. . . " MODIFICACI\u00D3N DEL C\u00D3DIGO DEL TRABAJO PARA IMPEDIR DESCUENTOS INDEBIDOS EN LAS REMUNERACIONES. Tercer tr\u00E1mite constitucional. \nEl se\u00F1or \u00C1LVAREZ ( Presidente ).- Corresponde pronunciarse sobre las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moci\u00F3n, que modifica el C\u00F3digo del Trabajo, a fin de impedir descuentos indebidos en las remuneraciones de los trabajadores.\n \n \nAntecedentes: \n-Modificaciones del Senado, moci\u00F3n, bolet\u00EDn N\u00BA 4663-13, sesi\u00F3n 109\u00AA, en 15 de diciembre de 2009. Documentos de la Cuenta N\u00BA 28.\n \n \nEl se\u00F1or \u00C1LVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado se\u00F1or Enrique Jaramillo. \n \nEl se\u00F1or JARAMILLO.- Se\u00F1or Presidente , no es muy usual un comentario mayor sobre las modificaciones del Senado, muchas de las cuales a veces rechazamos, pero otras, como las que hoy tratamos, representan un gran apoyo al trabajador.\n \nLa iniciativa nace a ra\u00EDz de los abusos -por qu\u00E9 no decirlo- y de las pr\u00E1cticas abiertamente lesivas a los derechos de los trabajadores, entre los cuales se encuentra la de hacer recaer en el trabajador los riesgos comerciales de algunas actividades ligadas principalmente al esquema de pagos y a la circulaci\u00F3n de dineros y valores al interior de la empresa. \nPara nadie es sorpresa escuchar que en tal o cual negocio los dependientes deben responder por los cheques sin fondo recibidos o que los bomberos de una estaci\u00F3n de servicio sufren el costo de perder un d\u00EDa de recaudaci\u00F3n por efecto de un robo. No nos olvidemos que en estos casos deben existir seguros; sin embargo, los trabajadores son atropellados con este procedimiento. \nEl riesgo por actividades delictivas tambi\u00E9n ha sido asumido por trabajadores, en circunstancias de que sin riesgo alguno en la actividad no podr\u00EDa generarse el negocio que reporta ganancias al empleador. \nComo ayuda memoria, debo recordar que el texto aprobado por la C\u00E1mara agreg\u00F3 un inciso cuarto al art\u00EDculo 58 del C\u00F3digo del Trabajo, con el objeto de impedir las deducciones, retenciones o compensaciones que afecten las remuneraciones de los trabajadores por concepto de no pago de documentos mercantiles aceptados por el empleador como medio de pago. Este art\u00EDculo fue aprobado por unanimidad, con 61 votos a favor y 0 en contra.\n \nEl Senado agreg\u00F3 otras hip\u00F3tesis y situaciones que dan lugar a estos nocivos descuentos. El aporte del Senado es s\u00F3lido y podr\u00EDa resumirse en lo siguiente:\n \nPrimero, se perfecciona la redacci\u00F3n del inciso cuarto al hablar de \u201Cefectos de comercio que el empleador hubiera autorizado recibir como medio de pago\u201D. Este cambio parece perfectamente l\u00F3gico atendido el car\u00E1cter m\u00E1s inclusivo y gen\u00E9rico de la expresi\u00F3n \u201Cefectos de comercio\u201D que, en el fondo, constituye el g\u00E9nero, a diferencia de \u201Cdocumento mercantil\u201D que es la especie. \nSegundo, se reglamenta la forma en que debe presentarse la autorizaci\u00F3n para recibir el efecto de comercio como medio de pago, lo que impide arbitrariedad y otorga publicidad a tal exigencia, porque deber\u00E1 constar por escrito. \nConsiderando este aspecto, se dispone que \u201CEn caso de robo, hurto, p\u00E9rdida o destrucci\u00F3n por parte de terceros de bienes de la empresa sin que haya mediado responsabilidad del trabajador, el empleador no podr\u00E1 descontar de la remuneraci\u00F3n del o de los trabajadores el monto de lo robado, hurtado, perdido o da\u00F1ado.\u201D \nPor \u00FAltimo, el inciso s\u00E9ptimo, nuevo, establece una sanci\u00F3n espec\u00EDfica frente a la infracci\u00F3n a esta prohibici\u00F3n, consistente en \u201Cla restituci\u00F3n obligatoria, por parte del empleador, de la cifra descontada, debidamente reajustada, sin perjuicio de las multas que procedan de conformidad a este C\u00F3digo.\u201D \nAl que habla le habr\u00EDa gustado una norma algo m\u00E1s firme, pues es de toda l\u00F3gica que el efecto propio de un descuento ilegal, un enriquecimiento sin causa, una apropiaci\u00F3n indebida o figuras afines, consiste en la restituci\u00F3n al estado previo de cosas, pues la aplicaci\u00F3n de multas, frente a infracciones gen\u00E9ricas o espec\u00EDficas al C\u00F3digo, ya se encuentran incluidas en la legislaci\u00F3n. \nPor eso, hubi\u00E9semos preferido una sanci\u00F3n objetiva e intimidatorio, como la devoluci\u00F3n de, al menos, el duplo de lo descontado, m\u00E1s reajuste, y sin perjuicio tambi\u00E9n de las multas correspondientes. \nConsidero que el Senado ha hecho un trabajo bastante s\u00F3lido que, dif\u00EDcilmente, podr\u00EDamos rechazar. Por lo tanto, quien habla y con seguridad la bancada del Partido por la Democracia votaremos a favor las modificaciones que le introdujo al proyecto. \nHe dicho. \n \n \nEl se\u00F1or \u00C1LVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado se\u00F1or Mario Bertolino. \n \nEl se\u00F1or BERTOLINO.