-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1-ds19
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1-ds19-ds24
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1-ds19-ds21
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1-ds19-ds25
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1-ds19-ds7
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1-ds19-ds23
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1-ds19-ds22
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:SegundoTramiteConstitucional
- dc:title = "EXACTITUD, ACTUALIZACIÓN Y VERACIDAD DE INFORMACIÓN DE PREDICTORES DE RIESGO COMERCIAL"^^xsd:string
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/685
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1745
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2571
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3336
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/566
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1274
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/66
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4422
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/337
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/637
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/828
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2274
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/802
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2035
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1961
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3688
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3080
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3494
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2021
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1778
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2146
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2312
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3069
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2008
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1570
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/606
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/predictores-de-riesgo
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/proteccion-de-la-vida-privada
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/datos-personales
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/proteccion-de-datos-personales
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/proteccion-a-la-vida-privada
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnGeneral
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n19628
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n-19628
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n-20521
- rdf:value = " EXACTITUD, ACTUALIZACIÓN Y VERACIDAD DE INFORMACIÓN DE PREDICTORES DE RIESGO COMERCIAL
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley sobre Protección de la Vida Privada, para garantizar que la información contenida en los predictores de riesgo comercial sea exacta, actualizada y veraz, con informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6800-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 81ª, en 12 de enero de 2010.
Informe de Comisión:
Economía: sesión 3ª, en 16 de marzo de 2011.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El objetivo de la iniciativa es modificar el artículo 9o de la Ley sobre Protección de la Vida Privada, estableciendo la prohibición de realizar rankings o predictores de riesgo comercial que se basen en variables relativas a la frecuencia de consulta de los datos personales contenidos en un registro o banco de datos asociados a determinado individuo.
La Comisión de Economía discutió el proyecto solo en general, en atención a que es necesario y conveniente introducir precisiones en su redacción, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores García, Kuschel, Tuma y Andrés Zaldívar).
El texto propuesto se transcribe en las páginas pertinentes del primer informe de la Comisión.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Honorable señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , el proyecto en análisis se encuentra en segundo trámite constitucional. Fue aprobado por unanimidad en la Sala de la Cámara de Diputados, después del trámite en las respectivas Comisiones. Y lo mismo está ocurriendo en el Senado, donde la Comisión de Economía lo acogió en general.
La iniciativa busca resolver la arbitrariedad e injusticia en que incurren las empresas que manejan y administran información de datos económicos de las personas.
La ley No 19.628 establece un marco normativo suficientemente claro para identificar cuáles datos son públicos y cuáles solo pueden adquirir dicha calidad con la autorización del titular.
Sin embargo, la amplitud de la definición de "datos personales" ha permitido a las empresas que realizan tratamiento de datos construir, a partir de la información recolectada, los denominados predictores de riesgo -rankings o scores-, que, como su nombre lo indica, son instrumentos que aspiran a predecir el comportamiento futuro de un individuo sobre la base de la historia de su conducta anterior, considerando además su nivel educativo, patrimonio, nivel de ingresos y endeudamiento, entre otras variables, incluyendo el número de veces que terceros han consultado por su información.
En el caso particular de la empresa DICOM, el predictor establece un nivel de riesgo en razón de tres factores principales: 1) el número de protestos que posee la persona; 2) el número de morosidades, y 3) el número de consultas de sus antecedentes por parte de terceros. Este predictor se gradúa de cero a mil puntos, siendo "cero" el más riesgoso y "mil" el menos riesgoso.
Es posible -se da el caso- que haya personas que jamás han tenido ni protestos ni morosidades pero que, por el solo hecho de haber recibido consultas respecto de su comportamiento en el cumplimiento de sus obligaciones, se les califica en un nivel de riesgo que en muchos casos ha impedido que accedan a un crédito en la banca, en financieras o en casas comerciales.
Por consiguiente, el proyecto persigue impedir que estas empresas recolectoras de datos o predictoras de riesgo utilicen factores que son absolutamente subjetivos, que no dependen del deudor. Esto sí se aplica cuando este último no cumple de manera oportuna una obligación, o cuando tiene un protesto o una morosidad. Pero no depende de él que terceros hagan consultas. Esto puede dañar. De hecho, se ha utilizado, al efectuar reiteradas consultas para menoscabar el prestigio y la honra de personas que nunca han caído en un incumplimiento, solo para aumentarles el riesgo. Eso ocurre mucho con los servidores públicos y con quienes poseen alguna connotación pública.
Recientemente, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección contra la empresa "DICOM EQUIFAX", en que recoge precisamente los fundamentos de la moción que inició el proyecto en informe, y ha fallado que el predictor de riesgo de la recurrida vulnera las garantías constitucionales consagradas en los números 2°, 4° y 26 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Y agrega la sentencia que "no obstante la conciencia de estos sentenciadores en cuanto al efecto relativo de las sentencias, no puede omitir el dejar constancia de su parecer en el sentido de que resultan tan obvias las ilegalidades y arbitrariedades que comete la recurrida," -es decir, la empresa que informa respecto de los riesgos- "con la elaboración y puesta a disposición del público del denominado `predictor de riesgo', que estiman se trata de una práctica a la que debiera ponerse término, para evitar así el poder llegar a dañar injustamente el crédito y la imagen de las personas, sin que exista autorización legal que lo permita, ni razones objetivas que lo avalen".
