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El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que prorroga la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y modifica la ley N° 19.578.
Diputados informantes de las comisiones de Trabajo y Seguridad Social, y de Hacienda, son la señora Claudia Nogueira y el señor Carlos Montes, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 7814-13, sesión 59ª, en 20 de julio de 2011. Documentos de la cuenta N° 2.
-Primer Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sesión 63ª, en 3 agosto de 2011. Documentos de la cuenta N° 3
-Certificado de la Comisión de Hacienda, sesión 65ª., en 4 de agosto de 2011. Documentos de la cuenta N° 5
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.
La señora NOGUEIRA, doña Claudia (de pie).- Señor Presidente , en mi calidad de diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, me corresponde informar el proyecto de ley, en primer trámite reglamentario y constitucional, que prorroga la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y modifica la Ley N° 19.578.
Este proyecto se encuentra con urgencia calificada de “discusión inmediata”.
A las sesiones que la Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron el subsecretario del Trabajo, don Bruno Baranda ; la superintendenta de Seguridad Social, doña María José Zaldívar , y el asesor de esa secretaría de Estado, don Francisco Del Río .
La iniciativa tuvo su origen en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República , quien ha estimado necesario prorrogar la vigencia de la cotización extraordinaria del 0,05 por ciento, de cargo del empleador, a contar de septiembre de 2011, para que el Fondo de Contingencia que las mutualidades de empleadores están obligadas a mantener en virtud de la ley N° 19.578 y que tiene por objeto financiar los mejoramientos extraordinarios de pensiones y otros beneficios pecuniarios, alcance un monto al menos similar al de los pasivos representados por dichos mejoramientos que está llamado a financiar, fijando, además, como límite de dicho Fondo de Contingencia, el monto que resulte mayor entre el ciento por ciento del Gasto Ajustado de Pensiones del año anterior y el monto vigente del Fondo de Contingencia al 31 de diciembre del año anterior.
El proyecto fue aprobado, en general, por 9 votos a favor. No hubo votos en contra ni abstenciones. Votaron a favor las señoras Muñoz , doña Adriana y la diputada que habla, y los diputados señores Andrade , Baltolu , Bertolino , Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio , Salaberry y Silva .
Tal como lo señala el informe que mis colegas tienen en su poder, el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la ley N° 16.744 se financia principalmente a través de una cotización básica equivalente a un 0,90 por ciento de las remuneraciones imponibles de cada trabajador, a la que se suma una cotización adicional diferenciada -determinada en función del riesgo presunto según la actividad de la entidad empleadora o de conformidad a la siniestralidad efectiva de cada entidad-, en un rango entre 0 y 6,80 por ciento, ambas de cargo del empleador. Desde 1998, a dicha fuente de financiamiento se ha agregado una cotización extraordinaria.
En efecto, el artículo sexto transitorio de la ley N° 19.578 estableció una cotización extraordinaria del 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles de cargo del empleador, a contar del 1 de septiembre de 1998 y hasta el 31 de agosto de 2004, en favor del referido Seguro Social, con el objeto de financiar los mejoramientos extraordinarios de pensiones y los demás beneficios pecuniarios extraordinarios. La vigencia de dicha cotización extraordinaria fue ampliada por el artículo único de la ley N° 19.969, hasta el 31 de agosto de 2008. Posteriormente, el artículo 1 de la ley N° 20.288 la extendió hasta el 31 de agosto de 2011.
En el caso de las mutualidades de empleadores de la ley N° 16.744 (Asociación Chilena de Seguridad, Instituto de Seguridad del Trabajo y Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción), los recursos provenientes de dicha cotización, junto con otros definidos en la ley N° 19.578, deben destinarse a la creación y mantenimiento de un Fondo de Contingencia, cuya principal fuente de financiamiento es, precisamente, esta cotización extraordinaria que durante 2010 representó para el conjunto de esas instituciones el 54,8 por ciento del total de ingresos de los citados fondos. Por su parte, las mutualidades han contribuido con el 45,2 por ciento restante.
Ahora bien, cada una de las mutualidades debe destinar recursos al Fondo de Contingencia, hasta que se complete una suma equivalente al 80 por ciento del Gasto Ajustado de Pensiones del año anterior -parámetro definido por el artículo 22 de la ley N° 19.578-, obligación que se restablece cada vez que el Fondo represente un porcentaje inferior al antes indicado. Asimismo, una vez que el Fondo de Contingencia alcanza el límite del 80 por ciento indicado anteriormente, las mutualidades de empleadores tienen la obligación de destinar los recursos que exceden de ese límite a la adquisición de los instrumentos financieros establecidos en la ley, ello con la finalidad de respaldar con activos financieros la reserva de pensiones que cada una de las referidas entidades debe constituir. Dicha obligación subsiste hasta que se complete una suma equivalente al 40 por ciento del monto de la reserva de pensiones al 31 de diciembre del año anterior. Cumplido el porcentaje indicado, los recursos excedentarios son destinados al financiamiento del seguro de la ley N° 16.744.
