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El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
En el Orden del Día, corresponde pronunciarse sobre la solicitud para requerir ante la excelentísima Corte Suprema la remoción de la consejera del Instituto Nacional de Derechos Humanos señora Lorena Fries Monleón , en virtud de lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 20.405.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, sesión 34ª de la presente legislatura, en miércoles 10 de junio de 2015. Documentos de la Cuenta N° 7.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
De conformidad con los acuerdos de los Comités adoptados el 23 de abril, para la discusión de esta solicitud se otorgará un máximo de veinte minutos, que se distribuirán en hasta dos diputados que la sostengan y en hasta dos que la rechacen.
La solicitud se votará en el tiempo de votaciones y para su aprobación se requerirá el voto conforme de la mayoría de los diputados presentes.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, solo quiero plantear una preocupación.
Como usted señaló, en el primer lugar de la Tabla se va a abordar la solicitud de remoción de la consejera del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
¿Es posible que los Comités se pongan de acuerdo para votarla al término del debate y votar lo demás en el tiempo de votaciones?
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Diputado Saffirio , debemos entender que vamos a generar jurisprudencia, pues es la primera vez que esta Corporación ha definido un reglamento para el tratamiento de la solicitud para requerir la remoción, en este caso, de la consejera del Instituto Nacional de Derechos Humanos, y los propios Comités han definido, lo que fue ratificado por la Mesa, que forme parte del Orden del Día. En tal caso, el Reglamento obliga a votarla en conjunto con los informes de las comisiones investigadoras en Tabla.
El señor SAFFIRIO.-
Muy bien, señor Presidente.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Para intervenir a favor de la solicitud para requerir la remoción, tiene la palabra la diputada señorita Marcela Sabat .
La señorita SABAT (doña Marcela) .-
Señor Presidente, con fecha 7 de mayo, un grupo de parlamentarios ingresamos la solicitud para requerir la remoción de la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, doña Lorena Fries Monleón , pues nos asiste la convicción de que ha incurrido en conductas que ameritan tal medida, ya que reunían el estándar exigido por la ley N° 20.405, cuerpo legal que crea y regula el funcionamiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
Muchos han querido hacer una caricatura de esto: por un lado, que la Alianza vota en bloque por Carabineros, y por otro, que la Nueva Mayoría cierra filas en favor de la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos. Si bien hay algo de verdad en ello, la presentación que hoy votaremos en esta Sala no solo se refiere a las líneas contenidas en un texto educativo dirigido a los estudiantes, que los predispone negativamente contra Carabineros, que generó el rechazo del ministro del Interior y Seguridad Pública, del correspondiente subsecretario de la época y del propio creador del Instituto Nacional de Derechos Humanos, el exministro José Antonio Viera-Gallo , sino también a una serie de irregularidades administrativas y en la conducción del instituto, que nos obligan a seguir adelante con esta presentación.
A continuación, daré a conocer algunas de las causales en las que se funda esta presentación. En primer lugar, me referiré a las actuaciones al margen del Consejo, con incidencia institucional.
En muchas ocasiones, la directora se ha amparado en el carácter colegiado de ciertos actos con el objeto de diluir las responsabilidades y compartirlas con el Consejo, evitando así una imputación directa y clara. Sin embargo, en muchos casos, ese organismo ha sido desconocido por ella, lo que en ocasiones ha significado que algunos actos se calificaran abiertamente de ilegales. Por ejemplo, en un acto que reviste especial gravedad, la directora, de manera arbitraria, decidió recurrir a los tribunales en favor de terceros y presentó, en nombre del Instituto Nacional de Derechos Humanos, informes en derecho, denominados técnicamente amicus curiae, sin la debida anuencia del Consejo.
Según consta en acta, en la sesión 139 del Consejo, el consejero Manuel Núñez señala que “se han presentado nueve amicus, de los cuales solo tres han sido aprobados por el Consejo. Considera grave que se esté pidiendo la inaplicabilidad de una norma a través de un instrumento que no ha sido consultado. Si el llamado de la directora es que se respete al Consejo, acciones como estas no contribuyen a ello.”.
Luego, continúa el propio Núñez : “El INDH no sólo se limitó a presentar escrito, sino que además pidió autorización para alegar, poniéndonos de parte de los requirentes. Indica que el contenido material (…) no fue aprobado por el Consejo, siendo un documento ilegal, porque no representa la voluntad del Consejo, e incompleto, porque no incorpora lo hecho por el Parlamento en segundo trámite constitucional”.
