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El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente , la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización aprobó unánimemente esta iniciativa, cuyo objetivo fundamental es crear un juzgado de policía local en cada una de las 75 comunas donde hoy no existen.
Es importante que los señores Senadores sepan que, en virtud de la ley vigente, en aquellas municipalidades que no cuentan con juez de policía local letrado quienes cumplen las funciones respectivas son los alcaldes. Pero el mismo cuerpo legal establece diversas materias que necesariamente han de ser resueltas por jueces abogados. Por eso, en las comunas donde no los hay las causas correspondientes deben ser conocidas por el juzgado de policía local más cercano.
Lo anterior ya configura una primera situación compleja y difícil, porque obliga a los interesados a trasladarse hasta una comuna vecina para comparecer ante un tribunal letrado.
Asimismo, cuando este juzgado resuelve aplicar una multa, un porcentaje de ella queda a beneficio del municipio del lugar donde tiene su asiento. Y, por lo tanto, las municipalidades ven mermados sus ingresos por una circunstancia de esta naturaleza.
Por consiguiente, se ha estimado esencial dotar de jueces letrados a todas las comunas del país que no los tengan, que son muy pocas. Por eso la iniciativa establece la creación de tales juzgados de policía local.
Además, estoy seguro de que no escapa al entendimiento de la Sala el hecho de que cada día se les entregan mayores atribuciones a dichos tribunales, a fin de que resuelvan acerca de una serie de materias que van mucho más allá de las ordenanzas municipales. Por ejemplo, en todo cuanto dice relación con las normas de defensa de los derechos de los consumidores.
En la Comisión de Economía, que integran también los Senadores señores Tuma y Andrés Zaldívar , días atrás contamos con la presencia de jueces de policía local -si la memoria no me engaña- de la Novena Región, quienes manifestaron que a la gran cantidad de facultades que hoy día poseen respecto de distintas materias se suman las relativas a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, que los obliga a desarrollar un intenso trabajo, para el cual se precisan vastos conocimientos técnicos.
En consecuencia, la defensa de los consumidores se debilita fuertemente en las localidades donde no existe un juzgado de policía local. Y es el típico caso en que los vecinos tienen que recurrir al tribunal de una comuna cercana.
Por ende, la creación de los 75 juzgados de policía local de que se trata nos parece extraordinariamente relevante, y fue uno de los motivos centrales por los que la Comisión de Gobierno aprobó por unanimidad este proyecto.
En el informe que Sus Señorías tienen a su disposición es posible observar que en el artículo 1° se establecen con claridad las municipalidades en cuyos territorios se crean los juzgados de policía local pertinentes. Ahí figura el listado de esas 75 comunas, la mayoría rurales, alejadas de los centros urbanos.
Por consiguiente, a través de esta iniciativa legal se acerca la administración de justicia a las personas, a los vecinos, a los ciudadanos.
Adicionalmente, se crean dos nuevos juzgados de policía local en municipalidades que ya cuentan con uno o más: en la de Talca (un tercer tribunal) y en la de Recoleta (un segundo). Ello, por cuanto los existentes se encuentran absolutamente colapsados a raíz del gran número de actividades que deben realizar.
Y, por supuesto, en las plantas de personal de cada uno de los municipios referidos se crean los cargos de "Juez de Policía Local" y "Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local". Por ende, se establece, por el solo ministerio de la ley en análisis, la estructura legal que deben tener esos tribunales: un juez y un secretario, ambos abogados.
Entonces, señor Presidente, mediante este proyecto se da un paso muy significativo para lograr algo primordial: acercar la justicia a las personas.
Tal como señaló el señor Secretario General , el texto contiene algunas normas de quórum especial, por lo que ha de cuidarse su cumplimiento en cada una: el artículo 1°, que crea un juzgado de policía local en las comunas que indica; los artículos 3° y 4°, que crean uno adicional en los municipios de Talca y Recoleta , y los artículos 6° permanente y primero transitorio, que dicen relación con las plantas de personal.
La Comisión de Gobierno invita a Sus Señorías a aprobar la iniciativa, que viene a reforzar el trabajo de las municipalidades en un asunto tan trascendente como la administración de justicia.
Durante el estudio del proyecto muchos señores Senadores nos formularon consultas con respecto al financiamiento. Este será de cargo municipal. Y ello obedece a una lógica: los juzgados de policía local generan ingresos en su accionar y, por tanto, contribuyen de manera fundamental a financiar las plantas de personal y otros gastos de los municipios.
De otro lado, la propia Asociación de Municipalidades ha establecido que los aportes que los juzgados de policía local efectúan a esas corporaciones son, dependiendo del tamaño de ellas, verdaderamente significativos.
Por lo expuesto, se consideró innecesario consignar recursos complementarios en la iniciativa, pues estos se generarán por la propia actividad de los tribunales que se crean.
De hecho, la falta de juzgados de policía local en las 75 comunas en las cuales se crean ahora les ha significado a los respectivos municipios perder ingresos importantes; no tener la posibilidad de acceder a ellos a través de multas y otros cobros por casos generados en sus propias comunidades y territorios.
Por lo tanto, esa constituye una razón más para sostener que no son necesarios recursos adicionales o financiamiento del Estado para la creación de estos tribunales. En tal sentido, se sigue una doctrina que ha sido permanente durante los últimos veinte años: la implementación de juzgados de esa naturaleza y el financiamiento de ellos recaen en las municipalidades.
En consecuencia, teniendo presentes las normas de quórum especial que se hallan reseñadas en el informe rendido por el señor Secretario , la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización invita a la Sala a aprobar el proyecto de ley en debate -ojalá en forma unánime-, por cuanto es extraordinariamente indispensable para un conjunto de comunas pequeñas y medianas del país que hoy día carecen de tales juzgados.
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