En el transcurso de su discusión, el Ejecutivo , a través del Subsecretario del Trabajo , don Bruno Baranda Ferrán , y de la superintendenta de Seguridad Social, refrendaron los fundamentos contenidos en el mensaje que dieron origen a este proyecto en informe, manifestando que se trata de una iniciativa legal de corte administrativo y que se requiere su aprobación con alguna urgencia para la buena marcha del sistema de pagos de las pensiones de invalidez.
Agregaron los representantes del Ejecutivo que el Fondo, que acumula las cotizaciones extraordinarias del 0.05 por ciento de la remuneración del trabajador viene a compensar contablemente a las entidades administradoras del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales por el saldo a enterar para financiar reajustes extraordinarios de pensiones de invalidez que en un determinado momento ha establecido la autoridad por ley, proveyendo, de esta manera, una fuente de recursos necesarios para el correcto financiamiento de dichas pensiones.
En este sentido, recalcaron que este proyecto persigue la renovación de una cotización de cargo del empleador que data de hace varios años y cuya fecha de vigencia vence a fines de agosto, por lo que se hace necesaria su renovación bajo los mismos argumentos que se han esgrimido en anteriores iniciativas de similar propósito.
Finalmente, el ejecutivo detalló los alcances de la idea matriz de este proyecto a través de una presentación expuesta por la Superintendenta de Seguridad Social que se encuentra a disposición de las señoras y señores diputados en la Secretaría de la Comisión.
Por su parte, las señoras y señores diputados integrantes de esta instancia legislativa concordaron con la pertinencia de esta iniciativa legal, toda vez que viene a prorrogar la vigencia de la cotización extraordinaria del 0,05 por ciento, a contar de septiembre de 2011, para que el Fondo de Contingencia alcance un monto al menos similar al de los pasivos representados por los mejoramientos extraordinarios de pensiones que está llamado a financiar. Concordaron, asimismo, en la conveniencia de que la exigencia de destinar recursos al Fondo de Contingencia hasta que se complete una suma equivalente al 80 por ciento del Gasto Ajustado de Pensiones del año anterior, se aumente a un ciento por ciento, añadiendo, además, la restricción de que en ningún caso el Fondo de Contingencia pueda ser inferior al monto del año anterior.
Por último, en consideración a que las normas del proyecto regulan el ejercicio de materias propias de seguridad social, debe ser aprobado con quórum calificado, según lo establece el numeral 18° del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor MONTES (de pie).- Señor Presidente , en representación de la Comisión de Hacienda, me corresponde informar el proyecto en comento, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.
Durante el debate del proyecto, la Comisión contó con la colaboración de la Superintendenta de Seguridad Social, señora María José Zaldívar Larraín , y del asesor de dicha Secretaría de Estado , don Francisco Del Río Correa .
En la Comisión se planteó la necesidad de proceder a una reforma definitiva del sistema de financiamiento de los beneficios extraordinarios otorgados a los pensionados de la ley N° 16.744 que le dé estabilidad al mismo, para no tener que prorrogar cada cierto tiempo la vigencia de la cotización extraordinaria creada al efecto por la ley N° 19.578, cada vez que se producen déficit, como ocurrió en este caso. En consecuencia, se extiende el plazo de vigencia de la aludida cotización extraordinaria. Nosotros acogimos la proposición del Ejecutivo para posibilitar que las mutualidades de empleadores logren superar el déficit que hoy presenta el Fondo de Contingencia, que se forma con la referida cotización, dándonos tiempo para introducir modificaciones más permanentes al sistema.
También asumimos la urgencia de discusión inmediata, debido a lo cual no tuvimos mucho tiempo para analizar el sistema con mayor detalle. La única indicación concreta que se comprometió a presentar el Ejecutivo y que hoy está incorporada en el proyecto, es que esta prórroga regirá hasta el 31 de diciembre de 2013, a fin de evitar que termine durante el período electoral.
El Fondo de Contingencia está destinado a solventar los mejoramientos extraordinarios de pensiones y los beneficios pecuniarios extraordinarios que se otorguen a los pensionados del seguro de la ley N° 16.744, que no se financia con ninguna cotización.
La utilización del Fondo de Contingencia tiene dos propósitos: financiar estos mejoramientos extraordinarios y formar activos representativos de incremento de las reservas de pensiones. Es decir, tiene que haber un fondo que permita sostenerlas durante un largo plazo. Por lo tanto, hay que destinar una parte del fondo a aumentar las reservas.
