. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE NEGOCIACI\u00D3N COLECTIVA Y DERECHO A HUELGA DE FUNCIONARIOS P\u00DABLICOS"^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE NEGOCIACI\u00D3N COLECTIVA Y DERECHO A HUELGA DE FUNCIONARIOS P\u00DABLICOS\nEl se\u00F1or GIRARDI ( Presidente ).- Corresponde proseguir la discusi\u00F3n general del proyecto de reforma constitucional, iniciado en moci\u00F3n de los Senadores se\u00F1ores Hern\u00E1n Larra\u00EDn, Garc\u00EDa, Letelier, Sabag y P\u00E9rez Varela, en primer tr\u00E1mite constitucional, sobre negociaci\u00F3n colectiva y derecho a huelga de los funcionarios p\u00FAblicos, con informe de la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n, Justicia y Reglamento.\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (7293-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de reforma constitucional (moci\u00F3n de los Senadores se\u00F1ores Larra\u00EDn (don Hern\u00E1n), Garc\u00EDa, Letelier, Sabag y P\u00E9rez Varela):\n \nEn primer tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 65\u00AA, en 9 de noviembre de 2010. \nInforme de Comisi\u00F3n: \nConstituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n, Justicia y Reglamento: sesi\u00F3n 4\u00AA, en 22 de marzo de 2011.\n \nDiscusi\u00F3n: \nSesiones 7\u00AA, en 6 de abril de 2011, y 8\u00AA, en 13 de abril de 2011 (queda pendiente la discusi\u00F3n general). \nEl se\u00F1or GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el se\u00F1or Secretario. \nEl se\u00F1or LABB\u00C9 ( Secretario General ).- La discusi\u00F3n general qued\u00F3 pendiente en la sesi\u00F3n extraordinaria de esta ma\u00F1ana.\n \nEst\u00E1n inscritos los Senadores se\u00F1ores Letelier, Longueira, Zald\u00EDvar, Bianchi, Sabag y Lagos.\n \nCabe recordar que para aprobar la idea de legislar sobre la reforma constitucional propuesta se requieren los votos conformes de 25 se\u00F1ores Senadores. \nEl se\u00F1or GIRARDI (Presidente).- Vamos a dar la palabra seg\u00FAn el orden indicado por el se\u00F1or Secretario. \nSe ha pedido abrir la votaci\u00F3n. \nMe parece adecuada esa solicitud, dada la hora y para viabilizar la tramitaci\u00F3n del proyecto. \n\u00BFLe parece a la Sala, en el entendido de que se mantiene el derecho a fundar el voto? \nEl se\u00F1or CANTERO.- S\u00ED, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or BIANCHI.- Conforme.\n \n--As\u00ED se acuerda. \nEl se\u00F1or GIRARDI (Presidente).- En votaci\u00F3n. \n--(Durante la votaci\u00F3n). \nEl se\u00F1or GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se\u00F1or Letelier. \nEl se\u00F1or LETELIER.- Se\u00F1or Presidente , estimados colegas, la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, en su art\u00EDculo 19, numeral 16\u00BA, expresa: \"La negociaci\u00F3n colectiva con la empresa en que laboren es un derecho de los trabajadores, salvo los casos en que la ley expresamente no permita negociar.\".\n \nLo que se quiere en esta reforma, como idea matriz principal, es eliminar la \u00FAltima frase. \u00BFPor qu\u00E9 motivo? Porque abrigamos la convicci\u00F3n de que al hacerlo se cumplir\u00EDa el fin principal que perseguimos, cual es legalizar algo que los trabajadores del sector p\u00FAblico hacen de hecho: negociar colectivamente. \nEse es el \"coraz\u00F3n\" de la moci\u00F3n presentada. \nComo concepto adicional, se incluy\u00F3, en la letra b del n\u00FAmero 1 del art\u00EDculo \u00FAnico, la frase \"S\u00F3lo en virtud de una ley org\u00E1nica constitucional se podr\u00E1n establecer restricciones al ejercicio del derecho a negociar colectivamente de los funcionarios del Estado, fundadas en consideraciones de orden p\u00FAblico y seguridad nacional,\" -ello apunta, esencialmente, a la excepci\u00F3n que se ha de contemplar en relaci\u00F3n con las Fuerzas Armadas y de Orden- \"debiendo contemplarse en esos casos mecanismos alternativos de consulta y participaci\u00F3n de las asociaciones que los representen. La misma norma regular\u00E1 el procedimiento de negociaci\u00F3n colectiva para los funcionarios del Estado y la forma de dar cumplimiento a los compromisos adoptados, incluidos aquellos que requieran de una norma legal que los implemente y sean de iniciativa exclusiva del Presidente de la Rep\u00FAblica .\".\n \nY un segundo criterio en la moci\u00F3n es el de aplicar lo mismo a los funcionarios municipales. \nA nuestro juicio, el principio expuesto, de car\u00E1cter fundamental, es el que se debe votar. \nLos miembros de la Comisi\u00F3n optaron por incorporar un n\u00FAmero 2, con el objeto de agregar una disposici\u00F3n transitoria nueva. \nMe parece que aqu\u00ED surge primero una cuesti\u00F3n de procedimiento legislativo, se\u00F1or Presidente , porque deber\u00EDa votarse en general y solo en la discusi\u00F3n particular proponerse textos complementarios. Entiendo que la explicaci\u00F3n reside en que la iniciativa es de art\u00EDculo \u00FAnico.\n \nSin embargo, al pronunciarme, debo consignar que, en verdad, resulta discutible si la norma a que hago referencia es necesaria o no. \nEn todo caso, el proyecto en discusi\u00F3n es uno de varios que se han presentado -con mi Honorable colega Mu\u00F1oz Aburto planteamos una iniciativa que iba m\u00E1s all\u00E1 en su forma y dir\u00EDa que tambi\u00E9n en su fondo-, pero generar\u00EDa las bases de un consenso en torno a c\u00F3mo abordar la normalizaci\u00F3n o legalizaci\u00F3n de algo que ocurre de hecho, lo que ha sido la reflexi\u00F3n de muchos de nosotros.\n \nComprendemos a medias el porqu\u00E9 no se han querido tratar los otros. Es m\u00E1s, llama la atenci\u00F3n que no se respeten y no se realice una discusi\u00F3n conjunta. Constituye una pr\u00E1ctica peculiar respecto de algunas materias, porque se deber\u00EDa reconocer la historia de un esfuerzo tendiente a lograr la igualaci\u00F3n de derechos de los funcionarios p\u00FAblicos con los de quienes se rigen por el C\u00F3digo del Trabajo, que es lo que, en el fondo, muchos quisi\u00E9ramos ver.