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- rdf:value = " PROHIBICIÓN DE EXIGENCIA DE SEGURO DE CESANTÍA A JUBILADOS EN OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Letelier, en primer trámite constitucional, que prohíbe a empresas que otorgan créditos exigir seguros de cesantía a jubilados, con segundo informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6980-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del Senador señor Letelier):
En primer trámite, sesión 24ª, en 8 de junio de 2010.
Informes de Comisión:
Economía: sesión 27ª, en 21 de junio de 2011.
Economía (segundo): sesión 51ª, en 7 de septiembre de 2011.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La Comisión deja constancia de haber efectuado una modificación al texto aprobado en general, la que consiste en sustituirlo por otro que incorpora un artículo 16 A en la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. La disposición establece la posibilidad de ofrecer a los pensionados contratos de seguro de cesantía asociados a cualquier producto o servicio financiero, siempre que cuenten con un contrato de trabajo vigente o con un contrato de prestación de servicios a honorarios.
El órgano técnico acordó la enmienda por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores García, Pérez Varela, Tuma y Zaldívar, por lo que corresponde que sea votada sin debate, salvo que algún señor Senador solicite su discusión.
El señor GIRARDI (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, el propósito del proyecto aprobado en general es muy sencillo. Su texto expresa:
"Los adultos mayores que tengan la calidad de jubilado no podrán ser objeto de contratos de seguro de cesantía por parte de ningún proveedor, so pena de entenderse nulo dicho contrato y debiendo restituir las sumas percibidas en razón de dichos contratos, con el debido reajuste y los correspondientes intereses".
¿Cuál es el punto? Hoy, las multitiendas les cobran ese seguro a pensionados y jubilados. Y en cualquier reunión de adultos mayores se plantea que a pensionados y jubilados, gracias a los plásticos y la industria del retail, les hacen cargos por ese concepto en circunstancias de que nunca van a ser cesantes. Es decir, les exigen desembolsos por algo que, a sabiendas -¡a sabiendas!-, no van a usar.
Esa práctica se podría calificar de múltiples formas. La iniciativa no pretendió hacerlo, sino, simplemente, ponerle fin.
Si se lee el texto que viene de regreso, el cual hace referencia a la incorporación de una norma a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, no se comprende el debate. Este dice relación con que constituye un fraude, una estafa, el que a los adultos mayores, a pensionados y jubilados, les estén cobrando un seguro cuando no corresponde. Abiertamente, es una forma de robarles.
"¡Ah!", dicen algunos -motivados por intereses en las compañías de seguros, probablemente-, "Pero algunos pensionados también tienen trabajo. ¿Por qué no es posible venderles un seguro de cesantía?".
Advirtamos que si eso fuera cierto estaríamos haciendo referencia a la "gran" minoría de pensionados y jubilados. ¡La "Gran" minoría!
Lo que expresa el artículo que se incorpora, en el intento de llevar la cuestión al ámbito del cuerpo legal citado y de no dejarlo donde debe estar, que es otro lugar, es lo siguiente:
"Los bancos e instituciones financieras y sociedades de apoyo a su giro, establecimientos comerciales, compañías de seguros, cajas de compensación, cooperativas de ahorro y crédito y toda persona natural o jurídica proveedoras de productos o servicios financieros, podrán ofrecer a personas que tengan el carácter de pensionados, de cualquier régimen previsional, contratos de seguro de cesantía asociados a cualquier producto o servicio financiero, solo si éstos cuentan con un contrato de trabajo vigente o con un contrato de prestación de servicios a honorarios, lo que deberá acreditarse en un anexo", etcétera.
Lo único que deseo observar es que cambia la lógica. Se señala que solo se puede hacer el ofrecimiento si los pensionados cuentan con un contrato de trabajo vigente o un contrato de prestación de servicios a honorarios.
Mi experiencia con pensionados y jubilados me permite concluir que, muchas veces, personas inescrupulosas abusan de ellos. A mi juicio, hubiera sido bastante más conveniente la prohibición de cobrar el seguro. Se abre la posibilidad de que sea posible hacerlo "si es que".
