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- rdf:value = " NORMATIVA ESPECIAL SOBRE REPRESENTACIÓN EN JUICIO DEL ADULTO MAYOR EN TRIBUNALES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde ocuparse del proyecto, iniciado en moción, que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, estableciendo normas especiales para la representación en juicio de la persona adulto mayor, cuyo informe se encuentra rendido y está pendiente su discusión.
Antecedentes:
-La discusión del proyecto de ley contenido en el boletín Nº 7507-18, se inició en la sesión 74ª, en 18 de enero de 20011, de la legislatura 359ª.
El señor MELERO (Presidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente , la iniciativa propone normas para la representación en juicio de los adultos mayores, quienes han constituido constante preocupación de la Cámara de Diputados. Así lo demuestra que en la Corporación exista una Comisión Especial del Adulto Mayor, que preside mi colega y amigo David Sandoval .
Lo que se plantea es simple pero de profunda significación, por cuanto se trata de dar mayor protección a los adultos mayores.
En la actualidad, un 15 por ciento de la población la constituyen los adultos mayores, con una cifra aproximada de 2 millones 500 mil personas; se espera que de aquí a diez años esa cifra supere los 3 millones, de manera que se trata de un grupo etario importante, que cada día aumenta y adquiere mayor connotación.
Mientras no se adopte una política de Estado, estructural o una especie de estatuto del adulto mayor, debemos ir solucionando los problemas coyunturales que se vayan presentando, porque son importantes.
El proyecto tuvo su origen en moción de la diputada señorita Marcela Sabat , con la adhesión de otros diputados.
Su idea matriz esencial es otorgar una medida de protección a los adultos mayores, a través de la judicatura de la familia, con el propósito de evitar que sean objeto de maltrato económico o de abuso patrimonial.
El proyecto apunta exclusivamente a la protección del patrimonio de los adultos mayores, quienes, en determinadas circunstancias, adolecen de defensa o protección; a veces viven solos, son pequeños propietarios y en esa circunstancia sus bienes raíces u otras posesiones corren ciertos riesgos, no siempre por la actuación de extraños, sino que de sus más cercanos, familiares.
En virtud de ello, es muy positivo que se modifique la ley de violencia intrafamiliar, como también la de los tribunales de familia, en el sentido de que el juez dé toda su protección a los adultos mayores cuando sus intereses patrimoniales pudieren verse afectados.
Además, el juez podrá designarla a un adulto mayor un abogado de la Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica cuando estime que los intereses patrimoniales de un adulto mayor pudieren verse perjudicados en los términos que señala la ley sobre violencia intrafamiliar, es decir, en situación de riesgo inminente si un adulto mayor, dueño o poseedor, a cualquier título de un inmueble que ocupa para residir, sea expulsado de él, relegado a sectores secundarios o se restrinja o limite su desplazamiento al interior de ese bien raíz.
La iniciativa da una real protección o resguardo a los adultos mayores. En la Comisión Especial del Adulto Mayor hemos visto con preocupación que carecen de elementos que les permitan defenderse por sí solos, o sea las personas de edad avanzada, son indefensas, vulnerables, están en situación de riesgo, y pueden ser objeto de abusos, de despojos, en fin.
Hay que tener presente que los adultos mayores se pueden ver afectados en materia previsional. Hemos visto lo sucedido con las cajas de compensación y se ha comprobado que les han arrebatado una serie de derechos a través del tiempo.
Felicito a la diputada Marcela Sabat y a los otros diputados que adhirieron al proyecto, porque es absolutamente justificable.
Votaré a favor del proyecto, por el compromiso, por la consecuencia, por la visión que tengo respecto de la necesidad de fortalecer cada vez más la estructura jurídica de protección de los adultos mayores, grupo etario que aumenta cada día y entre ellos hay sectores muy numerosos que son vulnerables y por eso hay que protegerlos como corresponde.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA.- Señor Presidente , en primer lugar, felicito a la diputada Marcela Sabat , autora de la iniciativa que, no me cabe duda, será aprobada por unanimidad, ya que aborda un problema que afecta a mucha gente.
A menudo, luego de fallecer un adulto mayor su sucesión se encuentra con que la mayor parte de la herencia está a nombre de uno solo. No saben qué ocurrió. Efectivamente, un familiar cometió un engaño e hizo firmar documentos al padre o a la madre. Con ello, termina siendo prácticamente único heredero, en perjuicio del resto de los hermanos.
Muchas veces hemos sabido que familiares cercanos también engañan a los adultos mayores, les piden poderes de distinta naturaleza para traspasarse sus bienes. Incluso, algunos ni siquiera son familiares. Recordemos los reportajes que se han exhibido por televisión; incluso, ejecutivos de cuentas de bancos han usado y abusado de su confianza.
Por lo tanto, me parece muy bien regular esta situación, a fin de que en el futuro suceda lo menos posible este abuso cada vez más frecuente, debido a que cada día hay gente más viva en nuestro país.
Esto pasa porque con los años el adulto mayor va perdiendo la memoria y sus capacidades generales. Eso es lamentable, porque todos llegaremos a ser viejos algún día, y si hay algo que no queremos por motivo alguno, es que se abuse de nosotros.
Lo importante es que la gente que llega a esa etapa pueda ser ayudada mediante una ley que la proteja de los abusos no solo de los parientes, sino también de quienes no lo son. En los fundamentos de la moción se habla mucho de los parientes, pero no son los únicos abusadores.
Estoy muy contento de apoyar esta moción y de ver a una diputada trabajólica que se la juega por ayudar al adulto mayor.
Vayan mis sinceras felicitaciones para ella y para el resto de los autores de esta iniciativa.
He dicho.
El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , quienes ya hemos vivido varias décadas, podemos decir con certeza que hace 15 ó 20 años ni siquiera se pensaba en legislar para los adultos mayores.
Estudios recientes nos dan una base importantísima de lo que debe ser preocupación de todos los chilenos. Me refiero a la moción que estamos discutiendo, cuyos autores ninguno alcanza la edad privilegiada de los adultos mayores.
Por eso, se han venido realizando constantes mejoras en la institucionalidad, como la creación del Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), y de diferentes programas para facilitar la integración de este grupo etario a la vida nacional, y no mantenerlo aislado de su quehacer cotidiano.
Quien habla, constantemente, está dando a conocer las responsabilidades que todavía les caben a los adultos mayores, porque antes la costumbre era que permanecieran en el anonimato, rescatando sólo el cariño de los nietos. La sociedad tampoco hacía nada por integrarlos.
Por eso, este proyecto plantea la protección de los adultos mayores, en consideración a que muchos son objeto de abusos o aprovechamientos por personas cercanas o por las que, eventualmente, deberían cuidarlos.
Se busca evitar que un sujeto con intereses independientes o contradictorios represente al adulto mayor cuando, a juicio del juez de familia, existan motivos graves para presumir que la persona representada puede ser objeto de un abuso patrimonial.
En este caso específico, la Comisión decidió incluir la figura dentro de la situación de riesgo.
No sé si la situación de riesgo que contempla el artículo 7° de la ley N° 20.066, sobre violencia intrafamiliar, fue prevista por los autores, toda vez que el maltrato a la persona mayor fue incorporado en la ley N° 20.427, específicamente al encontrarse en situación de riesgo inminente. Ese detalle provoca la modificación de la ley N° 19.968, que creó los tribunales de familia.
Me parece que estamos en el camino correcto. Hoy, los adultos mayores pueden sentirse relativamente seguros, porque ya hay una preocupación interesante de la sociedad chilena por ellos, los que deberían haber sido dignificados mucho antes.
Por eso, cuando el juez de familia encuentre motivos fundados para presumir que la persona representada puede ser objeto de abuso patrimonial, podrá designar a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica.
De esta manera, el proyecto pretende dar mayor protección al adulto mayor, a fin de evitar que personas inescrupulosas puedan poner sus intereses personales por sobre los de él, y que, eventualmente, podría salir perjudicado ante una determinada decisión judicial.
