REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 359ªSesión 8ª, en jueves 24 de marzo de 2011(Ordinaria, de 10.08 a 13.06 horas) Presidencia de los señores Melero Abaroa, don Patricio; Araya Guerrero, don Pedro, y Bertolino Rendic, don Mario. Secretario accidental, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián. Prosecretario accidental, el señor Landeros Perkic, don Miguel.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIALÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- PROYECTOS DE ACUERDO VII.- INCIDENTES VIII.- ANEXO DE SESIÓN IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 7 II. Apertura de la sesión 11 III. Actas 11 IV. Cuenta 11 - Minuto de silencio en memoria de funcionarios de la Policía de Investigaciones asesinados 11 - Ampliación de plazo a Comisión de Educación 11 V. Orden del Día. - Creación de mecanismo transitorio de adopción de acuerdos entre copropietarios en sectores medios. Tercer trámite constitucional. Integración de la Comisión Mixta 12 - Informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor sobre propuestas de medidas legales y administrativas en favor del adulto mayor 15 VI. Proyectos de acuerdo. - Respaldo a declaraciones del Presidente de la República en relación con el desconocimiento por parte de Bolivia del Tratado de 1904. (Preferencia) 40 - Beneficios a deudores de crédito universitario 43 - Estudio e incorporación de medidas de seguridad vial en rutas concesionadas 45 VII. Incidentes. - Urgencia a proyectos de ley sobre conducción en estado de ebriedad. Oficio 47 - Eventual colusión de bombas bencineras de Rancagua para subir los precios de combustibles. Oficios 47 - Injurias de jefe de prensa de la intendencia a tres parlamentarios de la Sexta Región. Oficio 48 - Posición respecto de sucesos en Medio Oriente 48 - Revisión de proyectos de cálculo estructural de edificios de Iquique. Oficio 49 - Apertura de vía de evacuación para sector de Cavancha, Iquique. Oficios 49 VIII. Anexo de sesión. Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 51 - Preocupación por locatarios de feria rural de Ancud. Oficios 51 - Información sobre pavimentación de caminos rurales de la comuna de Castro. Oficio 51 - Inversión de recursos sectoriales en la construcción de centro de salud familiar de Castro. Oficio 51Pág. - Implementación del sistema de caminos básicos en ruta Coelemu a Ránquil. Oficio 52 - Perfeccionamiento de estatuto de temporeros. Oficio 52 - Antecedentes sobre la construcción de muelle pasarela de San Vicente. Oficios 53 - Audiencia para representantes de trabajadores portuarios de Talcahuano. Oficio 53 - Información sobre medidas adoptadas por anegamiento en sector Beneficencia de Valdivia. Oficios 53 - Información sobre programas de subsidio para el transporte de niños. Oficios 54 - Información de porcentajes de adultos mayores por regiones y comunas. Oficio 54 - Información sobre plan de contingencia ante quiebra de operadores de la locomoción pública. Oficio 55 - Certificación de relación laboral. Oficio 55 - Antecedentes sobre restitución a sus funciones del jefe del departamento de salud de la municipalidad de Quilicura. Oficio 55 - Información de modificaciones del plan regulador de la Región Metropolitana. Oficios 56 - Eventos en Quilicura durante 2010 y fondos destinados a ese fin. Oficio 56 IX. Documentos de la Cuenta. 1. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Regula el cierre de faenas e instalaciones mineras.”. (boletín N° 6415-08) (S) 57 2. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, con modificaciones, el proyecto, iniciado en moción, con urgencia “suma”, que “Crea mecanismo transitorio de adopción de acuerdos de los copropietarios, en los sectores medios.”. (boletín N° 7320-14) 79 3. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, “Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas”. (boletín N° 6811-11) (S) 80 4. Informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto, con urgencia “suma”, que “Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y regula las Asociaciones Municipales.”. (boletín N° 6792-06) 86 5. Moción de los diputados señores Monckeberg, don Nicolás; Browne, García, don René Manuel; Monckeberg, don Cristián; Pérez, don Leopoldo; Rivas, Santana, Sauerbaum, y de la diputada señora Rubilar, doña Karla, que “Modifica la ley N° 18.118, relativa al ejercicio de la actividad de martillero público, ampliando su competencia a los bienes inmuebles.”. (boletín N° 7557-07) 93 6. Moción de los diputados señores Letelier, Melero, Ward y de la diputada señora Nogueira, doña Claudia, que “Establece la obligación de los jueces de informar a la Excma. Corte Suprema las irregularidades o notorias faltas de idoneidad profesional de abogados y notarios.”. (boletín N° 7558-07) 95Pág. 7. Moción de los diputados señores Hasbún, Auth, Espinoza, don Fidel; García, don René Manuel; Hernández, Letelier, Norambuena, Tuma, y de las diputadas señoras Hoffmann, doña María José, y Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica la ley N° 18.290, de tránsito, incorporando en el certificado de inscripción el kilometraje registrado en el dispositivo y sancionando a quienes lo adulteren.”. (boletín N° 7559-15) 97 8. Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite copia de la sentencia definitiva recaída en el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de “artículo 2331 del Código Civil.”. Rol 1679-10-INA. (5623) 98 9. Oficio del Tribunal Constitucional por el cual pone en conocimiento de la Cámara de Diputados el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 38 de la ley N° 18.933. Rol 1904-11-INA. (5658) 99 X. Otros documentos de la Cuenta. 1. Comunicaciones: - De los Jefes de Bancada de la UDI y PRI e Independientes, por la que informan que el diputado señor Pedro Velásquez reemplazará en forma permanente al diputado señor José Antonio Kast en la Comisión de Economía. - Del diputado señor Moreira, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 22 de marzo próximo pasado, para dirigirse a Marruecos. - Del diputado señor Martínez, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 23 de marzo próximo pasado, para dirigirse a Panamá. 2. Oficios: - De la Comisión de Superación de la Pobreza, Planificación y Desarrollo Social, por el cual solicita a S.E. el Presidente de la Corporación recabar el acuerdo de los Comités para que le sean remitidos los proyectos de ley sobre las materias de su competencia que se indican, cuando corresponda. - De la Comisión de Educación, por el cual solicita el acuerdo de la Sala para prorrogar en 30 días su mandato para investigar las actuaciones y procedimientos realizados por el Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Educación, por necesitar más tiempo para realizar audiencias respecto al tema de la investigación. - De la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, por el cual solicita el asentimiento de la Sala con el objeto dejar sin efecto el acuerdo adoptado por la Corporación -de 16 de marzo pasado (oficio N° 9368)-, que ordena remitir a la Comisión Especial del Adulto Mayor la moción que limita los descuentos que pueden efectuarse por las entidades pagadoras de pensiones a los pensionados afiliados a una Caja de Compensación, boletín N° 7069-13, toda vez que aquélla aborda materias propias de la competencia de esta Comisión. Respuestas a Oficios Cuenta 8ª Ministerio de Educación: - Proyecto de Acuerdo 181, Solicita atender demandas de los trabajadores asistentes de la educación. (5316). - Proyecto de Acuerdo 210, Solicita atender las demandas de los trabajadores asistentes de la educación. (5316). - Proyecto de Acuerdo 212, Atención de demandas de trabajadores asistentes de la educación. (5316). Ministerio de Obras Públicas: - Diputado Robles, Solicita se informe si se adoptarán medidas frente a los daños de distinta naturaleza ocasionados en el sector Las Breas, de la comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, por la construcción de una ruta por parte de una empresa minera (153 al 2290). - Diputada Pascal doña Denise, Solicita informe sobre las eventuales ventas de aguas tratadas que estarían realizando, o pretenden realizar, las empresas sanitarias (746 al 2369). - Diputado Accorsi, Solicita informar sobre el protocolo suscrito entre la Minera Los Pelambres y representantes de la comunidad de Caimanes, comuna de Los Vilos, particularmente respecto de los volúmenes de agua que se deberán entregar por parte de la empresa y la cantidad que entrega hoy en día (750 al 1990). - Proyecto de Acuerdo 273, Solicita a la Superintendencia de Servicios Sanitarios la revisión y enmienda de su posición respecto del dominio y comercialización de las aguas servidas tratadas por las empresas sanitarias. (749). Ministerio de Trabajo y Previsión Social: - Diputado Delmastro, Solicita se informe sobre la situación previsional del señor Héctor Martínez Ramón. (6073 al 2268). Ministerio de Minería: - Diputado Lemus, Solicita se informen las causas basales de sendos accidentes fatales ocurridos en la planta de la minera “El Tambillo” y en el tranque de relaves “Quillayes” de la minera “Los Pelambres”, ubicados en las comunas de Coquimbo y de Salamanca, respectivamente, y, sobre las medidas adoptadas para fortalecer la seguridad en las faenas mineras de la región, especialmente de la mediana y gran minería. (220 al 2031).I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (108)NOMBRE (Partido* Región Distrito)Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24Alinco Bustos René IND XI 59Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29Araya Guerrero, Pedro PRI II 4Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58Auth Stewart, Pepe PPD RM 20Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33Becker Alvear, Germán RN IX 50Bertolino Rendic, Mario RN IV 7Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45Browne Urrejola, Pedro RN RM 28Burgos Varela, Jorge PDC RM 21Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6Campos Jara, Cristián PPD VIII 43Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22Carmona Soto, Lautaro PC III 5Castro González, Juan Luis PS VI 32Cerda García, Eduardo PDC V 10Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40Cornejo González, Aldo PDC V 13Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53Delmastro Naso, Roberto RN XIV 53Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7Edwards Silva, José Manuel RN IX 51Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49Farías Ponce, Ramón PPD RM 30García García, René Manuel RN IX 52García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60González Torres, Rodrigo PPD V 14Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39Hales Dib, Patricio PPD RM 19Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26Hernández Hernández, Javier UDI X 55Hoffmann Opazo, María José UDI V 15Isasi Barbieri, Marta IND I 2Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Kast Rist, José Antonio UDI RM 30Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35León Ramírez, Roberto PDC VII 36Lobos Krause, Juan UDI VIII 47Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38Macaya Danús, Javier UDI VI 34Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52Molina Oliva, Andrea UDI V 10Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46Montes Cisternas, Carlos PS RM 26Morales Muñoz Celso UDI VII 36Muñoz D'Albora, Adriana PPD V 9Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45Pascal Allende, Denise PS RM 31Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6Rubilar Barahona, Karla RN RM 17Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42Sabat Fernández, Marcela RN RM 21Saffirio Espinoza, René PDC IX 50Sandoval Plaza, David UDI XI 59Santana Tirachini, Alejandro RN X 58Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12Sepúlveda Orbenes, Alejandra PRI VI 34Silber Romo, Gabriel PDC RM 16Silva Mendez, Ernesto UDI RM 23Squella Ovalle, Arturo UDI V 12Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28Torres Jeldes, Víctor PDC V 15Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51Turres Figueroa, Marisol UDI X 57Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40Vallespín López, Patricio PDC X 57Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48Verdugo Soto, Germán RN VII 37Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54Walker Prieto, Matías PDC IV 8Ward Edwards, Felipe UDI II 3Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20 -Por encontrarse en misión oficial, no asistieron los diputados señores Ramón Barros, Rosauro Martínez, Ricardo Rincón y Manuel Rojas. -II. APERTURA DE LA SESIÓN-Se abrió la sesión a las 10.08 horas.El señor ARAYA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.III. ACTASEl señor ARAYA (Vicepresidente).- El acta de la sesión 2ª se declara aprobada.El acta de la sesión 3ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.IV. CUENTAEl señor ARAYA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.-El señor LANDEROS (Prosecretario accidental) da lectura a la Cuenta.MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE FUNCIONARIOS DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES ASESINADOS.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Invito a la Sala a ponerse de pie y guardar un minuto de silencio por los dos funcionarios de la Policía de Investigaciones asesinados ayer: la inspectora señora Karim Ximena Gallardo Zúñiga y el subcomisario señor Marcelo Cristián Morales Cortés.-Las señoras diputadas, los señores diputados, los funcionarios y los asistentes a las tribunas guardan, de pie, un minuto de silencio. AMPLIACIÓN DE PLAZO A COMISIÓN DE EDUCACIÓN.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a la solicitud de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación en el sentido de prorrogar en treinta días su mandato para investigar las actuaciones y procedimientos realizados por el Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Educación que concluyeron con el acuerdo N° 113, de 11 de noviembre de 2010, en relación con la modificación del Plan de Estudios para los sectores de aprendizaje obligatorios de la formación general, correspondiente a los niveles educacionales de 5° básico a 2° medio.¿Habría acuerdo?Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.El señor MONTES.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con otorgar la prórroga, pero quiero aclarar que no se trata sólo del acuerdo N° 113, porque el acuerdo N° 95 es contradictorio con el N° 113 y, desgraciadamente, la Comisión no tomó en cuenta esa contradicción.El señor ARAYA (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para ampliar el plazo?Acordado.-o-El señor ARAYA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a la solicitud de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo para dejar sin efecto el acuerdo adoptado por la Corporación el pasado 16 de marzo, que ordena remitir a la Comisión Especial del Adulto Mayor el proyecto de ley que limita los descuentos que puedan efectuarse por las entidades pagadoras de pensiones a los pensionados afiliados a una caja de compensación (boletín N° 7069-13).¿Habría acuerdo?Varios señores DIPUTADOS.- ¡No!El señor ARAYA (Vicepresidente).- No hay acuerdo.V. ORDEN DEL DÍACREACIÓN DE MECANISMO TRANSITORIO DE ADOPCIÓN DE ACUERDOS ENTRE COPROPIETARIOS EN SECTORES MEDIOS. Tercer trámite constitucional. Integración de la Comisión Mixta.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Corresponde pronunciarse sobre las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moción y con urgencia calificada de suma, que crea mecanismo transitorio de adopción de acuerdos de los copropietarios en los sectores medios: Antecedentes:-Modificaciones del Senado, boletín N° 7320-14. Documentos de la Cuenta N° 2, de esta sesión.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.El señor MONTES.- Señor Presidente, tengo bastantes dudas acerca de si aprobar o no las modificaciones del Senado. Su aprobación significará que el proyecto pasará a ser ley. Por lo tanto, todas las personas afectadas que viven en copropiedad -fundamentalmente, las de sectores medios, porque la Ley de Presupuestos incorporó una norma para las viviendas sociales-, se verán favorecidos con la reducción del quórum para los efectos de tomar decisiones y operar respecto de las empresas de seguro.Sin embargo, el Senado disminuyó los beneficiarios de esta norma de excepción. En el primer trámite constitucional, la Cámara, en el artículo único dispuso: “En los condominios gravemente afectados por el terremoto y maremoto de 27 de febrero de 2010, y en que se hubiese ordenado su evacuación transitoria o permanente,…”. El Senado reemplazó dicho texto por el siguiente: “Los copropietarios de aquellos condominios cuyas propiedades fueron declaradas inhabitables...”. En consecuencia, de partida la evacuación transitoria queda cuestionada como posibilidad de acogerse a esta norma.Entiendo que el hablar de propiedades declaradas inhabitables se apunta a los departamentos o edificios respecto de los cuales no queda más que demoler. Ese concepto podría extenderse a los que son reparables en condiciones muy especiales, después de un cambio estructural. Pero, normalmente, sobre todo para viviendas, se entiende aquellas que no son reparables.Me cuesta entender la razón del Senado para disminuir los beneficiarios.Los números 1 a 7 del artículo 17 de la ley N° 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria, que se refieren a las asambleas extraordinarias, establecen una asistencia del 80 por ciento para su constitución, y, para aprobar algo, un quórum de 75 por ciento. Por lo tanto, para tomar decisiones, se necesita cerca del 56 ó 57 por ciento. En el texto de la Cámara, el quórum se reduce a 50 por ciento. Es decir, no se está haciendo una cosa tan extrema. No se constituyen con el 80 por ciento, sino con el 50 por ciento; pero requieren el 50 por ciento para tomar decisiones.Estoy tratando de consultar a un abogado para aclarar el punto. Hay muchos edificios no declarados inhabitables, pero que están muy dañados y requieren esta norma. En ese caso, lo único que tendría sentido es que el proyecto fuera a comisión mixta para ampliar la cantidad de beneficiarios, ya que el Senado, por alguna razón que no conocemos, la disminuyó.Tengo esa duda. No sé si Secretaría podría ayudar a clarificar este asunto, porque en este momento no se encuentra don Pablo Oneto, quien en su momento nos asesoró.He dicho.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.El señor ULLOA.- Señor Presidente, tuve el privilegio de trabajar con el diputado Montes en este proyecto, que busca facilitar la posibilidad de arreglar los condominios más dañados por el terremoto y maremoto del 27 de febrero de 2010. Pero queda la duda, porque la modificación del Senado reduce ostensiblemente el número de beneficiarios.Por otra parte, no tengo claro si además de lo que ya se ha señalado, no rebaja los quórum necesarios para tomar las decisiones que los copropietarios requieren con algún grado de urgencia.Por eso, al igual que el diputado Montes, pido que Secretaría nos informe sobre esta situación. Al parecer, por alguna razón que se desconoce, con esta modificación el Senado estaría reduciendo el número de beneficiarios.Hay muchos edificios en una situación muy compleja, en especial en nuestra región. Por esa razón, es necesario despachar el proyecto a la brevedad, pero para que se transforme en una futura ley útil, y no que termine siendo una dificultad o reduzca el número de potenciales beneficiarios.He dicho.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente, no sé en qué estaba pensando el Senado cuando hizo las modificaciones, porque no tienen ningún sentido. La idea inicial apuntaba a reparar departamentos dañados, no los que cuentan con certificado de inhabitabilidad. El Serviu distingue claramente estas dos situaciones. Por lo tanto, si queremos que se despache un buen proyecto -considerando que la idea original era precisamente encontrar una solución en materia de reparación, de manera de lograr un acuerdo entre vecinos de condominios que se vieron afectados por el terremoto de 27 de febrero de 2010-, pido votar en contra las modificaciones del Senado, con el objeto de ir a comisión mixta y, en dicha instancia, explicar a los senadores el verdadero sentido de la moción parlamentaria. De hecho, si se baja el quórum a 50 por ciento, me parece bien, pero con la restricción relativa al certificado de inhabitabilidad se perdería absolutamente el sentido de la moción y, en consecuencia, la iniciativa no tendría nada que ver con el espíritu del legislador ni con el pensamiento de las personas con las cuales conversamos para redactar la moción. La otra solución sería no votar hoy y tratar de buscar alguna solución con nuestros asesores. Sin embargo, después de conversar con el diputado señor Montes, pienso que podríamos votar en contra las modificaciones del Senado, a fin de ir a Comisión Mixta. De lo contrario, el proyecto no tendría sentido alguno.He dicho.El señor ARAYA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Montes.El señor MONTES.- Señor Presidente, después de observar nuevamente los antecedentes, creo que una posible solución sería -como dice la diputada Sepúlveda- no votar hoy, sino en la próxima sesión, a fin de clarificar el alcance del término “inhabitable”, de manera de saber si se refiere a lo que no se puede usar nunca más y hay que demolerlo, o bien a un daño transitorio, pero irreparable. Si logramos clarificar el punto en cuanto a que dicho término tiene un sentido más amplio, podríamos aprobar las modificaciones del Senado y evitar ir a comisión mixta.Por lo tanto, sugiero a la Mesa postergar la votación hasta la próxima sesión, a fin de realizar las consultas pertinentes.He dicho.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente, si el alcance fuera el planteado por el diputado señor Montes, sería interesante dejarlo establecido en la futura ley y no en el espíritu del legislador. Lo digo, porque cuando uno va a regiones, se da cuenta de que el certificado de inhabitabilidad es absolutamente estricto, más aún llegado el momento de postular a otra vivienda. Si establecemos en la ley la aclaración de lo que significa el concepto de inhabitabilidad, estaría dispuesta a compartir el criterio del diputado señor Montes. Sin embargo, eso también significaría ir a comisión mixta. He dicho.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Verdugo.El señor VERDUGO.- Señor Presidente, la inhabitabilidad de los inmuebles es declarada por las respectivas direcciones de obras de las municipalidades una vez que se ha comprobado que el inmueble es irreparable. Por lo tanto, una vez declarada la inhabitabilidad, lo único que procede es la demolición del inmueble. Por consiguiente, propongo votar en contra las modificaciones del Senado para ir a la brevedad a comisión mixta. He dicho.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.Existe una proposición del diputado señor Montes y de la diputada señora Sepúlveda para postergar la votación para la próxima sesión.¿Habría acuerdo? No hay acuerdo.Por lo tanto, se votará al término del Orden del Día. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:El señor MELERO (Presidente).- Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto de ley que crea mecanismo transitorio de adopción de acuerdos de los copropietarios en los sectores medios.En votación.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 2 votos; por la negativa, 79 votos. No hubo abstenciones.El señor MELERO (Presidente).- Rechazado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Bertolino Rendic Mario; Melero Abaroa Patricio.-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.El señor MELERO (Presidente).- Propongo integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas Cámaras del Congreso Nacional durante la tramitación del proyecto de ley con los diputados señores Jorge Ulloa, Carlos Montes, Juan Carlos Latorre, Patricio Hales y Pedro Browne.¿Habría acuerdo?Acordado.INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL ADULTO MAYOR SOBRE PROPUESTAS DE MEDIDAS LEGALES Y ADMINISTRATIVAS EN FAVOR DEL ADULTO MAYOR.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Corresponde tratar el informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor, encargada de proponer medidas legales y administrativas en favor de este grupo de personas.Diputado informante es el señor David Sandoval.Antecedentes:-Informe de la Comisión Especial, sesión 1ª, en 15 de marzo de 2011. Documentos de la Cuenta N° 5.El señor ARAYA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.El señor SANDOVAL (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión Especial del Adulto Mayor, creada con el objeto de proponer medidas legales y administrativas en beneficio de este grupo de personas. paso a rendir su informe, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 229 del Reglamento de la Corporación.La Comisión estuvo integrada por las siguientes señoras diputadas y señores diputados: Juan Luis Castro González, Marcos Espinosa Monardes, Carolina Goic Boroevic, Javier Hernández Hernández, Patricio Melero Abaroa, Sergio Ojeda Uribe, Leopoldo Pérez Lahsen, María Antonieta Saa Díaz, Marcela Sabat Fernández, Ernesto Silva Méndez, Mónica Zalaquett Said y, quien habla, David Sandoval Plaza, su Presidente.Asimismo, quiero destacar el importante y meritorio rol que cumplió en esta labor la abogada secretaria de la Comisión, señora María Eugenia Silva Ferrer. Para cumplir cabalmente con su cometido, sus integrantes procedieron a recopilar la mayor cantidad de información respecto del tema en estudio, la que se encontraba dispersa en distintas instituciones públicas y privadas, proveniente de personas que trabajan en la elaboración de políticas públicas sobre el adulto mayor, de quienes ejercen funciones directamente con ellos y de representantes de organizaciones comunitarias, para lo cual se realizaron una serie de audiencias en las que se recibió a las personas que se detallan en el informe.Igualmente, con el propósito de mantener informada a la población interesada en enviar sus propuestas, se habilitó un correo electrónico especial, administrado por la Secretaría de la Comisión, que permitió la recepción de opiniones desde los más apartados rincones de nuestro país. Incluso más, se sostuvieron audiencias virtuales, como la que realizó la diputada Goic con personas de la Región de Magallanes.Con sus propuestas, se enriqueció ampliamente el debate, lo que, obviamente, contribuyó de manera sustantiva a mejorar los resultados y las conclusiones.La Comisión, luego de la información recibida en audiencias, trabajó en obtener una caracterización de la persona adulta mayor, en cuanto a la realidad en que se encuentran en nuestro país, lo que se efectuó sobre la fase del análisis de dos ámbitos: al tenor de los datos estadísticos y al tenor de las políticas públicas y la protección social existente. En lo que respecta al primero, se tuvo a la vista la última Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional, Casen 2009, cuyos primeros resultados fueron dados a conocer a partir de junio de 2010, y que tiene la particularidad de contener una mayor cantidad de información sobre el adulto mayor, incluyendo su endeudamiento. En lo que respecta a las políticas públicas, éstas fueron analizadas en cinco ejes programáticos: 1.- Vivienda, habitabilidad, entorno y transporte.2.- Salud y dependencia.3.- Situación económica: pobreza, empleo, seguridad social y protección social.4.- Educación: capacitación, formación, alfabetización y alfabetización en medios, y 5.- Inclusión social: participación, discriminación, apoyo legal, esparcimiento y turismo.El informe contiene un panorama estadístico y programático sobre las condiciones de vida del adulto mayor, mostrando los ámbitos de mayor vulnerabilidad que presenta este grupo y los esfuerzos que ha desplegado el Estado en materia de protección social para las personas mayores. Además, se han rescatado, desde los datos y desde la opinión de los expertos, las principales conclusiones y desafíos que plantea el envejecimiento y la vejez en nuestro país. La Comisión concluyó que el envejecimiento poblacional es un desafío crítico para las políticas públicas, porque todo indica que el envejecimiento poblacional constituye una de las principales transformaciones sociales de la modernidad, por lo que debe abordarse desde las políticas públicas de manera transdisciplinaria e integral, como lo requiere la complejidad y heterogeneidad del proceso de envejecimientoPara ilustrar a la Sala, algunos datos: la cantidad de personas del grupo de 60 y más, será mayor a todos los otros grupos de edades: 0-14, 15-29, 30-44 y 54-59.Hacia el 2025, las personas mayores serán cerca de 4 millones; hacia el 2050, habrá más personas mayores que niños. Ese año, por cada 100 niños habrá 103 adultos mayores. El porcentaje de crecimiento de los mayores irá en aumento, mientras que el de niños irá decreciendo sostenidamente.Entre las personas mayores, los de 80 años y más tendrán el mayor crecimiento, y hacia el 2050, serán el grupo mayoritario entre los mayores. Los integrantes de la Comisión centraron su debate en que, sin duda, el “envejecimiento de la vejez” trae consigo escenarios de mayor vulnerabilidad para las personas, toda vez que, a mayor edad, aumentan significativamente los riesgos de dependencia y de desvinculación de las redes sociales de apoyo, como asimismo en que el “envejecimiento de la vejez” constituye una de las principales áreas de intervención para enfrentar la vulnerabilidad de las personas mayores.En vista de lo anterior, la Comisión concluyó que si bien en Chile el Servicio Nacional del Adulto Mayor, desde su creación, ha realizado una importante tarea en el establecimiento de programas específicos que reconocen las particularidades de las personas adultos mayores, no existe, sin embargo, un marco general que los identifique como sujetos de derechos específicos y aborde de manera integral su protección.Igualmente, sostuvo que tanto el mencionado servicio público como los especialistas en la materia vienen sosteniendo que los numerosos retos que el envejecimiento plantea al país podrían enfrentarse de mejor manera y con más fuerza si se contara con una legislación que reconociera a las personas adultos mayores como sujetos de derechos específicos, con características y necesidades diferenciadas respecto de otros grupos de la sociedad.En tal contexto, el informe concluye en la urgente necesidad de que el Estado asuma su rol subsidiario, considerando, al menos, un marcado cambio institucional-normativo, una focalización en las políticas públicas que se desarrollen e implementen para los adultos mayores, y que resulta fundamental que el Senama sea conceptualizado como un órgano coordinador, rol que debería cumplir en el nuevo Ministerio de Desarrollo Social.Por otra parte, la Comisión resaltó que se debe considerar especialmente en estas materias la promoción y conservación de la vida autónoma de los adultos mayores. Se debiere preferir aquellos programas que promuevan un envejecimiento activo, que permiten un mejor desarrollo de este grupo de la población, como, asimismo, debieran estar encaminados en el rol preponderante que debe tener la familia en esta materia, toda vez que es en este entorno donde se logra el mayor grado de inclusión.Sin embargo, a los integrantes de la Comisión no les pasó inadvertida la situación que experimenta la mayoría de los hogares chilenos, en el sentido de que no tienen las herramientas adecuadas para encargarse de sus adultos mayores. En tal sentido, resulta relevante el rol subsidiario del Estado en esta materia, como, asimismo, incentivar los programas y campañas dirigidos no sólo a los adultos mayores, sino también a las familias en su tarea de cuidado de las personas en tan especial condición.En definitiva, la Comisión Especial del Adulto Mayor, en virtud de todos los elementos analizados y, particularmente, a la luz de las proposiciones surgidas en torno al debate, concluyó en la importancia de que la sociedad en su conjunto centre su atención en revisar y definir las políticas públicas en torno a la persona adulto mayor, en cuanto a: a) Calidad de vida, constituida, a lo menos, en ingresos y trabajo y, en especial, sobre la precariedad del mismo; seguridad social, en sentido amplio; educación; salud y funcionalidad, y cuidados de la dependencia; oportunidades y discriminación positiva, e incentivos en lo que respecta a integración social y participación en el desarrollo.b) Estructuras: entornos, accesibilidad, soportes, recursos, servicios y normas, yc) Control y fiscalización: procesos e institucionalidad.Asimismo, lo expuesto evidencia la necesidad y pertinencia -tal vez una de las grandes conclusiones de la Comisión- de crear una ley integral de protección del adulto mayor, la que, sin embargo, supone, de conformidad con el artículo 65 de la Constitución Política de la República, materias de ley de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, ya sea por cuanto implican gasto fiscal, ya por cuanto significan modificar funciones o atribuciones de servicios públicos.Por lo tanto, en mérito de lo expuesto, la Comisión Especial ha acordado solicitar a su excelencia el Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echeñique, tenga a bien disponer el envío al Congreso Nacional de un proyecto de ley que contenga una regulación integral de protección de las personas adultas mayores, que reconozca, trate y desarrolle, expresamente, al menos las siguientes temáticas:1.- Declaración de objetivos de la ley.2.- Consagración de principios rectores.3.- Definición de conceptos esenciales.4.- Reconocimiento expreso de derechos y beneficios del adulto mayor, abordando al menos los siguientes aspectos básicos:a) Entorno y vivienda: centrado en los requerimientos habitacionales, en los relacionados con el entorno; en las adecuaciones necesarias, tanto desde el punto de vista urbano como rural, en que se deben desenvolver y respecto de los medios de trasporte;b) Salud: vinculada a los aspectos sanitarios, entre los que se incluyen las tareas preventivas que deben ser desarrolladas en toda la población con el fin de mejorar los riesgos de enfermedades, los cuidados sanitarios asociados a enfermedad y las situaciones de dependencia en los casos en que se requiere de cuidados especiales;c) Situación socioeconómica: aborde las condiciones que afectan a los adultos mayores, particularmente, incidencia de la pobreza, del empleo, la previsión y la protección social;d) Educación: en el sentido de entregar los espacios de conocimiento para la plena integración de este segmento, en aspectos como capacitación laboral, alfabetización y alfabetización en medios;e) Inclusión social: desde la perspectiva de la integración a la vida del conjunto de la sociedad, en áreas como esparcimiento, recreación y turismo, como asimismo respecto del reconocimiento de algunos aspectos que pueden dificultar su desarrollo, como la discriminación y la violencia intrafamiliar.f) Establecimiento de deberes del Estado, de la sociedad y de la familia, necesarios para garantizar el respeto y pleno ejercicio de los derechos y beneficios.g) Integración de la institucionalidad vigente a este cuerpo legal.h) Establecimiento de un régimen de sanciones para los casos de trasgresión de los derechos.Las consideraciones, proposiciones y conclusiones de este informe fueron aprobadas por la unanimidad de los integrantes presentes. Concurrieron a su acuerdo los siguientes señores diputados y señoras diputadas: Marcos Espinosa, Patricio Melero, Andrea Molina (en reemplazo del diputado señor Javier Hernández), Sergio Ojeda, Leopoldo Pérez, Marcela Sabat, David Sandoval (Presidente), Ernesto Silva y Mónica Zalaquett.Finalmente, quiero destacar de manera muy especial la transversalidad de los contenidos, acuerdos y conclusiones de la Comisión, y también el profundo compromiso social de la Cámara de Diputados frente a un tema tan significativo e importante para nuestra sociedad, la que, día a día, requiere de manera sustantiva la elaboración de un proyecto nuevo que se enfoque en esta realidad social. Los adultos mayores son nuestros padres y abuelos, y a favor de ellos debemos impulsar mejores políticas y una mejor institucionalidad, a fin de que logren la verdadera inclusión que requieren.