. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "AMPLIACI\u00D3N DE PERMISO AL PADRE POR ENFERMEDAD DEL HIJO. Primer tr\u00E1mite constitucional."^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " AMPLIACI\u00D3N DE PERMISO AL PADRE POR ENFERMEDAD DEL HIJO. Primer tr\u00E1mite constitucional. \nLa se\u00F1ora SEP\u00DALVEDA, do\u00F1a Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde tratar, en primer tr\u00E1mite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moci\u00F3n, que modifica el C\u00F3digo del Trabajo con el objeto de otorgar al padre de un menor enfermo permiso en la forma que indica.\n \nEn reemplazo de la diputada se\u00F1ora Karla Rubilar, rendir\u00E1 el informe de la Comisi\u00F3n de Familia el diputado se\u00F1or Ram\u00F3n Barros.\n \n \nAntecedentes: \n-Moci\u00F3n, bolet\u00EDn N\u00B0 4692-13, sesi\u00F3n 102\u00AA, en 23 de noviembre de 2006. Documentos de la Cuenta N\u00B0 3.\n \n-Informe de la Comisi\u00F3n de Familia, sesi\u00F3n 13\u00AA, en 13 de abril de 2010. Documentos de la Cuenta N\u00B0 4.\n \n \n \nLa se\u00F1ora SEP\u00DALVEDA , do\u00F1a Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado se\u00F1or Barros.\n \n \nEl se\u00F1or BARROS.- Se\u00F1ora Presidenta , en nombre de la Comisi\u00F3n de Familia paso a informar, en primer tr\u00E1mite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley originado en una moci\u00F3n de la diputada se\u00F1ora Karla Rubilar , con la adhesi\u00F3n de diputada se\u00F1ora Alejandra Sep\u00FAlveda , y de los diputados se\u00F1ores Enrique Accorsi , Germ\u00E1n Becker, Juan Lobos, Marco Antonio N\u00FA\u00F1ez , Alberto Robles y de los entonces diputados se\u00F1ores Pablo Galilea y Roberto Sep\u00FAlveda .\n \nAsisti\u00F3 a las sesiones de la Comisi\u00F3n el se\u00F1or Francisco Del R\u00EDo , asesor del Ministerio del Trabajo y Previsi\u00F3n Social.\n \nLa idea matriz del proyecto consiste, por una parte, en ampliar los t\u00E9rminos del permiso laboral consignados en el art\u00EDculo 199 bis, del C\u00F3digo del Trabajo, a los padres trabajadores que tengan un hijo o hija menor de 15 a\u00F1os que, por cualquier causa, deba permanecer hospitalizado o que requiera de hospitalizaci\u00F3n domiciliaria, y por la otra, en fortalecer la figura del padre en el cuidado de los hijos al otorgarle la titularidad del derecho a solicitar el permiso en iguales condiciones que la madre.\n \nEl proyecto requiere ser aprobado con qu\u00F3rum calificado, esto es, por la mayor\u00EDa absoluta de los diputados en ejercicio, por contener su art\u00EDculo \u00FAnico normas que regulan el ejercicio del derecho a la seguridad social, conforme con el art\u00EDculo 19, n\u00FAmero 18\u00B0, de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica.\n \nHago presente a la Sala que la iniciativa fue aprobada, tanto en general como en particular, por la unanimidad de las se\u00F1oras diputadas y se\u00F1ores diputados presentes: Nino Baltolu , Mar\u00EDa Ang\u00E9lica Cristi , Carlos Abel Jarpa , Adriana Mu\u00F1oz , Iv\u00E1n Norambuena , Karla Rubilar , Mar\u00EDa Antonieta Saa , Marcela Sabat , Jorge Sabag , Marcelo Schilling , M\u00F3nica Zalaquett y quien informa.