A mi juicio, la iniciativa no merece mayores reparos. Habrá que apoyarla masivamente, por el bien de este grupo etario que, como lo expresé al principio de mi intervención, aumenta cada vez más.
El proyecto modifica el inciso tercero del artículo 7° de la ley N° 20.066, e intercala el artículo 19 bis a la ley N° 19.968.
Esos son los componentes de esta importante e interesante iniciativa que llegó a buen término; respecto de la cual en algún minuto el Presidente de la Comisión Especial del Adulto Mayor -Comisión que, felizmente ha pasado a tener un gran efecto- pidió mi opinión.
Por lo tanto, vaya mi consideración a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor, porque la modificación propuesta, mejorada en su tramitación, nos hace pensar que las cosas se están haciendo bien en lo que se refiere a este grupo que día a día crece y merece la preocupación de todos.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahín.
El señor CHAHÍN.- Señor Presidente , quiero felicitar a la diputada Marcela Sabat , autora del proyecto, junto a los demás adherentes, como también a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor.
Me parece que la iniciativa va en la línea correcta, porque, muchas veces, los adultos mayores son objeto de abusos, incluso de sus familiares más cercanos, quienes se aprovechan de su situación de vulnerabilidad o de sus dificultades cognitivas o comprensivas, para lograr la firma de documentos o poderes que, a veces, se usan para cometer actos lesivos.
Los adultos mayores no sólo sufren de abuso o maltrato físico y psicológico, sino también patrimonial, hecho que ocurre en forma bastante habitual.
El proyecto amplía las facultades de cautela de las garantías del adulto mayor del juez de familia, cuando existan fundados motivos de que pudiera verse afectado en sus intereses patrimoniales. El magistrado podrá designar a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica.
Me parece importante, porque es una manera de evitar que se vulneren los derechos del adulto mayor en un procedimiento judicial, como habitualmente ocurre.
Por lo tanto, al otorgarle esta facultad extraordinaria al juez de familia, lo que estamos haciendo es ampliar el ámbito de garantías y de protección de los adultos mayores, a fin de que puedan tener una asesoría o representación independiente y letrada, como corresponde, y así, proteger sus intereses económicos cuando exista riesgo de vulneración.
Por las razones expuestas, la bancada de la Democracia Cristiana votará a favor del proyecto, por cuanto resuelve un problema práctico que, además de ser bastante habitual en nuestra sociedad, afecta a muchos adultos mayores que han logrado tener algún patrimonio para su vejez.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada Marcela Sabat.
La señora SABAT (doña Marcela).- Señor Presidente , agradezco las felicitaciones por esta iniciativa y también el apoyo transversal que he recibido de los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, sobre todo a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor, por el trabajo que hemos alcanzado a consensuar durante los últimos meses.
Nuestro país ha tenido un aumento bastante acelerado de la población adulta, como hemos indicado en iniciativas anteriores. Tanto es así que en la próxima década alcanzaremos los 3.2 millones de adultos mayores, lo que implica un aumento del 45 por ciento de ese grupo de la población.
La idea matriz del proyecto apunta a que el Estado entregue una medida más de protección -muy simple- a los adultos mayores: que la judicatura de la familia, nombre a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o de alguna institución público privada que preste asistencia jurídica.
La ley sobre violencia intrafamiliar no considera el concepto de violencia patrimonial, razón por la cual no podría alegarse, sea o no adulto mayor la víctima.
Este maltrato patrimonial se verifica generalmente en perjuicio de los adultos mayores, por el uso no autorizado de sus recursos económicos, lo que vemos todos los días.
Por eso, reconocer este tipo de violencia en nuestra legislación y ampliar la protección de los adultos mayores, podría evitar el abuso de que son víctimas.
En el debate de la Comisión se valoró esta iniciativa en su mérito. Se estimó una medida de protección necesaria, en una materia que hasta ahora está desprotegida, aunque existen indicios de haber querido considerarse en otros proyectos de ley.
En el diario vivir se demuestra que este abuso o tipo de maltrato al adulto mayor no sólo viene de sus parientes más cercanos, sino también de quienes los tienen a su cuidado.
Otro punto que quedó claro en la Comisión, y en el que hubo un completo acuerdo, es en resguardar al adulto mayor de las maniobras inescrupulosas por ser vulnerable, pero no incapaz. Es decir, por una parte, lo protegemos del abuso y, por otra, le entregamos una herramienta necesaria para que el juez de familia pueda apreciar mejor el caso.
Por último, llamo a la honorable Cámara a dar su aprobación a este noble proyecto que va en la línea que necesitamos para proteger de la mejor forma posible a nuestros adultos mayores.
Finalizo, mis palabras con la cita que hicieran al respecto los ministros Segura y Ballesteros de la Corte Suprema:
“Incorpora a la legislación nacional el maltrato patrimonial en contra de los adultos mayores y consagra un derecho a favor de aquellos que eventualmente pudieren verse afectados en sus intereses patrimoniales, reforzando el derecho a defensa que consagra el ordenamiento jurídico.”
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Harboe.
El señor HARBOE.- Señor Presidente , en primer lugar, doy la bienvenida a jóvenes del Partido por la Democracia que nos acompañan en las tribunas.
En segundo lugar, felicito a la mocionante, la diputada Marcela Sabat , por este importante proyecto de ley.
Vivimos en una sociedad de inseguridades, en la que, en general, los ciudadanos ven con temor el desarrollo de sus vidas cotidianas. En algunos casos, la inseguridad asociada al delito tiene su correlato en la seguridad ciudadana, y en otros, la inseguridad laboral, que es el miedo a perder el empleo, en la inestabilidad laboral, en la imposibilidad de proveer los recursos para sacar adelante a la familia. También está el miedo a la vejez, que se traduce en la necesidad de implementar cada día más profundas medidas de seguridad social.
Los profesores de derecho siempre enseñan que la vejez es un plazo, un hecho futuro y cierto, es decir, llegará. Por lo tanto, es deber del legislador adoptar una política pública destinada a que, cuando las vulnerabilidades se incrementen por razones naturales, el sistema provea de los mecanismos o herramientas para darles mayor tranquilidad y seguridad, que disminuye el temor inherente que todos tenemos de llegar a una determinada edad sin poder solventar nuestros gastos y también ser vulnerados en sus derechos.
Sobre esta materia, ha habido avances importantes, como la ley Nº 20.427, que fue promulgada el 18 de marzo del 2010. Durante la discusión de la iniciativa en el Parlamento, se incorporaron a los adultos mayores como sujetos vulnerables en la ley de violencia intrafamiliar. Una omisión en el texto de la citada ley que, en la práctica, los excluyó. Por lo tanto, no quedaron amparados por el conjunto de derechos.
No cabe duda de que la eliminación del descuento del 7 por ciento constituye un avance importante, toda vez que, en la práctica, por un lado, elimina un descuento y, por otro, aumenta su capacidad económica, la que todavía es insuficiente. En todo caso, es un aporte a sus ingresos.
El proyecto va en el sentido correcto, ya que tenemos cerca de 3,2 millones de adultos mayores. Para decirlo de otra forma, 13 de cada 100 chilenos son mayores de 60 años.
Por lo tanto, debemos mejorar nuestra legislación, a fin de protegerlos en sus derechos, ya que por razones naturales van perdiendo sus facultades.
En tal sentido, el proyecto permite que cuando un adulto mayor, pudiera verse afectado patrimonialmente, el juez de familia designe un abogado -distinto de quien lo represente en un juicio- de la Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica.
El sentido del proyecto, entonces, es dar mayor protección a los adultos mayores. En la comuna de Santiago, que represento, más de un 40 por ciento de la población supera los 60 años.
