin Valenzuela Fuad ; Chávez Velásquez Marcelo ; Cicardini Milla Daniella ; Cornejo González Aldo ; Edwards Silva José Manuel ; Espejo Yaksic Sergio ; Farcas Guendelman Daniel ; Farías Ponce Ramón ; Fernández Allende Maya ; Flores García Iván ; Fuentes Castillo Iván ; Fuenzalida Figueroa Gonzalo ; García García René Manuel ; Girardi Lavín Cristina ; González Torres Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez Hugo ; Hernando Pérez Marcela ; Hoffmann Opazo María José ; Jackson Drago Giorgio ; Jaramillo Becker Enrique ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Kast Rist José Antonio ; Lavín León Joaquín ; Lemus Aracena Luis ; Lorenzini Basso Pablo ; Macaya Danús Javier ; Melero Abaroa Patricio ; Melo Contreras Daniel ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Monckeberg Díaz Nicolás ; Morales Muñoz Celso ; Nogueira Fernández Claudia ; Núñez Arancibia Daniel ; Núñez Urrutia Paulina ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Paulsen Kehr Diego ; Pérez Lahsen Leopoldo ; Pilowsky Greene Jaime ; Poblete Zapata Roberto ; Provoste Campillay Yasna ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Rincón González Ricardo ; Rivas Sánchez Gaspar ; Robles Pantoja Alberto ; Rocafull López Luis ; Rubilar Barahona Karla ; Sabag Villalobos Jorge ; Sabat Fernández Marcela ; Saffirio Espinoza René ; Saldívar Auger Raúl ; Sandoval Plaza David ; Santana Tirachini Alejandro ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Squella Ovalle Arturo ; Torres Jeldes Víctor ; Trisotti Martínez Renzo ; Tuma Zedan Joaquín ; Turres Figueroa Marisol ; Urízar Muñoz Christian ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Urrutia Soto Osvaldo ; Vallejo Dowling Camila ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Walker Prieto Matías ; Ward Edwards Felipe .
El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Sala, el artículo único del proyecto se declarará aprobado con la misma votación, dejándose constancia de que se alcanzó el quorum constitucional requerido.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
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