¿Cómo se financia el Fondo de Contingencia? Con el aporte de los empleadores, con el 0,05 por ciento de cotización extraordinaria y con el aporte de las mutuales, que tiene dos dimensiones: la diferencia entre un gasto de pensión equivalente y un gasto ajustado de pensiones, y con el 0,25 por ciento correspondiente al ingreso por concepto de cotización. Teóricamente, el Estado también puede aportar, pero no lo ha hecho.
En 2010, la cotización extraordinaria representó, para el conjunto de las mutualidades, es decir, el aporte de los empleadores, el 54,8 por ciento del total del Fondo de Contingencia. Por su parte, las mutualidades contribuyeron con el 45,2 por ciento.
Pero, el Fondo tiene un límite. Una vez que alcanza el 80 por ciento del gasto ajustado de pensiones del año anterior, los recursos excedentarios que se originan en todas las fuentes de financiamiento que he mencionado, deben destinarse a respaldar el Fondo de Reserva de Pensiones, por medio de inversiones en instrumentos financieros.
Esto es tremendamente importante porque, en el sistema de pensiones, cada gasto comprometido debe tener un porcentaje equivalente de reservas para sostenerlo en el tiempo. Cumplido el porcentaje indicado, los recursos que en ese momento sean excedentarios se destinan al financiamiento del seguro de esta ley.
Al revisar los antecedentes, podemos ver que, hoy, el Fondo de Contingencia presentaría déficit si se le descuentan los capitales representativos por incremento extraordinario de pensiones. Podemos ver que la Asociación Chilena de Seguridad tiene 2.113 miles de millones de pesos de déficit; las mutuales de seguridad, 6.855 miles de millones de pesos, y el Instituto de Seguridad del Trabajo, 2.743 miles de millones de pesos. En total, el déficit alcanza a 11.711 miles de millones de pesos.
¿Qué propone el proyecto? Prorrogar la cotización extraordinaria por otros dos años. Dado que existen estas diferencias que he señalado, es necesario, a través del mecanismo que se ha empleado anteriormente, extenderlo por otros dos años, tiempo suficiente para cubrir el déficit y poner el Fondo al día con los gastos correspondientes.
Por otra parte, se aumenta el límite del Fondo de Contingencia, correspondiente al 80 por ciento del Gasto Ajustado de Pensiones. Para asegurar que el Fondo alcance un valor similar a los pasivos que debe financiar, se propone aumentar el valor exigido para el Fondo de Contingencia, hasta que complete la suma equivalente al monto que resulte mayor entre el ciento por ciento del Gasto Ajustado de Pensiones del año anterior y el monto vigente al 31 de diciembre.
Esto es lo fundamental del proyecto. Es una iniciativa bien específica y focalizada; los procedimientos no tienen mayor novedad; sólo se trata de extender, con pequeñas modificaciones, lo que ya existía. Insisto en que la Comisión está preocupada de discutir el sistema de mutualidades y una forma permanente de financiarlas.
En la Comisión, se plantearon distintas dudas y preocupaciones. La verdad es que esto se ve reforzado por recientes informes, que muestran que, en torno a la Asociación Chilena de Seguridad se ha formado una red de empresas, a partir de los fondos de la Asociación Chilena de Seguridad. Se va creando una cadena de empresas ligadas y favorecidas por este negocio, que pertenece a muchos familiares de los directivos y hay preocupación por la escasa inversión en aumento de la capacidad de atención de la oferta y, a su vez, de la capacidad ociosa que existe.
Hay cierta coincidencia entre todos, en cuanto a que este problema debe ser discutido y a que se requiere una reforma más profunda, debate que no podemos eludir. El Gobierno nos planteó que está pensando en otras modificaciones, y quedamos a la espera de que ello ocurra.
Finalmente, respecto de los efectos del proyecto sobre el presupuesto fiscal, el informe financiero de Hacienda señala que no tiene costo fiscal adicional. Por cierto, no se refiere a sus ingresos y egresos; simplemente, señala que no hay gasto público vinculado al proyecto y, por lo tanto, tienen cero costo adicional.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , ante todo, quiero decir que en la Comisión de Hacienda hubo una discusión amplia e enriquecedora. Incluso, algunos colegas reclamaron por la urgencia de discusión inmediata de que fue objeto el proyecto. Se dijo que era la urgencia más adecuada y que, a futuro, será necesario conversar antes con el Ejecutivo para que proyectos de esta naturaleza no sean calificados con esa urgencia, porque ello impide que los integrantes de las comisiones den su opinión. Lo mismo rige, por supuesto, para la Sala.
