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El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino.
El señor BERTOLINO.- Señor Presidente, como uno de los autores del proyecto en debate, anuncio mi voto favorable a las modificaciones del Senado.
La idea central de la iniciativa es precaver que no se descuenten de las remuneraciones de los trabajadores los instrumentos de pago que hayan recibido de los clientes por la prestación de algún servicio y que no sean pagados por cualquier causa. La moción tuvo su origen como consecuencia de la situación que viene afectando a los operarios de las estaciones de servicio, quienes, por aceptar cheques como documento de pago, debían responder con parte de sus remuneraciones en caso de que el documento no tuviese fondos o fuese protestado. Es decir, se hacía responsable al trabajador del faltante.
A nuestro juicio, si el trabajador acepta cheques u otro instrumento mercantil previa autorización del empleador, la responsabilidad es única y exclusiva de este último y no del trabajador.
La idea es consagrar legalmente el principio de la ajenidad, según el cual el trabajador no puede ser responsable ni menos partícipe en el riesgo comercial del negocio del empleador, pues si así fuese, la relación sería entre socios y no una determinada por un contrato de trabajo entre empleador y trabajador.
Valoramos las modificaciones del Senado, porque amplía el ámbito de aplicación de la ley, al reemplazar la frase “documentos mercantiles aceptados por el empleador como medio de pago” por “efectos de comercio que el empleador hubiera autorizado recibir como medio de pago, por los bienes suministrados o servicios prestados a terceros en su establecimiento”. Luego, agrega que la autorización del empleador para recibir documentos de pago deberá constar por escrito, así como también los procedimientos que el trabajador debe cumplir para recibir como forma de pago los respectivos efectos de comercio. En caso de robo, hurto, pérdida o destrucción por parte de terceros de bienes de la empresa sin que haya mediado responsabilidad del trabajador, el empleador no podrá descontar de la remuneración el monto de lo robado, perdido o dañado.
En reiteradas oportunidades hemos sabido de asaltos a las estaciones de servicio, hechos en los que, como es obvio, los trabajadores no tienen responsabilidad alguna. Es más, las propias policías advierten que en un asalto no hay que hacer frente a los delincuentes para no lamentar pérdidas de vidas humanas.
Como dije, las modificaciones del Senado mejoran el proyecto, que es de iniciativa de los diputados Dittborn y Recondo, entre otros. Por eso, anuncio el voto favorable de mi bancada Renovación Nacional.
He dicho.
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