\n \nAsimismo, no hubo art\u00EDculos ni indicaciones rechazadas. \nEl proyecto consta de un art\u00EDculo \u00FAnico que propone introducir un nuevo art\u00EDculo 199 bis, pasando el actual a ser 199 ter. \nEl texto de la iniciativa comprende las siguientes consideraciones: \n1. Establece un permiso laboral al padre en los casos de hijos menores de quince a\u00F1os que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados o que requieran hospitalizaci\u00F3n domiciliaria. \n2. La circunstancia de la enfermedad del menor deber\u00E1 ser acreditada mediante certificado m\u00E9dico otorgado por el servicio que tenga a su cargo la atenci\u00F3n de \u00E9ste. \n3. El padre tendr\u00E1 derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un m\u00E1ximo de dos horas diarias. \n4. El empleador deber\u00E1 ser notificado por el trabajador del inicio y t\u00E9rmino del per\u00EDodo de reducci\u00F3n horaria. \n5. Las normas del proyecto no implicar\u00E1n gasto para el Fisco ni para los empleadores, toda vez que el trabajador que haga uso de este permiso disminuir\u00E1 proporcionalmente su remuneraci\u00F3n. \nLos diputados y diputadas integrantes de la Comisi\u00F3n debatieron la idea de legislar la moci\u00F3n en estudio, concordando plenamente con sus fundamentos, porque consideraron que est\u00E1n acorde con lo que la legislaci\u00F3n laboral dispone respecto del caso de enfermedad grave del ni\u00F1o menor de un a\u00F1o que requiere de atenci\u00F3n en el hogar, como asimismo, con lo preceptuado para la persona que tiene al menor bajo su tuici\u00F3n judicial y para los padres adoptivos. \nIgualmente, destacaron que el proyecto defienda la igualdad de condiciones de ambos padres trabajadores que tengan la calidad de dependientes para compartir el cuidado de los hijos enfermos, principalmente en consideraci\u00F3n a que, en la actualidad, los permisos que la legislaci\u00F3n laboral contempla en caso de enfermedad del hijo o hija son, por regla general, otorgados a la madre. \nEn particular, si bien la moci\u00F3n plantea intercalar un nuevo art\u00EDculo, la Comisi\u00F3n estim\u00F3 procedente reformar el art\u00EDculo 199 bis ya vigente, en el sentido de introducir en \u00E9ste el concepto de hospitalizaci\u00F3n que contempla el proyecto, pero prescindiendo de la situaci\u00F3n que se designa con el nombre de \u201Chospitalizaci\u00F3n domiciliaria\u201D por considerar que es un concepto que representa cierta complejidad en cuanto a su determinaci\u00F3n y especificidad.\n \nIgualmente, no obstante que los integrantes intercambiaron argumentos respecto de la conveniencia de agregar o no la posibilidad de que el permiso pudiera ser solicitado simult\u00E1neamente o alternativamente, seg\u00FAn prescripci\u00F3n m\u00E9dica, la soluci\u00F3n se inclin\u00F3 por establecer que la prerrogativa se halla planteada para ambos padres, pues \u00E9sa fue la idea del proyecto. \nEn consecuencia, no estimaron los integrantes de la Comisi\u00F3n que el permiso sea resuelto por el m\u00E9dico en el sentido de si es uno o ambos quien pueda solicitarlo, porque el cuidado de un menor enfermo no s\u00F3lo pasa por una cuesti\u00F3n objetiva, como es el cuidado m\u00E9dico en s\u00ED, sino tambi\u00E9n afectiva, en el sentido de hacer part\u00EDcipes a ambos padres en un momento en que para el ni\u00F1o es importante contar con su apoyo y compa\u00F1\u00EDa. \nAdem\u00E1s, se debe tener presente que el padre que ejerce tal beneficio compensar\u00E1 el tiempo del permiso al empleador, por lo que quedar\u00EDa entregado a los padres de consuno decidirlo, libremente, sin que ello dependa de un tercero. \nAsimismo, en cuanto al sistema de retribuci\u00F3n del tiempo de permiso que contiene el proyecto, esto es, disminuci\u00F3n proporcional de la remuneraci\u00F3n, se desestim\u00F3 la soluci\u00F3n privilegiando la norma vigente, la que propone variadas alternativas, entre ellas, el libre acuerdo entre empleador y