Decía que en la Comisión de Hacienda hubo una discusión bastante interesante. Sin embargo, dicha Comisión sólo emitió un certificado, que no puede dejar muy conformes a quienes participamos en ella.
Acabamos escuchar el informe que entregó el diputado Carlos Montes , que si bien no es diferente, resulta muy enriquecedor para la discusión que tendremos en la Sala. Su informe nada tiene que ver con el certificado emitido por la Comisión de Hacienda. Lo digo para que, a futuro, no llevemos a cabo una discusión tan simple, por no disponer de los antecedentes necesarios. Es una de mis preocupaciones relacionadas con proyectos que tienen que ver con problemas financieros y que, muchas veces, involucran a trabajadores. No es el caso de éste, pero, puede suceder, y en otras oportunidades involucran al Estado, es decir, la plata de todos los chilenos.
Aparte de la discusión propiamente tal, no hay nada tan poco motivador para un legislador que tener que estar permanentemente prorrogando la vigencia de normativas legales, que fueron dictadas para que tuvieran vigencia por un tiempo determinado; pero, como el problema persiste, es necesario prorrogar su vigencia. No es interesante volver a discutir la misma materia, prórroga tras prórroga, porque ésta no es la única que hemos aprobado este año. Me refiero, en particular, a la Comisión de Hacienda, que ha debido tratar la prórroga de diversas normativas. Cada vez, es necesario ir renovando la vigencia de algunas disposiciones, para tapar el hoyo que genera la norma que deja de regir.
Es lo que ha sucedido, también, con la cotización extraordinaria que establece la ley sobre accidentes del trabajo que, de aprobarse el proyecto en discusión, estaría siendo prorrogada por tercera vez desde su creación, allá por 1998.
Esta cotización extraordinaria, de cargo del empleador, según la historia de la ley, fue concebida como una forma de obtener los recursos que se requieren para el Fondo de Contingencia de la ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo, que en un momento llegaron a ser deficitarios para las mutuales de seguridad. Es curioso que en la actualidad las mutuales no tengan ese déficit. Sin embargo, transcurridos casi 13 años desde su establecimiento, con varias prórrogas, el problema de déficit aún no se soluciona y tiende a perpetuarse, ya que, de acuerdo con los antecedentes aportados a la Comisión de Hacienda, la cotización cubre cerca del 55 por ciento de los recursos que van a los fondos de contingencia.
Durante la discusión, el diputado Montes señaló que existió un compromiso del Ejecutivo de efectuar una reforma definitiva del sistema de financiamiento de los beneficios extraordinarios otorgados a los pensionados de la ley N° 16.744, que dé estabilidad al mismo, para no tener que prorrogar cada cierto tiempo la vigencia de la cotización extraordinaria consagrada al efecto por la ley N° 19.578. Considero más que necesario proceder de esa manera a la brevedad, ya que si vamos a tener que prorrogar cada dos años la vigencia de la ley, es mejor buscar una solución definitiva para resolver el déficit de los fondos de contingencia, pues de lo contrario se afectará la naturaleza misma de las leyes que tienen la característica de ser permanentes en el tiempo.
Realizada esta salvedad, la bancada del Partido por la Democracia dará su aprobación al proyecto, porque constituye un beneficio que los trabajadores podrían perder de no otorgarse la prórroga solicitada.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , parece absolutamente necesario prorrogar la cotización extraordinaria del 0,05 por ciento que se le está pidiendo a los empleadores, según la indicación del Ejecutivo , hasta el 31 de diciembre de 2013.
Quiero aprovechar la circunstancia de discutir la iniciativa para incorporar algunas visiones, dado que durante los últimos veinte años, según entiendo, no hemos tenido la posibilidad de discutir una ley que permita cambiar y reenfocar la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, particularmente por una razón muy sencilla.
Como todos sabemos, las mutuales han hecho un extraordinario aporte a la disminución de las tasas de accidentabilidad laboral en el país. Antes de la existencia de la ley de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, las tasas de mortalidad y accidentabilidad laboral eran realmente altas, y Chile exhibía tasas que superaban con creces las de otros países de Latinoamérica.
La ley N° 19.578 introdujo una modificación de tal envergadura, que ha logrado una visión de Estado desde el punto de vista social, y le ha entregado recursos a mutuales que han desarrollado su acción principalmente en la prevención de accidentes del trabajo, pero también desarrollando un área curativa, en particular del trauma, y preventiva, en relación con enfermedades profesionales, que han logrado disminuir la tasa de accidentabilidad en forma realmente significativa, lo que ha permitido que las mutuales tengan recursos para crear infraestructura sanitaria, en particular hospitales y clínicas dedicados a atender las enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, con un objetivo no sólo de prevención, área donde lo hacen muy bien, sino que también de curación de enfermedades profesionales.