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- En discusión el informe.Tiene la palabra la diputada señora Carolina Goic.La señora GOIC (doña Carolina).- Señor Presidente, en primer lugar, quiero felicitar la creación de la Comisión del Adulto Mayor, el trabajo que hicimos no sólo al interior de la Cámara, puesto que el resultado es también consecuencia de muchas propuestas de personas que están trabajando desde hace tiempo en esta materia y, además, de muchos mayores que se interesaron al conocer la creación de la Comisión y quisieron estampar sus propuestas en el documento que hoy conocemos.Hicimos un trabajo transversal y muy inclusivo, que rescata todos los proyectos de acuerdo y mociones que se han presentado en esta Cámara en torno de esta materia, lo cual demuestra nuestro interés como parlamentarios en trabajar sobre el tema.Me sumo a las felicitaciones respecto del acompañamiento que tuvimos de la Secretaría, lo que permitió desarrollar un trabajo mucho más integral y con mayor capacidad de rescatar las propuestas.Una de las primeras ganancias que ya hemos obtenido para el mundo de los adultos mayores con la creación de esta Comisión, es el consenso de que ella debe convertirse en una Comisión permanente de esta Cámara. Al respecto, es necesario entender que con este informe iniciamos un trabajo o, más bien, nos planteamos desafíos sobre los cuales vamos a tener muchas mociones y proyectos, respecto de los cuales queremos iniciar de inmediato un trabajo legislativo que permita dar respuesta a temas donde siento que vamos un poco atrasados.En el informe, el Presidente de la Comisión dio cuenta de cómo avanzamos en una sociedad que va envejeciendo. Cuando un niño nace, su esperanza de vida es de 75 años, y una mujer espera vivir cerca de 80 años, y vemos un país que no está preparado en todos los ámbitos para acoger lo que eso significa.De los planteamientos que hacemos en el informe, quiero destacar un cambio de visión respecto a la vejez, a la adultez, y recordar que parte de esta discusión se planteó también cuando tratamos la reforma previsional, donde el gran cambio en el eje de análisis de las políticas públicas y en la legislación hacia el adulto mayor es que lo sitúa a él como sujeto de derechos, ya no como una persona dependiente; es una persona que tiene derecho a contar con una pensión mínima garantizada, es decir, con recursos para sobrevivir después de los 65 años, pero, además, tiene capacidades para trabajar, aportar, estudiar; una persona que todavía tiene mucho que desarrollar, y el Estado debe hacerse cargo de ello.Ése es el principal cambio en la forma de ver el tema del adulto mayor.Como diputada de la Región de Magallanes, tengo que agradecer, asimismo, a quienes hicieron allá un proceso de propuestas que fueron incorporadas; ello en el marco del proceso de consultas que abrimos en la Comisión. Al respecto, deseo hacer un especial reconocimiento a Eleodoro Andrade, quien asumió la coordinación y recopiló todos los antecedentes de los distintos grupos. Cerca del 90 por ciento de los grupos de adultos mayores plantearon sus propuestas en las distintas provincias.Además, debo hacer un reconocimiento especial, con un poquito de tristeza, a Inés Ulloa y Augusto Escobar, dirigentes maravillosos que hoy, desgraciadamente, no nos acompañan físicamente. Hicieron un gran trabajo y dejaron un legado maravilloso del cual me hago cargo. Sé que muchos dirigentes de adultos mayores han hecho lo mismo. Ellos nos incentivan a seguir concretando las propuestas que aquí se han planteado.Deseo hacer algunas referencias a varias de las conclusiones que se plantean y de los temas que, insisto, tenemos que abordar. Es importante que avancemos rápidamente en una ley de protección de las personas mayores, que permita abordar todas las temáticas en forma integral; que sea, de alguna manera, el marco o paraguas sobre el cual avancemos legislativamente, desde la política pública, para tratar los temas de los adultos mayores.Hay un desafío importante en todo lo relacionado con la institucionalidad. Hoy, está la propuesta de creación del Ministerio de Desarrollo Social, pero es necesario dotar de más recursos y agilizar y reforzar el rol y las capacidades con que cuenta el actual Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), que pasa a depender de Mideplan y, posteriormente, del nuevo Ministerio de Desarrollo Social. Uno ve el trabajo que realizan los profesionales de ese Servicio y, claramente, hacen maravillas con los pocos recursos con que cuentan. Necesitamos una institucionalidad mucho más fuerte en cada región. Tenemos un desafío inmediato en cuanto a la implementación de la ley de violencia intrafamiliar. El Senama debe tener capacidad de representar a los adultos mayores y contar con un abogado, en caso de maltrato grave. Además, es necesario saber cómo abordar una red de protección que se traduzca en centros de larga estada en todas las regiones. Al respecto, en la Comisión reiteré la necesidad de habilitar el centro de larga estada existente en Magallanes, construido e implementado hace más de un año, pero que todavía no ha entrado en funcionamiento. Allá, hay sesenta adultos mayores que están esperando ser atendidos. A mi juicio, no se justifica decirle a una persona de ochenta años que espere un año. Es mucho tiempo.En lo inmediato, hay tareas que tienen que ser emprendidas.Es necesario abordar la forma de lograr la implementación de políticas preventivas. El cambio en la forma de ver la vejez tiene que traducirse en evitar, por ejemplo, la internación de un adulto mayor en un hospital y dejarlo ahí; probablemente, eso hará que se enferme más. Por el contrario, es necesario que la familia valore al adulto mayor y que cuente con herramientas para cuidarlo y potenciarlo, más que enfermarlo. Todavía hay mucho por hacer, por ejemplo, en cómo abordamos perspectivas de intercambio generacional. He asistido a experiencias maravillosas en las cuales niños de jardines infantiles o de escuelas, comparten con adultos mayores. Eso permite valorar su experiencia y capacidades.Otro aspecto apunta a cómo formar recursos humanos. Al respecto, se da cuenta de la falta de geriatras existente en los servicios de salud para abordar efectivamente el desafío de la adultez. Existen temas pendientes que es inevitable señalar.Hay demandas reiteradas de los adultos mayores que todavía no se concretan en proyectos de ley. Sin ir más lejos, en lo relativo al término del cobro del 7 por ciento para salud, me gustaría que no sucediera lo del bono de bodas de oro, en que varias personas que esperaban cobrar el beneficio, quedaron en el camino, ya no están. Por lo tanto, ojalá se agilice la presentación del respectivo proyecto por parte del Gobierno, de manera de responder a las expectativas de muchos adultos mayores que nos han señalado que ésta es una necesidad prioritaria. Eso fue coincidente en todos los procesos de consulta.También deseo hacer una mención a la realidad de los territorios extremos. Lo hicieron notar los adultos mayores de Magallanes, refiriéndose también a la realidad de Aysén. Ellos abordan un costo de vida mayor, que no es reconocido. Una pensión básica solidaria tiene el mismo monto desde Arica hasta Magallanes. Sin embargo, se reconoce que en las zonas extremas y, en particular, en Magallanes, el costo de la vida es 25 por ciento más alto. Los funcionarios públicos reciben asignación de zona. ¿Por qué no reconocer esa diferencia en el caso de las pensiones garantizadas para adultos mayores mediante una asignación de zona? Incluso más, sería posible anticiparse a esa realidad, en el sentido de que también se contemple esa diferencia en las cotizaciones previsionales de quienes están activos en la actualidad.En ese sentido, tenemos un debate pendiente, así como el relativo a su demanda en materia de descentralización. Nos piden que, ojalá, esto no quede sólo en Santiago, sino que se incorpore a todos los adultos mayores, a nuestra diversidad, en un país extenso y donde, muchas veces, esta queja ha sido reiterada, sobre todo en las regiones extremas.No puedo dejar de mencionar las demandas de las viudas en relación con sus montepíos. Hoy, ellas perciben 60 por ciento de la pensión de sus maridos. En consecuencia, es necesario seguir avanzando, más allá de lo hecho en la reforma previsional.En fin, hay una serie de temas que nos entusiasman y nos animan a seguir trabajando, por ejemplo, concretar el desafío de que los adultos mayores no sean los últimos de la fila en el país, sino los primeros; reconocer sus capacidades, reconocerlos como sujetos de derecho, hacerlos participar. Por lo tanto, debemos trabajar con la celeridad que ellos merecen y necesitan en los temas que nos han indicado como prioritarios.Por último, felicito nuevamente a todos los integrantes de la Comisión, especialmente a su Presidente, y llamo a los colegas a respaldar el informe.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, no puedo dejar de expresar mi satisfacción por la preocupación de la Cámara de Diputados ante un tema tan sensible para el país. Tener tal consideración con los adultos mayores refleja la cultura de un pueblo que avanza hacia el pleno desarrollo. La unanimidad de la Sala, al crear la Comisión Especial del Adulto Mayor, puso sobre los hombros de quienes la integraron una inmensa responsabilidad. Sin duda, el informe que emitió la Comisión servirá de base al Ejecutivo para presentar a tramitación, con la urgencia requerida, un proyecto de ley de protección integral para el adulto mayor. Así lo señaló el Presidente y, a la vez, diputado informante de la Comisión especial. Señor Presidente, por su intermedio felicito a mi estimado colega David Sandoval por el buen trabajo realizado. Al margen de las consideraciones que muchos puedan tener sobre el informe, los que tenemos más años y que participamos en el quehacer de los adultos mayores, tenemos un plus que nos permite asegurar que este documento servirá de base a la iniciativa que enviará a tramitación el Ejecutivo, porque estoy cierto de que tomará debida nota de las propuestas que se formulan. A lo mejor, las palabras pueden desvirtuar la tremenda vocación de quienes participaron en la elaboración de tales proposiciones, tarea en la cual colaboraron profesionales idóneos, como médicos, cuestión que hay que tener en cuenta. No se trata de un informe más. En muchos, se recogen opiniones diferentes; sin embargo, este logró una opinión común. Hubo consenso para dar respuesta a las demandas de un segmento importante de la población, que felizmente todavía está vigente y aporta.En las otras reuniones de adultos mayores, siempre hago notar lo mucho que todavía podemos hacer por el país y para servir al lugar donde vivimos. Siempre los llamo a vivir no sólo de onces entretenidas y bailables o de paseos, los invito a integrarse de lleno a entregar sus valores formativos en atención a su experiencia de vida. Es una forma de aportar conocimiento, por ejemplo, en los colegios y -por qué no- también en universidades, donde quien habla expone sobre la historia de nuestro quehacer. Desde hace mucho tiempo se viene hablando del acelerado envejecimiento que está experimentando nuestra población. Lo señala el informe y también lo advirtió nuestra colega Carolina Goic. Me alegra mucho la actitud entusiasta de la colega y de quienes, sin ser miembros de la Comisión, estamos participando para abordar de manera integral y no desde la perspectiva de paseos y onces, la realidad de que más de dos millones y medio de personas forman parte del segmento del adulto mayor. Para abordar ese crecimiento se ha mejorado la institucionalidad, cuestión que no podemos desconocer. La creación del Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama) es un ejemplo. Se han creado y acomodado diferentes programas, a fin de facilitar la integración de este grupo etario a la vida familiar y nacional, de manera de no dejarlo aislado del quehacer cotidiano. La creación de esta Comisión Especial tuvo como objetivo revisar la situación de los adultos mayores. A propósito, quisiera que, con el tiempo, ya no se hablara de adultos mayores, sino de ciudadanos que, aunque disminuidos tal vez en su capacidad del funcionamiento, pueden ser integrados al desarrollo del país a través de sus experiencias. La Comisión salvó con éxito el objetivo y sus propuestas deberían ser acogidas por el Ejecutivo, amén de que, si lo cree conveniente, nosotros también podemos aportar nuestras ideas. A propósito del informe, quiero destacar la relación que hizo el diputado informante. Se le escuchó con mucha atención. No hubo conversaciones en la Sala. No sé si nuestro estimado colega lo advirtió. Todo fue diferente. Hubo silencio y apoyo al informe y a su relato. Lo destaco porque lo obrado por la Comisión que su señoría presidió será un factor relevante en la vida nacional. Por eso, gracias estimado colega.De las proposiciones, voy a destacar tres que debieran implementarse. La primera ha motivado varios acuerdos en esta Sala. Me refiero a la necesidad de crear centros diurnos para la atención de adultos mayores. Debido a la complejidad de la vida de las familias en que ambos cónyuges trabajan, mantener a un adulto mayor en casa representa un verdadero problema. Por ello, la creación de centros diurnos de atención y cuidado debiera ser vista como un derecho a favor de los adultos mayores.Otra proposición que debiera concretarse dice relación con la exención o rebaja del pago de las contribuciones o impuesto territorial. Un gran número de adultos mayores que lucharon durante toda su vida laboral para obtener la casa propia, hoy se ven apremiados por el alto costo de las contribuciones. Este es un reclamo general; sin embargo, ¡qué curioso!, no se ha tomado debida nota. Gente de clase media está sufriendo mucho con este pago, ya que el monto de sus pensiones no se condice con el alto costo de este impuesto territorial, cuyo destino no necesariamente va en beneficio de este sector ciudadano. La tercera propuesta tiene que ver con la cotización en salud, tema muy en boga. Se les ha prometido eliminar o rebajar el pago del 7 por ciento de esa cotización. Sin embargo, no hay respuesta a esta pregunta constante y diaria. Hasta el momento son sólo promesas, que se recuerdan en los discursos, pero que en la realidad no se plasman en iniciativas legales. Dicen que vienen, que están por llegar, que se están terminado los estudios, en fin. Los adultos mayores están preocupados. El compromiso que asumió nuestro Presidente les creó expectativas, las mismas que hoy se han transformado en desesperanza. Espero que la aprobación de este informe sea un nuevo incentivo para el cumplimiento de esta promesa presidencial.Ligado fuertemente a lo anterior, se encuentran las tablas de riesgo que usan las Isapres y que encarecen el costo de la salud a las personas mayores. De acuerdo con lo que señaló el Tribunal Constitucional, sufren de discriminación por razones de la edad. Esta situación también debe aclararse y regularse.En el proyecto que hace pocos días ingresó el Ejecutivo no se eliminan; se mantienen esas tablas. Es decir, se les arregla el problema a las isapres, pero no a las personas que van aumentando de edad. El país espera respuestas serias al respecto. Esto debe estar incluido en la ley que esperamos que nazca de este completo informe que va a servir de base para el bien común de todos los chilenos y chilenas.Sin más que agregar, porque el informe es contundente, agradezco el trabajo de toda la Comisión Especial del Adulto Mayor, a la cual intenté pertenecer, pues quería laborar en ella. Como pertenezco a la Comisión de Hacienda, no pude estar presente en sus sesiones, como era mi deseo. Los horarios no eran compatibles. Pero, agradezco el informe y la participación de quienes hicieron posible esta base que, sin lugar a dudas, no será un informe más. De eso estoy seguro. Voy a preocuparme de que en mi distrito cada uno de los cuarenta pueblos, que componen la siete comunas que represento, tenga este informe para su conocimiento y sepan que aquí, en el Congreso Nacional, en la Cámara de Diputados de Chile, estamos preocupados de que los adultos mayores se sientan tomados en cuenta en la sociedad del siglo XXI.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier.El señor TEILLIER.- Señor Presidente, tal como se planteó en el informe, el envejecimiento poblacional es un desafío crítico para las políticas públicas que se debe asumir de manera multidisciplinaria e integral, como lo requieren la complejidad y heterogeneidad del proceso de envejecimiento.Este tema debe ser abordado en su globalidad y no en forma parcial. Por eso, propusimos mediante el proyecto de acuerdo N° 85, de junio de 2010, aprobado por la unanimidad de esta Cámara, que el Gobierno elabore un proyecto de ley sobre los derechos de los adultos mayores, en el que se consideren un conjunto de materias en forma integral, que les permitan contar con una legislación que efectivamente proteja sus derechos y que esté acorde con la normativa internacional, mejorando así su calidad de vida en todos los aspectos.En este sentido, valoramos el informe que ha rendido el colega David Sandoval. Coincidimos con su conclusión final de solicitar al Ejecutivo que envíe, ojalá muy pronto, un proyecto de ley relativo a los adultos mayores.Ese proyecto de ley deberá generar servicios diferenciados para las personas mayores y considerar, además de los señalados en el informe, varios otros aspectos.Quiero resaltar algunas de las inquietudes que plantean los adultos mayores. Algunas están incluidas en el informe y otras si bien están incluidas, están dichas de otra manera, por lo que existen matices, pero creo que es necesario siempre abundar en estos elementos para que tengamos una ley que represente lo mejor posible el sentimiento de los adultos mayores.Una cosa que les preocupa mucho es la posibilidad de desplazarse en el sistema de transporte urbano, tanto público como privado, en todas las regiones del país, con una tarifa rebajada, cuestión que existe en algunos medios de transportes, por ejemplo, en el Metro -no en los buses-, pero respecto de algunas horas que no son siempre de su conveniencia. Por eso, debería individualizarse a cada adulto mayor y entregarles un carné, como ocurre en otros países, que le permita desplazarse pagando menos que el resto de la población.Los adultos mayores tienen todavía perspectivas de vida y desarrollo, y el Estado debería entregarles, por ejemplo, becas para la enseñanza superior, bajo el lema “atrévete a dar nuevos pasos”, que se ha acuñado en algunas agrupaciones de adultos mayores.Se debe implementar toda una política de valorización o revalorización del adulto mayor en textos educacionales, desde la educación básica hasta la universitaria, incorporando el diálogo intergeneracional, creando espacio y tiempo para la transmisión de experiencias y valores a las nuevas generaciones. Esto es muy importante, porque, a veces, se menosprecia a los adultos mayores. Ésta es una queja muy extendida y, en verdad, deben ser considerados igual que todas las personas de nuestra sociedad.Hay adultos mayores que tienen grandes sentimientos y emociones por el ámbito artístico y cultural, y les gustaría poder realizase desde el punto de vista de la creación, en el teatro, cine y ballet. Por consiguiente, deberían existir iniciativas dirigidas a la valoración social y al testimonio vivo de adultos mayores. Se debe otorgar la opción para las jubiladas y los jubilados de continuar trabajando en su profesión u oficio, con remuneraciones dignas y flexibilidad horaria.Un asunto que preocupa enormemente es el abandono que sufren los adultos mayores y las pocas posibilidades que tienen de ser cuidados o tratados con cierta especialización. Por eso, debería crearse la carrera técnica de cuidadores de adultos mayores, con estándares de calidad, como un componente del sistema de educación formal, asegurando remuneraciones decentes a este personal.En relación con el trato que se da a los adultos mayores en algunas familias, hay muchas quejas por hijos que los abandonan. Además, los cuidados que se dan en las casas de acogida dejan mucho que desear.Debería fomentarse, a través de incentivos económicos para el sistema público de salud, la formación de especialistas, geriatras, kinesiólogos, gerontólogos, enfermeras, fonoaudiólogos y odontólogos, entre otros, preparados para atender las particularidades de la población mayor. Éste debe ser un capitulo muy especial. En todo el sistema educacional faltan especialistas, pero se nota especialmente en el sector de los adultos mayores.Hoy, con urgencia, deberían crearse, en los consultorios de atención primaria de salud, los departamentos de atención de adultos mayores, atendidos por gerontólogos y geriatras.Otra reivindicación muy sentida de los adultos mayores es la necesidad de establecer convenios con la industria farmacéutica y laboratorios para rebajar, al menos, en un 30 por ciento los precios de los medicamentos que expenden laboratorios y farmacias para los adultos mayores que deben comprar con receta y que padecen enfermedades crónicas como hipertensión, diabetes, artrosis, artritis, obstrucción bronquial, entre otras patologías. Hay pensionados que gastan un 40 ó 50 por ciento de su pensión en remedios.Es necesario fortalecer los Consejos Asesores Regionales de Mayores en su rol de control ciudadano y de retroalimentación con el Estado para la toma de decisiones sobre las políticas y planes que afectan a las personas mayores, incorporando las organizaciones de jubilados y montepiados en todos los niveles. Esas consultas que hizo la Comisión Especial del Adulto Mayor, que entrega el presente informe, deberían seguir adelante durante la discusión del proyecto -así lo recomiendo al Ejecutivo-, teniendo en cuenta que en el país existen 15 consejos asesores regionales del adulto mayor.Hoy es necesario, antes de que se promulgue la ley, fiscalizar los establecimientos de larga estadía o asilos de ancianos de carácter privado, velando por un trato humano y una atención de salud adecuadas para las personas mayores. Sin duda, ha habido innumerables denuncias, porque no se cumple con las normativas en dichos establecimientos. Asimismo, planteamos la necesidad de crear casas del adulto mayor en cada comuna del país, con dependencia municipal, convirtiéndose en centros de información, derivación, actividades educativas y recreativas, además del fomento de actividades físicas en espacios propicios.Dado que se están discutiendo temas sobre la televisión digital, sería importantísimo que los medios de comunicación, en particular los televisivos, proyectaran nuevas imágenes del envejecimiento y la vejez.También se plantea la necesidad de fortalecer los clubes y las uniones comunales de adultos mayores. Como se consigna en el informe, en Chile están registrados 12 mil clubes de adultos mayores, de los cuales el 70 por ciento de sus miembros son mujeres.En cuanto a los proyectos a que pueden postular dichos clubes, se debe hacer una modificación para facilitar que las organizaciones de adultos mayores puedan participar en ello, tanto en las municipalidades como en el Senama. Son muchas las dificultades que deben sortear los clubes de adultos mayores para optar a los beneficios de los proyectos. Por lo tanto, se debe simplificar eso.Además, proponemos el acceso a los beneficios de la Reforma Previsional para todas las mujeres pensionadas a partir de los 60 años, como asimismo la reposición inmediata del derecho de la cuota mortuoria, perdido en el marco de dicha reforma.Como se manifestó, existe la necesidad de nivelar el montepío en un ciento por ciento. Por ejemplo, en el sistema del IPS hay aproximadamente 245 mil viudas, de las cuales sólo el 50 por ciento recibe el ciento por ciento de la pensión del causante y el resto es discriminada.Sería largo de enumerar todas las inquietudes que existen entre los adultos mayores, las cuales deberían conformar la base de un proyecto, que, a nuestro juicio, debe tener un alto contenido social y requerir una urgente elaboración. Para ello, estamos dispuestos a prestar toda nuestra colaboración.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Pérez.El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente, las diputadas y los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, quienes además son miembros de la Comisión Especial del Adulto Mayor, han expuesto sus apreciaciones respecto del fondo del informe final entregado por el Presidente de dicha Comisión, diputado señor David Sandoval.Como integrante de esa Comisión, más allá de los ejes y de las propuestas formuladas en el informe, deseo expresar que tenemos una deuda como sociedad y como país en cuanto a dignificar a ese grupo etario de la sociedad, el cual es cada vez mayoritario y tiene ganas de una participación más activa dentro de la sociedad chilena.Más allá de solicitar al Ejecutivo que promueva leyes o políticas públicas orientadas a mejorar las condiciones de vida para cuando algunos de nosotros estemos próximos a esa edad, como muy bien señaló el Presidente de la Comisión, el hecho es que como sociedad debemos incorporar realmente a los adultos mayores desde el seno de la familia.Durante el trabajo de la Comisión, quedaron de manifiesto tanto por los especialistas de las distintas disciplinas como por los representantes de clubes de adultos mayores, además de lo que se puede ver en cada distrito que uno representa, que los principales temores de ellos, aparte de los problemas previsionales, de acceso a la salud, etcétera, son la soledad, el abandono, el menosprecio y el ser una carga para las familias.En definitiva, aparte de presentar este proyecto al Ejecutivo, propongo que para trabajar con los adultos mayores primero es necesario considerarlos. No porque seamos sus representantes o el Ejecutivo esté encargado de llevar esas políticas públicas debemos iniciar un proceso de integración de los adultos mayores sobre la base de concretar esas políticas con ellos y para ellos. Creo que sus experiencias de vida y de trabajo serán muy importantes al momento de que tanto el Ejecutivo como los legisladores los tengamos en cuenta, a fin de que como sociedad los vayamos dignificando, pero con un compromiso serio. No bastan las mejoras o las políticas de parche, pues debemos integrarlos definitivamente a nuestra sociedad. Eso pasa porque cada uno de nosotros incorpore en su familia y en el sistema educacional la experiencia y el aporte que hacen a la sociedad para que se sientan útiles. Insisto, lo más importante para los adultos mayores es sentirse útiles, dejar a un lado la soledad, el abandono y la discriminación.Finalmente, hago un llamado a todos los colegas a aprobar por unanimidad el informe de la Comisión. He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Mónica Zalaquett.La señora ZALAQUETT (doña Mónica).- Señor Presidente, hoy en Chile las personas viven, en promedio, diez años más que en 1920. Actualmente, existen más de 2 millones de adultos mayores, lo que alcanza aproximadamente al 15 por ciento de nuestra población.A nivel mundial, ellos son reconocidos como un grupo etario que requiere una protección especial, por lo que sus derechos han tenido un reconocimiento sostenido a través de declaraciones, pactos y tratados internacionales.Precisamente, para hacernos cargo de ese importante grupo de personas, dimos un primer paso con la creación de la Comisión Especial del Adulto Mayor. Durante los meses que trabajamos en ella, tuvimos oportunidad de escuchar a sus representantes y a especialistas en el tema, quienes coincidieron en la poca preocupación que aún hay en Chile por los adultos mayores. En nuestro país todavía no se da la importancia, protección y reconocimiento que ellos requieren.¿Cuál es la realidad de hoy? En materia de salud, no existen consultorios enfocados al cuidado senil ni tampoco se imparte la especialidad médica de geriatría en todas las universidades. La situación socioeconómica de los adultos mayores es precaria, debido al bajo monto de las pensiones que reciben y a la baja empleabilidad.En cuanto al entorno y a la vivienda, estos aspectos no son adecuados para sus requerimientos. La mayoría de los establecimientos de larga estadía no cuenta con la suficiente fiscalización.Finalmente, hay poco o nada de integración en la sociedad, lo que afecta tanto a su salud física como mental.Sabemos que el Senama ha hecho un gran aporte en el tema, pero se requiere un esfuerzo conjunto del Estado, de las empresas y, sobre todo, de nuestras propias familias.Asimismo, se concluyó que los numerosos retos que el envejecimiento plantea al país podrían enfrentarse de mejor manera y con más fuerza si se contara con una legislación que reconozca a los adultos mayores como sujetos de derechos específicos, con características y necesidades diferenciadas respecto de otros grupos etarios de nuestra sociedad.Señor Presidente, es deber del Estado crear las condiciones sociales que permitan a todos los integrantes de nuestra comunidad alcanzar una mayor realización espiritual y material, y entregarles las condiciones adecuadas para vivir con dignidad.Por eso hoy solicitamos al Ejecutivo un proyecto de ley que contenga una regulación integral de protección de las personas adultas mayores, que reconozca, trate y desarrolle expresamente al menos las temáticas relativas a la salud, entorno y vivienda, situación económica y previsional, educación e inclusión social.De la misma forma, señor Presidente, y a fin de hacer más efectivo este camino, la Comisión del Adulto Mayor debe tener carácter permanente. Si bien se creó con la finalidad de que se abocase al estudio y recopilación de antecedentes de un tema específico, la complejidad de la situación de los adultos mayores requiere, como dije, de una comisión permanente.Ya dimos el primer paso. Hoy, con orgullo y alegría, solicitamos al Ejecutivo que nos apoye en esta iniciativa No debemos olvidar a nuestros adultos mayores, porque son fuente de sabiduría y han entregado sus vidas al país y a sus familias. Ahora es el momento de que les devolvamos la mano.Como país en vías de desarrollo, debemos aprender a valorar la experiencia de las personas mayores, porque proteger e integrar a nuestros abuelitos y abuelitas a la sociedad, no sólo es reconocerlos a ellos, sino que es un gran aporte y fuente de sabiduría para todos nosotros. Esta es una oportunidad histórica, que espero que esta Cámara no desaproveche hoy.Por lo tanto, por intermedio del señor Presidente, solicito a los diputados presentes que aprobemos esta petición para dar el carácter de permanente a esta comisión.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.El señor OJEDA.- Señor Presidente, me honro de haber integrado esta comisión que ha estudiado y analizado la situaciones que afectan a los adultos mayores. Me honro, porque considero muy oportuno abocarse al tema ahora, por las circunstancias y los motivos que voy a señalar más adelante.Las conclusiones del informe han sido muy certeras y muy precisas, lo que se debe al estudio, la opinión y sugerencias de muchos expertos, como también a la participación de los señores diputados.Quiero felicitar al Presidente de la Comisión, don David Sandoval Plaza, ya que bajo su conducción se ha realizado un trabajo exitoso. No siempre se reconocen estos logros, pero quiero hacerlo en esta oportunidad.También felicito a la secretaria de la Comisión, la señora María Eugenia Silva, quien ha tenido una destacada participación en el tema y a los diputados correspondientes.Chile se encuentra entre los países más envejecidos de la región, opinión que no es fortuita ni circunstancial, sino que está basada en la realidad y en los porcentajes existentes sobre la materia.Quiero dar a conocer algunos datos que no se han mencionado aquí.En 1970, sólo el 8 por ciento de la población era adulto mayor; en 2002, aumentó al 11,4 por ciento, y cuatro años después, al 13 por ciento. En la actualidad, el 15 por ciento de los chilenos es adulto mayor, es decir, 2.541.607 personas. En 2025, el 20 por ciento será adulto mayor, es decir, 3.825.000 personas. Para 2050, el 28 por ciento será adulto mayor, o sea, 5.689.093 personas. Estos cálculos fueron hechos por el Senama y otros tratadistas.Puede ser una muy buena noticia y es una maravilla constatar estas cifras ascendentes de adultos mayores. El promedio de vida actual es de 78,6 años; el año 2020 será de 80,2 años. Gracias al apoyo de la ciencia, al avance de la tecnología y de la medicina, y al bienestar que los países brindan a sus conciudadanos con sus nuevos sistemas de protección, aumentan los estándares de vida.Ante esta realidad y este nuevo grupo etario, debemos preguntarnos si el país responde a sus reales necesidades. ¿Se ha preparado o se ha ido preparando para enfrentar los nuevos requerimientos de un grupo social ascendente? ¿El Estado ha elaborado y previsto políticas o programas para atenderlos como corresponde, ya que estamos bajo un sistema egoísta y personalista, como es la economía social de mercado, que no responde a conceptos solidarios ni de beneficios esencialmente sociales?Por eso es oportuno y valioso el trabajo de la comisión, pues recoge todas estas interrogantes y hace propuestas y sugerencias para que sean recogidas por el Gobierno, dadas las escasas facultades que tenemos para legislar sobre la materia. Además, la comisión ha determinado la existencia de una realidad. No la hemos descubierto, pero hemos detectado que está visible ahí, y requiere de una política integral que les garantice a esos adultos mayores una vida plena y digna, sobre todo a los del sector más vulnerable, que es mayoritario. El 24 por ciento de los adultos mayores son dependientes, es decir, no se valen por sí mismos y requieren del apoyo de organismos o de personas. El 8,9 por ciento de adultos mayores son indigentes. El Estado no ha podido asumir plenamente su acogida y albergue. Hoy, gracias al esfuerzo de particulares, como el Hogar de Cristo, la Fundación Las Rosas y tantas más, existen 1.618 hogares en el país que albergan a adultos mayores. No obstante, miles de ellos no tienen dónde cobijarse. El 63 por ciento presenta deterioro cognitivo, demencia senil o alzheimer. Muchos han perdido todo vínculo familiar. Hay adultos mayores postrados que viven solos, pero reciben la ayuda generosa de los vecinos. Hoy, el diario El Austral, de Osorno, impacta con una noticia que se está haciendo muy cotidiana respecto de los adultos mayores que viven solos. Dice: “Encuentran cadáver de adulto en Osorno tras romper ventana de su casa.” Nuestra comisión ha hecho una propuesta para dar mayor compañía y protección a los adultos mayores que viven solos. Nuestro deber es darles una atención preferente, estructural y generosa. Se requiere la intervención subsidiaria del Estado, mayor financiamiento o un financiamiento complementario para atender estas situaciones, porque no existen hogares suficientes para ellos.Por otro lado, también quiero describir otra realidad.La Unión de Pensionados de Chile, que fue invitada a la comisión y que agrupa a más de 800 mil personas, nos habla de graves deficiencias del sistema previsional de los pensionados del país. Desde 1973, sus pensiones se han visto reducidas en 35 por ciento o más. Dicen que una pensión no puede ser inferior a 255 mil pesos. ¿Qué pasó con la ley de Revalorización de Pensiones que no se aplica desde 1984 por falta de financiamiento? El decreto ley N° 670, del 2 de octubre de 1974, rebajó sus pensiones en 80 por ciento. Se les quitó el 10,6 por ciento para paliar la crisis económica y sanear la banca privada. ¿Y qué pasa con el 7 por ciento de salud que implica un absurdo previsional? Durante muchos años hemos hablado que vamos a eliminar el 7 por ciento de cotización de salud a los adultos mayores, pero, hasta el día de hoy, no pasa nada. Son sólo promesas. Por eso, un señor diputado, siempre repetía: “y los jubilados, ¡cuándo!” Entonces, vamos a seguir repitiendo: “y los jubilados, ¡cuándo!” El 7 por ciento debe eliminarse y presentarse el proyecto de ley ahora.Aparte de todo eso, vemos cómo los jubilados a veces son objeto de humillaciones y de ignominia. Vemos cómo en nuestras ciudades hacen largas filas para cobrar su pensión en cajas pagadoras en lugares inapropiados, como el Servipag y los supermercados. Eso es una realidad que preocupa y lo debemos enfrentar. Por ello, es muy oportuno el informe al sugerir la necesidad de revisar la situación previsional en un marco de una medida compensatoria.También existe una categoría de adultos mayores activos que se resisten a llevar una vida pasiva. Son comerciantes, agricultores y empresarios, a quienes se les cierran las puertas y se les niegan sus derechos. Queremos que, sin límite de edad, puedan acceder a créditos en la banca, en instituciones financieras y de previsión, pues ellos también tienen derecho a hacerlo.El tema requiere de un sistema de protección y asistencia del Estado, que contemple la entrega de viviendas, sistemas preventivos de salud, espacios en educación, en fin, todo lo que está consignado en el informe. El trabajo es muy completo y rico y hay una serie de sugerencias y conclusiones que invito a los colegas que lo lean. Queremos que el Presidente de la República haga realidad alguna de estas propuestas, en conjunto con la sociedad, desde el punto de vista de integración a la vida, en áreas como las de esparcimiento, de recreación y de turismo. Dijimos mayores recursos del Estado para las casas de acogida; que los adultos mayores no tengan impedimento para optar a algún derecho como sujetos activos y que sean considerados como sujetos reales de derecho; que no sean discriminados ni objeto de violencia física o psicológica. La inclusión social es importante. Además, es necesario confeccionar un código sobre derecho de los adultos mayores; un rol fuerte del Estado en las políticas públicas para los adultos mayores; políticas permanentes y acciones que en el tiempo perduren y no soluciones parciales ni barnices, sino que hacerse cargo del tema en profundidad. Ojalá exista un código del adulto mayor como los hay en distintas especialidades. En consecuencia, tiene que haber una consideración muy especial hacia los adultos mayores que han vivido y realizado una vida de aporte y trabajo, han entregado gran parte de su vida al servicio de la patria y dejado una valiosísima huella de generaciones en el país.A través del tiempo ha habido un aporte y una preocupación por los adultos mayores. Los gobiernos de la Concertación le dieron mayor dignidad y apoyo a un rostro humano que necesitaba mayor presencia y participación. La ley N° 19.828, de 27 de julio de 2002, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, es un aporte; planes y apoyo para organizarse. Hay muchas agrupaciones de adultos mayores, mucho financiamiento, muchos planes, pero eso requiere de una política de Estado, pues no todos los adultos mayores están agrupados en clubes.El informe de la comisión contiene todo el análisis del tema, y sus conclusiones no son más que una descripción de la realidad de los adultos mayores, y las propuestas son peticiones y sugerencias al Ejecutivo, para resolver la grave y urgente necesidad que los afectan.El Congreso Nacional debe sentirse muy satisfecho con este trabajo y muy animado en seguir apoyándolo si es que alguna de estas consideraciones es ley. La verdad es que queremos una consagración constitucional del más alto nivel, en la jerarquía superior, en la cumbre de nuestro ordenamiento jurídico, para los adultos mayores. Se debe tener presente su porcentaje y número porque, sin duda, aumentará. ¿Es un fenómeno social o un resultado lógico natural? Debemos establecer en forma rápida y urgente una estructura que controle y fiscalice a este segmento de la sociedad.El Senama, después de salir de la Secretaría General de la Presidencia y pase a Mideplan, que seguramente formará parte del Ministerio de Desarrollo Social, debiera tener la importancia e incidencia que le corresponde. Es urgente y bueno preocuparnos. Finalmente, quiero repetir lo que los representantes del Consejo Asesor Regional de Adultos Mayores de la Región Metropolitana dijeron, en su oportunidad, en cuanto a que querían el desarrollo de una cultura de respeto y trato digno hacia las personas mayores: “Exigimos una imagen positiva de la vejez que reconozca a las personas mayores como lo que somos, protagonistas fundamentales del desarrollo del país.”