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La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Solicito a los señores diputados abreviar los discursos, pues a las 13.30horas termina el tiempo del Orden del Día y procederemos a votar.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.- Señora Presidenta , este proyecto es una bonita declaración de principios, programática. Incluso, es más suave que la aplicación de la causal N° 6 del artículo 159 del Código del Trabajo, por caso fortuito o fuerza mayor, por la jurisprudencia y la Inspección del Trabajo.
Sin embargo, lo valoro, porque trata de solucionar la situación provocada por los abusos cometidos, sobre todo después del terremoto del 27 de febrero, puesto que algunas personas se han aprovechado de las circunstancias para despedir, sin indemnización, a trabajadores que llevaban laborando muchos años.
Por lo mismo, es una oportunidad para replantear su contenido y pedirle a la ministra que el debate de fondo también diga relación con la indemnización a todo evento y el fortalecimiento del seguro de cesantía, sin la derogación de la indemnización por años de servicio, como lo ha sostenido nuestra bancada. Se puede mantener perfectamente, pero a la vez se debiera fortalecer el seguro de cesantía, de manera que cuando el empleador invoque estas causales, el trabajador no se quede con las manos vacías después de muchos años de labor.
No obstante, valoro la iniciativa, porque explicita que la causal N° 6 del artículo 159 del Código del Trabajo, el caso fortuito o por fuerza mayor, sólo puede invocarse si conlleva para el empleador la imposibilidad absoluta de cumplir con sus obligaciones laborales.
Expresé que era una declaración de principios, porque igual se irá a tribunales en la eventualidad de que los trabajadores judicialicen el despido. Por eso, aclaro que se debe distinguir entre la gran empresa y la pequeña empresa.
En el caso de una pequeña y mediana empresa, con dos locales, al que se le cae uno, habrá que analizar si puede trasladar a los trabajadores a la otra sucursal. Sabemos que sus locales son muy pequeños, por lo que tal vez se vea en la imposibilidad absoluta de continuar con la relación laboral. Ante esa posibilidad, sería importante que se pagara la indemnización a esos trabajadores que, a raíz del terremoto, perdieron su fuente laboral.
También valoro el hecho de que la iniciativa incentive al empleador a mantener sus instalaciones en buenas condiciones, a fin de que el caso fortuito o fuerza mayor no sobrevenga por su negligencia, ya que eso lo haría culpable, por lo tanto, dejaría de ser caso fortuito.
Reitero que es una buena declaración de principios que no altera mayormente la situación que hoy se ve en los tribunales, que han insistido en que la gran empresa no puede invocar esta causal si puede seguir funcionando. Y en el caso de la pequeña y mediana empresas, los tribunales determinarán si existe la imposibilidad absoluta de continuar, pues el despido, a la larga, es una situación de hecho que los tribunales están llamados a calificar.
Anuncio el voto favorable de nuestra bancada.
He dicho.
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