\n \nEsperamos que la normativa en debate cuente con los votos suficientes para su aprobaci\u00F3n en general, y no con el de uno o dos Senadores del oficialismo, sino con el de la mayor\u00EDa de ellos. Lo anterior, para lograr coherencia en lo que queremos como Estado; para avanzar efectivamente hacia un an\u00E1lisis y una modernizaci\u00F3n de las relaciones laborales al interior del aparato estatal; para que se puedan superar normas del Estatuto Administrativo que, m\u00E1s all\u00E1 de colores pol\u00EDticos, es preciso abordar, en lo atinente a la falacia de los contratos a honorarios, los cuales son, en verdad, de subordinaci\u00F3n y dependencia; para que sea posible progresar de manera eficaz en rediscutir las estructuras de las plantas y las funciones que cumplen funcionarios muchas veces a contrata.\n \nLa idea es poder regular de buena forma cu\u00E1ndo y por cu\u00E1nto tiempo se negocia, porque hoy d\u00EDa ello se hace pr\u00E1cticamente todos los a\u00F1os, con movilizaciones significativas de los diferentes actores participantes en la mesa p\u00FAblica. Si no me equivoco, son catorce organizaciones al d\u00EDa de hoy. \nLa reforma, se\u00F1or Presidente , es algo que se nos ha pedido y que resulta concordante con los convenios de la OIT. Sin duda, abrir\u00E1 el debate a otros aspectos vinculados con la legislaci\u00F3n en vigencia, ya que algunos sectores laborales no pueden negociar colectivamente y, adem\u00E1s, registran trabas pendientes. Solo a modo de ejemplo menciono lo que pasa, en el sector privado, con la confederaci\u00F3n de trabajadores vinculados a las generadoras de electricidad, los que enfrentan la imposibilidad mencionada, en circunstancias de que el mecanismo que hoy d\u00EDa utilizan, de recurrir a personas incluidas en listas arbitrales, se halla absolutamente desfasado, por no decir caduco.\n \nComo uno de los firmantes del proyecto y de otros que he suscrito con el Senador se\u00F1or Mu\u00F1oz Aburto , debo hacer presente que lo que m\u00E1s nos interesa es que se elimine de la Constituci\u00F3n la prohibici\u00F3n de negociar colectivamente que afecta a los trabajadores del sector p\u00FAblico, entendiendo la excepci\u00F3n que se tendr\u00E1 que establecer en relaci\u00F3n con \u00E1reas propias de la seguridad nacional y del orden p\u00FAblico. El prop\u00F3sito es que avancemos en legalizar lo que ocurre todos los a\u00F1os y que todos los presentes hemos legitimado con nuestro accionar durante mucho tiempo.\n \nEs cierto que algunos experimentan inquietudes -en particular, dirigentes de la ANEF- respecto de la disposici\u00F3n transitoria que se pretende agregar, la cual expresa que \"Las modificaciones introducidas en el n\u00FAmero 16\u00B0 del art\u00EDculo 19 sobre negociaci\u00F3n colectiva y huelga de los funcionarios p\u00FAblicos regir\u00E1n al momento de entrar en vigencia la ley org\u00E1nica constitucional que regular\u00E1 estas materias.\". Es decir, algunos deseamos que la situaci\u00F3n se legalice de hecho con la reforma constitucional y otros plantean un aplazamiento. Entiendo que eso es parte de la discusi\u00F3n en particular.\n \nLo que m\u00E1s nos interesa, se\u00F1or Presidente , es la legalizaci\u00F3n mencionada; reconocerles el derecho a negociaci\u00F3n colectiva y a huelga a los funcionarios p\u00FAblicos; encontrar mecanismos para que la regulaci\u00F3n no altere el orden p\u00FAblico ni los aspectos relacionados con la seguridad nacional, y considerar lo que el sistema significa en especial en el \u00E1rea que, a mi juicio, ser\u00E1 de las m\u00E1s complejas: la de los funcionarios municipales, para definir de una vez por todas si existe o no autonom\u00EDa municipal.\n \nMuchos a\u00F1os atr\u00E1s, cuando se dict\u00F3 la Ley Org\u00E1nica Constitucional de Municipalidades, surgieron diferentes interpretaciones sobre el alcance de dicho concepto. Creo que a veces este se ha exagerado en la direcci\u00F3n de concebirlo en forma plena, pero sabemos que en verdad no es as\u00ED, porque los municipios no cuentan con un financiamiento generado por s\u00ED mismos y, por ende, su autonom\u00EDa es limitada.\n \nDe la misma forma, ser\u00E1 preciso definir qu\u00E9 significa la iniciativa para la negociaci\u00F3n de los trabajadores de ese sector, a fin de ver si ser\u00E1 interempresas, nacional o solo por comuna. \nCreo, se\u00F1or Presidente, que la ley en proyecto es importante y espero que todos los Senadores votemos a favor de que se reforme en la materia la Constituci\u00F3n. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Longueira. \n \nEl se\u00F1or LONGUEIRA.- Se\u00F1or Presidente , nos estamos pronunciando acerca de una enmienda constitucional que establece la posibilidad de negociar colectivamente para los funcionarios p\u00FAblicos. Y en forma adicional, como lo expresaron dos se\u00F1ores Senadores, se incorpor\u00F3 en la discusi\u00F3n previa una norma en orden a que ello regir\u00EDa una vez que existiera una ley org\u00E1nica constitucional reguladora de tal cambio.