Como muchas veces los adultos mayores son propietarios de viviendas, personas inescrupulosas realizan acciones de posesión o de dominio destinadas a despojarlos de sus bienes. Asimismo, aparecen quienes, declarando un interés altruista, se ofrecen para defender sus derechos en juicios, cuando en realidad lo que persiguen es consolidar el abuso.
El proyecto de ley va a permitir que, cuando el juez de la causa, por motivos fundados, estime que los intereses patrimoniales del adulto mayor puedan verse afectados, repito, se podrá designar a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución que preste asistencia jurídica.
En este tipo de proyectos, uno dice: “Bueno, aquí el Estado tiene un rol.”. Probablemente, algunos podrán decir: “Mire, es mejor licitar los abogados.”.
Sin embargo, el rol del Estado, en este caso, es darle protección a los más vulnerables.
El proyecto reivindica el rol del Estado como protector de este grupo vulnerable de la población, al establecer medidas en su directo beneficio.
Por último, anuncio que la bancada del Partido por la Democracia va a aprobar con entusiasmo el proyecto de ley.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Giovanni Calderón.
El señor CALDERÓN.- Señor Presidente, quiero aludir a la importancia del proyecto que, a pesar de su brevedad, reviste gran trascendencia para la vida cotidiana de los adultos mayores, quienes muchas veces se encuentran desvalidos.
En mi distrito, comparto diariamente con ellos, y la legislación, hasta ahora, no ha logrado llenar este vacío inexplicable sobre violencia económica.
Un adulto mayor, cuando no tiene la posibilidad de hacer valer sus derechos ante los tribunales, muchas veces es engañado en el proceso, lo que implica un tremendo detrimento patrimonial.
Felicito a la autora del proyecto, la diputada señora Marcela Sabat ; a los diputados de Renovación Nacional que lo patrocinaron, y al presidente de la Comisión Especial del Adulto Mayor , diputado señor David Sandoval , quien formó parte de los mocionantes, porque, con su medida, ponen fin a un vacío inexplicable en nuestra legislación, pese a las numerosas modificaciones a la legislación sobre familia que tiende a proteger a los más desvalidos.
Tan desvalidos como los menores de edad, a quienes hemos prestado toda nuestra atención, son los adultos mayores, que muchas veces quedan en situación de abandono.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada señora Carolina Goic.
La señora GOIC (doña Carolina).- Señor Presidente , también felicito a la diputada Marcela Sabat y a los diputados y diputadas que la acompañaron en esta iniciativa, porque nos permite avanzar en el perfeccionamiento de nuestra legislación.
Como lo han señalado quienes me han antecedido en el uso de la palabra, durante la legislatura anterior abordamos el maltrato intrafamiliar e incluimos a los adultos mayores.
Además, quiero recordar que fueron cuatro las mociones refundidas que dieron origen a la ley Nº 20.427.
En ese momento se hablaba de incluir en la ley el tema del abuso patrimonial. Era una preocupación transversal en el Congreso Nacional. Avanzamos en eliminar la excusa legal absolutoria del artículo 489 del Código Penal, que establece que están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil por los hurtos, defraudaciones o daños que recíprocamente se causaren los padres, los hijos y los cónyuges de la persona a cargo, en este caso, del adulto mayor.
Antes de las modificaciones, estaban exentos de responsabilidad criminal; sólo tenían responsabilidad civil.
La vía fue avanzar en reconocer que ellos también tenían responsabilidad criminal. Por lo tanto, se trataba de un delito, y se podía perseguir. Así, protegíamos a los adultos mayores de situaciones que desgraciadamente todos conocemos.
Cuando un adulto mayor ya no entiende mucho, lo hacen firmar y luego se adueñan de su pensión y de sus propiedades.
El proyecto, entonces, protege de mejor manera a los adultos mayores que siguen sufriendo el flagelo de la violencia patrimonial.
Reitero, necesitamos avanzar, a fin de amparar a quienes están en condiciones más vulnerables, como lo hemos hecho al reconocer como forma de violencia el abandono, que antes tampoco estaba contemplado, y que la ley Nº 20.427, establece, además de la posibilidad de decretar medidas cautelares.
Espero que el proyecto continúe con celeridad su tramitación en el Senado, a fin de que se convierta pronto en ley de la República.
La iniciativa nos impone desafíos, como fue incorporar a los adultos mayores en la ley de violencia intrafamiliar. Debemos preocuparnos sobre cómo difundir estos instrumentos para que efectivamente personas cercanas a los adultos mayores denuncien situaciones de violencia, y también cómo debemos fortalecer la institucionalidad pública encargada de ellos.
Las coordinadoras regionales del Servicio Nacional del Adulto Mayor no dan abasto, en muchos casos los adultos mayores vulnerados en sus derechos no puedan ser acompañados, de manera que se hace necesario el nombramiento de un abogado para que asuma su representación, tal como lo hace el Sename en los casos de vulneración de los derechos de los menores.
Hay otras materias que debemos abordar a fin de seguir dando pasos para proteger a nuestros adultos mayores. Es de esperar que el proyecto de Ley de Presupuestos, que discutiremos prontamente en el Congreso Nacional, contemple los recursos necesarios para reforzar la labor que debe efectuar el servicio correspondiente, con el objeto de que las normas legales en las que estamos avanzando puedan llegar a ser instrumentos más eficaces para su protección.
He dicho.
El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.
El señor SILVA .- Señor Presidente , junto con felicitar a la autora de la moción, la diputada señora Marcela Sabat , así como a los diputados adherentes a la iniciativa, quiero señalar, en mi calidad de integrante de la Comisión Especial del Adulto Mayor, que me parece que este es un buen proyecto, el cual fue perfeccionado en la discusión llevada a cabo en esa instancia.
Quiero hacer tres comentarios.
En primer lugar, es importante avanzar en medidas de protección para los adultos mayores en aquellos ámbitos en los que ellos las necesitan, no en cualquiera, y creo que este es uno de ellos.
En segundo término, es importante que nos preguntemos qué queremos hacia el futuro: dar más autonomía y promover más el funcionamiento propio de los adultos mayores, lo cual constituye mi visión de lo que debemos tratar de fortalecer, o restringir sus grados de funcionamiento.
Invito a los colegas a que revisen el informe de la Comisión, pues en ella se debatió que no se debía radicar esta norma en materias de capacidad, porque lo que se busca no es que se considere a los adultos mayores incapaces, sino que cuenten con una medida de resguardo ante situaciones de violencia patrimonial.
En ese sentido, el proyecto recoge adecuadamente tal preocupación y, al mismo tiempo, resguarda los grados de libertad de los adultos mayores, muchos de ellos pueden funcionar autónomamente y ejercer sus derechos en plenitud, como nos gustaría que lo pudieran hacer por mucho más tiempo.
En tercer lugar, deseo señalar que me genera inquietud el rol que se da a la Corporación de Asistencia Judicial, aspecto que deberemos dimensionar con el transcurso del tiempo, en la medida en que vayamos legislando, porque la estamos dotando de más atribuciones y competencias, lo que también puede significar mayor carga para ese organismo, de manera que no vaya ser cosa que, en la práctica, lo que terminemos por hacer sea instalar más deberes para los organismos públicos y eso impida resguardar adecuadamente los derechos de los adultos mayores, a quienes queremos proteger.
Por último, junto con reiterar mis felicitaciones a los autores del proyecto y a los miembros de la Comisión que tuvo a cargo su tramitación, anuncio que votaré favorablemente la iniciativa.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.
El señor AUTH.- Señor Presidente , en la misma línea de lo planteado por el colega Ernesto Silva , si uno observa evolutivamente lo que ha ocurrido con la población, en verdad debe reconocer y destacar que cada vez no sólo hay más adultos mayores, sino que cada vez hay más adultos mayores en condiciones de vivir su vida en condiciones de dignidad, autonomía y libertad. Hemos avanzado desde el punto de vista de la protección social, particularmente con la reforma previsional y con la eliminación de la cotización del 7 por ciento en salud para los jubilados, lo que dará a cientos de miles de personas derecho a contar con sus propios recursos para desarrollar una vida autónoma.