trabajador respecto de la devoluci\u00F3n de las horas no trabajadas, o la imputaci\u00F3n de las mismas a d\u00EDas administrativos o vacaciones, seg\u00FAn sea el caso. Tal alternativa es mucho m\u00E1s flexible que la propuesta, la que, incluso, estim\u00F3 la Comisi\u00F3n, puede redundar en la distorsi\u00F3n de uno de los factores que por regla general utiliza la legislaci\u00F3n laboral para determinar la procedencia de otros derechos (c\u00E1lculo de semana corrida, pago de horas extraordinarias, indemnizaci\u00F3n por a\u00F1os de servicios, pago del feriado proporcional). \nPor lo anterior, las ideas centrales nacidas tanto de la propia iniciativa como del debate en la Comisi\u00F3n y que se plasman en el proyecto que se somete a conocimiento de la Sala, son las siguientes: \na) La modificaci\u00F3n no implica introducir un nuevo art\u00EDculo al C\u00F3digo del Trabajo, sino modificar derechamente el art\u00EDculo 199 bis existente.\n \nb) En tal modificaci\u00F3n se contiene como causal de procedencia de la prerrogativa no s\u00F3lo la hospitalizaci\u00F3n en recinto asistencial, sino tambi\u00E9n cuando el menor requiere de cuidados y atenciones en su domicilio. Y no s\u00F3lo en el caso de enfermedad grave o peligro de muerte. \nc) Se ampl\u00EDa de 15 a 18 a\u00F1os la edad del hijo o hija que requiera el cuidado de sus padres, acorde con la actual legislaci\u00F3n. \nd) Se consagra como titulares del derecho a ambos progenitores en plenitud. \ne) Para la retribuci\u00F3n del tiempo del permiso se contin\u00FAa con el mecanismo que ya establece el actual art\u00EDculo 199 bis, que privilegia el acuerdo entre las partes. \nLos acuerdos adoptados fueron aprobados por la unanimidad de los integrantes de la Comisi\u00F3n presentes. \nHe dicho. \n \nLa se\u00F1ora SEP\u00DALVEDA , do\u00F1a Alejandra ( Presidenta ).- En discusi\u00F3n el proyecto.\n \nTiene la palabra la diputada se\u00F1ora Mar\u00EDa Ang\u00E9lica Cristi.\n \n \nLa se\u00F1ora CRISTI (do\u00F1a Mar\u00EDa Ang\u00E9lica).- Se\u00F1ora Presidenta , este proyecto es muy interesante, porque el C\u00F3digo del Trabajo, actualmente, s\u00F3lo considera que los padres tienen permiso para ausentarse de su trabajo para cuidar de sus hijos cuando est\u00E1n gravemente enfermos o desahuciados.\n \nLa diputada autora de la moci\u00F3n se\u00F1al\u00F3 que no solamente debe permitirse a los padres acompa\u00F1ar a sus hijos cuando estuviesen graves o en peligro de muerte, sino que tambi\u00E9n lo pudieran hacer cuando ellos son sometidos a una operaci\u00F3n o alg\u00FAn tratamiento que requiere hospitalizaci\u00F3n. Argument\u00F3 que los ni\u00F1os, especialmente en esos casos, necesitan del apoyo y la presencia de sus padres. Sabemos que una intervenci\u00F3n quir\u00FArgica o estar hospitalizado se convierte en una situaci\u00F3n dram\u00E1tica para un menor de edad, sobre todo, si no cuenta con la presencia de sus padres.\n \nLa iniciativa agrega la posibilidad de extender el permiso laboral a los padres no s\u00F3lo en los casos de grave enfermedad de sus hijos, sino que ante su hospitalizaci\u00F3n. La diputada Karla Rubilar , autora de la moci\u00F3n, tuvo un rol protag\u00F3nico en establecer este punto, desde su perspectiva de m\u00E9dico. Ella plante\u00F3 muy claramente algo que a simple vista para todos, incluida quien habla, ya estaba considerado en la ley, pero efectivamente s\u00F3lo se aplica en casos de enfermedad grave y no de hospitalizaci\u00F3n. Por lo tanto, es un nuevo derecho que se da a los padres para acompa\u00F1ar y cuidar a sus hijos.