" INVESTIGACI\u00D3N DE PR\u00C1CTICAS ANTISINDICALES EN EMPRESA INGETAL S.A. Oficios. \nEl se\u00F1or ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado se\u00F1or Sergio Ojeda. \n \nEl se\u00F1or OJEDA.- Se\u00F1or Presidente , Ingetal S.A., empresa constructora a cargo de la construcci\u00F3n del Hospital de Osorno, ha sido acusada en forma reiterada por su sindicato de realizar pr\u00E1cticas antisindicales e, incluso m\u00E1s, de intervenir directa o indirectamente -su acci\u00F3n habr\u00EDa sido determinante- para la creaci\u00F3n de un nuevo sindicato, formado con el apoyo de la empresa. Desde luego, se trata de una intervenci\u00F3n abierta, y el nuevo sindicato se inclina hacia los intereses de la constructora. Los dirigentes del primer sindicato se\u00F1alan que es un sindicato proempresa y favorito de la empresa.\n \nIngetal ha mantenido una actitud hostil hacia el primer sindicato, que no le es af\u00EDn, y ha ejercido gran presi\u00F3n y persecuci\u00F3n hacia sus dirigentes. Debido a la intervenci\u00F3n de la empresa, se ha debilitado y el n\u00FAmero de sus integrantes ha disminuido, porque trabajadores se han cambiado a la nueva organizaci\u00F3n. El sindicato nuevo es el favorito de la empresa; ha recibido muchos beneficios y regal\u00EDas, y sus integrantes cuentas con muchas facilidades y grandes privilegios e incentivos, lo que hace f\u00E1cil su captaci\u00F3n. \nEsa es una deslealtad, una injerencia abierta y grotesca que est\u00E1 en contra de los derechos de los trabajadores y de la sindicalizaci\u00F3n. Eso no es justo ni est\u00E1 de acuerdo con la ley. \nEl primer sindicato present\u00F3 una reclamaci\u00F3n ante la Direcci\u00F3n del Trabajo de Osorno, que a\u00FAn no ha sido resuelta, por lo que se requiere su concreci\u00F3n a la brevedad.\n \nTodas esas pr\u00E1cticas desleales del empleador est\u00E1n tipificadas y sancionadas en el art\u00EDculo 289 del C\u00F3digo del Trabajo, que establece que incurre especialmente en esta infracci\u00F3n:\n \n\u201Ce) El que ejecute actos de injerencia sindical, tales como intervenir activamente la organizaci\u00F3n de un sindicato; ejercer presiones conducentes a que los trabajadores ingresen a un sindicato determinado; discriminar entre los diversos sindicatos existentes otorgando a unos y no a otros, injusta y arbitrariamente, facilidades o concesiones extracontractuales; o condicionar la contrataci\u00F3n de un trabajador a la firma de una solicitud de afiliaci\u00F3n a un sindicato o de una autorizaci\u00F3n de descuento de cuotas sindicales por planillas de remuneraciones;\u201D. Es decir, lo se\u00F1alado en el art\u00EDculo 289 del C\u00F3digo del Trabajo concuerda con lo que est\u00E1 haciendo esa empresa.\n \nPor eso, pido que se oficie a la directora del Trabajo para que la Inspecci\u00F3n del Trabajo de Osorno realice la fiscalizaci\u00F3n correspondiente y sancione a dicha empresa por llevar a cabo esas pr\u00E1cticas desleales. Es un mal precedente y una pr\u00E1ctica que debe ser desterrada, porque va en contra de los derechos de los trabajadores.\n \nAparte de manifestar mi en\u00E9rgica protesta por lo que est\u00E1 ocurriendo, reitero mi petici\u00F3n de que se env\u00EDe el oficio correspondiente en los t\u00E9rminos se\u00F1alados. \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or CAMPOS ( Presidente accidental ).- Se enviar\u00E1 el oficio solicitado por su se\u00F1or\u00EDa.\n \n " . . . . . . . . . . . . . .