\n \nMuchos de nosotros vamos a abstenernos, porque deseamos conocer el acuerdo acerca de cu\u00E1l ser\u00E1 esta \u00FAltima normativa al que llegaron quienes presentaron la reforma. \nSolo deseo recordar que fui de los pocos que se pronunciaron en contra de la enmienda constitucional para establecer el voto voluntario. Y hoy se registran numerosos problemas precisamente porque muchas personas quisieran revisar incluso esa posici\u00F3n. \nMi convicci\u00F3n m\u00E1s profunda es que lo que se resolvi\u00F3 le va a causar un da\u00F1o enorme a la democracia y determinar\u00E1 que los sectores m\u00E1s pobres no voten, lo cual significar\u00E1, finalmente, que ella se va a elitizar y que la participaci\u00F3n ser\u00E1 cada vez menor. Porque si algunos creen que votar\u00E1 m\u00E1s gente con el cambio y que se va a incorporar a los j\u00F3venes, el Senador que habla abriga un gran temor en el sentido de que, perfeccionada la modificaci\u00F3n, resultar\u00E1 exactamente lo contrario, como lo se\u00F1al\u00E9 cuando me opuse. \nNo s\u00E9 si votar\u00EDa hoy a favor de la inscripci\u00F3n autom\u00E1tica, porque, en realidad, no tiene nada que ver con el proyecto respectivo, pero, si se establece, se perfeccionar\u00EDa el voto voluntario. \nAhora nos ocupa la proposici\u00F3n de una reforma que muchos quisieran aprobar, pero es fundamental conocer hacia d\u00F3nde se quiere apuntar. \nSe ha expresado que, para la OIT, es preciso permitir la negociaci\u00F3n que nos ocupa. No conozco -perdonen, Sus Se\u00F1or\u00EDas- un pa\u00EDs donde se negocie colectivamente y exista inamovilidad. \u00A1O hay inamovilidad o hay C\u00F3digo del Trabajo!\n \nQue no se diga que la OIT lo ha pedido, se\u00F1or Presidente . Si a lo que apuntan los autores de la iniciativa es a que con la ley org\u00E1nica constitucional se termine la inamovilidad, eso me parece coherente. Pero, como lo desconocemos, como no sabemos qu\u00E9 se propone, no s\u00E9 c\u00F3mo se podr\u00EDa negociar con alguien que goza de ella. En la negociaci\u00F3n colectiva, la empresa compite y puede quebrar, se llevan a cabo conversaciones, son posibles los reemplazos. Si ese proceso se realiza con alguien que tiene inamovilidad, se est\u00E1 perfeccionando el paro. Cabe recordar que se ha argumentado presentando la idea como una necesidad, dado que, de hecho, se registran paros cuando se negocia el reajuste en el sector p\u00FAblico.\n \nPor lo tanto, quisi\u00E9ramos darles una oportunidad de avanzar en la materia a quienes presentaron la enmienda en debate y otros proyectos; pero estimamos que debe procederse igual que cuando se cre\u00F3 el Ministerio P\u00FAblico: al aprobarse la modificaci\u00F3n pertinente de la Carta, se hab\u00EDa consensuado en forma paralela la ley org\u00E1nica constitucional que establec\u00EDa su funcionamiento.\n \nLo que quisi\u00E9ramos, entonces -por eso, nos vamos a abstener-, es darnos el tiempo para que, en una reforma de esta naturaleza, avancemos en conjunto con la ley org\u00E1nica constitucional respectiva, a fin de conocer de qu\u00E9 manera negociar\u00EDan los funcionarios p\u00FAblicos; si se tiene contemplado mantener o no la inamovilidad; de qu\u00E9 forma se resuelven los conflictos. \nPorque el Fisco es un todo. \u00BFEse sector completo de trabajadores va a negociar con el Ministro de Hacienda ? \u00BFCu\u00E1l ser\u00E1 el modo de hacerlo?\n \nEn consecuencia, en el \u00E1nimo de progresar en el asunto, deseamos que tambi\u00E9n se nos d\u00E9 a conocer dicha normativa y que concordemos en ella. \nLos Senadores se\u00F1ores Letelier y G\u00F3mez expusieron en la ma\u00F1ana que no son partidarios de que se contemple incluso la letra b, relativa a la dictaci\u00F3n de ese articulado, de modo que podemos aprobar la reforma y, finalmente, no concurrir una mayor\u00EDa que proporcione los votos necesarios para que exista el cuerpo legal.\n \nCabe observar, en consecuencia, que ni siquiera media consenso entre los que han suscrito el acuerdo para dictar una ley org\u00E1nica constitucional reguladora del sistema. Mis Honorables colegas comprender\u00E1n que, al eliminarse la letra citada, operar\u00EDa el efecto de hecho y entrar\u00EDa en vigencia una reforma de la Carta. \nConcurriremos con nuestros votos favorables para avanzar en la materia, entonces, en la medida en que conozcamos los contenidos de la ley org\u00E1nica constitucional, para no reproducir lo que hoy estamos viviendo con el cambio del voto obligatorio. \nPor esas razones, se\u00F1or Presidente, algunos Senadores nos vamos a abstener. \nEl se\u00F1or LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Sabag.\n \n \nEl se\u00F1or SABAG.- Se\u00F1or Presidente , el Senador se\u00F1or Hern\u00E1n Larra\u00EDn ha estado estudiando el tema desde hace muchos a\u00F1os. Ya dio a conocer que lo hab\u00EDa analizado a partir del a\u00F1o 2006. Su Se\u00F1or\u00EDa es el autor intelectual del proyecto y nos ha invitado a copatrocinarlo, y lo hemos hecho con mucho agrado, porque el asunto merece, a mi juicio, que se le preste la atenci\u00F3n correspondiente, ya que cada a\u00F1o presenciamos prolongadas huelgas del sector p\u00FAblico, sin que exista ninguna regulaci\u00F3n. Son ilegales, pero se efect\u00FAan de hecho. Lo l\u00F3gico es establecer un marco regulatorio.\n \nEl proyecto contempla un art\u00EDculo \u00FAnico que apunta a enmendar la disposici\u00F3n del art\u00EDculo 19, n\u00FAmero 16\u00B0, p\u00E1rrafos quinto y sexto, de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica. Sin embargo, el informe de la Comisi\u00F3n propone que la Sala lo apruebe solo en general, con el objeto de perfeccionarlo y enriquecerlo, en lo cual estamos todos muy de acuerdo, porque estimo que la materia merece un estudio m\u00E1s detenido y profundo.\n \nLa iniciativa tiende a modificar la garant\u00EDa constitucional enunciada precedentemente, para modificar con posterioridad el C\u00F3digo del Trabajo o el Estatuto Administrativo, seg\u00FAn corresponda. En efecto, las consecuencias de proyectos son mucho mayores que la simple enmienda de la Carta Fundamental, ya que requerir\u00E1 una definici\u00F3n superior determinar si ser\u00E1n aplicables a los funcionarios p\u00FAblicos o municipales las normas del C\u00F3digo del Trabajo en cuanto a negociaci\u00F3n colectiva o derecho a huelga, o bien, la introducci\u00F3n de modificaciones a los estatutos especiales que rigen a la Administraci\u00F3n del Estado, las Fuerzas Armadas, personal municipal, entre otros, como el Congreso Nacional, el Poder Judicial , las empresas o instituciones del Estado, los fiscales del Ministerio P\u00FAblico, Gendarmer\u00EDa de Chile, etc\u00E9tera.