\n \nPor otra parte, solicit\u00E9 acoger una indicaci\u00F3n referida a un derecho que solicitamos para los padres que tienen hijos discapacitados: acompa\u00F1arlos cuando por alguna raz\u00F3n no puedan quedar solos. En ese sentido, no necesariamente un ni\u00F1o discapacitado tiene que estar gravemente enfermo u hospitalizado para requerir del apoyo permanente de otra persona. Se establec\u00EDan compensaciones como d\u00EDas administrativos u otras modalidades semejantes para los padres o madres de un ni\u00F1o discapacitado cuando por alguna circunstancia no tuvieran con qui\u00E9n dejarlo. Los padres podr\u00EDan tomar cierta cantidad de d\u00EDas para acompa\u00F1ar a su hijo en caso de que no cuenten con nadie que lo cuide, lo mueva, lo mude o lo alimente, como desgraciadamente ocurre en nuestro pa\u00EDs. \nNo obstante, la Comisi\u00F3n de Familia decidi\u00F3 dejar esta materia para otro proyecto, por lo que espero que en el futuro podamos legislar sobre ese punto. Nunca debemos olvidar que los ni\u00F1os discapacitados presentan una problem\u00E1tica superior a la de los ni\u00F1os saludables que por alguna circunstancia contraen una enfermedad o sufren un accidente grave. Creo que incluir este permiso para los padres formar\u00EDa parte de las reformas en el \u00E1mbito de la discapacidad que debemos llevar adelante.\n \nManifiesto mi apoyo a este proyecto y, al igual que el diputado Barros, deseo enviar un saludo a la diputada Karla Rubilar que, como madre, se ha visto afectada por una situaci\u00F3n muy compleja a consecuencia de su embarazo, y que se encuentra gozando de un merecido descanso. \nHe dicho. \n \n \nLa se\u00F1ora SEP\u00DALVEDA , do\u00F1a Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado Ram\u00F3n Barros.\n \n \nEl se\u00F1or BARROS.- Se\u00F1ora Presidenta , en principio este proyecto propon\u00EDa extender al padre el beneficio del que goza actualmente la madre en esta materia, permitiendo que el tiempo utilizado bajo este concepto fuera de hasta un m\u00E1ximo de dos horas de su jornada de trabajo, con la disminuci\u00F3n proporcional del salario.\n \nQuiero agradecer a Francisco Del R\u00EDo, asesor del Ministerio del Trabajo y Previsi\u00F3n Social, porque gracias a sus comentarios la reflexi\u00F3n de la Comisi\u00F3n de Familia sobre este proyecto nos condujo por otros caminos y, a nuestro juicio, la iniciativa qued\u00F3 bien planteada.\n \nLa discusi\u00F3n que se dio a partir de los fundamentos de la iniciativa nos llev\u00F3 a incluir supuestos que parec\u00EDan esenciales en el art\u00EDculo 199 bis del C\u00F3digo del Trabajo, haciendo aplicables sus soluciones a los padres con hijos enfermos graves u hospitalizados, lo que se tradujo en la idea de legislar en esta materia.\n \nEl proyecto en estudio se aprob\u00F3 en general y en particular por unanimidad, lo que habla de un acuerdo transversal respecto de este tema. \nEn la Comisi\u00F3n de Familia se rescat\u00F3 lo esencial del proyecto, solucionando un eventual concurso de normas entre la propuesta y el art\u00EDculo 199 bis del C\u00F3digo del Trabajo. En efecto, ambas se refer\u00EDan a una licencia por enfermedad grave de un hijo menor de un a\u00F1o y el permiso en caso de enfermedad grave de un hijo menor de 18 a\u00F1os. Los supuestos de la propuesta quedan protegidos en el referido art\u00EDculo del C\u00F3digo del Trabajo que parece abordar de forma m\u00E1s perfecta las situaciones que fundamentan el proyecto.