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La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.- Señora Presidenta, en el proyecto se percibe un trabajo bastante intenso y acucioso de la Comisión de Familia. El informe da cuenta de la multiplicidad de actores que han intervenido en dicho proceso.
Por ello, sólo me voy a referir a una norma en particular, que podría revestir mayores dificultades en la tramitación que sigue a la aprobación del proyecto en la Sala, y que tiene que ver con la modificación del artículo 60 de la ley de matrimonio civil.
El informe señala: “la Comisión valoró la modificación propuesta -acogiendo su primer párrafo-, porque estimaron sus integrantes que mejora la situación del cónyuge más débil al permitir que el otro cónyuge, a pesar del divorcio, le otorgue beneficios sucesorios o de alimentos.” Aquí hay, claramente, un pacto sobre sucesiones futuras, de manera que, sin lugar a dudas, un acuerdo entre los cónyuges de tal naturaleza adolecería de objeto ilícito.
Entonces, y respondiendo de alguna manera las expresiones de la diputada señora María Antonieta Saa , no se trata de establecer cierta preeminencia de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia respecto de la Comisión de Familia, sino de conciliar el sentido común expresado también por la Comisión de Familia, con ciertos principios jurídicos que hacen que nuestra legislación, aquella que emerge desde la Cámara de Diputados, lo haga con la perfección, rigurosidad y coherencia de principios jurídicos que sustentan nuestro estado de derecho y no permita que se enmiende por el Senado ni mucho menos por el Tribunal Constitucional.
Lo que pretendo es que los acuerdos que adoptemos en la Sala sean de tal rigurosidad desde el punto de vista jurídico, que no nos veamos expuestos, después de la aprobación del proyecto, a rectificaciones o enmiendas de naturaleza estrictamente técnica.
He dicho.
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