\n \nEl texto en examen viene en cambiar el eje de una garant\u00EDa constitucional en la que un grupo de trabajadores -los del sector p\u00FAblico, con todas sus modalidades- se hallan impedidos en la actualidad de negociar colectivamente y se pasa a reconocer como garant\u00EDa individual el derecho a hacerlo. Es decir, de formar parte de la excepci\u00F3n, pasar\u00E1n ahora a formar parte de la regla general: tendr\u00E1n el derecho a negociar colectivamente. \nEl art\u00EDculo 19 de la Ley Fundamental dispone que la Constituci\u00F3n asegura a todas las personas \"La libertad de trabajo y su protecci\u00F3n\", de acuerdo con su n\u00FAmero 16\u00BA.\n \nLos p\u00E1rrafos quinto y sexto de este \u00FAltimo expresan: \n\"La negociaci\u00F3n colectiva con la empresa en que laboren es un derecho de los trabajadores, salvo los casos en que la ley expresamente no permita negociar. La ley establecer\u00E1 las modalidades de la negociaci\u00F3n colectiva y los procedimientos adecuados para lograr en ella una soluci\u00F3n justa y pac\u00EDfica. La ley se\u00F1alar\u00E1 los casos en que la negociaci\u00F3n colectiva deba someterse a arbitraje obligatorio, el que corresponder\u00E1 a tribunales especiales de expertos cuya organizaci\u00F3n y atribuciones se establecer\u00E1n en ella. \n\"No podr\u00E1n declararse en huelga los funcionarios del Estado ni de las municipalidades. Tampoco podr\u00E1n hacerlo las personas que trabajen en corporaciones o empresas, cualquiera sea su naturaleza\", etc\u00E9tera.\n \nDeseo recordar que la Comisi\u00F3n invit\u00F3 a importantes juristas para que dieran su opini\u00F3n. Solo quisiera resaltar la participaci\u00F3n del profesor Patricio Zapata -me salto algunos p\u00E1rrafos del informe, en aras del tiempo de que dispongo-, quien sostuvo que \"el Congreso Nacional no deber\u00EDa quedar vinculado por los acuerdos que el Poder Ejecutivo alcance con organizaciones de trabajadores en el marco de una negociaci\u00F3n. Al respecto afirm\u00F3 que se deben dejar a salvo las prerrogativas constitucionales del Parlamento que, en su condici\u00F3n de Poder aut\u00F3nomo del Estado, no puede verse comprometido por acuerdos celebrados entre terceros\".\n \nPensemos en la Fiscal\u00EDa Nacional del Ministerio P\u00FAblico llegando a un acuerdo con las asociaciones de fiscales: \u00BFqui\u00E9n dar\u00EDa consistencia a tales negociaciones? Por ejemplo, si estos pidieran un autom\u00F3vil para cada uno, \u00BFc\u00F3mo se har\u00EDa efectiva la solicitud? Con posterioridad a esos acuerdos, \u00BFcu\u00E1l ser\u00E1 el papel del Congreso Nacional? \u00BFVamos a aprobar nosotros los reajustes para que el Ministerio P\u00FAblico cumpla o se tratar\u00E1 de negociaciones entre los diversos servicios y el Estado o los Ministros correspondientes?\n \nEn consecuencia, se debe fijar una regulaci\u00F3n adecuada, que determine cu\u00E1les instituciones p\u00FAblicas pueden negociar colectivamente, pero tambi\u00E9n qu\u00E9 responsabilidades les cabe a ellas. \nSiempre que se otorga un nuevo derecho tambi\u00E9n debe entregarse un deber. \nPor otra parte, la Comisi\u00F3n acord\u00F3 agregar una nueva disposici\u00F3n transitoria, la vigesimosexta, que me parece muy apropiada. Todo el entramado normativo requiere, sin duda, el establecimiento de dicho precepto, el cual se\u00F1ala que las modificaciones introducidas por la iniciativa \"regir\u00E1n al momento de entrar en vigencia la ley org\u00E1nica constitucional que regular\u00E1 estas materias\". Si tales enmiendas quedaran inmediatamente en vigor, podr\u00EDa intentarse alegar que la nueva ley deroga t\u00E1citamente el art\u00EDculo 304 del C\u00F3digo del Trabajo, lo que permitir\u00EDa iniciar en el acto un procedimiento de negociaci\u00F3n colectiva en los t\u00E9rminos de dicho cuerpo legal, con principios que son repudiados por el ordenamiento que actualmente rige al sector p\u00FAblico.\n \nVoy a votar a favor de la idea de legislar. Y esperamos que, con las indicaciones y los estudios que se realicen con posterioridad, el texto propuesto se perfeccione, tal como se\u00F1ala el informe de la Comisi\u00F3n. \nEl se\u00F1or LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se\u00F1or Lagos. \n \nEl se\u00F1or LAGOS.- Se\u00F1or Presidente , al igual que otros colegas, en primer lugar, deseo hacer un reconocimiento a los Senadores que pensaron y pusieron por escrito la moci\u00F3n que dio origen a este proyecto de ley: los Honorables se\u00F1ores Hern\u00E1n Larra\u00EDn , Garc\u00EDa , Letelier , Sabag y P\u00E9rez Varela .\n \nCreo que la normativa propuesta viene a hacer justicia en t\u00E9rminos laborales, pues termina con una discriminaci\u00F3n, con una diferenciaci\u00F3n que a todas luces no se justifica, y permite regular de mejor manera las relaciones laborales al interior del aparato p\u00FAblico. \nLa modernizaci\u00F3n del Estado presenta distintas dimensiones (lo relativo a las compras p\u00FAblicas, a los nombramientos). Pero tambi\u00E9n implica dar al Estado chileno y a sus funcionarios una institucionalidad de la que hoy d\u00EDa carecen para conseguir sus leg\u00EDtimas reivindicaciones.\n \nComplemento esto que cae de maduro con dos comentarios breves. \nEl primero es que legislar sobre las relaciones laborales, la negociaci\u00F3n colectiva, el derecho a huelga de los trabajadores del sector p\u00FAblico permitir\u00E1 ordenar la forma en que tiene lugar el di\u00E1logo al interior del aparato p\u00FAblico en Chile.