En otra oportunidad, y en un tema tan sensible como la violencia en La Araucanía, particularmente con ocasión de la sentencia en el caso Luchsinger, la directora se apresura en salir a señalar que en Chile no hay terrorismo. Esto, que a mi juicio constituye una aberración y que supone la lógica clásica de la izquierda dura de relativizar la existencia de terrorismo, fue afirmado por la consejera en vocerías, transmitiendo a la población la falsa sensación de que la institucionalidad de los derechos humanos de nuestro país restaba importancia a un crimen como este, burlándose de las víctimas y de sus familias. De hecho, según consta en las actas de la sesión 194 del Consejo, al menos tres consejeros manifestaron su disconformidad y preocupación por las afirmaciones públicas de la directora, señalando cuán complejo es que esta señale que no hay terrorismo en La Araucanía, pues la opinión pública lo entiende como la posición oficial del Instituto.
Otro ejemplo nítido de la indiferencia de la directora Fries respecto de la opinión del Consejo en temas relevantes se manifiesta en las condenas laborales impuestas al INDH, respecto de las cuales los consejeros solo se enteraron por la prensa o a través del portal del Poder Judicial.
Según consta en las actas de la sesión 212 del Consejo, el consejero Manuel Núñez señaló que los despidos son “un tema de gestión respecto del cual el Consejo tiene competencia en virtud de lo que establece la propia reglamentación que este órgano se ha dado, y que su consejo es que el Instituto debe agotar todos los medios para evitar ir a juicio”.
Por su parte, en la misma sesión, el consejero Miguel Luis Amunátegui señaló que la intervención del Consejo en un caso como este no tiene un afán de control, sino más bien la necesidad de cuidar la imagen del instituto, que en esta oportunidad ha salido notoriamente afectada. Asimismo, expresó que las relaciones laborales en una institución como el Instituto Nacional de Derechos Humanos deben ser particularmente cuidadas, para evitar abrir flancos ante la opinión pública. En esa ocasión, el proceder de la directora, desconociendo la facultad del Consejo en cuestiones de tal trascendencia, significó el repudio público, así como un perjuicio fiscal considerable, toda vez que en atención a lo débil de la defensa, el Instituto fue condenado, en costas, por un valor de 500.000 pesos. Precisamente, el órgano judicial reprochó la ineptitud de la conducción jurídica del caso y denunció un afán de dilatar la causa, pues adujo que nunca se tuvo claridad de la causal de despido.
Otra sorpresa fueron las denuncias de acoso laboral al interior del INDH, acusaciones que no son nuevas. Sin ir más lejos, uno de los trabajadores que obtuvo condena en contra del instituto remitió documentos a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, pero no tuvieron acogida por su entonces presidente, el diputado Hugo Gutiérrez .
¿Este es el Instituto Nacional de Derechos Humanos que queremos para nuestro país? Creo que no.
Una segunda causal considerada es la de implantar políticas contrarias al pluralismo que imponen los Principios de París, cuerpo de normas que regula las instituciones de derechos humanos, reafirmado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993.
Desde la creación del INDH, su directora, Lorena Fries , se ha encargado de imponer la política de la “unanimidad”, esto es, que los acuerdos del Consejo revistan la forma de unánimes, de manera de invisibilizar a las minorías y proyectar una falsa imagen de consenso.
En este sentido, en los últimos años se ha impulsado una lógica de acuerdos por consenso, puesto que a la directora le parece fundamental propender a la generación de una opinión común y consistente. La directora afirma que “consignar de otra manera los votos de mayoría y minoría puede ser complejo, porque por una parte se puede debilitar la voz institucional y por otra el derecho de la mayoría a constituirse en la opinión”. O sea, la señora Lorena Fries no cree en la existencia de opiniones de mayoría o de minoría, sino solo en los votos unánimes, aun cuando no existan.
En consecuencia, lo grave de esto es que se vulneran los principios del pluralismo. Y es doblemente grave, porque provoca una hegemonía y una falsa sensación de consenso.
La tercera causal es la falta de transparencia y ausencia de criterios de accountability en la gestión del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
En cuanto a la falta de transparencia, el INDH ha desarrollado la política de contratar reemplazos temporales que llegan a través de contactos personales, para luego convocar a concurso público y cubrir el cargo de forma definitiva.
En los últimos meses se ha implementado una nueva práctica: declarar desiertos los concursos cuando la persona de su interés queda fuera de la terna final entregada por las consultoras de recursos humanos. Al respecto hay muchas críticas de otros consejeros, que no han sido escuchadas.
Una cuarta causal es desatender su relación con otros organismos gubernamentales vinculados a la protección de los derechos humanos, particularmente con Carabineros de Chile.