- Se\u00F1or Presidente, como uno de los autores del proyecto en debate, anuncio mi voto favorable a las modificaciones del Senado. \nLa idea central de la iniciativa es precaver que no se descuenten de las remuneraciones de los trabajadores los instrumentos de pago que hayan recibido de los clientes por la prestaci\u00F3n de alg\u00FAn servicio y que no sean pagados por cualquier causa. La moci\u00F3n tuvo su origen como consecuencia de la situaci\u00F3n que viene afectando a los operarios de las estaciones de servicio, quienes, por aceptar cheques como documento de pago, deb\u00EDan responder con parte de sus remuneraciones en caso de que el documento no tuviese fondos o fuese protestado. Es decir, se hac\u00EDa responsable al trabajador del faltante. \nA nuestro juicio, si el trabajador acepta cheques u otro instrumento mercantil previa autorizaci\u00F3n del empleador, la responsabilidad es \u00FAnica y exclusiva de este \u00FAltimo y no del trabajador. \nLa idea es consagrar legalmente el principio de la ajenidad, seg\u00FAn el cual el trabajador no puede ser responsable ni menos part\u00EDcipe en el riesgo comercial del negocio del empleador, pues si as\u00ED fuese, la relaci\u00F3n ser\u00EDa entre socios y no una determinada por un contrato de trabajo entre empleador y trabajador. \nValoramos las modificaciones del Senado, porque ampl\u00EDa el \u00E1mbito de aplicaci\u00F3n de la ley, al reemplazar la frase \u201Cdocumentos mercantiles aceptados por el empleador como medio de pago\u201D por \u201Cefectos de comercio que el empleador hubiera autorizado recibir como medio de pago, por los bienes suministrados o servicios prestados a terceros en su establecimiento\u201D. Luego, agrega que la autorizaci\u00F3n del empleador para recibir documentos de pago deber\u00E1 constar por escrito, as\u00ED como tambi\u00E9n los procedimientos que el trabajador debe cumplir para recibir como forma de pago los respectivos efectos de comercio. En caso de robo, hurto, p\u00E9rdida o destrucci\u00F3n por parte de terceros de bienes de la empresa sin que haya mediado responsabilidad del trabajador, el empleador no podr\u00E1 descontar de la remuneraci\u00F3n el monto de lo robado, perdido o da\u00F1ado.\n \nEn reiteradas oportunidades hemos sabido de asaltos a las estaciones de servicio, hechos en los que, como es obvio, los trabajadores no tienen responsabilidad alguna. Es m\u00E1s, las propias polic\u00EDas advierten que en un asalto no hay que hacer frente a los delincuentes para no lamentar p\u00E9rdidas de vidas humanas. \nComo dije, las modificaciones del Senado mejoran el proyecto, que es de iniciativa de los diputados Dittborn y Recondo, entre otros. Por eso, anuncio el voto favorable de mi bancada Renovaci\u00F3n Nacional. \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or \u00C1LVAREZ (Presidente).- Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \n \n-Con posterioridad, la Sala se pronunci\u00F3 sobre este proyecto en los siguientes t\u00E9rminos: \n \n \nEl se\u00F1or \u00C1LVAREZ ( Presidente ).- En votaci\u00F3n las modificaciones del Senado al proyecto de ley, iniciado en moci\u00F3n, que modifica el C\u00F3digo del Trabajo impidiendo descuentos indebidos en las remuneraciones de los trabajadores.\n \n \n-Efectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema electr\u00F3nico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. \n \nEl se\u00F1or \u00C1LVAREZ ( Presidente ).- Aprobadas.\n \n \n-Votaron por la afirmativa los siguientes se\u00F1ores diputados: \nAccorsi Opazo Enrique; Aedo Orme\u00F1o Ren\u00E9; Aguil\u00F3 Melo Sergio; Alvarado Andrade Claudio; P\u00E9rez San Mart\u00EDn Lily; \u00C1lvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ram\u00F3n; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germ\u00E1n; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Mu\u00F1oz Sergio; Schilling Rodr\u00EDguez Marcelo; Ceroni Fuentes Guillermo; D\u00EDaz Del R\u00EDo Eduardo; D\u00EDaz D\u00EDaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Ega\u00F1a Respaldiza Andr\u00E9s; Espinoza Sandoval Fidel; Garc\u00EDa-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ib\u00E1\u00F1ez Joaqu\u00EDn; Gonz\u00E1lez Torres Rodrigo; Hern\u00E1ndez Hern\u00E1ndez Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jim\u00E9nez Fuentes Tucapel; Leal Labr\u00EDn Antonio; Le\u00F3n Ram\u00EDrez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Mart\u00EDnez Labb\u00E9 Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristi\u00E1n; Monckeberg D\u00EDaz Nicol\u00E1s; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iv\u00E1n; Nogueira Fern\u00E1ndez Claudia; Norambuena Far\u00EDas Iv\u00E1n; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa Jos\u00E9 Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; P\u00E9rez Arriagada Jos\u00E9; Quintana Leal Jaime; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Su\u00E1rez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sep\u00FAlveda Hermosilla Roberto; Sep\u00FAlveda Orbenes Alejandra; S\u00FAnico Galdames Ra\u00FAl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascu\u00F1\u00E1n Felipe; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguill\u00F3n Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallesp\u00EDn L\u00F3pez Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germ\u00E1n; Vidal L\u00E1zaro Ximena; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.\n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 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