A mi entender, el trabajo de las mutuales ha sido exitoso, porque han hecho bien su pega. Podemos tener diferencias respecto de cómo utilizan los recursos en su gestión, pero dado que se trata de instituciones sin fines de lucro, que pueden ser fiscalizadas en el uso de sus recursos, es evidente que han significado un aporte al país.
Sin embargo, en los últimos años se ha producido algo preocupante. Una de las cosas que caracterizaba a las mutuales era la red de infraestructuras creada a lo largo del país, dedicada a atender los accidentes del trabajo, en clínicas de muy alto nivel, con profesionales idóneos y traumatólogos en todo el país. Pero, en los últimos años ha ocurrido que esas clínicas y establecimientos hospitalarios han tenido mucha menor ocupación en accidentes del trabajo, con una enorme cantidad de camas desocupadas, lo que ha ocasionado que se abriera el espacio para que esos establecimientos entraran en el mundo privado y otorgaran servicios como clínicas privadas. Tanto es así que, incluso, en algún minuto se llegó a pensar en dar la posibilidad de que esas clínicas, que fueron creadas para la atención de accidentes del trabajo, del trauma laboral, pudieran atender como maternidades, lo que llevó a que las mutuales, gestionadas desde un punto de vista privado, decidieran contar con cierto número de camas para atender los accidentes del trabajo, pero también prestaran servicios e hicieran negocios -por decirlo de alguna manera- al ocupar sus infraestructuras para otros fines. De ese modo, empezaron a convenir acuerdos con otras mutuales o derechamente con clínicas privadas, para constituir consorcios que hoy prácticamente se dedican a la actividad privada en gran parte del país.
A mi juicio, ello constituye un despropósito de la ley y de la utilización de la infraestructura con que se cuenta en la actualidad.
Durante mucho tiempo he sostenido que la infraestructura de las mutuales debiera enfocarse a atender el trauma en Chile. Cuando digo el trauma, me refiero a que la ley de las mutuales debiera reformularse para que no sólo se haga cargo de los accidentes del trabajo, sino que también de todo tipo de accidentes, por ejemplo, en el hogar, en los establecimientos educacionales, en el tránsito, etcétera.
Estamos conscientes de que la primera causa de mortalidad de los menores de 40 años son los accidentes del tránsito, y ocurre que los hospitales públicos no tienen la suficiente capacidad operativa para tratar el trauma en la misma forma en que lo tratan las clínicas y los hospitales de las mutuales.
Hoy, los seguros de accidentes de tránsito se le entregan a compañías de seguros que no hacen nada de prevención y ni siquiera cubren el total de los accidentes. Esos recursos, que todos los chilenos que tenemos vehículos debemos pagar, van a los fondos de las compañías de seguros, sin que eso sea una necesidad real. Si esos recursos, en vez de darlos a las compañías de seguros los entregáramos a las mutuales y les encargáramos hacerse cargo de todos los accidentes del tránsito, otra sería la forma de responder a una situación que en Chile es muy grave, porque las mutuales son empresas que tienen experiencia suficiente en prevención y han dedicado gran parte de su gestión a ello, a fin de disminuir los costos de accidentabilidad.
Por lo tanto, el hecho de que las mutuales se hagan cargo de la atención de los accidentes del tránsito permitiría contar, por un lado, con prevención, y por otro, con una institucionalidad sanitaria con la expertise suficiente para tratar los accidentes, con traumatólogos, especialistas, pabellones, etcétera, en todo el país.
Lo mismo ocurre respecto de los accidentes escolares. ¿A dónde se dirigen los escolares cuando sufren un accidente? Principalmente, a los hospitales públicos, que normalmente están sobrecargados con la demanda normal desde el punto de vista institucional, en circunstancias de que las mutuales tienen capacidad ociosa en sus establecimientos para hacerse cargo de este tema.
Por eso, junto con prorrogar la cotización extraordinaria, sería muy importante que buscáramos la forma de perfeccionar la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Al respecto, es muy necesario que se utilice en mayor porcentaje la institucionalidad de que dispone el país.
Con los recursos que se aportan, con los que se obtienen por concepto del seguro obligatorio en caso de accidentes del tránsito, con los que el Estado otorga para la seguridad escolar y los traumas en el hogar, deberíamos establecer una institucionalidad mucho más eficiente y rápida, dedicada al trauma en su conjunto, con mejor capacidad operativa y profesionales preparados para ello, porque, en general, se trata de un problema que se maneja en forma bastante deficitaria en las instituciones públicas.
Anuncio nuestra aprobación al proyecto y a la indicación para extender hasta el 31 de marzo de 2014 la vigencia de la referida cotización extraordinaria.
Asimismo, considero que es razonable que el Ejecutivo incorpore una mirada distinta a la ley N° 19.578, dado que él tiene las herramientas necesarias para introducir cambios en materia de seguridad social.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente , en los últimos días, encuestas de opinión llevadas a cabo por institutos que se ganan la vida a través de la evaluación de los poderes del Estado, de la visión que tiene la población de ellos, han dejado a estos a muy mal traer, sobre todo al Legislativo. Seguramente, se debe a que desde el 11 de marzo de 1990, su sede está en Valparaíso, no en Santiago, la capital de Chile. Lo digo con mucho respeto, porque soy un provinciano de tomo y lomo.
He comenzado con este preámbulo porque en 1968, los diputados y los senadores de la época dieron vida a lo que se publicó en el Diario Oficial como la ley de accidentes del trabajo, la cual, después de muchos años, aún está vigente. Eso significa que este Poder del Estado ha cumplido sus funciones.
Algunos se preguntarán si se han introducido mejoras a dicha normativa. Al respecto, puedo decir que en 1998 se introdujeron modificaciones importantísimas, no obstante ser una legislación eficiente, positiva y que brindaba tratamiento y rehabilitación a trabajadores pertenecientes a las mutualidades para su recuperación.
Con el aporte de empleadores y trabajadores, se crearon grandes infraestructuras, actualizadas desde el punto de vista médico y científico. En ese sentido, puedo dar fe de lo que significó el hospital respectivo de Concepción, que siempre ha estado a la vanguardia.
Mediante la modificación de 1998 se creó el Fondo de Contingencia. Muchos fuimos partidarios de que una parte importantísima de él se financiara con aportes de los empleadores. Asimismo, tal como lo expresó el diputado Montes en representación de la Comisión de Hacienda, en esa reforma fijamos los aportes del Estado.
En ese año, llegamos a la conclusión de que habría déficit para dar cumplimiento a los mejoramientos extraordinarios de pensiones y los demás beneficios pecuniarios.
Por eso, en las Comisiones de Trabajo y de Hacienda concordamos en la necesidad de establecer una cotización extraordinaria de 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles, de cargo del empleador. Hicimos una proyección para cuando la ley entrara en régimen. Se formaría un fondo para cubrir las obligaciones establecidas.
Pero, ¿qué pasó? La vigencia de la cotización extraordinaria de 0,05 por ciento terminaba en 2004, por lo cual se prorrogó por cuatro años. En 2008, cuando sacamos las cuentas, concluimos que los números no cuadraban. Por eso, se aprobó otra prórroga, que vence el 31 de agosto de este año.
Hago esta relación para que, ojalá la opinión pública, a través de estos distinguidos y respetados analistas políticos que se ganan la vida mediante las encuestas, se dé cuenta de lo que significa el mejoramiento de las leyes.
En la Comisión de Hacienda, los parlamentarios presentes planteamos que no era bueno prorrogar por dos años la vigencia de dicha cotización extraordinaria, porque la discusión del respectivo proyecto coincidiría con el proceso electoral, época en que cambia el ambiente legislativo.
Por eso, acordamos, por unanimidad, solicitar al Ejecutivo que la prórroga se extendiera hasta el 31 de diciembre de 2013. Sin embargo, con posterioridad algunos parlamentarios volvimos a conversar con el Ejecutivo . Al respecto, reconozco que hubo la mejor disposición de la gente de Hacienda y, especialmente, de la ministra del Trabajo y Previsión Social, la ex diputada y ex senadora señora Evelyn Matthei . En ese sentido, anuncio que ingresó una indicación, aprobada ad referendum en la Comisión de Hacienda, mediante la cual la prórroga se extiende hasta el 31 de marzo de 2014.
¡Ese es trabajo serio! Sin embargo, no es destacado por esos grandes eruditos que analizan el ámbito político. Quería recalcar eso, porque, reitero, es un trabajo serio y respetable.
El Fondo de Contingencia se destina a solventar los mejoramientos extraordinarios de pensiones y otros beneficios pecuniarios extraordinarios que se otorgan a los pensionados del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley N° 16.744, no financiados con cotizaciones ordinarias. Dicho Fondo se emplea para financiar el costo, en el tiempo, de los mejoramientos extraordinarios de pensiones y beneficios pecuniarios extraordinarios de esos pensionados. También para respaldar con activos financieros el incremento de la Reserva de Pensiones.
La prórroga de la vigencia de la cotización extraordinaria hasta el 31 de marzo de 2014, servirá para que la Asociación Chilena de Seguridad, la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción y el Instituto de Seguridad del Trabajo cumplan con las obligaciones que deben financiar.
