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Muchas biografías solo se limitan a recordar a don Clotario Blest como un organizador e importante fundador de organizaciones sindicales, haciendo hincapié en que fue el primer presidente de la entonces Central Única de Trabajadores.
Sin embargo, este dato, siendo cierto, se adelanta mucho a la intensa labor que cumplió don Clotario Blest.
Porque mucho antes de la fundación de la CUT, el año 1927, preside la Unión de Centros de Juventud Católica. En el 31 ya había fundado la Liga Social de Chile, de la que fue su secretario general. Incansable en su labor ante las dificultades para crear sindicatos en esas épocas, se dedicó por completo a la fundación de clubes deportivos y culturales. En 1938 crea la Asociación Deportiva de Instituciones Públicas, la que en los hechos son una antesala del movimiento gremial chileno.
En 1943 es uno de los fundadores de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), la cual además preside. Se busca mejorar las condiciones sociales, culturales y económicas de los trabajadores del Estado, y es la creación de pequeñas instituciones, que son la plataforma para dar la unidad al movimiento obrero.
Por eso el paso siguiente, en febrero de 1953, fue la creación de la Central Única de Trabajadores, que funcionó y se desarrolló ininterrumpidamente hasta septiembre de 1973. Don Clotario Blest la presidió hasta 1961.
En el año 65, junto con un grupo de dirigentes sociales, participa en la fundación del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), el que abandona tiempo después, tras surgir diferencias con los jóvenes dirigentes de la nueva organización.
El año 76, en plena dictadura, reactiva el Comité de Defensa de los Derechos Humanos. Durante ese mismo período ayuda a la creación de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos, cuya sede funcionó por mucho tiempo en la propia casa de don Clotario.
En octubre del año 78, el Servicio Paz y Justicia, SERPAJ, que presidía el Premio Nobel argentino Adolfo Pérez Esquivel, le otorgó el Premio de la Paz. Y en el año 80 el Gobierno y el Parlamento alemán propusieron su nombre como candidato al Premio Nobel de la Paz.
Sin embargo, en su vida no sólo se centró en la creación de agrupaciones sindicales, sino que participó activamente en manifestaciones, huelgas, en distintos momentos de la historia sindical y social.
Don Clotario Blest, hijo de un militar y de una profesora, y sobrino del escritor Alberto Blest Gana, fue por cierto también un hombre de fe.
Como niño, es testigo de huelgas y protestas de principios del Siglo XX.
Este gran hombre estudió becado en el Seminario de Santiago, donde recibe la influencia del pensamiento social cristiano, especialmente de su profesor, José María Caro, de quien hereda su visión de una Iglesia cercana y dedicada al pueblo.
A los 19 años, sin embargo, abandona el camino religioso luego de encabezar una protesta estudiantil. En el año 1922 comienza a trabajar en la Tesorería General de la República y también comienza a ser asistente frecuente a las conferencias y charlas que dictaba Luis Emilio Recabarren. Paralelamente, participa en organizaciones ligadas a la Iglesia Católica siempre amparado en el concepto del Jesús obrero.
Por esos años, ingresa al círculo de estudios El Surco, creado para formar conciencia socialcristiana, organizar sindicatos y luchar por una legislación social justa para la clase trabajadora. Preside la Unión de Centros de la Juventud Católica para organizar a la juventud obrera.
Sin embargo, si hay un hecho que revela su temple y su carácter más profundo es su relación con Teresa Ossandón Guzmán, su primera y única novia. Siendo aún muy jóvenes, acordaron separarse para servir plenamente a Cristo. Ella ingresó al Convento Carmelitas Descalzas, donde murió en 1988, y él continuó su lucha por la justicia social, siendo fiel hasta su muerte, tal como prometiera a su novia, fiel al celibato.
Clotario Blest murió el 31 de mayo 1990 en la Recoleta Franciscana, donde vivió sus últimos años. Cuatro días antes había ido a visitar a los presos políticos que estaban en la cárcel pública de Santiago y el 30, en su lecho, ya moribundo, había tomado papel y lápiz alcanzando solo a escribir “compañeros... paz y unidad”.
Ley 19.627
En honor a este gran hombre se aprobó una ley en 1999, cuando se cumplió el centenario de su nacimiento. Esa ley, nacida de una moción del ex Diputado de la Democracia Cristiana Don Andrés Aylwin, autorizaba erigir un monumento en su memoria en la ciudad de Santiago.
Esa ley, la N° 19.627, fue promulgada el 13 de agosto de 1999 y publicada en el Diario Oficial 25 de agosto de ese mismo año.
Se ha cumplido más de una década desde esa fecha y hasta hoy ese monumento no existe.
Lamentablemente, esa ley contemplaba en su artículo séptimo que expresamente señalaba que: “El monumento deberá erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca”.
Por lo anterior, considerando que esta propuesta ya aprobada una vez por este Parlamento sigue siendo plenamente válida en su objetivo de reconocer la figura y la obra de Clotario Blest Riffo, es que venimos en presentar el siguiente,
Proyecto de Ley
Artículo 1°. Autorízase a erigir un monumento en memoria de Clotario Blest Riffo, en la ciudad de Santiago.
Artículo 2°. La obra se financiará mediante erogaciones populares obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el Artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.
Artículo 3°. Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo anterior.
Artículo 4°. Créase una comisión especial, integrada por seis miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
a) Un senador y un diputado, designados por sus respectivas Cámaras;
b) El Intendente de la Región Metropolitana;
c) Un representante de la Asociación Chilena de Municipalidades;
d) Un representante de la Central Unitaria de Trabajadores;
e) Un representante de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF;
La Comisión funcionará en la ciudad de Santiago y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.
Artículo 5°. La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones necesarias destinadas a que éstas se efectúen;
b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la municipalidad respectiva, disponer y supervigilar su construcción;
c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;
d) Administrar el fondo creado en el artículo 3°; y
e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.
Artículo 6°. Si una vez construido el monumento quedaran excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- Camilo Escalona Medina, Senador.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.- Hosaín Sabag Castillo, Senador.- Eugenio Tuma Zedán, Senador.
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