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- rdf:value = " El señor ESPINA.- Señor Presidente , trataré de ser lo más breve posible, pero quisiera hacer una breve reflexión política acerca de la relevancia de una iniciativa de esta naturaleza.
En primer lugar, felicito al Ministro de Economía , señor Fontaine , porque no solo ha demostrado perseverancia e insistencia para que el proyecto sea aprobado en el Congreso -así lo hizo en la Cámara de Diputados-, sino que también ha estado abierto siempre a escuchar propuestas para perfeccionarlo durante la tramitación parlamentaria.
Y, a través del Secretario de Estado, felicito igualmente al Presidente de la República, por supuesto, ante una iniciativa de estas características.
Me alegro de que en la Comisión de Economía, presidida por el Senador señor Zaldívar , haya existido una disposición de todos para perfeccionar el texto y permitir que sea aprobado lo antes posible, al incorporarle un conjunto de normas para mejorarlo, pero sin que se transforme en una de esas iniciativas que se dilatan por meses y años y que cuando al final salen ya tienen que ser modificadas, porque las condiciones han cambiado. Ello lleva a que nos encontremos con proyectos que terminan transformándose en verdaderos "ladrillos", en circunstancias de que, a veces, más vale sacar una legislación rápida, oportuna, con todo el contenido necesario.
Reitero mis felicitaciones al Ministro de Economía y al Presidente de la República.
En mi concepto, la normativa en análisis reviste una enorme importancia, porque, en una economía social de mercado, existen dos principios que se deben fortalecer.
El primero de ellos es el de la libre competencia. Nosotros somos partidarios de aplicarla, del emprendimiento, de la creación de empresas. Y ese es el motor de desarrollo de la economía.
Pero, simultáneamente, otro principio de igual envergadura dice relación con la protección de los derechos de los trabajadores y de los consumidores. Y el Gobierno del Presidente Piñera está resueltamente decidido a avanzar en ambos sentidos.
Hace poco, algunos Senadores participamos en Estados Unidos, invitados por el BID, en una conversación en la que estuvieron presentes el presidente del Partido Socialista y representantes del PPD, de la UDI, de Renovación Nacional, de la Democracia Cristiana. Allí tuvimos la oportunidad, con expertos chilenos y extranjeros, de darnos cuenta de que nos falta mucho terreno por recorrer, sin demagogia, ni populismo ni ofertas indebidas, para contar con una legislación laboral que realmente nos ponga a la altura de un país desarrollado.
Y, en materia de derechos del consumidor, no cabe duda de que en Chile hay mucho camino que andar. Basta ver lo que ha hecho el SERNAC durante el último tiempo para darse cuenta de que parte importante de los estudios e investigaciones que lleva adelante -se trata de una entidad ligada directamente al Ministerio de Economía- reflejan abusos respecto de tales derechos.
Lo vimos en el caso de las cláusulas abusivas de los bancos, del retail. Y la prueba de ello es que las propias instituciones las modificaron, a raíz precisamente de esos estudios y de las acciones que el SERNAC iba a emprender.
Por consiguiente, no nos encontramos en presencia de denuncias irresponsables, demagógicas, sino que, efectivamente, no son respetadas muchas normas relativas a los derechos de los consumidores.
Nuestra legislación establece algunos principios claves en la materia. Así, el artículo 3° de la Ley del Consumidor señala, en síntesis, lo siguiente:
"Son derechos y deberes básicos del consumidor:
"a) La libre elección del bien o servicio. El silencio del consumidor no constituye aceptación en los actos de consumo;".
Cabe recordar que poco tiempo atrás hubo un debate donde se señaló que cuando un consumidor guardaba silencio, las empresas del retail podían aumentar la comisión que le cobraban y, si él no se pronunciaba, se daba por aceptado ese incremento. Esa situación derivó en una investigación que llevó adelante el SERNAC.
En seguida, la norma expresa: "b) El derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes".
"c) El no ser discriminado arbitrariamente por parte de proveedores de bienes y servicios;
"d) La seguridad en el consumo de bienes y servicios".
"e) El derecho a la reparación e indemnización".
"f) Y la educación".
Señor Presidente , a mi juicio, el proyecto en discusión constituye un enorme avance. Porque, sin duda, fortalece un principio básico de la economía social de mercado: sostener la defensa de los derechos de los consumidores como contrapartida -ya lo señalé- a la libre competencia y el emprendimiento.
Deseo destacar dos o tres puntos de la iniciativa. A ellos ya se refirió el Honorable señor García y, por lo tanto, no voy a entrar en su detalle. Pero me parece importante que se valoren.
En primer lugar, el proyecto establece gran cantidad de información nueva y muy valiosa.
En segundo término -lo explicó bien el señor Senador-, se crea el denominado "sello SERNAC". Y será difícil que una empresa o proveedor no postule a obtenerlo, pues constituirá el distintivo que demuestre sin lugar a dudas que los contratos suscritos con los consumidores están sujetos al cumplimiento irrestricto de sus derechos.
Asimismo, la existencia de ministros de fe es un paso muy relevante. Porque hay un problema en los medios probatorios y, por lo tanto, se requiere su fortalecimiento.
Por otra parte, se establecen normas referidas a las ventas atadas. Estas generaron gran polémica e, incluso, muchos bancos e instituciones financieras que las ofrecían tuvieron que echar pie atrás. Ello, porque obligaban a una persona que pretendía contratar un servicio a tomar otro anexo, aunque no quisiera hacerlo, al no existir la alternativa de contratar uno solo. Por ejemplo, para abrir una cuenta corriente, había que llevarse una tarjeta de crédito. Y, si el cliente manifestaba que solo quería la cuenta corriente, el ejecutivo le respondía que no se la daría si no llevaba también una tarjeta de crédito.
Considero que una manera de prestigiar el modelo de economía social de mercado -en el cual yo creo- radica en avanzar en este ámbito clara, categórica y abiertamente, sin justificar lo injustificable. De esa forma, se fortalecerá el modelo económico y no quedará sujeto a que el día de mañana surjan posturas populistas que pretendan derribarlo por su mala aplicación. Y, en tal sentido, destaco fuertemente el sentido, alcance y visión del proyecto.
Deseo mencionar otras dos consideraciones.
Primero, la Comisión de Economía despachó una iniciativa que pronto vendrá a la Sala. Esta no dice relación con estas materias, sino con normas de procedimiento.
Me explico.
Las normas de procedimiento referidas a la acción que pueden emprender las organizaciones de consumidores ante los tribunales de justicia esconden una trampa mortal. Se trata del llamado "requisito de la admisibilidad" para que la demanda pueda seguir adelante.
Fíjense, señores Senadores, que la admisibilidad, la cual supuestamente es un requisito de forma para los efectos de ver si una demanda procede o no, se ha transformado en el juicio de fondo. Y las declaraciones de admisibilidad demoran dos, tres, cuatro años, antes de que se entre al fondo del asunto. Por ejemplo, una persona que haya demandado en 2010 solo podrá ser favorecida, mediante un fallo que le dé la razón en cuanto a que fue objeto de una violación a los derechos del consumidor, siete años después.
Esa es -perdónenme- una flagrante violación al principio de acceso a la justicia. Porque esta no solo ha de respetar el debido proceso y la bilateralidad de la audiencia, sino también obtener la pronta resolución del conflicto sometido a su conocimiento.
La iniciativa que se ocupa de esa materia será sometida próximamente al conocimiento de la Sala y constituye un tremendo avance para simplificar lo relativo a la admisibilidad.
Segundo, se ha presentado un proyecto de reforma constitucional -recién va a ser analizado por la Comisión de Economía-, iniciado en moción de los Senadores señores Andrés Zaldívar , Chadwick , Tuma , García y del que habla. Esta iniciativa apunta a las denominadas "reformas de tercera generación en Chile", en cuanto a establecer los principios básicos que deben velar por la defensa de los consumidores.
El texto propone agregar al inciso primero del N° 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República la siguiente frase:
"Es deber del Estado fomentar la protección de los derechos de los consumidores, la libre elección de los bienes y servicios, una información suficiente, veraz y oportuna, como su derecho a no ser discriminados arbitrariamente y a ser reparados de los daños sufridos, en conformidad a la ley.".
Alguien podrá preguntarse por qué hay que colocar estos principios en la Carta Fundamental.
Por una razón muy sencilla. La Ley del Consumidor tiene rango legal. En consecuencia, de haber en otra institución una normativa que estableciera preceptos distintos en la materia, sería factible que quedarán fuera de la protección de dicha legislación otros usuarios de servicios, quienes, derechamente, no podrían acceder al principio de igualdad ante la ley. Pero ello no sucedería si se rigieran por las normas de los derechos de los consumidores a las que me referí.
Finalmente, señor Presidente, voto a favor del proyecto. Nos parece que constituye un enorme avance y esperamos poderlo perfeccionar.
Reitero que estas son las cosas que prestigian al Parlamento, cuando el trabajo se hace bien y rápido.
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