¿De dónde surge mi inquietud? De recelar de las compañías de seguros. Desconfío de una industria con numerosas personas trabajando como vendedores de ese producto a las que les da una comisión si lo colocan. Por lo tanto, media un incentivo perverso. Para vivir, tienen que venderle a quien puedan.
Pensionados y jubilados constituyen una población cautiva para muchos. Solo quiero dejar constancia de ello en el proyecto.
Entiendo los debates efectuados en la Comisión de Economía. Comprendo la idea de que se buscó facilitar la excepción en el sentido de que algunos pensionados y jubilados pudieran tener un contrato de trabajo. Por lo mismo, me hubiera gustado que la afirmación inicial del artículo aprobado por el órgano técnico fuese "Se prohíbe", con la excepción introducida con las palabras "Solo podrán". Porque, al no ponerse "Se prohíbe", el peso de la prueba y a quien se protege quedan un poco más ambiguos.
Desprendo que se trató de buscar una lógica. Se expresa que "Es nulo todo contrato de seguro de cesantía asociado a un contrato principal que no cumpla con los requisitos exigidos en el inciso anterior". Espero que la modalidad concordada en la Comisión asegure tal propósito.
Al terminar mis palabras, deseo consignar que presenté la moción a petición de la Asociación de Pensionados y Jubilados de Rancagua, así como también de agrupaciones del adulto mayor de las provincias de Cachapoal y de Colchagua, con cuyos integrantes estuve en múltiples reuniones donde plantearon estos temas, que son los que les molestan y duelen.
Creo que hoy es un muy buen día, señor Presidente. Pienso que el proyecto logrará frenar igual el marco de abuso de las empresas de retail. Espero que estas, que son hoy más bien financieras, entiendan que la situación ha llegado a un límite y que queremos erradicar el abuso.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .- Señor Presidente , el objetivo que se propuso el Senador señor Letelier al presentar la moción se halla plenamente cumplido.
La lectura final que se debe hacer del texto es que queda prohibido el cobro de seguros de cesantía a personas cuyo único ingreso es su pensión, ya sea la básica solidaria o la de jubilación. Ello es así en relación con el otorgamiento de un crédito. Pero, muchas veces, jubilados y pensionados tienen un contrato de trabajo o de honorarios y quieren sumar lo que obtienen por tales conceptos y la pensión para obtener un crédito mayor, caso en el cual se les puede cobrar el seguro de cesantía por la primera remuneración, ya que se corre el riesgo de que pierdan el empleo.
Por lo tanto, lo que estamos haciendo, en mi opinión, es resguardar la posibilidad de que dichas personas adicionen sus ingresos y postulen a créditos de un monto superior.
Deseo hacer especial hincapié en que, tal como lo proponía la moción de mi Honorable colega, queda claro que todo contrato de seguro de cesantía asociado a un contrato principal va a quedar nulo si no cumple con el requisito de contar con el respaldo de un ingreso proveniente de un contrato de trabajo o de prestación de servicios a honorarios.
En consecuencia, a los pensionados y jubilados, en general, no se les va a poder cobrar, a diferencia de lo que ocurre hoy, dicho seguro.
Repito: creo que se cumple plenamente lo que el señor Senador propuso en su iniciativa, cuyo primer trámite va a concluir hoy, según entiendo, y espero que se convierta muy pronto, además, en ley de la República.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , la verdad es que uno llega a preguntarse cómo no ha sido posible visualizar lo obvio y cómo ha podido consolidarse por tan largo tiempo un abuso evidente.
El problema que nos ocupa se vincula con una reclamación que venían formulando todas las organizaciones de la tercera edad: de jubilados, de pensionados, de montepiados. Más de una vez planteamos la eliminación de esta situación de exigencia.