Se ha dicho que algunos parlamentarios somos antiempresarios; pero no, somos diputados de la República y legislamos para el país. Lo que estamos haciendo es tratar de solucionar el problema de las mutuales para que cumplan con la obligación establecida en la ley.
Asimismo, se busca aumentar el límite del Fondo de Contingencia. En efecto, se estableci�� que resulta conveniente que la exigencia vigente de destinar recursos a dicho Fondo hasta que se complete una suma equivalente al 80 por ciento del Gasto Ajustado de Pensiones del año anterior, se aumente al ciento por ciento de ese gasto, añadiendo, además, la restricción de que en ningún caso el Fondo de Contingencia puede ser inferior al monto del año anterior.
La iniciativa fue aprobada por unanimidad en las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social, instancias en las cuales se contó con la concurrencia de diferentes técnicos expertos en la materia. Por lo tanto, es necesario aprobar la iniciativa en general y en particular, a fin de cumplir a la brevedad con su tramitación legislativa, de manera que no se produzca un desfase en relación con la cotización extraordinaria del 0,05 por ciento de las remuneraciones, de cargo del empleador.
Ahora bien, tal como dijo mi gran amigo el diputado Enrique Jaramillo, el informe financiero es bastante especial, porque habla de los efectos del proyecto sobre el presupuesto fiscal, en circunstancias de que la aplicación del proyecto no tiene costo fiscal adicional.
Finalmente, deseo plantear que el tema de las mutualidades deberá ser estudiado más adelante.
Por las razones expuestas, anuncio nuestro voto favorable en general y en particular.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.
El señor VILCHES.- Señor Presidente, este proyecto, analizado en las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social, y de Hacienda, constituye un gran aporte para actualizar los beneficios de la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Al respecto, aprovecho la oportunidad, al igual que el diputado Ortiz, de hacer un reconocimiento al diputado Jaramillo.
El proyecto prorroga la vigencia de la cotización extraordinaria de 0,005 por ciento para que el Fondo de Contingencia alcance un monto al menos similar al de los pasivos, representados por mejoramiento extraordinarios de pensiones de trabajadores que han tenido la desgracia de sufrir un accidente o una enfermedad profesional. La iniciativa se origina en un mensaje del Presidente de la República , Sebastián Piñera , y su objetivo, reitero, es prorrogar la vigencia de dicha cotización extraordinaria del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y modificar la ley N° 19.578.
Sin embargo, después de escuchar con atención el debate, hay algunas observaciones y alcances que no comparto. Así, por ejemplo, del diputado Alberto Robles hizo una crítica al señalar que mutuales, como la Asociación Chilena de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajo, han creado una actividad para entregar servicio a particulares.
Efectivamente, estas instituciones han puesto parte del tiempo de sus hospitales y clínicas a disposición del sistema de salud, lo cual va en el camino correcto. Es cosa de ver las licitaciones que han presentado para bajar las listas de espera del sistema público de salud. ¡Cómo no va a ser bueno, si con eso se ha beneficiado a tanta gente! Debemos hablar con claridad. ¡Me parece un error hacer una crítica a este beneficio! Por eso, cada uno en lo suyo. A mi juicio, dicho colega, que es médico, se ha equivocado al emitir ese juicio.
Después, él dijo que parte de los accidentes originados en otras áreas, por ejemplo, en el tránsito o en el transporte escolar, deberían ser atendidos por estos establecimientos de salud. Por lo tanto, claramente existe una contradicción en sus palabras, y es bueno expresarlo para tener mayor claridad en el debate.
En síntesis, se trata de una buena iniciativa de ley, y gracias a la indicación a que se refirió el diputado Ortiz , se prorrogará la vigencia de la mencionada cotización extraordinaria hasta el 31 de mayo de 2014.
Como va en el camino correcto, desde ya anuncio mi voto favorable al proyecto que, entre otras cosas, permitirá que la ley siga plenamente vigente y, así, se cumpla con los compromisos a favor de los pensionados por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Esta legislación entrega seguridad. En efecto, la calidad de la atención que brindan los profesionales a los trabajadores por concepto de aplicación de esta ley, nos permite decir, con orgullo, que hemos sido imitados en el extranjero.
Finalmente, el ambiente que se respira en esta Sala nos permite adelantar que se contará con el voto favorable de los diputados de Oposición y de Gobierno para aprobar una iniciativa que beneficiará a miles de pensionados del país.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA.- Señor Presidente , estamos debatiendo el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de discusión inmediata, que prorroga la vigencia de la cotización extraordinaria del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
A nosotros -supongo que a todos los colegas- nos preocupa el peligro que en este momento corren los pensionados del seguro social acogidos a la ley N° 16.744, quienes, de no aprobarse el proyecto, verían amenazado el pago de mejoramientos extraordinarios de sus pensiones y de otros beneficios pecuniarios extraordinarios.
A quienes están viendo esta sesión por el canal de televisión de la Cámara de Diputados, les digo que el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se financia a través de una cotización adicional del 0,90 por ciento de las remuneraciones imponibles de los trabajadores. A ella se suma una cotización adicional diferenciada, determinada en función del riesgo presunto, es decir, del mayor o menor peligro al que pueden verse expuestos los trabajadores asegurados. Finalmente, se estableció una cotización extraordinaria, equivalente al 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles, de cargo del empleador, para financiar las mejoras extraordinarias de pensiones y otros beneficios pecuniarios extraordinarios.
Cabe señalar que la vigencia de esta cotización extraordinaria vence el 31 de agosto del presente año. En el caso de las mutualidades de empleadores de la ley N° 16.774, los recursos provenientes de dicha cotización de 0,05 por ciento que aporta el empleador, junto con otros definidos en la ley N° 19.578, deben destinarse a la creación y y mantenimiento de un Fondo de Contingencia, cuya principal fuente de financiamiento es dicha cotización extraordinaria. En efecto, en 2010 representó para dichas instituciones el 54,8 por ciento del total de ingresos del citado fondo. Por su parte, las mutualidades de Chile aportan con el 45,2 por ciento restante.
Señor Presidente , al 31 de diciembre de 2010, el total de dinero acumulado en los fondos de contingencias ascendía a 31.887 millones 766 mil pesos. Quiero poner énfasis en esa suma, porque es inferior a la necesaria para pagar las pensiones y los beneficios extraordinarios otrogados a los pensionados del Seguro Social de la ley N° 16.744, cuyo valor actual se estima en 43.598 millones de pesos. Es decir, hay un déficit que sólo se superará si autorizamos la prórroga de la vigencia de la cotización extraordinaria. De lo contrario, los dineros en caja serán totalmente insuficientes para satisfacer las obligaciones a favor de los pensionados del seguro social de la ley Nº 16.744.
Entonces, el proyecto propone modificar la ley inicial y extender hasta el 31 de agosto de 2013 -así figuraba en la propuesta original- la cotización extraordinaria del seguro social, de cargo de los empleadores.
Debemos entregar estabilidad en esta materia. No puede ser que cada uno, dos o tres años, nos veamos obligados a legislar para efectuar la prórroga de un beneficio que, a todas luces, resulta necesario. Se trata de avanzar y no de retroceder en los derechos de los trabajadores. Si se estableció este Fondo de Contingencia para ayudar a solucionar la inmensa cantidad de accidentes del trabajo que existen en distintas actividades técnico-profesionales, no es posible tener déficits en los recursos necesarios para financiar estas atenciones a través de las mutualidades o de otros servicios de salud. Para lograr esa estabilidad, debemos reformar el financiamiento.
Suscribo la idea del diputado señor Alberto Robles , en el sentido de que el Estado debe hacerse cargo de una red profesionalizada, o ayudar a las mutuales, que hacen muy bien su trabajo -no tengo quejas en tal sentido-, a fin de que se profesionalice aún más su labor y que a lo largo y ancho del país exista una red de atención para los afectados por accidentes del trabajo y enfermedades del trabajo.
Es necesario que en Chile se ponga especial atención en la formación de estos profesionales; que exista de verdad la medicina del trabajo como una especialidad del más alto nivel, tal como sucede en países más desarrollados que Chile.
Por eso, es necesario que el Estado se haga cargo de esta necesidad. En este país, que crece de manera rápida y sostenida, los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales ocurren a diario no sólo en los rubros minero, siderúrgico, agrícola, sino en todo tipo de actividades técnicas y en otros sectores.
Es necesario crear una red nacional de clínicas. Pueden ser las mismas de las mutualidades, pero con la participación del Estado, en el sentido de proveerlas, a través de créditos blandos o de aportes directos, de toda la tecnología para beneficiar a los esforzados trabajadores y a quienes, después de un largo tiempo de exposición al trabajo docente, también sufren enfermedades profesionales, las cuales no son consideradas como tales.
Por lo tanto, se hace más necesario que nunca prorrogar la vigencia de la cotización extraordinaria. Asimismo, debemos ser capaces de establecer un financiamiento para el Fondo de Contingencia, y de modernizar y equipar como corresponde, una red de clínicas que atiendan a quienes sufren accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Por último, anuncio que la bancada del Partido Radical va a aprobar con todas sus fuerzas el proyecto de ley.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
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