\n \nComo pol\u00EDtica de fortalecimiento de la familia la idea parece muy positiva, pues va en la l\u00EDnea de hacer m\u00E1s compatible la vida laboral y la vida familiar \u00A1Qu\u00E9 importante es este concepto! \nSe entrega al padre, ya no s\u00F3lo a la madre, la posibilidad de acompa\u00F1ar a su hijo enfermo que se encuentra grave y hospitalizado, ya sea en un recinto m\u00E9dico o en su domicilio, todo ello sin perjudicar al empleador, ya que \u00E9ste s\u00F3lo presta un tiempo m\u00E1ximo al trabajador equivalente a diez jornadas de trabajo, que ser\u00E1n retribuidas o devueltas por \u00E9l, imput\u00E1ndolas a su feriado legal anual, a trav\u00E9s de horas extraordinarias o, en \u00FAltimo t\u00E9rmino, descont\u00E1ndolas de sus remuneraciones. \nSe trata de un proyecto que ayuda much\u00EDsimo a la compatibilizaci\u00F3n de la vida laboral y familiar. Al respecto, la Comisi\u00F3n de Familia est\u00E1 orgullosa de haber podido plasmar un texto razonable que esperamos que esta Corporaci\u00F3n apoye de manera un\u00E1nime.\n \nHe dicho. \n \n \nEl se\u00F1or BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado se\u00F1or Guillermo Teillier.\n \n \nEl se\u00F1or TEILLIER.- Se\u00F1or Presidente , estoy de acuerdo con el esp\u00EDritu del proyecto; sin embargo, al parecer los trabajadores que puedan acceder a este permiso laboral no tienen derecho a ning\u00FAn tipo de subsidio del Estado ni patronal.\n \nMe imagino la angustia de un padre o una madre a quien se le enferma un hijo y que para atenderlo debe pedir permiso sin goce de sueldo que, de inmediato, les es descontado. Lo que propongo es que se establezca un plazo, atendida la gravedad de la \nenfermedad del hijo, para empezar a descontar el sueldo, por ejemplo despu\u00E9s de seis meses, o para retribuir lo que pidi\u00F3 como permiso. \nHe dicho. \n \n \nEl se\u00F1or BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada se\u00F1ora Ximena Vidal.\n \n \nLa se\u00F1ora VIDAL (do\u00F1a Ximena).- Se\u00F1or Presidente , quiero resaltar que este proyecto de ley va en la direcci\u00F3n correcta en cuanto al avance social y pol\u00EDtico que requiere nuestro pa\u00EDs, pero a\u00FAn somos deficitarios en cuanto a proteger los derechos de los padres y las madres.\n \nLa legislaci\u00F3n comparada de los pa\u00EDses desarrollados contiene mucha m\u00E1s igualdad entre la vida laboral y familiar de padres y madres. \nSi bien aprobaremos este proyecto, a\u00FAn falta mucho m\u00E1s. Recuerdo a los colegas que tenemos una tarea pendiente en cuanto a los proyectos marco que efectivamente deben responder a las caracter\u00EDsticas de la nueva familia del siglo XXI, por ejemplo, en cuanto a la responsabilidad de los padres y de las madres. De hecho, en el caso del posnatal, si queremos aumentar a seis meses este beneficio a las mujeres, tenemos que considerar indefectiblemente a los padres. No podemos crear nueva protecci\u00F3n solamente para las madres, sino, adem\u00E1s, leyes que defiendan el derecho laboral de las madres y de los padres.\n \nReitero, el proyecto va en la direcci\u00F3n correcta, pero a\u00FAn falta aportar en materia familiar y de derechos laborales en Chile.\n \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or BECKER ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.\n \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \n \n-Con posterioridad, la Sala se pronunci\u00F3 sobre el proyecto en los siguientes t\u00E9rminos: \n \nLa se\u00F1ora SEP\u00DALVEDA, do\u00F1a Alejandra ( Presidenta ).- En votaci\u00F3n general el proyecto, iniciado en moci\u00F3n, que modifica el C\u00F3digo del Trabajo, con el objeto de otorgar al padre de un menor enfermo permiso en la forma que indica.