. . . " \nEl se\u00F1or MELERO (Presidente).- Para rendir el informe de la Comisi\u00F3n Especial de Turismo, tiene la palabra el diputado se\u00F1or Gaspar Rivas. \n \nEl se\u00F1or RIVAS (de pie).- Se\u00F1or Presidente , en representaci\u00F3n de la Comisi\u00F3n Especial de Turismo, paso a informar sobre el proyecto de reforma constitucional que modifica el art\u00EDculo 126 bis de la Carta Pol\u00EDtica, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipi\u00E9lago Juan Fern\u00E1ndez .\n \nEn efecto, mediante oficio N\u00B0 9.077, de 2 de noviembre de 2010, la Corporaci\u00F3n acord\u00F3 que el proyecto de reforma constitucional se\u00F1alado fuera tramitado a esta Comisi\u00F3n, una vez que fuera informado por la de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia, con el prop\u00F3sito de que se pronunciara exclusivamente sobre aquellas materias que digan relaci\u00F3n con el turismo.\n \nAs\u00ED, el 20 de octubre pasado, la mencionada Comisi\u00F3n emiti\u00F3 su informe, el cual fue recibido el 2 de noviembre en curso por \u00E9sta.\n \nEn cumplimiento del mandato otorgado por la Sala, la Comisi\u00F3n Especial analiz\u00F3 el contenido del proyecto de reforma constitucional propuesto por su similar de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia, la cual introdujo modificaciones al texto propuesto por el Senado, cuya forma y contenido son plenamente compartidos por los diputados integrantes de esta Comisi\u00F3n, al igual que las referencias y consideraciones contenidas en dicho informe, y concluy\u00F3 que, por la generalidad, propia de una norma a ser introducida en la Carta Fundamental como inciso segundo del art\u00EDculo 126 bis de la misma, y por la remisi\u00F3n que expresamente efect\u00FAa para hacer operable las limitaciones al ejercicio de los derechos que con ella se posibilitan a leyes especiales de qu\u00F3rum calificado que en el futuro se dicten, hacen inoficiosa, en esta instancia, la pr\u00E1ctica de un nuevo estudio sobre el particular, reserv\u00E1ndose esta Comisi\u00F3n emitir sus propios puntos de vista cuando sean presentados a tr\u00E1mite las iniciativas legislativas a que se hace referencia en la reforma constitucional en curso, y que naturalmente tendr\u00E1n incidencia, entre otras, en aquellas materias propias de la actividad tur\u00EDstica.\n \nPor las razones expuestas, esta Comisi\u00F3n aprob\u00F3, por asentimiento un\u00E1nime, tanto en general como en particular, con los votos de los se\u00F1ores Rivas ( Presidente ), Bauer , De Urresti , Estay y Vallesp\u00EDn , y en los mismos t\u00E9rminos, el texto sometido a su conocimiento y que es del siguiente tenor:\n \nProyecto de Reforma Constitucional:\n \n\u201CArt\u00EDculo \u00FAnico.- Incorp\u00F3rase en el art\u00EDculo 126 bis de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica, el siguiente inciso segundo:\n \n\u201CLos derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la Rep\u00FAblica, garantizados en el numeral 7\u00B0 del art\u00EDculo 19, se ejercer\u00E1n respecto de dichos territorios en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio, las que deber\u00E1n ser de qu\u00F3rum calificado\u201D.\n \nSe design\u00F3 diputado informante al se\u00F1or Rivas, don Gaspar. \nTratado y acordado, seg\u00FAn consta en el acta respectiva, en sesi\u00F3n de 23 de noviembre del a\u00F1o en curso, con la asistencia de los diputados se\u00F1ores Rivas, don Gaspar ( Presidente ); Bauer, don Eugenio ; De Urresti, don Alfonso ; Estay, don Enrique ; Rosales, don Joel ; Sandoval, don David , y Vallesp\u00EDn, don Patricio .\n \nEs cuanto puedo informar. \n " . . . . . .