Este proyecto viene a suplir un vacío evidente, puesto que la ley N° 20.427, que modificó la ley de Violencia Intrafamiliar y otros cuerpos legales para incluir el maltrato del adulto mayor en la legislación nacional, sólo establecía como abuso la expulsión del hogar, la limitación para desplazarse dentro de éste y la relegación dentro del hogar a un lugar secundario, ejercido por alguien que haya tenido o que tuviera la calidad de cónyuge o pariente en relación directa o colateral, hasta el tercer grado de consanguinidad. Sin embargo, no contemplaba el abuso patrimonial, lo que constituye un aporte que debe ser reconocido a la diputada autora de esta moción, porque efectivamente viene a resolver un déficit legal importante.
En la línea de lo planteado por quien me precedió en el uso de la palabra, se debe establecer, con mucha claridad, la frontera, el límite, entre la protección de un sujeto vulnerable y la restricción o violación del derecho a ejercer su libertad y su autonomía de decisión, de modo que es muy importante que en la iniciativa se haya establecido que eso sólo se podrá hacer por razones fundadas. Es decir, un juez no podrá por simple arbitrio nombrar un representante legal o quitar el derecho a un adulto mayor para representarse a sí mismo, sino que lo deberá hacer sobre la base de su vulnerabilidad, definida por la insuficiencia para poder manejarse y decidir ante sí sin el riesgo evidente de ser abusado. De otra manera estaríamos retrocediendo, yendo en el sentido contrario de lo que hemos avanzado como sociedad en relación con el reconocimiento para los adultos mayores de su droit de cité o derecho de ciudadanía.
Hasta hace algunas décadas, llegar a la condición de adulto mayor era despedirse de la vida. Hoy, llegar a la condición de adultos mayores para muchos es el comienzo de una nueva vida, lo cual, naturalmente, va aparejado del respeto a la autonomía y a la libertad que tienen para decidir.
En consecuencia, votaremos favorablemente este proyecto, pero quiero destacar la necesidad que existe de establecer, con nitidez, la frontera entre la necesaria protección del adulto mayor vulnerable y el respeto al ejercicio de su libertad y autonomía, del que desde hace muchos años es sujeto a parte entera, como cualquier ciudadano del país.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Aún se encuentran inscritos para hacer uso de la palabra los diputados señores Meza y Sandoval. Para alcanzar a votar, propongo entregar 3 minutos a cada uno para que intervengan.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado Meza.
El señor MEZA.- Señor Presidente , respecto del proyecto de ley que tiene como autora a la diputada señorita Sabat , el cual establece normas especiales para la representación en juicio de la persona adulto mayor, quiero señalar que en Chile hay más de 3 millones de adultos mayores, cifra que va a ir aumentando, porque nuestra sociedad envejece a paso acelerado. Todo lo que hemos hecho hasta ahora para mejorar y proteger la vida de los adultos mayores se hace cada vez más insuficiente.
Esta iniciativa protege a los adultos mayores de la acción de los desaprensivos, inescrupulosos y malintencionados que pretenden representarlos en juicio, de modo que viene a solucionar en parte esos abusos, los cuales son una forma de violencia intrafamiliar. De hecho, hemos visto, a lo largo y ancho de Chile, cómo muchos adultos mayores son víctimas de personas que se quedan con sus pensiones, que se quedan con sus viviendas, que se quedan con su patrimonio de una forma engañosa, con artimañas múltiples. Llegan hasta los juicios para representarlos y, finalmente, consiguen hacerse propietarios de sus bienes.
Desde luego, ahora, el juez de familia va a tener la potestad de designar, cuando fundadamente advierta que hay peligro de que el adulto mayor pierda su patrimonio en manos de alguno de sus familiares o representantes inescrupulosos, a un abogado de la Corporación de Asistencia Judicial para que, en forma absolutamente imparcial, pueda velar porque dicho patrimonio no sea mal usado.
Señor Presidente , la bancada del Partido Radical, íntegramente, va a aprobar este proyecto, porque, a fin de cuentas, cumple con la necesidad tremenda de proteger del maltrato económico o abuso patrimonial al adulto mayor chileno.
Por lo tanto, reitero mis felicitaciones a los autores del proyecto y confirmamos nuestro voto favorable al mismo.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para terminar, tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL.- Muchas gracias, Presidente.
Solamente quiero expresar mi profundo agradecimiento a la visión de la diputada Marcela Sabat y a quienes patrocinaron y apoyaron el proyecto que, como bien se ha señalado, genera un mecanismo de resguardo. Los adultos mayores nos dicen, regularmente, que no quieren iniciativas de carácter paternalista ni asistencialistas; pero, sin duda, cuando hay márgenes y riesgos evidentes surgen este tipo de iniciativas que apuntan en la dirección correcta -como expresaron algunos diputados, entre ellos, el diputado Harboe -, en cuanto a que el Estado tiene una responsabilidad subsidiaria en el sentido de establecer mecanismos que aseguren a los adultos mayores, o a las personas vulnerables, el debido resguardo de sus condiciones. En este sentido, en muchos reportajes de prensa hemos sido testigos de diversas circunstancias y situaciones muy complejas que han afectado a adultos mayores, y este proyecto de ley dispone su protección. No me cabe la menor duda de que esta Cámara, solidaria con los adultos mayores -setenta mil personas mayores de sesenta años se incorporan todos los años a este segmento en el país-, le va a prestar un respaldo mayoritario.
Agradezco, asimismo, la iniciativa de la diputada Sabat y el trabajo de la Comisión del Adulto Mayor. Este proyecto se constituye en el primero que aprueba dicha Comisión y, por lo tanto, el inicio de un proceso legislativo en pos de la defensa de los derechos, la protección y la verdadera inserción de los adultos mayores en nuestra comunidad.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Cerrado el debate.
En votación en general el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, estableciendo normas especiales para la representación en juicio de la persona adulto mayor.
Hago presente a la Sala que las normas de este proyecto son propias de ley simple o común, y que la Comisión informante recomienda aprobar la idea de legislar.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos en contra ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
El señor MELERO ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
"
- rdf:value = " NORMATIVA ESPECIAL SOBRE REPRESENTACIÓN EN JUICIO DEL ADULTO MAYOR EN TRIBUNALES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor
MELERO
( Presidente ).- Corresponde ocuparse del proyecto, iniciado en moción, que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, estableciendo normas especiales para la representación en juicio de la persona adulto mayor, cuyo informe se encuentra rendido y está pendiente su discusión.
Antecedentes:
-La discusión del proyecto de ley contenido en el boletín Nº 7507-18, se inició en la sesión 74ª, en 18 de enero de 20011, de la legislatura 359ª.
El señor MELERO (Presidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor
OJEDA
.- Señor Presidente , la iniciativa propone normas para la representación en juicio de los adultos mayores, quienes han constituido constante preocupación de la Cámara de Diputados. Así lo demuestra que en la Corporación exista una Comisión Especial del Adulto Mayor, que preside mi colega y amigo David Sandoval .
Lo que se plantea es simple pero de profunda significación, por cuanto se trata de dar mayor protección a los adultos mayores.
En la actualidad, un 15 por ciento de la población la constituyen los adultos mayores, con una cifra aproximada de 2 millones 500 mil personas; se espera que de aquí a diez años esa cifra supere los 3 millones, de manera que se trata de un grupo etario importante, que cada día aumenta y adquiere mayor connotación.
Mientras no se adopte una política de Estado, estructural o una especie de estatuto del adulto mayor, debemos ir solucionando los problemas coyunturales que se vayan presentando, porque son importantes.
El proyecto tuvo su origen en moción de la diputada señorita Marcela Sabat , con la adhesión de otros diputados.
Su idea matriz esencial es otorgar una medida de protección a los adultos mayores, a través de la judicatura de la familia, con el propósito de evitar que sean objeto de maltrato económico o de abuso patrimonial.