\n \n \n-Efectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema electr\u00F3nico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 108 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. \n \nLa se\u00F1ora SEP\u00DALVEDA, do\u00F1a Alejandra (Presidenta).- Aprobado. \n \n-Votaron por la afirmativa los siguientes se\u00F1ores diputados: \nAccorsi Opazo Enrique; Aguil\u00F3 Melo Sergio; Alinco Bustos Ren\u00E9; \u00C1lvarez-Salamanca Ram\u00EDrez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas H\u00F6dar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ram\u00F3n; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germ\u00E1n; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Mu\u00F1oz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calder\u00F3n Bassi Giovanni; Campos Jara Cristi\u00E1n; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro Gonz\u00E1lez Juan Luis; Cerda Garc\u00EDa Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Gonz\u00E1lez Aldo; Cristi Marfil Mar\u00EDa Ang\u00E9lica; Chah\u00EDn Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; D\u00EDaz D\u00EDaz Marcelo; Edwards Silva Jos\u00E9 Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Pe\u00F1aloza Enrique; Far\u00EDas Ponce Ram\u00F3n; Garc\u00EDa Garc\u00EDa Ren\u00E9 Manuel; Garc\u00EDa-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lav\u00EDn Cristina; Godoy Ib\u00E1\u00F1ez Joaqu\u00EDn; Goic Boroevic Carolina; Guti\u00E9rrez G\u00E1lvez Hugo; Guti\u00E9rrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascu\u00F1\u00E1n Felipe; Hasb\u00FAn Selume Gustavo; Hern\u00E1ndez Hern\u00E1ndez Javier; Hoffmann Opazo Mar\u00EDa Jos\u00E9; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jim\u00E9nez Fuentes Tucapel; Kast Rist Jos\u00E9 Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Le\u00F3n Ram\u00EDrez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Dan\u00FAs Javier; Mart\u00EDnez Labb\u00E9 Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristi\u00E1n; Monckeberg D\u00EDaz Nicol\u00E1s; Monsalve Benavides Manuel; Morales Mu\u00F1oz Celso; Moreira Barros Iv\u00E1n; Mu\u00F1oz D\u2019Albora Adriana; Nogueira Fern\u00E1ndez Claudia; Norambuena Far\u00EDas Iv\u00E1n; N\u00FA\u00F1ez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa Jos\u00E9 Miguel; Pacheco Rivas Clemira; P\u00E9rez Arriagada Jos\u00E9; P\u00E9rez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rinc\u00F3n Gonz\u00E1lez Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa D\u00EDaz Mar\u00EDa Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fern\u00E1ndez Marcela; Saffirio Espinoza Ren\u00E9; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Mu\u00F1oz Frank; Schilling Rodr\u00EDguez Marcelo; Sep\u00FAlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva M\u00E9ndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes V\u00EDctor; Tuma Zedan Joaqu\u00EDn; Ulloa Aguill\u00F3n Jorge; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Vel\u00E1squez Seguel Pedro; Venegas C\u00E1rdenas Mario; Verdugo Soto Germ\u00E1n; Vidal L\u00E1zaro Ximena; Vilches Guzm\u00E1n Carlos; Von M\u00FChlenbrock Zamora Gast\u00F3n; Walker Prieto Mat\u00EDas; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said M\u00F3nica.\n \n \nLa se\u00F1ora SEP\u00DALVEDA, do\u00F1a Alejandra ( Presidenta ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda tambi\u00E9n aprobado en particular.\n \nDespachado el proyecto. \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .