. . . . . . . . " \nEl se\u00F1or PROKURICA.- Se\u00F1or Presidente , Honorable Senado, el proyecto en an\u00E1lisis crea juzgados de polic\u00EDa local en comunas ubicadas en zonas alejadas de los centros urbanos y, adem\u00E1s, fortalece la institucionalidad de las alcald\u00EDas mediante la instalaci\u00F3n de funcionarios p\u00FAblicos con calidad de abogados que conozcan de los asuntos y hechos que se susciten entre los vecinos y que sucedan dentro de la jurisdicci\u00F3n municipal, sin necesidad de delegar esta funci\u00F3n en tribunales vecinos.\n \nLe ley N\u00B0 15.231, sobre organizaci\u00F3n y atribuciones de los juzgados de polic\u00EDa local, dispone que en aquellas comunas en que no existe el cargo de juez de polic\u00EDa local las funciones correspondientes deber\u00E1n ser desempe\u00F1adas por los respectivos alcaldes.\n \nAsimismo, el citado cuerpo legal se\u00F1ala diversas materias de competencia de estos tribunales que solo pueden ser conocidas por jueces letrados. En el caso de las comunas que no cuentan con esta clase de magistrados, las causas ser\u00E1n conocidas y resueltas por el juzgado de polic\u00EDa local m\u00E1s inmediato al territorio de la comuna en que ellas se originaron y que est\u00E9 servido por un juez abogado. \nEl proyecto responde a demandas hist\u00F3ricas que han formulado municipalidades y autoridades regionales en aras de aumentar el n\u00FAmero de juzgados de polic\u00EDa local en las comunas que as\u00ED lo requieren, con especial \u00E9nfasis en el mejoramiento de las condiciones de aquellas zonas apartadas de centros urbanos y aisladas, para lo cual resulta fundamental facilitar el acceso a la justicia local, ya que hoy d\u00EDa los vecinos est\u00E1n obligados a trasladarse a esos puntos soportando el costo econ\u00F3mico y el tiempo que ello significa. \nEntre las materias que los juzgados de polic\u00EDa local deben conocer figuran las relativas a las infracciones al tr\u00E1nsito -todos estamos al tanto de ellas muy bien- y transporte p\u00FAblico; rentas municipales; urbanismo y construcciones; pago de dividendos de deudas habitacionales; ejercicio de acciones sobre protecci\u00F3n de los consumidores; comercializaci\u00F3n de combustibles; terrenos forestales; servicios de agua potable y alcantarillado; protecci\u00F3n de recursos naturales renovables; \u00E1reas silvestres protegidas por el Estado; conservaci\u00F3n de tierras con riesgo de erosi\u00F3n; copropiedad inmobiliaria; votaciones populares y escrutinios, entre otras.\n \nAdem\u00E1s, con el aumento de tales tribunales, la iniciativa beneficia a aquellas comunas en que estos se encontraban sobrepasados por el n\u00FAmero de causas de que conocen, por lo cual la creaci\u00F3n de dichos juzgados en esas jurisdicciones ir\u00E1 en beneficio de los vecinos, quienes deber\u00E1n ver, de forma directa, una mejora en el tiempo en que se atienden sus juicios y en la dictaci\u00F3n de resoluciones. \nUno de los efectos del proyecto en debate apunta a evitar que la municipalidad en cuyo territorio se cometi\u00F3 una infracci\u00F3n sancionada con multa perciba un ingreso menor, por cuanto -tal como indic\u00F3 el Senador se\u00F1or P\u00E9rez Varela - en la actualidad el 20 por ciento del monto recaudado va en beneficio del municipio al que pertenece el juez de polic\u00EDa local que la aplica. Por tal motivo, aquellas comunas que hoy d\u00EDa no cuentan con estos tribunales pierden ese porcentaje de los recursos.\n \nOtro prop\u00F3sito del proyecto es adecuar las plantas de personal de las municipalidades, con el objeto de incorporar el cargo de Juez de Polic\u00EDa Local en el grado m\u00E1s alto de la planta de directivos y establecer que el de Secretario del Juzgado de Polic\u00EDa Local ser\u00E1 de secretario abogado, por lo que la persona que lo desempe\u00F1e deber\u00E1 contar con ese t\u00EDtulo profesional, a fin de uniformar la denominaci\u00F3n y los requisitos para acceder al cargo y subrogar al juez en caso de impedimento o inhabilidad.\n \nFinalmente, como Sus Se\u00F1or\u00EDas saben, una justicia lejana en la ruralidad o lenta no es justicia. \nPor lo tanto, la creaci\u00F3n de estos 75 nuevos juzgados de polic\u00EDa local en zonas alejadas y rurales del pa\u00EDs redundar\u00E1 en un mejor y mayor acceso a la justicia que el que sus habitantes tienen hoy d\u00EDa. \n " .