.Voy a apoyar el informe y pido a los señores diputados que ojalá lo aprobemos por unanimidad, por el aporte que significa para la Cámara de Diputados este trabajo muy responsable y profundo.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.Tiene la palabra el diputado de Urresti.El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en primer lugar, felicito a cada uno de los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor por un trabajo de enorme importancia, que se ha consignado en un documento que se somete a la consideración de la Sala. Es importante que la Corporación lo difunda en las agrupaciones de adulto mayor, en consejos regionales, para su conocimiento y difusión. Vaya un reconocimiento a cada uno de los integrantes por la labor realizada.Es fundamental que la Cámara fije como norma de discusión poner su centro de atención en los adultos mayores. Una de las conclusiones principales que nos deja el informe es que existe un conjunto de normas, iniciativas legales o reglamentarias de distintas instituciones públicas o privadas que abordan la temática de los adultos mayores. La visión integral es establecer una política de Estado, una ley marco que dé relevancia e importancia presupuestaria, pero, desde el punto de vista legal, es fundamental poner en el centro de atención la preocupación por nuestros adultos mayores.Permanentemente existen loables iniciativas en municipalidades, en gobiernos regionales, en instituciones, en empresas públicas o privadas, para avanzar y consolidar mejoras para cada uno de los adultos mayores de nuestro país. Pero falta una sistematicidad, una visión global, una ley marco que informe a cada uno de los servicios públicos, con la relevancia e importancia que requieren los adultos mayores. Se han señalado acá una serie de aspectos pendientes importantes de mencionar y consignar, pero es necesario identificar su real dimensión.La eliminación progresiva del 7 por ciento que se les descuenta a los jubilados en salud es una norma fundamental. Hubo un anuncio el último 21 de Mayo. Esperamos que el Ejecutivo envíe el proyecto respectivo. Reitero: esto es fundamental, porque grava de manera tremenda a miles de jubilados y tiene que rebajarse.Pero ésa es una política puntual, focalizada. Es importante avanzar en ver cuál es la forma de vida, la dinámica, la jornada diaria que realiza un adulto mayor y, en esa perspectiva, poner atención respecto de la disponibilidad de viviendas. Pero viviendas tuteladas, integradas no a barrios de adultos mayores, sino a sectores donde existan matrimonios pobres, gente de distinta composición etaria para que los adultos mayores estén protegidos, pero a la vez integrados. Es fundamental seguir realizando esto en el marco de la política en vivienda.Centros diurnos. Muchas asociaciones regionales de adultos mayores de la Región de Los Ríos me preguntan: “¿Qué hacemos durante el día, diputado? ¿A dónde vamos? Vivo con mi hijo, con mi hija; me quedo viendo tele”. Eso es nefasto desde el punto de vista de la política de movilidad. Necesitamos tener una red nacional de centros diurnos donde el adulto mayor pueda ir a compartir con sus iguales, a leer el diario, a ver televisión, a jugar naipes; a salir, a desplazarse desde el hogar donde permanentemente habita. Y para ello se requiere una política de Estado que incluya los centros diurnos o alguna acción a través de las cajas de compensación o de las mismas AFP, que hacen tanta parafernalia respecto de sus oficinas. Pero debiera haber un referente, invertir en algún espacio público donde los adultos mayores puedan permanecer. La política de vacaciones.Se ha avanzado bastante en las vacaciones “contraestación” para los adultos mayores. Pero la oferta siempre es escasa, no es algo sistemático. Simplemente, los grupos que están organizados, que tienen más capacidad de gestión logran hacer esas giras: ir a las termas, a la cordillera, a la playa, a distintos lugares. ¡En buenahora! Pero esto debiera ser una política extendida del Estado, una política ampliamente difundida y no sólo radicada en aquel municipio que tenga mayor capacidad de gestión o en los gobiernos regionales.En materia de pasajes, hace un tiempo presentamos un proyecto de acuerdo -el informe de la Comisión consigna el conjunto de iniciativas legales o de proyectos de acuerdo que se han generado en esta Cámara- para, así como se ha luchado enormemente por que los escolares tengan su pase escolar, lograr, a través de subsidios al transporte, que los adultos mayores paguen una tarifa diferenciada, más baja. Los adultos mayores generalmente viajan en los transportes colectivos a contrahorario del resto de la población; no se desplazan a las 7 u 8 de la mañana hacia los centros de trabajo, sino que más tarde, y regresan antes del término de la jornada laboral, en momentos en que el metro, el metrotren, los autobuses, los taxis, las micros van generalmente desocupados.Entonces, no se trata de una política que vaya a impactar en esos medios de transporte público. Y ahí debiera haber una definición: una categoría, un carné, un pase para que los adultos mayores puedan tener efectivamente mayor incidencia. Fortalecer con recursos, espacios y reconocimiento a los consejos regionales del adulto mayor. En nuestra Región de Los Ríos existe una tremenda organización al respecto. Estos consejos se organizan y se desplazan a través de las 12 comunas de la Región; pero siempre hay carencia de recursos. Hoy día esas agrupaciones hacen un enorme esfuerzo para cumplir la misión de atender a sus asociados. Pero siempre es poco. Entonces, también se debe fortalecer con recursos, con institucionalidad gubernamental el enorme esfuerzo, el gran trabajo que hacen los adultos mayores. Por último, señor Presidente, quiero felicitar a la Comisión Especial del Adulto Mayor, saludar a cada uno de los invitados que concurrieron a esta instancia y, sobre todo, enviar desde esta Cámara el mensaje de que aquí debe haber una política de Estado. Como socialistas estaremos disponibles para tener una ley marco, una política de Estado de aquí a largo plazo a los efectos de poder abordar de manera seria y sistemática el problema que se avecina debido el envejecimiento de nuestra población. Hacia allá vamos todos; algunos antes, otros después. Pero estaremos aquí, disponibles, a fin de que esto sea una política de Estado no de confrontación, no de Gobierno-Oposición, sino una política de Estado para que nuestros adultos mayores tengan un pasar digno, como corresponde a chilenos y chilenas que han entregado lo mejor de su vida a la patria.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Andrea Molina.La señora MOLINA (doña Andrea).- Señor Presidente, por su intermedio, quiero felicitar al diputado De Urresti, porque la verdad es que estoy absolutamente de acuerdo con su política de Estado.Obviamente, hicimos un trabajo muy intenso, muy comprometido y muy serio en la Comisión. Fueron muchos meses de trabajo, tuvimos numerosas visitas -todas importantes e interesantes- que nos fueron develando muchas cosas que hoy están generando una pésima calidad de vida para el adulto mayor. Debemos enfocarnos en puntos relevantes: fortalecer el Senama, darle más herramientas para que pueda fiscalizar no sólo a los hogares de ancianos que se encuentran funcionando en forma clandestina. ¡Cuántos hogares cerramos cuando trabajé en comunicaciones; cuántas veces fuimos a escondidas para ver cómo, lamentablemente, golpeaban a nuestros abuelitos; cuántas veces nos encontramos con ellos muertos al interior de las casas! Son realidades que se viven en nuestro país hasta el día de hoy. Lamentablemente, abandonamos a nuestros padres y los dejamos ahí, en las manos del que sea, por lo general, personas que no tienen la preparación necesaria, que ganan un sueldo miserable.Creo que en ese sentido debemos invitar al Ejecutivo a que ponga esa “tercera patita” que falta a fin de contar realmente con la ayuda que se requiere para que los hogares que hoy son “clandestinos”, que cumplen con casi la mayoría de las normas, puedan insertarse en el sistema como corresponde, cumpliendo con todo a fin de entregarles un servicio como corresponde a nuestros adultos mayores. Por otro lado, hoy día muchas familias tienen un grave problema: La mayoría cuida a sus padres. Pero qué pasa con esos cuidadores; qué pasa con la depresión de esos cuidadores; quién les da algún tipo de consejo, de ayuda. Es un asunto que no se ha solucionado, y en ese ámbito también debemos trabajar intensamente. También está nuestra mirada hacia la construcción de viviendas para la tercera edad. ¿Cómo estamos enfocando en la actualidad esa situación? ¿Los adultos mayores tienen en sus viviendas la accesibilidad que requieren en las puertas, en el primer piso, en el baño, en el dormitorio, en la cocina? Son aspectos que hoy día no están considerados, no existen, y tenemos que cambiarlos.Muchos elementos se están incluyendo en este trabajo, que ha durado mucho tiempo. Y nos encontramos muy contentos de presentarlo hoy. Pero esto no puede quedar aquí, no puede quedar sólo en las intenciones, en bonitas palabras, sino que tenemos que hacerlo real, efectivo. Debemos contar con los recursos para poder implementar servicios de geriatría en los hospitales públicos, para incentivar esa carrera que prácticamente no existe. Porque los geriatras están trabajando en áreas absolutamente distintas. Invitamos a todos los diputados a dar su aprobación a este informe, resumen de un trabajo que se hizo con mucho amor. Por último, le dedico este trabajo especialmente a un hombre que ya no está aquí, pero que marcó mi vida: mi abuelito Arturo. Me siento orgullosa, y gracias a él estoy acá, a su empeño, a su esfuerzo y a que siempre me dijo que los límites uno se los pone. He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.La señora VIDAL (doña Ximena).- Señor Presidente, el informe habla de los adultos mayores y de las políticas públicas. Como nos mandata la sociedad de hoy, el Congreso Nacional, junto con todos los actores políticos, sociales y culturales, focalizó el tema del adulto mayor y sus derechos.Así como hay políticas públicas dirigidas a defender los derechos de los niños, durante los gobiernos de la Concertación se creó el Servicio Nacional para el Adulto Mayor, un organismo que desde el Estado coordina, implementa y fomenta diferentes actividades políticas y acciones sociales en favor de este grupo etario.Las personas mayores son las que mantienen la historia de nuestra cultura, traspasan la sabiduría y el conocimiento, cuidan a los nietos y nietas, sobre todo, en nuestra sociedad actual, donde hay madres que no logran conciliar las tareas familiares con las exigencias laborales. Por lo tanto, los abuelos y abuelas juegan un rol protagónico en la conformación armónica de las familias y constituyen el rol productivo de hombres y mujeres.Por ello, quiero hacer un reconocimiento al trabajo realizado por el Servicio Nacional del Medio Ambiente y también por la Comisión Especial del Adulto Mayor de la Cámara de Diputados por este completo informe. La profundización y adecuación a la realidad de las políticas integrales para las personas mayores es un deber. La salud, la previsión y la protección social también son temas que no podemos dejar a un lado.Quiero resaltar que una de las tantas medidas pendientes es el pase especial en el transporte público para los adultos mayores. Ya tienen rebaja en el Metro de Santiago, pero ello se debe hacer extensivo a un sistema integrado de transporte, tanto en la Región Metropolitana como en las regiones. Es hora de que cuenten con una tarifa rebajada integral.Hemos presentado muchos proyectos de acuerdo en ese sentido, pero no hemos recibido una respuesta del Ejecutivo. Por ello, insisto, hay que apurar la causa, sobre todo, en cuanto a generar los cambios señalados en este informe. Son muchos los años que hemos estado trabajando en los temas que afectan a los adultos mayores. Ellos son nuestros principales interlocutores en el trabajo que desarrollamos en los distritos, como es la representatividad. Asimismo, con ellos mantenemos los principales diálogos sobre sus problemas en nuestros distritos.Por ello, exigimos al Gobierno que cumpla con una batería de medidas que están pendientes para las personas mayores de nuestro país. La Cámara de Diputados no tiene facultades para implementar subsidios y subvenciones especiales en favor de los adultos mayores -la juventud acumulada. como los llama la ex presidenta Bachelet. Aun cuando no se pedía un reconocimiento a los 50 años de matrimonio, reconozco que cualquier ayuda es bien recibida. El sentido de crear políticas públicas para los adultos mayores tiene que ver con la inserción en la sociedad de todos nuestros viejitos y viejitas en igualdad de condiciones.Por ello, insisto, quiero llamar la atención del Gobierno para que se haga cargo de este informe, el cual define un diagnóstico que ya es conocido y se sostiene desde hace algún tiempo, debido al aumento de los adultos mayores en nuestra sociedad. Pero ya es hora de actuar y que el Gobierno cumpla con lo prometido.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcos Espinosa.El señor ESPINOSA (don Marcos).- Señor Presidente, sin duda, el informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor -que sesionó en forma ininterrumpida el año pasado- condensa los aspectos fundamentales y estuvo motivado por el espíritu que impregnó a cada uno de quienes formamos parte de ella. Aprovecho, por intermedio de la Mesa, de entregar mi felicitación al diputado Sandoval, quien con un espíritu muy abierto logró que pudiéramos condensar las distintas opiniones que se dieron respecto de una temática tan importante como es la relativa al adulto mayor.Las tasas de crecimiento son incuestionables; las tasas de envejecimiento también. De acuerdo con los antecedentes entregados por el Instituto Nacional de Estadísticas, se ha proyectado que para el 2025 tendremos una población de adultos mayores de 60 años de edad de aproximadamente 20 a 25 por ciento. Es decir, al año 2025, la estructura de la población en Chile va a estar conformada por un 20 a un 25 por ciento de personas por sobre los 60 años de edad. Por lo tanto, es indispensable que hoy el Estado y el Gobierno, en una actitud proactiva, genere políticas e intervenciones inmediatas hacia ese segmento.En la Comisión vimos cuáles eran las dificultades que enfrentaban los adultos mayores en distintas áreas de la sociedad, como salud, educación y vivienda. Pero creo que todos coincidimos en que uno de los aspectos más sensibles y que dice relación con la calidad de vida de los adultos mayores es la integración.En la Comisión tuvimos la oportunidad de recibir a distintos estamentos y organizaciones que expresaron las demandas relacionadas con los adultos mayores de nuestro país y todos reclamaban exactamente lo mismo: mayores oportunidades de integración, mayor participación en la vida cívica de nuestro país y mayores posibilidades de capacitación.Esto, sin lugar a dudas, echa por tierra o desmiente la posición de que el Estado debe tener una actitud asistencialista o paternalista hacia los adultos mayores, sino que tiene que proveer las oportunidades para que ellos puedan integrarse de manera eficiente y adecuada a las distintas actividades de la sociedad, ofreciéndoles ciertas garantías para que puedan hacerlo de manera apropiada.Hubo temas que quedaron pendientes, porque lamentablemente no tenemos iniciativa para modificarlos, que dicen relación con el funcionamiento de las cajas de compensación. Actualmente, hay un gran porcentaje de adultos mayores que están inscritos en estas cajas de compensación y reciben sus beneficios. Sin embargo, fuimos informados de que las cajas de compensación, además de los beneficios que entregan en forma “gratuita” o con mayores posibilidades de acceso, otorgan créditos. Esto, de alguna manera, se contrapone con la naturaleza jurídica de las cajas de compensación, porque en su constitución se estipuló que son entidades sin fines de lucro. Por lo tanto, cuando se generan créditos para un segmento tan importante como el de los adultos mayores, con una tasa de interés, estamos ante una situación completamente distinta. Por ello, en los próximos días, vamos a ingresar a trámite legislativo proyectos de ley y proyectos de acuerdo que buscan modificar esta situación, que nos parece del todo injusta.También se condensaron algunas propuestas relacionadas con el fortalecimiento del rol del Servicio Nacional del Adulto Mayor dentro de la institucionalidad que se ha creado para intervenir el tema del adulto mayor. Se necesita una mayor presencia del Senama en las comunas, en los distritos más alejados del país, para que entreguen información respecto de los beneficios que tienen los adultos mayores y de las políticas de Estado que se están implementando en favor de ellos.Pensamos que el rol del Estado hoy es insustituible en la promoción de oportunidades hacia ese segmento etario. Por eso, insistimos en que el Estado debe preocuparse de los adultos mayores con una mayor intensidad, con una mayor focalización de los recursos y con propuestas claras, concretas y de largo plazo.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Marcela Sabat.La señora SABAT (doña Marcela).- Señor Presidente, quiero recalcar la importancia de esta Comisión, ya que, si bien el Servicio Nacional del Adulto Mayor ha realizado una gran labor, coincido con colegas que intervinieron anteriormente en cuanto a que es necesaria la elaboración de una política pública que amplíe la visión, considerando que el porcentaje de adultos mayores aumenta cada día y, con ello, los problemas y conflictos de este grupo etario.Como representante de dos de las comunas que poseen la mayor cantidad de adultos mayores, conozco su realidad y observo, día a día, como piden a gritos ser escuchados. Con esto, no sólo resalto la necesidad de evaluar una nueva mirada con la que debemos ocuparnos de este gran grupo, sino que también quiero hacer hincapié en la importancia de su inserción social.Cada día, los adultos mayores son más activos y requieren mayor integración en la sociedad, como validación de la misma. Aquí, incluyo el aumento de los empleos y las actividades de desarrollo integral a nivel local, municipal. Sabemos lo mucho que pueden aportar; pero considero que no les estamos entregando los espacios suficientes.Asimismo, espero que, en forma paralela, con una nueva visión sobre los adultos mayores, también eduquemos de otra manera al país en cuanto a la necesidad de dar un mejor trato y más digno a estas personas que tanto han entregado a nuestro país. Para terminar, como integrante de la Comisión Especial del Adulto Mayor, junto con pedir a la Sala que apruebe este informe, solicito que esta Comisión Especial se convierta en permanente.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Romilio Gutiérrez.El señor GUTIÉRREZ (don Romilio).- Señor Presidente, ante todo, quiero sumarme a las palabras de otros señores diputados y reconocer el trabajo realizado por la Comisión Especial del Adulto Mayor, liderada por el diputado señor David Sandoval. La amplitud de su informe, el trabajo realizado y la variedad de temas que abarcó nos indican que son muy pocas las materias relacionadas con la situación que hoy enfrentan los adultos mayores de nuestro país que no se trataron. Asimismo, hace propuestas innovadoras tendientes a resolver los problemas detectados. La situación en que se encuentran nuestros adultos mayores dista mucho de ser la que todos esperamos. Tenemos especial preocupación por los que viven en las zonas rurales, alejadas de los centros urbanos. Las malas condiciones de la atención de salud y sus escasas oportunidades de inserción social los han ido dejando en completo abandono. Uno de los principales problemas que afectan a los adultos mayores en la actualidad es su soledad y la falta de preocupación por sus problemas, todo ello agravado por su estrechez económica y sus graves problemas de salud.En este sentido, consideramos necesaria la implementación de políticas públicas modernas, que tiendan a resolver la grave situación que hoy los afecta y que deberán enfrentar a futuro. Por eso, es importante velar por el mejoramiento de sus condiciones en todos los aspectos: vivienda, salud, inserción laboral y contribución al desarrollo social. Si bien hemos tenido experiencias positivas en este aspecto, como su incorporación a los establecimientos educacionales para que colaboren en algunos programas que se desarrollan en ellos, ello no forma parte de una política nacional y de largo plazo, sino que son esfuerzos puntuales. Considero necesario que el Gobierno recoja las propuestas contenidas en este informe y que las implemente a la brevedad, de manera que, en el mediano plazo, tengamos una política pública efectiva que atienda las necesidades de los adultos mayores.Por otro lado, como una forma de ir mejorando su situación, es importante considerar el rol que deben cumplir los gobiernos locales, es decir, las municipalidades, en la implementación de una política efectiva de protección y apoyo al adulto mayor. Hoy, en nuestro país, tenemos la experiencia de muchos municipios que están haciendo grandes esfuerzos por atender de la mejor forma posible a sus adultos mayores, pero deben enfrentar serios problemas de financiamiento. Para el desarrollo de nuestro país es clave considerar en los indicadores de financiamiento municipal la población de adultos mayores, de manera que cuenten con los recursos necesarios para impulsar y generar programas que atiendan su realidad. Asimismo, deben jugar un rol protagónico en lo que dice relación con su situación habitacional.Actualmente, existe una gran necesidad de contar con más y mejores hogares. La semana pasada, tuve oportunidad de participar en la colocación de la primera piedra de un hogar de ancianos en Linares, que se empezará a construir con fondos regionales, en conjunto con la Fundación Las Rosas. Sin embargo, ésa es una experiencia puntual que beneficiará sólo a 90 personas. Pero las necesidades son muy superiores; tenemos muchos adultos mayores que están postrados, abandonados, que son atendidos por personas de buen corazón y preocupadas de su situación. Pero no tenemos organismos ni instituciones que se aboquen a esta tarea.Por eso, reitero mis felicitaciones a los miembros de esta Comisión, y adhiero a la petición de que se le dé carácter de permanente, para que pueda velar por el cumplimiento de las políticas públicas propuestas y su adecuada implementación a nivel nacional.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.El señor SABAG.- Señor Presidente, también felicito a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor, presidida por el diputado David Sandoval, por el encomiable trabajo realizado, que será de gran utilidad para llevar a cabo las tareas que tenemos por delante en materia de adultos mayores.Este informe debiera ser enviado a todos los municipios del país, para que vean el trabajo que se realiza en la Cámara de Diputados en favor de los adultos mayores. Este sector de la sociedad ha adquirido gran importancia en el mundo y, en particular, en nuestra sociedad, debido a la disminución de las tasas de natalidad en los países desarrollados y a la creciente tendencia en la misma dirección en los países en vías de desarrollo, lo que ha originado un aumento del número de adultos mayores en el mundo. Esto ha llevado a que esta temática haya pasado a ser relevante, más que por el número de personas, por un imperativo ético de todas las culturas y civilizaciones de preocuparse por las personas más vulnerables, es decir, las que han llegado a esta etapa de la vida.Desde el Gobierno del Presidente Aylwin en adelante se le ha dado mucha importancia al adulto mayor. Posteriormente, con la dictación de la ley N° 19.828, se creó el Senama, el 27 de septiembre de 2002, y ha habido mejoras progresivas en las condiciones de vida de nuestros adultos mayores. Sin embargo, la situación de los hogares de acogida debe ser preocupación permanente de esta Cámara, que deberá fiscalizar y legislar, como se propone en el informe, para otorgar beneficios permanentes a los hogares que acogen a los adultos mayores. Por eso, es destacable que en el Gobierno anterior se haya creado un bono para los cuidadores de personas postradas o discapacitadas, lo que constituye una ayuda importante. Por supuesto, no puedo dejar de mencionar la gran reforma previsional que permitió a nuestros adultos mayores tener, por lo menos, la seguridad de que cuando les llegue la edad de jubilar tendrán asegurada una pensión básica.El informe plantea problemas que están pendientes y que deberemos abordar en algún momento. Por ejemplo, considero necesario analizar la situación penitenciaria de los adultos mayores. ¿Qué hace en la cárcel una persona que tiene 80 años y una enfermedad terminal? Una sociedad civilizada que no aborde estos temas, independientemente de consideraciones políticas, es una sociedad que no tiene corazón. No podemos permitir que nuestros adultos mayores vivan así. Es un asunto que deberemos enfrentar.Está el caso de los medicamentos, que es una de las grandes problemáticas de los adultos mayores. ¿Qué hemos hecho sobre esta materia? A propósito de la eventual derogación de la Ley Reservada del Cobre, la senadora Soledad Alvear proponía destinar parte de esos recursos a la compra de medicamentos para los adultos mayores. Sería un avance muy valioso e importante para ellos. En esta Cámara hemos avanzado para que los locales de votación estén especialmente habilitados para recibir a los adultos mayores y a las personas con discapacidad; incluso, aprobamos un proyecto que exceptúa de multa a los mayores de 75 años que no voten. Y así suma y sigue, pues son muchas las tareas que tenemos por delante.Se ha mencionado también la eliminación del 7 por ciento de salud para los pensionados, lo que no sólo es un deber, sino que fue una promesa presidencial y para lo que nuestros votos están disponibles, de modo que, de una manera gradual y progresiva, vayamos avanzando en la dirección de hacer justicia con los cerca de 2 millones de compatriotas que están en esa etapa de la vida.Valoramos todas las iniciativas propuestas en el informe en materia de vivienda, como, por ejemplo, crear un sistema que permita entregar viviendas en comodato y arrendamiento a los adultos mayores, incentivar y promover la creación de centros diurnos en que puedan permanecer durante el día.Asimismo, en materia de educación, es importante que participen como alumnos libres de los cursos regulares que imparte la educación superior. Conozco una dama de 84 años que se recibió de abogada. ¡Qué gran mérito! ¡Qué gran logro! Eso nos demuestra que nuestros adultos mayores pueden estudiar, pueden capacitarse y seguir siendo un gran aporte a nuestra sociedad.Como ha mencionado muy bien el diputado Espinosa, en materia económica tratamos el tema de los créditos que las cajas de compensación otorgan a los adultos mayores con tasas de interés realmente abusivas. ¿Qué hemos hecho para resolver eso? También es una tarea pendiente.Finalmente, valoramos a los adultos mayores que a pesar de su edad se dedican al servicio público. Conozco un concejal en Yumbel, don Marcelino Saavedra, de 82 años, que es el concejal más activo de la comuna y que va a ir a la reelección, porque no quiere irse a su casa a sentarse en un sillón a ver televisión.Como él, hay muchos: presidentes de juntas de vecinos, dirigentes en clubes de adultos mayores, en la Cruz Roja, etcétera; en fin, son personas que dedican su vida al servicio público y no se jubilan, puesto que la edad no constituye un impedimento para seguir sirviendo a la patria.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Juan Luis Castro.El señor CASTRO.- Señor Presidente, me ha tocado participar en esta Comisión Especial junto a distinguidos colegas de distintos partidos y debo confesar que ésta ha sido una experiencia realmente valiosa, porque hemos hecho, como se dice en medicina, en primer término, un excelente diagnóstico, y luego, un conjunto de recomendaciones muy precisas acerca de este importante tema.Quiero destacar que en el campo de las expectativas y los temores de nuestros adultos mayores en Chile, cuando se les pregunta cuáles son sus temores, en las encuestas respectivas, contestan: uno, el miedo a la soledad y a perder la autovalencia; dos, el miedo a enfermar, a los costos que ello implica y, principalmente, a los tratamientos y medicamentos que implica padecer una enfermedad; tres, el temor a la jubilación, porque el solo hecho de jubilar, que genera una caída sustancial en el ingreso respecto de la vida activa, produce una sensación de temor, de miedo, respecto de las condiciones bajo las cuales se va a seguir viviendo después de ese instante que es la jubilación, con todo lo que ello conlleva.Por otro lado, sabemos que la carga de enfermedades en Chile se distribuye de manera desigual. Los adultos mayores tienen hasta ocho veces más riesgo de enfermar que la persona que se encuentra en pleno período de actividad.Cuando en la Comisión analizamos las características socioculturales, el abandono, las condiciones de precariedad y la falta de solvencia de miles de adultos mayores que en las distintos distritos nos piden, tanto a los parlamentarios como a las autoridades locales, ayuda, asistencia, posibilidades de acceder a las pensiones que otorga el Gobierno, que a veces ignoran por desconocimiento de la ley; cuando revisamos la situación en cuanto a vivienda y los muchos trámites que debemos hacer los parlamentarios para conseguir remedios para los adultos mayores, nos damos cuenta de que estamos ante un escenario del cual difícilmente vamos a salir, si nos decidimos sólo por una política asistencialista, porque serían infinitas las demandas y peticiones que todos podríamos recoger en los distintos lugares del país para ayudar a los adultos mayores.La Comisión llegó a una convicción muy profunda, de manera transversal: en Chile no necesitamos mirar al adulto mayor desde una perspectiva paternalista, sólo entregándole cosas, sino que ofreciendo opciones que permitan, como en los países más desarrollados, que él sea parte activa de la sociedad, tenga una ciudadanía de primera categoría y tenga los derechos garantizados como cualquier ciudadano, pero no como un estorbo o una carga, como muchas veces lo entienden incluso nuestras propias familias chilenas.Desde esa perspectiva, estamos convencidos de que tenemos la oportunidad, a través de las conclusiones a que arribamos en la Comisión luego de un intenso debate, de solicitar el patrocinio del Ejecutivo para un proyecto de ley marco que logre incluir e integrar las distintas vertientes de lo que significa la realidad del adulto mayor en Chile: en salud, en vivienda, la realidad psicológica y sociocultural, y todo lo que ello implica en un país como Chile, que tiene una esperanza de vida, en promedio, de casi 79 años, en el que la mujer tiene mayor esperanza de vida que el hombre y en el que nos vamos acercando cada vez más a los países desarrollados.El punto, entonces, es preguntarnos qué hacemos y qué calidad de vida le damos hoy en Chile a personas que tienen más de 60 años, que son más de dos millones y medio de chilenos y donde la tendencia epidemiológica y geográfica será cada vez mayor, sin que eso constituya una carga, sino una inversión para el pueblo chileno, haciéndose cargo de los adultos mayores desde una perspectiva proactiva y no meramente asistencialista, como se ha entendido culturalmente, casi como un lastre; con una real inserción, como señala el diputado Enrique Jaramillo, que sabiamente plantea que los adultos mayores de Chile deben ser realmente ciudadanos de primera clase.En resumen, sólo me cabe agradecer al diputado David Sandoval, presidente de la Comisión, que ha tenido un desempeño impecable, así como a todos los miembros de la Comisión, de las distintas bancadas, que hicimos un aporte real y sincero para que la Comisión entregara este informe, y pedir que ojalá se dirima prontamente el carácter permanente de la Comisión, pese a que nosotros seguiremos trabajando en esa perspectiva, pero, al mismo tiempo, nos autoimpongamos el deber de preparar un texto que ojalá tenga el más amplio consenso, para enviar al Ejecutivo, que proponga una ley marco del adulto mayor en Chile, necesidad que ya no resiste más la época y el tiempo que vivimos. Definitivamente, como Cámara de Diputados, demos ese paso y hagamos un aporte real en la dirección de lo que esperan nuestros adultos mayores.Hoy será la eliminación del 7 por ciento en salud a los pensionados, proyecto que todos esperamos; luego vendrán otros beneficios sociales. Pero no podemos legislar de a gotera, circunstancialmente o por evento, sino que debemos dar el paso de elaborar una ley marco que ampare al adulto mayor en Chile, lo proteja y le otorgue derechos y garantías, a objeto de asegurar definitivamente su dignidad.