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Honorable Senado:
Que el Día Mundial del Agua se originó en la Conferencia de la ONU para el Medio Ambiente y el Desarrollo realizada en Argentina en 1992, después de lo cual la Asamblea General de la ONU adoptó, el 22 de febrero de 1993, la resolución por la que el 22 de marzo de cada año, se celebra el Día Mundial del Agua. A partir de entonces se invita a los países a realizar actividades relacionadas con la conservación y el desarrollo de los recursos hídricos, apelando a la puesta en práctica de las recomendaciones contenidas en el Capítulo 18 (Recursos de Agua Dulce) de la Agenda 21.
Que la ONU dedica el Día Mundial del Agua 2010 a la calidad del agua con el objeto de demostrar que en la gestión de los recursos hídricos la calidad de ese recurso es tan importante como la cantidad. Tiene por objeto, además, fomentar la toma de conciencia sobre la conservación de ecosistemas sanos, abordando los crecientes desafíos sobre la calidad del agua que se plantean a la gestión de ese recurso, dando mayor realce al tema de la calidad del agua exhortando a gobiernos, organizaciones, comunidades y personas en todo el mundo a que adopten medidas en relación con ese tema y realicen actividades de prevención, limpieza y rehabilitación, entre otras.
Que con ocasión del Día Mundial del Agua, la Directora General de la UNESCO, I riña Bokova, destacó la importancia de la calidad del agua para el futuro del ser humano, señalando que un agua limpia y una sanidad adecuada son necesidades básicas para las próximas generaciones. Bokova pidió a la comunidad internacional intensificar la investigación científica para proteger las aguas superficiales y los sistemas subterráneos y garantizar una mejor gestión de los recursos hídricos. Según la UNESCO, unos 884 millones de personas, en su mayoría de África, no tienen acceso al agua potable y 1,5 millones de niños menores de 5 años mueren cada año por enfermedades infecciosas transmitidas a través del agua.
Que el agua contaminada o en mal estado produce más muertes que todas las formas de violencia, incluyendo la guerra, aseveró el Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, coincidiendo con el Día Mundial del Agua. "Estos muertes son una afrenta para la humanidad y minan los esfuerzos de muchos países para llegar a su desarrollo potencial", añadió. "Día tras día vertimos millones de toneladas de aguas residuales y de desechos industriales y agrícolas en los sistemas de agua mundiales", afirmó, antes de señalar que el agua potable escasea y será todavía más escasa como resultado del cambio climático. Ban puso de relieve que el mundo dispone de conocimientos científicos suficientes para administrar mejor los recursos naturales.
Que en marzo de 2008, el Consejo de DDHH de la ONU, en su resolución 7/22, decidió nombrar a un Experto independiente sobre la cuestión de las obligaciones de DDHH relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento. En septiembre de 2008, el Consejo nombró a la abogada y académica portuguesa Catarina de Albuquerque, por un período de tres años. Parte de su mandato considera entablar un diálogo con los gobiernos, los órganos competentes de la ONU, el sector privado, las autoridades locales, las instituciones nacionales de DDHH, las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones académicas para identificar y promover las prácticas idóneas relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento y, a ese respecto, preparar un compendio de las mejores prácticas y realizar un estudio, para establecer con más precisión el contenido de las obligaciones de DDHH en ese ámbito.
Que como parte del proceso de consulta, la Oficina del Alto Comisionado para los DDHH solicitó a las diversas partes interesadas el envío de comunicaciones por escrito. Se recibieron más de 90 respuestas de Estados, organizaciones intergubernamentales, gobiernos locales, instituciones nacionales de DDHH, ONGs, el sector empresarial, universidades y particulares. Estas contribuciones incluyen las respuestas al cuestionario de la Oficina junto con publicaciones, artículos y libros. La Oficina también organizó una reunión de consulta en mayo de 2007, que se centró en el alcance y el contenido de las obligaciones de DDHH para proporcionar acceso seguro al agua potable y el saneamiento.
Que el Comentario General sobre el Derecho al Agua, de noviembre de 2002, adoptado por el Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) marca un hito al reconocer de forma explícita el agua como un derecho humano fundamental. Así, los 145 países que ratificaron el CESCR International están obligados a asegurar progresivamente que todos tengan acceso al agua potable. El Comentario General señala que: "el derecho humano al agua otorga derecho a todos a contar con agua suficiente, a precio asequible, físicamente accesible, segura y de calidad aceptable para usos personales y domésticos" y solicita a los gobiernos adoptar estrategias que les permitan "actuar deforma más expedita y eficaz para hacer realidad el derecho al agua".
Que antes de la adopción del Comentario General, el derecho al agua había sido reconocido más o menos implícitamente en el Comentario General sobre el Derecho a la Salud (2000), en la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y en la Convención sobre Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer (1979).
Que el Presidente de Bolivia, Evo Morales, anunció que su Gobierno propondrá a la ONU una Declaración para que el acceso al agua potable y el saneamiento básico sean considerados un derecho humano universal. Con motivo del Día Mundial del Agua, Morales instó a los Estados y al sistema de Naciones Unidas a promover el respeto al derecho al agua e impulsar progresivas medidas nacionales e internacionales para su aplicación efectiva. "El agua es esencial para la vida y para la humanidad en su conjunto: no puede haber vida sin agua y sin vida no existen los derechos humanos ni existe el derecho de la Madre Tierra", manifestó.
Que en los últimos años parlamentarios chilenos de diversos sectores políticos han presentado mociones legislativas tendientes a garantizar un consumo mínimo vital de agua potable, así como para establecer que se requiera una autorización judicial previa para cortar agua, que se amplíe el plazo que debe otorgar una empresa antes de enviar el aviso de corte y legislar para que las empresas acepten pagos parciales de las cuentas, por cierto hasta un punto razonable.
El Senado acuerda:
Solicitar al Sr. Presidente de la República, tenga a bien instruir a los Ministros de Relaciones Exteriores, Educación, Obras Públicas y de Medio Ambiente para que incorporen en las definiciones de sus políticas ligadas al manejo y conservación de los recursos hídricos, en el proceso de enseñanza-aprendizaje de los niños y jóvenes, así como en la participación en foros internacionales, todas aquellas recomendaciones de la ONU y sus organismos, así como los compromisos internacionales suscritos por Chile en esta materia.
Mandatar a las Comisiones de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía y de Medio Ambiente y Bienes Nacionales para que en el marco de sus sesiones ordinarias, incorporen la temática asociada al creciente debate instalado en la comunidad científica, sanitaria y política internacional respecto de avanzar hacia legislaciones y prácticas que establezcan el acceso al agua potable como un derecho humano.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- Ricardo Lagos Weber, Senador.- Pedro Muñoz Aburto, Senador.-
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