Señor Presidente , estamos ante un proyecto originado en moción de los Diputados señoras Carolina Goic y María Antonieta Saa y señores Felipe Harboe , Jorge Burgos , Guillermo Ceroni , Marcelo Díaz , Ramón Farías y Alberto Robles , y del Senador que habla, entonces Diputado .
La iniciativa se encuentra en segundo trámite. Y esperamos que sea apoyada, en función del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y de lo que ha acogido la Comisión de Economía.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , voy a argumentar en el mismo sentido del planteamiento formulado por el Senador Tuma, quien fue uno de los autores del proyecto presentado en la Cámara Baja cuando era Diputado .
En la Comisión, la unanimidad de sus miembros estimamos que debe regularse la utilización de determinados datos personales, sobre todo con relación a la llamada "predicción de riesgo".
Como bien señaló el Honorable colega, estas empresas muchas veces parten de elementos subjetivos para definir un hecho objetivo; es decir, si una persona es o no riesgosa en cuanto a su capacidad de crédito.
Por lo tanto, pensamos que, aparte de normar este aspecto, es necesario prohibir el empleo de esos parámetros para realizar tales predicciones.
Por lo demás, el reciente fallo de la Corte Suprema, a que se hizo referencia, va en la línea de lo aprobado en la Cámara de Diputados, que nuestra Comisión de Economía acogió en los mismos términos.
Ahora, dicho órgano técnico recomienda abrir un plazo para la recepción de indicaciones, más que nada para introducir algunas aclaraciones.
En lo personal, considero que el texto es suficiente tal como está. Sin embargo, es bueno que si algún colega desea precisar más el alcance del proyecto tenga la oportunidad de hacerlo en el lapso que se fije. Y si no se presentaran indicaciones, se dará por aprobado reglamentariamente.
Señor Presidente , urge despachar la iniciativa, ya que existe un reclamo bastante generalizado sobre la materia. Y ha habido expresiones públicas en las cuales, incluso, se le ha adjudicado al Senado cierta incapacidad para tratarla con la rapidez que corresponde.
Si bien el proyecto se originó en una moción, por lo cual no tuvo la posibilidad de que el Ejecutivo le colocara urgencia, sería conveniente despacharlo con premura.
Por ello, pido establecer un plazo breve para la formulación de indicaciones, de manera que la iniciativa vuelva cuanto antes a la Sala para su discusión en particular. Y así contribuiremos a que se transforme pronto en ley de la República.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , quiero anunciar la voluntad de los Senadores de Renovación Nacional de votar favorablemente el proyecto.
En verdad, resulta incomprensible que para elaborar predictores de riesgo financiero se considere, por ejemplo, el número de veces que una persona se cambia de casa o -peor aun- la cantidad de consultas que registra su RUT.
Todos sabemos que cuando alguien postula a un trabajo, las distintas empresas recaban antecedentes sobre las deudas que él pueda tener. Pero eso no lo transforma en más riesgoso.
Por lo tanto, esta iniciativa más el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que se mencionó, vienen a poner las cosas en su lugar.
A mi juicio, la medición de la capacidad financiera de una persona tiene que hacerse sobre la base de los ingresos que perciba, el endeudamiento que registre, su capacidad o incapacidad para contraer nuevos compromisos. Pero no como ocurre hoy. Porque el número de consultas al RUT no significa que tal persona sea mejor o peor pagadora, ni más ni menos riesgosa desde el punto de vista del cumplimiento de sus compromisos.
Concuerdo con los colegas Andrés Zaldívar y Tuma en cuanto a que se fije un plazo breve para presentar indicaciones. Podría ser hasta el mediodía del lunes venidero, de tal modo que, si las hubiere, la Comisión de Economía las analizara en su próxima sesión.
En realidad, se trata de un texto bastante simple. Lo único que queríamos revisar en el órgano técnico era que la redacción correspondiera exactamente al propósito que se persigue: que no se construyan predictores de riesgo sobre la base del número de consultas al rol único tributario de la gente.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , creo que este es un buen proyecto. Porque varias personas me han dicho: "Por el hecho de que han consultado sobre mi situación económica o laboral diez veces, ahora tengo un alto factor de riesgo. ¿Por qué consultan tanto?". Y solo por eso, prácticamente no les dan crédito o consideran que poseen elevados factores de riesgo.
Nosotros estamos de acuerdo con la iniciativa y, por supuesto, la vamos a aprobar. Sin embargo, observamos que no contempla ninguna multa pecuniaria para quienes incurran en esta clase de faltas o abusos, salvo que el afectado ejerza algún tipo de acción, lo cual implica gasto y pérdida de tiempo.
Al igual que los colegas referidos, soy partidario de establecer un plazo breve para formular indicaciones. Y ojalá en ese término algún Senador presente alguna -yo también estudiaré tal posibilidad- en orden a que a aquellos que cometan abusos de esa índole se les aplique una sanción pecuniaria.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la idea de legislar.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (26 votos favorables).
Votaron las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, Girardi, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Quintana, Rossi, Sabag, Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Debemos establecer un plazo corto para presentar indicaciones.
¿Qué fecha sugiere, Senador señor Zaldívar?
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
La próxima semana corresponde a trabajo en Regiones.
Entonces, propongo el lunes subsiguiente, a las 12.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se fijará plazo para formular indicaciones hasta las 12 del lunes 4 de abril.
--Así se acuerda.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159/seccion/akn639159-po1
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639159
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/6800-03