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La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Sólo deseo aclarar a los señores diputados que el boletín N° 3536-18, que ya aprobamos, está en este momento en la Comisión de Familia. Por consiguiente, la idea es analizar, también, este proyecto en dicha comisión, con el objeto de refundirlo, para que luego pase a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA.- Señora Presidenta , quiero formular algunas consideraciones sobre la moción felizmente patrocinada y elaborada por el diputado Edmundo Eluchans , que modifica el artículo 20 de la ley N° 19.947, sobre Matrimonio Civil.
Debo recordar la importancia que tiene en nuestro país la libertad de culto y de pensamiento, lo que nos impide muchas veces que nos apeguemos a dictámenes que coartan la libertad de las personas en otros órdenes, no necesariamente en éste que hoy nos ocupa.
Por lo tanto, aprovecho esta oportunidad para reiterar la importancia de luchar permanentemente por estimular, potenciar y ampliar los derechos ciudadanos, es decir, la democracia.
Los radicales aprobaremos con mucho entusiasmo el proyecto de ley, porque aumenta las posibilidades democráticas de las personas que, por tener una confesión religiosa, deciden contraer matrimonio en cualquiera de las Iglesias jurídicamente establecidas en el país.
Recordemos que la Iglesia Evangélica avanza a pasos agigantados en el corazón de la sociedad chilena. Ya no se trata sólo de los matrimonios religiosos católicos, sino también de los que se realizan con mucha frecuencia en las Iglesias Evangélicas.
Por lo tanto, nos parece sumamente acertado aumentar a treinta días este escuálido plazo de ocho días para que las parejas puedan inscribir su matrimonio religioso ante el oficial de Registro Civil , porque, aunque este argumento parezca banal, los matrimonios se van de luna de miel, la que les resultará difícil interrumpir para acercarse a alguna de las oficinas del Registro Civil para inscribir su matrimonio religioso.
También considero muy acertado que se permita entregar un mandato escriturado para que otra persona inscriba ese matrimonio religioso.
A pesar de que somos defensores de la familia y de que creemos que es el núcleo principal de la sociedad, desde la que nacen y crecen muchas aspiraciones ciudadanas, no podemos negar los tremendos problemas de desavenencias y de violencia intrafamiliar que existen en nuestra patria. Somos humanos y, como tales, podemos cometer errores. Los matrimonios fracasan porque lo que ayer era rosa mañana se transforma en negro.
Por lo tanto, sería bueno que en el futuro también legislásemos sobre la posibilidad de que esos matrimonios religiosos que pasan a ser absolutamente legales tras la inscripción en el Registro Civil , tengan las mismas facilidades para deshacerse cuando la convivencia se hace insoportable y atenta contra los hijos, la sociedad misma y los cónyuges que un día se prometieron felicidad.
Finalmente, estimada Presidenta, es necesario, a través de la difusión pública, transformar en un derecho el acta que entregan las entidades religiosas, ya que la ciudadanía todavía no conoce bien los beneficios de la ley N° 19.947. En consecuencia, la modificación que introduce la moción al artículo 20 de esa ley será aún más desconocida por la ciudadanía.
Por lo tanto, invito a la honorable Cámara a difundir, a través de los medios que tenemos, este nuevo derecho que entrega a la ciudadanía la moción del colega Edmundo Eluchans .
He dicho.
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