Respecto de este punto, todos conocemos los hechos que se sucedieron con ocasión de la distribución del texto que se quiso imponer a los estudiantes para predisponerlos negativamente en contra de Carabineros de Chile, imputando ciertas excepciones como si ellas fueran la regla general. Socavar la honra y la autoridad de Carabineros de Chile como organismo encargado constitucionalmente del resguardo del orden y la seguridad pública finalmente se transforma en un problema para la seguridad del país.
Estoy convencida de que represento a una gran mayoría de chilenos y de chilenas, pero, más allá del resultado de esta votación -espero que no sea ideologizada-, lo relevante es la defensa de los principios y no aceptar que estos sean pasados a llevar por una mayoría política circunstancial.
Lo más probable es que esta votación se vea opacada por la celebración de la Copa América. Sin embargo, una vez terminado este evento deportivo, seguramente se revisarán las palabras y los conceptos emitidos el día de hoy.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Ha terminado su tiempo, diputada Marcela Sabat .
La señorita SABAT (doña Marcela) .- Señor Presidente, concluyo de inmediato.
Por lo anteriormente expuesto, espero que la Cámara de Diputados apruebe la solicitud y remita los antecedentes del caso a la excelentísima Corte Suprema.
He dicho.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Para intervenir en contra de la solicitud, tiene la palabra la diputada señora Yasna Provoste .
La señora PROVOSTE, doña Yasna (de pie).-
Señor Presidente, hoy estamos convocados a tomar una decisión cuya importancia no puede ser desestimada por quienes estamos llamados a adoptarla.
La institucionalidad que hemos ido construyendo en nuestra imperfecta democracia supone la existencia de determinados órganos públicos que tienen como función la supervigilancia de los actos del propio Estado en áreas que nuestra sociedad considera de especial interés y relevancia, dado que afectan aspectos sustantivos de nuestra convivencia.
Para el cumplimiento de esas trascendentales funciones, se ha dotado a dichos organismos de la necesaria autonomía, la cual se define como la capacidad de tomar decisiones en su respectivo ámbito, sin tutela superior de otros intereses o instituciones y, como es obvio, especialmente respecto de los poderes del Estado que dicho órgano autónomo está llamado a supervisar.
Pero, al mismo tiempo, nuestro marco jurídico dota a otras instancias del Estado con atribuciones específicas para el control y fiscalización de estos particulares organismos, pues la autonomía no puede suponer la falta de mecanismos de control.
Es en el correcto ejercicio de estas atribuciones de control, como las que la ley otorga a esta Cámara, donde se juega una parte fundamental del sentido y de la existencia de estos importantes organismos y, sin duda, se pone en juego la calidad de nuestra democracia.
A esta Cámara le toca decidir si eleva ante la Corte Suprema una petición de remoción respecto de una consejera de uno de los más relevantes organismos autónomos de los que nuestra institucionalidad se ha dotado, como es el Instituto Nacional de Derechos Humanos.
Los estándares de exigencia que nos autoimpongamos, tanto para la presentación de la solicitud que diez diputados puedan presentar como para la resolución definitiva de esta Sala, son determinantes para la existencia de un organismo que está llamado nada menos que a promover y defender los derechos de todos los habitantes de la república, precisamente de los actos del Estado que puedan vulnerar tales derechos.
La liviandad, la inconsistencia, el intento de sacar pequeñas ventajas políticas no pueden constituirse en los fundamentos para el ejercicio de la atribución que la ley nos entrega en el control y fiscalización de un organismo autónomo, menos respecto de uno llamado a defender los derechos humanos de chilenas y chilenos. Si admitimos esa posibilidad, sus efectos serían evidentes y nefastos. Ningún organismo autónomo podrá supervisar eficazmente los actos del Estado si este está en condiciones de descabezarlo porque algún sector político discrepa de sus planteamientos. Estaríamos poniendo en cuestión el sentido último para el que fueron creados.
Desgraciadamente, la primera parte de este procedimiento -esto es, la presentación de un requerimiento de un grupo de diputados contra la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanosha incurrido gravemente en esa irresponsabilidad.
A esta Sala le corresponde enmendar aquello, rechazando en todas sus partes el libelo presentado y acogiendo la recomendación de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos, a pesar de haber sido creado hace pocos años, se entronca fuertemente con nuestra historia reciente.
Las demandas por verdad y justicia que se elevan desde el término de la dictadura dan lugar a un conjunto de acciones y compromisos del Estado en el ámbito de los derechos humanos. Uno de ellos fue llegar a contar con un organismo nacional cuyas características le permitieran hacer un aporte central a la construcción de una sociedad cada vez más consciente y respetuosa de los derechos de todas y de todos quienes la integramos.