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández.El señor HERNÁNDEZ.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero enviar un saludo cariñoso a los adultos mayores del país, en particular a los del sector oriente de Santiago, donde, en 1993, me tocó crear los clubes de adulto mayor de esa zona; a los del Gran Santiago y, finalmente a los del distrito que represento, que comprende las comunas de Osorno, San Pablo y San Juan de la Costa, provincia de Osorno, Décima Región.Fue un acierto de la Cámara de Diputados la creación de la Comisión Especial del Adulto Mayor, porque nos permitió confrontar y corroborar, cara a cara, con todos los interesados, estudiosos, médicos y representantes del Senama, muchas de las impresiones que los parlamentarios habíamos conocido en terreno.A nadie le cabe la menor duda de que el mundo va en la dirección del envejecimiento, por disminución de la natalidad y por los avances tecnológicos, que han significado superar barreras respecto de la salud de las personas. Ese hecho está creando una incertidumbre cada vez mayor acerca del financiamiento del sistema. Por eso, propongo una especie de pacto.Hace poco escuché al diputado Montes en una conversación privada, en la que preguntaba por qué ahora se venden las escuelas, que se están quedando vacías debido a la falta de nuevos alumnos. ¿Por qué no destinarlas a los adultos mayores o al funcionamiento de jardines infantiles e impedir que los municipios vendan esas escuelas? Esos serían buenos acuerdos y todo el mundo estaría dispuesto a concurrir a ellos. Todas las fuerzas políticas deberíamos ponernos de acuerdo para avanzar en tal dirección.El diputado que me antecedió en el uso de la palabra expresó que una ley marco cae de madura. En caso contrario, todos los frentes políticos estaremos proponiendo soluciones de a gota en esta materia.Para nadie es un misterio que el promedio de edad subió en Chile. Los países desarrollados miran con gran preocupación cómo aumenta sistemáticamente la cantidad de adultos mayores y se supera la barrera de los 85 años de vida, con lo que surgen nuevos desafíos, sobre todo sanitarios, de educación y de integración social, que es lo que buscamos resolver.Una mirada es plantearse cómo enfrentamos el problema hoy, cómo asistimos a los adultos mayores que han sobrepasado ese límite, y otra es analizar cómo prevenimos y tratamos en el largo plazo a las nuevas generaciones de adultos mayores que vendrán en las próximas décadas, para que no pasen por los mismos problemas que han vivido las actuales, sobre todo en salud e integración social.La vivienda es otro problema que debe enfrentar el adulto mayor, respecto del cual todo el mundo opina. Algunos mencionan las viviendas integradas; otros, hablan de entregar subsidios a las personas que quieran mantenerse con la familia. En la actualidad, la persona mayor pasa a ser un problema para la familia, por la falta de capacidad de las viviendas. Entonces, se podrían entregar subsidios para que esas familias amplíen sus casas y acepten al adulto mayor dentro del conjunto familiar.Medidas como ésas serían acogidas por cualquier gobierno. Son políticas de Estado que van más allá de la autoridad de turno.Por eso, agradezco haber tenido la oportunidad de participar en esta Comisión Especial del Adulto Mayor. Felicito a todos sus integrantes, en especial a su Presidente, el diputado David Sandoval, quien la condujo en forma magistral. Pocas veces en esta Cámara he visto una conducción con tanta motivación y dedicación. Doy mi agradecimiento particular al colega David Sandoval.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Hago presente a la Sala que debido al alto interés de las señoras diputadas y de los señores diputados por intervenir, la discusión de este informe continuará en una próxima sesión.VI. PROYECTOS DE ACUERDO.RESPALDO A DECLARACIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN RELACIÓN CON EL DESCONOCIMIENTO POR PARTE DE BOLIVIA DEL TRATADO DE 1904. (Preferencia).El señor MELERO (Presidente).- Por acuerdo de los Comités, veremos en primer lugar el proyecto de acuerdo N° 303, relativo a las declaraciones del Presidente de Bolivia, señor Evo Morales.Tiene la palabra el señor Secretario.El señor ÁLVAREZ (Secretario accidental).- Proyecto de acuerdo N° 303, de los diputados señores Melero, De Urresti, Lorenzini, Auth, Kast, Bertolino, Cornejo, Edwards, Díaz, Monckeberg, don Cristián; Cardemil, Delmastro, Hernández, García-Huidobro y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Cristi, doña María Angélica; Zalaquett, doña Mónica, y Nogueira, doña Claudia, que en su parte dispositiva expresa:“La Cámara de Diputados acuerda:1.- Declaramos nuestro más irrestricto apoyo a las declaraciones efectuadas por el Presidente de la República, en orden a que desconocer por parte de Bolivia el Tratado Internacional de 1904 es una pretensión inaceptable que debe ser rechazada de manera categórica.2.- Que las aspiraciones bolivianas deben respetar siempre los derechos y obligaciones consagrados en el Tratado de 1904 y en tal sentido dicho tratado se encuentre plenamente vigente para ambos país.3.- Que es importante retomar, a la brevedad, el camino del diálogo y entendimiento para ambas naciones y de este modo conciliar, de conformidad al derecho internacional, los intereses chileno-bolivianos.”.El señor MELERO (Presidente).- Para intervenir a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.El señor CARDEMIL.- Señor Presidente, al margen de la posición política que cada uno tenga en particular, creo que la exposición que realizó ayer el Presidente de la República estableció exactamente los puntos que interesan al país y constituyó una adecuada defensa del interés nacional. En ese sentido, una decisión, a través de un acuerdo expresado por la Cámara de Diputados, refuerza la posición chilena. Me parece que el proyecto de acuerdo es moderado, pues sólo expresa lo que corresponde decir: respalda la conducción y mantiene las puertas abiertas a un diálogo, como ha sido siempre la posición chilena, y deja establecida la posibilidad de que Bolivia adopte el sentido más adecuado respecto de lo que venía haciendo y de la posición que ha mantenido hasta ahora. Las declaraciones del Presidente de Bolivia, señor Evo Morales, marcaron un discurso doble, absolutamente inaceptable para el país. Por lo tanto, la Cámara de Diputados, al respaldar la posición del Presidente de la República, no hace otra cosa más que defender los intereses de Chile, como siempre lo ha hecho.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Para intervenir a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.El señor ARAYA.- Señor Presidente, junto con apoyar las palabras del diputado Alberto Cardemil, es importante que la Cámara de diputados respalde el proyecto de acuerdo. Se pueden entender las declaraciones del Presidente Evo Morales, pero no compartir. Creo que no es justo que cada vez que hay problemas internos en Bolivia se recurra a la situación política que se vivió con Chile.El Tratado de 1904 se encuentra plenamente vigente, firmado por Chile y Bolivia con posterioridad al término de la Guerra del Pacífico, que por lo demás significó una carga importante de compensaciones que tuvo que hacer el Gobierno de Chile de la época respecto de ese país.En esa línea, es necesario defender la integridad del territorio nacional, así como la plena vigencia de los tratados internacionales suscritos válidamente por ambos países.Lo que dijo el Presidente Evo Morales atenta seriamente contra el orden jurídico internacional y, sin duda, genera bastante incerteza. Por eso, es importante dar un respaldo unánime a la conducción de lo que debe hacer el Presidente de la República, como conductor de las relaciones internacionales. Chile, siempre ha estado dispuesto a conversar, a buscar soluciones y a tener la mejor convivencia con nuestros vecinos, pero esa convivencia y esas conversaciones no pueden aceptarse bajo presiones y amenazas, como las que ha hecho el Presidente Morales, respecto de recurrir a organismos internacionales por tratados válidamente celebrados.Por las razones expuestas, pido la unanimidad de la Sala para aprobar el proyecto de acuerdo.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor René Alinco.El señor ALINCO.- Señor Presidente, hace dos días, Chile casi se paraliza por la visita del Presidente Obama, que gobierna un imperio poderoso del mundo de hoy.Los chilenos, que decimos ser latinoamericanistas, que decimos seguir y estar de acuerdo con el pensamiento de Simón Bolívar, estamos negando el legítimo derecho, no de Evo Morales, sino del pueblo boliviano, para que se desarrolle y salga de una vez por todas de la extrema pobreza.¡No soy antipatriota! ¡Quiero a mi pueblo y a mi tierra, pero no puedo caer en el patriotismo exacerbado!A quienes hablan de patriotismo, les pregunto por qué no levantaron la voz cuando en el gobierno militar del general Pinochet perdimos territorio en la Patagonia. ¿Para qué están los tribunales internacionales? Lo que dijo Evo Morales simplemente obedece a un legítimo derecho de un pueblo que quiere salida al mar y desarrollarse al igual que todos los demás países. Evo Morales no está pasando a llevar nada. Con esta petición a los tribunales internacionales, sólo pretende hacer justicia y tener bienestar para su pueblo. No podemos impedir que Evo Morales, representando a los bolivianos, realice una solicitud en los tribunales internacionales. Es más, en nuestro propio país, tenemos a un extranjero que nos impide la conectividad territorial en Chile. ¿Y por qué no decimos nada en contra del señor Tompkins, que impide continuar la construcción de la Carretera Austral? Por lo tanto, siendo latinoamericanista, aunque algunos me acusen de antipatriota, estoy en contra del proyecto de acuerdo, porque no busca la unidad de los pueblos latinoamericanos.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra para intervenir en contra del proyecto de acuerdo.Ofrezco la palabra.En votación.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Estay Peñaloza Enrique; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.-Votó por la negativa el diputado señor Alinco Bustos René.-Se abstuvieron los diputados señores:Ascencio Mansilla Gabriel; Silber Romo Gabriel.BENEFICIOS A DEUDORES DE CRÉDITO UNIVERSITARIO.El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte dispositiva del proyecto de acuerdo N° 248.El señor LANDEROS (Prosecretario accidental).- Proyecto de acuerdo N° 248, de los diputados señores Carmona, Gutiérrez, don Hugo; Aguiló, Andrade, Teillier, Espinoza, don Fidel; Díaz, De Urresti, y de las diputadas señoras Clemira Pacheco y Denise Pascal, que en su parte resolutiva expresa:“La Cámara de Diputados acuerda:Solicitar al Presidente de la República que envíe a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que beneficie a los deudores universitarios, de acuerdo a los considerandos señalados anteriormente.”.El señor MELERO (Presidente).- Para intervenir a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.El señor CARMONA.- Señor Presidente, en muchos debates e intercambio de ideas al interior de esta Cámara, y también a nivel de política pública, se subraya o pone el acento en algo muy real: el significado de la educación en el desarrollo de las personas y en el avance y desarrollo del país.Esto contiene aspectos que es bueno que la Cámara de Diputados conozca, sobre los que se debiera pronunciar. El informe del Consejo Asesor Presidencial para la Educación Superior reconoce que un rasgo muy peculiar del sistema de educación superior chileno es el alto grado de participación privada, lo que también se manifiesta en el financiamiento. Del porcentaje del Producto Interno Bruto destinado a la educación -el 2,1 por ciento-, una mayoría proviene del financiamiento privado. La limitación al acceso a la educación superior de los tres quintiles más bajos de la población, claramente se relaciona con la posibilidad de acceder al financiamiento público disponible. Esta situación contrasta con la de quienes sí tienen recursos. ¿Qué ha ocurrido? Que, luego de haber desarrollado su jornada de formación profesional, una cantidad importante de jóvenes, hombres y mujeres, se encuentra con una deuda que los limita para ejercer su profesión plenamente, en comparación con sus compañeros de estudios, a raíz de las limitaciones ocasionadas por los compromisos económicos contraídos durante su etapa de formación en la educación superior. Hoy, existen sobre 160 mil deudores universitarios en Dicom. Por lo tanto, en beneficio de ellos, y con el objeto de facilitar que puedan empezar a ejercer su profesión sin el riesgo de tener sobre ellos ejecuciones bancarias, me parece pertinente que, como aliento a la formación en la educación superior de la población más precarizada, se proponga una modificación en las tasas de interés del sistema bancario crediticio que adquieren los estudiantes, que hoy es de 1,5 por ciento y se llegue a un 0,4 por ciento, modificando así el artículo 15 de la ley Nº 19.287.Asimismo, espero que se pueda agregar al artículo 17 un inciso que señale que los administradores generales de fondos que optaren por condonar deudas impagas por más de diez años de los deudores pertenecientes a estos tres quintiles más bajos, obtengan bonos compensatorios por un 50 por ciento de dichas condonaciones por parte de la Tesorería General de la República, según lo señale un reglamento.En razón de la preocupación por los estudiantes que provienen de hogares con más dificultades desde el punto de vista económico, la Cámara de Diputados debiera proponerle al Presidente de la República que envíe un proyecto de ley que permita beneficiar a los deudores universitarios, de acuerdo con las consideraciones que hemos señalado.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor, tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.El señor DÍAZ.- Señor Presidente, respaldo este proyecto de iniciativa del diputado señor Lautaro Carmona, firmado por quien habla, porque durante el año pasado varios diputados recibimos a muchos dirigentes estudiantiles y agrupaciones de ex estudiantes universitarios que nos dieron cuenta de la onerosa carga en que se ha convertido la deuda del crédito universitario. Aquel predicamento de que en Chile, por su talento, ningún joven va a quedar al margen de la posibilidad de estudiar, en la práctica se está convirtiendo en una declaración que no se materializa, porque muchos de ellos, luego de realizar sus estudios, deben insertarse en el mundo laboral, pero parten con una obligación pecuniaria con el Estado que se constituye en una mochila difícil de llevar. En consecuencia, el proyecto permite ajustar la realidad del inmenso número de familias chilenas que envían a sus hijos a estudiar, pero cuya carga universitaria, por el servicio de la deuda, se convierte en algo imposible de sostener. Chile tiene espaldas financieras y capacidad económica para elaborar un nuevo mecanismo o sistema de financiamiento de estudios universitarios.Nos parece que éste es el momento oportuno para que Chile haga un cambio radical, que permita y viabilice que los estudiantes puedan seguir estudios superiores.He dicho.El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra a algún diputado o diputada que quiera hablar en contra.Ofrezco la palabra.En votación.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Robles Pantoja Alberto; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías.-Se abstuvo el diputado señor Van Rysselberghe Herrera Enrique.ESTUDIO E INCORPORACIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD VIAL EN RUTAS CONCESIONADAS.El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte dispositiva del siguiente proyecto de acuerdo.El señor LANDEROS (Prosecretario accidental).- Proyecto de acuerdo Nº 250, de los diputados señores Martínez, Araya, de la señora Goic, doña Carolina; de los señores Pérez, don Leopoldo; Torres, Vilches, Bertolino, de la señora Girardi, doña Cristina, y de los señores Santana y Jaramillo, que en su parte dispositiva expresa:“La Cámara de Diputados acuerda:Solicitar al señor ministro de Obras Públicas tenga a bien disponer, en el proceso que lleva a cabo su cartera de seguridad vial en las rutas concesionadas, el estudio e incorporación de medidas como:-Exigir el cumplimiento de la inclusión de material retrorreflectante en los uniformes escolares;-Intensificar la fiscalización y educación en el uso del cinturón de seguridad y legislar sobre la obligatoriedad de su uso en los buses interurbanos;-Asegurar, a través de una ley, un régimen apropiado de trabajo y de períodos de descanso para los choferes de los buses interurbanos y de transporte de carga de larga distancia;-Adecuar las defensas camineras de las carreteras y las señales de tránsito a las normas internacionales;-Revisar periódicamente el estado de los árboles en los bandejones centrales de las rutas y estudiar la viabilidad de instalar terraplenes de tierra en ellos;-Establecer retornos cada ciertos tramos de la vía para enfrentar emergencias y cambiar las barreras de contención de manera que respondan a su objetivo de redireccionar al vehículo tras el contacto.Así, también, se solicita estudiar la modificación de la estructura de la actual Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, de manera que este organismo asuma un rol central en todo el proceso, con objetivos y metas claras en la reducción de muertos y heridos graves.”.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.El señor VENEGAS (don Mario).- Señor Presidente, me habría gustado patrocinar el proyecto, porque, si recuerda, en más de una oportunidad, incluso durante la semana, cuando discutimos la iniciativa sobre la exigencia de usar los cinturones de seguridad en los buses interurbanos de transporte de pasajeros, hice mención a uno de los aspec-tos que se contemplan en este proyecto de acuerdo que surge como una reacción a un lamentable y trágico accidente, pero también aborda una serie de materias. Quiero centrar mi intervención, porque va en la línea de lo que he planteado con insistencia, en la calidad de la seguridad que ofrecen las rutas, especialmente las concesionadas, porque el sistema de concesiones nos permite exigir estándares de calidad y, por lo tanto, de seguridad vial.Además, quiero insistir en puntos que el proyecto de acuerdo plantea: en las defensas camineras y su calidad, cómo se reparan, cómo se reponen, si están certificadas o no, si responden a los estándares exigidos para rutas de alta velocidad, como son normalmente las autopistas concesionadas, y también en un conjunto de otras materias relacionadas con su diseño, de manera que garanticen la seguridad. Recuerdo un accidente ocurrido en la Autopista del Sol: un bus cruzó las barreras, las que no cumplieron su función: evitar que un vehículo colisione a otro como sucedió en el accidente referido que atravesó toda la barrera.Por compartir el fondo de lo que plantea el proyecto de acuerdo, lo votaré favorablemente.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada Andrea Molina.La señora MOLINA (doña Andrea).- Señor Presidente, este proyecto de acuerdo me parece muy interesante y va dirigido justamente a todos los temas que hoy nos tienen preocupados y que no han tenido soluciones concretas.Es cierto lo que decía el diputado, en el sentido de que no solamente en ese accidente se vivió eso. También, personalmente -y, lamentablemente-, volqué como consecuencia de que no había resguardos en ciertos tramos de la carretera. Por ello, invito a todos los diputados a votar a favor del proyecto.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Para impugnar el proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra.En votación.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- No hay quórum.Se va a repetir la votación.-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- No hay quórum nuevamente.La votación de este proyecto de acuerdo queda pendiente para la próxima sesión ordinaria.-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspxVII. INCIDENTESURGENCIA A PROYECTOS DE LEY SOBRE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD. Oficio.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra, hasta por tres minutos, la diputada Denise Pascal.La señora PASCAL (Doña Denise).- Señor Presidente, semana a semana conocemos de hechos que nos producen dolor y angustia. En días pasados, nuevamente, un conductor ebrio atropelló a un menor. El periódico El Labrador, de Melipilla, informó que un niño de doce años, de iniciales NGO, resultó con lesiones de consideración mayor y tuvo que ser trasladado al hospital Félix Bulnes, de Santiago. El conductor de la camioneta que lo atropelló iba absolutamente en estado de ebriedad.En la Cámara, durante años hemos presentado diversos proyectos para fijar las sanciones adecuadas a conductores en estado de ebriedad. Por otra parte, los fines de semana vemos a jóvenes que incurren en conductas similares, pero esas iniciativas duermen en las Comisiones a las cuales se han enviado.Por lo tanto, quiero que a esos proyectos que proponen establecer diferentes sanciones para los conductores ebrios, incluso, quitarles definitivamente la licencia de conducir -es una manera de salvar vidas- se les califique con urgencia.El alcoholismo y la conducción en estado de ebriedad han provocado accidentes que han causado graves consecuencias en muchos jóvenes de nuestras zonas. Se ha llegado a extremos. Por ello, debemos tener una ley que disponga un mayor control sobre quienes manejan y que las sanciones no se reduzcan a pagar un parte o permanecer seis meses sin la licencia, ya que después la retiran y vuelven a conducir. Esto no puede continuar.En consecuencia, pido que se oficie al ministro del Interior para que se haga presente y califique la urgencia a los proyectos sobre conducción en estado de ebriedad, que permanecen en nuestras Comisiones.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.EVENTUAL COLUSIÓN DE BOMBAS BENCINERAS DE RANCAGUA PARA SUBIR LOS PRECIOS DE COMBUSTIBLES. Oficios.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- En el tiempo del Partido Socialista, tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Juan Luis Castro.El señor CASTRO.- Señor Presidente, en la ciudad de Rancagua existe, desde hace largo tiempo, una colusión de quince bombas bencineras para mantener el precio del combustible 30 pesos por sobre el promedio nacional, que ya es bastante elevado.Esta materia se ha denunciado en reiteradas oportunidades y, como no ha habido respuesta de ninguna autoridad competente, hay un perjuicio objetivo a los habitantes de la ciudad de Rancagua. Por ello solicito se oficie a la Fiscalía Nacional Económica y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a fin de que investiguen la eventual colusión de esas quince bombas bencineras de la referida ciudad, que mantienen en estado de captura a los ciudadanos y con un alza adicional a la que existe en la actualidad en los precios de los combustibles.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.INJURIAS DE JEFE DE PRENSA DE LA INTENDENCIA A TRES PARLAMENTARIOS DE LA SEXTA REGIÓN. Oficio.El señor CASTRO.- En segundo lugar, lamentablemente, tres parlamentarios de la Región del Libertador general Bernardo O´Higgins, el diputado Juan Carlos Latorre, el senador Juan Pablo Letelier, y quien habla, el 13 de marzo pasado, fuimos objeto de serias injurias por el jefe de Prensa de la Intendencia señor Lenin Arroyo, quien, en su página de facebook, emitió calificativos, insultos y desprestigió a los tres parlamentarios por razones políticas, lo cual fue comunicado de inmediato al intendente. No obstante ello, hasta ahora no ha habido ninguna decisión de la autoridad regional, en cuanto a la sanción que recibirá la persona encargada de las comunicaciones que, en horario de funciones permanentes, agrede e insulta a parlamentarios.Por eso, pido al ministro del Interior, señor Rodrigo Hinzpeter, que informe sobre las medidas que ha adoptado su Ministerio, que fiscaliza o supervisa a la Intendencia de la Sexta Región, en relación con los dichos de ese funcionario a los parlamentarios de la Oposición señalados, y, sobre todo, que investigue los contratos del aludido funcionario y del conjunto de la planta de confianza de la Intendencia, la cual nos merece serias dudas respecto a las condiciones en que está actuando, política y directamente en horarios de trabajo.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados Carmona, Gutiérrez, don Hugo: Díaz, Núñez, De Urresti y Schilling.POSICIÓN RESPECTO DE SUCESOS EN MEDIO ORIENTE.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- En los 52 segundos que restan al Comité del Partido Socialista y en los cinco minutos que le ha cedido Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado Marcelo Schilling.El señor SCHILLING.- Señor Presidente, agradezco al Comité de Renovación Nacional por el tiempo que me ha cedido.He solicitado la palabra para fijar una posición respecto de los sucesos que nos conmueven y que ocurren en Medio Oriente. Tienen sus raíces en el colonialismo, del cual se sacudieron mediante las luchas de liberación nacional que todos en algún momento seguimos con entusiasmo y admiración. Esas luchas de liberación nacional dieron lugar a la instalación de regímenes que se constituyeron a imagen y semejanza del colonialismo que había imperado, pero también a imagen y semejanza de la única potencia que en la época los apoyó, la Unión Soviética. Tal vez, el símbolo más paradigmático de ese apoyo fue la construcción de la represa de Asuán, en Egipto, en 1950.Hoy, a raíz del aumento de la circulación de la información, del ensanchamiento de la cultura y la educación, y, sobre todo, por la globalización de las comunicaciones, sus pueblos se alzan respecto de estos regímenes autoritarios y violentos, demandando más libertad y más democracia. Este reclamo es seguido con algunas reticencias, tanto por países árabes como de otras partes del mundo, porque se siente que apoyar desde fuera estas luchas por la democracia y la libertad interfieren contra principios tradicionales de la política exterior de muchos países. El derecho a la autodeterminación de los pueblos y a la no intervención y el respeto a la soberanía nacional, hoy se han convertido en principios relativos. Me atrevo a sostener que el derecho a la autodeterminación de los pueblos sólo es posible respetarlo cuando cada pueblo es informado y limpiamente consultado en forma periódica, porque es eso lo que permite la expresión de su derecho a la autodeterminación. Pero cuando carecen de toda posibilidad de expresarse de manera democrática y periódica, el derecho a la autodeterminación, que algunos pretenden cautelar de manera casi decimonónica, no tiene razón de ser.Influidos tal vez por los medios, hemos puesto mucha atención en la falta de democracia y libertad en los movimientos que se alzan en Siria, Yemen, Libia, Egipto, Baréin, etcétera. Pero el problema no es sólo la falta de democracia. ¡Atención! Hay problemas de corrupción, de nepotismo, de inmovilismo social y de las élites; hay desigualdades, discriminaciones, prepotencia y abusos, y si bien podemos decir que nosotros tenemos democracia y libertad, no estoy seguro de que estemos ajenos a los otros males que movilizan a los pueblos del Medio Oriente.Quise intervenir para ponernos en alerta que no estamos inmunes a que eso ocurra en nuestro país, tal vez no ahora, pero sí, quizás, más adelante. He dicho. REVISIÓN DE PROYECTOS DE CÁLCULO ESTRUCTURAL DE EDIFICIOS DE IQUIQUE. Oficio. El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Mixto PRSD-PC-Independiente, tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez. El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente, sigo preocupado por el borde costero de Iquique. Se anuncia un movimiento sísmico en la zona norte de Chile. Espero que ocurra en una época muy lejana.Para prevenir la pérdida de vidas humanas y materiales es necesario revisar los proyectos de cálculo estructural de los edificios de Iquique, sobre todo de los que serían afectados por un eventual terremoto y posterior maremoto. Por una única vez, el Estado debería asumir el costo que implica una revisión de esta naturaleza. Por eso, pido que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo para que nos señale la factibilidad de que su Cartera emprenda esa labor, lo que, sin duda, traerá tranquilidad a mi ciudad, más aún cuando así me ha sido solicitado por muchos iquiqueños. La petición la refuerzo con el siguiente hecho. Hace una semana recibí en mi oficina parlamentaria a un grupo de propietarios de departamentos, a quienes todavía no les entregan sus viviendas, porque el edificio, que ya está construido, ha sido objeto de reparos, toda vez que fue levantado fuera de la zona determinada para ese efecto por el plano regulador de la comuna de Iquique. Este hecho corrobora la necesidad de que el Ministerio de Vivienda revise los proyectos de cálculo estructural de los edificios de mi ciudad. He dicho. El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado señor Lautaro Carmona. APERTURA DE VÍA DE EVACUACIÓN PARA SECTOR DE CAVANCHA, IQUIQUE. Oficios. El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente, quiero insistir en un oficio al ministro de Defensa Nacional y, por ese intermedio, al comandante en jefe de la Fuerza Aérea, para que nos señalen por qué aún no se habilita como vía de evacuación la calle que comunica la playa Cavancha con la avenida Héroes de la Concepción. Cuando en su momento intervine para expresar que la FACH no estaba cooperando en la habilitación de la vía de evacuación, el general de brigada asentado en la ciudad de Iquique respondió que había colgado un juego de llaves al portón que cierra la calle interior del casino de oficiales de la Fach con el pasaje que llega a Héroes de La Concepción.En una foto en que aparece un oficial de la Fuerza Aérea de Chile, se indica que se ha puesto un par de llaves para abrir el portón y arrancar en caso de maremoto. Esto es una insolencia a la razón. No se le puede pedir a la gente que, en caso de maremoto, saque la llave y abra el portón para evacuar por la calle indicada.Es necesario que el ministro de Defensa nos dé explicaciones a todos los iquiqueños, porque ante un maremoto no podemos estar sacando llaves para abrir portones. Hay que abrir esa calle interior y dejarla como vía de evacuación, aunque ello afecte a la FACH, toda vez que allí se ubican el casino de oficiales y las canchas de baby fútbol; pero importan más la seguridad de los iquiqueños, sus vidas y su integridad física.Por eso, pido que se oficie al ministro de Defensa Nacional y al Comandante en Jefe de la FACH para que nos expresen cuándo van a entregar esa calle interior para construir la anhelada vía de evacuación. He dicho. El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado señor Lautaro Carmona. En el tiempo del Comité de Renovación nacional, ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.-Se levantó la sesión a las 13.06 horas.TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,Jefe de la Redacción de Sesiones.VIII. ANEXO DE SESIÓNCOMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES.-Se abrió la sesión a las 12.53 horas.El señor ARAYA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.PREOCUPACIÓN POR LOCATARIOS DE FERIA RURAL DE ANCUD. Oficios.El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, a los locatarios de la Feria Rural de Ancud, luego de mucho tiempo de tramitación, no les han construido sus puestos destruidos por un incendio. Se cobraron los seguros, se supone que se presentaron los proyectos al gobierno regional y, sin embargo, los feriantes no tienen solución.Tal como lo reclama la señora Verónica Badilla, los galpones donde la municipalidad pretende trasladarlos no cumplen con las condiciones mínimas de ventilación y seguridad necesarias. No tienen ventanas ni salidas de emergencia. Eso es un peligro para ellos. Obviamente, no pueden ser trasladados a esos galpones en esas condiciones.Los vecinos también reclaman porque el señor alcalde de Ancud, simplemente, no aparece para trabajar con ellos en una solución.Por eso, pido oficiar al intendente de la Región de Los Lagos, al alcalde y a los concejales de la municipalidad de Ancud, con el objeto de expresarles mi preocupación por la situación que hoy enfrentan los locatarios de la Feria Rural de esa comuna.El señor SILBER (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.INFORMACIÓN SOBRE PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS RURALES DE LA COMUNA DE CASTRO. Oficio.El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, en segundo lugar, era prioridad y estaba presupuestada para este año la pavimentación de los caminos rurales de la comuna de Castro, tramos Quilquico-Puyán-La Estancia y camino hacia la Laguna Pastahué.Sin embargo, una vez más, el ministro de Obras Públicas la ha postergado para después de 2014, según la información que les entregaron a los pobres vecinos de esos sectores. No corresponde ese trato discriminatorio a los campesinos.Por lo señalado pido oficiar al ministro de Obras Públicas para manifestarle la preocupación de este diputado y solicitarle que encuentre una solución, a fin de que los recursos que estaban previstos a la pavimentación de los caminos que he mencionado sean efectivamente destinados a ese fin.El señor SILBER (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.INVERSIÓN DE RECURSOS SECTORIALES EN LA CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE SALUD FAMILIAR DE CASTRO. Oficio.El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, por último, pido oficiar al ministro de Salud, con el objeto de informarle que el director del Servicio de Salud de Chiloé no cumple con la palabra empeñada. Es como su Presidente: va, promete y, luego, no cumple.No es posible que el director del Servicio de Salud, después de mucho tiempo, diga a los habitantes de la comuna de Castro que en marzo se llamaría a licitación para la construcción del nuevo Centro de Salud Familiar de Castro por el hacinamiento que se genera en el Centro de Salud de calle Galvarino Riveros, y luego, simplemente, no responda y no entregue ninguna información al respecto.Ahora dicen que la licitación sería a mediados de este año, pero resulta que las promesas se las está llevando el viento y la gente ya no cree.Entonces, pido al ministro de Salud que se inviertan esos 3.000 millones de pesos, que son recursos sectoriales, o sea, del Ministerio de Salud, en la construcción del Centro de Salud Familiar de Castro y que el llamado a licitación de obras se inicie lo antes posible.He dicho.El señor SILBER (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE CAMINOS BÁSICOS EN RUTA COELEMU A RÁNQUIL. Oficio.El señor SILBER (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.El señor SABAG.