Se ha planteado que debe regularse no solo la adquisición de tarjetas de crédito, generando protección al consumidor en el ámbito de la tercera edad o de personas jubiladas; también hemos hecho presente la necesidad urgente de poner límite o de terminar con la entrega de tarjetas a adolescentes o estudiantes sin ingresos. A estos, tal como a los adultos mayores, se les entregan tarjetas y se les cobra un seguro de cesantía, en circunstancias de que estudian y no trabajan. Es más: carecen de ingresos.
Hoy día muchos de ellos usan esas tarjetas -con cupo a veces limitado (de 100 o 200 mil pesos), otras veces no- porque, al final, el aval es la familia.
Se señala que el cobro del seguro de cesantía a jubilados o personas de tercera edad, que no prestan servicios remunerados o carecen de una relación contractual, es ilegal. Y, como dicen los abogados -tengo muchos amigos abogados, tal vez demasiados-, donde existe la misma razón debe existir la misma disposición.
Por consiguiente, si es injusto o ilegal imponer un seguro de cesantía a los jubilados, que ya dejaron el mundo laboral, igualmente lo es exigírselo a los jóvenes, que estudian, no trabajan y carecen de ingresos y quienes, por lo mismo, no deberían ser sujetos de crédito.
Esta iniciativa, presentada por el Senador Juan Pablo Letelier , es muy importante. Sin embargo, tendría que considerar también un hecho que cada día se torna más grave. Cuando he ido a universidades privadas y también a algunas públicas como la Universidad de Concepción, muchas veces se me han acercado estudiantes que, asustados por su nivel de endeudamiento, me muestran los montos que deben. Y, por cierto, he visto a promotoras muy agraciadas promoviendo tarjetas de crédito a jóvenes que, a pesar de no trabajar y no tener ingresos, quedan sujetos a las mismas exigencias que un trabajador formal.
Por lo anterior, voy a votar a favor. Entiendo que se trata del segundo informe. No sé si la Comisión de Economía revisó aquel tema y si se va a abrir un espacio para indicaciones. Pero, si no fuera así, se hará necesaria la presentación de otro proyecto de ley, porque me parece que los mismos argumentos y razonamientos planteados respecto de la gente de la tercera edad o jubilados también son aplicables a los jóvenes que estudian y no trabajan y a quienes, no obstante, las empresas les otorgan créditos y tarjetas de crédito y les cobran un seguro de cesantía que no corresponde. ¡Cómo es posible exigirle un seguro de cesantía a un joven de 19, 20 o 21 años que no trabaja!
Por tanto, tampoco procede en este caso.
Sin embargo, voy a votar a favor del proyecto.
Considero que la industria del crédito en Chile tiene que ser regulada y que resulta necesario fortalecer las organizaciones de consumidores.
Espero que en el debate presupuestario para el año 2012 pongamos más recursos para proteger a los usuarios, porque las empresas saben cómo resguardarse, particularmente las del retail. Hoy, la indefensión en que se encuentran aquellos es mayúscula y creciente.
Además, las fuertes y duras lecciones que nos ha dejado el caso La Polar y las casi 30 millones de tarjetas de crédito que existen en el país -de las cuales cerca de 24 millones corresponden a casas comerciales, y 6 millones, al sistema financiero bancario- hacen urgente modificar la legislación y establecer mayores regulaciones para proteger a los consumidores.
CONADECUS y otras organizaciones de carácter nacional para la defensa de los usuarios realizan una muy importante labor. No obstante, también es necesario promover la creación de este tipo de entidades en las Regiones. En la del Biobío tenemos una, pero el financiamiento escasea, porque su funcionamiento igualmente conlleva costos.
Espero que la misma voluntad con que votamos a favor de este proyecto de ley, que hace justicia a las personas de la tercera edad o jubilados en la relación contractual crediticia, se exprese también a la hora de evaluar la creación y el fortalecimiento de organizaciones de consumidores.
Voto que sí.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución ahora!
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba en particular el proyecto (14 votos favorables) y queda despachado en este trámite.
Votaron los señores Bianchi, Chahuán, García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Navarro, Orpis, Sabag y Uriarte.
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