. . . . . . "PROHIBICI\u00D3N DE TRABAJO NOCTURNO DE MENORES EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES"^^ . " PROHIBICI\u00D3N DE TRABAJO NOCTURNO DE MENORES EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES\nEl se\u00F1or GIRARDI ( Presidente ).- Corresponde dar por aprobado el proyecto de ley, iniciado en moci\u00F3n de diversos se\u00F1ores Diputados, que modifica el C\u00F3digo del Trabajo en lo relativo a la prohibici\u00F3n del trabajo nocturno de los menores en establecimientos industriales y comerciales, por no haber sido objeto de indicaciones en el plazo establecido para tal efecto.\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (5116-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de ley: \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 27\u00AA, en 21 de junio de 2011. \nInforme de Comisi\u00F3n: \nTrabajo y Previsi\u00F3n Social: sesi\u00F3n 37\u00AA, en 2 de agosto de 2011.\n \nDiscusi\u00F3n: \nSesi\u00F3n 40\u00AA, en 3 de agosto de 2011 (se aprueba en general). \n--Queda aprobado en particular el proyecto y despachado en este tr\u00E1mite. \n " . . . . .