En ese sentido, el INDH se vincula con la profunda aspiración de que nunca más en Chile se repita la trágica noche de una dictadura que vulneró, a sangre y fuego, los derechos de tantos compatriotas. Pero, sobre todo, el Instituto Nacional de Derechos Humanos se vincula, desde las trágicas lecciones de nuestro pasado, con el futuro que queremos construir para Chile. Son precisamente los dolores de nuestra historia los que nos hicieron comprender la importancia de los derechos humanos. Es el dolor de tantos y de tantas que quedaron en el camino el que nos obliga a trabajar persistentemente por una sociedad basada en el permanente respeto por los derechos de todos los habitantes del territorio nacional. Por eso nació el Instituto Nacional de Derechos Humanos. No solo para que la memoria nacional no olvide lo que en este país ocurrió, sino para promover y defender todos los derechos que las normas internacionales y las nacionales reconocen hoy a todos y a todas, que emanan de la intrínseca dignidad del ser humano.
Ya no se trata solo del derecho a la vida y a la libertad. Se trata de que las mujeres seamos tratadas como iguales en una sociedad patriarcal; se trata de que los pueblos indígenas que estaban aquí primero no sigan siendo oprimidos por quienes llegaron después; se trata de que nadie sufra el prejuicio por su orientación o identidad sexual; se trata de que los inmigrantes que llegan en búsqueda de una vida mejor no sean condenados a la marginalidad y a la exclusión; se trata de que el crecimiento económico no vulnere nuestro derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Ha concluido su tiempo, señora diputada.
La señora PROVOSTE, doña Yasna (de pie).-
Termino, señor Presidente.
Cuando el Instituto Nacional de Derechos Humanos hace su tarea, lo que debemos hacer es respaldarlo con fuerza.
Por eso, llamo con firmeza a rechazar en todas sus partes el libelo presentado.
He dicho.
-Aplausos.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Andrade .
El señor ANDRADE (de pie).-
Señor Presidente, el texto que tengo en mis manos no podré leerlo en su totalidad, por lo que solicito que sea incorporado en el acta, para dar a conocer todo su contenido.
Me quiero concentrar en tres aspectos en mi intervención.
El primero es que la debilidad del requerimiento es manifiesta, pues no logró probar ninguna de sus afirmaciones. Incluso más, los antecedentes documentales que se intentaron construir como medios de prueba no fueron ratificados de modo alguno, así que solo constituyen meros antecedentes, sin ningún tipo de respaldo. Son copias simples que ni siquiera fueron acreditadas por sus autores.
En segundo lugar, se anunció la presentación de medios de prueba y no se presentó absolutamente ni uno. Además, se intentó una maniobra francamente deleznable, pues ante el rechazo del requerimiento por parte de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, se intentó construir una nueva acusación, con lo que se llamó “nuevos antecedentes”, que no habían sido puestos en conocimiento de la requerida, de manera que capturaban la más mínima perspectiva de un debido proceso. Al momento de desarrollar el requerimiento, se intentó acompañar otras acusaciones que no estaban en conocimiento de la requerida, lo que no le permitía desarrollar una defensa debida. Así no se hacen las cosas.
Es verdad que estamos construyendo un modelo, pero de esa manera no puede hacerse. No es posible que haya ese nivel de ligereza, casi tramposa, al querer generar una nueva alternativa en el momento en que no es posible la defensa. Repito: así no se hacen las cosas.
En tercer lugar, todas las afirmaciones respecto de la conducta de la consejera faltan absolutamente a la verdad. Las decisiones fueron adoptadas por un consejo. ¡Miren qué raro: los mismos que tomaron las decisiones y respaldaron a la directora son los que ahora entregan antecedentes para que se haga el requerimiento! ¡Esto es lo más raro del mundo! Son los mismos que, en una parte, actúan como respaldo y, en otra, como requirentes. Esto es lo más extraño y llama profundamente la atención, más aún cuando se intenta hacer consistente una acusación desde esas débiles premisas. Los derechos humanos requieren un comportamiento de otra naturaleza.
Llamo a quienes, cada vez que pueden, hacen un tremendo aporte a la lucha por los derechos humanos en el mundo, particularmente de Centroamérica, pero, paradójicamente, en Chile quieren echar abajo la institución destinada a su defensa. ¿Cómo se explica esa conducta?