\n \nEse di\u00E1logo hoy existe -ha estado presente desde que recuperamos la democracia hace 21 a\u00F1os-, pero resulta complejo; no es transparente; est\u00E1 sometido siempre a la interpretaci\u00F3n peque\u00F1a; no regula la manera de expresarse ni las movilizaciones ni las reivindicaciones leg\u00EDtimas del sector p\u00FAblico. \nLa propuesta que nos ocupa -si tiene \u00E9xito, si se negocia bien, si logra los acuerdos necesarios para generar una ley org\u00E1nica constitucional acorde con la que muchos queremos- posibilitar\u00E1 que los Gobiernos de turno tengan claro un cronograma de entendimiento con los funcionarios p\u00FAblicos; nos permitir\u00E1 saber qu\u00E9 legislaci\u00F3n ser\u00E1 aplicable, y, sobre todo, ayudar\u00E1 a dichos trabajadores a organizarse de mejor forma. \nHoy d\u00EDa ellos cuentan con una representaci\u00F3n, que es leg\u00EDtima. Pero, una vez que dispongan de la legislaci\u00F3n que dar\u00E1 car\u00E1cter legal a la negociaci\u00F3n colectiva y al derecho a huelga, tales funcionarios -a veces desconf\u00EDan del modo en que opera el sistema- participar\u00E1n m\u00E1s activamente en las negociaciones y discusiones de su sector en lo que dice relaci\u00F3n con sus derechos y leg\u00EDtimas reivindicaciones. \nPor ello, se\u00F1or Presidente, considero que la mayor\u00EDa de nosotros concurrir\u00E1 con su voto favorable. \nMe costar\u00EDa creer que hay Senadores que no desean acoger esta propuesta para un sector importante de trabajadores en Chile: los que se desempe\u00F1an en el sector p\u00FAblico, con altas responsabilidades. Se trata de un sector p\u00FAblico reducido y deprimido; un sector p\u00FAblico que debe hacer frente, con la misma planta, a un Estado que cuenta con un presupuesto seis veces mayor al que ten\u00EDa hace 20 a\u00F1os.\n \nForma parte de la modernizaci\u00F3n del Estado otorgarles ciertos derechos b\u00E1sicos a los trabajadores p\u00FAblicos de Chile. \nMe alegro de lo propuesto mediante esta reforma constitucional, pues ello permitir\u00E1 al movimiento sindical del sector p\u00FAblico salir fortalecido. Contar\u00E1 con reglas m\u00E1s claras y transparentes, lo cual dar\u00E1 a\u00FAn m\u00E1s legitimidad a sus dirigentes. En consecuencia, dicho sector podr\u00E1 sacar la voz y hablar como corresponde. \nMe reservo para la discusi\u00F3n en particular la opini\u00F3n respecto de los alcances del art\u00EDculo transitorio. \nOjal\u00E1 podamos efectuar un debate con altura a la hora de discutir lo relativo a la ley org\u00E1nica constitucional. Conf\u00EDo en que recoger\u00E1 lo mejor de aquello que esperamos para el sector p\u00FAblico. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Bianchi.\n \n \nEl se\u00F1or BIANCHI.- Se\u00F1or Presidente , vuelvo a se\u00F1alar que el Estado da un p\u00E9simo ejemplo como empleador, tal vez el peor.\n \nY el Senado tampoco ha sido la excepci\u00F3n. Muchos de nuestros funcionarios se hallan en una condici\u00F3n particularmente especial y precaria: est\u00E1n a contrata o a honorarios, condici\u00F3n que les impide cada a\u00F1o proyectarse en familia y tener la tranquilidad para seguir desarrollando su actividad.\n \nEsa misma situaci\u00F3n se copia y se repite en el aparato p\u00FAblico. \nPor lo tanto, se nos presenta un desaf\u00EDo importante para garantizar de mejor manera el trabajo de nuestros funcionarios. Se trata de una gran tarea, que estoy seguro que usted podr\u00E1 emprender en su calidad de Presidente de esta Corporaci\u00F3n. \nEn cuanto al asunto que nos convoca, el an\u00E1lisis del proyecto de reforma constitucional, iniciado en moci\u00F3n de los Senadores se\u00F1ores Hern\u00E1n Larra\u00EDn , Garc\u00EDa , Letelier , Sabag y P\u00E9rez Varela , me sumo a las felicitaciones por tan relevante propuesta. La comparto absolutamente.\n \nHace un tiempo yo fui un poquito m\u00E1s all\u00E1, y present\u00E9 una moci\u00F3n para crear la Direcci\u00F3n General del Trabajo. Uno de los Senadores que me acompa\u00F1aron con su firma fue justamente el Honorable se\u00F1or Lagos.\n \nEn ella hac\u00EDamos ver que los funcionarios p\u00FAblicos necesitan un resguardo independiente de los Gobiernos de turno y distinto de la situaci\u00F3n que se observa cada cierta cantidad de a\u00F1os; algo que se encuentre por encima de esa l\u00F3gica y que permita a nuestros trabajadores contar con una leg\u00EDtima defensa. \nEn esa l\u00EDnea propusimos crear esta Direcci\u00F3n General del Trabajo.\n \nA la actual Direcci\u00F3n del Trabajo le corresponde: \n-Fijar el sentido y alcance de las leyes del trabajo mediante dict\u00E1menes. \n-Dar a conocer a trabajadores y empleadores los principios de la legislaci\u00F3n laboral vigente. \n-Efectuar acciones tendientes a prevenir y resolver los conflictos de los trabajadores. \nEs decir, su labor se halla radicada en el sector privado. Distinto es el anhelo del referido proyecto de ley, que hemos tratado de socializar con este Gobierno y el anterior.\n \nHace un tiempo habl\u00E9 con la Ministra del Trabajo anterior sobre el asunto, quien me se\u00F1al\u00F3 que por ning\u00FAn motivo se pod\u00EDa avanzar en esa l\u00EDnea.\n \nHoy dialogu\u00E9 con algunos colegas que se mostraron dispuestos a retomar el tratamiento de esa materia como una soluci\u00F3n de fondo al problema, independiente del Gobierno de turno. Para ninguna Administraci\u00F3n resulta bueno tener conflictos con los trabajadores p\u00FAblicos. Todo lo contrario.\n \nLa iniciativa que crea la Direcci\u00F3n General del Trabajo radica en esta todas las situaciones laborales de los distintos sectores. As\u00ED, los Gobiernos, sean cuales sean, quedar\u00EDan al margen -gratuitamente o no- de hacerse parte de los conflictos que de manera permanente se viven leg\u00EDtimamente en el sector p\u00FAblico.\n \n\u00BFEl Estado es un mal empleador? \u00A1Claro! \u00A1Nunca cumpli\u00F3 la norma 80/20! La gran mayor\u00EDa de mujeres y hombres que trabajan en dicho sector se mantienen a contrata o a honorarios durante largos a\u00F1os (10, 15, 18 a\u00F1os) sin contar con un contrato laboral que dignifique la funci\u00F3n desarrollada por tanto tiempo.