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El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL.- Señor Presidente, quiero agregar algunos elementos de juicio a los planteados en el proyecto.
Lo primero que debo decir es que nunca es tarde ni inoficioso recordar que la política es al arte de lo posible. Así la definieron los grandes clásicos. En ella hay objetivos e ideales que se confrontan con las posiciones de los demás, las que también son válidas, desde su punto de vista. A partir de eso se producen avances y se generan propuestas y definiciones de política pública, definiciones que son de carácter institucional.
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, de manera absolutamente transversal, llevó a cabo un ejercicio político que está de acuerdo con el arte de lo posible. Es muy importante que la Cámara de Diputados lo haya hecho en un momento de cuestionamiento institucional. Son los parlamentarios, los representantes de la soberanía popular, los que deben pensar, analizar y buscar las respectivas soluciones jurídico-institucionales y político-institucionales para los problemas del país.
La formula en la que hoy está normado el reemplazo de los parlamentarios no le gusta a nadie. Se provoca gran descontento popular cuando ella se ejerce para llenar vacantes de diputados y senadores, especialmente cuando se producen a raíz de algún nombramiento del Ejecutivo. La gente advierte que tales nombramientos, de alguna manera, interfieren en la independencia y en la autonomía de los Poderes del Estado, puesto que los reemplazos son elegidos, entre cuatro paredes, por los partidos políticos, situación que genera sensación general de falta de transparencia y de poca participación, sobre todo en una materia tan importante como es la elección de diputados y senadores.
Ése es el problema. Sin embargo, no se le debe echar la culpa a nadie. En la Constitución Política de 1980 se estableció una fórmula absolutamente clara para el reemplazo de diputados y senadores cuando se producía alguna vacante: esta debía ser llenada, en forma automática, por el compañero de lista del electo, quien, de alguna manera, había ayudado a su elección.
Sin embargo, como esa fórmula a algunos no les gustó, fue sometida a análisis y revisión. Como se consideró que no era democrática, hubo unanimidad en la Cámara de Diputados y en el Senado para incorporar en la reforma constitucional de 2005 la fórmula vigente, la cual, hay que decirlo con claridad, es peor que la otra, porque tiene un carácter menos democrático que la anterior.
¿Cuál es la fórmula actual? Que el partido político respectivo, a su leal saber y entender, debe nombrar al diputado o al senador, según corresponda. Esa fórmula -¡digámoslo!- ha sido usada tanto por el Gobierno actual, al cual apoyo, como por el anterior, de la Concertación, el cual no me representa. Los dos han utilizado esa fórmula, situación que en ambos casos ha provocado molestia en la ciudadana.
Visto que es necesario cambiar el sistema, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia hizo un ejercicio obvio, sensato y prudente. La primera pregunta que nos hicimos fue la siguiente: ¿será positivo prohibir la designación de diputados o senadores en cargos de ministros o embajadores por el Presidente de la República o será bueno dejar ese sistema como está? Hicimos un profundo estudio y nos dimos cuenta, contrariamente a lo que pensábamos algunos, que esa era una práctica parlamentaria antiquísima, que se hallaba en las Constituciones Políticas de 1925, 1933, 1980 y en la reforma constitucional de 2005. Siempre, en todo momento de la vida política del país, los Presidentes de la República han usado ese mecanismo. Por lo tanto, no es espurio desde el punto de vista institucional; tiene algún sentido.
Entonces, resolvimos no prohibirlo. Sin embargo, acto seguido empezamos a ver que las vacancias de diputados y senadores no se producen solamente por la designación de uno de ellos como embajador o ministro , las que son originadas a partir de una decisión del Presidente de la República , sino que también hay otro tipo de vacancias, de índole completamente distinta, como la muerte del parlamentario o la renuncia a su cargo por enfermedad grave.
La tercera causal de inhabilidad o de incompatibilidad se produce por decisión judicial o del Tribunal Constitucional, por la comisión de algún delito u acto que haga cesar la condición de elegibilidad y que provoque la pérdida del cargo.
Entonces, lo que hicimos, en forma sensata, fue establecer que causas distintas deben tener soluciones distintas. Se determinó que si las razones que originan la vacancia son naturales, como la muerte de algún diputado o senador, o su renuncia debido a motivos de salud sobreviniente que impedían el desempeño del cargo, se debía dejar al partido que los nombró la participación en el nombramiento de su sucesor. Se estableció que para tal decisión se debía proponer una terna al Senado o a la Cámara, según corresponda, con el objeto de que la respectiva Corporación procediera a la elección de su reemplazo. Parece que ese sistema es mejor que el actual.
Por otra parte, si la causal de la vacancia se debe a una decisión política, porque el Presidente de la República decidió nombrar a un diputado o a un senador ministro o embajador, esa decisión debe tener consecuencias políticas. Por lo tanto, el Primer Mandatario debe sacar muy bien la cuenta si va a proceder de esa forma, porque el mecanismo que estamos proponiendo es que si eso sucede, por ejemplo, en la mitad del período del respectivo diputado o a los seis años de los ocho que dura el período de senador, indicación que fue aprobada, se debería proceder a una elección complementaria.
Muchos teníamos dudas respecto de ese procedimiento, pero nos abrimos a esa posibilidad. Sin embargo, dejamos establecido que si eso ocurría en los dos últimos años del período de un diputado o de un senador, este no debería ser reemplazado en el cargo. De esa forma, de alguna manera se quiere disuadir al Ejecutivo a que analice bien antes de tomar esa decisión, porque eso tendrá consecuencias políticas.
Se dispuso lo mismo en el caso de los diputados o senadores que pierdan su cargo debido a causas judiciales, a una decisión del Tribunal Constitucional o como consecuencia de inhabilidades sobrevinientes. A mí me gustaba la idea de la mitad del período. Sin embargo, se dispuso que si eso se producía en la primea mitad del período del diputado -dos años- o en la primera mitad del período de senador -cuatro años-, se debería llevar a cabo una elección complementaria. En ese evento, abrámonos a una elección de ese tipo. Sin embargo, si la vacancia se produce en el último período, se debe esperar hasta las próximas elecciones para llenar el cargo de diputado o senador que quedó vacante.
En definitiva, se trata de un ejercicio de prudencia. Sé que aquí hay miles de ideas y propuestas, todas las cuales son lícitas. No obstante, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia propone que la Sala apruebe la idea de legislar y que luego se presenten las indicaciones correspondientes, para que sean analizadas por la Comisión. Sin embargo, no tiene mucho sentido votar en contra del proyecto, porque apunta en la dirección correcta.
Esperamos que la Sala aprecie que en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia diputados de todas las bancadas llevamos a cabo un ejercicio de prudencia política, con el objeto de ofrecer soluciones institucionales mejores que las vigentes, propuestas que avanzan en la dirección que el país quiere.
En definitiva, pido a los diputados que aprobemos en general este proyecto de ley, formulemos indicaciones y sigámoslo debatiendo en las instancias que corresponden en el Congreso Nacional.
He dicho.
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