. . . . . " 11.tMoci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Hern\u00E1ndez , \u00C1lvarez-Salamanca , Bobadilla , Guti\u00E9rrez, don Romilio ; Norambuena , Rojas , Urrutia , Von M\u00FChlenbrock , Ward y de la diputada se\u00F1ora Hoffmann , do\u00F1a Mar\u00EDa Jos\u00E9 . \nEstablece penas accesorias al delito de abigeato. (bolet\u00EDn N\u00B0 7058-07)\n \n \n\u201CLas cifras m\u00E1s recientes muestran que durante la \u00FAltima d\u00E9cada las denuncias por abigeato pasaron de 1.715 a 4.615 al a\u00F1o; es decir, casi se triplicaron. Sin embargo parad\u00F3jicamente, los detenidos disminuyeron de 398 a 384 al a\u00F1o. \nDentro de ese panorama, la situaci\u00F3n que sufren los ganaderos de diferentes localidades del pa\u00EDs es muy delicada, un ejemplo es la Regi\u00F3n de La Araucan\u00EDa la cual registra el mayor n\u00FAmero de robos, pese a que ni siquiera es la zona con la mayor masa ganadera del pa\u00EDs. En 1997, los afectados de esta regi\u00F3n denunciaron 258 casos, y en 2008, 991. Pese a ese explosivo aumento, los detenidos aumentaron s\u00F3lo de 69 a 83.\n \nEstos cuatreros modernos est\u00E1n generando millonarias p\u00E9rdidas a los ganaderos del pa\u00EDs, situaci\u00F3n que ahora se ve facilitada por una legislaci\u00F3n laxa que en el pasado por la falta de denuncias y por la capacidad de organizaci\u00F3n que muestran las bandas dedicadas a este delito. \nS\u00F3lo en la Regi\u00F3n de Magallanes, por ejemplo, cada a\u00F1o se pierden del orden de 70 mil cabezas de ovino, cuyo valor promedio es de $27 mil. Esta situaci\u00F3n rara vez termina con los autores en la c\u00E1rcel, puesto que la mayor\u00EDa de los ganaderos no denuncia, y cuando lo hacen, la diligencia resulta inconducente.\n \nSi se considera que un vacuno de raza puede costar unos $500 mil, los ganaderos de la regi\u00F3n pierden unos $1.500 millones al a\u00F1o, sin considerar los equinos de raza chilena que tienen algunos agricultores y que tambi\u00E9n han sido faenados en los propios predios. \nUna de las posibilidades que concitan m\u00E1s apoyo entre los ganaderos es aplicar sanciones parecidas a las que contemplaba la \u201CLey del Loco\u201D, la que permit\u00EDa a la autoridad incautar los veh\u00EDculos y herramientas que utilizaban las personas que infring\u00EDan la veda de este molusco. \nLa semana pasada, de hecho, los ganaderos de Los Lagos se reunieron con el fiscal regional y le hicieron ver que este delito ya no es cometido s\u00F3lo por personas pobres que roban para comer, sino por bandas bien organizadas y que tienen como principal canal de distribuci\u00F3n los mataderos ilegales y las ferias libres de las ciudades. \nQuienes cometen estos delitos ya no son los cuatreros de anta\u00F1o, a caballo, que arrean los animales robados hacia la cordillera. Ahora son delincuentes especializados, que no ocupan caballos sino veh\u00EDculos motorizados y que ya no llevan al ganado a la cordillera, sino que los sacrifican y faenan en el mismo sitio, dejando solamente la piel y los huesos de las reses. \nEs por lo anterior que se necesita tomar medidas concretas que permitan desincentivar el robo de animales, con penas severas que no solo los afecten con una detenci\u00F3n sino que se tome todo el circuito delictual de los cuatreros, de manera que todos aquellos que participaron en el il\u00EDcito sean condenados. \n \nPROYECTO DE LEY \n \nArt\u00EDculo \u00FAnico: Agregase un nuevo inciso final en el art\u00EDculo 448 qu\u00E1ter, de la siguiente forma:\n \nSe considerara como penas accesorias a los autores o c\u00F3mplices en la Comisi\u00F3n del delito de abigeato las siguientes: \na.\tEl empresario de transporte y el conductor de dicho veh\u00EDculo ser\u00E1n solidariamente responsables del costo de mantenci\u00F3n y cuidado de los animales incautados por la fuerza p\u00FAblica, los que ser\u00E1n entregados en dep\u00F3sito a un recinto que el Servicio Agr\u00EDcola y Ganadero considere apropiado para estos fines.\n \nb.\tEl veh\u00EDculo de transporte empleado en la comisi\u00F3n del delito deber\u00E1 quedar en un dep\u00F3sito municipal por un per\u00EDodo no inferior a 6 meses y/o por el tiempo que dure la investigaci\u00F3n. \nc.\tAl conductor del veh\u00EDculo\n \nEl retiro o suspensi\u00F3n de su licencia, permiso o autorizaci\u00F3n para conducir veh\u00EDculos por un periodo de 6 meses a un a\u00F1o, si es condenado como autor o c\u00F3mplice del delito de abigeato; y de uno a dos a\u00F1os en caso de reincidencia. \nd.\tEl veh\u00EDculo motorizado utilizado para la comisi\u00F3n del delito de abigeato quedar\u00E1 imposibilitado a perpetuidad para efectuar trabajos de transporte de ganado o carne en general. Para lo anterior, el tribunal ordenar\u00E1 al Servicio Agr\u00EDcola y Ganadero eliminar al veh\u00EDculo motorizado del registro de veh\u00EDculos autorizados para transporte de ganado; y a la Autoridad Sanitaria caducar la autorizaci\u00F3n para el transporte de carne.\n \n " . . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . . . . . . . . . . . "Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Hern\u00E1ndez, \u00C1lvarez-Salamanca, Bobadilla, Guti\u00E9rrez, don Romilio; Norambuena, Rojas, Urrutia, Von M\u00FChlenbrock, Ward y de la diputada se\u00F1ora Hoffmann, do\u00F1a Mar\u00EDa Jos\u00E9. Establece penas accesorias al delito de abigeato. (bolet\u00EDn N\u00B0 7058-07)"^^ . . . . . . . . . . . .