\n \nMe alegro sinceramente, Senador se\u00F1or Larra\u00EDn , por el proyecto que ha presentado. Como dijo en el transcurso de la ma\u00F1ana, su contenido va m\u00E1s all\u00E1 de la Administraci\u00F3n de turno. Es una mirada inteligente, de futuro, que pretende modernizar, sin lugar a dudas, el accionar de nuestros trabajadores p\u00FAblicos.\n \nMe sumo absolutamente a la iniciativa. La voto a favor. \nPero le vuelvo a repetir al Gobierno que no deje pasar la oportunidad de poder revolucionar la situaci\u00F3n del sector p\u00FAblico a trav\u00E9s de la creaci\u00F3n de la Direcci\u00F3n General del Trabajo, que resuelve el fondo del problema.\n \nEl se\u00F1or GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se\u00F1or Quintana. \n \nEl se\u00F1or QUINTANA.- Se\u00F1or Presidente, en primer lugar, destaco lo propuesto en esta reforma constitucional, principalmente porque establece derechos y no restricciones. Este es un tema no menor. La tendencia de la Constituci\u00F3n originada en 1980, como todos sabemos, era limitar derechos. \nVale reconocer esto hoy d\u00EDa, cuando se est\u00E1n discutiendo otros proyectos de ley, como el relativo al voto de chilenos en el exterior. La tendencia normal, cuando se pasa de un r\u00E9gimen autoritario a uno democr\u00E1tico, es ir otorgando derechos en favor de los ciudadanos y no m\u00E1s restricciones. En ese sentido, se da un gran paso. \nPor eso valoro la proposici\u00F3n planteada por los Senadores se\u00F1ores Hern\u00E1n Larra\u00EDn , Letelier y Sabag , entre otros autores de la moci\u00F3n. No solamente han percibido la necesidad de conceder el derecho a negociaci\u00F3n colectiva en el sector p\u00FAblico y terminar con las restricciones constitucionales y legales que limitaban su ejercicio, sino que tambi\u00E9n est\u00E1n prestando o\u00EDdos -en hora buena que ello ocurra- a un Convenio internacional ratificado por Chile: el n\u00FAmero 151 de la OIT, que -como se ha dicho- busca generar condiciones para la negociaci\u00F3n colectiva.\n \nQuiero agregar otra cosa, se\u00F1or Presidente: lo que es de hecho, que sea de Derecho. A mi juicio, tal premisa es un tercer principio inspirador de la reforma. Y por eso destaco a los autores. \nNadie puede afirmar -menos asustarse por lo que estamos legislando- que tal negociaci\u00F3n no sucede. Ocurre en Chile con organismos de la Administraci\u00F3n P\u00FAblica, por ejemplo, cuando se negocia con la ANEF el reajuste fiscal. Hace poco vimos incluso una movilizaci\u00F3n de los jueces de garant\u00EDa. \u00A1Hubo un paro de los tribunales de garant\u00EDa!\n \nPor lo tanto, pese a que algunos hoy d\u00EDa insisten en que la situaci\u00F3n est\u00E1 radicada solo en los trabajadores de la Administraci\u00F3n del Estado, obviamente dejando fuera a las polic\u00EDas, a las Fuerzas Armadas y a quienes se desempe\u00F1an en cargos directivos -me parece muy coherente ese planteamiento, pues se trata de puestos de confianza (mal podr\u00EDan movilizarse en contra de sus jefes)-, yo no descartar\u00EDa que, una vez dictada y promulgada la ley org\u00E1nica respectiva y que tengamos una mayor amplitud, la aplicaci\u00F3n de la normativa se extendiera, como se\u00F1al\u00F3 el Senador se\u00F1or Sabag , a los funcionarios municipales, a los del Congreso y a los del Poder Judicial .\n \nEntonces, me parece que esta es una gran iniciativa, que se anticipa a los hechos, aunque cabe recordar que ya ha habido varios planteamientos de la OIT en el sentido de que Chile debe normar esta materia.\n \nAdem\u00E1s, el Convenio 151 de la OIT es bastante completo en cuanto a establecer la aplicaci\u00F3n de sus disposiciones y las condiciones en las cuales se lleva adelante. Incluso, en los art\u00EDculos 7 y 8 se habla de \"medidas adecuadas\" para el proceso de negociaci\u00F3n colectiva y de c\u00F3mo estas \"deben ir asociadas a mecanismos de soluci\u00F3n de conflictos\".\n \nA mi juicio, las modificaciones propuestas al art\u00EDculo 19, numeral 16\u00B0, de la Carta Fundamental, relativo a la protecci\u00F3n de la libertad de trabajo, en sus incisos quinto y sexto, donde se habla de la negociaci\u00F3n colectiva, van en la l\u00EDnea correcta. Considero absolutamente necesario terminar con esa restricci\u00F3n. Constituye un derecho para los trabajadores del Estado, quienes cumplen una gran labor, como lo destacamos esta ma\u00F1ana a ra\u00EDz de una reforma muy importante al sistema de educaci\u00F3n.\n \nPor \u00FAltimo, se\u00F1or Presidente , cabe resaltar que el Convenio 151 de la OIT insiste en algo que caracteriza a dicho organismo y de lo que a veces nos escandalizamos un poco en Chile. Dicho instrumento internacional, que estamos refrendando mediante esta iniciativa de origen parlamentario, hace presente \"la importancia que debe atribuirse a la celebraci\u00F3n de consultas francas y exhaustivas sobre cualquier cuesti\u00F3n o legislaci\u00F3n proyectada que afecte los derechos sindicales\".\n \nSeg\u00FAn lo anterior, cuando se estudie la ley org\u00E1nica que se deriva de este proyecto, ser\u00E1 de gran importancia escuchar a los trabajadores, a fin de ver si el alcance de esta reforma es lo que se requiere. \nAl respecto, no puedo dejar de hacer la comparaci\u00F3n con lo ocurrido en relaci\u00F3n con la consulta a los pueblos ind\u00EDgenas. En este caso tengo la impresi\u00F3n de que nos hemos hecho un poquito los lesos como sociedad, como Estado.\n \nCon todo, en esta materia los organismos pertinentes reclaman de nosotros una actitud mucho m\u00E1s proactiva. \nPor todo lo dicho, se\u00F1or Presidente, voto a favor. \nEl se\u00F1or GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se\u00F1or Zald\u00EDvar. \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR (don Andr\u00E9s).- Se\u00F1or Presidente , esta es una iniciativa importante, que, como se ha se\u00F1alado aqu\u00ED, debi\u00E9ramos haberla aprobado hace muchos a\u00F1os, por dos razones.\n \nPrimero, porque Chile es suscriptor del Convenio 151 de la OIT, que no hemos cumplido. Por tanto, estamos en deuda.