- Señor Presidente, pido oficiar al ministro de Obras Públicas, para que disponga la implementación del sistema de caminos básicos en la ruta que une las comunas de Coelemu y Ránquil, que cruza por tres sectores densamente poblados, Magdalena, Batuco y San Ignacio de Palomares, que deben sufrir el impacto del polvo en el verano y del barro en el invierno, ya que esa vía aún no ha sido pavimentada. Si bien está en proyecto, su ejecución ha demorado más de lo normal.Por ello, pido al ministro de Obras Públicas que, mientras tanto, disponga la pavimentación de los tramos que cruzan las comunidades señaladas, que no es más allá de un kilómetro en cada una de ellas, con el sistema denominado pavimentos básicos, que es un doble tratamiento asfáltico, lo cual sería una solución para esos sectores densamente poblados. Aun cuando la solución definitiva es la pavimentación de esa ruta, la que está en etapa de evaluación técnica, esta solución podría contribuir en forma importante a disminuir el grado de contaminación de esas familias.El señor SILBER (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Gabriel Ascencio y Cristián Campos.PERFECCIONAMIENTO DE ESTATUTO DE TEMPOREROS. Oficio.El señor SABAG.- Señor Presidente, en segundo lugar, pido oficiar a la ministra del Trabajo para que estudie perfeccionamiento del estatuto que rige a los temporeros, quienes trabajan dos, tres o cuatro meses al año y en materia contractual y de finiquitos se les aplica en general, el mismo estatuto jurídico que a un trabajador permanente. Esto ha sido fuente de muchas dificultades para los empleadores y para estos trabajadores y trabajadoras, puesto que se trata de un trámite bastante burocrático que, muchas veces, lleva a la informalidad. Un gran número de temporeros y temporeras prefieren trabajar sin contrato, repito, por lo engorroso de los trámites y del finiquito que hay que hacer una vez que termina la temporada.Por eso, debería existir un sistema rápido y mucho más expedito, para que todas las personas trabajen dentro de la formalidad y tengan derecho a los beneficios sociales.He dicho.El señor SILBER (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados Gabriel Ascencio y Cristián Campos.ANTECEDENTES SOBRE LA CONSTRUCCIÓN DE MUELLE PASARELA DE SAN VICENTE. Oficios.El señor SILBER (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Cristián Campos.El señor CAMPOS.- Señor Presidente, en 1993 se produjo un gran incendio en la bahía de San Vicente, comuna de Talcahuano, razón por la cual se prometió la construcción de un muelle-pasarela, que llevara seguridad a todos los vecinos del sector. Sin embargo, a la fecha, dicha obra recién está en construcción. Más aún, después del derrame de petróleo ocurrido en 2007, como una de las medidas de mitigación, la ENAP se comprometió a agilizar las obras, y ya van tres años en construcción. Tenemos antecedentes específicos de que ese muelle tendría un presupuesto inicial de 20 millones de dólares. Sin embargo, entiendo que la inversión que la empresa ha realizado hasta hoy en esa medida de mitigación es de alrededor de 130 millones de dólares, y ese muelle aún no se ejecuta y no cuenta con las medidas de seguridad para la población.Por lo tanto, en el contexto de mi labor de fiscalización como diputado de la República y del distrito que represento, y a fin de tomar otras acciones, solicito que se oficie al biministro de Minería y Energía y presidente del directorio de la Enap, al director nacional de Concesiones, al director general de Obras Públicas y al presidente del Consejo de Defensa del Estado, para que hagan llegar, a la brevedad posible, los antecedentes sobre la construcción del muelle-pasarela de San Vicente.He dicho.El señor SILBER (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Jorge Sabag, Gabriel Ascencio, Alfonso De Urresti y de quien habla.AUDIENCIA PARA REPRESENTANTES DEL SINDICATO DE TRABAJADORES PORTUARIOS DE TALCAHUANO. Oficio.El señor CAMPOS.- Señor Presidente, hace poco más de un mes comenzó la venta de las bases para la licitación de la ejecución de obras del puerto de Talcahuano. Se consideraron todos los aspectos, excepto los recursos humanos. Los representantes del Sindicato de Trabajadores Portuarios de dicho puerto quieren entregar una serie de informaciones y peticiones al ministro, como consecuencia de esa licitación.Por eso, solicito oficiar al ministro de Obras Públicas, a fin de que reciba y escuche a los representantes de dicho sindicato. Planteo esta petición para generar un espacio de conversación, lo cual ha sido pedido desde hace varios meses, pero ha quedado en nada. Además, pido que se envíe copia de esta intervención al presidente del Sindicato de Trabajadores Portuarios de Talcahuano.He dicho.El señor SILBER (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Jorge Sabag, Gabriel Ascencio, Alfonso De Urresti y de quien habla.INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS ADOPTADAS POR ANEGAMIENTO EN SECTOR BENEFICENCIA DE VALDIVIA. Oficios.El señor SILBER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, esta semana hemos sido sorprendidos por una desagradable situación. Como consecuencia del rebalse de cámaras de aguas lluvia, se han anegado tres casas del sector Beneficencia, en Valdivia. Es la segunda vez que ocurre ese hecho, por lo cual los afectados están muy preocupados, en particular la señora Sonia Santana Hernández, presidenta de la junta de vecinos. Ella me ha manifestado la dificultad y el malestar ocasionados por esa situación, la que, en gran medida, se atribuye a la construcción de la ampliación de la Clínica Alemana, de Valdivia. Estamos muy contentos por esa ampliación, pero las obras no pueden afectar de manera alguna la calidad de vida y el quehacer cotidiano de todas las personas que viven en ese sector.Por eso, solicito que se oficie al superintendente de Servicios Sanitarios de la Región de Los Ríos, a fin de que informe si existe algún proceso, sumario u otra acción para averiguar el origen de esa desagradable situación, y al ministro de Obras Públicas, para que informe si se han adoptado las medidas necesarias para que no vuelva a ocurrir un hecho como el señalado.Asimismo, pido que se envíe copia de esta intervención a la señora Sonia Santana Hernández, cuyos datos dejaré a disposición de la Comisión.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado señor Gabriel Silber.INFORMACIÓN SOBRE PROGRAMAS DE SUBSIDIO PARA EL TRANSPORTE DE NIÑOS. Oficios.El señor DE URRESTI.- Por otra parte, como consecuencia de una importante política llevada a cabo durante el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, a lo largo de Chile, particularmente en la Región de Los Ríos, se ha inaugurado una gran cantidad de jardines infantiles y salas cuna, con dependencias que dignifican la infancia y personal que colabora con las madres y los padres, en la educación de sus hijos. Esta política, que se ha materializado en muchos barrios y sectores rurales, nos tiene tremendamente contentos. No obstante, así como se genera un nuevo servicio, surgen otras necesidades.En muchas localidades apartadas se han instalado importantes jardines infantiles y salas cuna. Sin embargo, varios representantes de centros de padres y de juntas de vecinos de los sectores rurales de Antilhue, Curiñanco y Villa Cayumapu, comuna de Los Lagos, me han planteado el inconveniente de que no disponen de un sistema de transporte para trasladar a los niños. Aun cuando los establecimientos tienen una muy buena infraestructura y excelentes educadoras y asistentes de párvulos, los cuales brindan un buen servicio, por la cantidad de lluvia que cae en el sector, muchas veces los padres tienen dificultades para llevar a sus hijos, especialmente en los días de invierno.Por ello, solicito que se oficie al ministro de Educación, al ministro de Transportes y Telecomunicaciones y a la directora nacional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para que informen si existen programas que, a través de transferencias a los gobiernos regionales o a los municipios, para subsidiar el transporte y esos jardines infantiles y salas cunas funcionen a plena capacidad. Sería una muy buena iniciativa en el sector de Runca, comuna de Máfil, además de los ya señalados. A lo largo de Chile, no me cabe duda de que serán tremendamente receptivos a esa situación.He dicho.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado señor Gabriel Silber.INFORMACIÓN DE PORCENTAJES DE ADULTOS MAYORES POR REGIONES Y COMUNAS. Oficio.El señor DE URRESTI.- Por último, hoy discutimos en la Sala un contundente informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor, encargada de proponer medidas legales y administrativas en favor de los adultos mayores. Existe gran consenso en la Cámara de Diputados para contar con una política de Estado en la materia.Por eso, solicito oficiar al ministro de Planificación, a fin de que informe sobre los porcentajes de la población de adultos mayores que existe en cada una de las regiones de Chile; en lo posible, que esa información venga desagregada por comuna. Eso es importante, porque una política de Estado debería dar prioridad a aquellos lugares que tienen más concentración de adultos mayores. Esa información debe ser del último censo nacional realizado; de lo contrario, que se consulte en el que entiendo se llevará a cabo en 2012. Es importante disponer de esa información, que seguro permitirá focalizar mejor las políticas públicas sobre el tema.He dicho.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado señor Gabriel Silber.INFORMACIÓN SOBRE PLAN DE CONTINGENCIA ANTE QUIEBRA DE OPERADORES DE LA LOCOMOCIÓN PÚBLICA. Oficio.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Silber.El señor SILBER.- Señor Presidente, la noticia intempestiva del ingreso a la Corte de Apelaciones de la solicitud de quiebra del operador del Transantiago “Gran Santiago”, obviamente causa incertidumbre a los habitantes de muchas comunas de la zona norte, particularmente a las que represento.Por lo tanto, solicito oficiar al ministro de Transportes y Telecomunicaciones, con el objeto de que nos informe sobre el plan de contingencia adoptado para dicha empresa o para la zona, de tal manera de garantizar la fluidez del servicio, su estabilidad y condiciones y, además, sobre las medidas que adoptará el Ministerio ante la segunda quiebra de una empresa operadora del servicio de locomoción pública en la zona norte de la Región Metropolitana y sobre la situación de los choferes y trabajadores que prestan servicio para dicha empresa.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien habla.CERTIFICACIÓN DE RELACIÓN LABORAL. Oficio.El señor SILBER.- En segundo lugar, solicito oficiar a la municipalidad de Maipú, con el objeto de que el secretario municipal certifique si don David Gaona presta servicios para dicho municipio o para alguna corporación o institución relacionada, sea cual sea su naturaleza jurídica, a honorarios, a contrata o de planta.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien habla.ANTECEDENTES SOBRE RESTITUCIÓN A SUS FUNCIONES DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DE LA MUNICIPALIDAD DE QUILICURA. Oficio.El señor SILBER.- En tercer lugar, solicito oficiar al municipio de Quilicura, particularmente a la Secretaría, con objeto de que nos entregue antecedentes respecto del cumplimiento del municipio de lo dispuesto por la Contraloría en relación con la restitución a sus funciones del jefe del Departamento de Salud, don Arturo Cleveland, y nos informe sobre las medidas administrativas que ha tomado para ese efecto.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien habla.INFORMACIÓN SOBRE MODIFICACIONES DEL PLAN REGULADOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA. Oficios.El señor SILBER.- En cuarto lugar, solicito oficiar al intendente de la Región Metropolitana y a la seremi de Vivienda, con el objeto de que nos entreguen todos los antecedentes relacionados con los cambios al plan regulador de la Región Metropolitana, como la cantidad de hectáreas que se verán afectadas, las condiciones de suelo que van a ser gravadas con cambios respecto del punto de vista urbano, las viviendas que serán destinadas absolutamente a subsidios habitacionales bajo la modalidad de Fondo Solidario 1, vale decir, sin costo para los beneficiarios, y la cantidad de parques por metro cuadrado a que obliga la propuesta planteada por el gobierno regional.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien habla.EVENTOS EN QUILICURA DURANTE 2010 Y FONDOS DESTINADOS A ESE FIN. Oficio.El señor SILBER.- Finalmente, solicito oficiar a la municipalidad de Quilicura, con el objeto de nos entregue todos los antecedentes respecto de la cantidad de eventos, fondos destinados a su ejecución, indemnización de los proveedores, mecanismos de asignación y provisión de tales servicios para 2010, así como los montos globales por actividad.He dicho.El señor CAMPOS (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien habla.Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.-Se levantó la sesión a las 13.33 horas.TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,Jefe de la Redacción de Sesiones.IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Oficio del Senado. “Valparaíso, 23 de marzo de 2011. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al siguientePROYECTO DE LEY:“TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Ámbito de aplicación. El cierre de las faenas de la industria extractiva minera se regirá por esta ley, sin perjuicio de lo establecido en las demás normas que resulten aplicables en los ámbitos específicos de su competencia. Artículo 2°.- Objeto del plan de cierre. El objeto del plan de cierre de faenas mineras es la integración y ejecución del conjunto de medidas y acciones destinadas a mitigar los efectos que se derivan del desarrollo de la industria extractiva minera, en los lugares en que ésta se realice, de forma de asegurar la estabilidad física y química de los mismos, en conformidad a la normativa ambiental aplicable, así como el resguardo de la vida, salud y seguridad de las personas, de acuerdo a la ley. El plan de cierre de las faenas de la industria extractiva minera es parte del ciclo de su vida útil. El cierre de faenas mineras se planificará e implementará de forma progresiva, durante las diversas etapas de operación de la faena minera, por toda la vida útil. El plan de cierre de faenas mineras debe ser ejecutado por la empresa minera, antes del término de sus operaciones, de manera tal que al cese de éstas se encuentren implementadas y creadas las condiciones de estabilidad física y química en el lugar que operó la faena. Artículo 3°.- Definiciones. Para los efectos de esta ley y su reglamento, se entenderá por: a) Abandono: El acto por el cual la empresa minera cesa las operaciones de una o más faenas o instalaciones mineras, sin cumplir con las obligaciones que le impone esta ley y su reglamento. b) Área de influencia: el área o espacio geográfico, cuyos componentes ambientales podrían verse afectados luego del cese de las operaciones de la faena o instalación minera, de acuerdo a lo establecido en la ley N°19.300. c) Cierre Parcial: La etapa de un proyecto minero que corresponde a la ejecución de la totalidad de las medidas y actividades contempladas en el plan de cierre respecto de una instalación o parte de una faena minera, efectuada durante la operación, y cuya implementación íntegra se acredita mediante un certificado otorgado por el Servicio. d) Cierre Final: La etapa de un proyecto minero que corresponde a la ejecución de todas las medidas y actividades contempladas en el plan de cierre, respecto de la totalidad de instalaciones que conforman una faena minera, efectuado al término de la operación minera y cuya implementación se acreditará mediante un certificado otorgado por el Servicio. e) Director: El Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería. f) Empresa Minera: La persona natural o jurídica que a título propio o por cuenta de un tercero ejecuta operaciones propias de la industria extractiva minera, sujetas a la obligación de cierre de faenas. g) Estabilidad Física: Situación de seguridad estructural, que mejora la resistencia y disminuye las fuerzas desestabilizadoras que pueden afectar obras o depósitos de una faena minera, para la cual se utilizan medidas con el fin de evitar fenómenos de falla, colapso o remoción. Para los efectos de esta ley se consideran medidas para la estabilización física aquellas como la estabilización y perfilamiento de taludes, reforzamiento o sostenimiento de éstos, compactación del depósito y otras que permitan mejorar las condiciones o características geotécnicas que componen las obras o depósitos mineros. La estabilidad física comprende, asimismo, el desmantelamiento de las construcciones que adosadas permanentemente a la faena minera la aseguren. h) Estabilidad Química: Situación de control de las características químicas que presentan los materiales contenidos en las obras o depósitos de una faena minera, cuyo fin es evitar, prevenir o eliminar, si fuere necesario, la reacción química que causa acidez, evitando el contacto del agua con los residuos generadores de ácidos que se encuentren en obras y depósitos masivos mineros, tales como depósitos de relaves, botaderos, depósitos de estériles y ripios de lixiviación. i) Faena minera e industria extractiva minera: Se entenderá por Faena Minera el conjunto de instalaciones y lugares de trabajo de la industria extractiva minera, tales como minas, plantas de tratamiento, fundiciones, refinerías, maestranzas, talleres, casas de fuerza, puertos de embarque de productos mineros, campamentos, bodegas, lugares de acopios, pilas de lixiviación, depósitos de residuos masivos mineros, depósitos de relaves, de estériles, ripios de lixiviación y, en general, la totalidad de las labores, instalaciones y servicios de apoyo e infraestructura que existen respecto a una mina o establecimiento de beneficio para asegurar el funcionamiento de las operaciones mineras. Para los efectos de esta ley se considerará industria extractiva minera el conjunto de actividades relacionadas con la exploración, prospección, extracción, explotación, procesamiento, transporte, acopio, transformación, disposición de sustancias minerales, sus productos y subproductos; las sustancias fósiles e hidrocarburos líquidos o gaseosos, en las condiciones específicas que se señalan en el Título XII. La industria extractiva minera incluirá el conjunto de obras destinadas a abrir, habilitar, desarrollar, instalar y adosar permanentemente, en su caso, las excavaciones, construcciones, túneles, obras civiles y maquinarias que tengan estrecha relación con las actividades antes señaladas. j) Garantía: Las obligaciones que se contraen e instrumentos que se otorgan para asegurar el cumplimiento de las cargas que derivan del plan de cierre, de acuerdo a lo establecido en la presente ley. k) Modificación sustancial del proyecto minero: Para los efectos de esta ley constituyen una modificación sustancial del proyecto las variaciones que excedan de diez por ciento de la estimación de la vida útil del proyecto minero, sin perjuicio de las que se originaren por cambios importantes de ritmo de explotación, en las tecnologías o diseños de los métodos de explotación, ventilación, fortificación o de tratamiento de minerales determinados, así como nuevos lugares de ubicación, ampliación o forma de depósitos de residuos mineros, producidos por alteraciones en el tipo de roca, leyes o calidad de los minerales y, en general, cualquier cambio en las técnicas utilizadas que envuelvan más que una simple ampliación de tratamiento para colmar las capacidades del proyecto. l) Operación minera: Las actividades que incluyen las fases de exploración, en los casos que se encuentre sometida al sistema de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 19.300, y las actividades de prospección, construcción, explotación y beneficio de minerales, de una faena minera. m) Paralización temporal: El cese transitorio de la operación de una faena minera, el cual podrá ser total o parcial, según afecte instalaciones específicas o al conjunto de instalaciones que constituyen la faena minera. n) Plan de Cierre: El documento que especifica el conjunto de medidas técnicas y actividades que la empresa minera debe efectuar desde el inicio de la operación minera, y el programa de detalle conforme al cual deben implementarse, de manera que tienda a prevenir, minimizar o controlar los riesgos y efectos negativos que se puedan generar en la vida e integridad de las personas que se encuentran relacionadas directa e inmediatamente a las mismas, así como mitigar los efectos de la operación minera en los componentes medio ambientales comprometidos, tendientes a asegurar la estabilidad física y química de los lugares en que ésta se realice. o) Post cierre: Es la etapa que sigue a la ejecución del plan de cierre, que comprende las actividades de monitoreo y verificación de emisiones y efluentes y, en general, el seguimiento y control de todas aquellas condiciones que resultan de la ejecución de las medidas y actividades del plan de cierre, para garantizar en el tiempo la estabilidad física y química del lugar. p) Servicio: el Servicio Nacional de Geología y Minería. q) Vida útil del proyecto minero: Aquel cálculo que se efectúa en función de las reservas demostradas, probadas más probables, certificadas por una Persona Competente en Recursos y Reservas Mineras de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 20.235, en relación con los niveles anuales de extracción de mineral. Artículo 4°.- Carácter sectorial del plan de cierre. La aprobación que realizare el Servicio al plan de cierre, en conformidad a lo dispuesto en la presente ley, constituirá un permiso sectorial para todos los efectos legales. La empresa minera no podrá iniciar la operación de la faena minera sin contar, previamente, con un plan de cierre aprobado en la forma prescrita en esta ley.TÍTULO IIAUTORIDAD COMPETENTE Artículo 5°.- Autoridad competente y funciones. El Servicio es el órgano de la Administración del Estado encargado de revisar y aprobar sectorialmente los aspectos técnicos de los planes de cierre de faenas mineras y sus actualizaciones, como asimismo velar por el cumplimiento de las obligaciones de la empresa minera causadas por los planes de cierre aprobados. Tendrá las facultades de supervigilancia y fiscalización que establece la ley. Al Servicio le corresponderán las siguientes funciones y atribuciones: a) Aprobar, en conformidad a la resolución de calificación ambiental, las medidas que serán implementadas y actividades que serán ejecutadas para el cumplimiento de los planes de cierre de faenas mineras y sus modificaciones, de acuerdo a la presentación que hicieren los interesados. b) Aprobar la valorización del plan de cierre y la correspondiente cantidad de dinero o monto que será garantizada durante la vida útil del proyecto minero, supervigilar la suficiencia de los instrumentos otorgados en garantía, autorizar las rebajas que provengan de la ejecución de cierres parciales de faenas mineras, así como efectuar la liberación de la garantía a medida que se ejecutare el plan de cierre. c) Elaborar el programa de fiscalización de los planes de cierre aprobados y fiscalizar su cumplimiento. d) Disponer o evaluar modificaciones y actualizaciones a los planes de cierre aprobados, de acuerdo con las variaciones que experimenten los proyectos y su vida útil, en los términos del procedimiento establecido en esta ley y su reglamento. e) Disponer, en caso que las medidas comprometidas en el plan de cierre no fueren ejecutadas o lo fueren de manera imperfecta, las acciones necesarias para que la garantía otorgada se aplique íntegramente a la ejecución del plan de cierre. f) Ordenar la ejecución de medidas correctivas para los casos de incumplimiento del plan de cierre. g) Preparar guías metodológicas para la elaboración de los proyectos de planes de cierre simplificados. h) Verificar las competencias específicas de los auditores de planes de cierre, para los efectos de informar sobre la adecuación y cumplimiento de los mismos, y llevar el Registro correspondiente, de acuerdo con lo que disponen esta ley y su reglamento. i) Inspeccionar las faenas o instalaciones mineras a fin de asegurar el cumplimiento de las medidas y actividades comprometidas por la empresa minera, según lo establecido en el plan de cierre. j) Aplicar sanciones administrativas, según lo dispuesto en el Título X de esta ley.TÍTULO IIIAPROBACIÓN DE LOS PLANES DE CIERREPárrafo 1°Requisitos generales Artículo 6°.- Plan de Cierre, elaboración, contenidos, objetivos y requisitos formales. Toda empresa minera deberá presentar, para la aprobación del Servicio, un plan de cierre de sus faenas mineras, elaborado en conformidad con la resolución de calificación ambiental que se pronuncie favorablemente sobre el proyecto minero, cuando correspondiere, de acuerdo a la ley N° 19.300. El plan de cierre contemplará los objetivos propios y adecuados a las características de la faena minera, establecidos en la presente ley y el reglamento. Los requisitos formales para el otorgamiento de esta aprobación, así como los contenidos técnicos y económicos que deberá contener el plan de cierre, son los que se señalan en esta ley y el reglamento. Artículo 7°.- Obligatoriedad del plan de cierre. Una vez aprobado, el plan de cierre obliga a la empresa minera a ejecutar íntegramente todas las medidas y actividades contempladas en dicho documento, dentro del plazo fijado, y de la manera y condiciones previstas en el mismo. Artículo 8°.- Oportunidad de la aprobación del plan de cierre. Todo plan de cierre deberá ser aprobado por el Director previo al inicio de la exploración, explotación de una faena minera o de la operación de un establecimiento de beneficio, según correspondiere. Artículo 9°.- Elementos del plan de cierre. La empresa minera deberá presentar un plan de cierre que contemple la totalidad de la faena minera, el que contendrá y especificará todas las medidas y actividades de cierre contempladas. Podrá asimismo, presentar planes de cierre parcial, los que deberán ejecutarse durante la operación minera, de acuerdo a la programación global y de detalle aprobada por el Servicio, de acuerdo a lo dispuesto por esta ley. Los Planes de Cierre que se sometan a aprobación del Servicio tendrán carácter público y se regirán por las disposiciones de la ley N° 20.285.Párrafo 2°De los procedimientos de aprobación del plan de cierre Artículo 10.- Tipos de procedimientos de aprobación. El plan de cierre de faenas mineras se someterá a aprobación del Servicio, a través del procedimiento de aplicación general o simplificado. La exploración minera, de la forma establecida en la ley N° 19.300, se sujetará al procedimiento de aprobación simplificado. Se sujetará al procedimiento de aplicación general la empresa minera cuyo fin sea la extracción o beneficio de uno o más yacimientos mineros, y cuya capacidad de extracción de mineral sea superior a diez mil toneladas (10.000 t) mensuales. Resultará aplicable el procedimiento simplificado a la empresa minera cuya capacidad de extracción o beneficio de mineral sea igual o inferior a la señalada en el inciso anterior. Lo dispuesto en el inciso anterior rige para efectos de esta ley y no modifica las normas establecidas en la ley N° 19.300 para el ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental. 1. Del procedimiento de aplicación general Artículo 11.- Efectos del procedimiento de aplicación general. La empresa minera sometida al procedimiento de aplicación general quedará sujeta a la obligación establecida en el Título XIII de esta ley. Artículo 12.- Pronunciamiento sobre el plan de cierre. El Servicio deberá pronunciarse sobre el plan de cierre de la empresa minera dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de su presentación. El Servicio podrá solicitar, dentro del plazo de treinta días, las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones que se estimaren necesarias o que, referidas a información esencial del plan de cierre, sirvieren para complementar o salvar omisiones en su presentación. Las mismas deberán presentarse dentro del término de treinta días. El ejercicio de esta facultad suspenderá el transcurso del plazo legal para pronunciarse. Cuando la empresa minera hiciere entrega de la información requerida o dejare transcurrir el plazo sin hacerlo el Servicio emitirá pronunciamiento en los términos antes señalados. Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el Servicio, previa resolución fundada y atendido los nuevos antecedentes presentados por la empresa minera, podrá ampliar el plazo para pronunciarse sobre el plan de cierre, hasta por diez días. Artículo 13.- Requisitos del plan de cierre. El plan de cierre deberá, a lo menos, contener los antecedentes y acompañar los documentos que se señalan a continuación: a) Individualización completa de la empresa minera, escrituras sociales de constitución, con especificación de su RUT y de su representante legal; b) Descripción de la faena minera, con indicación de sus instalaciones, sus características, procesos y productos, la enunciación de las áreas que comprende y de los depósitos e insumos que utilizará. De la misma forma deberá considerar los aspectos geológicos y atmosféricos del área en que se encuentra; c) Resolución de calificación ambiental aprobatoria, cuando corresponda, de acuerdo a la ley N° 19.300; d) Informe técnico elaborado y suscrito por una o más Personas Competentes en Recursos y Reservas Mineras de aquellas señaladas en la ley N° 20.235, que se pronuncie acerca de la vida útil del proyecto minero; e) El conjunto de medidas y actividades propuestas por la empresa minera para obtener la estabilidad física y química del lugar donde se encuentra la faena minera; f) Una estimación de los costos del plan de cierre propuesto, expresado en unidades de fomento, o el sistema de reajuste fijado por el Banco Central que sustituya a la unidad de fomento, y la programación global y de detalle de ejecución de las medidas de cierre contempladas en él; g) Un programa y una estimación de costos de las medidas de post cierre, expresado en unidades de fomento, o el sistema de reajuste fijado por el Banco Central que sustituya dicha unidad, y la programación de su ejecución; h) La cantidad de dinero o monto representativa del costo del plan de cierre que será garantizado, el período por el cual esa caución se otorgará, de acuerdo a la vida útil del proyecto establecida en la forma descrita en la letra d), y los instrumentos que se utilizarán, e i) Cualquier otro documento que sirva de fundamento al plan de cierre o de base para su elaboración. Artículo 14.- Aprobación o rechazo del plan de cierre. El Servicio deberá pronunciarse acerca de los aspectos técnicos del plan de cierre, mediante la dictación de una resolución fundada de aprobación o rechazo del mismo dentro del plazo legal. El Servicio podrá requerir a la empresa minera, en el plazo de treinta días a partir de la presentación del plan de cierre, las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones que fueren necesarias. El plazo legal para pronunciarse sobre él se suspenderá por el tiempo que dure el ejercicio de esta facultad. El plan de cierre será aprobado cuando cumpla los requisitos establecidos por esta ley y de acuerdo a la resolución de calificación ambiental, cuando correspondiere. Si el Servicio rechazare el plan de cierre, indicará las correcciones, rectificaciones y modificaciones precisas y específicas que estimare procedentes al plan de cierre, a efectos de ajustar el mismo a las medidas técnicas necesarias conforme a la presente ley. Los aspectos que no fueren observados se tendrán por aprobados. Artículo 15.- Contenido de la resolución aprobatoria del plan de cierre. El Director dictará la resolución aprobatoria de los planes de cierre de faenas mineras presentados por los interesados, la que deberá contener: a) Identificación de la empresa minera, de la respectiva faena minera y de su o sus representantes legales; b) Mención de la vida útil estimada del proyecto minero; c) El conjunto de medidas técnicas y actividades comprometidas para la ejecución del plan de cierre, y la programación global de su ejecución, y d) La estimación de los costos del plan de cierre, que serán garantizados por la empresa minera. 2. Del procedimiento simplificado Artículo 16.- Presentación del plan de cierre. Las empresas mineras sometidas al procedimiento simplificado elaborarán su plan de cierre incluyendo en el mismo los antecedentes a que se refieren los literales a), b) y e) del artículo 13, y conforme a las guías metodológicas que preparará el Servicio. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de acompañar al mismo la resolución de calificación ambiental favorable si procediere. El Servicio pondrá a disposición de los interesados las guías metodológicas que especifiquen los estándares técnicos aplicables a las empresas mineras sometidas a este procedimiento y que servirán para la elaboración y complementación de los proyectos de planes de cierre simplificado, conforme a lo establecido en la ley. Artículo 17.- Contenido de la resolución aprobatoria del plan de cierre. La resolución que se pronuncie sobre un plan de cierre de faenas mineras sometidas al procedimiento simplificado contendrá los siguientes antecedentes: a) Identificación de la empresa minera y de la respectiva faena o instalaciones como, asimismo, de sus representantes legales; b) Un listado de las medidas y actividades específicas a que quedará sujeta la ejecución del plan de cierre, y c) La programación de su ejecución.TÍTULO IVAUDITORÍA DE LOS PLANES DE CIERREPárrafo 1°Objetivos Artículo 18.- De las auditorías periódicas y extraordinarias. Finalidad, periodicidad y elección del auditor. Las empresas mineras que se encontraren sujetas al procedimiento de aplicación general deberán hacer auditar su plan de cierre cada cinco años, a su costo y de acuerdo al programa de fiscalización que elaborará el Servicio. El objeto de las auditorías es certificar al Servicio la adecuación y cumplimiento del contenido del plan de cierre y de su actualización, así como la sujeción a su programación de ejecución, de manera de velar por su implementación y avance efectivo en relación al proyecto minero específico. El Servicio podrá, mediante resolución fundada, ordenar la elaboración de auditorías extraordinarias a costa de la empresa minera cuando se trate de situaciones graves que relacionadas con la adecuación, modificación o rectificación del plan de cierre requieran mayor nivel de información o se encuentren específicamente asociadas a paralizaciones temporales o cierres parciales. La empresa minera podrá presentar al Servicio auditoría voluntaria de su plan de cierre, cuando se produjere una modificación al proyecto minero que pudiere incidir en la adecuación o modificación del plan de cierre. Sobre la base del resultado de dichas auditorías el Servicio podrá ordenar fundadamente la adecuación, cumplimiento parcial o actualización extraordinaria del plan de cierre. La auditoría será efectuada por aquellos auditores que se encuentren inscritos en el Registro Público de Auditores Externos que llevará el Servicio de conformidad con esta ley y su reglamento. La empresa minera tendrá la facultad de elegir el auditor de entre los que figuren en el Registro antes señalado. De igual forma, y en caso de auditorías extraordinarias, el Servicio podrá designar de entre los inscritos en el Registro el auditor competente. Artículo 19.- Procedimiento y efectos de las auditorías. El Reglamento regulará las normas con arreglo a las cuales se elaborarán los informes técnicos de auditoría. El informe que emita el auditor deberá ser entregado al Servicio de acuerdo con el procedimiento que establecerá el reglamento. La evaluación de los informes que efectúe el Servicio, y las eventuales controversias que se generen a ese respecto se regirán, en lo no dispuesto en este artículo, por la ley N° 19.880. Con el mérito de los informes de auditoría presentados por la empresa y los actos que en el ejercicio de sus atribuciones de fiscalización realice, el Servicio procederá a resolver, en el plazo de sesenta días contados desde la presentación de la referida auditoría, pronunciándose respecto de las medidas concretas y específicas que deberán adoptarse por la empresa minera en la actualización periódica o extraordinaria del plan de cierre aprobado.Párrafo 2ºNormas particulares Artículo 20.- De los auditores y del Registro Público de auditores externos. Podrán desempeñarse para los fines establecidos en este Título los auditores inscritos en el Registro Público de Auditores Externos que llevará el Servicio, quienes estarán sujetos al cumplimiento de los requisitos exigidos por esta ley y su reglamento. El Servicio sólo podrá inscribir en el Registro a quienes acrediten cumplir con los siguientes requisitos: 1. Persona natural que cuente con título profesional relacionado con las ciencias vinculadas a la industria minera, entre otros, ingenieros de minas, ingenieros de ejecución en minas o geólogos, y que acreditaren experiencia en el área de a lo menos diez años. 2. Sociedades de profesionales o personas jurídicas constituidas en conformidad a la ley, cuyo objeto contemple la auditoría de planes de cierre de faenas mineras, en que tuvieren participación o fueren integradas por profesionales que cumplan con los requisitos señalados en el numeral anterior. En ningún caso podrán efectuar auditorías quienes carezcan de independencia de juicio en relación con las operaciones mineras auditadas, debiendo presentar declaración jurada de independencia e imparcialidad. Para los efectos de esta ley se entenderá que carecen de independencia de juicio respecto de una empresa minera auditada las siguientes personas naturales y jurídicas: a) Las que personalmente, su cónyuge o parientes por consanguinidad, hasta el tercer grado inclusive, tengan o hayan tenido durante los últimos tres años, vínculo ya sea como profesional independiente o bajo subordinación o dependencia o quienes, en el mismo período, hubieren prestado servicios a la empresa minera auditada o a cualquiera otra entidad relacionada en los términos del artículo 100 de la ley N° 18.045, en su caso. b) Las que directa o indirectamente posean acciones o participaciones sociales en la empresa minera auditada o en cualquier otra entidad relacionada en los términos del artículo 100 de la ley N° 18.045. c) Las que tengan una relación de negocios significativa, esto es, que hayan percibido directa o indirectamente ingresos brutos, derivados de dichas relaciones, por una cantidad superior a 500 unidades de fomento o el equivalente en el sistema de reajuste del Banco Central que sustituya la unidad de fomento, con la empresa minera auditada o cualquiera otra entidad relacionada en los términos del artículo 100 de la ley N° 18.045. No podrán ser registrados, y serán eliminados del Registro Público de auditores externos, quienes se encuentren acusados o hayan sido condenados por delito que merezca pena aflictiva. No serán registradas y serán eliminadas aquellas sociedades de profesionales o las personas jurídicas en las cuales algún socio o alguno de sus trabajadores se encuentren acusados o hayan sido condenados por delito que merezca pena aflictiva. Tampoco podrán ser incorporados y serán eliminados del Registro aquellas sociedades que hayan sido condenadas, de manera grave y reiterada, por práctica antisindical o por infracción a los derechos fundamentales del trabajador o registraren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, lo que se acreditará con el correspondiente certificado. Artículo 21.- Contenido de la solicitud de inscripción en el Registro. Los auditores externos, al solicitar su inscripción en el Registro Público, deberán acompañar en forma conjunta con su solicitud de inscripción, un informe que incorpore la descripción específica y detallada de la metodología de trabajo, la que deberá contener a lo menos el desarrollo del plan de auditoría respecto de los contenidos mínimos señalados en las guías metodológicas confeccionadas por el Servicio. Sin perjuicio de lo anterior, todo auditor deberá especificar: a) Los estándares técnicos a que sujetará su plan de auditoría. b) Los parámetros de certificación. c) El procedimiento de control y verificación. d) La política de confidencialidad y el manejo de la información privilegiada. e) La forma de verificar y garantizar la independencia de juicio e idoneidad técnica del personal encargado de la dirección y ejecución de la auditoría externa.TÍTULO VACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE CIERRE Y PARALIZACIÓNTEMPORAL DE OPERACIONESPárrafo 1°Implementación de ajustes a los planes de cierre Artículo 22.- De la implementación de actualizaciones del plan de cierre. Todo plan de cierre aprobado por el Servicio deberá ser actualizado durante la operación minera en cuanto a su programación de ejecución, de manera de ser implementado progresiva e íntegramente por la empresa minera o por un tercero por cuenta de ella de acuerdo al avance efectivo del proyecto. Con el mérito del informe de auditoría y de lo resuelto a su respecto por el Servicio, la empresa minera deberá proceder a la actualización de su plan de cierre. Las modificaciones a la fase de cierre, que se consignaren en una resolución de calificación ambiental, obligan a la modificación del plan de cierre respectivo, en conformidad a lo establecido en la ley N° 19.300 y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Las actualizaciones de los planes de cierre incluirán, materializarán y concretarán progresivamente, para todos los efectos legales, los objetivos ambientales contenidos en la resolución de calificación ambiental del proyecto para la fase de cierre. Artículo 23.- Procedimiento de actualización del plan de cierre. Dentro del plazo de noventa días contados desde la notificación de la resolución que se pronuncia respecto de la auditoría del plan de cierre, la empresa minera deberá presentar ante el Servicio el proyecto de actualización de su plan de cierre. La resolución que se pronuncie sobre el proyecto de actualización deberá dictarse dentro del plazo de treinta días, contados desde su ingreso al Servicio. En contra de la resolución que se pronunciare sobre el proyecto de actualización del plan de cierre procederá recurso de reposición dentro del término de diez días.Párrafo 2°De la paralización temporal de operaciones Artículo 24.- Paralización. Duración y deberes durante la misma. Las empresas mineras podrán paralizar temporalmente sus operaciones mineras. Previo al cese temporal de sus operaciones mineras deberán obtener la aprobación de un plan de cierre temporal que contenga las medidas destinadas a velar por el adecuado mantenimiento de sus instalaciones y mitigación de los efectos que con ello pudieren causar durante el cese temporal, debiendo mantener vigentes todas las garantías constituidas. El proyecto de cierre temporal deberá especificar el plazo propuesto de paralización, el que no podrá exceder de dos años, así como los detalles de su plan de cierre temporal y de las medidas antes señaladas. El proyecto de cierre temporal y el plazo de paralización serán autorizados y calificados por resolución debidamente fundada del Director. Antes del término del plazo de paralización autorizado la empresa minera podrá solicitar, con causa justificada, la ampliación del mismo hasta por un máximo de tres años adicionales. Al término del periodo de paralización autorizado la empresa podrá solicitar al Servicio, por razones calificadas, una ampliación excepcional de la paralización, el que podrá autorizarlo por resolución fundada, previa puesta a disposición del mismo de un monto adicional de garantía equivalente al 30% del total de la garantía, la que deberá ser constituida en instrumentos tipo A.1, cualquiera que fuese la situación que la obligare por aplicación de las reglas establecidas en el Título XIII. Si no se efectuare reanudación de la faena en los plazos referidos, y concluidos que fueren los períodos de paralización autorizados, el Servicio procederá conforme a lo dispuesto en el Título XI, con el objeto de hacer efectiva y ejecutar la totalidad de la garantía. Artículo 25.- Sanción en caso de abandono. Los representantes legales de la empresa minera que, falsamente y a sabiendas, hubieren informado al Servicio sobre la paralización temporal de operaciones, encubriendo un abandono de la faena minera o de ciertas instalaciones de la misma, serán castigados con multa de mil a diez mil unidades tributarias mensuales.TÍTULO VIDE LAS SERVIDUMBRES Artículo 26.- De las servidumbres para la ejecución de los planes de cierre. Los predios superficiales y las concesiones mineras que comprendan o estén comprendidas por una faena minera estarán afectos al gravamen de permitir la ejecución del plan de cierre, conservándose a su respecto las servidumbres que existan al tiempo de la operación minera, incluso hasta después de que ella esté concluida y por todo el tiempo que deba ejecutarse el plan de cierre, pero limitado sólo al área que se requiera para tal ejecución. En caso de no existir dichas servidumbres u otros derechos sobre los predios superficiales o concesiones mineras que permitan ejecutar el plan de cierre a la empresa minera, ésta podrá obtener, en su favor, una servidumbre para tales efectos, quedando ella limitada al área necesaria y con el propósito exclusivo de dar cumplimiento al plan de cierre. En todo lo no previsto en el presente Título resultarán aplicables las normas de los artículos 122 a 125, 234 y 235 del Código de Minería.TÍTULO VIIDEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE CIERRE Artículo 27.- Del cumplimiento del plan de cierre. El plan de cierre deberá ser implementado íntegramente por la empresa minera o por un tercero por cuenta de ella, durante la operación minera. Implementada la totalidad de las medidas y actividades comprometidas en el plan de cierre en cumplimiento del objeto de esta ley, la empresa minera sometida al procedimiento de aplicación general deberá presentar al Servicio un informe final de auditoría que contendrá una descripción de las obras que permanecerán en el sitio de la faena minera, así como los demás antecedentes que den cuenta del cumplimiento del plan de cierre de acuerdo al procedimiento que se establecerá en el reglamento. El contenido del informe final de auditoría será revisado por el Servicio, debiendo resolver dentro del plazo de treinta días y según el procedimiento que para estos efectos será establecido en el reglamento. El Servicio, mediante resolución fundada, se pronunciará respecto al cumplimiento de plan de cierre. Artículo 28.- De la liberación gradual de la garantía. El Servicio, a petición de la empresa minera y a medida que se ejecute el plan de cierre, podrá liberar parte de la garantía otorgada. Una vez aprobada la solicitud de liberación gradual de la garantía por parte del Servicio, ésta se sujetará a las reglas siguientes: a) Iniciada la ejecución efectiva del plan de cierre se podrá liberar hasta el treinta por ciento del valor de la garantía enterada. b) Luego de ejecutada la totalidad de los hitos significativos y permanentes señalados por la empresa minera en su plan de cierre se podrá liberar hasta un treinta por ciento adicional del valor de la garantía enterada. c) El remanente se liberará contra la entrega del certificado de cierre final. El Reglamento determinará la forma y condiciones a las que se ajustará el procedimiento de liberación gradual. Artículo 29.- Certificado de cumplimiento del plan de cierre. Ejecutado el plan de cierre conforme al mismo instrumento, incluidas sus actualizaciones, el Servicio emitirá uno o más certificados que acreditarán el cierre de la faena minera de acuerdo con las disposiciones de esta ley y su reglamento. Artículo 30.- Tipos de certificado de cumplimiento. El Servicio otorgará dos tipos de certificados de cumplimiento: a) Certificado de cierre parcial, que se otorgará una vez implementadas las medidas comprometidas en el plan de cierre respecto de una instalación o parte de la faena minera. b) Certificado de cierre final, que será otorgado una vez que se encuentren ejecutadas la totalidad de las medidas comprometidas en el plan de cierre de la faena minera y se haya materializado el aporte al fondo de post cierre de acuerdo a lo establecido en el Título XIV de esta ley. Artículo 31.- Certificados de cierre y garantías. La emisión de los certificados de cierre parcial de instalaciones o partes de una faena minera facultará a la empresa minera para solicitar la reducción proporcional del monto de la garantía, así como la liberación de los excedentes financieros a prorrata de la garantía liberada, si los hubiere. La emisión del certificado final importará el fin de la obligación de mantener la garantía vigente. El Servicio ordenará la liberación de la misma, de su saldo y de los excedentes que existieren, en el plazo máximo de treinta días. Artículo 32.- Efectos de los certificados. Los certificados acreditarán el cumplimiento íntegro de los deberes y obligaciones de la empresa minera establecidos en esta ley y su reglamento, respecto de la instalación, grupo de instalaciones o faena a cuyo respecto se otorga, sin perjuicio de las responsabilidades que otras normas legales establezcan. El que maliciosamente otorgare u obtuviese un certificado de los señalados en el artículo 30 sin cumplir con los requisitos que esta ley exige para su otorgamiento será sancionado con las penas previstas en los artículos 193 y 196 del Código Penal.TÍTULO VIIIRESPONSABILIDAD Artículo 33.- Responsables del cumplimiento del plan de cierre. La empresa minera es responsable del cumplimiento del plan de cierre, ya sea que lo ejecute directamente o por intermedio de terceros. Artículo 34.- Responsabilidad de los representantes legales. Los representantes legales de la empresa minera y quienes resulten responsables de incumplir la ejecución del plan de cierre serán sancionados con multa de cien a mil unidades tributarias mensuales. Artículo 35.- Quiebra de la empresa minera. En caso de quiebra de la empresa minera, el Servicio o quien éste designe participará de las Juntas de Acreedores. El valor del plan de cierre debidamente aprobado por el Servicio constituirá un crédito de primera clase, de aquellos establecidos en el número 9 del artículo 2472 del Código Civil. Siempre que ocurra una quiebra que involucre una faena o instalación minera, el Síndico deberá informar de la misma al Director antes de la celebración de la primera Junta de Acreedores. En todo lo demás se aplicarán las reglas comunes dispuestas en el Libro IV del Código de Comercio.TÍTULO IXFISCALIZACIÓN y SUPERVIGILANCIA Artículo 36.- Fiscalización. Será de competencia exclusiva del Servicio fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de esta ley y de su reglamento, sin perjuicio de las facultades legales de otros órganos de la Administración del Estado dentro del ámbito de sus competencias. Artículo 37.- Facultades fiscalizadoras. En virtud de las atribuciones conferidas por esta ley el Servicio podrá: a) Ingresar a toda faena, instalación o establecimiento asociado a ella, con excepción de aquellos que sean utilizados como vivienda o morada. b) Realizar todas las inspecciones, exámenes, indagaciones o pruebas técnicas que sean consideradas necesarias para determinar la naturaleza y extensión de los riesgos, existentes o potenciales, sobre la faena a que se refiere el plan de cierre. El Servicio podrá, para estos efectos, contratar servicios de asesores externos especializados. c) Inspeccionar la implementación de las medidas comprometidas en el plan de cierre que sean necesarias para completar un informe al Director. d) Ordenar la actualización de los planes de cierre aprobados, de acuerdo a las observaciones e informes elaborados por sus fiscalizadores. e) Ordenar la ejecución de medidas correctivas, causadas por incumplimientos a la obligación de cierre, en la oportunidad fijada por el Director, de acuerdo al procedimiento establecido en el reglamento. Artículo 38.- Ejercicio de la fiscalización. Las facultades de fiscalización deberán ser ejercidas de acuerdo al principio de probidad administrativa y con racionalidad. Los fiscalizadores del Servicio estarán facultados para recabar la información necesaria para el ejercicio de las competencias establecidas en esta ley. En casos de impactos no previstos en los planes de cierre y a propósito del ejercicio de la facultad contemplada en la letra d) del artículo 37, los fiscalizadores podrán requerir, a costa de la empresa, la realización de los estudios pertinentes. Los fiscalizadores del Servicio están facultados para inspeccionar y evaluar las condiciones de funcionamiento de la totalidad de las instalaciones que formen parte de las faenas mineras, con el objeto de controlar el cumplimiento del plan de cierre. Para tales efectos, la empresa minera o quienes actúan en su representación les facilitarán el acceso a la faena las veces que el Servicio estimare procedente, debiendo proporcionar en forma oportuna la información necesaria a los fines específicos de la fiscalización. En caso de negativa de acceso a la faena minera el Director podrá solicitar, previa resolución fundada, el auxilio de la fuerza pública. Los funcionarios del Servicio tendrán el carácter de ministros de fe, respecto de los hechos que constataren dentro del ámbito de sus competencias y en ejercicio de las facultades fiscalizadoras establecidas en este Título. Para dar fe de los hechos que constataren, en ejercicio de sus facultades, se requerirá la concurrencia a la faena de al menos dos funcionarios del Servicio, quienes deberán autorizar las actas de fiscalización en que consten las correspondientes actuaciones. Los funcionarios del Servicio deberán guardar reserva de aquellos antecedentes que conocieren en el ejercicio de sus funciones, relativos a los negocios de las personas sujetas a su fiscalización. La infracción a esta obligación podrá ser sancionada en la forma establecida en el inciso primero del artículo 247 del Código Penal, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa que procediere.TÍTULO XINFRACCIONES Y SANCIONESPárrafo 1°De las Infracciones a esta Ley Artículo 39.- Competencia administrativa. El Director será competente para conocer administrativamente y sancionar a quienes incurrieren en infracciones a esta ley y su reglamento, resultando aplicable el procedimiento administrativo establecido en la ley N° 19.880. En contra de las resoluciones del Servicio procederá recurso de reposición, el que podrá deducirse dentro del plazo de diez días contados desde la notificación por carta certificada de las mismas. Toda vez que las infracciones revistan los caracteres de delito, el Director denunciará tales hechos y pondrá los respectivos antecedentes en conocimiento del Ministerio Público. Artículo 40.- Infracciones. Constituyen infracciones a esta ley, y podrán ser objeto de sanción, las siguientes conductas: a) Aquellas que, por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el plan de cierre, causaren como consecuencia directa la muerte o lesión grave de una o más personas. b) El daño a la propiedad pública o privada que fuere consecuencia directa de la ejecución o falta de implementación del plan de cierre. c) Abandonar total o parcialmente una faena minera. d) Entregar información falsa, manifiestamente incompleta u ocultarla en forma tal que pudiere afectar la determinación y ejecución de las obligaciones que establece esta ley. e) No cumplir, dentro del plazo y en la forma establecida en esta ley y su reglamento, con las obligaciones específicas, acciones concretas o parte de las medidas establecidas en el plan de cierre. f) Iniciar la explotación de faenas mineras sin dar el aviso establecido en el artículo 21 del Reglamento de Seguridad Minera. g) No constituir o no poner a disposición del Servicio la garantía de cumplimiento establecida en el Título XIII, en los plazos y forma indicados en dicho Título. h) Incumplir la obligación de mantener la suficiencia e integridad de la garantía de cumplimiento establecida en el Título XIII, durante la vida útil de la faena. i) No cumplir, dentro del plazo y en la forma establecida en esta ley y su reglamento, con las instrucciones establecidas por el Servicio. j) Resistir o dificultar un acto de fiscalización. k) No cumplir dentro del plazo y en la forma establecida en esta ley con la obligación de auditar el plan de cierre e informar al Servicio de las modificaciones sustanciales al proyecto. l) No presentar, ejecutar o actualizar su plan de cierre cuando procediere de acuerdo a las causales establecidas en la ley. m) Impedir o dificultar, mediante vías de hecho, la ejecución de un plan de cierre aprobado por el Servicio. Artículo 41.- Sanciones. El Servicio, de acuerdo a la naturaleza y gravedad de las infracciones, podrá imponer a quienes incurran en las conductas establecidas en el artículo anterior las siguientes sanciones: a) Multas de 10 unidades tributarias mensuales, por cada día de infracción, con un máximo total de 10.000 unidades tributarias mensuales. b) Suspensiones temporales de operación de faenas e instalaciones mineras. c) Disponer la constitución y puesta a disposición de la totalidad de la garantía de cumplimiento, en instrumentos tipo A.1, en el plazo de treinta días. d) Multa desde 50 unidades tributarias mensuales hasta 300 unidades tributarias mensuales respecto de las infracciones contempladas en las letras a) y b) del artículo anterior. La sanción contemplada en la letra c) del presente artículo sólo podrá ser aplicable a las infracciones establecidas en las letras g), k) y l) del artículo anterior. Artículo 42.- Procesos sancionatorios. Respecto de las resoluciones que establezcan sanciones de las previstas en esta ley, podrá deducirse recurso de reposición en el plazo de diez días ante el Director. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, serán aplicables las disposiciones contempladas en el Capítulo IV de la ley N° 19.880. La reclamación administrativa interrumpirá el plazo para ejercer la acción judicial a que se refiere el artículo siguiente. Una vez que se notifique el acto que resuelva dicha reclamación administrativa el plazo volverá a contarse íntegramente, de acuerdo al artículo 54 de la ley N° 19.880. Artículo 43.- Sanciones pecuniarias. Las multas que esta ley establece, y que corresponda aplicar al Servicio, serán impuestas administrativamente por el Director. El pago de las mismas deberá ser acreditado al Servicio dentro del plazo de diez días contados desde que se notifique la resolución respectiva. Las resoluciones que impongan multas serán siempre reclamables ante el juzgado de letras competente y aquellas no serán exigibles mientras no esté vencido el plazo para interponer la reclamación, o ésta no haya sido resuelta. El juicio se sustanciará de acuerdo con las disposiciones del procedimiento sumarísimo a que alude el artículo 235 del Código de Minería. La multa prescribirá en el plazo de tres años contados desde la notificación de la resolución que la impone y la responsabilidad por infracciones a esta ley se extinguirá en el plazo de tres años. Los referidos plazos de prescripción se suspenderán desde el momento en que el Servicio inicie la investigación de la que derive la aplicación de la multa respectiva. El producto de las multas que se apliquen a las empresas mineras pasará a integrar el Fondo a que alude el Título XIV de esta ley.TÍTULO XIDEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE CIERRE Y DELPROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN Artículo 44.- Declaración del incumplimiento. Constituirán causales de incumplimiento de la obligación de cierre de faenas mineras: 1. La falta de implementación de la totalidad de medidas y actividades contempladas en el plan de cierre aprobado o sus respectivas actualizaciones. 2. La implementación parcial, inadecuada o inoportuna de las medidas de cierre contempladas en el plan aprobado. En caso de que el plan de cierre no fuere implementado íntegra y oportunamente, en conformidad a su programación global y de detalle, el Servicio, mediante resolución fundada, declarará el incumplimiento del plan de cierre. Si el incumplimiento versare sobre materias cuya calificación estuviere contenida en la Resolución de Calificación Ambiental e incidiere en la determinación del incumplimiento total o parcial del Plan de Cierre, el Servicio deberá resolver previa consulta vinculante a la Superintendencia de Medio Ambiente, la que deberá informar dentro del plazo de quince días. El Servicio resolverá el incumplimiento y notificará dicha resolución a la empresa minera mediante carta certificada. En contra de la resolución que resuelva el incumplimiento total o parcial del plan de cierre procederá el recurso de reposición, el que deberá deducirse dentro del término de diez días de notificada la referida resolución. Lo dispuesto en el inciso anterior es sin perjuicio de las sanciones que en ejercicio de sus facultades legales imponga el Servicio. Respecto de la resolución que rechazare total o parcialmente la reposición deducida por la empresa minera procederá reclamación ante la Corte de Apelaciones respectiva, en la forma establecida por los artículos siguientes. Artículo 45.- La empresa minera que estimare que la resolución del Servicio que declare el incumplimiento no se ajusta a la ley o al reglamento podrá reclamar de la misma, dentro del plazo de diez días hábiles contados desde su notificación, ante la Corte de Apelaciones correspondiente al emplazamiento físico de la faena. Artículo 46.- La Corte de Apelaciones dará traslado de la reclamación al Servicio, notificándolo por oficio y éste dispondrá del plazo de diez días hábiles contado desde que se notifique la reclamación interpuesta para formular observaciones. Evacuado el traslado por el Servicio, o vencido el plazo de que dispone para formular observaciones, el tribunal ordenará traer los autos en relación y la causa se agregará extraordinariamente a la tabla de la audiencia más próxima, previo sorteo de la Sala. La Corte de Apelaciones podrá, si lo estima pertinente, abrir un término probatorio que no podrá exceder de siete días, y escuchar los alegatos de las partes. La Corte de Apelaciones dictará sentencia dentro del término de quince días. En contra de la resolución de la Corte no procederá recurso alguno. Si se solicitare orden de no innovar la Corte deberá requerir informe al Servicio dentro del plazo de 24 horas a efectos de que el mismo justificare la negativa a su otorgamiento fundado en los riesgos inminentes del daño que éste podría ocasionar a la salud de las personas o al medio ambiente. Artículo 47.- De la aplicación de la garantía. Determinado que fuere el incumplimiento de la obligación de cierre y no existiendo recurso pendiente en contra de la resolución que lo declarare, corresponderá al Servicio, en ejercicio de su mandato legal e irrevocable, realizar las gestiones tendientes a obtener, mediante la garantía, por cuenta y riesgo de la empresa minera, el cumplimiento de la obligación de cierre. En virtud de lo señalado en el inciso anterior, el Servicio podrá disponer la liquidación de los instrumentos otorgados en garantía por la empresa. Para estos efectos, el Servicio deberá, por cuenta de la empresa minera, celebrar los actos y suscribir los contratos que en derecho correspondan para la ejecución por parte de terceros del plan de cierre.TÍTULO XIIDE LOS PLANES DE CIERRE DE FAENAS DE HIDROCARBUROS Artículo 48.- Del Plan de Cierre de Faenas de Hidrocarburos. Quedarán sujetos a la obligación de presentar plan de cierre de sus faenas las personas naturales o jurídicas que efectúen exploración, explotación o beneficio de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos, de acuerdo a las reglas establecidas por este Título. Serán titulares de esta obligación las personas naturales o jurídicas que fueren concesionarias del respectivo decreto de concesión, contratista en el contrato especial de operación que se haya suscrito con el Estado de Chile, y la Empresa Nacional del Petróleo, cuando ejecutare directamente sus operaciones en el territorio nacional. Los planes de cierre que deberán ser presentados a la aprobación del Servicio serán elaborados en conformidad con la resolución de calificación ambiental que se pronuncie favorablemente sobre el proyecto de hidrocarburos líquidos o gaseosos, de acuerdo a la ley N° 19.300. El plan de cierre contemplará los objetivos propios y adecuados a las características de la faena de hidrocarburos. El reglamento contemplará las especificaciones técnicas a que deberán sujetarse el cierre de las faenas contenidas en este Título. Los planes de cierre que se formulen para la exploración, explotación y beneficio de hidrocarburos se sujetarán al procedimiento de aplicación general, y deberán constituir garantía que asegure al Estado el cumplimiento íntegro y oportuno de la obligación de cierre, en la forma establecida por el Título XIII.TÍTULO XIIIGARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Artículo 49.- Obligatoriedad y objeto de la garantía. Toda empresa que efectúe operaciones mineras sujetas al procedimiento de aplicación general deberá constituir garantía que asegure al Estado el cumplimiento íntegro y oportuno de la obligación de cierre establecida en esta ley. Constituye objeto de la garantía el resguardo de la ejecución de la obligación de cierre por parte de la empresa minera, en los términos señalados en el inciso anterior. La puesta a disposición del Servicio del conjunto de instrumentos que constituyen la garantía importará el otorgamiento, por el solo ministerio de la ley, de mandato legal e irrevocable al mismo para liquidarla, cobrarla y percibirla por cuenta de la empresa, a efectos de aplicarla al cumplimiento íntegro del plan de cierre. Para todos los efectos legales este mandato tendrá carácter gratuito. Artículo 50.- Determinación de la garantía. El monto de la garantía será determinado a partir de la estimación periódica del valor presente de los costos de implementación de todas las medidas de cierre, contempladas para el período de operación de la faena hasta al término de su vida útil, así como las medidas de seguimiento y control requeridas para la etapa de post cierre. El cálculo de la vida útil se efectuará en función de las reservas demostradas, probadas más probables, certificadas por una persona competente en recursos y reservas mineras, lo que se determinará de acuerdo a los niveles anuales de extracción de mineral, y en conformidad a lo establecido en la ley N° 20.235. La actualización a valor presente considerará la tasa de descuento de los Bonos en Unidades de Fomento publicada por el Banco Central (BCU) de al menos diez años, o el instrumento financiero emitido por dicho Banco que lo reemplace. El monto deberá incluir, además, el valor presente de los costos de administración del entero plan de cierre de faenas, ejecutado directamente por la empresa minera o por un tercero contratado al efecto por la misma, o por el Servicio, en su nombre y representación, de acuerdo con el procedimiento señalado en este Título. Las actualizaciones y ajustes al monto de la garantía, que se produzcan una vez iniciadas las operaciones de explotación, se efectuarán dentro del plazo de treinta días contados desde la notificación de la aprobación de las actualizaciones del plan de cierre, de acuerdo a las reglas establecidas en esta ley y el reglamento. Artículo 51.- Integridad, estabilidad y suficiencia de la garantía. La empresa minera deberá velar por la integridad, suficiencia y estabilidad de la garantía durante toda la vida útil de la faena. Toda contingencia que afectare a la empresa, y pudiere afectar los instrumentos otorgados en garantía, deberá ser informada al Servicio en el plazo de tres días hábiles, a efecto que el mismo, en el plazo de treinta días a partir de esa notificación, resuelva acerca de su mantención, sustitución o complementación. En el caso de fusiones, transformaciones, divisiones, disoluciones o cualquier otro acto jurídico u operación que implique un cambio total o parcial del dominio, la forma, composición o naturaleza jurídica de la empresa minera sujeta a la obligación de cierre, la misma o la continuadora seguirá afecta a las obligaciones que se hubieren determinado de acuerdo a esta ley. En caso de que las operaciones anteriores importaren la enajenación del activo de la empresa minera o la cesión del mismo, a cualquier título, a un tercero, le será oponible a éste la obligación de cierre, así como la de garantía, la que subsistirá de forma indivisible en el adquirente o sucesor, que se considerará la empresa minera para todos los efectos previstos en esta ley. Todas las modificaciones y operaciones contenidas en los incisos anteriores deberán informarse al Servicio, en el plazo de tres días hábiles contados, en su caso, desde la última formalidad requerida, con el objeto de que el Servicio, dentro del plazo de 30 días a partir de esa notificación, resuelva acerca de su mantención, sustitución o complementación. Artículo 52.- Instrumentos elegibles como garantía y administración. El monto de la garantía, en virtud de las disposiciones de esta ley, deberá ser integrado por los siguientes niveles de instrumentos, de acuerdo a las siguientes categorías: A.1) Certificados de depósito a la vista, boletas bancarias de garantía a la vista, certificados de depósitos de menos de trescientos sesenta días, carta de crédito stand by emitida por un banco cuya clasificación de riesgo sea a lo menos A o su equivalente. Los instrumentos señalados precedentemente deberán ser tomados a nombre y favor de la empresa minera, y puestos a disposición del Servicio, debidamente endosados en garantía, cuando corresponda atendida su naturaleza, para caucionar el cumplimiento de la obligación de cierre. Los instrumentos categoría A.1), que hubieren sido propuestos por la empresa minera y aprobados por el Servicio, deberán ser entregados en custodia al Deposito Central de Valores, cuando corresponda, o depositarse en una institución financiera autorizada para tales efectos. La administración, renovación, sustitución y reemplazo de los mismos corresponderán a la empresa minera, la que deberá informar al Servicio su identidad y vigencia, mediante la remisión de copias digitales de los certificados de las instituciones antes descritas, que acrediten las características y montos de los instrumentos respectivos. A.2) Instrumentos financieros representativos de captaciones o de deuda comprendidos en el artículo 45 del decreto ley N° 3.500, de 1980, con clasificación de riesgo de a lo menos clase A nacional o equivalente internacional. A efectos de acreditar la adquisición y existencia de estos instrumentos en el patrimonio, la empresa minera deberá exhibir copia auténtica de sus balances y estados financieros, auditados por alguna institución de aquellas inscritas en la Superintendencia de Valores y Seguros. A.3) Otros instrumentos, tales como: cesión del contrato de venta de minerales celebrado con la Empresa Nacional de Minería u otro poder comprador que cumpla los requisitos de suficiencia que determinará el Servicio; prenda sobre el retorno de exportación; fianza solidaria de un socio controlador con clasificación de riesgo de a lo menos clase A nacional o equivalente internacional, anualmente certificada. No obstante lo anterior, respecto de los instrumentos A.2 y A.3, las modificaciones en la composición de dichos instrumentos deberán ser informadas al Servicio mensualmente. Artículo 53.- Plazo y forma de otorgar y poner a disposición la garantía. El plazo para extender y poner a disposición el monto de la garantía es el que resulte de aplicar las reglas siguientes: 1. Cuando la vida útil estimada de la faena fuere menor a veinte años, el total de la misma deberá ser puesta a disposición del Servicio dentro de los dos tercios de esa vida útil estimada. 2. Cuando la vida útil estimada de la faena excediere de veinte años, el total de la misma deberá ser puesta a disposición del Servicio dentro del plazo de quince años. La empresa minera comenzará a constituir la garantía a partir del aviso al Servicio del inicio de las operaciones de explotación minera, en conformidad a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de Seguridad Minera. En el plazo de treinta días contados a partir de esa comunicación, y durante el primer año, deberá constituir una garantía que no podrá ser inferior al veinte por ciento del valor presente del costo total de las medidas de cierre, de acuerdo a las reglas establecidas por este Título. Su composición será equivalente a la señalada en el numeral (1.) del siguiente inciso. A partir del segundo año de operaciones la garantía se otorgará en forma proporcional y a prorrata del plazo establecido para constituirla o ponerla a disposición íntegramente. La composición de ésta será la siguiente: 1. Hasta completar el primer tercio del plazo establecido en el inciso primero del presente artículo de la siguiente forma: Cuarenta por ciento, al menos, en instrumentos A.1; hasta cuarenta por ciento, en instrumentos A.2; y hasta veinte por ciento en instrumentos A.3. 2. Entre el final del primer tercio y hasta completar el segundo tercio del mismo plazo, de la siguiente forma: sesenta por ciento, al menos en instrumentos A.1; hasta cuarenta por ciento en instrumentos A.2. 3. Entre el final del segundo tercio y hasta completar el plazo total para su constitución o puesta a disposición, la totalidad de la garantía deberá estar compuesta por instrumentos del tipo A.1. El monto de la garantía deberá ser ajustado en el tiempo, cuando se produzcan actualizaciones del plan de cierre, de acuerdo a las reglas establecidas en el Título V; cambios en los costos de implementación del plan de cierre, cierres progresivos y parciales contemplados en el plan de cierre; otra circunstancia debidamente calificada y fundamentada por el Servicio, según los criterios que se establecerán en el reglamento. Los ajustes que importen aumentos en el monto de la garantía, de acuerdo a lo señalado en el inciso anterior, quedarán sujetos al régimen general de constitución de garantías establecidas en este Título, y deberán ejecutarse dentro del plazo de treinta días, a partir de su notificación. Los ingresos por rentabilidad que generen los instrumentos otorgados en garantía incrementarán el monto garantizado. Artículo 54.- Facultades respecto a la garantía. La idoneidad y suficiencia de la garantía será calificada en conjunto por el Servicio y la Superintendencia de Valores y Seguros y de acuerdo a la naturaleza de los instrumentos propuestos, los que podrán delegar dicha función en los organismos técnicos públicos o privados que determinen para tales efectos.TÍTULO XIVDE LA ETAPA DE POST CIERRE Artículo 55.- Creación, Administración y Formación del Fondo. Créase el Fondo para la Gestión de Faenas Mineras Cerradas, adscrito al Servicio, que será administrado en la forma señalada en este Título y cuya finalidad será financiar las actividades determinadas de acuerdo a esta ley, para asegurar en el tiempo la estabilidad física y química del lugar en que se ha efectuado un plan de cierre. El Fondo estará integrado por los aportes de las empresas mineras, en la forma establecida por esta ley, por el producto de las multas que se paguen por infracciones a ésta, por las donaciones o asignaciones que le hicieren, y por las erogaciones y subvenciones que obtenga de personas naturales o jurídicas, municipalidades o del Estado. Las donaciones que se efectúen estarán exentas del trámite de la insinuación a que se refiere el artículo 1401 del Código Civil. Las funciones del Fondo se cumplirán mediante licitación de acuerdo a normas objetivas y públicas que contemplen la materia, contenidos, y demás características definidas por esta ley. El Fondo será administrado por una institución profesional en la administración de activos financieros, acreditada por la Superintendencia de Valores y Seguros, elegida por medio de licitación efectuada por el Servicio. La política de inversiones y sus obligaciones de reporte serán consignadas en el reglamento respectivo. Artículo 56.- Del deber de aportar al Fondo. Antes del otorgamiento del certificado de cierre final la empresa minera deberá efectuar un aporte no reembolsable al Fondo, en dinero o en los instrumentos financieros establecidos en el artículo 52, A.1, representativos de los recursos necesarios para financiar las actividades de post cierre de la faena o instalación minera de la forma que establece el inciso siguiente. Para estos efectos el Director podrá autorizar que se libere parte de la garantía para integrar el fondo. El monto de dichos recursos corresponderá al valor presente del costo total de las medidas de post cierre por el plazo que el plan establezca, incluyendo los costos de administración de contratos con un tercero, y ajustes correspondientes. Artículo 57.- Efectos del aporte al Fondo. La entrega íntegra de los recursos y la consecuente obtención por parte de la empresa minera del certificado de cierre final a que alude esta ley liberará a la empresa minera de la responsabilidad por la implementación de las medidas de post cierre. La ejecución de las medidas de post cierre serán efectuadas con cargo al Fondo, por el Servicio o quien éste designe, de acuerdo a la ley. Ejecutadas que fueren las acciones asociadas al post cierre el Servicio emitirá una resolución fundada que declarará el cumplimiento del mismo.TÍTULO XVIOTRAS DISPOSICIONES Artículo 58.- Provisiones y gastos. La empresa minera podrá provisionar financieramente la cantidad equivalente al monto de la garantía efectivamente constituida en cada uno de los años, determinado según la ley por las sumas que correspondan al plan de cierre. Para efectos de lo establecido en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974, sólo podrá deducirse como gasto necesario para producir la renta el monto de la garantía efectivamente constituida. En este caso la deducción sólo podrá efectuarse durante el plazo que corresponda al último tercio de la vida útil de la faena minera. La deducción anual autorizada será equivalente al resultado de dividir la garantía efectivamente constituida por la cantidad de años correspondientes al último tercio de vida útil de la faena. Al término de la vida útil y ejecución del plan de cierre se harán los ajustes que correspondan para reconocer los gastos efectivamente incurridos por la empresa. Este gasto no será deducible para los efectos de la determinación del Impuesto Específico a la Actividad Minera establecido en la Ley sobre Impuesto a la Renta. En el evento de que se amplíe el plazo de vida útil de la faena minera, la diferencia entre los gastos efectivamente incurridos en el plan original y la garantía constituida, debidamente actualizado por la ampliación del plazo de vida útil, deberán agregarse a la renta líquida imponible del año en que se determine la ampliación y deducirse en los períodos tributarios correspondientes, de conformidad a lo señalado en el inciso precedente. Artículo 59.- Crédito fiscal. Dará derecho a crédito fiscal el Impuesto al Valor Agregado recargado en la adquisición de bienes o contratación de servicios necesarios para la ejecución del plan de cierre de faenas mineras a que se refiere esta ley. Las empresas mineras que por cesar en su actividad no puedan recuperar en conformidad a los artículos 23, 28 y 36 del decreto ley N° 825, de 1974, y su Reglamento, el Impuesto al Valor Agregado recargado en la adquisición de bienes y servicios utilizados que sean necesarios para la ejecución del plan de cierre de faenas mineras a que se encuentren obligados, podrán obtener su reembolso dentro de los tres meses siguientes a la aprobación del término de giro de la empresa por parte del Servicio de Impuestos Internos. Las empresas mineras deberán acreditar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma que éste determine, que el Impuesto al Valor Agregado cuyo reembolso se solicita corresponde al soportado en la ejecución del plan de cierre de faenas mineras. Artículo 60.- Esta ley entrará en vigencia en el plazo de un año luego de su publicación en el Diario Oficial. Dentro del plazo de entrada en vigencia de la ley deberán dictarse los reglamentos necesarios.ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo primero.- Las empresas mineras y de hidrocarburos que a la época de entrada en vigencia de esta ley se encontraren en operación, y quedaren afectas al procedimiento de aplicación general, deberán determinar, otorgar y poner a disposición del Servicio la garantía de su plan de cierre, en la forma que se señala en los artículos siguientes. Lo anterior no será aplicable a los contratistas de contratos especiales de operación vigentes que se hayan suscrito con el Estado de Chile. Respecto de ellos se mantendrá el régimen de garantías por cierre o abandono establecidas en los respectivos contratos. El Servicio será competente para fiscalizar el cumplimiento de los planes de cierre o abandono de faenas de hidrocarburos y ejecutar, en caso de incumplimiento, y por cuenta de la misma empresa, la correspondiente garantía. Artículo segundo.- Para efectos de lo establecido en el artículo anterior, la valorización de los planes de cierre aprobados por el Servicio, en virtud del Título X del Reglamento de Seguridad Minera, deberá efectuarse mediante la aprobación ambiental de la fase de cierre del mismo, cuando procediere obtenerla, de acuerdo a las normas de la ley N° 19.300. El proceso de valorización respecto de la fase de cierre deberá efectuarse en el plazo de dos años, de manera que integre los aspectos ambientales y sectoriales aprobados por las autoridades competentes. Artículo tercero.- Luego de transcurrido el plazo señalado en el artículo precedente o inmediatamente a la entrada en vigencia de esta ley, la empresa minera y de hidrocarburos deberá presentar su Resolución de Calificación Ambiental aprobatoria de la fase de cierre y el plan de cierre aprobado por el Servicio, en virtud del Título X del Reglamento de Seguridad Minera, en conjunto con la propuesta de valorización que contenga la determinación circunstanciada del costo de ejecución del plan de cierre, y los instrumentos en que se otorgará la garantía en conformidad a lo establecido en el Título XIII de esta ley. El Servicio resolverá sobre esta presentación en el plazo de sesenta días. Artículo cuarto.- Aprobada la valorización por el Servicio, la empresa minera y de hidrocarburos otorgará y pondrá la garantía a disposición del mismo, a partir del primer día hábil posterior al sexto mes de aprobada ésta, en la forma dispuesta en el título XIII de esta ley. Artículo quinto.- En contra de la resolución del Servicio que rechace o apruebe parcialmente la solicitud de valorización procederá el recurso de reposición, el que podrá deducirse dentro del plazo de diez días contados desde la notificación por carta certificada de dicha resolución.”.-o- Hago presente a Vuestra Excelencia que este proyecto de ley fue aprobado, en general, con el voto afirmativo de 27 señores Senadores, de un total de 38 en ejercicio. En particular, los artículos 4°, 6°, 7°, 9°, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 31, 33, 37, 38 -salvo su inciso sexto- 41, 44, 45, 46, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 59 y los artículos primero, segundo, tercero y cuarto, transitorios, fueron aprobados con los votos de 29 Senadores, de un total de 37 en ejercicio. El inciso sexto del artículo 38, por su parte, se aprobó con los votos favorables de 26 Senadores, también de un total de 37 en ejercicio. Se dio así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República. Dios guarde a Vuestra Excelencia. (Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVÍN, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.2. Oficio del Senado. “Valparaíso, 23 de marzo de 2011. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que crea mecanismo transitorio de adopción de acuerdos de los copropietarios en los sectores medios, correspondiente al Boletín Nº 7.320-14, con las siguientes modificaciones:Artículo único.- Ha sustituido su único inciso por el siguiente inciso primero: “Artículo único.- Los copropietarios de aquellos condominios cuyas propiedades fueron declaradas inhabitables como consecuencia del terremoto y maremoto de 27 de febrero de 2010 podrán adoptar los acuerdos a que se refieren los números 1 a 7 del artículo 17 de la ley N° 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria, por la mayoría absoluta de los derechos del condominio, quórum que también será suficiente para la constitución de la respectiva asamblea, tanto en primera como en segunda citación. Para acreditar este quórum bastará el acta suscrita por todos los copropietarios asistentes a la asamblea que se cite al efecto, protocolizada ante notario.”.-o- Ha consultado como inciso segundo, nuevo, el siguiente: “Esta ley tendrá una vigencia de tres años, contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.”.-o- Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 8.738, de 13 de mayo de 2010. Acompaño la totalidad de los antecedentes. Dios guarde a Vuestra Excelencia. (Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVÍN, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.3. Oficio del Senado. “Valparaíso, 22 de marzo de 2011. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al siguientePROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- La presente ley tiene por objeto establecer regulaciones que permitan asegurar el otorgamiento y uso correcto de la licencia médica, mediante la aplicación de medidas de control y fiscalización, y de sanciones respecto de las conductas fraudulentas, ilegales o abusivas relacionadas con dicho instrumento. Artículo 2°.- Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez podrán solicitar a los profesionales que emitan licencias médicas que se encuentren sometidas a su conocimiento, la entrega o remisión de los antecedentes o informes complementarios que las respalden y, en casos excepcionales y por razones fundadas, los citará a una entrevista para aclarar aspectos de su otorgamiento. Dichos requerimientos se realizarán por carta certificada o medios electrónicos, bajo apercibimiento de aplicar las multas y suspensiones señaladas en el siguiente inciso. La inasistencia injustificada y repetida a las citaciones, como también la negativa reiterada a la entrega o la no remisión de los antecedentes solicitados, en los plazos fijados al efecto, los que no podrán exceder de siete días corridos, habilitarán a la Comisión para que, mediante resolución fundada, sancione al profesional con multas a beneficio fiscal de hasta 10 unidades tributarias mensuales. Además, en casos calificados, podrá suspenderse tanto la venta de formularios de licencias médicas, como la facultad para emitirlas, hasta por 15 días. Dicha suspensión podrá renovarse mientras persista la conducta del profesional. Las notificaciones de las resoluciones que apliquen las referidas sanciones se realizarán mediante carta certificada, entendiéndose practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. A este procedimiento se aplicarán supletoriamente las normas de la ley Nº 19.880. En contra de lo resuelto en conformidad al inciso anterior podrá reclamarse ante la Superintendencia de Seguridad Social, dentro de cinco días hábiles, contados desde la respectiva notificación. Una vez que el profesional proporcione los antecedentes requeridos o acuda a la citación, la Comisión, de oficio o a petición de parte, dictará una resolución que ponga término a la suspensión indicada. Asimismo, en caso que el reclamo señalado en el inciso tercero sea resuelto a favor del profesional, se dejarán sin efecto las multas cursadas y cesará la suspensión aplicada. Las multas deberán ser pagadas en la Tesorería General de la República, dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la fecha de la notificación respectiva. Al efecto, las copias de las resoluciones de la Comisión tendrán mérito ejecutivo. Con todo, las multas no serán exigibles mientras no esté vencido el término para interponer la reclamación ante la Superintendencia o ésta no haya sido resuelta. Artículo 3°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5°, las Instituciones de Salud Previsional podrán solicitar a los profesionales que emitan licencias médicas la entrega o remisión de los antecedentes o informes complementarios que las respalden. En caso de que los profesionales no proporcionen los antecedentes requeridos, la Institución de Salud Previsional podrá solicitar a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez que aplique, en lo pertinente, el procedimiento del artículo 2° de esta ley. Artículo 4°.- Un reglamento dictado a través del Ministerio de Salud, y suscrito además por el Ministro del Trabajo y Previsión Social, establecerá respecto de determinadas patolo-gías, protocolos referenciales relativos a los exámenes, informes y antecedentes que deberán respaldar la emisión de licencias médicas. Artículo 5°.- En caso de que el profesional habilitado para otorgar licencias médicas emita licencias sin fundamento médico, la Superintendencia de Seguridad Social, de oficio o a petición de la Secretaría Regional Ministerial de Salud o de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez respectiva, del Fondo Nacional de Salud o de una Institución de Salud Previsional o de cualquier particular, podrá, si existe mérito para ello, iniciar una investigación. La Superintendencia notificará al profesional del procedimiento seguido en su contra y le requerirá informe sobre los hechos investigados. Dicho profesional deberá presentar su informe dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la notificación de la resolución. Además, podrá solicitar que se le otorgue una audiencia para realizar descargos. Transcurrido el plazo de 10 días señalado o realizada la audiencia indicada, la Superintendencia resolverá de plano y fundadamente. Si de conformidad al procedimiento establecido en este artículo se acreditan los hechos denunciados, la Superintendencia aplicará las siguientes sanciones, teniendo a la vista el mérito de la investigación, en especial, la cantidad de licencias emitidas sin existir fundamento médico y la extensión del reposo prescrito: 1) Multa a beneficio fiscal de hasta 7,5 unidades tributarias mensuales. La multa podrá elevarse al doble en caso de constatarse que la emisión de licencias sin fundamento médico ha sido reiterada. 2) Suspensión por 30 días de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 15 unidades tributarias mensuales, en caso de reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción. 3) Suspensión por 90 días de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 30 unidades tributarias mensuales, en caso de segunda reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción. 4) Suspensión por un año de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 60 unidades tributarias mensuales, en caso de tercera reincidencia dentro del período de seis años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción. El profesional sancionado con la suspensión de la facultad de emitir licencias, en forma previa a la realización de una atención de salud, deberá comunicar dicha circunstancia a la persona que requiera sus servicios. La solicitud de informe, la citación a la audiencia de descargos y la resolución que aplique una sanción deberán ser notificadas por carta certificada, gestión que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, si el profesional otorga una o más licencias médicas, encontrándose previamente suspendida su facultad para emitirlas, será sancionado con una multa a beneficio fiscal de entre 10 y hasta 80 unidades tributarias mensuales. Al efecto se aplicará, en lo pertinente, el procedimiento contemplado en este artículo. Asimismo, deberá reembolsar al organismo administrador que corresponda el equivalente al subsidio por incapacidad laboral que se genere en el evento que se resuelva, por vía de reclamación, la procedencia del reposo prescrito. Las multas aplicadas y que se encuentren a firme podrán ser cobradas en los términos indicados en el artículo 60 de la ley N° 16.395. Artículo 6°.- El profesional habilitado que haya sido sancionado conforme a lo establecido en el artículo anterior será responsable solidariamente con el trabajador a quien se le extendió la licencia y, en su caso, con el empleador de éste, de la devolución de todas las prestaciones pecuniarias que se hubieren percibido por la respectiva licencia médica. Artículo 7°.- Tanto el profesional habilitado para otorgar licencias médicas, como aquel que realice el control y supervisión de su otorgamiento en representación de una Institución de Salud Previsional, podrán recurrir de reposición de las sanciones aplicadas conforme al artículo 5°, en un plazo de 5 días hábiles, contados desde su notificación. Para que el recurso sea acogido a tramitación, el profesional deberá acompañar los antecedentes justificantes de dicho recurso. La Superintendencia de Seguridad Social, conociendo de la reposición, podrá requerir todos los antecedentes respectivos al órgano administrador. En contra de la resolución que deniegue la reposición, el profesional afectado podrá reclamar ante la Corte de Apelaciones correspondiente al territorio jurisdiccional de su domicilio, en los términos señalados en los incisos primero y tercero del artículo 58 de la ley N° 16.395. Artículo 8°.- En caso de que el profesional otorgante estuviere afecto al Estatuto Administrativo, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales, Estatuto para los medico-cirujanos, farmacéuticos o químico-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas u otra norma estatutaria que haga aplicable el Estatuto Administrativo, la emisión de licencias sin fundamento médico en el ámbito de su práctica profesional, tanto pública como privada, se considerará una vulneración al principio de la Probidad Administrativa y dará origen a la responsabilidad funcionaria que corresponda, previa instrucción del procedimiento pertinente conforme al respectivo estatuto. Lo señalado en el inciso anterior será aplicable al funcionario que, a sabiendas, participe en el otorgamiento y tramitación de licencias médicas sin fundamento o adultere los documentos que les sirven de base. Artículo 9°.- El que incurra en falsedad en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas, de declaraciones de invalidez, o de cualquier antecedente esencial que las justifiquen, será sancionado con las penas previstas en el artículo 202 del Código Penal. Además, se deberá aplicar la inhabilitación temporal para emitir licencias médicas durante el tiempo de la condena o por el lapso menor que se determine prudencialmente. Para efectos del inciso precedente, se entenderá que incurre en falsedad el que ejecutare cualquiera de las conductas descritas en los numerales 1° a 7° del artículo 193 del Código Penal, y se considerará igualmente que comete la falsedad del numeral 4° del citado artículo el profesional que falte a la verdad en la certificación de el o los diagnósticos. Incurrirá también en la sanción establecida en el inciso primero de este artículo el que haga uso malicioso de los documentos falsos indicados. En caso de reincidencia se deberán aplicar las penas previstas en el artículo 202 del Código Penal aumentadas en un grado, y la sanción de inhabilitación perpetua para emitir licencias médicas. Desde la formalización de la investigación, el tribunal, a petición del fiscal o del querellante, podrá disponer, respecto del profesional que apareciere involucrado en los hechos, la suspensión de su facultad de emitir licencias médicas mientras dure la investigación o por el plazo inferior que fije el tribunal fundadamente. Artículo 10.- El profesional médico, enfermera universitaria o matrona que ejerza el cargo de contralor médico u otro similar en una Institución de Salud Previsional cuya función sea la autorización, modificación o rechazo de las licencias médicas que presenten los afiliados a dicha Institución, que ordene bajo su firma o la de su delegado postergar la resolución, rechazar o modificar una licencia médica sin justificación médica apropiada al caso, o sin expresión de causa, podrá ser denunciado por el afiliado afectado por la medida o por su representante ante la Superintendencia de Seguridad Social, a fin de que ésta realice una investigación de los hechos denunciados. En caso que de la investigación realizada se concluya que el profesional médico o enfermera universitaria que ejerza el cargo de contralor médico u otro similar en una Institución de Salud Previsional ha postergado injustificadamente la resolución, ha rechazado o ha modificado una licencia médica injustificadamente, o sin expresión de causa, la Superintendencia de Seguridad Social podrá imponer a dicho profesional alguna o algunas de las siguientes sanciones: 1) Multa a beneficio fiscal de hasta 7,5 unidades tributarias mensuales. La multa podrá elevarse al doble en caso de constatarse que la postergación de la resolución, el rechazo o la modificación de la licencia médica sin fundamento médico han sido reiterados. 2) Suspensión por treinta días de la facultad para visar el otorgamiento de licencias médicas en Instituciones de Salud Previsional, y una multa a beneficio fiscal de hasta 15 unidades tributarias mensuales, en caso de reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de notificación de la resolución que impone la primera sanción. 3) Suspensión por noventa días de la facultad para visar el otorgamiento de licencias médicas en Instituciones de Salud Previsional, y una multa a beneficio fiscal de hasta 30 unidades tributarias mensuales, en caso de segunda reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción. 4) Suspensión por un año de la facultad para visar el otorgamiento de licencias médicas en Instituciones de Salud Previsional, y una multa a beneficio fiscal de hasta 60 unidades tributarias mensuales, en caso de tercera reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción. La resolución que aplique alguna de las sanciones señaladas deberá ser fundada y dictada previo informe del profesional involucrado. Por su parte, la Superintendencia de Seguridad Social, junto con sancionar al profesional responsable de la contraloría médica de la Institución de Salud Previsional, ordenará a esta institución de salud el pago inmediato del subsidio por incapacidad laboral respectivo o la parte de éste que dejó de ser pagada injustificadamente. Del mismo modo, la Institución de Salud Previsional a la que represente el profesional sancionado será solidariamente responsable del pago de la multa que se le imponga como sanción. El profesional sancionado o la Institución de Salud Previsional respectiva tendrán diez días hábiles desde la notificación de la resolución que aplica la sanción para remitir a la Superintendencia su informe, pudiendo solicitar que se les otorgue una audiencia para realizar descargos, a la que podrán asistir los organismos administradores que correspondieren, el colegio profesional y las sociedades científicas respectivos, previa citación. Transcurrido el señalado plazo de diez días o realizada la audiencia indicada, la Superintendencia resolverá de plano la procedencia de la sanción. La solicitud de informe, la citación a la audiencia de descargos y la resolución deberán ser notificadas por carta certificada. El profesional de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez o unidad de licencias médicas que incurra en la conducta descrita en el inciso primero será sometido a sumario administrativo, en cuya virtud podrá ser destituido de su cargo, y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez o unidad de licencias médicas podrá ser sancionada con las multas establecidas en los números 1), 2), 3) y 4) de este artículo. Artículo 11.- Las sanciones que aplique la Superintendencia de Seguridad Social en virtud de los artículos 5° y 10 de esta ley deberán ser comunicadas a la Superintendencia de Salud para que ésta proceda a suspender del Registro de Prestadores al profesional sancionado, por el mismo tiempo que la Superintendencia de Seguridad Social haya suspendido la facultad de otorgar o de revisar el otorgamiento de licencias médicas. Asimismo, si el profesional fuese condenado por sentencia ejecutoriada, por alguna de las conductas señaladas en el artículo 9º de esta ley, se le cancelará la inscripción en el Registro de Prestadores de la Superintendencia de Salud. Para efectos de la presente ley, la Superintendencia de Salud llevará un registro público de los profesionales que ejerzan las funciones de contraloría médica de las Instituciones de Salud Previsional. Las Instituciones aludidas deberán remitir la información necesaria en los plazos y forma que disponga esa Superintendencia, de conformidad a las instrucciones generales que imparta. Artículo 12.- Corresponderá a la Superintendencia de Seguridad Social establecer, administrar y mantener un Registro Nacional de Licencias Médicas y Subsidios por Incapacidad Laboral, en el cual se deberán registrar, a lo menos, las menciones contenidas en las licencias médicas, el contenido de las resoluciones de los organismos encargados de su evaluación y revisión, el otorgamiento, cuando corresponda según los requisitos legales y reglamentarios, del subsidio por incapacidad laboral, las resoluciones de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez dictadas conforme al artículo 2° de la presente ley, y las sanciones que aplique la Superintendencia de Seguridad Social de acuerdo al artículo 5° de este texto legal. Asimismo, se anotarán en este registro las penas, inhabilitaciones y suspensiones que se impongan a los profesionales en virtud del artículo 9° de esta ley, para lo cual el tribunal respectivo informará a la Superintendencia de Seguridad Social acerca de las resoluciones ejecutoriadas que se pronuncien sobre estas sanciones. La Superintendencia realizará el tratamiento de dicha información, para lo cual el Fondo Nacional de Salud, las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, los Servicios de Salud, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, el Instituto de Seguridad Laboral, las Instituciones de Salud Previsional, las Mutualidades de Empleadores y las entidades pagadoras de pensiones estarán obligadas a proporcionar los datos personales y antecedentes necesarios para dicho efecto. Adicionalmente, la Superintendencia podrá requerir de otras entidades públicas y privadas la información que éstas tengan en su poder y resulte necesaria para el cumplimiento de estas funciones. Artículo 13.- Corresponderá a la Superintendencia de Seguridad Social, conforme a un reglamento expedido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, suscrito además por el Ministro de Salud, proporcionar acceso a la información que conste en el Registro Nacional de Licencias Médicas y Subsidios por Incapacidad Laboral a las entidades públicas y privadas que, dentro de sus competencias, justifiquen los motivos para requerir una determinada información, asegurando la privacidad de los datos personales y sensibles que pueda contener. La Superintendencia de Seguridad Social será responsable de la privacidad de los datos personales que pudiere contener el Registro y de la entrega no justificada de éstos. Será aplicable al personal de las instituciones públicas indicadas en el inciso segundo del artículo anterior lo dispuesto en el inciso final del artículo 56 de la ley N° 20.255. Artículo transitorio.- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a contar de su publicación en el Diario Oficial. No obstante, lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 11 de esta ley entrará en vigencia el primer día del tercer mes siguiente al de su publicación.”.-o- Hago presente a Vuestra Excelencia que este proyecto de ley fue aprobado, en general, con el voto afirmativo de 34 señores Senadores, de un total de 38 en ejercicio. En particular, el inciso cuarto del artículo 7° fue aprobado con los votos de 34 Senadores, de un total de 37 en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República. Dios guarde a Vuestra Excelencia. (Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVÍN, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.4. Informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y regula las asociaciones municipales. (boletín Nº 6792-06)“Honorable Cámara de DiputadosHonorable Senado: Por oficio N° 9.205, de 11 de enero de 2011, la Honorable Cámara de Diputados comunicó al Senado el rechazo de las modificaciones que éste introdujo en el segundo trámite constitucional al proyecto de ley señalado en el epígrafe, por lo que de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Política se formó una Comisión Mixta encargada de dirimir la divergencia producida. Integrada con los Honorables Senadores señores Bianchi, Pérez Varela, Sabag y Zaldívar, y los Honorables Diputados señores Becker, Estay, Harboe y Ojeda, y citada por el señor Presidente del Senado, la Comisión Mixta se constituyó el día 15 de marzo de 2011 para elegir Presidente, cargo que recayó en el Honorable Senador señor Hosain Sabag, fijar el procedimiento y debatir el asunto en controversia. A la sesión en que la Comisión Mixta se ocupó de este asunto asistieron, además de sus integrantes, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo: el Jefe de la División Jurídica, señor Claudio Radonich y el abogado señor Alvaro Villanueva; del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la asesora, señora Carolina Salas; de la Asociación Chilena de Municipalidades, el Secretario Ejecutivo, señor Jaime Pilowstay y el abogado Malik Mograby, y de la Fundación Jaime Guzmán, el abogado, señor Héctor Mery.-o-NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL Prevenimos que los artículos 1° y transitorio de este proyecto de ley, de aprobarse, deben serlo con quórum de ley orgánica constitucional pues afectan normas de ese rango, como son las consignadas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, de acuerdo con el artículo 118 de la Constitución Política.-o-DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS EN CONTROVERSIA YACUERDOS DE LA COMISIÓN MIXTA El proyecto aprobado en primer trámite por la Honorable Cámara de Diputados está estructurado en dos artículos permanentes y una norma transitoria que proponen diversas enmiendas a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades con el objeto de incorporar en ese texto nuevas normas que regulen la personalidad jurídica de las asociaciones municipales, su funcionamiento y su disolución, como también la readecuación de otros preceptos del Título VI de ese cuerpo legal, “De las Corporaciones, fundaciones y asociaciones municipales”, con el fin de hacerlas compatibles con las nuevas regulaciones. En el segundo trámite constitucional el Honorable Senado introdujo otras normas al articulado del texto vigente de la ley municipal y enmiendas al proyecto aprobado por la Honorable Cámara, todo lo cual se consigna a continuación, y que ésta rechazó en su totalidad: -o-Artículo 1°N° 1) La primera modificación recayó sobre la letra j) del artículo 79 de la ley municipal, norma no considerada en el texto aprobado por la Honorable Cámara. La disposición se refiere a las funciones del concejo. En su letra j) lo faculta para solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones que reciban aportes o subvenciones municipales, caso este último en que el mencionado informe sólo podrá consistir en señalar el destino de los aportes recibidos. Todas las solicitudes deberán ser respondidas dentro del plazo de quince días. La enmienda reemplazó la conjunción “o” que sigue a la palabra “corporaciones” por una coma (,), e intercaló entre las palabras “fundaciones” y “municipales”. La expresión “o asociaciones”. -o-Artículo 1°N° 5) El numeral 4) (N° 5) del texto del Senado) del artículo 1° del texto de la Honorable Cámara incorporó, a continuación del artículo 140, un nuevo Párrafo 3° conformado por los artículos 141 a 150, “De la personalidad jurídica de las asociaciones municipales”, pasando los actuales artículos 141 a 146 a ser artículos 151 a 156, respectivamente. En el segundo trámite constitucional, el Senado incorporó un nuevo inciso segundo al artículo 150 de la ley municipal, que prescribe que sin perjuicio de lo dispuesto en la letra j) del artículo 79, el concejo podrá solicitar informes a las asociaciones en las que participe la respectiva municipalidad sobre el destino de los aportes y subvenciones percibidos por aquéllas. (El mencionado artículo 150 dispone que no obstante lo dispuesto en el artículo 136 (fiscalización por parte de la Contraloría General de la República de las fundaciones o asociaciones municipales), el organismo fiscalizador podrá ejercer sus facultades de control en el patrimonio de las asociaciones municipales de que trata este párrafo). La Honorable Cámara, en el tercer trámite constitucional, rechazó las modificaciones descritas por las razones que enuncian a continuación: Uno) La eventual contradicción entre el artículo 137 y el artículo 65 de la ley orgánica de municipalidades, toda vez que se estaría derogando tácitamente esta última norma, que entrega a los concejos las mismas facultades que se les reconocen a las asociaciones de municipios. En efecto, el artículo 137 de la ley municipal dispone que dos o más municipios podrán constituir asociaciones municipales con el objeto de solucionar problemas comunes; en tanto que el artículo 65 del mismo cuerpo normativo se refiere a las materias para las cuales el alcalde requiere del acuerdo del concejo, y entre ellas estarían los asuntos propios de las nuevas facultades de las asociaciones municipales. Dos) Si las asociaciones de municipios se consideran como corporaciones de derecho privado, quedan fuera del control que sobre estas agrupaciones ejercen los órganos públicos; esto último a pesar de la mención que se hace en el artículo 150 del proyecto, que entrega competencia a la Contraloría General de la República respecto del patrimonio de las nuevas personas jurídicas. El hecho de que tenga competencia sobre el patrimonio excluye el examen de legalidad de los demás actos que ejecute la asociación. Tres) Exclusión del Consejo para la Transparencia, lo que se traduce en que los alcaldes están sujetos al cumplimiento del principio de transparencia, no así las asociaciones municipales. Cuatro) El inciso segundo que incorporó el Senado en el artículo 150 sólo permite al concejo municipal pedir información respecto del destino de los aportes o subvenciones municipales percibidos por las asociaciones. En consecuencia, el órgano fiscalizador del municipio (el concejo) no tendrá tuición o ejercer actos de fiscalización de esta entidad respecto de aportes de otro origen o de otras materias relativas a su funcionamiento. Refiriéndose a los puntos descritos, el Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Claudio Radonich, señaló que el Ejecutivo comparte lo señalado por los miembros de la Comisión Mixta, en orden a dotar de adecuados mecanismos de control a las asociaciones de municipalidades. En ese sentido, declaró que no es razonable restringir las atribuciones fiscalizadoras del concejo respecto de las asociaciones de municipalidades. Expresó la necesidad de conservar las competencias que la Contraloría General de la República ejerce sobre aquellas, con el fin de cumplir de la mejor forma posible su rol de velar por la legalidad de los actos y supervisar el buen uso de los recursos públicos, asegurando la probidad. En función de ello, concordó con la inquietud expresada por los integrantes de esta instancia legislativa, en orden a ampliar el ámbito de aplicación de las normas de la Ley de Transparencia a las asociaciones de municipios. Dada la imposibilidad de modificar en esta fase del trámite legislativo el nuevo artículo 149 propuesto para la Ley Nº 18.695, comprometió la presentación de una observación aditiva para la solución del asunto planteado. Atendidas las consideraciones descritas, y el antecedente que surgió durante el debate de este asunto, a proposición del Ejecutivo de considerar materias que dicen relación con las atribuciones del Consejo para la Transparencia y la fiscalización de las asociaciones municipales, que no pueden ser abordadas por la Comisión Mixta, la unanimidad de los integrantes de esta última, Honorables Senadores señores Bianchi, Pérez Varela, Sabag y Zaldívar, y Honorables Diputados señores Becker, Estay, Harboe y Ojeda, rechazó las enmiendas incorporadas por el Senado en el segundo trámite constitucional, con el propósito de facilitar el tratamiento de este asunto e incluir en un solo procedimiento legislativo las regulaciones de este proyecto y la consideración de las normas sobre transparencia y fiscalización respecto de las asociaciones municipales.-o- En consecuencia, como forma y modo de resolver la divergencia producida entre ambas Corporaciones, esta Comisión Mixta tiene a honra sugerir a la Honorable Cámara y al Honorable Senado, la aprobación del proyecto de ley que enseguida se consigna, que reproduce el texto del proyecto aprobado en primer trámite constitucional por la Honorable Cámara de Diputados. Acompañamos al presente informe un texto comparado que contiene la legislación vigente, el mencionado proyecto aprobado en primer trámite constitucional por la Honorable Cámara; las enmiendas que ha dicho texto introdujo el Senado en el segundo trámite constitucional, y la proposición de esta Comisión Mixta. Su texto es el siguiente:PROYECTO DE LEY: “Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior: 1) Sustitúyese el inciso primero del artículo 129, por el siguiente: “Artículo 129.- Una o más municipalidades podrán constituir o participar en corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo.”. 2) Reemplázase el actual artículo 137, por el siguiente: “Artículo 137.- Dos o más municipalidades, pertenezcan o no a una misma provincia o región, podrán constituir asociaciones municipales, para los efectos de facilitar la solución de problemas que les sean comunes, o lograr el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles, pudiendo dichas asociaciones gozar de personalidad jurídica de derecho privado, de acuerdo con las reglas establecidas en el Párrafo 3º del presente Título. Las asociaciones podrán tener por objeto: a) La atención de servicios comunes. b) La ejecución de obras de desarrollo local. c) El fortalecimiento de los instrumentos de gestión. d) La realización de programas vinculados a la protección del medio ambiente, al turismo, a la salud o a otros fines que les sean propios. e) La capacitación y el perfeccionamiento del personal municipal, como también de alcaldes y concejales. f) La coordinación con instituciones nacionales e internacionales, a fin de perfeccionar el régimen municipal.”. 3) Sustitúyese el encabezamiento del inciso primero del artículo 138, por el siguiente: “Articulo 138.- Del mismo modo, las municipalidades podrán celebrar convenios para asociarse entre ellas sin requerir personalidad jurídica. Tales convenios deberán contemplar, entre otros aspectos, los siguientes:”. 4) Incorpórase, a continuación del artículo 140, el siguiente Párrafo 3°, compuesto por los artículos 141 a 150, pasando los actuales artículos 141 a 146, a ser artículos 151 a 156, respectivamente:“Párrafo 3ºDe la personalidad jurídica de las Asociaciones Municipales Artículo 141.- La constitución de una asociación será acordada por los alcaldes de las municipalidades interesadas, previo acuerdo de sus respectivos concejos, en asamblea que se celebrará ante un ministro de fe, debiendo actuar como tal el secretario municipal de alguna de tales municipalidades, o un notario público con sede en alguna de las comunas de las mismas. Las asociaciones municipales constituidas en conformidad a las normas de este párrafo deberán efectuar una solicitud de inscripción en el Registro que se llevará para tales efectos y depositar una copia autorizada reducida a escritura pública del acta de su asamblea constitutiva, de su directorio provisional y de sus estatutos, ante el Ministerio del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, dentro del plazo de treinta días contado desde la fecha de la asamblea. Dentro del plazo de sesenta días, contado desde la fecha de la recepción de los documentos antes señalados, el Ministerio del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, podrá objetar la constitución de la asociación, si no se hubiere dado cumplimiento a los requisitos que la ley establece para su formación y para la aprobación de sus estatutos, todo lo cual será notificado por carta certificada al presidente del órgano directivo provisional de aquélla. La asociación deberá subsanar las observaciones efectuadas dentro del plazo de treinta días, contado desde su notificación. Si así no lo hiciere, se tendrá por no presentada su solicitud de inscripción en el Registro y los miembros de la directiva provisional responderán solidariamente por las obligaciones que la organización hubiese contraído en ese lapso. Cumplido el procedimiento anterior, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo procederá a inscribir la organización en el Registro que llevará para tal efecto. Transcurrido el plazo establecido en el inciso tercero, sin que la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo hubiere objetado la constitución, la solicitud de inscripción se entenderá aprobada. Las asociaciones municipales gozarán de personalidad jurídica por el solo hecho de haber efectuado el depósito y registro que se establece en el presente párrafo. Dentro del plazo máximo de noventa días siguientes a la obtención de la personalidad jurídica, la organización deberá convocar a una asamblea extraordinaria, en la que se elegirá a su órgano directivo definitivo. El directorio, que podrán integrar alcaldes y concejales, ejercerá la administración de la asociación, estará constituido por un mínimo de cinco miembros y deberá contemplar, a lo menos, los cargos de presidente, secretario y tesorero. La presidencia corresponderá a uno de los alcaldes de las municipalidades que componen la respectiva asociación. El presidente del directorio lo será también de la asociación y tendrá su representación judicial y extrajudicial. Un reglamento establecerá las normas sobre asambleas, elección del directorio y demás órganos de la asociación, reforma de sus estatutos, derechos y obligaciones de sus miembros, registro de afiliados, aprobación del presupuesto y del plan de trabajo anual, disolución y demás disposiciones relativas a la organización, facultades y funcionamiento de las asociaciones que se constituyan en conformidad a las normas de este párrafo. Artículo 142.- Existirá un Registro Único de Asociaciones Municipales con personalidad jurídica de derecho privado, a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior. Cualquiera asociación municipal podrá solicitar de la citada Subsecretaría el otorgamiento de un certificado que dé cuenta de su inscripción en el Registro. La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo mantendrá el Registro permanentemente actualizado, siendo accesible vía Internet, en forma gratuita y sin exigencia de clave para el ingreso de los usuarios. El reglamento señalará las demás disposiciones relativas a la forma, contenidos y modalidades de la información del Registro que sean indispensables para su correcta y cabal operación. Artículo 143.- Los estatutos de las asociaciones municipales deberán contener, a lo menos, las siguientes estipulaciones: a) Nombre de la asociación; b) Indicación de la comuna en que tendrá domicilio la asociación; c) Finalidades y objetivos; d) Derechos y obligaciones de sus miembros; e) Órganos de dirección y de representación y sus respectivas atribuciones; f) Tipo y número de asambleas que se realizarán durante el año, indicando las materias que en ellas podrán tratarse; g) Procedimiento y quórum para reforma de estatutos y quórum para sesionar y adoptar acuerdos; h) Normas sobre administración patrimonial y forma de fijar cuotas ordinarias y extraordinarias; i) Indicación de la Contraloría Regional ante la cual harán entrega de su contabilidad; j) Normas y procedimientos que regulen la disciplina interna, resguardando el debido proceso; k) Forma y procedimiento de incorporación y de desafiliación a la asociación, debiendo constar en ambos casos el respectivo acuerdo de concejo municipal correspondiente; l) Periodicidad con la que deben elegirse sus dirigentes, la que no podrá exceder de cuatro años, y m) Forma de liquidación. Las asociaciones que se constituyan de conformidad al presente párrafo podrán acogerse a estatutos tipo que establecerá la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior mediante resolución. No podrá negarse el otorgamiento de la personalidad jurídica a las asociaciones municipales cuyos estatutos cumplan con los requisitos que la presente ley establece al efecto. Artículo 144.- Las asociaciones deberán dar cumplimiento permanente a sus estatutos. El representante de la respectiva asociación deberá comunicar al Ministerio del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, dentro del plazo de 30 días, toda modificación que se introduzca a sus estatutos, domicilio legal o composición de los órganos directivos. La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo estará facultada para fiscalizar el cumplimiento de lo dispuesto en los incisos anteriores, para lo cual podrá solicitar, tanto a las asociaciones como a las municipalidades que las conformen, toda la información necesaria para verificar el cumplimiento de sus estatutos. El incumplimiento de estas obligaciones acarreará la eliminación de la asociación del Registro. Artículo 145.- Las asociaciones municipales constituidas conforme a las disposiciones del presente párrafo dispondrán de patrimonio propio, que será gestionado de acuerdo a la voluntad mayoritaria de sus socios, y que estará formado por las cuotas de incorporación, cuotas ordinarias y cuotas extraordinarias, determinadas con arreglo a los estatutos; por donaciones; por el producto de bienes y servicios; por la venta de activos y por erogaciones, subvenciones y aportes provenientes de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades, o entidades públicas, nacionales o internacionales; y, demás bienes que adquieran a su nombre. Con todo, sólo serán sujeto de subvenciones provenientes de entidades públicas nacionales, fondos concursables o todo otro aporte de recursos de esta naturaleza, aquellas asociaciones que se encuentren vigentes en el Registro Único de Asociaciones Municipales, establecido en el artículo 142. Las municipalidades socias no podrán otorgar garantías reales, ni cauciones de ninguna especie, respecto de las obligaciones que puedan contraer las asociaciones a las que pertenezcan. Artículo 146.- La disolución de una asociación de municipalidades deberá ser decidida por la mayoría absoluta de la Asamblea de socios, debiendo constar dicho acuerdo en un acta reducida a escritura pública, de la que deberá notificarse a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en el plazo de 30 días desde su fecha de suscripción. En este caso los bienes serán destinados al pago de obligaciones pendientes. De existir un remanente, luego de servir tales obligaciones, éste deberá restituirse a las municipalidades socias, a través de un procedimiento de liquidación establecido en el reglamento indicado en el artículo 141. Artículo 147.- El personal que labore en las asociaciones municipales de que trata el presente párrafo se regirá por las normas laborales y previsionales del sector privado. Artículo 148.- A estas asociaciones les será aplicable, en forma supletoria, lo dispuesto en los artículos 549 a 558 del Código Civil. Artículo 149.- Atendida su naturaleza, constitución y objetivos, a las asociaciones municipales les será aplicable el principio de la transparencia de la función pública consagrado en el inciso segundo del artículo 8º de la Constitución Política y en los artículos 3º y 4º de la Ley de Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado. En virtud de dicho principio, las asociaciones deberán mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, los siguientes antecedentes debidamente actualizados: a) El marco normativo que les sea aplicable. b) Su estructura orgánica u organización interna. c) Las funciones y competencias de cada una de sus unidades u órganos internos. d) Sus estados financieros y memorias anuales. e) Las entidades en que tengan participación, representación e intervención, cualquiera sea su naturaleza y el fundamento normativo que la justifica. f) La composición de sus directorios y la individualización de los responsables de la gestión y administración de la asociación. g) Los montos de los aportes de fondos públicos que reciban; como asimismo de todo aporte económico recibido de personas jurídicas o naturales, directamente o mediante procedimientos concursales. h) Toda remuneración percibida en el año por el Secretario Ejecutivo y demás funcionarios de la asociación, incluyendo lo recibido por concepto de viáticos, gastos de representación, regalías y, en general, todo otro estipendio otorgado por la institución. Asimismo, deberá incluirse todo gasto efectuado con cargo a los fondos de la asociación en que haya incurrido su Presidente y demás miembros del Directorio, por concepto de viáticos, traslados, gastos de representación y otros de similar naturaleza. i) Las contrataciones de estudios, asesorías y consultorías a personas naturales o jurídicas. La información anterior deberá incorporarse a sus sitios electrónicos en forma completa, y de un modo que permita su fácil identificación y un acceso expedito. Artículo 150.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 136 de la presente ley, la Contraloría General de la República podrá ejercer sus facultades de fiscalización y control sobre las asociaciones municipales de que trata este párrafo, respecto de su patrimonio, cualquiera sea su origen.”. Artículo 2º.- El reglamento a que se refieren los nuevos artículos 141 y 142, incorporados por el presente cuerpo legal a la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, deberá ser dictado en el plazo de 120 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial. Artículo transitorio.- Las asociaciones municipales actualmente constituidas en conformidad a la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, podrán gozar de personalidad jurídica por el simple depósito de sus estatutos en la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, los que previamente deberán ajustarse a lo dispuesto en los artículos 141 y 143 de este cuerpo legal. Tanto la decisión de obtener personalidad jurídica, como la adecuación de sus estatutos, deberán contar con el acuerdo de la mayoría de las municipalidades asociadas.”.-o- Acordado en sesión celebrada el día 15 de marzo de 2011, con asistencia de los Honorables Senadores señores Hosain Sabag (Presidente), Carlos Bianchi, Víctor Pérez Varela y Andrés Zaldívar, y Honorables Diputados señores Germán Becker, Enrique Estay, Felipe Harboe y Sergio Ojeda. Sala de la Comisión a 21 de marzo de 2011. (Fdo.): MARIO TAPIA GUERRERO, Secretario de la Comisión”.5. Moción de los diputados señores Monckeberg, don Nicolás; Browne, García, don René Manuel; Monckeberg, don Cristián; Pérez, don Leopoldo; Rivas, Santana, Sauerbaum, y de la diputada señora Rubilar, doña Karla. Modifica la ley N° 18.118, relativa al ejercicio de la actividad de martillero público, ampliando su competencia a los bienes inmuebles.”. (boletín N° 7557-07)Antecedentes. La Ley N° 18.118, define a los martilleros públicos como las personas naturales o jurídicas inscritas en un registro, en conformidad a esta ley, para vender públicamente al mejor postor toda clase de bienes corporales muebles. Las ventas en pública subasta en que corresponda intervenir a la justicia ordinaria y a los jueces árbitros, se regirán por las disposiciones legales que les son aplicables. Los martilleros podrán ejercer su actividad en todo el territorio de la República. Sin embargo, esta definición no se condice con las condiciones actuales de subasta de bienes inmuebles, los cuales con ocasión de un juicio hipotecario, son rematados por el propio juez de la causa. En efecto, actualmente el remate de propiedades se realiza en el lugar menos indicado para la venta de una propiedad, el mismo tribunal en que se tramita el juicio respectivo, sin ninguna comodidad para los futuros compradores y además teniendo en consideración que el tribunal está diseñado y habilitado para otro tipo de funciones. Adicionalmente a estas condiciones físicas, es posible determinar que el hecho del remate de inmuebles adolece hoy día de los siguientes defectos que atentan contra la fe pública: -No se publicita adecuadamente la subasta ya que sólo se anuncia por los avisos legales económicos en letra chica, que en general son los menos leídos por el público en general. Lo ideal es publicitar el remate con avisos destacados y fotos en página Web y otros medios de promoción. -Producto de lo anterior siempre son los mismos compradores que se adjudican las propiedades, incluso esto se presta para situaciones de poca transparencia. -El valor obtenido en la subasta pública siempre es menor a lo esperado, producto que no llegan nuevos o mayor número de compradores y los que participan son los mismos, conocedores del procedimiento legal, en el que los precios mínimos fijados se rebajan luego de cada llamado a remate sin haberse presentado postores. -El incentivo para poder obtener un mejor precio en el remate es inexistente. Sobre la base de lo anterior, no podemos quedar ajenos a un gran problema social que la autoridad debiera corregir; la familia dueña de una casa que compró una propiedad con un crédito hipotecario y cae en insolvencia debiendo perder su inmueble en un remate, estiman que su propiedad se rematará en un valor de mercado y podrán recuperar algo de lo pagado en 5, 10 o más años. Sin embargo el valor obtenido es notoriamente inferior y se llega al 50% del valor esperado, no recibiendo nada, beneficiándose solamente quien compró a un precio ínfimo. Actualmente podemos afirmar que Chile es el único país en donde el mismo Juez que imparte justicia, tiene que vender una propiedad en su tribunal. Estos antecedentes nos sitúan en la necesidad de modificar la ley de los Martilleros (N° 18.118) en varios de sus artículos, facultando en primer término al martillero para rematar todo tipo de bienes y no sólo bienes corporales o muebles; esto mejora sustancialmente la situación del ejecutado ya que es el martillero judicial (nombrado por la I. Corte de Apelaciones y no solamente un martillero público), quien podrá conseguir el mejor precio, la mejor promoción y en forma más transparente, llegando a más y nuevos compradores; se podrá, de esta manera, por ejemplo, exhibir la propiedad, y arbitrar las medidas necesarias para conseguir el mejor precio para el ejecutado, al tiempo que se liberará a los magistrados de una actual situación muy incómoda para ellos. Sobre la base de estas consideraciones, tengo a bien proponer el siguiente proyecto de ley:MOCIÓN Artículo Único.- Modifícase la Ley 18.118 de la siguiente forma: A) Agrégase en el primer inciso del artículo primero, a continuación de la palabra “muebles”, la expresión “e inmuebles”, antes de su punto aparte (.). B) Reemplázase en el inciso final del artículo 23, la oración “de 10 a 180 ingresos mínimos mensuales”, por la oración “la que será determinada por el Juez de Policía Local”, precedida de una coma (,).6. Moción de los diputados señores Letelier, Melero, Ward y de la diputada señora Nogueira, doña Claudia. Establece la obligación de los jueces de informar a la Excma. Corte Suprema las irregularidades o notorias faltas de idoneidad profesional de abogados y notarios.”. (boletín N° 7558-07)CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS. El Presidente de la Corte Suprema, don Milton Juica Arancibia, al inaugurar el Año Judicial 2011, entregó cuenta pública donde mostró su preocupación por la calidad de los abogados que litigan hoy en día en los distintos tribunales del país, solicitando se relevara a la Corte Suprema de la obligación de entregar los títulos de abogado, si no se solucionan los problemas de formación que se han denunciado, V.E. expresó que “De no entregarse más facultades de control a esta Corte, parece más atendible desvincularla de la responsabilidad, más que centenaria, de otorgar los títulos. Las universidades entonces deberían asegurar el control de calidad que se exige para el ejercicio de esta profesión, confiriendo ellas los diplomas”. Asimismo, el Presidente de nuestro máximo Tribunal, expresó que en la cuenta del año anterior se advirtió la preocupación de la Corte Suprema por el progresivo aumento de licenciados en Derecho que requieren la entrega del título profesional, lo que obliga a celebrar inevitablemente una ceremonia pública a la semana y a veces dos para satisfacer el requerimiento indicado en el artículo 521 del Código Orgánico de Tribunales. Recalcó al respecto que “este Tribunal no hacía ningún juicio de valor acerca de si son o no necesarios en nuestra sociedad tal cantidad de abogados, pero que lo que sí era preocupante era el grado de preparación académica de estos profesionales para asumir con idoneidad la defensa de asuntos de carácter jurisdiccional y el procedimiento que cada facultad disponía para la obtención del grado de licenciado, al advertirse diferentes sistemas con mayor y menor seriedad y distintas exigencias para conceder tal grado”. Se señaló como referencia que, durante el año 2010, juraron como abogados 2.378 licenciados en ciencias jurídicas en 52 ceremonias públicas y en lo que va de este año 2011, se han titulado ya 282 profesionales. En la actualidad, la Corte Suprema ha asumido un control de verificación de exigencias legales para la obtención del título de abogado que, no siendo del agrado de algunas universidades, es la única manera que esa Corte ha tenido para asegurar que el diploma se otorgue a quien realmente ha cumplido con los requisitos académicos y legales básicos para ejercer la profesión de abogado. El Ministro Juica fue enfático en señalar que han insistido desde hace muchos años en que esta situación requiere una corrección legislativa, tendiente a resguardar la dignidad de la profesión de abogado y, por sobre todo, por la importancia que reviste la idoneidad de los letrados para asegurar un verdadero Estado de Derecho, “mas no se ha advertido una reacción para estudiar un mecanismo que mejore el control en relación a los grados de licenciados. De no entregarse más facultades de control a esta Corte, parece más atendible desvincularla de la responsabilidad, más que centenaria, de otorgar los títulos. Las universidades entonces deberían asegurar el control de calidad que se exige para el ejercicio de esta profesión, confiriendo ellas los diplomas”. Por último, se señaló que lo que más preocupa de la cantidad de abogados existentes en nuestro país, es el hecho que junto con la creciente falta de idoneidad, se ha verificado la inexistencia de un control ético respecto del ejercicio desdoroso que algunos profesionales asumen en el patrocinio o defensa de las causas civiles y criminales, porque lo real es que el público afectado no tiene ningún mecanismo expedito y gratuito para reclamar de las actuaciones indebidas de los abogados, lo que deriva, por supuesto, en el desprestigio de la profesión, e hizo un llamado a los parlamentarios a avanzar en la tramitación de un proyecto de ley que se encuentra hace años en el Congreso Nacional, que crea los tribunales especiales de control ético que se establecen en el inciso cuarto del artículo 19 N° 16 de la Constitución Política de la República. No debemos olvidar que el artículo 520 del Código Orgánico de Tribunales dispone que los abogados “son personas revestidas por la autoridad competente de la facultad de defender ante los Tribunales de Justicia los derechos de las partes litigantes”, objetivo que generalmente es olvidado al momento de practicar el ejercicio libre de la profesión. Creemos que la acreditación de las universidades, es una parte de las tareas que se deben realizar para garantizar una mejor educación y un mejor nivel de los alumnos egresados de derecho, pero eso no es suficiente. El análisis acerca de la calidad de los conocimientos jurídicos que poseen los abogados, de su desempeño como profesional y de su apego a la ética, se ve concreta y directamente en la práctica de la profesión, en el día a día, a través de sus presentaciones ante los tribunales de justicia, sea que ésta se presente en forma de escritos o a través de la intervención oral, tanto en audiencias como en alegatos ante los Tribunales Superiores de Justicia. Nuestra propuesta. En conformidad con lo señalado anteriormente, estimamos que los jueces son los primeros llamados a calificar la idoneidad de los abogados que se presentan ante ellos, pudiendo informar de esto a la secretaría de la Corte Suprema, para que ésta, en el Pleno pueda imponer sanciones a quienes incurrieron en las faltas denunciadas, circunstancia que, en todo caso, quedará en la carpeta de antecedentes del abogado involucrado. Todo ello, sin perjuicio de la facultad de este Excelentísimo Tribunal de oficiar a la casa de estudios de donde egresó el profesional afectado, para que ésta se haga cargo del asunto. PROYECTO DE LEY. ARTÍCULO ÚNICO. Agréguese un nuevo artículo 543 bis en el párrafo 1. del Título XVI del Código Orgánico de Tribunales: “Artículo 523 bis. Los jueces que, dentro de la sala de su despacho y mientras ejercen sus funciones de tales, conozcan de irregularidades cometidas por abogados en el ejercicio de la litigación o una notoria falta de idoneidad profesional por parte del mismo, deberán, a través de un oficio, informarlas al secretario de la Corte Suprema, para que éste dé conocimiento de ellas al Pleno del máximo tribunal, quienes podrán ejercer las facultades disciplinarias que le otorga la ley, con el objeto de sancionar a los abogados involucrados. Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, el secretario de la Corte Suprema podrá remitir dichos antecedentes a la casa de estudios de la cual egresó el abogado sancionado, para que ésta se haga parte del asunto y tome las medidas pertinentes, que tengan por objeto corregir la conducta o idoneidad del profesional involucrado”.7. Moción de los diputados señores Hasbún, Auth, Espinoza, don Fidel; García, don René Manuel; Hernández, Letelier, Norambuena, Tuma, y de las diputadas señoras Hoffmann, doña María José, y Zalaquett, doña Mónica. Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, incorporando en el certificado de inscripción el kilometraje registrado en el dispositivo y sancionando a quienes lo adulteren. (boletín N° 7559-15)“Ideas Matrices: La presente moción tiene por objetivo modificar la ley N° 18.290, estableciendo la obligación de consignar en la transferencia de dominio de un vehículo el kilometraje que se consigna en el registro de kilometraje y la sanción a quienes alteren, manipulen o adulteren dicho dispositivo en vehículos motorizados induciendo al engaño al momento de adquirir estos medios de transporte. Consideraciones generales: 1.- Que los vehículos motorizados, independiente de su año, sufren desgastes en el motor, en la carrocería, etc., lo cual altera su valor de venta, un factor importante en la celebración de la compraventa de ellos. 2.- Que transcurrido cierto tiempo, las exigencias para vender un vehículo disminuyen con respecto a las existentes para los automóviles nuevos y las garantías aplicables en caso de inconformidad con el bien adquirido. 3. Que constituye una práctica frecuente adulterar el kilometraje registrado en los instrumentos de medición de distancia, conocidos con el nombre de “odómetros”, del vehículo induciendo con esto al engaño del comprador futuro dueño. 4.- Que adulterar el kilometraje del odómetro de un vehículo, es un hecho que se realiza sin el conocimiento del comprador y se configura no solo como un ilícito penal tipificado como estafa, sino también como una infracción al artículo 14 de la ley del consumidor: “Artículo 14.- Cuando con conocimiento del proveedor se expendan productos con alguna deficiencia, usados o refaccionados o cuando se ofrezcan productos en cuya fabricación o elaboración se hayan utilizado partes o piezas usadas, se deberán informar de manera expresa las circunstancias antes mencionadas al consumidor, antes de que éste decida la operación de compra.” 5.- Si bien es cierto esta adulteración se sanciona con bajo el tipo penal de estafa, la prueba de los elementos que configuran este ilícitos es bastante compleja. De perseguir este ilícito a través de la Ley de Protección al Consumidor el problema radica en la baja sanción que recibe el infractor a la ley. Es por ello que se ve necesaria la creación de una figura especial para sancionar esta conducta modificando la legislación de transporte y estableciendo una pena para quien adultere, manipule o altere este mecanismo de registro. 6.- Para facilitar el estudio del historial del kilometraje de un vehículo motorizado y así evitar manipulaciones a dichos mecanismos de registro es necesario incorporar en el documento utilizado para la transferencia de dominio el kilometraje recorrido por el vehículo consignado en su odómetro. En virtud de las consideraciones antes expuestas, los diputados abajo firmantes vienen en proponer el siguiente:PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 18.290 DE TRÁNSITOINCORPORANDO EN EL CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EL KILOMETRAJE REGISTRADO EN EL DISPOSITIVO, INSTRUMENTO DE MEDICIÓN DEDISTANCIA U ODÓMETRO Y SANCIONANDO A QUIENES ALTEREN,MANIPULEN O ADULTEREN DICHOS DISPOSITIVOS.Artículo Único: Modifíquese la Ley N° 18.290, de Transito, en la siguiente forma: 1.- Agréguese en el inciso cuarto del artículo 53 el siguiente numeral 7) 7) El kilometraje que registra el dispositivo, instrumento de medición de distancia u odómetro. 2.- Agréguese a continuación de la letra G) del artículo 192, la siguiente letra H) Letra H) El que adultere el kilometraje del dispositivo, instrumento de medición de distancia u odómetro de cualquier tipo de vehículo de transporte usado, con fines de defraudar al comprador al celebrar contratos de compraventa y/o arrendamiento y a quien realice estos actos en conocimiento de tal adulteración. En caso de reincidencia, auméntese la pena en un grado”.8. Oficio del Tribunal Constitucional. “Santiago, 15 de marzo de 2011. Oficio N° 5.623 Remite sentencia.Excelentísima señoraPresidenta de la Cámara de Diputados: Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 15 de marzo de 2011 en los autos Rol N° 1.679-10-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovida en la causa Rol N° 4.502-2009, ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Dios guarde a V.E. (Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORAPRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOSDOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENESVALPARAÍSO”.9. Oficio del Tribunal Constitucional. “Santiago, 21 de marzo de 2011. Oficio N° 5.658 Remite resolución.Excelentísima señoraPresidenta de la Cámara de Diputados: Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 18 de marzo de 2011 en el proceso Rol N° 1.904-11-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovida ante este Tribunal en los autos Rol N° 7208-2010, sobre recurso de protección interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago (Secretaría Criminal) en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., a los efectos que indica. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró su admisibilidad. Saluda atentamente a V.E. (Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORAPRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOSDOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENESVALPARAÍSO”.