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1.- Que actualmente de acuerdo a datos de la SBIF, en nuestro país existen más de 17 millones de tarjetas de crédito vigentes, entre tarjetas de entidades bancarias y no bancarias vinculadas a casas comerciales, siendo más de 15 millones de tarjetas las no bancarias, pertenecientes a empresas del retail o casas comerciales, transformándose éstas en el medio de pago más utilizado por las familias chilenas para adquirir bienes y servidos ya no de consumo, sino que incluso de primera necesidad. Es así que las tarjetas de casas comerciales, han suscrito convenios con otras tiendas más pequeñas o establecimientos asociados que han permitido que mediante las tarjetas de dichas casas comerciales se puedan adquirir desde tarjetas de celular hasta atenciones médicas, compras en farmacias, repuestos de automóviles, etc.
2.- Que una reciente encuesta realizada por la Escuela de Negocios de la Universidad Andrés Bello, ha dado cuenta que un 79% de los chilenos es deudor de alguna de las grandes tiendas, un 46% de los encuestados reconoce que tiene deudas tanto en el sistema bancario (se excluyen los hipotecarios) como en las casas comerciales. Sí se desagregan dichas cifras por tipo de entidad financiera, un 79% dice estar endeudado en grandes tiendas, 48% en bancos, y 20% en supermercados. Ahora bien, la encuesta arroja un dato que es aún más preocupante, un 42% de la muestra señala que destina entre un O a un 20% de sus ingresos mensuales a pagar deudas y un 37% entre un 20% a 50% de sus ingresos, es decir, más de un tercio del país destina entre el 20 y un 50 por ciento de sus ingresos sólo a pagar deudas en estas empresas que, en algunos casos, tienen altas tasas de interés y falta de negociación en sus contratos con los clientes. Que de acuerdo a los datos recopilados por la encuesta, el segmento de la población con mayores deudas corresponde a las personas entre 30 y 49 años, en su mayoría jóvenes y adultos jóvenes jefes de hogar lo cual es sin duda preocupante. Por último, un dato que nos parece clarificador, un 75 % de los encuestados declara sentirse o haberse sentido “desprotegido” lo que claramente da cuenta del desamparo en que se sienten no miles sino que millones de chilenos frente al poder de estas grandes empresas, lo cual afecta a las personas de menores ingresos, los cuales sienten, de acuerdo a la encuesta, en un 82% que no podrán salir de su actual nivel de endeudamiento, lo que nos parece particularmente grave porque no sólo ahoga, sino que mata en términos financieros a las personas.
3.- Que hace menos de un mes, nuestro país se ha visto sacudido por un escándalo financiero en el cual está envuelta la cuarta empresa de retail más importante del país, consecuencias que hasta el día de hoy no han sido cuantificadas del todo, y que han sembrado un manto de dudas respecto de los instrumentos con que cuentan los organismos fiscalizadores del Estado en estas materias. Dicha empresa, mediante procedimientos al parecer ilegales, repactaba de manera unilateral las deudas de sus clientes, aumentando dichas deudas en hasta 7 veces la deuda original, obligando a pagar cifras sumamente abultadas a los clientes que podían hacerlo, y a los que no podían hacerlo, enviando la información comercial al registro o banco de datos personales y a empresas de cobranzas externas, las que se veían obligadas a pagar no sólo la deuda aumentada en hasta 5, 6 ó 7 veces, sino que también los gastos de cobranzas, abogados, impuestos y demases, haciendo imposible para las personas pagar dichas deudas, cayendo en insolvencia de pago y en un círculo vicioso que impedía no sólo pagar la deuda, sino que muchas veces encontrar trabajo y hasta matricular en el colegio a los hijos.
4.- Que más allá de las investigaciones judiciales y administrativas que se llevan a cabo y que buscan determinar los verdaderos responsables de este escándalo financiero, creemos que es necesario abordar desde el punto de vista legislativo algunos aspectos del problema que nos parecen más urgentes y que están dentro de las facultades legislativas que la Constitución y las leyes entregan a los parlamentarios para intervenir en estos casos. Es así, que nos parece necesario abordar una de las aristas de este problema, y que dice relación con el envío de los antecedentes de los deudores que han sido afectados por las repactaciones ilegales a las empresas que administran datos y luego los envían al boletín comercial o Dicom.
5.- Que uno de los reclamos más recurrentes efectuados por los afectados, dice relación, con el hecho que la empresa envió sus antecedentes de deudas impagas a los bancos o registros de datos personales o Dicom, registro de carácter público que está a disposición de las personas y de los agentes económicos del mercado, y que busca determinar el riesgo que eventualmente significa una persona desde el punto de vista de su capacidad de endeudamiento. Pues bien, los deudores de las empresas que han hecho estas repactaciones unilaterales actualmente se encuentran en estos registros, viéndose imposibilitados de poder acceder a créditos u otras formas de financiamiento que permitan eliminar a estas personas de dichos registros.
6.- Que en virtud de lo anteriormente señalado, queremos proponer para discusión del Congreso Nacional, un proyecto de ley que establece una obligación legal para las empresas que realizan este tipo de prácticas, con el objetivo que eliminen de los registros de las empresas administradoras de datos o Dicom a las personas afectadas por las repactaciones unilaterales en un plazo máximo de 30 días desde la publicación de la presente propuesta legal, En los casos en que exista reclamo pendiente ante la autoridad administrativa (SERNAC) o ante los tribunales de justicia, las empresas no podrán enviar los antecedentes de los deudores a las empresas administradoras de datos durante el plazo de un año, lo anterior en el mismo espíritu de lo señalado en la ley N° 20.463 aprobada en Octubre de 2010, que estableció una suspensión del envío de los antecedentes a las empresas administradoras de datos personales, de los deudores que han quedado cesantes durante un determinado lapso de tiempo, con el objeto de evitar las funestas consecuencias conocidas por todos, que impiden a las personas cesantes volver a encontrar trabajo debido a que se encuentran en dichos registros o bancos de datos personales, transformándose lo anterior en un grave problema que les impide a las personas encontrar trabajo, y por tanto, tener recursos económicos necesarios para pagar dichas deudas, lo que genera un círculo vicioso del cual es imposible salir.
Por tanto, en virtud de lo anteriormente señalado, los abajo firmantes venimos en presentar el siguiente:
Proyecto de ley
Se propone modificar la Ley N° 19.628 incorporando un nuevo inciso final en el artículo 17, en los siguientes términos:
Agréguese el siguiente inciso final al artículo 17 de la ley N° 19.628 lo siguiente:
“Las empresas que hayan repactado sin autorización o de manera unilateral las deudas de sus clientes, deberán retirar de los registros o bancos de datos personales a los deudores que hayan sido incluidos en dichos registros en el plazo de 30 días. En el caso que exista reclamo administrativo pendiente ante el SERNAC, o demanda ante los tribunales de justicia derivados de este tema, las entidades responsables que administren bancos de datos personales no podrán publicar o comunicar la información referida en el presente artículo, cuando éstas se hayan originado producto de repactaciones sin autorización o unilaterales durante el plazo de un año”.
(Fdo.): Ximena Rincón González, Senadora.- Camilo Escalona Medina, Senador.- José García Ruminot, Senador.- Jaime Pizarro Soto, Senador.- Gonzalo Uriarte Herrera, Senador.
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