\n \nSegundo, porque, como dijo acertadamente el Senador Hern\u00E1n Larra\u00EDn , uno de los autores de la moci\u00F3n, esto es una realidad. Quienes tenemos experiencia en funciones de Gobierno lo sabemos muy bien. Siendo Ministro de Hacienda , ya en 1964 me toc\u00F3 negociar permanentemente con los gremios del sector p\u00FAblico. Y, de hecho, se produjeron paralizaciones, dado que no exist\u00EDa un mecanismo regulador de ese derecho, el cual resulta esencial para el bienestar de las relaciones laborales.\n \nAvanzar en ese sentido no implica poner en riesgo lo que podr\u00EDa denominarse \"la tranquilidad\" o \"la estabilidad\" de dichas relaciones en el \u00E1mbito p\u00FAblico, sino que reglamenta la situaci\u00F3n para dar cauce a las negociaciones, lo que permitir\u00E1 cumplir los tratados con los cuales estamos comprometidos, respetar los derechos laborales, y, a su vez, regular el proceso de negociaci\u00F3n entre los funcionarios p\u00FAblicos y el Estado.\n \nAhora, en cuanto a la propuesta misma, hay una disposici\u00F3n transitoria que se refiere a la ley org\u00E1nica que deber\u00E1 dictarse. En mi opini\u00F3n, de todas maneras debe elaborarse una legislaci\u00F3n que norme el sistema de negociaci\u00F3n entre los empleados p\u00FAblicos y el Estado. Ello es de la esencia del proyecto. Sin esa normativa, la presente reforma no ser\u00EDa m\u00E1s que una declaraci\u00F3n de intenciones respecto de determinados derechos, pero no tendr\u00EDa implementaci\u00F3n. De hecho, pienso que tal disposici\u00F3n no es necesaria, por cuanto la Constituci\u00F3n por s\u00ED misma requiere, cuando se establecen derechos, la existencia de una ley org\u00E1nica que regule su ejercicio.\n \nDe todas maneras, ese punto lo discutiremos cuando la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n elabore el segundo informe y dispongamos de una redacci\u00F3n m\u00E1s definitiva.\n \nEn consecuencia, si el Senado aprueba hoy la idea de legislar -ojal\u00E1 que as\u00ED sea-, daremos un paso importante en una materia que estaba pendiente. \nVoto que s\u00ED. \nEl se\u00F1or LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se\u00F1or Mu\u00F1oz Aburto. \n \nEl se\u00F1or MU\u00D1OZ ABURTO.- Se\u00F1or Presidente , al final de mi intervenci\u00F3n en la sesi\u00F3n de la ma\u00F1ana, solicit\u00E9 que este proyecto se refundiera con otro que est\u00E1 en la Comisi\u00F3n de Trabajo y que aborda el mismo tema. Me refiero a la iniciativa que consagra el derecho de los funcionarios p\u00FAblicos a negociar colectivamente (bolet\u00EDn N\u00BA 6.218-13).\n \nA mayor abundamiento, me permito citar el art\u00EDculo 17 A de la Ley Org\u00E1nica Constitucional del Congreso Nacional: \"La Sala, a propuesta de la comisi\u00F3n respectiva, podr\u00E1 refundir dos o m\u00E1s proyectos de ley radicados en esa C\u00E1mara, siempre que todos se encuentren en el primer tr\u00E1mite constitucional y sus ideas matrices o fundamentales tengan entre s\u00ED relaci\u00F3n directa. En cuanto sea posible, se consultar\u00E1 a sus autores.\".\n \nComo esa es la situaci\u00F3n, reitero la petici\u00F3n que plante\u00E9 en la ma\u00F1ana: que la Sala autorice que la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n pueda refundir los dos proyectos cuando el que ahora nos ocupa vuelva a dicho \u00F3rgano.\n \nEl se\u00F1or LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se\u00F1or Patricio Walker. \n \nEl se\u00F1or WALKER (don Patricio).- Se\u00F1or Presidente , creo que cuando las cosas ocurren en la pr\u00E1ctica, en los hechos, sin estar reguladas, las conversaciones y las negociaciones pueden encauzarse mal y terminar generando perjuicios. Por eso, cuando los trabajadores del sector p\u00FAblico dialogan, conversan o negocian con el Gobierno y se paralizan los servicios p\u00FAblicos, lo l\u00F3gico es regular, encaminar y transparentar la situaci\u00F3n.\n \nEn mi opini\u00F3n, todos debi\u00E9ramos felicitar al Senador Hern\u00E1n Larra\u00EDn por haber propuesto esta reforma a la Constituci\u00F3n, la cual permite resolver, por medio de la ley, este tipo de acontecimientos.\n \nSi uno entra en un mundo globalizado y firma tratados que est\u00E1n vigentes no puede desentenderse de ellos. Ac\u00E1 tenemos normas de la OIT, del Pacto Internacional de Derechos Econ\u00F3micos, Sociales y Culturales, que nos obligan a disponer regulaciones en estas materias. \nChile es el \u00FAnico pa\u00EDs en el mundo que proh\u00EDbe a nivel constitucional la negociaci\u00F3n colectiva y que establece la prohibici\u00F3n del derecho a huelga.\n \nLa regla general es poder negociar colectivamente y no prohibir el derecho a huelga. \nEs m\u00E1s, algunas normas efectivamente disponen derechos para los funcionarios p\u00FAblicos. La ley N\u00B0 19.296 reconoce a los dirigentes sindicales del sector p\u00FAblico el derecho a fuero y a los permisos sindicales. Y, en ese sentido, el hecho de que avancemos en esta materia profundiza algunos de los derechos reconocidos en algunas normativas.