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Modifica la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, estableciendo la prohibición de su venta y expendio en vasos o envases de vidrio en recintos que indica. (boletín N° 7091-11)
FUNDAMENTOS:
-En el mundo mueren diariamente, en promedio, 565 jóvenes como consecuencia de la violencia interpersonal, y se estima que, por cada muerte, entre 20 y 40 jóvenes necesitan tratamiento hospitalario por lesiones ocasionadas por actos violentos.
-El consumo de alcohol afecta directamente a las funciones cognitivas y físicas del ser humano. El consumo excesivo reduce el autocontrol, la capacidad de procesar la información de llegada y de evaluar los riesgos, e incrementa la labilidad emocional y la impulsividad, lo que hace que algunos bebedores sean más propensos a recurrir a la violencia en caso de confrontación.
-Los lugares de consumo de alcohol que son incómodos y atestados, contribuyen a que haya más agresiones entre bebedores. En una muestra comunitaria de personas de entre 18 y 30 años de los Estados Unidos, casi el 25 por ciento de los hombres y el 12 por ciento de las mujeres habían sufrido actos agresiones en clubes nocturnos o en sus proximidades durante el año anterior a la toma de la muestra.
-Gran parte de la violencia relacionada con el alcohol se produce durante la noche, sobre todo los fines de semana, y a menudo ocurre en los establecimientos en los que se consume alcohol o en sus proximidades.
-Según estudios cualitativos, la violencia relacionada con el alcohol en bares y clubes es a menudo reactiva, desencadenada por hechos como la salpicadura de una bebida o los avances de una persona hacia la pareja de otra.
-Según un estudio de la Organización Mundial de la Salud, en el Reino Unido, el 72 por ciento de las víctimas de agresiones que acudieron a un servicio de urgencias en noches de fin de semana habían sufrido algún tipo de traumatismo facial. De este porcentaje, un 8 por ciento había sido víctima de ataques con vasos o botellas. Esos traumatismos pueden causar cicatrices y traumas psicológicos permanentes. Asimismo, datos de la OMS señalan que solo en Inglaterra y Gales, dichos delitos cuestan anualmente unos US$ 44 000 millones, cifra que incluye el tratamiento médico, gastos judiciales, las pérdidas de ingresos y los costos físicos y emocionales para las víctimas.
-En el caso de los perpetradores de actos de violencia relacionados con el alcohol, las sanciones judiciales también pueden afectar sus perspectivas futuras en lo que se refiere a educación y empleo.
-En nuestro país, no existen estudios estadísticos como el realizado en Reino Unido y Estados Unidos por la Organización Mundial de la Salud, y cuyos resultados han sido expuestos en los párrafos anteriores. Sin embargo, todos los fines de semana acuden a nuestros recintos asistenciales de urgencia, heridos en riña, los que en un porcentaje considerable presentan lesiones cortantes en el rostro o cuero cabelludo como consecuencia de agresiones con vasos o botellas de vidrio. Esto genera un aumento de la demanda en centros hospitalarios que se encuentran colapsados, con el consecuente costo para el Fisco y los particulares.
En este contexto, prohibir el consumo de alcohol constituye sin duda una medida anacrónica y poco respetuosa de la libertad que tiene cada individuo para determinar sus actos. Sin embargo, establecer normas que den mayor seguridad en recintos donde se consume alcohol y en sus alrededores, parece no solo lo más adecuado, sino un imperativo. Consecuentemente con lo anterior, la modificación de los lugares donde se consume alcohol puede repercutir en la violencia conexa.
En este punto preciso se circunscribe el presente proyecto, buscando crear condiciones de mayor seguridad en salones de baile o discotecas, recintos que a la luz de los datos comentados parecen prestarse para hechos de violencia.
Así, la eliminación de elementos contundentes o cortantes eventualmente, apunta en la dirección de crear condiciones de mayor seguridad para quienes asisten a estos locales.
Tal como se señalo, las lesiones mas graves al interior de discotecas y clubes nocturnos se producen por heridas faciales o a nivel del cuero cabelludo, como consecuencia de golpes con vasos y botellas de vidrio. Muchas de estas lesiones requieren de cirugía estética y dan origen a traumas o inseguridades que en el futuro requerirán de tratamiento psicológico. De esta forma, la eliminación de vasos o envases de vidrio se transforma en una política a primera vista adecuada para prevenir la violencia y evitar lesiones, privando a sujetos violentos o bajo los efectos del alcohol de su uso, aminorando con ello cuantitativa y cualitativamente las lesiones.
Por otro lado, y con miras al resarcimiento de quienes sufren lesiones con ocasión de una agresión o accidente, como consecuencia de la utilización de vasos o envases de vidrio, el presente proyecto dispone la solidaridad de dueños y administradores de los locales nocturnos individualizados.
Con ello se busca evitar que frente a una agresión anónima, o ante la imposibilidad de ubicar al agresor para su notificación, la víctima deba solventar los gastos médicos u otros en que incurriere con su propio patrimonio.
Por las consideraciones expuestas, venimos en proponer el presente proyecto de ley:
“PROYECTO DE LEY
Artículo único: Modificase la ley N2 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, agregando un artículo 41 bis del siguiente tenor:
"Prohíbese la venta, expendio o consumo de bebidas alcohólicas en vasos o envases de vidrio en salones de baile o discotecas.
Toda transgresión a esta disposición será sancionada con multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales. En caso de reincidencia, se aplicará lo dispuesto en los incisos segundo y final del artículo 43.
Asimismo, serán solidariamente responsables de los daños y perjuicios ocasionados por contravención a lo dispuesto en el inciso primero, los dueños y administradores de dichos locales."
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