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- rdf:value = " El señor BECKER ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier.
El señor TEILLIER.-
Señor Presidente , valoramos el proyecto de ley, por cuanto recoge una solicitud explícita de la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara al Ejecutivo. Sin embargo, pensamos que su aprobación dejará nuevamente en evidencia las insuficiencias de la ley Nº 19.992, denominada Ley Valech , las que si bien fueron planteadas en forma oportuna por las organizaciones de derechos humanos, no fueron acogidas por el Congreso Nacional, generando serias repercusiones negativas en la búsqueda de verdad y justicia.
Las organizaciones de derechos humanos han sostenido, desde siempre, que cualquier comisión destinada a calificar nuevos casos de violaciones a los derechos humanos ocurridas en nuestro país durante el período de la dictadura debe ser permanente en el tiempo. La limitación temporal de estas comisiones y, por ende, la denuncia de los casos será siempre un impedimento para que accedan a ellas cientos de chilenas y de chilenos que vieron vulnerados sus derechos y que, por diversos motivos, no han realizado oportunamente sus denuncias.
Si fue el Estado el que violó los derechos humanos, debe ser él mismo el que debe mantener una instancia que se haga cargo de todas esas violaciones.
Por su parte, el artículo 2º del proyecto hace una excepción a lo dispuesto en el artículo 15 de la ley N° 19.992, relativo al secreto, por cuanto se trata de una norma tan absoluta que, incluso, impide que los propios comisionados tengan acceso a los antecedentes que consignó el informe de la Comisión Valech. Es tan absurda esa norma, que ahora se requiere que una ley autorice a un grupo de personas para acceder a tales documentos. Cabe preguntarse por qué el resto de los chilenos no podemos ejercer el mismo derecho.
Es absolutamente necesario que en algún momento se derogue esa norma, llamada ley del secreto, que por un lapso de cincuenta años, a partir de la fecha de su promulgación, mantiene oculto los hechos y los nombres de los violadores de derechos humanos. Esa norma propicia la impunidad y obstruye la justicia y, lo que es peor, impide que los chilenos y las chilenas conozcan la identidad de civiles y militares responsables no sólo de romper la institucionalidad democrática, sino también de crímenes de lesa humanidad, como la desaparición forzada de personas y la tortura. Tengamos en cuenta que aún se desconoce el paradero de cerca de 800 detenidos. Es una paradoja: 50 años para conocer la verdad y un tiempo limitado para ejercer el derecho de reparación de violaciones de derechos humanos.
En materia de derechos humanos, nuestra normativa debe estar acorde con la legislación internacional. Por tanto, la ley del secreto transgrede esas exigencias y, en la práctica, avala la impunidad, en circunstancias de que la legislación debiera favorecer la justicia.
La única forma de llegar a una sana convivencia democrática es mediante la verdad total y la justicia plena, por cuanto el conocimiento de las violaciones a los derechos humanos, así como la sanción a los violadores de los mismos, es lo único que puede garantizar que hechos como los ocurridos en dictadura no se vuelvan a repetir.
Finalmente, las organizaciones de derechos humanos han planteado que este beneficio se empiece a aplicar a partir del 17 de febrero del 2011, fecha en que debió terminar el proceso de calificación de esta ley. Como los beneficiarios no son responsables de la prórroga, lo más justo es que el beneficio opere retroactivamente a partir de la fecha señalada. Espero que el Ejecutivo asuma esta solicitud, porque es de justicia.
He dicho.
"
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