El proyecto apunta exclusivamente a la protección del patrimonio de los adultos mayores, quienes, en determinadas circunstancias, adolecen de defensa o protección; a veces viven solos, son pequeños propietarios y en esa circunstancia sus bienes raíces u otras posesiones corren ciertos riesgos, no siempre por la actuación de extraños, sino que de sus más cercanos, familiares.
En virtud de ello, es muy positivo que se modifique la ley de violencia intrafamiliar, como también la de los tribunales de familia, en el sentido de que el juez dé toda su protección a los adultos mayores cuando sus intereses patrimoniales pudieren verse afectados.
Además, el juez podrá designarla a un adulto mayor un abogado de la Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica cuando estime que los intereses patrimoniales de un adulto mayor pudieren verse perjudicados en los términos que señala la ley sobre violencia intrafamiliar, es decir, en situación de riesgo inminente si un adulto mayor, dueño o poseedor, a cualquier título de un inmueble que ocupa para residir, sea expulsado de él, relegado a sectores secundarios o se restrinja o limite su desplazamiento al interior de ese bien raíz.
La iniciativa da una real protección o resguardo a los adultos mayores. En la Comisión Especial del Adulto Mayor hemos visto con preocupación que carecen de elementos que les permitan defenderse por sí solos, o sea las personas de edad avanzada, son indefensas, vulnerables, están en situación de riesgo, y pueden ser objeto de abusos, de despojos, en fin.
Hay que tener presente que los adultos mayores se pueden ver afectados en materia previsional. Hemos visto lo sucedido con las cajas de compensación y se ha comprobado que les han arrebatado una serie de derechos a través del tiempo.
Felicito a la diputada Marcela Sabat y a los otros diputados que adhirieron al proyecto, porque es absolutamente justificable.
Votaré a favor del proyecto, por el compromiso, por la consecuencia, por la visión que tengo respecto de la necesidad de fortalecer cada vez más la estructura jurídica de protección de los adultos mayores, grupo etario que aumenta cada día y entre ellos hay sectores muy numerosos que son vulnerables y por eso hay que protegerlos como corresponde.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia.
El señor
URRUTIA
.- Señor Presidente , en primer lugar, felicito a la diputada Marcela Sabat , autora de la iniciativa que, no me cabe duda, será aprobada por unanimidad, ya que aborda un problema que afecta a mucha gente.
A menudo, luego de fallecer un adulto mayor su sucesión se encuentra con que la mayor parte de la herencia está a nombre de uno solo. No saben qué ocurrió. Efectivamente, un familiar cometió un engaño e hizo firmar documentos al padre o a la madre. Con ello, termina siendo prácticamente único heredero, en perjuicio del resto de los hermanos.
Muchas veces hemos sabido que familiares cercanos también engañan a los adultos mayores, les piden poderes de distinta naturaleza para traspasarse sus bienes. Incluso, algunos ni siquiera son familiares. Recordemos los reportajes que se han exhibido por televisión; incluso, ejecutivos de cuentas de bancos han usado y abusado de su confianza.
Por lo tanto, me parece muy bien regular esta situación, a fin de que en el futuro suceda lo menos posible este abuso cada vez más frecuente, debido a que cada día hay gente más viva en nuestro país.
Esto pasa porque con los años el adulto mayor va perdiendo la memoria y sus capacidades generales. Eso es lamentable, porque todos llegaremos a ser viejos algún día, y si hay algo que no queremos por motivo alguno, es que se abuse de nosotros.
Lo importante es que la gente que llega a esa etapa pueda ser ayudada mediante una ley que la proteja de los abusos no solo de los parientes, sino también de quienes no lo son. En los fundamentos de la moción se habla mucho de los parientes, pero no son los únicos abusadores.
Estoy muy contento de apoyar esta moción y de ver a una diputada trabajólica que se la juega por ayudar al adulto mayor.
Vayan mis sinceras felicitaciones para ella y para el resto de los autores de esta iniciativa.
He dicho.
El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor
JARAMILLO
.- Señor Presidente , quienes ya hemos vivido varias décadas, podemos decir con certeza que hace 15 ó 20 años ni siquiera se pensaba en legislar para los adultos mayores.
Estudios recientes nos dan una base importantísima de lo que debe ser preocupación de todos los chilenos. Me refiero a la moción que estamos discutiendo, cuyos autores ninguno alcanza la edad privilegiada de los adultos mayores.
Por eso, se han venido realizando constantes mejoras en la institucionalidad, como la creación del Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), y de diferentes programas para facilitar la integración de este grupo etario a la vida nacional, y no mantenerlo aislado de su quehacer cotidiano.
Quien habla, constantemente, está dando a conocer las responsabilidades que todavía les caben a los adultos mayores, porque antes la costumbre era que permanecieran en el anonimato, rescatando sólo el cariño de los nietos. La sociedad tampoco hacía nada por integrarlos.
Por eso, este proyecto plantea la protección de los adultos mayores, en consideración a que muchos son objeto de abusos o aprovechamientos por personas cercanas o por las que, eventualmente, deberían cuidarlos.
Se busca evitar que un sujeto con intereses independientes o contradictorios represente al adulto mayor cuando, a juicio del juez de familia, existan motivos graves para presumir que la persona representada puede ser objeto de un abuso patrimonial.
En este caso específico, la Comisión decidió incluir la figura dentro de la situación de riesgo.
No sé si la situación de riesgo que contempla el artículo 7° de la ley N° 20.066, sobre violencia intrafamiliar, fue prevista por los autores, toda vez que el maltrato a la persona mayor fue incorporado en la ley N° 20.427, específicamente al encontrarse en situación de riesgo inminente. Ese detalle provoca la modificación de la ley N° 19.968, que creó los tribunales de familia.
Me parece que estamos en el camino correcto. Hoy, los adultos mayores pueden sentirse relativamente seguros, porque ya hay una preocupación interesante de la sociedad chilena por ellos, los que deberían haber sido dignificados mucho antes.
Por eso, cuando el juez de familia encuentre motivos fundados para presumir que la persona representada puede ser objeto de abuso patrimonial, podrá designar a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica.
De esta manera, el proyecto pretende dar mayor protección al adulto mayor, a fin de evitar que personas inescrupulosas puedan poner sus intereses personales por sobre los de él, y que, eventualmente, podría salir perjudicado ante una determinada decisión judicial.
A mi juicio, la iniciativa no merece mayores reparos. Habrá que apoyarla masivamente, por el bien de este grupo etario que, como lo expresé al principio de mi intervención, aumenta cada vez más.
El proyecto modifica el inciso tercero del artículo 7° de la ley N° 20.066, e intercala el artículo 19 bis a la ley N° 19.968.
Esos son los componentes de esta importante e interesante iniciativa que llegó a buen término; respecto de la cual en algún minuto el Presidente de la Comisión Especial del Adulto Mayor -Comisión que, felizmente ha pasado a tener un gran efecto- pidió mi opinión.
Por lo tanto, vaya mi consideración a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor, porque la modificación propuesta, mejorada en su tramitación, nos hace pensar que las cosas se están haciendo bien en lo que se refiere a este grupo que día a día crece y merece la preocupación de todos.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor
Fuad Chahín
.
El señor
CHAHÍN
.- Señor Presidente , quiero felicitar a la diputada Marcela Sabat , autora del proyecto, junto a los demás adherentes, como también a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor.
Me parece que la iniciativa va en la línea correcta, porque, muchas veces, los adultos mayores son objeto de abusos, incluso de sus familiares más cercanos, quienes se aprovechan de su situación de vulnerabilidad o de sus dificultades cognitivas o comprensivas, para lograr la firma de documentos o poderes que, a veces, se usan para cometer actos lesivos.
Los adultos mayores no sólo sufren de abuso o maltrato físico y psicológico, sino también patrimonial, hecho que ocurre en forma bastante habitual.
El proyecto amplía las facultades de cautela de las garantías del adulto mayor del juez de familia, cuando existan fundados motivos de que pudiera verse afectado en sus intereses patrimoniales. El magistrado podrá designar a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica.
Me parece importante, porque es una manera de evitar que se vulneren los derechos del adulto mayor en un procedimiento judicial, como habitualmente ocurre.
Por lo tanto, al otorgarle esta facultad extraordinaria al juez de familia, lo que estamos haciendo es ampliar el ámbito de garantías y de protección de los adultos mayores, a fin de que puedan tener una asesoría o representación independiente y letrada, como corresponde, y así, proteger sus intereses económicos cuando exista riesgo de vulneración.
Por las razones expuestas, la bancada de la Democracia Cristiana votará a favor del proyecto, por cuanto resuelve un problema práctico que, además de ser bastante habitual en nuestra sociedad, afecta a muchos adultos mayores que han logrado tener algún patrimonio para su vejez.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada
Marcela Sabat
.
La señora
SABAT (doña Marcela)
.- Señor Presidente , agradezco las felicitaciones por esta iniciativa y también el apoyo transversal que he recibido de los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, sobre todo a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor, por el trabajo que hemos alcanzado a consensuar durante los últimos meses.
Nuestro país ha tenido un aumento bastante acelerado de la población adulta, como hemos indicado en iniciativas anteriores. Tanto es así que en la próxima década alcanzaremos los 3.2 millones de adultos mayores, lo que implica un aumento del 45 por ciento de ese grupo de la población.
La idea matriz del proyecto apunta a que el Estado entregue una medida más de protección -muy simple- a los adultos mayores: que la judicatura de la familia, nombre a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o de alguna institución público privada que preste asistencia jurídica.
La ley sobre violencia intrafamiliar no considera el concepto de violencia patrimonial, razón por la cual no podría alegarse, sea o no adulto mayor la víctima.
Este maltrato patrimonial se verifica generalmente en perjuicio de los adultos mayores, por el uso no autorizado de sus recursos económicos, lo que vemos todos los días.
Por eso, reconocer este tipo de violencia en nuestra legislación y ampliar la protección de los adultos mayores, podría evitar el abuso de que son víctimas.
En el debate de la Comisión se valoró esta iniciativa en su mérito. Se estimó una medida de protección necesaria, en una materia que hasta ahora está desprotegida, aunque existen indicios de haber querido considerarse en otros proyectos de ley.
En el diario vivir se demuestra que este abuso o tipo de maltrato al adulto mayor no sólo viene de sus parientes más cercanos, sino también de quienes los tienen a su cuidado.
Otro punto que quedó claro en la Comisión, y en el que hubo un completo acuerdo, es en resguardar al adulto mayor de las maniobras inescrupulosas por ser vulnerable, pero no incapaz. Es decir, por una parte, lo protegemos del abuso y, por otra, le entregamos una herramienta necesaria para que el juez de familia pueda apreciar mejor el caso.
Por último, llamo a la honorable Cámara a dar su aprobación a este noble proyecto que va en la línea que necesitamos para proteger de la mejor forma posible a nuestros adultos mayores.
Finalizo, mis palabras con la cita que hicieran al respecto los ministros Segura y Ballesteros de la Corte Suprema:
“Incorpora a la legislación nacional el maltrato patrimonial en contra de los adultos mayores y consagra un derecho a favor de aquellos que eventualmente pudieren verse afectados en sus intereses patrimoniales, reforzando el derecho a defensa que consagra el ordenamiento jurídico.”
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor
Felipe Harboe
.
El señor
HARBOE
.- Señor Presidente , en primer lugar, doy la bienvenida a jóvenes del Partido por la Democracia que nos acompañan en las tribunas.
En segundo lugar, felicito a la mocionante, la diputada Marcela Sabat , por este importante proyecto de ley.
Vivimos en una sociedad de inseguridades, en la que, en general, los ciudadanos ven con temor el desarrollo de sus vidas cotidianas. En algunos casos, la inseguridad asociada al delito tiene su correlato en la seguridad ciudadana, y en otros, la inseguridad laboral, que es el miedo a perder el empleo, en la inestabilidad laboral, en la imposibilidad de proveer los recursos para sacar adelante a la familia. También está el miedo a la vejez, que se traduce en la necesidad de implementar cada día más profundas medidas de seguridad social.
Los profesores de derecho siempre enseñan que la vejez es un plazo, un hecho futuro y cierto, es decir, llegará. Por lo tanto, es deber del legislador adoptar una política pública destinada a que, cuando las vulnerabilidades se incrementen por razones naturales, el sistema provea de los mecanismos o herramientas para darles mayor tranquilidad y seguridad, que disminuye el temor inherente que todos tenemos de llegar a una determinada edad sin poder solventar nuestros gastos y también ser vulnerados en sus derechos.
Sobre esta materia, ha habido avances importantes, como la ley Nº 20.427, que fue promulgada el 18 de marzo del 2010. Durante la discusión de la iniciativa en el Parlamento, se incorporaron a los adultos mayores como sujetos vulnerables en la ley de violencia intrafamiliar. Una omisión en el texto de la citada ley que, en la práctica, los excluyó. Por lo tanto, no quedaron amparados por el conjunto de derechos.
No cabe duda de que la eliminación del descuento del 7 por ciento constituye un avance importante, toda vez que, en la práctica, por un lado, elimina un descuento y, por otro, aumenta su capacidad económica, la que todavía es insuficiente. En todo caso, es un aporte a sus ingresos.
El proyecto va en el sentido correcto, ya que tenemos cerca de 3,2 millones de adultos mayores. Para decirlo de otra forma, 13 de cada 100 chilenos son mayores de 60 años.
Por lo tanto, debemos mejorar nuestra legislación, a fin de protegerlos en sus derechos, ya que por razones naturales van perdiendo sus facultades.
En tal sentido, el proyecto permite que cuando un adulto mayor, pudiera verse afectado patrimonialmente, el juez de familia designe un abogado -distinto de quien lo represente en un juicio- de la Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución pública o privada que preste asistencia jurídica.
El sentido del proyecto, entonces, es dar mayor protección a los adultos mayores. En la comuna de Santiago, que represento, más de un 40 por ciento de la población supera los 60 años.
Como muchas veces los adultos mayores son propietarios de viviendas, personas inescrupulosas realizan acciones de posesión o de dominio destinadas a despojarlos de sus bienes. Asimismo, aparecen quienes, declarando un interés altruista, se ofrecen para defender sus derechos en juicios, cuando en realidad lo que persiguen es consolidar el abuso.
El proyecto de ley va a permitir que, cuando el juez de la causa, por motivos fundados, estime que los intereses patrimoniales del adulto mayor puedan verse afectados, repito, se podrá designar a un abogado de la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o de cualquier institución que preste asistencia jurídica.
En este tipo de proyectos, uno dice: “Bueno, aquí el Estado tiene un rol.”. Probablemente, algunos podrán decir: “Mire, es mejor licitar los abogados.”.
Sin embargo, el rol del Estado, en este caso, es darle protección a los más vulnerables.
El proyecto reivindica el rol del Estado como protector de este grupo vulnerable de la población, al establecer medidas en su directo beneficio.
Por último, anuncio que la bancada del Partido por la Democracia va a aprobar con entusiasmo el proyecto de ley.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor
Giovanni Calderón
.
El señor CALDERÓN.- Señor Presidente, quiero aludir a la importancia del proyecto que, a pesar de su brevedad, reviste gran trascendencia para la vida cotidiana de los adultos mayores, quienes muchas veces se encuentran desvalidos.
En mi distrito, comparto diariamente con ellos, y la legislación, hasta ahora, no ha logrado llenar este vacío inexplicable sobre violencia económica.
Un adulto mayor, cuando no tiene la posibilidad de hacer valer sus derechos ante los tribunales, muchas veces es engañado en el proceso, lo que implica un tremendo detrimento patrimonial.
Felicito a la autora del proyecto, la diputada señora Marcela Sabat ; a los diputados de Renovación Nacional que lo patrocinaron, y al presidente de la Comisión Especial del Adulto Mayor , diputado señor David Sandoval , quien formó parte de los mocionantes, porque, con su medida, ponen fin a un vacío inexplicable en nuestra legislación, pese a las numerosas modificaciones a la legislación sobre familia que tiende a proteger a los más desvalidos.
Tan desvalidos como los menores de edad, a quienes hemos prestado toda nuestra atención, son los adultos mayores, que muchas veces quedan en situación de abandono.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada señora
Carolina Goic
.
La señora
GOIC (doña Carolina)
.- Señor Presidente , también felicito a la diputada Marcela Sabat y a los diputados y diputadas que la acompañaron en esta iniciativa, porque nos permite avanzar en el perfeccionamiento de nuestra legislación.
Como lo han señalado quienes me han antecedido en el uso de la palabra, durante la legislatura anterior abordamos el maltrato intrafamiliar e incluimos a los adultos mayores.
Además, quiero recordar que fueron cuatro las mociones refundidas que dieron origen a la ley Nº 20.427.
En ese momento se hablaba de incluir en la ley el tema del abuso patrimonial. Era una preocupación transversal en el Congreso Nacional. Avanzamos en eliminar la excusa legal absolutoria del artículo 489 del Código Penal, que establece que están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil por los hurtos, defraudaciones o daños que recíprocamente se causaren los padres, los hijos y los cónyuges de la persona a cargo, en este caso, del adulto mayor.
Antes de las modificaciones, estaban exentos de responsabilidad criminal; sólo tenían responsabilidad civil.
La vía fue avanzar en reconocer que ellos también tenían responsabilidad criminal. Por lo tanto, se trataba de un delito, y se podía perseguir. Así, protegíamos a los adultos mayores de situaciones que desgraciadamente todos conocemos.
Cuando un adulto mayor ya no entiende mucho, lo hacen firmar y luego se adueñan de su pensión y de sus propiedades.
El proyecto, entonces, protege de mejor manera a los adultos mayores que siguen sufriendo el flagelo de la violencia patrimonial.
Reitero, necesitamos avanzar, a fin de amparar a quienes están en condiciones más vulnerables, como lo hemos hecho al reconocer como forma de violencia el abandono, que antes tampoco estaba contemplado, y que la ley Nº 20.427, establece, además de la posibilidad de decretar medidas cautelares.
Espero que el proyecto continúe con celeridad su tramitación en el Senado, a fin de que se convierta pronto en ley de la República.
La iniciativa nos impone desafíos, como fue incorporar a los adultos mayores en la ley de violencia intrafamiliar. Debemos preocuparnos sobre cómo difundir estos instrumentos para que efectivamente personas cercanas a los adultos mayores denuncien situaciones de violencia, y también cómo debemos fortalecer la institucionalidad pública encargada de ellos.
Las coordinadoras regionales del Servicio Nacional del Adulto Mayor no dan abasto, en muchos casos los adultos mayores vulnerados en sus derechos no puedan ser acompañados, de manera que se hace necesario el nombramiento de un abogado para que asuma su representación, tal como lo hace el Sename en los casos de vulneración de los derechos de los menores.
Hay otras materias que debemos abordar a fin de seguir dando pasos para proteger a nuestros adultos mayores. Es de esperar que el proyecto de Ley de Presupuestos, que discutiremos prontamente en el Congreso Nacional, contemple los recursos necesarios para reforzar la labor que debe efectuar el servicio correspondiente, con el objeto de que las normas legales en las que estamos avanzando puedan llegar a ser instrumentos más eficaces para su protección.
He dicho.
El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.
El señor SILVA .- Señor Presidente , junto con felicitar a la autora de la moción, la diputada señora Marcela Sabat , así como a los diputados adherentes a la iniciativa, quiero señalar, en mi calidad de integrante de la Comisión Especial del Adulto Mayor, que me parece que este es un buen proyecto, el cual fue perfeccionado en la discusión llevada a cabo en esa instancia.
Quiero hacer tres comentarios.
En primer lugar, es importante avanzar en medidas de protección para los adultos mayores en aquellos ámbitos en los que ellos las necesitan, no en cualquiera, y creo que este es uno de ellos.
En segundo término, es importante que nos preguntemos qué queremos hacia el futuro: dar más autonomía y promover más el funcionamiento propio de los adultos mayores, lo cual constituye mi visión de lo que debemos tratar de fortalecer, o restringir sus grados de funcionamiento.
Invito a los colegas a que revisen el informe de la Comisión, pues en ella se debatió que no se debía radicar esta norma en materias de capacidad, porque lo que se busca no es que se considere a los adultos mayores incapaces, sino que cuenten con una medida de resguardo ante situaciones de violencia patrimonial.
En ese sentido, el proyecto recoge adecuadamente tal preocupación y, al mismo tiempo, resguarda los grados de libertad de los adultos mayores, muchos de ellos pueden funcionar autónomamente y ejercer sus derechos en plenitud, como nos gustaría que lo pudieran hacer por mucho más tiempo.
En tercer lugar, deseo señalar que me genera inquietud el rol que se da a la Corporación de Asistencia Judicial, aspecto que deberemos dimensionar con el transcurso del tiempo, en la medida en que vayamos legislando, porque la estamos dotando de más atribuciones y competencias, lo que también puede significar mayor carga para ese organismo, de manera que no vaya ser cosa que, en la práctica, lo que terminemos por hacer sea instalar más deberes para los organismos públicos y eso impida resguardar adecuadamente los derechos de los adultos mayores, a quienes queremos proteger.
Por último, junto con reiterar mis felicitaciones a los autores del proyecto y a los miembros de la Comisión que tuvo a cargo su tramitación, anuncio que votaré favorablemente la iniciativa.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.
El señor
AUTH
.- Señor Presidente , en la misma línea de lo planteado por el colega Ernesto Silva , si uno observa evolutivamente lo que ha ocurrido con la población, en verdad debe reconocer y destacar que cada vez no sólo hay más adultos mayores, sino que cada vez hay más adultos mayores en condiciones de vivir su vida en condiciones de dignidad, autonomía y libertad. Hemos avanzado desde el punto de vista de la protección social, particularmente con la reforma previsional y con la eliminación de la cotización del 7 por ciento en salud para los jubilados, lo que dará a cientos de miles de personas derecho a contar con sus propios recursos para desarrollar una vida autónoma.
Este proyecto viene a suplir un vacío evidente, puesto que la ley N° 20.427, que modificó la ley de Violencia Intrafamiliar y otros cuerpos legales para incluir el maltrato del adulto mayor en la legislación nacional, sólo establecía como abuso la expulsión del hogar, la limitación para desplazarse dentro de éste y la relegación dentro del hogar a un lugar secundario, ejercido por alguien que haya tenido o que tuviera la calidad de cónyuge o pariente en relación directa o colateral, hasta el tercer grado de consanguinidad. Sin embargo, no contemplaba el abuso patrimonial, lo que constituye un aporte que debe ser reconocido a la diputada autora de esta moción, porque efectivamente viene a resolver un déficit legal importante.
En la línea de lo planteado por quien me precedió en el uso de la palabra, se debe establecer, con mucha claridad, la frontera, el límite, entre la protección de un sujeto vulnerable y la restricción o violación del derecho a ejercer su libertad y su autonomía de decisión, de modo que es muy importante que en la iniciativa se haya establecido que eso sólo se podrá hacer por razones fundadas. Es decir, un juez no podrá por simple arbitrio nombrar un representante legal o quitar el derecho a un adulto mayor para representarse a sí mismo, sino que lo deberá hacer sobre la base de su vulnerabilidad, definida por la insuficiencia para poder manejarse y decidir ante sí sin el riesgo evidente de ser abusado. De otra manera estaríamos retrocediendo, yendo en el sentido contrario de lo que hemos avanzado como sociedad en relación con el reconocimiento para los adultos mayores de su droit de cité o derecho de ciudadanía.
