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El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Luis Castro.
El señor CASTRO.- Señor Presidente , un proyecto tan importante como éste, iniciado en mensaje de la entonces Presidenta Michelle Bachelet y cuyo objeto es perfeccionar el sistema de licencias médicas, contiene, a mi juicio, distintos puntos que requieren observaciones y perfeccionamientos.
En ese plano, en reiteradas oportunidades hemos dicho que el régimen de licencias médicas en el país está basado en la sospecha. Manifestamos esto, porque usuarios, falsos empleadores o ciertos médicos inescrupulosos han hecho abuso de este instrumento de protección social, que busca solamente justificar ante el empleador el reposo por enfermedad y el pago del respectivo subsidio que, en el tiempo, ha sido desgastado como consecuencia de normas que datan de hace muchos años y que, lamentablemente, segregan y generan un perjuicio económico o sanitario.
El perjuicio económico ha quedado suficientemente a la vista tras los fraudes que se han denunciado iterativamente en el tiempo. Años atrás, quien habla, en nombre del Colegio Médico de Chile, sancionó con las máximas penas a profesionales que aparecieron en televisión o en medios de prensa, quienes incurrieron en delitos relacionados con la falsa emisión de licencias médicas.
No obstante la persecución penal, hay una institucionalidad basada en las comisiones de medicina preventiva e invalidez, las que, en la actualidad, no dependen de los servicios de salud, sino de las seremis de Salud. Al respecto, pese a que la ley de autoridad sanitaria les entregó más facultades en 2004, carecen de fiscalizadores y de especialistas que hagan los peritajes.
Por lo tanto, el sistema está basado en que pagan justos por pecadores. Hoy, miles de chilenos se acercan a dichas comisiones y no reciben respuestas adecuadas en relación con el pago del subsidio o la evaluación de un rechazo o una reducción de la licencia médica.
Al respecto, existe un tema pendiente que no se aborda en este proyecto de ley, que se refiere a las condiciones en que van a estar dichas comisiones y los seremis a lo largo del país.
Además, tenemos un problema objetivo: la carencia de profesionales especialistas que logren hacer buenos sistemas de peritajes de las personas enfermas. Hoy, muchas están a la espera de una apelación, la cual, muchas veces, tarda semanas o meses en materializarse.
Asimismo, las personas a las cuales debe pagárseles una licencia médica, porque, en el fondo, es su sueldo, finalmente deben peregrinar para obtener dicho pago.
Entonces, quiero distinguir las mejoras a una ley -todos entendemos que es positivo penalizar y fiscalizar de mejor manera- de un sistema estructurado e institucionalizado que, a veces, carece de elementos de objetividad y de expertise para servir a la gente de manera adecuada.
En este plano, hoy necesitamos con mucha urgencia entregar recursos al sistema público, de manera que estos, bien gestionados, fortalezcan los únicos organismos que están en condiciones de hacer una buena apelación y evaluación médica de los pacientes: las comisiones de medicina preventiva. Obviamente, dichas comisiones deben solicitar los antecedentes -aquí paso a referirme al proyecto de ley- que el médico prescriptor de la licencia médica, debidamente acreditado, extienda para justificar claramente el motivo por el cual la entrega por un determinado número de días. Pero es inevitable pensar que el límite de once días existente en la actualidad -en un caso, cuando la licencia es de más de once días, se paga totalmente; en otro, se paga desde el cuarto día, como una licencia abreviada- genera una distorsión. Al respecto, en la ciudada-nía existe no sólo la creencia, sino la percepción clara de que las licencias cortas por estados gripales, por problemas menores, son castigadas en el sueldo del trabajador. Por eso, se ejerce presión para superar el límite de los once días, lo que, en muchos casos, no corresponde.
Por ende, la definición de la duración de la licencia debiera ser motivo de una modificación. La comisión presidencial, que en noviembre pasado estudió esta materia, tiene propuestas concretas. Ignoro por qué no se han agregado a la discusión central, cual es cómo racionalizar, de una vez por todas, el régimen de licencias médicas en el país.
Nos parece criticable que una comisión de carácter administrativo, en relación con la fiscalización de un profesional acreditado, -aunque sea en casos excepcionales-, no ejerza un debido proceso respecto de las notificaciones o sanciones. Me refiero, sobre todo, a las contenidas en los artículos 5° y 6° del proyecto, materia respecto de las cuales tenemos reparos. Nos parece que, obviamente, los tribunales de justicia son los llamados a aplicar las sanciones -las máximas- a quienes no fundamenten o no entreguen los antecedentes respecto a la justificación de una licencia médica.
Por último, en el debate que hubo en la Comisión de Salud, todos concordamos en que el proyecto tiene un objeto -que todos compartimos-, cual es controlar de mejor manera; pero no puede incurrir en arbitrariedades; no puede ocurrir que, bajo condiciones a veces, arbitrarias, se someta a personas y profesionales a presunciones de delito, sin el debido proceso en tribunales competentes.
Por lo tanto, el principio de la presunción de inocencia, debe estar recogido y contenido en este proyecto. No olvidemos que quien comete este delito es un facultativo, y, por lo tanto, debe ser sancionado, incluso, con la inhabilitación para el ejercicio profesional, pero todo de acuerdo con las normas del debido proceso legal, detrás de lo cual deberá estar la isapre respectiva que haga una acusación fundamentada.
Por eso, mantenemos nuestros reparos y críticas a los artículos 5°, 6° y 13 del proyecto, los que deben ser modificados para asegurar el debido proceso.
Con todo, echamos de menos el carácter global y sistémico que debiera tener un proyecto que pretende regular los días de carencia, el control de la Compín, las condiciones en que se harán los peritajes -cuestión que no se contempla-, y particularmente regular las apelaciones ante la Superintendencia de Salud o la Compin, para que tengan el mismo carácter y no exista desigualdad entre usuarios de isapres y Fonasa , entidades que tienen distintas maneras y procedimientos en relación con las apelaciones a este instrumento tan valioso, que es el justificativo del reposo por enfermedad.
He dicho.
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