La inconsistencia y debilidad de la solicitud se refleja en la incapacidad de probar ni uno de sus asertos, pues la consejera tuvo la sapiencia y sutileza de descartar cada una de las afirmaciones. Incluso, las que se reiteran en esta Sala fueron debidamente dejadas sin valor al momento de la presentación.
Por último, la negligencia inexcusable supone que se deben determinar cuáles son las conductas en cuestión, cuáles son los deberes específicos que no se cumplieron para acusar a una persona de negligencia inexcusable. Esta no es una mera culpa simple, sino que requiere un ánimo casi doloso de actuar. Los requirentes no lograron nada de eso. Les pregunto en esta Sala: ¿Cuáles son las conductas y los deberes que la consejera incumplió? Al tenor del texto de la Corte Suprema, para una negligencia inexcusable se requiere que se precisen esos puntos, pero nada de eso se hizo en el requerimiento. ¿Cuáles son esos deberes específicos?
¡Por favor, precísenlos, para evaluarlos! ¡No lo hicieron!
Ahora, ¿cuáles son las lesiones concretas que hubo que pagar por costas del juicio? ¿Esas son las lesiones concretas al patrimonio fiscal? ¡Por favor! ¡¿De qué estamos hablando?! Como saben, y así quedó acreditado, a la persona en cuestión se le pagó el fuero, pero luego tuvo que devolver el dinero. ¿Ese es el compromiso al patrimonio fiscal? ¡Por favor, más seriedad!
Los derechos humanos de todos los chilenos requieren un comportamiento de otra naturaleza.
El señor PAULSEN.-
¡Y también los de los carabineros!
El señor ANDRADE.-
¡También los de los carabineros, por cierto!
He dicho.
-Aplausos.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre esta solicitud en los siguientes términos:
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Corresponde votar la solicitud para requerir a la excelentísima Corte Suprema la remoción de la consejera del Instituto Nacional de Derechos Humanos, señora Lorena Fries Monleón , en virtud de lo dispuesto en el artículo7° de la ley Nº 20.405.
Los diputados que votan a favor lo hacen por presentar el requerimiento. Quienes votan en contra lo hacen por no presentar el requerimiento.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 57 votos. Hubo 1 abstención.
El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Rechazada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Becker Alvear Germán ; Bellolio Avaria Jaime ; Coloma Alamos Juan Antonio ; De Mussy Hiriart Felipe ; Fuenzalida Figueroa Gonzalo ; García García René Manuel ; Hasbún Selume Gustavo ; Hernández Hernández Javier ; Hoffmann Opazo María José ; Kast Sommerhoff Felipe ; Lavín León Joaquín ; Macaya Danús Javier ; Melero Abaroa Patricio ; Molina Oliva Andrea ; Monckeberg Bruner Cristián ; Morales Muñoz Celso ; Núñez Urrutia Paulina ; Paulsen Kehr Diego ; Pérez Lahsen Leopoldo ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Sabat Fernández Marcela ; Santana Tirachini Alejandro ; Trisotti Martínez Renzo ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Urrutia Soto Osvaldo ; Verdugo Soto Germán ; Ward Edwards Felipe .
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio ; Álvarez Vera Jenny ; Andrade Lara Osvaldo ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Boric Font Gabriel ; Cariola Oliva Karol ; Carvajal Ambiado Loreto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Chávez Velásquez Marcelo ; Cicardini Milla Daniella ; Cornejo González Aldo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farcas Guendelman Daniel ; Farías Ponce Ramón ; Flores García Iván ; Fuentes Castillo Iván ; Girardi Lavín Cristina ; González Torres Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez Hugo ; Hernando Pérez Marcela ; Jackson Drago Giorgio ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Lemus Aracena Luis ; Letelier Norambuena Felipe ; Lorenzini Basso Pablo ; Melo Contreras Daniel ; Meza Moncada Fernando ; Mirosevic Verdugo Vlado ; Monsalve Benavides Manuel ; Morano Cornejo Juan Enrique ; Núñez Arancibia Daniel ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pilowsky Greene Jaime ; Poblete Zapata Roberto ; Provoste Campillay Yasna ; Rincón González Ricardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rocafull López Luis ; Saffirio Espinoza René ; Saldívar Auger Raúl ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Soto Ferrada Leonardo ; Tarud Daccarett Jorge ; Teillier Del Valle Guillermo ; Tuma Zedan Joaquín ; Urízar Muñoz Christian ; Vallejo Dowling Camila ; Venegas Cárdenas Mario ; Walker Prieto Matías .
-Se abstuvo la diputada señora Rubilar Barahona Karla .
-Aplausos.
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