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La señora MUÑOZ, doña Adriana (de pie).- Señor Presidente , en mi calidad de diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en moción de las diputadas señoras Goic, doña Carolina ; Muñoz, doña Adriana; Valcarce , doña Ximena , y Vidal , doña Ximena , y de los diputados señores Aguiló , Díaz, don Marcelo ; Leal , Ortiz , y Robles, que modifica el Código del Trabajo con el objeto de evitar la vulneración de la prohibición de exigir antecedentes económicos para la contratación de trabajadores.
En estricto rigor, la moción fue iniciada por el diputado Antonio Leal, quien nos invitó a prestarle nuestro patrocinio, lo que realizamos con mucho entusiasmo.
Tal como se expresó durante el primer trámite legislativo, el inciso séptimo del artículo 2º, del Código del Trabajo, dispone que “Ningún empleador podrá condicionar la contratación de trabajadores a la ausencia de obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial que, conforme a la ley, puedan ser comunicadas por los responsables de registros o bancos de datos personales; ni exigir para dicho fin declaración ni certificado alguno”.
Esta norma gira en torno de la lógica de prohibir el establecimiento de una barrera de acceso al trabajo, consistente en exigir los antecedentes financieros de quien postula a un empleo. En la práctica, la mayoría de quienes registran tales anotaciones son aquellos chilenos y chilenas que no pueden, circunstancialmente, enfrentar sus obligaciones comerciales por motivo de desempleo o cesantía.
En escenarios de crisis económicas, como las vividas hace algún tiempo, que importan fuertes aumentos en los índices de desempleo, este tipo de normas adquieren vital importancia en la regulación del comportamiento del mercado del empleo.
El círculo vicioso que se da entre el desempleo y Dicom debe avanzar hacia el círculo virtuoso del trabajo y progreso de todos, trabajadores y empleadores. Sin embargo, en los hechos, muchos empleadores condicionan la contratación a un buen comportamiento comercial, cuestión que puede deberse, como lo señalaron en su oportunidad los autores de la moción, a la ausencia de sanciones específicas a la prohibición en comento, motivándolos a proponer la incorporación de un marco sancionatorio específico.
En tal sentido, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, con el apoyo del Ejecutivo , perfeccionó el proyecto, cuya idea de legislar fue aprobada por la Sala durante su primer trámite reglamentario. En esa ocasión, se enfatizó el carácter excepcional de que el empleador solicite antecedentes comerciales. Me refiero a dos situaciones: a la de los trabajadores con poder para representar a su empleador, y la de quienes tengan a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o valores de cualquier naturaleza.
La Sala mantuvo la estructura sancionatoria propuesta originalmente.
Por las razones expuestas, y porque la eliminación del Dicom ha sido parte del programa de los dos candidatos a la Presidencia de la República , se ha transformado en una cárcel para muchos chilenos, vengo en solicitar la aprobación del proyecto.
He dicho.
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