Hasta hace algunas décadas, llegar a la condición de adulto mayor era despedirse de la vida. Hoy, llegar a la condición de adultos mayores para muchos es el comienzo de una nueva vida, lo cual, naturalmente, va aparejado del respeto a la autonomía y a la libertad que tienen para decidir.
En consecuencia, votaremos favorablemente este proyecto, pero quiero destacar la necesidad que existe de establecer, con nitidez, la frontera entre la necesaria protección del adulto mayor vulnerable y el respeto al ejercicio de su libertad y autonomía, del que desde hace muchos años es sujeto a parte entera, como cualquier ciudadano del país.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Aún se encuentran inscritos para hacer uso de la palabra los diputados señores Meza y Sandoval. Para alcanzar a votar, propongo entregar 3 minutos a cada uno para que intervengan.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado
Meza
.
El señor
MEZA
.- Señor Presidente , respecto del proyecto de ley que tiene como autora a la diputada señorita Sabat , el cual establece normas especiales para la representación en juicio de la persona adulto mayor, quiero señalar que en Chile hay más de 3 millones de adultos mayores, cifra que va a ir aumentando, porque nuestra sociedad envejece a paso acelerado. Todo lo que hemos hecho hasta ahora para mejorar y proteger la vida de los adultos mayores se hace cada vez más insuficiente.
Esta iniciativa protege a los adultos mayores de la acción de los desaprensivos, inescrupulosos y malintencionados que pretenden representarlos en juicio, de modo que viene a solucionar en parte esos abusos, los cuales son una forma de violencia intrafamiliar. De hecho, hemos visto, a lo largo y ancho de Chile, cómo muchos adultos mayores son víctimas de personas que se quedan con sus pensiones, que se quedan con sus viviendas, que se quedan con su patrimonio de una forma engañosa, con artimañas múltiples. Llegan hasta los juicios para representarlos y, finalmente, consiguen hacerse propietarios de sus bienes.
Desde luego, ahora, el juez de familia va a tener la potestad de designar, cuando fundadamente advierta que hay peligro de que el adulto mayor pierda su patrimonio en manos de alguno de sus familiares o representantes inescrupulosos, a un abogado de la Corporación de Asistencia Judicial para que, en forma absolutamente imparcial, pueda velar porque dicho patrimonio no sea mal usado.
Señor Presidente , la bancada del Partido Radical, íntegramente, va a aprobar este proyecto, porque, a fin de cuentas, cumple con la necesidad tremenda de proteger del maltrato económico o abuso patrimonial al adulto mayor chileno.
Por lo tanto, reitero mis felicitaciones a los autores del proyecto y confirmamos nuestro voto favorable al mismo.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para terminar, tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL.- Muchas gracias, Presidente.
Solamente quiero expresar mi profundo agradecimiento a la visión de la diputada Marcela Sabat y a quienes patrocinaron y apoyaron el proyecto que, como bien se ha señalado, genera un mecanismo de resguardo. Los adultos mayores nos dicen, regularmente, que no quieren iniciativas de carácter paternalista ni asistencialistas; pero, sin duda, cuando hay márgenes y riesgos evidentes surgen este tipo de iniciativas que apuntan en la dirección correcta -como expresaron algunos diputados, entre ellos, el diputado Harboe -, en cuanto a que el Estado tiene una responsabilidad subsidiaria en el sentido de establecer mecanismos que aseguren a los adultos mayores, o a las personas vulnerables, el debido resguardo de sus condiciones. En este sentido, en muchos reportajes de prensa hemos sido testigos de diversas circunstancias y situaciones muy complejas que han afectado a adultos mayores, y este proyecto de ley dispone su protección. No me cabe la menor duda de que esta Cámara, solidaria con los adultos mayores -setenta mil personas mayores de sesenta años se incorporan todos los años a este segmento en el país-, le va a prestar un respaldo mayoritario.
Agradezco, asimismo, la iniciativa de la diputada Sabat y el trabajo de la Comisión del Adulto Mayor. Este proyecto se constituye en el primero que aprueba dicha Comisión y, por lo tanto, el inicio de un proceso legislativo en pos de la defensa de los derechos, la protección y la verdadera inserción de los adultos mayores en nuestra comunidad.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Cerrado el debate.
En votación en general el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, estableciendo normas especiales para la representación en juicio de la persona adulto mayor.
Hago presente a la Sala que las normas de este proyecto son propias de ley simple o común, y que la Comisión informante recomienda aprobar la idea de legislar.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos en contra ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique
;
Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo
;
Arenas Hödar Gonzalo
;
Auth Stewart Pepe
;
Baltolu Rasera Nino
;
Barros Montero Ramón
;
Bauer Jouanne Eugenio
;
Becker Alvear Germán
;
Bertolino Rendic Mario
;
Browne Urrejola Pedro
;
Calderón Bassi Giovanni
;
Campos Jara Cristián
;
Cardemil Herrera Alberto
;
Carmona Soto Lautaro
;
Castro González Juan Luis
;
Ceroni Fuentes Guillermo
;
De Urresti Longton Alfonso
;
Delmastro Naso Roberto
;
Díaz Díaz Marcelo
;
Edwards Silva José Manuel
;
Eluchans Urenda Edmundo
;
Espinosa Monardes Marcos
;
Espinoza Sandoval Fidel
;
Farías Ponce Ramón
;
García García René Manuel
;
Girardi Lavín Cristina
;
Goic Boroevic Carolina
;
González Torres Rodrigo
;
Gutiérrez Pino Romilio
;
Harboe Bascuñán Felipe
;
Hasbún Selume Gustavo
;
Hernández Hernández Javier
;
Hoffmann Opazo María José
;
Jaramillo Becker Enrique
;
Jarpa Wevar Carlos Abel
;
Jiménez Fuentes Tucapel
;
Kast Rist José Antonio
;
Latorre Carmona Juan Carlos
;
Lemus Aracena Luis
;
Lorenzini Basso Pablo
;
Macaya Danús Javier
;
Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag
;
Melero Abaroa Patricio
;
Meza Moncada Fernando
;
Monckeberg Bruner Cristián
;
Monsalve Benavides Manuel
;
Montes Cisternas Carlos
;
Morales Muñoz Celso
;
Moreira Barros Iván
;
Muñoz D’Albora Adriana
;
Norambuena Farías Iván
;
Ojeda Uribe Sergio
;
Ortiz Novoa José Miguel
;
Pérez Arriagada José
;
Pérez Lahsen Leopoldo
;
Recondo Lavanderos Carlos
;
Robles Pantoja Alberto
;
Rojas Molina Manuel
;
Rubilar Barahona Karla
;
Sabag Villalobos Jorge
;
Sabat Fernández Marcela
;
Saffirio Espinoza René
;
Salaberry Soto Felipe
;
Sandoval Plaza David
;
Santana Tirachini Alejandro
;
Sauerbaum Muñoz Frank
;
Silber Romo Gabriel
;
Silva Méndez Ernesto
;
Squella Ovalle Arturo
;
Tarud Daccarett Jorge
;
Torres Jeldes Víctor
;
Turres Figueroa Marisol
;
Ulloa Aguillón Jorge
;
Letelier Aguilar Cristian
;
Urrutia Bonilla Ignacio
;
Van Rysselberghe Herrera Enrique
;
Vargas Pizarro Orlando
;
Velásquez Seguel Pedro
;
Venegas Cárdenas Mario
;
Verdugo Soto Germán
;
Vidal Lázaro Ximena
;
Vilches Guzmán Carlos
;
Von Mühlenbrock Zamora Gastón
;
Walker Prieto Matías
;
Ward Edwards Felipe
;
Zalaquett Said Mónica
.
El señor
MELERO
( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
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