\n \nLa norma 80/20 no se cumple. Tenemos m\u00E1s funcionarios a honorarios y a contrata que de planta. Estos solo son 86 mil. \nPor eso estimo importante hacernos cargo de estos problemas y que el Estado deje de ser un mal empleador y regularice las situaciones que hoy d\u00EDa se encuentran en el limbo y que generan precariedad en los trabajadores. \nDurante la discusi\u00F3n del proyecto, se hicieron algunas sugerencias, como la del profesor de Derecho Constitucional don Patricio Zapata, quien propuso ciertos cambios en el orden de la redacci\u00F3n de los autores de esta propuesta de reforma constitucional. De tal manera que esperamos presentar ciertas indicaciones para mejorarla. \nAlgunos casos van a requerir arbitrajes obligatorios. Por ejemplo, cuando el sector p\u00FAblico est\u00E1 involucrado en la seguridad nacional y en el orden p\u00FAblico, es posible la existencia de mecanismos alternativos de consulta y participaci\u00F3n de las asociaciones que los representan. \nTodo eso lo podemos regular a trav\u00E9s de la ley org\u00E1nica respectiva. \nSe\u00F1or Presidente , quiero destacar lo que sucede en la Regi\u00F3n de Ays\u00E9n, la cual represento en el Senado, donde la mayor\u00EDa de los trabajadores son del sector p\u00FAblico. Sin embargo, en la actualidad, a pesar de haber di\u00E1logo, conversaciones y tambi\u00E9n paralizaciones, por no hallarse normada la situaci\u00F3n, en algunas ocasiones, lamentablemente, hay amenazas y represalias de parte de las autoridades. Esto tiene que ser resuelto en forma razonable. Y la mejor manera de hacerlo es eliminando la prohibici\u00F3n constitucional de la negociaci\u00F3n colectiva y, por supuesto, del derecho a huelga.\n \nEn consecuencia, se\u00F1or Presidente , vamos a votar a favor del proyecto de reforma constitucional. Esperamos que en la ley org\u00E1nica constitucional correspondiente se complementen sus normas conforme a una buena regulaci\u00F3n que permita encauzar el di\u00E1logo mediante la negociaci\u00F3n colectiva.\n \nAl mismo tiempo, confiamos en eliminar este verdadero \"garrote\" que consiste en prohibir las huelgas e impedir la negociaci\u00F3n colectiva. \nEl se\u00F1or LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or G\u00F3mez.\n \n \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ.- Se\u00F1or Presidente , deseo precisar un punto de la intervenci\u00F3n del Senador se\u00F1or Longueira , en el siguiente sentido.\n \nAl referirnos a la disposici\u00F3n Vigesimosexta transitoria -se\u00F1ala que \"Las modificaciones introducidas en el n\u00FAmero 16\u00B0 del art\u00EDculo 19 sobre negociaci\u00F3n colectiva y huelga de los funcionarios p\u00FAblicos regir\u00E1n al momento de entrar en vigencia la ley org\u00E1nica constitucional que regular\u00E1 estas materias.\"- es necesario aclarar que no hemos planteado que no deba haber una ley org\u00E1nica ni estamos en contra de su dictaci\u00F3n, pues en el propio proyecto de los Senadores patrocinantes se establece que una ley org\u00E1nica precisar\u00E1 cu\u00E1les son las situaciones en las que podr\u00E1 haber restricciones al ejercicio del derecho que menciona.\n \nPor lo tanto, a nuestro juicio, de acuerdo al proyecto original, dejar la vigencia de la normativa sujeta a la dictaci\u00F3n de la ley org\u00E1nica produce un efecto no deseado, porque tambi\u00E9n se puede incluir en aquella lo que solicitan quienes est\u00E1n por abstenerse. \nEn mi opini\u00F3n, es importante contar con los votos suficientes para que esta iniciativa se siga debatiendo, ya que ahora se trata de aprobar la idea de legislar. Si algunos se abstienen, no se va a alcanzar el qu\u00F3rum requerido y eso, finalmente, impedir\u00E1 continuar analizando un proyecto que de verdad tiene mucha trascendencia y que, incluso -como lo dije en mi intervenci\u00F3n anterior-, fue presentado por Senadores que usualmente estaban en desacuerdo con estas normas. Los tiempos han cambiado. En ese sentido, es importante valorar que se haya formulado esta moci\u00F3n. \nCreo que resulta relevante cambiar las abstenciones para, de una u otra forma, seguir discutiendo un proyecto en el que durante muchos a\u00F1os se ha buscado avanzar. Y no hay que pensar que esto podr\u00EDa significar un retroceso. Porque, al igual como lo hicimos con la iniciativa anterior, donde, despu\u00E9s de un debate bastante agrio, en el que daba la impresi\u00F3n de haber una situaci\u00F3n muy compleja entre nosotros, fuimos capaces de buscar una f\u00F3rmula. \nEntonces, si este proyecto se rechaza por falta de qu\u00F3rum, se producir\u00E1 la imposibilidad de seguir debati\u00E9ndolo. \nS\u00E9 que durante la fundamentaci\u00F3n de voto es dif\u00EDcil buscar una soluci\u00F3n de esta magnitud. \nPor eso, insisto en pedir a quienes se van a abstener que den los votos necesarios con el objeto de seguir discutiendo la iniciativa y no dejarla archivada, como ocurrir\u00E1 en caso de no reunirse el qu\u00F3rum que se precisa. \nSe\u00F1or Presidente , lo normal siempre ha sido que en situaciones similares, cuando nos encontramos en la votaci\u00F3n general, avancemos en los proyectos. En este caso, si no hay los votos suficientes, la iniciativa llegar\u00E1 hasta aqu\u00ED. Y no me parece razonable que una materia discutida por a\u00F1os en el Congreso no pueda seguir debati\u00E9ndose. Creo que eso no es l\u00F3gico.\n \nComo dije, en una situaci\u00F3n mucho m\u00E1s compleja como la descrita fuimos capaces de resolver el problema. Y en esta, que no es tan complicada ni dif\u00EDcil -adem\u00E1s resta un segundo an\u00E1lisis durante la discusi\u00F3n en particular-, se va a rechazar la iniciativa de no contar con la mayor\u00EDa del caso. \nPor eso, se\u00F1or Presidente, pido con todo respeto que se d\u00E9 la posibilidad de contar con los votos necesarios. \nEl se\u00F1or LETELIER ( Vicepresidente ).- No hay m\u00E1s Senadores inscritos.\n \nEl se\u00F1or LABB\u00C9 ( Secretario General ).- \u00BFAlg\u00FAn se\u00F1or Senador no ha emitido su voto?\n \nEl se\u00F1or LETELIER ( Vicepresidente ).- Terminada la votaci\u00F3n.\n \n \n--Se rechaza el proyecto por no haberse reunido el qu\u00F3rum constitucional requerido (21 votos a favor y 8 abstenciones). \nVotaron por la afirmativa las se\u00F1oras Allende, Alvear y Rinc\u00F3n y los se\u00F1ores Bianchi, Cantero, Escalona, Frei (don Eduardo), Garc\u00EDa, Girardi, G\u00F3mez, Horvath, Lagos, Larra\u00EDn (don Hern\u00E1n), Letelier, Mu\u00F1oz Aburto, Pizarro, Quintana, Sabag, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zald\u00EDvar (don Andr\u00E9s).\n \nSe abstuvieron los se\u00F1ores Chahu\u00E1n, Espina, Kuschel, Larra\u00EDn (don Carlos), Longueira, Orpis, Prokurica y Uriarte.\n \n " . . . . . . . . .